Upload
others
View
2
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
ESTUDIOS PREVIOS
Modalidad de Selección Mínima Cuantía
En cumplimiento con lo ordenado y lo dispuesto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, artículo 94 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011 y el artículo 2.2.1.1.1.2.1 del Decreto 1082 de 2015, se realiza el presente Estudio Previo de Conveniencia y Oportunidad.
Secretaría y/o Dependencia
Responsable
Secretaria De Gobierno
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.2.1 del Decreto 1082 de
2015 el Departamento de Sucre, se permite elaborar los estudios previos que
soportan la necesidad de la dotación que requieren las organizaciones comunales,
crea la obligación de celebrar un contrato por la modalidad de selección de mínima
cuantía con la persona natural o jurídica que tenga la experiencia tecnológica y
logística para prestar el servicio a contratar y represente el ofrecimiento más
favorable a los intereses de la Entidad.
El Departamento de Sucre, en desarrollo a lo señalado en los numerales 7 y 12 del
artículo 25 de la ley 80 de 1993, hace saber que los estudios y documentos previos
estarán conformados por los documentos definitivos que servirán de soporte para
la contratación de Mínima cuantía según sea el caso, con el fin que los contratistas
o proponentes respectivamente puedan valorar adecuadamente el alcance de lo
requerido por la entidad. Los elementos del estudio son los siguientes.
En cumplimiento con lo ordenado y lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 25 de
la Ley 80 de 1993 y el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, se realiza
este análisis de conveniencia y oportunidad.
De acuerdo a lo establecido en el 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, el cual
señala que en los estudios previos la entidad deberá señalar: 1. La descripción de
la necesidad que la entidad estatal pretende satisfacer con el proceso de
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
contratación. 2. El objeto a contratar con sus especificaciones, las autorizaciones,
permisos y licencias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye
diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto. 3.
La modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los
fundamentos jurídicos. 4. El valor estimado del contrato y la justificación del mismo.
Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la entidad
estatal debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto
en la estimación de aquellos. La entidad estatal no debe publicar las variables
utilizadas para calcular el valor estimado del contrato cuando la modalidad de
selección del contratista en curso de méritos. Si el contrato es de concesión, la
entidad estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.
5. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable. 6. El análisis de riesgo y la
forma de mitigarlo. 7. Las garantías que la entidad estatal contempla exigir en el
proceso de contratación. 8. La indicación de que si el proceso de contratación está
cobijado por un acuerdo comercial.
Así mismo teniendo en cuenta lo desarrollado en los numerales 7 y 12 del artículo
25 de la Ley 80 de 1993, los cuales señalan que los estudios y documentos previos
estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte de la
contratación del caso de manera que se puedan valorar adecuadamente en función
del alcance de lo requerido por la entidad, así como el de la distribución de riesgos
que la entidad propone.
Los elementos del estudio son los siguientes:
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL
PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN.
El Departamento de Sucre actualmente cuanta con tres Centros Penitenciarios y
Carcelarios del Orden Nacional, entre los que se encuentran el Centro de Reclusión
Especial – ERE, ubicado en el Municipio de Corozal – Sucre, con unas
connotaciones espaciales dado que es un establecimiento exclusivamente para
aquellos detenidos que ostentan la calidad de Servidores Públicos, su
infraestructura hoy presenta grandes deterioros que no le permiten al INPEC cumplir
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
con los mínimos necesarios para garantizar la seguridad de los centros
penitenciarios.
Actualmente el centro penitenciario y carcelario del municipio de Corozal cuenta con
38 reclusos, el penal no cuenta con un sistema de seguridad CCTV, la seguridad
del establecimiento está a cargo de los guardias del INPEC que pasan las revistas
y actualmente hay 14 guarda de seguridad en servicio.
Uno de los déficits más evidente que en materia de intervención necesitan ser
atendidos, es el sistema de seguridad y monitoreo, que no permite controlar y vigilar
el ingreso de objetos prohibidos y de personas no autorizadas, además dentro de
los alcances y fines de la Gobernación de Sucre está velar por los ciudadanos que
se encuentran en el establecimiento carcelario y que estos tengan una vida digna,
incluso privados de la libertad, entre esos pilares se incluye la seguridad, base
fundamental del bienestar y la convivencia dentro de las establecimiento
penitenciario.
La misión del establecimiento penitenciario es garantizar la ejecución de penas,
ejercer la vigilancia, custodia, atención social y tratamiento de las personas privadas
de la libertad, es por ellos que es fundamental contar con un sistema de seguridad
operativo y funcional que permita garantizar la vigilancia y control dentro del
establecimiento penitenciario.
Por tal razón en el marco de la ley 65 de 1993 por medio del cual se expide el código
penitenciario y carcelario, en articulación con las normas posteriores y decretos que
la reglamentan se expresa taxativamente en el artículo 31. Modificado por el art. 35,
Ley 1709 de 2014, que la vigilancia interna de los centros de reclusión estará a
cargo del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria Nacional. La vigilancia
externa estará a cargo de la Fuerza Pública y de los organismos de seguridad,
cuando no exista Fuerza Pública para este fin, la vigilancia externa la asumirá el
Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria Nacional. Sin embargo los centros
carcelarios con asiento en nuestro departamento muestran una deficiencia con
respecto al número de miembros del cuerpo de custodia y vigilancia en relación con
el número de internos que posee, por lo que se requiere de implementar sistemas
tecnológicos que ayuden a mejorar y controlar la seguridad de los establecimiento
en mención ya que estos se constituyen en una herramienta de apoyo al trabajo que
estos cuerpos de custodia realiza.
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
Por lo anterior la Gobernación de Sucre dentro de su plan de desarrollo han
incorporado metas con el fin de apoyar al INPEC, a superar las distintas dificultades
que presenta este centro carcelario en cuanto al sistema de seguridad y monitoreo
que facilite la labor de control y vigilancia en cuanto a actividades ilegales que se
puedan presentar dentro del penal y fuera de el. Uno de los principales problemas
que se desea atacar es el ingreso de elementos prohibitivos al penal y los peloteros
dedicados al tráfico de estupefaciente que se ubican alrededor de estos inmuebles.
Aunado todo lo anterior la Gobernación de Sucre a través de su Secretaria de
Gobierno establece la necesidad de contratar La “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN
DE UN SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN EN EL CENTRO
PENITENCIARIO MEDIANA SEGURIDAD EN EL MUNICIPIO DE COROZAL
DEPARTAMENTO DE SUCRE”
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR
“ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE
TELEVISIÓN EN EL CENTRO PENITENCIARIO MEDIANA SEGURIDAD EN EL
MUNICIPIO DE COROZAL DEPARTAMENTO DE SUCRE”
El proyecto consiste en instalar un sistema de circuito cerrado de televisión
en el establecimiento penitenciario mediana seguridad de Corozal, con el fin
de fortalecer la seguridad en el interior del recinto carcelario, para esto es
necesario contar con equipos tecnológicos que permitan cumplir con los
objetivos instaurados en la iniciativa, los equipos necesarios para ejecutar el
proyecto son los siguientes:
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
2.1. CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS UNSPSC
El objeto a contratar se encuentra identificado dentro del cuarto nivel del clasificador
de bienes y servicios con el siguiente código y respectivo nombre:
ITEM
PRODUCTO UNSPSC CLASE FAMILIA SEGMENTO
1 72151702 SERVICIOS DE
INSTALACION
SISTEMAS DE
TELEVISION
CIRCUITO
CERRADO
72151700 72150000 72000000
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
3.- CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
CRONOGRAMA DEL PROYECTO: “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE UN
SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN EN EL CENTRO
PENITENCIARIO MEDIANA SEGURIDAD EN EL MUNICIPIO DE COROZAL
DEPARTAMENTO DE SUCRE”.
3.1. POBLACION BENEFICIADA: Personas Privadas de la Libertad: 38
Hombres: 38 4. FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE CONTRATACION: Las adquisiciones de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda del diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad contratante, independientemente de su objeto, se determinan por las reglas exclusivamente definidas en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, reglamentada por los 2.2.1.2.1.5.1 y 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, el cual constituye el procedimiento aplicable a la modalidad de selección de mínima cuantía.
Actividades / Semanas 1 2 3 4
Adquisición del sistema de circuito
cerrado X
Entrega del sistema de circuito
cerrado X
Instalación del sistema de circuito
cerrado X X
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
El presupuesto para la realización de la presente contratación es por la suma de: (
$ 38.563.186). TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES
MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE.
JUSTIFICACION SUMARIA DEL VALOR: Para determinar el valor se realizó el
estudio y análisis del sector.
PRESUPUESTO
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
ALLBREAKER SASSI INGENIERIA
A.S.A.S
1
NVR 8 Ch, 8MP(4K) 3840*2160 / 1*8MP -
1*5MP - 4*1080P - 8*720P / PoE Ports 8 /
HDD Support 2*10TB / 1*HDMI / 1*VGA /
1*RJ45 100M/1000Mbps / 2*USB 2.0
interfaces / 1*RCA Audio Input / 1*RCA Audio
Output /Alarm I/O 4/1
UNIDAD $1.408.811 $1.145.875 $1.277.343 1 $1.277.343,00
2
5MP 2592*1944 @20fps / Motorized lens
3.0~10.5mm / H90°~H31° D114°~D38°
V67°~V23° / Color: 0.005Lux @F1.2 / Super
WDR 120dB / IR 50m / IP67 / IK10 /
Support H.265+/H.265/H.264+/H.264 /
Support Video Content Analysis / Consumo
(8W MAX 12W MAX (With IR on))
UNIDAD $1.484.406 $1.178.100 $1.331.253 3 $3.993.759,00
3
5MP 2592*1944 @20fps / Motorized lens
3.0~10.5mm / H90°~H31° D114°~D38°
V67°~V23° / Color: 0.005Lux @F1.2 / Super
WDR 120dB / IR 50m / IP67 / IK10 /
Support H.265+/H.265/H.264+/H.264 /
Support Video Content Analysis / Consumo
(8W MAX 12W MAX (With IR on))
UNIDAD $1.399.812 $1.186.281 $1.293.047 5 $6.465.232,50
4
PoE Ports 16X10/100 Mbps / Uplink Ports
2X1000 Mbps / SFP Ports 2X1000 Mbps /
Consumo Max Capacity 250W - Single Port
30W / PoE Standard: IEEE802.3 af/at / Port
lightning protection: 4KV 8/20us / Protection
level: IP30
UNIDAD $1.271.694 $1.096.288 $1.183.991 1 $1.183.991,00
VALOR TOTALCANTIDAD
VALOR UNITARIO
VALOR PROMEDIO ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD DE
MEDIDA
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
5
Inyector Ultra PoE 60W 4-pares UTP,
compatible 802.3af/at Gigabit 10/100/1000
Mbps
UNIDAD $259.290 $246.943 $253.117 9 $2.278.048,50
6Disco Duro PURPLE de 6TB / 3 AÑOS DE
GARANTÍA / Para VideovigilanciaUNIDAD $1.384.650 $1.081.758 $1.233.204 2 $2.466.408,00
7 GABINETE PARED 60 X 50 X 9U (AXPXAL) UNIDAD $556.325 $505.750 $531.038 1 $531.037,50
8 PATCH PANEL CAT 6 24 PUERTOS 1U UNIDAD $240.482 $220.626 $230.554 1 $230.554,00
9 Mouse Inhalambrico UNIDAD $50.361 $43.792 $47.077 1 $47.076,50
10Cable Hdmi 10 Metros Doble Filtro Mallado
Punta DoradaUNIDAD $37.149 $30.702 $33.926 1 $33.925,50
11Monitor plano 4K, Pantalla 32" 3840x2160,
Panel VA 60 HZ DP, HDMI UNIDAD $2.965.670 $2.316.930 $2.641.300 1 $2.641.300,00
12 RJ 45 6 UNIDAD $1.200 $976 $1.088 30 $32.640,00
13 PATCH CORD CAT 6 3FT AZUL UNIDAD $14.578 $11.662 $13.120 20 $262.400,00
14 CABLE OUTDOOR UTP CAT 5E PVC (305 MTS) METRO $594.405 $535.500 $564.953 1 $564.952,50
15Suministro de Tuberia EMT 3/4" por Metro
Lineal
METRO Y
UNIDAD $41.055 $35.700 $38.378 135 $5.180.962,50
16 UPS ON LINE 2KVA REF.TITAN2KVA METRO $2.275.042 $1.880.200 $2.077.621 1 $2.077.621,00
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
17 ORGANIZADOR DE CABLES PLASTICO METRO $39.606 $30.702 $35.154 1 $35.154,00
18
Router Board, 10 Puertos Ethernet, 1 Puerto
SFP, Wi-Fi de Gran Cobertura 2.4 GHz
Antenas de 4 dBi, hasta 1 Watt de potencia
METRO $990.891 $780.229 $885.560 1 $885.560,00
19 Instalacion equipos PERSONA $8.658.440 $8.092.000 $8.375.220 1 $8.375.220,00
38.563.185,50$ TOTAL
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
6. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS La Gobernación de Sucre cuenta con la disponibilidad de recursos que permiten amparar las obligaciones económicas emanadas del contrato a celebrar, de conformidad con el certificado de disponibilidad No. 1096 de fecha 07 de MAYO de 2021 expedida por el Jefe de Presupuesto de la Entidad. 7. LUGAR DE EJECUCION
Municipio de Corozal del Departamento de Sucre
8. FORMA DE PAGO
La entidad pagará el valor de la presente contratación de la siguiente manera: A través de un solo pago correspondiente al 100% del valor del contrato, al finalizar la ejecución del contrato, previa presentación del informe final de actividades desarrolladas por parte del contratista, junto con la suscripción del acta final donde conste el recibido a satisfacción. El desembolso de los dineros a cancelar se dará previo trámite de solicitud de pago y el derecho a turno asignado para la respectiva cuenta legalizada. El Departamento de Sucre no se responsabilizará por la demora en el pago al contratista y/o contratistas, cuando ella fuere provocada por encontrarse incompleta la documentación que sirva de soporte para el trámite de las facturas y no se ajuste a cualquiera de las condiciones establecidas en el presente contrato. 9. PLAZO
El plazo de ejecución será de 1 mes, contados a partir del cumplimiento de los
requisitos de ejecución.
10. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Obligaciones del contratista
Además de las obligaciones previstas en la Ley para los contratistas del Estado, en
razón del servicio requerido por la entidad, este se compromete a cumplir con las
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
obligaciones que a continuación se estipulan, por lo cual deberá manifestar bajo la
gravedad de juramento que se entiende prestado con la oferta, que conoce y acepta
los términos establecidos en la invitación publica:
a) Cumplir de buena fe el objeto del contrato.
b) Cumplir el contrato en los términos y condiciones técnicas establecidos en
los estudios previos, pliegos de condiciones y formuladas en su propuesta.
c) El contratista se obliga a realizar el contrato en los términos establecidos en
los respectivos estudios de oportunidad y conveniencia y de acuerdo a las
condiciones técnicas requeridas por la administración municipal.
d) Asumir los gastos y riesgos que implica el desarrollo del contrato bajo su
propia responsabilidad.
e) Realizar la entrega de todos los elementos objeto del presente contrato.
f) El contratista se obliga a realizar el pago de los tributos locales.
g) Demostrar estar a paz y salvo con el sistema de seguridad social y aporte
parafiscal.
h) Las demás que se requieran para la buena ejecución del objeto contractual.
i) Todos los bienes suministrados deben estar sujetos a las especificaciones
establecidas en las características de los bienes a contratar y en caso de que
salga alguno defectuoso deberá remplazarlo en un lapso de 4 horas.
j) Las demás que por naturaleza del contrato le sean asignadas por el
supervisor,
11. GARANTÍAS
Por la naturaleza del contrato, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7
de la ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.3.1.1 del Decreto 1082 de 2015, el
contratista se obligue a constituir a favor del Departamento de Sucre, garantía única
que ampare los siguientes riesgos;
a) CUMPLIMIENTO, por el diez por ciento (10%) del valor del Contrato, su vigencia será la misma del Contrato y seis meses más.
b) CALIDAD DE LOS BIENES Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO, por el diez por ciento (10%) del valor del Contrato, su vigencia será la misma del Contrato y seis meses más.
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SUCRE
G O B E R N A C I Ó N
SECRETARIA DE GOBIERNO
www.sucre.gov.co ● Calle 25 N° 25B - 35 Sincelejo – Sucre NIT 892280021-1 ● Tel. (5) 2806808 - (5) 2799470 Ext. 300-301
c) SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES, por un cinco por ciento (5%) del valor del Contrato, cuya duración será la del mismo y tres (3) años más.
12. SUPERVISOR:
La supervisión será ejercida por la Secretaría de Gobierno Departamental de Sucre.
13. LA INDICACION DE SI LA CONTRATACION RESPECTIVA ESTA COBIJADA
POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO
VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO.
El presente proceso no está cobijado por un Acuerdo Internacional o un Tratado de
libre comercio vigente para el Estado Colombiano.
Por lo anterior, considero oportuno y conveniente realizar la contratación de la
referencia.
Dado en la ciudad de Sincelejo del departamento de Sucre a los 31 días del mes de
MAYO de 2021.
Elaboro: Carolina Vergara- Asesora Externa