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Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
Maracaibo, 2016.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN.
ESCUELA DERECHO
ASIGNATURA: DERECHO TRIBUTARIO
TEMA 2. ACTIVIDAD ADUANERA.
1. Tributación Aduanera.
2. Potestad Aduanera.
3. Operaciones Aduaneras. Importación, Exportación
3.1 Zona Primaria
3.2 Transito Aduanero
4. Reconocimiento
5. Abandono y Remate de Mercancías.
6. Arancel. Ilícitos Aduaneros.
7. Ley sobre el Delito de Contrabando.
8. Régimen de liberación y suspensión de gravámenes
9. El sistema aduanero automatizado (SIDUNEA)
10. Ley de Impuesto sobre sucesiones, donación y demás ramos conexo
10.1 Deberes formales y deberes materiales
10.2 Activos y Pasivos
10.3 Activo Neto
11. Estudios de la Ley Especial
TRIBUTACIÓN EN ADUANA
CONCEPTO DE TRIBUTOS ADUANEROS
Son prestaciones pecuniarias exigidas por el Estado con motivo de la realización de las
operaciones aduaneras y por la prestación de servicios públicos inherentes a la actividad
aduanera.
Servicio Nacional responsable de aplicar la legislación aduanera y de recaudar tasas y
los impuestos que sea aplican a la importación o exportación de mercancías, así como de
la aplicación de las demás leyes, reglamentos normas legalmente previstas, conexas con
las operaciones aduaneras y controlador del tráfico internacional de mercancías.
¿Qué es una aduana?
Son los organismos gubernamentales encargados de controlar y gestionar la entrada y salida de mercancías a los respectivos territorios aduaneros
Fines de las aduanas
1. – La seguridad del Estado y de la paz de la población
2. – La protección de la moral
3. – La protección industrial
4.– El resguardo de la salud humana, animal y vegetal
5. – La política internacional
6. – Los intereses fiscales
7.- La protección de los derechos de los autores
LEGISLACIÓN ADUANERA
Es el conjunto de leyes que regula o rige la materia aduanera de un país
Carlos Azuaje:
“Las normas que regulan la actividad aduanera son proposiciones normativas, dado que
no enuncia la realidad de unos hechos ni el modo como efectivamente éstos acontecen,
sino que determinan un deber ser, es decir, prescribe una cierta conducta como debida”.
POTESTAD ADUANERA
Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre los vehículos y
medios de transporte que realicen tráfico internacional, así como las mercancías que
contengan, autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales,
determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes, en general, ejercer los
controles previstos en la legislación aduanera nacional.
OPERACIONES O REGÍMENES ADUANEROS
Son un conjunto de actividades relacionadas con la circulación, traslado y el
movimiento de mercancías, sometidas al control aduanero.
Son actos jurídicos dirigidos a superar las restricciones al libre tráfico internacional de
bienes, impuestas por el Estado en ejercicio de su poder.
Operaciones Principales:
•Importación
•Exportación
•Tránsito
IMPORTACIÓN
La importación es el acto jurídico mediante el cual mercancías extranjeras adquieren la
nacionalidad del país a las cuales van destinadas con carácter definitivo
Importación definitiva: en el caso de la legislación Venezolana se entiende por
importación definitiva, la introducción de mercancía extranjera destinada a permanecer
definitivamente en el territorio nacional, con el pago, exención o exoneración de los tributos
aduaneros, y cumpliendo con las formalidades establecidas en la normativa aduanera
Importación para transformación o ensamblaje (admisión temporal): modalidad bajo la
cual se importan mercancías que van a ser sometidas a procesos de transformación o
ensamble, por parte de industrias reconocidas tales como por autoridad competente y
autorizadas para tal efecto, con base en la cual su disposición quedara restringida
Importación temporal con reexportación en el mismo estado: régimen aduanero que
permite introducir en un territorio aduanero, con suspensión de derechos e impuesto a la
importación, determinadas mercancías importadas con un fin especifico y que serán reexportadas
en un plazo determinado sin haber sufrido otra modificación que la normal depreciación de las
mismas como consecuencia de su uso
Importación en cumplimiento de garantía: se podrá importar sin el pago de tributos
aduaneros, la mercancía que en cumplimiento de una garantía del fabricante o proveedor, se
haya reparado en el exterior o reemplace otra que haya resultado averiada, defectuosa o
impropia para el fin que fue importada
MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN Y DECLARACIÓN DE ADUANAS
Es el acto por el cual el consignatario manifiesta a la aduana su voluntad de
realizar una operación aduanera el cual permite conocer los elementos relativos a la
transacción comercial de las mercancías importadas que puedan tener influencias
sobre el valor aduanero correspondiente
• Declaración DUA
La factura comercial definitiva
Es el documento emitido por el vendedor
Ingreso y registro del
manifiesto de carga en
SIDUNEA
Llegada del medio de transporte Ingreso de las mercancías en
los almacenes Localización de la mercancía 1 2
Preparación de la declaración, solicitud de registro en
la aduana e impresión de la declaración única de
aduanas (dua)
3 5
Análisis de riesgos
selectividad
4
Recepción de documentos y
selectividad
Inspección física y documental de la
mercancía + pago de impuestos
Revisión documental de la
mercancía + pago de impuestos
Salida automática,
previo pago de impuestos
6 Pago de impuestos en el
banco
•Verificación pago
•Cancelación en SIDUNEA
•Emisión pase de salida
7 Salida de mercancía
7 pasos del Procedimiento de Importación
Automatizado (SIDUNEA)
Reconocimiento de Mercancías Reconocimiento Físico y
Documental
Conforme?
1.- Art. 66º Regl.
P.L.O.A.R.S.A.A.. Dejará
Constancia en el sistema de
las Actuaciones
Reconocimiento
Documental
1.1.- Art. 67 Redirige Canal
de Selectividad
2.1.- Art. 67º Regl.
P.L.O.A.S.A.A. Imprime
Boletín de Liquidación
NO
APLICACIÓN
MULTAS
Notificación Acta al
agente de Aduanas
1.2.- Art . 68
Efectúa las
modificaciones
Correspondientes
a la DUA.
SI
Retiro de las Mercancías
Depósito Aduanero
SALIDA
1.- Art. 73º Regl. P.L.O.A.. Satisfecho el pago de
todos los derechos, el agente de aduanas se
dirigirá a los Almacenes a los fines del retiro de las
mercancías.
Fin del Proceso
2.- Art. 73º Reg. P.L.O.A.R.S.A.A,
El responsable del almacén o
depósito aduanero emitirá el Pase
de salida a través del sistema
automatizado
3.- Art. 74º y 75 Regl. P.L.O.A.R.S.A.A. Control de
Salida de las mercancías por parte del Resguardo
Aduanero.
Depósito
Aduanero
Depósito
Aduanero
La exportación es el acto jurídico mediante el cual mercancías nacionales
o nacionalizadas abandonan el territorio aduanero con destino a otro territorio
aduanero a titulo definitivo.
En consecuencia, solo pueden ser sometidas a la operación de
exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas, entendiendo por
nacionalizada, aquellas mercancías que siendo extranjeras fueron sometidas
al proceso de nacionalización.
EXPORTACIÓN
Proceso de desaduanamiento de
mercancías exportación
Se entrega al
Agente de
Aduana documentación
Declaración Confrontación (Art. 30 loa, 98
rloa)
Reconocimiento
Aduanero
Arts. 49 al 52 y 56 loa y 155 rloa)
Inspección de resguardo nacional y
antidrogas Art.166 rloa
Retiro de la
Mercancía y entrega al
transportista
• Declaración de aduana
• Documento de transporte
• Otros según el tipo de
mercancía
Lugar:
Almacenes y patios de la aduana ó privados Art. 157
rloa
Asignación
Del embarque a la unidad técnica de
reconocimiento
5
D
I
A
S
El agente de aduana realizará la reserva de espacio en el buque o
línea aerea
TRÁNSITO ADUANERO
Es el acto jurídico mediante el cual mercancías extranjeras son trasladadas,
bajo control aduanero, de una aduana nacional a otra
Tránsito Nacional Tránsito Internacional
Esta referido al transporte de las
mercancías bajo control aduanero desde
una aduana de partida hasta una aduana
de destino, ubicadas en el mismo país
Las mercancías son transportadas
bajo control aduanero desde una
aduana de partida hasta una aduana
de destino en una misma operación en
el curso de la cual se cruzan una o
varias fronteras
DOCUMENTOS EXIGIBLES PARA EL TRÁNSITO ADUANERO
Tránsito Nacional:
• Declaración de Tránsito
• Factura Comercial Definitiva
• Original del conocimiento de embarque, guía aérea o guía de encomienda, según sea el caso
• Los exigibles legalmente según el tipo de mercancía de que se trate
• Garantía de satisfacción de las autoridades aduaneras cuando se requiera
Tránsito Internacional:
• Declaración de Tránsito Aduanero Internacional (DTAI)
• Declaración de Exportación (Forma D)
• La factura comercial definitiva
• Copia del conocimiento de embarque, guía aérea o guía de encomienda según sea el caso
• Los exigibles legalmente según el tipo de mercancía de que se trate
Operación de Tránsito Aduanero de
Mercancías El agente de
aduanas
O
El operador de transporte Art.
34 loa
Presenta la
Declaración
Transito y confronta la
documentación
Constitución de
garantía Art. 120 rloa
Autorización del
transito
Gerente aduana
Llegada de la
mercancía a la aduana
de destino Art. 126-
127 rloa
Solicitud de la
liberación de la
garantía
Base legal: decisiones de la comunidad andina 399 y 477 (internacional)
Reg. Ley orgánica de aduanas arts. 117 al 128 (nacional)
REIMPORTACIÓN
La reimportación es una operación accesoria o derivada de la exportación. Es un
retorno al territorio aduanero nacional de las mercancías exportadas a titulo definitivo
mediante los tramites de la nacionalización correspondiente y dadas determinadas
circunstancias, y dado los términos y condiciones, legalmente establecida son
exceptuadas del cumplimiento de los requisitos y obligaciones que rigen para la
importación
Características de la Reimportación:
Para realizar la operación el interesado debe obtener un permiso a través de SENIAT,
bajo una serie de recaudos establecidos
No causará impuesto siempre y cuando la reimportación de las mercancías se
efectúe dentro del plazo de seis (6) meses contados desde la fecha de su exportación
SUPUESTOS QUE SE DEBEN PRESENTAR
PARA QUE SE DE LA REIMPORTACIÓN
- Que hayan sido rechazadas por alguna autoridad del país donde fueron exportadas
- Que hayan sido rechazadas por el importador extranjero
- Que haya salido del país por causas fortuitas o fuerza mayor y siempre que no hayan
abandonado la aduana o puerto extranjero hasta el momento de su retorno al país.
- Que no se hayan acogido por causa justificada al régimen de exportación temporal
- Que existiese falta de pago o de cumplimiento de las cláusulas del contrato por parte del
importador
- Que haya sobrevenido una fuerza mayor o un caso fortuito durante el viaje que haya
impedido su transporte hasta el país de destino
REEXPORTACIÓN
La reexportación es el retorno al extranjero de mercancías ingresadas legalmente al
territorio nacional sin que se haya consumado legalmente su importación
Es el régimen u operación aduanera que consiste en la extracción del territorio
aduanero nacional, de mercancías extranjeras bajo control y autorización del servicio
aduanero
Características:
• Por esta operación no se cancelan impuesto, pero si las tasas y demás derechos.
• Las reexportaciones deben manifestarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a
su ingreso a las zonas de almacenamiento.
• Esta operación se podrá realizar dentro de los treinta (30) días continuos desde la fecha
de autorización otorgada por el jefe de la oficina aduanera. Y el plazo se puede prorrogar
por el mismo tiempo con previa solicitud.
• Si la mercancía no es reexportada en el plazo señalado por la ley se considera
abandonada legalmente.
REEMBARQUE
El reembarque es la devolución de mercancías extranjeras, que no fueron nacionalizadas y se
encuentran bajo control aduanero al país de origen o procedencia. (SANMIGUEL, E. Diccionario
de Derecho Tributario. Valencia 2006)
RETORNO
El Retorno es el ingreso al país de mercancías faltantes en descarga, dentro de los plazos
determinados en la Ley Orgánica de Aduanas
Existen dos formas de distinguir al Retorno:
a.- Simple: es la llegada al territorio aduanero nacional de bultos que faltaron en la descarga y
no estaban a bordo de vehículo de transporte
b.- Adelantado: consiste en la llegada por adelantado a territorio aduanero nacional de una
porción de mercancías que pertenecen a una importación pero que viene en otro vehículo
ENVÍOS URGENTES
Mercancías que deben ser desaduanadas rápidamente con prioridad por su
naturaleza o urgencia debidamente justificada.
a. Por su Naturaleza:
1. Órganos, sangre y plasma.
Materiales Perecederos
2.- Materias perecederas destinadas a
la investigación medica y agentes
etiológicos
3.- Materias radioactivas
4.- Animales vivos
5.- Artículos perecederos tales como:
carne, pescado, leche y productos
lácteos, huevos, frutas, margarinas,
legumbres y otros alimentos,
plantas vivas y flores cortadas
6.- Diarios y periódicos
7.- Noticieros en cintas magnéticas,
cintas de magnetoscopio, películas
y en otros tipos de registros
b.- Por su urgencia debidamente justificada:
1.- Medicamentos y vacunas
2.- Piezas de recambio
3.- Material científico y medico
4.- Material de lucha contra incendio y material de
socorro
5.- Material a utilizar para las búsquedas,
investigaciones y salvamento
6.- Material cinematográfico y cualquier otro
material profesional
7.- Documentos.
BULTOS POSTALES
Son todas las operaciones aduaneras de importación, exportación y tránsito de mercancías
por correo
Características:
Según los respectivos acuerdos internacionales:
- Su límite de peso es de 20 kilos
- No deberán exceder de 1,05 metros para una cualquiera de sus dimensiones, ni de 2
metros la suma de la longitud y del contorno mayor, tomado en un sentido distinto al de
la longitud.
IPOSTEL: la admisión, franqueo, expedición, información y las reclamaciones internacionales
en las operaciones de bultos postales.
Oficina Aduanera :el recibo, la confrontación, escrutinio, almacenaje, reconocimiento,
liquidación, devolución, reexpedición, reembalaje, remate, aviso y entrega a los destinatarios y
reclamaciones internacionales.