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REPÚBLICA DE COLOMBIA ;" libertad y Orden MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO DECRETO NÚMERO '- 116 6 "Por el cual se adiciona el capítulo 12 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, relacionado con la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente". EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en el parágrafo del artículo 15 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, en desarrollo del título JI de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 y CONSIDERANDO: Que el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, establece que toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés generala particular y a obtener pronta resolución. Que en el inciso primero del artículo 15 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artículo de la Ley 1755 de 2015 establece que las peticiones podrán presentarse verbalmente y deberá quedar constancia de la misma, o por escrito, ya través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos. Que a su turno, el parágrafo del artículo 15 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artículo 1° de la 1755 de 2015 señala que: "Cuando la petición se presente verbalmente ella deberá efectuarse en la oficina o dependencia que cada entidad defina para ese efecto. ". Que en la Sentencia C-951 de 2011 la Corte Constitucional advirtió sobre la improcedencia de dar un tratamiento distinto a la petición presentada en forma verbal, en relación con los elementos estructurales del derecho de petición Que en dicha providencia la Corte manifestó que el ordenamiento constitucional colombiano ampara las expresiones verbales del derecho de petición y no otorga trato diferente al de las solicitudes escritas. Que se hace necesario que el ejercicio del derecho de petición verbal promueva el acceso de la ciudadanía a los servicios ofrecidos por el Estado, de manera que el requisito de la presentación por escrito no sea obstáculo para el ejercicio de los derechos individuales y, de la misma manera, no afecte la celeridad de los trámites administrativos. En mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1°. El Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, tendrá un nuevo Capítulo 12 con el siguiente texto:

REPÚBLICA DE COLOMBIA libertad Orden...La constancia de la recepción del de petición verbal ,...01"""'"." de inmediato y deberá contener, como mínimo, los siguientes datos: 1,

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Page 1: REPÚBLICA DE COLOMBIA libertad Orden...La constancia de la recepción del de petición verbal ,...01"""'"." de inmediato y deberá contener, como mínimo, los siguientes datos: 1,

REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

~~j ~) -------~~~--~Cr-middot------

libertad y Orden

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

DECRETO NUacuteMERO - 116 6

Por el cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho relacionado con la

presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las previstas en el numeral 11 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica de Colombia y en el paraacutegrafo 3deg del artiacuteculo 15 de la

Ley 1437 de 2011 sustituido por el artiacuteculo 1 de la Ley 1755 de 2015 en desarrollo del tiacutetulo JI de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artiacuteculo 1 de la Ley 1755 de 2015 y

CONSIDERANDO

Que el artiacuteculo 23 de la Constitucioacuten Poliacutetica de Colombia establece que toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de intereacutes generala particular y a obtener pronta resolucioacuten

Que en el inciso primero del artiacuteculo 15 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artiacuteculo 1deg de la Ley 1755 de 2015 establece que las peticiones podraacuten presentarse verbalmente y deberaacute quedar constancia de la misma o por escrito ya traveacutes de cualquier medio idoacuteneo para la comunicacioacuten o transferencia de datos

Que a su turno el paraacutegrafo 3deg del artiacuteculo 15 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artiacuteculo 1deg de la 1755 de 2015 sentildeala que Cuando la peticioacuten se presente verbalmente ella deberaacute efectuarse en la oficina o dependencia que cada entidad defina para ese efecto

Que en la Sentencia C-951 de 2011 la Corte Constitucional advirtioacute sobre la improcedencia de dar un tratamiento distinto a la peticioacuten presentada en forma verbal en relacioacuten con los elementos estructurales del derecho de peticioacuten

Que en dicha providencia la Corte manifestoacute que el ordenamiento constitucional colombiano ampara las expresiones verbales del derecho de peticioacuten y no otorga trato diferente al de las solicitudes escritas

Que se hace necesario que el ejercicio del derecho de peticioacuten verbal promueva el acceso de la ciudadaniacutea a los servicios ofrecidos por el Estado de manera que el requisito de la presentacioacuten por escrito no sea obstaacuteculo para el ejercicio de los derechos individuales y de la misma manera no afecte la celeridad de los traacutemites administrativos

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1deg El Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho tendraacute un nuevo Capiacutetulo 12 con el siguiente texto

DECRETONtildeUacuteMERO ~ 1166 Paacutegina2 de 6

Continuacioacuten del Decreto Por el se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

Artiacuteculo 223121 Objeto El presente capiacutetulo regula la presentacioacuten radicacioacuten y constancia de aquellas presentadas verbalmente en forma presencial por viacutea telefoacutenica por medios electroacutenicos o tecnoloacutegicos o a traveacutes de cualquier otro medio idoacuteneo para la comunicacioacuten o transferencia la voz

Artiacuteculo 223122 Centralizacioacuten de la recepcioacuten de peticiones verbales Todas las autoridades deberaacuten en una oficina o dependencia la recepcioacuten las peticiones que se les formulen verbalmente en forma presencial o no presencial Para dicha recepcioacuten se destinaraacute el nuacutemero funcionarios que permita atender peticiones verbales que diariamente se reciban los cuales deberaacuten tener conocimiento idoacuteneo sobre competencias la entidad

tnrfrI centralizar en su liacutenea atencioacuten al cliente la recepcioacuten y constancia de radicacioacuten de las peticiones presentadas telefoacutenicamente

Asiacute mismo autoridades deberaacuten habilitar los medios tecnoloacutegicos o electroacutenicos disponibles que permitan la recepcioacuten de las peticiones verbales en los teacuterminos y condiciones establecidas en el artiacuteculo 123 del decreto aun por horas de al puacuteblico

Artiacuteculo 2231 Presentacioacuten y radicacioacuten de verbales radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente de que trata el articulo

nlo Capitulo seguiraacute en lo pertinente los requisitos y paraacutemetros establecidos en las leyes 2011 y 1755 de 2015

autoridades constancia y radicar las peticiones que se reciban por cualquier medio idoacuteneo que garantice la comunicacioacuten o transferencia de datos de la informacioacuten al interior de la entidad

La constancia de la recepcioacuten del de peticioacuten verbal 01 de inmediato y deberaacute contener como miacutenimo los siguientes datos

1 Nuacutemero de radicado o consecutivo asignado a la peticioacuten

y hora de recibido

3 Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante yo apoderado si es el caso con indicacioacuten de los documentos identidad y de la direccioacuten fiacutesica o electroacutenica donde se recibiraacute correspondencia y se haraacuten las notificaciones El peticionario podraacute agregar nuacutemero de fax o la direccioacuten electroacutenica el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil estaraacute obligada a indicar su direccioacuten electroacutenica

4 objeto la peticioacuten

5 razones en las que fundamenta la peticioacuten no presentacioacuten de razones en que se fundamenta la no impediraacute su radicacioacuten conformidad con el paraacutegrafo del artiacuteculo 16 de la 2011 sustituido por el artiacuteculo 10 de la 1755 de 2015

La relacioacuten de los documentos que se anexan para iniciarla peticioacuten Cuando una peticioacuten no se acompantildee de los documentos e informaciones requeridos por la ley en el acto de

la autoridad deberaacute indicar al peticionario documentos o la informacioacuten que

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Continuacioacuten del Por cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

falten sin que su no presentacioacuten o exposicioacuten pueda dar lugar al rechazo de la radicacioacuten de la misma de conformidad con el paraacutegrafo 20 del artiacuteculo 16 de la 1437 2011 sustituido por el artiacuteculo 10 de la Ley 1755 de 2015

7 Identificacioacuten del funcionario responsable de la recepcioacuten y radicacioacuten de la peticioacuten

8 Constancia expliacutecita que la peticioacuten se formuloacute manera verbal

Paraacutegrafo 1 Si el peticionario lo solicita se le la de la peticioacuten verbal

Paraacutegrafo seraacuten responsables de la gestioacuten de las constancias de las peticiones y de la administracioacuten de sus archivos para lo cual disentildearan implementaran o adecuaraacuten los sistemas o herramientas que permitan la debida organizacioacuten y conservacioacuten acuerdo con los paraacutemetros y lineamientos establecidos por el Archivo General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 223124 Respuesta al derecho de peticioacuten verbal respuesta al derecho de peticioacuten verbal deberaacute darse en los plazos establecidos en la ley En el evento que se deacute repuesta verbal a la petiacutecioacuten se deberaacute indicar de manera expresa la respuesta suministrada al peticionario en la respectiva constancia de radicacioacuten

No seraacute necesario dejar constancia ni radicar el derecho peticioacuten de informacioacuten cuando la respuesta al ciudadano en una simple orientacioacuten del servidor puacuteblico acerca del lugar al que aqueacutel puede dirigirse para obtener la informacioacuten solicitada

Artiacuteculo 223125 Solicitudes de acceso a la informacioacuten puacuteblica Para los casos de las solicitudes de acceso a la informacioacuten puacuteblica de acuerdo con lo sentildealado en el artiacuteculo de Ley 1712 de 2014 todos los sujetos obligados deberaacuten habilitar mecanismos para la recepcioacuten de solicitudes manera verbal

Para peticiones relacionadas con traacutemites y servicios Estado de conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 15 de la Ley 1 de 2015 las entidades podraacuten determinar si la solicitud debe ser presentada por escrito y deberaacuten poner a disposicioacuten los usuarios formularios u otros instrumentos estandarizados para facilitar la presentacioacuten de la misma

En todos casos las autoridades deberaacuten informar previamente a los ciudadanos e interesados a traveacutes de su electroacutenica y otros los tipos solicitudes que ser presentadas por escrito

Artiacuteculo 223126 Tumos Las autoridades deberaacuten garantizar un sistema de tumos acorde con las servicIo y nuevas tecnologiacuteas una ordenada de peticiones verbales sin perjuicio de lo sentildealado en el numeral 6 del artiacuteculo 5 de la Ley 1 de 2011

Artiacuteculo 223127 Falta de competencia es del caso el funcionario encargado de recibir y radicar la peticioacuten verbal informaraacute al peticionario en el mismo acto de recepcioacuten que la autoridad a la cual representa no es la competente para tramitar su solicitud y procederaacute a orientarlo para que presente su peticioacuten ante la autoridad correspondiente o en caso de no existir funcionario rr gtrorlro asiacute se lo comunicaraacute

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DECRETc)NU-ivIERO- 1166 Paacutegina4 de 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

No obstante el peticionario podraacute insistir en que se radique la peticioacuten caso en el cual el funcionario deberaacute dejar constancia y radicarla luego de lo cual le daraacute el traacutemite correspondiente

En todo caso la autoridad registraraacute en la constancia de recepcioacuten del derecho de peticioacuten el tipo de orientacioacuten que se le dio al peticionario

Artiacuteculo 223128 Inclusioacuten social Para la recepcioacuten y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente cada autoridad deberaacute directamente o a traveacutes mecanismos idoacuteneos adoptar medidas que promuevan la inclusioacuten social de personas en situacioacuten de vulnerabilidad o por razones de discapacidad especial proteccioacuten geacutenero y edad

En ese sentido las autoridades podraacuten adoptar medidas como conceder atencioacuten prioritaria y diferencial disponer de personal especializado para recepcionar y apoyar en el desarrollo y precisioacuten de la peticioacuten entre otras

Artiacuteculo 223129 Peticiones verbales en otra lengua nativa o dialecto oficial de Colombia Las personas que hablen una lengua nativa o un dialecto oficial de Colombia podraacuten presentar peticiones verbales ante cualquier autoridad en su lengua o dialecto Las autoridades habilitaraacuten los respectivos mecanismos que garanticen la presentacioacuten constancia y radicacioacuten de dichas peticiones

Cuando las entidades no cuenten con inteacuterpretes en su planta de personal para traducir directamente la peticioacuten dejaraacuten constancia de ese hecho y grabaraacuten el derecho de peticioacuten en cualquier medio tecnoloacutegico o electroacutenico con el fin de proceder a su posterior traduccioacuten y respuesta

Artiacuteculo 2231210 Respuesta a solicitud verbal de acceso a informacioacuten La respuesta a las peticiones de acceso a informacioacuten presentadas verbalmente una vez se surta la radicacioacuten y constancia deberaacute darse por escrito de acuerdo a lo establecido en el artiacuteculo 26 de la Ley 1712 de 2014 corregido por el artiacuteculo 4 del Decreto 1494 de 2015

Artiacuteculo 2231211 Reglamentacioacuten interna Las autoridades deberaacuten reglamentar de acuerdo al artiacuteculo 22 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artiacuteculo 1 de la Ley 1755 de 2015 la tramitacioacuten interna de las peticiones verbales que les corresponda resolver y la manera de atenderlas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo y en cumplimiento de los teacuterminos legales

Artiacuteculo 2231212 Accesibilidad Las autoridades divulgaraacuten en un lugar visible de acceso al puacuteblico asiacute como en su sede electroacutenica institucional carteleras oficiales u otros y el procedimiento y los canales idoacuteneos de recepcioacuten radicacioacuten y traacutemite de las peticiones presentadas verbalmente de que trata el presente capiacutetulo

En todo caso el funcionario encargado de la recepcioacuten de las peticiones verbales deberaacute indicar al ciudadano la posibilidad de presentarlas y no podraacute negar su recepcioacuten y radicacioacuten con la excusa de la exigencia de un documento escrito salvo que la peticioacuten asiacute lo requiera En este caso pondraacute a disposicioacuten de los interesados formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligenciarniento sin costo a menos que una ley sentildeale expresamente lo contrario

Artiacuteculo 2231213 Seguridad de los datos personales El tratamiento de los datos personales y proteccioacuten de la informacioacuten de quienes presentan verbalmente sus peticiones se someteraacute a los principios rectores establecidos en el artiacutecu lo 4 de la Ley 1581 de 2012

DECRETO-iexclCUM~O - 1166 Paacutegina6 de 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

Artiacuteculo 2231214 Teacutermino para la implementacioacuten o adecuacioacuten de reglamentos internos A maacutes tardar el 30 de enero de 2017 las autoridades implementaraacuten o adecuaraacuten los mecanismos e instrumentos internos que permitan el cumplimiento de las disposiciones sentildealadas en el este capiacutetulo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE COMUNiacuteQUESE Y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

Ministro de Justicia y del Derecho

Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repuacuteblica

Directora del Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica

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DECRETONtildeUacuteMERO ~ 1166 Paacutegina2 de 6

Continuacioacuten del Decreto Por el se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

Artiacuteculo 223121 Objeto El presente capiacutetulo regula la presentacioacuten radicacioacuten y constancia de aquellas presentadas verbalmente en forma presencial por viacutea telefoacutenica por medios electroacutenicos o tecnoloacutegicos o a traveacutes de cualquier otro medio idoacuteneo para la comunicacioacuten o transferencia la voz

Artiacuteculo 223122 Centralizacioacuten de la recepcioacuten de peticiones verbales Todas las autoridades deberaacuten en una oficina o dependencia la recepcioacuten las peticiones que se les formulen verbalmente en forma presencial o no presencial Para dicha recepcioacuten se destinaraacute el nuacutemero funcionarios que permita atender peticiones verbales que diariamente se reciban los cuales deberaacuten tener conocimiento idoacuteneo sobre competencias la entidad

tnrfrI centralizar en su liacutenea atencioacuten al cliente la recepcioacuten y constancia de radicacioacuten de las peticiones presentadas telefoacutenicamente

Asiacute mismo autoridades deberaacuten habilitar los medios tecnoloacutegicos o electroacutenicos disponibles que permitan la recepcioacuten de las peticiones verbales en los teacuterminos y condiciones establecidas en el artiacuteculo 123 del decreto aun por horas de al puacuteblico

Artiacuteculo 2231 Presentacioacuten y radicacioacuten de verbales radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente de que trata el articulo

nlo Capitulo seguiraacute en lo pertinente los requisitos y paraacutemetros establecidos en las leyes 2011 y 1755 de 2015

autoridades constancia y radicar las peticiones que se reciban por cualquier medio idoacuteneo que garantice la comunicacioacuten o transferencia de datos de la informacioacuten al interior de la entidad

La constancia de la recepcioacuten del de peticioacuten verbal 01 de inmediato y deberaacute contener como miacutenimo los siguientes datos

1 Nuacutemero de radicado o consecutivo asignado a la peticioacuten

y hora de recibido

3 Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante yo apoderado si es el caso con indicacioacuten de los documentos identidad y de la direccioacuten fiacutesica o electroacutenica donde se recibiraacute correspondencia y se haraacuten las notificaciones El peticionario podraacute agregar nuacutemero de fax o la direccioacuten electroacutenica el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil estaraacute obligada a indicar su direccioacuten electroacutenica

4 objeto la peticioacuten

5 razones en las que fundamenta la peticioacuten no presentacioacuten de razones en que se fundamenta la no impediraacute su radicacioacuten conformidad con el paraacutegrafo del artiacuteculo 16 de la 2011 sustituido por el artiacuteculo 10 de la 1755 de 2015

La relacioacuten de los documentos que se anexan para iniciarla peticioacuten Cuando una peticioacuten no se acompantildee de los documentos e informaciones requeridos por la ley en el acto de

la autoridad deberaacute indicar al peticionario documentos o la informacioacuten que

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Continuacioacuten del Por cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

falten sin que su no presentacioacuten o exposicioacuten pueda dar lugar al rechazo de la radicacioacuten de la misma de conformidad con el paraacutegrafo 20 del artiacuteculo 16 de la 1437 2011 sustituido por el artiacuteculo 10 de la Ley 1755 de 2015

7 Identificacioacuten del funcionario responsable de la recepcioacuten y radicacioacuten de la peticioacuten

8 Constancia expliacutecita que la peticioacuten se formuloacute manera verbal

Paraacutegrafo 1 Si el peticionario lo solicita se le la de la peticioacuten verbal

Paraacutegrafo seraacuten responsables de la gestioacuten de las constancias de las peticiones y de la administracioacuten de sus archivos para lo cual disentildearan implementaran o adecuaraacuten los sistemas o herramientas que permitan la debida organizacioacuten y conservacioacuten acuerdo con los paraacutemetros y lineamientos establecidos por el Archivo General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 223124 Respuesta al derecho de peticioacuten verbal respuesta al derecho de peticioacuten verbal deberaacute darse en los plazos establecidos en la ley En el evento que se deacute repuesta verbal a la petiacutecioacuten se deberaacute indicar de manera expresa la respuesta suministrada al peticionario en la respectiva constancia de radicacioacuten

No seraacute necesario dejar constancia ni radicar el derecho peticioacuten de informacioacuten cuando la respuesta al ciudadano en una simple orientacioacuten del servidor puacuteblico acerca del lugar al que aqueacutel puede dirigirse para obtener la informacioacuten solicitada

Artiacuteculo 223125 Solicitudes de acceso a la informacioacuten puacuteblica Para los casos de las solicitudes de acceso a la informacioacuten puacuteblica de acuerdo con lo sentildealado en el artiacuteculo de Ley 1712 de 2014 todos los sujetos obligados deberaacuten habilitar mecanismos para la recepcioacuten de solicitudes manera verbal

Para peticiones relacionadas con traacutemites y servicios Estado de conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 15 de la Ley 1 de 2015 las entidades podraacuten determinar si la solicitud debe ser presentada por escrito y deberaacuten poner a disposicioacuten los usuarios formularios u otros instrumentos estandarizados para facilitar la presentacioacuten de la misma

En todos casos las autoridades deberaacuten informar previamente a los ciudadanos e interesados a traveacutes de su electroacutenica y otros los tipos solicitudes que ser presentadas por escrito

Artiacuteculo 223126 Tumos Las autoridades deberaacuten garantizar un sistema de tumos acorde con las servicIo y nuevas tecnologiacuteas una ordenada de peticiones verbales sin perjuicio de lo sentildealado en el numeral 6 del artiacuteculo 5 de la Ley 1 de 2011

Artiacuteculo 223127 Falta de competencia es del caso el funcionario encargado de recibir y radicar la peticioacuten verbal informaraacute al peticionario en el mismo acto de recepcioacuten que la autoridad a la cual representa no es la competente para tramitar su solicitud y procederaacute a orientarlo para que presente su peticioacuten ante la autoridad correspondiente o en caso de no existir funcionario rr gtrorlro asiacute se lo comunicaraacute

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DECRETc)NU-ivIERO- 1166 Paacutegina4 de 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

No obstante el peticionario podraacute insistir en que se radique la peticioacuten caso en el cual el funcionario deberaacute dejar constancia y radicarla luego de lo cual le daraacute el traacutemite correspondiente

En todo caso la autoridad registraraacute en la constancia de recepcioacuten del derecho de peticioacuten el tipo de orientacioacuten que se le dio al peticionario

Artiacuteculo 223128 Inclusioacuten social Para la recepcioacuten y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente cada autoridad deberaacute directamente o a traveacutes mecanismos idoacuteneos adoptar medidas que promuevan la inclusioacuten social de personas en situacioacuten de vulnerabilidad o por razones de discapacidad especial proteccioacuten geacutenero y edad

En ese sentido las autoridades podraacuten adoptar medidas como conceder atencioacuten prioritaria y diferencial disponer de personal especializado para recepcionar y apoyar en el desarrollo y precisioacuten de la peticioacuten entre otras

Artiacuteculo 223129 Peticiones verbales en otra lengua nativa o dialecto oficial de Colombia Las personas que hablen una lengua nativa o un dialecto oficial de Colombia podraacuten presentar peticiones verbales ante cualquier autoridad en su lengua o dialecto Las autoridades habilitaraacuten los respectivos mecanismos que garanticen la presentacioacuten constancia y radicacioacuten de dichas peticiones

Cuando las entidades no cuenten con inteacuterpretes en su planta de personal para traducir directamente la peticioacuten dejaraacuten constancia de ese hecho y grabaraacuten el derecho de peticioacuten en cualquier medio tecnoloacutegico o electroacutenico con el fin de proceder a su posterior traduccioacuten y respuesta

Artiacuteculo 2231210 Respuesta a solicitud verbal de acceso a informacioacuten La respuesta a las peticiones de acceso a informacioacuten presentadas verbalmente una vez se surta la radicacioacuten y constancia deberaacute darse por escrito de acuerdo a lo establecido en el artiacuteculo 26 de la Ley 1712 de 2014 corregido por el artiacuteculo 4 del Decreto 1494 de 2015

Artiacuteculo 2231211 Reglamentacioacuten interna Las autoridades deberaacuten reglamentar de acuerdo al artiacuteculo 22 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artiacuteculo 1 de la Ley 1755 de 2015 la tramitacioacuten interna de las peticiones verbales que les corresponda resolver y la manera de atenderlas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo y en cumplimiento de los teacuterminos legales

Artiacuteculo 2231212 Accesibilidad Las autoridades divulgaraacuten en un lugar visible de acceso al puacuteblico asiacute como en su sede electroacutenica institucional carteleras oficiales u otros y el procedimiento y los canales idoacuteneos de recepcioacuten radicacioacuten y traacutemite de las peticiones presentadas verbalmente de que trata el presente capiacutetulo

En todo caso el funcionario encargado de la recepcioacuten de las peticiones verbales deberaacute indicar al ciudadano la posibilidad de presentarlas y no podraacute negar su recepcioacuten y radicacioacuten con la excusa de la exigencia de un documento escrito salvo que la peticioacuten asiacute lo requiera En este caso pondraacute a disposicioacuten de los interesados formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligenciarniento sin costo a menos que una ley sentildeale expresamente lo contrario

Artiacuteculo 2231213 Seguridad de los datos personales El tratamiento de los datos personales y proteccioacuten de la informacioacuten de quienes presentan verbalmente sus peticiones se someteraacute a los principios rectores establecidos en el artiacutecu lo 4 de la Ley 1581 de 2012

DECRETO-iexclCUM~O - 1166 Paacutegina6 de 6

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

Artiacuteculo 2231214 Teacutermino para la implementacioacuten o adecuacioacuten de reglamentos internos A maacutes tardar el 30 de enero de 2017 las autoridades implementaraacuten o adecuaraacuten los mecanismos e instrumentos internos que permitan el cumplimiento de las disposiciones sentildealadas en el este capiacutetulo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE COMUNiacuteQUESE Y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

Ministro de Justicia y del Derecho

Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repuacuteblica

Directora del Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica

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Continuacioacuten del Por cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

falten sin que su no presentacioacuten o exposicioacuten pueda dar lugar al rechazo de la radicacioacuten de la misma de conformidad con el paraacutegrafo 20 del artiacuteculo 16 de la 1437 2011 sustituido por el artiacuteculo 10 de la Ley 1755 de 2015

7 Identificacioacuten del funcionario responsable de la recepcioacuten y radicacioacuten de la peticioacuten

8 Constancia expliacutecita que la peticioacuten se formuloacute manera verbal

Paraacutegrafo 1 Si el peticionario lo solicita se le la de la peticioacuten verbal

Paraacutegrafo seraacuten responsables de la gestioacuten de las constancias de las peticiones y de la administracioacuten de sus archivos para lo cual disentildearan implementaran o adecuaraacuten los sistemas o herramientas que permitan la debida organizacioacuten y conservacioacuten acuerdo con los paraacutemetros y lineamientos establecidos por el Archivo General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 223124 Respuesta al derecho de peticioacuten verbal respuesta al derecho de peticioacuten verbal deberaacute darse en los plazos establecidos en la ley En el evento que se deacute repuesta verbal a la petiacutecioacuten se deberaacute indicar de manera expresa la respuesta suministrada al peticionario en la respectiva constancia de radicacioacuten

No seraacute necesario dejar constancia ni radicar el derecho peticioacuten de informacioacuten cuando la respuesta al ciudadano en una simple orientacioacuten del servidor puacuteblico acerca del lugar al que aqueacutel puede dirigirse para obtener la informacioacuten solicitada

Artiacuteculo 223125 Solicitudes de acceso a la informacioacuten puacuteblica Para los casos de las solicitudes de acceso a la informacioacuten puacuteblica de acuerdo con lo sentildealado en el artiacuteculo de Ley 1712 de 2014 todos los sujetos obligados deberaacuten habilitar mecanismos para la recepcioacuten de solicitudes manera verbal

Para peticiones relacionadas con traacutemites y servicios Estado de conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 15 de la Ley 1 de 2015 las entidades podraacuten determinar si la solicitud debe ser presentada por escrito y deberaacuten poner a disposicioacuten los usuarios formularios u otros instrumentos estandarizados para facilitar la presentacioacuten de la misma

En todos casos las autoridades deberaacuten informar previamente a los ciudadanos e interesados a traveacutes de su electroacutenica y otros los tipos solicitudes que ser presentadas por escrito

Artiacuteculo 223126 Tumos Las autoridades deberaacuten garantizar un sistema de tumos acorde con las servicIo y nuevas tecnologiacuteas una ordenada de peticiones verbales sin perjuicio de lo sentildealado en el numeral 6 del artiacuteculo 5 de la Ley 1 de 2011

Artiacuteculo 223127 Falta de competencia es del caso el funcionario encargado de recibir y radicar la peticioacuten verbal informaraacute al peticionario en el mismo acto de recepcioacuten que la autoridad a la cual representa no es la competente para tramitar su solicitud y procederaacute a orientarlo para que presente su peticioacuten ante la autoridad correspondiente o en caso de no existir funcionario rr gtrorlro asiacute se lo comunicaraacute

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

No obstante el peticionario podraacute insistir en que se radique la peticioacuten caso en el cual el funcionario deberaacute dejar constancia y radicarla luego de lo cual le daraacute el traacutemite correspondiente

En todo caso la autoridad registraraacute en la constancia de recepcioacuten del derecho de peticioacuten el tipo de orientacioacuten que se le dio al peticionario

Artiacuteculo 223128 Inclusioacuten social Para la recepcioacuten y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente cada autoridad deberaacute directamente o a traveacutes mecanismos idoacuteneos adoptar medidas que promuevan la inclusioacuten social de personas en situacioacuten de vulnerabilidad o por razones de discapacidad especial proteccioacuten geacutenero y edad

En ese sentido las autoridades podraacuten adoptar medidas como conceder atencioacuten prioritaria y diferencial disponer de personal especializado para recepcionar y apoyar en el desarrollo y precisioacuten de la peticioacuten entre otras

Artiacuteculo 223129 Peticiones verbales en otra lengua nativa o dialecto oficial de Colombia Las personas que hablen una lengua nativa o un dialecto oficial de Colombia podraacuten presentar peticiones verbales ante cualquier autoridad en su lengua o dialecto Las autoridades habilitaraacuten los respectivos mecanismos que garanticen la presentacioacuten constancia y radicacioacuten de dichas peticiones

Cuando las entidades no cuenten con inteacuterpretes en su planta de personal para traducir directamente la peticioacuten dejaraacuten constancia de ese hecho y grabaraacuten el derecho de peticioacuten en cualquier medio tecnoloacutegico o electroacutenico con el fin de proceder a su posterior traduccioacuten y respuesta

Artiacuteculo 2231210 Respuesta a solicitud verbal de acceso a informacioacuten La respuesta a las peticiones de acceso a informacioacuten presentadas verbalmente una vez se surta la radicacioacuten y constancia deberaacute darse por escrito de acuerdo a lo establecido en el artiacuteculo 26 de la Ley 1712 de 2014 corregido por el artiacuteculo 4 del Decreto 1494 de 2015

Artiacuteculo 2231211 Reglamentacioacuten interna Las autoridades deberaacuten reglamentar de acuerdo al artiacuteculo 22 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artiacuteculo 1 de la Ley 1755 de 2015 la tramitacioacuten interna de las peticiones verbales que les corresponda resolver y la manera de atenderlas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo y en cumplimiento de los teacuterminos legales

Artiacuteculo 2231212 Accesibilidad Las autoridades divulgaraacuten en un lugar visible de acceso al puacuteblico asiacute como en su sede electroacutenica institucional carteleras oficiales u otros y el procedimiento y los canales idoacuteneos de recepcioacuten radicacioacuten y traacutemite de las peticiones presentadas verbalmente de que trata el presente capiacutetulo

En todo caso el funcionario encargado de la recepcioacuten de las peticiones verbales deberaacute indicar al ciudadano la posibilidad de presentarlas y no podraacute negar su recepcioacuten y radicacioacuten con la excusa de la exigencia de un documento escrito salvo que la peticioacuten asiacute lo requiera En este caso pondraacute a disposicioacuten de los interesados formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligenciarniento sin costo a menos que una ley sentildeale expresamente lo contrario

Artiacuteculo 2231213 Seguridad de los datos personales El tratamiento de los datos personales y proteccioacuten de la informacioacuten de quienes presentan verbalmente sus peticiones se someteraacute a los principios rectores establecidos en el artiacutecu lo 4 de la Ley 1581 de 2012

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

Artiacuteculo 2231214 Teacutermino para la implementacioacuten o adecuacioacuten de reglamentos internos A maacutes tardar el 30 de enero de 2017 las autoridades implementaraacuten o adecuaraacuten los mecanismos e instrumentos internos que permitan el cumplimiento de las disposiciones sentildealadas en el este capiacutetulo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE COMUNiacuteQUESE Y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

Ministro de Justicia y del Derecho

Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repuacuteblica

Directora del Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se adiciona el capiacutetulo 12 al Tiacutetulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia y del

Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

No obstante el peticionario podraacute insistir en que se radique la peticioacuten caso en el cual el funcionario deberaacute dejar constancia y radicarla luego de lo cual le daraacute el traacutemite correspondiente

En todo caso la autoridad registraraacute en la constancia de recepcioacuten del derecho de peticioacuten el tipo de orientacioacuten que se le dio al peticionario

Artiacuteculo 223128 Inclusioacuten social Para la recepcioacuten y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente cada autoridad deberaacute directamente o a traveacutes mecanismos idoacuteneos adoptar medidas que promuevan la inclusioacuten social de personas en situacioacuten de vulnerabilidad o por razones de discapacidad especial proteccioacuten geacutenero y edad

En ese sentido las autoridades podraacuten adoptar medidas como conceder atencioacuten prioritaria y diferencial disponer de personal especializado para recepcionar y apoyar en el desarrollo y precisioacuten de la peticioacuten entre otras

Artiacuteculo 223129 Peticiones verbales en otra lengua nativa o dialecto oficial de Colombia Las personas que hablen una lengua nativa o un dialecto oficial de Colombia podraacuten presentar peticiones verbales ante cualquier autoridad en su lengua o dialecto Las autoridades habilitaraacuten los respectivos mecanismos que garanticen la presentacioacuten constancia y radicacioacuten de dichas peticiones

Cuando las entidades no cuenten con inteacuterpretes en su planta de personal para traducir directamente la peticioacuten dejaraacuten constancia de ese hecho y grabaraacuten el derecho de peticioacuten en cualquier medio tecnoloacutegico o electroacutenico con el fin de proceder a su posterior traduccioacuten y respuesta

Artiacuteculo 2231210 Respuesta a solicitud verbal de acceso a informacioacuten La respuesta a las peticiones de acceso a informacioacuten presentadas verbalmente una vez se surta la radicacioacuten y constancia deberaacute darse por escrito de acuerdo a lo establecido en el artiacuteculo 26 de la Ley 1712 de 2014 corregido por el artiacuteculo 4 del Decreto 1494 de 2015

Artiacuteculo 2231211 Reglamentacioacuten interna Las autoridades deberaacuten reglamentar de acuerdo al artiacuteculo 22 de la Ley 1437 de 2011 sustituido por el artiacuteculo 1 de la Ley 1755 de 2015 la tramitacioacuten interna de las peticiones verbales que les corresponda resolver y la manera de atenderlas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo y en cumplimiento de los teacuterminos legales

Artiacuteculo 2231212 Accesibilidad Las autoridades divulgaraacuten en un lugar visible de acceso al puacuteblico asiacute como en su sede electroacutenica institucional carteleras oficiales u otros y el procedimiento y los canales idoacuteneos de recepcioacuten radicacioacuten y traacutemite de las peticiones presentadas verbalmente de que trata el presente capiacutetulo

En todo caso el funcionario encargado de la recepcioacuten de las peticiones verbales deberaacute indicar al ciudadano la posibilidad de presentarlas y no podraacute negar su recepcioacuten y radicacioacuten con la excusa de la exigencia de un documento escrito salvo que la peticioacuten asiacute lo requiera En este caso pondraacute a disposicioacuten de los interesados formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligenciarniento sin costo a menos que una ley sentildeale expresamente lo contrario

Artiacuteculo 2231213 Seguridad de los datos personales El tratamiento de los datos personales y proteccioacuten de la informacioacuten de quienes presentan verbalmente sus peticiones se someteraacute a los principios rectores establecidos en el artiacutecu lo 4 de la Ley 1581 de 2012

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y del Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

Artiacuteculo 2231214 Teacutermino para la implementacioacuten o adecuacioacuten de reglamentos internos A maacutes tardar el 30 de enero de 2017 las autoridades implementaraacuten o adecuaraacuten los mecanismos e instrumentos internos que permitan el cumplimiento de las disposiciones sentildealadas en el este capiacutetulo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten

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Dado en Bogotaacute D C a los

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y del Derecho relacionado con la presentacioacuten tratamiento y radicacioacuten de las peticiones presentadas verbalmente

Artiacuteculo 2231214 Teacutermino para la implementacioacuten o adecuacioacuten de reglamentos internos A maacutes tardar el 30 de enero de 2017 las autoridades implementaraacuten o adecuaraacuten los mecanismos e instrumentos internos que permitan el cumplimiento de las disposiciones sentildealadas en el este capiacutetulo

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