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REPUBLICA DE COLOMBIA DIARIO Año XTJTT Bogotá, martes 2 de Abril de 1907 Número 12,912 PODER EJECUTIVO Pég. Beaolueión «obre personería jurídica 309 Beioluciún por la cual w radica un suma- rio 309 Belación de loa ciudadano* elegidos Dipu- tados á Ja Asamblea Nacional por los Consejos departamentales, según comu- nicación de los respectivos Gobernadores 309 Informes de los Ministros del Despacho eje- cutivo dirigidos & la Asamblea Nacional Constituyente y legislativa en 1907— (Continuación) . 309 Poder Ejecutivo RESOLUCION SOBBE PKBSONERÍA JUBÍDIGA Bepública de Colombia—Poder Ejecutivo. Yisto el memorial elevado al Ministe- rio de Gobierno por el señor Urías Pardo á fin de que se conceda personería jurí- dica á la Congregación de San Antonio dePadua establecida en esta ciudad; j- teniesdo en consideración que loa esta- tutos de dicha Sociedad no tienen nada que sea contrario al orden ni á las buenas costumbres, antes bien se proponen el fomento dti ia caridad y otros fines esen- cialmente piadosos, SE KESUELVE: Qoucéáesb personería jurídica & ia Congregación de San Antonio de Pa- dua establecida en esta ciudad (artícu- los 47 y 49 de la Constitución y 80 de la Ley 153 de 1887). Oomuníqueee y publíquese. Dada en Bogotá, á 1.° de Marzo de 1907. El Presidente de la Bepúblioa, B. BEYES Por el Ministro de Gobierno el Sub- secretario, LUCIANO HERBEBA RESOLUCION por la cual se radica un sumario. Bepública de Colombia—Poder Ejecutivo. Yisto el informe del Secretario general de Antioquia, respecto del sumario sobre falsificación y circulación de billetes na- cionales eeguido oontra Jeeúa María Vásqusz, ea el oaal hace constar la con- veniencia de que dicho sumario quede radicado en la Prefectura del Oentro de aquel .Departamento, SE RESUELVE: El sumario contra Jesús María Vás- quez, por falsificación y circulación de billetes nacionales, seguirá su curso legal en la Prefectura del Oentro del Departamento de Antioquia. Comuniqúese y publíquese. Dada en Bogotá, á 15 de Marzo de 1907. £1 Presidente de la Bepúblioa, B. BEYES ES Ministro de Gobierno, D. EUCLIDKS DE ANGULO * * R E L A C I O N INFORMES de los ciudadanos elegidos Diputados á ia Asamblea Nacional por los Consejos departa- de los Miniitrog del Despacho ejecutivo dirigidos mentales, según comunicación de los respectivos Gobernadores. á la Asamblea Nacional Constituiente y Legis- ° v lativa en 190T. A N T I O Q U I A (CONTINUACIÓN) Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes: MINISTERIO Rufino Gutiérrez. Juan C. Arbeláez. Bernardo Pizano. { Baldomero Sanín Cano. Juan de la C. Gaviría. . DB ELACIONES EXTJ5BIOBKS Víctor Manuel Salazar, Daniel Gutiérrez Arango. Juan A. Zuleta. Honorables teñoret Diputaioe d la AtambUn Nació- ^ rp ^a x O O Comtituytnte y Legislativa, Principales : Primeros suplentes: Segundos suplentes : Me es altamente satisfactorio poder manifes - Jorge N. Abello. Abel A. Cepeda. Francisco García Rico. tar á la honorable Asamblea Nacional que Rogelio Gaicía H. Pedro A. Polo C. Ramón é. Jimeno. nuestras relaciones con todas las naciones ami- Emiliano de J. Gálvez. Evaristo Obregón. Abel Paúl. S as de Colombia son cada día mas cordiales, •y-g 0 L ^ ^ _ á lo cual contribuye en buena parte la labor r, • , . , , . inteligente y meritoria tinto del Honorable Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes: Cuer ° 0 Diplomático acreditado en Bogotá Carlos Vélez Danies. Eduardo B. Gerlein. José M . Pasos. como la de nuestros representantes en el Exte- Dionísio Jiméaez. Jerónimo Martínez A. Julio A. de Castro. r ¡ or . Antonio R. Blanco. Manuel A. Núñez. Julio E. Pérez. p aso é haceroa una breVQ reaefia de , og aotoB ^^ ^ -A. O A. más importantes de la Cancillería posteriores á Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes: vuestras pasadas Besion es. Salvador Franco. Luis M. Hoiguín. Arcadio Dukey. SANTA SEDE Pablo García Medina. Alejandro Pérez. Bernardo D. Gutiérrez. Las relaciones con la Santa Sede ban conti- Ignacio R. Pineros. Rafael Pmto V. Luis Suarez Castillo. n u a d o i n a l te rablement B cordiales y estrechas, y C3 - 1 ® el Gobierno ha procurado cultivarlas con es- Principales: Primeros suplentes : Segundos suplente»: me ro. A su vez 1a Delegación Apostólica en Marcelino Arango. Martín Restrepo Mejía. Juan Pinzón. esta capital no ha omitido esfuerzo para hacer Antonio José Restrepo. Max Grillo. Alfonso Robledo J. que sean siempre armónicas las relácenos entre Antonio Gómez C. Eduardo Briceño. Jorge Julio Mejía. el Gobierno y la Iglesia colombianos. Me com- ^ fy plazco en reconocerlo así en esta ocasión solem- Principales : Primeros suplentes : Segundos suplentes : De ' ( cot f° " n ' rib Q uto f d f a '' r e P r e : Fernando Angulo. Alfredo Vásquez Cobo. Hernando Hoiguín y Caro. ant « de ® u M o n i t o r Rsgonesi, J. M. Quijano Wallis. Evaristo García. Valentín Ossa. diplomático de.relevante, dotes. Manuel Carvajal Valencia. Roberto Becerra Delgado. Simón Hurtado. Por meiio de algunas oportuna* providen- ° cías la Santa Sede ha procurado la mejor or- t . . , °" : K r A - J M C ^ . ® t . O ^ ganización de 1m Diócesis y Vicariatos. Para Principales: Primeros suplentes : Segundos suplentes : el cumplimiento de esas providencias Gobier- Ramón González Valencia. Eugenio Umaña b. Daniel Rubio París. % no h a p re8ta do oportuna cooperación. Juan E. Manrique. Silvestre Samper Uribe. Nemesio Camacho. Aoaba Su Excelencia el señor Delegado Marcehano Vargas. Gerardo Pulecio. J. M. Rivas Groot. Apostólico de realizar un vh.je por varios de ** - A - 3XT los Departamentos del norte de la República, y ' Principales: Primeros suplentes-. Segundos suplentes: las manifestaciones de resptto y de cariño que Antonio M. Rueda Gómez. Manuel M. Rueda. recibió por todas partes acreditan tanto el aoa- César Castro. José Joaquín Serrano. tamiento al representante de la Santa Sede, Rafael Antonio Orduz. Luis F. Torres. como las personales simpatías con que el pue- H TT X XJ blo colombiano trata d^manifastar á aquel re- Principales: Primeros suplentes : Segundos suplentes : presentante sus sentimientos de gratitud par su Aurelio Mutis. Daniel Pardo C. Pedro Puyo. apostólioa obra de paz y de concordia. Celiano Dussán. Benjamín Dussán C. Leónidas Solano. ECUADOR Celso Noé Quintero. Rafael S. Restrepo. < Liborio León. A g u d e b i d o t ¡ e m p 0 fiometeré á v u e s t M i | l J 8 . 1 3 -^-LE JÜTA. trada consideración el Tratado de Amistad, Co- Principales .• Primeros suplentes: Segundos suplentes: mercio y Navegación entre Colombia y el Eoua- José Gnecco Coronado. Honorio Alarcón. José D. Dávila. dor firmado en Quito el 10 de Agosto de 1905 Juan M. Iguarán. José Gnecco Laborde. Federico Goenaga. por nuestro Plenipotenciario señor don Emilia- José F. Insignares Sierra. José Gnecco Laborde. Luis S. Cortés. no Isaza, de acuerdo con ¡as instrucciones que IST A R . X O esta Cancillería le había transmitido. Denun- Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes : ciadas como fueron casi todas las estipulaciones Zenón Reyes. Rosendo M. Benavides. Hermógenes Zarama. del Tratado de 1856, y en vigor ya sólo las de Luciano Herrera. Carlos J. Guerrero. carácter permanente, se hacía necesaria la cele- Venancio Rueda. Francisco de P. Borda. Zenón Reyes. braoión de un nuevo pacto que reglamentase las ' jef ají -f-> -p. relaciones estrechas y continuas entre los dos Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes : P uebloB herman . 08 - Ese fatado, por las estipula- Luis Cuervo Márquee. Ignacio S. Hoyos. Rafael Quijano Gómez. 0I( T 8 q u e . con ' le ° e enre! f tlV0 á la rec . f P r °- Benjamín Herrera. José María Ruiz. Carlos Camacho. fran 1 u,oia , de der . eoh ? a adu J aEerc «' satlsfa01 » Luis Felipe Uribe Toledo. Francisco Sorzano. Ambrosio Peña. plenamente las aspiraciones de ambos países. Oportunamente podré suministraros los demás _ . . . . , datos que llegaseis á necesitar para el estudio Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes : del Tratado á que me voy refiriendo. í? Ig ® , .° lgUÍQ ' Carlos Tavera Navas, Abraham González. Con la celebración de este tratado, y con el ? a ?!, A ¿? ana ",r S lCar , ° Ho1 S uíd - Luis Orilla de Derecho Internacional privado cuyo canje José M. Pinto V. Tomás Angulo. . Miguel Navia. se hará próximamente en esta ciudad, los doe T O XJ X 3VE .A. pueblos hermanos han adelantado notableman- Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes : te en el camino de su recíprooa armonía. Justo Vargas. Eduardo Posada. Manuel S. Niño. Espera también sólo la formalidad del canje Maximiliano Neira. Adriano Tribín. Lisandro Leiva. el Tratado Andrade-Betancourt, que sometió al Rafael Camacho L. Zoilo Cuéllar. arbitraje de Su Majestad el Emperador de Ale- T X J N 13 3VX A. manía nuestras cuestiones de límites. Como el Principales : Primeros suplentes : Segundos suplentes : artículo VIII de ese tratado previene el caso de Florentino Calderón. Fran.isco Montaña. las negociaciones directas entre las dos Canoi- Gabriel Solano. Octavio Torres Peña. Herías, actualmente se discuten con Su Exce- Santiago Camargo. Junio Solano. Y ...... "..lenoia el Plenipotenciario del Ecuador en Bo- -I-> x & T H. X "X" O O -A. 3E* X T A. XA ' 0B Orminos de una Convención destina- Principales: - Primeros suplentes : Segundos suplente, : t & ^'t 00 ""- Da ComÍ8ÍÓ l n mixta de , Arbi \ Francisco de P. Matéus. Rafael Portocírrero. Juan B. de Brigard f 08 V det ® rm, ? e ' 4 e n c u a n t o f ea POB-ble, una Nemesio Camacho. Laureano García Ortiz. Julio Silva Silví »nea frontera justa y conveniente, dejando al Jorge Vélez. Eduardo Espinosa G. Ramón Rebolledo. M o á f A r b i r o im P erial ,0 / P" n t o s e n q u e un . . . . . , J ^ ,. acuerdo directo no llegare á obtenerse. Por el Ministro de Gobierno el Subsecretario, E 1 5 de Mayo de 1906 se firmó en esta LUCIANO H ebbeb A ciudad un convenio telegráfico, el cual será

REPUBLICA D COLOMBIE A DIARIO€¦ · REPUBLICA D COLOMBIE A DIARIO Año XTJTT Bogotá, marte 2s de Abri dle 1907 Número 12,912 PODER EJECUTIVO Pég. Beaolueión «obre personería

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R E P U B L I C A D E C O L O M B I A

DIARIO A ñ o XTJTT Bogotá, martes 2 de Abril de 1907 Número 12,912

PODER EJECUTIVO Pég.

Beaolueión «obre personería jurídica 309 Beioluciún por la cual w radica un suma-

rio 309 Belación de loa ciudadano* elegidos Dipu-

tados á Ja Asamblea Nacional por los Consejos departamentales, según comu-nicación de los respectivos Gobernadores 309

Informes de los Ministros del Despacho eje-cutivo dirigidos & la Asamblea Nacional Constituyente y legislativa en 1907— (Continuación) . 309

Poder Ejecutivo

R E S O L U C I O N

SOBBE PKBSONERÍA JUBÍDIGA Bepública de Colombia—Poder Ejecutivo.

Y i s t o el memor ia l elevado a l M in i s te -r io de Gobierno por el señor U r ías Pardo á fin de que se conceda personería j u r í -dica á la Congregación de S a n Antonio dePadua establecida en esta c iudad; j-teniesdo en consideración que loa esta-tu tos de dicha Sociedad no t ienen nada que sea contrar io a l orden n i á las buenas costumbres, antes bien se proponen el fomento dti ia caridad y otros fines esen-cialmente piadosos,

SE KESUELVE:

Qoucéáesb personería j u r íd i ca & ia Congregación de San Antonio de Pa-dua establecida en esta c iudad ( a r t í c u -los 47 y 49 de la Const i tuc ión y 80 de la L e y 153 de 1887).

Oomuníqueee y publíquese.

Dada en Bogotá , á 1.° de Marzo de 1907.

E l Presidente de la Bepúbl ioa,

B . B E Y E S

Por el M in i s t ro de Gobierno el Sub-secretario,

LUCIANO HERBEBA

R E S O L U C I O N

por la cual se radica un sumario.

Bepública de Colombia—Poder Ejecutivo.

Y i s t o el in forme del Secretario general de An t i oqu ia , respecto del sumario sobre falsif icación y c i rcu lac ión de bi l letes n a -cionales eeguido oontra Jeeúa Mar ía Vásqusz, ea el oaal hace constar la con -veniencia de que dicho sumar io quede radicado en la Prefectura del Oentro de aquel .Departamento,

SE RESUELVE:

E l sumario contra Jesús Mar ía V á s -quez, por falsif icación y c i rcu lac ión de bi l letes nacionales, seguirá su curso legal en la Prefectura del Oentro del Depar tamento de An t i oqu ia .

Comuniqúese y publíquese.

Dada en Bogotá, á 15 de Marzo de 1907.

£ 1 Presidente de la Bepúbl ioa,

B . B E Y E S

ES M in i s t ro de Gobierno,

D . E U C L I D K S D E A N G U L O

* *

R E L A C I O N I N F O R M E S de los ciudadanos elegidos Diputados á ia Asamblea Nacional por los Consejos departa- de los Miniitrog del Despacho ejecutivo dirigidos

mentales, según comunicación de los respectivos Gobernadores. á la Asamblea Nacional Constituiente y Legis-° v lativa en 190T.

A N T I O Q U I A (CONTINUACIÓN) Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes: M I N I S T E R I O

Rufino Gutiérrez. Juan C. Arbeláez. Bernardo Pizano. { Baldomero Sanín Cano. Juan de la C. Gaviría. . D B ELACIONES EXTJ5BIOBKS

Víctor Manuel Salazar, Daniel Gutiérrez Arango. Juan A. Zuleta. Honorables teñoret Diputaioe d la AtambUn Nació-^ rp ^a x O O Comtituytnte y Legislativa,

Principales : Primeros suplentes: Segundos suplentes : Me es altamente satisfactorio poder manifes -Jorge N. Abello. Abel A. Cepeda. Francisco García Rico. t a r á l a honorable Asamblea Nacional que Rogelio Gaicía H . Pedro A . Polo C. Ramón é . Jimeno. nuestras relaciones con todas las naciones ami-Emil iano de J. Gálvez. Evaristo Obregón. Abel Paúl. Sas d e Colombia son cada día mas cordiales,

•y-g 0 L ^ ^ _ á lo cual contribuye en buena parte la labor r, • , . „ , , . inteligente y meritoria t into del Honorable

Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes: C u e r ° 0 Diplomático acreditado en Bogotá Carlos Vélez Danies. Eduardo B. Gerlein. José M. Pasos. como la de nuestros representantes en el Exte-Dionísio Jiméaez. Jerónimo Martínez A . Julio A . de Castro. r ¡ o r . Antonio R. Blanco. Manuel A. Núñez. Julio E. Pérez. p a s o é h a c e r o a u n a b r e V Q r e a e f i a d e ,og a o t o B

^^ ^ -A. O A. más importantes de la Cancillería posteriores á Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes: vuestras pasadas Besion es.

Salvador Franco. Luis M . Hoiguín. Arcadio Dukey. SANTA SEDE Pablo García Medina. Alejandro Pérez. Bernardo D . Gutiérrez. Las relaciones con la Santa Sede ban conti-Ignacio R . Pineros. Rafael Pmto V . Luis Suarez Castillo. n u a d o ina l terablementB cordiales y estrechas, y

C 3 -1-® ® el Gobierno ha procurado cultivarlas con es-Principales: Primeros suplentes : Segundos suplente»: m e ro. A su vez 1a Delegación Apostólica en

Marcelino Arango. Mar t ín Restrepo Mejía. Juan Pinzón. esta capital no ha omitido esfuerzo para hacer Antonio José Restrepo. Max Gri l lo. Alfonso Robledo J. que sean siempre armónicas las relácenos entre Antonio Gómez C. Eduardo Briceño. Jorge Julio Mejía. el Gobierno y la Iglesia colombianos. Me com-

^ f y plazco en reconocerlo así en esta ocasión solem-Principales : Primeros suplentes : Segundos suplentes : De ' ( c o t f ° " n ' r i b

Qu t o

fd f a ' ' r e P r e :

Fernando Angulo. Alfredo Vásquez Cobo. Hernando Ho igu ín y Caro. a n t « d e ®u M o n i t o r Rsgonesi, J. M . Quijano Wall is. Evaristo García. Valentín Ossa. diplomático de.relevante, dotes. Manuel Carvajal Valencia. Roberto Becerra Delgado. Simón Hurtado. Por meiio de algunas oportuna* providen-

° cías la Santa Sede ha procurado la mejor or-t . . , ° " : K r A - J M C ^ . ® t . O ^ ganización de 1m Diócesis y Vicariatos. Para Principales: Primeros suplentes : Segundos suplentes : el cumplimiento de esas providencias e¡ Gobier-

Ramón González Valencia. Eugenio Umaña b. Daniel Rubio París. %no h a p r e 8 t ado oportuna cooperación. Juan E. Manrique. Silvestre Samper Uribe. Nemesio Camacho. A o a b a S u Excelencia el señor Delegado Marcehano Vargas. Gerardo Pulecio. J. M . Rivas Groot. Apostólico de realizar un vh.je por varios de

* * -A- 3XT los Departamentos del norte de la República, y ' Principales: Primeros suplentes-. Segundos suplentes: las manifestaciones de resptto y de cariño que Antonio M. Rueda Gómez. Manuel M. Rueda. recibió por todas partes acreditan tanto el aoa-César Castro. José Joaquín Serrano. tamiento al representante de la Santa Sede, Rafael Antonio Orduz. Luis F. Torres. como las personales simpatías con que el pue-

H TT X X J blo colombiano trata d^manifastar á aquel re-Principales: Primeros suplentes : Segundos suplentes : presentante sus sentimientos de gratitud par su

Aurelio Mutis. Daniel Pardo C. Pedro Puyo. apostólioa obra de paz y de concordia. Celiano Dussán. Benjamín Dussán C. Leónidas Solano. ECUADOR Celso Noé Quintero. Rafael S. Restrepo. < Liborio León. A g u d e b i d o t ¡ e m p 0 fiometeré á v u e s t M i | l J 8 .

1 3 - ^ - L E J Ü T A . trada consideración el Tratado de Amistad, Co-Principales .• Primeros suplentes: Segundos suplentes: mercio y Navegación entre Colombia y el Eoua-

José Gnecco Coronado. Honor io Alarcón. José D . Dávila. „ dor firmado en Quito el 10 de Agosto de 1905 Juan M . Iguarán. José Gnecco Laborde. Federico Goenaga. por nuestro Plenipotenciario señor don Emilia-José F. Insignares Sierra. José Gnecco Laborde. Luis S. Cortés. no Isaza, de acuerdo con ¡as instrucciones que

IST A R . X O esta Cancillería le había transmitido. Denun-Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes : ciadas como fueron casi todas las estipulaciones

Zenón Reyes. Rosendo M. Benavides. Hermógenes Zarama. del Tratado de 1856, y en vigor ya sólo las de Luciano Herrera. Carlos J. Guerrero. carácter permanente, se hacía necesaria la cele-Venancio Rueda. Francisco de P. Borda. Zenón Reyes. braoión de un nuevo pacto que reglamentase las

' jef a j í -f-> -p. relaciones estrechas y continuas entre los dos Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes : P u e b l o B h e r m a n . 0 8 - E s e fatado, por las estipula-

Luis Cuervo Márquee. Ignacio S. Hoyos. Rafael Quijano Gómez. 0 I ( T 8 q u e . c o n ' l e ° e e n r e ! f t l V 0 á l a rec. fP r°-Benjamín Herrera. José María Ruiz. Carlos Camacho. f r a n 1 u , o i a , d e de r .eoh?a a d u

Ja E e r c«' sat ls fa01»

Luis Felipe Ur ibe Toledo. Francisco Sorzano. Ambrosio Peña. plenamente las aspiraciones de ambos países. Oportunamente podré suministraros los demás

_ . . . . , datos que llegaseis á necesitar para el estudio Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes : del Tratado á que me voy refiriendo.

í? I g® , . ° l g U Í Q ' Carlos Tavera Navas, Abraham González. Con la celebración de este tratado, y con el ? a ? ! , A ¿ ? a n a " , r S l C a r , ° H o 1 S u í d - L u i s O r i l l a de Derecho Internacional privado cuyo canje José M . Pinto V . Tomás Angulo. . Miguel Navia. s e hará próximamente en esta ciudad, los doe

T O X J X 3VE .A . pueblos hermanos han adelantado notableman-Principales: Primeros suplentes: Segundos suplentes : te en el camino de su recíprooa armonía.

Justo Vargas. Eduardo Posada. Manuel S. Niño. Espera también sólo la formalidad del canje Maximi l iano Neira. Adriano Tr ibín. Lisandro Leiva. el Tratado Andrade-Betancourt, que sometió al Rafael Camacho L . Zoilo Cuéllar. arbitraje de Su Majestad el Emperador de Ale-

T X J N 1 3 3VX A. manía nuestras cuestiones de límites. Como el Principales : Primeros suplentes : Segundos suplentes : artículo V I I I de ese tratado previene el caso de

Florentino Calderón. Fran.isco Montaña. las negociaciones directas entre las dos Canoi-Gabriel Solano. Octavio Torres Peña. Herías, actualmente se discuten con Su Exce-Santiago Camargo. Junio Solano. Y . . . . . . " . . l e n o i a el Plenipotenciario del Ecuador en Bo-

-I-> x & T H. X "X" O O -A . 3E* X T A. XA '0B Orminos de una Convención destina-Principales: - Primeros suplentes : Segundos suplente, : t & ^'t00""-Da ComÍ8ÍÓ

ln mixta de, A r b i \

Francisco de P. Matéus. Rafael Portocírrero. Juan B. de Brigard f 0 8 V d e t® r m ,?e '4 e n c u a n t o f e a POB-ble, una Nemesio Camacho. Laureano García Ortiz. Julio Silva S i l v í »nea f ron tera justa y conveniente, dejando al Jorge Vélez. Eduardo Espinosa G. Ramón Rebolledo. M o áf A r b i r o i m P e r i a l , 0 / P" n t o s e n q u e u n

. . . . . , J ^ , . acuerdo directo no llegare á obtenerse. Por el Ministro de Gobierno el Subsecretario, E 1 5 de Mayo de 1906 se firmó en esta

LUCIANO HebbebA ciudad un convenio telegráfico, el cual será

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310 D I A R I O O F I C I A L

también carjeado próximamente. Este arreglo tiene por objeto asegurar la estabilidad de la comunicación telegráfica entre los «ios palees, como un medio de estrechir más sus relaoio nes de amistad y de favorecer BUS intereses re cíprocos.

Las principales estipulaciones de tal conve-nio son : la de que los despachos enviados de Colombia para e! Ecuador y viceversa se suje-tarán á la tari fa del país que tos expida, como si cursaren dentro de BUS frout»ras, y el país destinatario los trsnsmithá libies d« derechos hasta el lugar de su deslino, si-mprs que éste se haüe dentro de su red telegráfica ; ia de que las comunicaciones teUgíáfíjas délos Jefes y Secretarios de Estado, de lofe Agentes Diplomá-ticos de los doB países y <ie las autoridades de policía fronterizas tonriíán preferencia sobre cualesquiera otras y serát rtcibidas y despacha das libres de porte; y la de que BÍ Colombia y el Perú ó el Ecuador y Venezuela celebraren Convenios análogos á ó=U-, loa despachos expe-didos de Colombia para el Perú ó de! Ecua-dor para Venezuela seián transmitidos por las líneas telegráficas del país intermedio en las mismas condiciones expresadas.

En relación con esta misma cláusula cabe manifestaros que se h >r, t<«nsinit\d<! instruccio-nes al Representante de Colombia en Lima, quien se ha anticipado ft hacer a'gucas gestio nes en el asunto para celebrar el respectivo Con-venio telegráfico entre esta República y la del Perú.

ESTADOS UNIDOS A fin de conferenciar con nuestro Ministro

en Washicgton, doctor Diego Mendoza Pérez, sobre Iss trascendentales cuestiones que esta Cancillería tiene pendientes con la de los Esta-dos Unidos, y de reiterarla verbaimente las ins trucciones que ya se le habían impartido, & tiempo de su nombramiento, psra el buea des empeñ ) de su delicada misión, le confirmé por cable, al hacerme cargo de este Despacho, la orden qua se le h^bía transmitido ya de trasla-da re á esta capital. En seguida, de manera inusitada en nuestra historia diplomática y de sobedeciendo la orden recibid», el doctor Men doza Pérez se rebeló y provocó los desagrada-bles incidentes que el país entero conoce y que repro baron el Gobierno y la opinión pública, justamente indignados. Éste asunto será trata-do detalladamente en la Memoria completa de este Ministerio.

Posteriormente, con motivo de haber comu-nicado nuestro Plenipotenciario en Río de Ja-neiro el deseo del Ministro de Estado señor Root de llegar al P je r to de Cartagena á hacer una visita á Colombia como término de su via-je por Sur América, el Gobiernó se preparó & recibir á aquel esclarecido hombre de Estado de una manera digna de él y de las tradiciones de hospitalidad y cortesía que han honrado & la República. El infrascrito recibió del Excelen-tísimo señor Presidente el honroso enoargo de trasladarsejá Cartagena, como lo hizo, & espe-rar al ilustro huésped. Ei eeñor Root llegó á esa ciudad el 24 de Septiembre del afio pasado, y fue objeto de las atenciones de estilo. A l saludar al señor Root en nombre de la República y del Excelentísimo sefior Presidente, le dije entre otras cotas: " Os recibimos como heraldo de paz, de justicia y de concordia." E l señor Root en contestación á mi disourso manifestó el " sin-cero deseo de que todas las cuestiones pendien-tes entre la Rspúblioa de Colombia y los Esta-dos Unidos de América puedan arreglarse pa-cificimente, conforme á un espíritu de amistad, de mutua estima y de acuerdo con el honor de los dos países."

Esta declaración franca y amistosa, así como las deraáB manifestaciones hechas por el distin-guido Sacretario de Esta.¡o en honor de Colom-bia y de su ilustra Jefe, inoünaron más al Go-bierno á la continuación de las negociaciones iniciadas en Washigton por ei Ministro sefior Mendoza Pérez. Para procurar ¡levarlas á feliz término se desigDÓ en reemplazo del dootor Mendoza Pérez al sefior doctor Enrique Cortés, ciudadano que, por su ilustración, su tino y su larga permanencia en los centros europeos, pa-reció ser el más adecuado para continuar esta misión.

E l señor Cortés se trasladó á Washington é inició sus labores de acuerdo con las instruccio-nes que esta Cancillería le tiene impartidas. A fin de consultar mejor el acierto en tan delicada gestión el Gobierno decidió nombrar como Con-sejeros de la Legación á los ilustrados señores José María Pasos, Gabriel O'Byrne y Antonio R. Blanco.

Las negociaciones se han proseguido de una manera satisfactoria, y el Gobierno abriga la esperanza de que pronto podrá anunciar á la República la oelebracióu de un acuerdo con-forme al honor y á los intereses y al honor de ella. Motivo de especial satisfacción sería para mí el que ese acuerdo se terminase antes del

fin de vuestras tareas, para que pudieseis consi derarlo.

Debo hacer presante que al buen estado de las relaciones entre Colombia y los Estados Unidos contribuyó en gran parte, coa inteli-gencia y tino, e! distinguida diplomático ho norab'e señor John Barret, quien, leal amigo de Colombia, se impuso un viüje por nuestros Departamentos, da fecundos resultados para el país.

ESTADOS UNIDOS D E L BRASIL

Así por las gestiones qua Su Excelencia el señor Ministro del Braeil tenía iniciadas ya ante esta Cancillería, como por ¡os deseos trans raitidos por nuestro* Plenipotenciario en Río de Janeiro á este Da , M H J en 5 de Enero de 1006, se radicaron en Bogotá tanto las negó oraciones sobre arreglo do fronteras, como las relativas á la libre naveg-:ci6t> de los ríos, ob jeto unas y otros de la .mái decidida atención de parte de) Gobierno.

Para BU esuuio y aprobación os presentaré & su debido tiempo ios trabajos que actual mente se adelantan con ta misión brasilera, si, como fundadamente espero, se pueden llevar á satisfactoria solución les cuestiones que tene-mos pendientes non esta República limítrofe, cuya Cancillería dio manifiesta prueba de abun-dar en el mismo espíritu que ia nuéstra, al acre-ditar, con tanto acierto, como su Representante en esta capital á Su Excelencia ei sefior doctor Eneas Martina.

GBAH BRETAÑA El 22 de Diciembre de 1906 se suscribió en

Bogotá, á fin de facilitar las relaciones comer-ciales entre los dos paíseB, una Convención so-bre propiedad industrial con la Gran Bretaña. Este pacto asegura á los ciudadanos y subditos de cada una de las partes contratantes los mis-mos derechos y los.mismos reoursos legales con-tra toda violación de sus derechos que dentro del territorio de ia otra otorguen actualmente ú otorgaren en lo sucesivo sus respectivas leyes á sus ciudadanos ó súbditos en cuanto se relie re á las patentes de invención, marcas indus triales, nombres comerciales, rótulos, diseñoB ó modelos industriales, así como á los nombres de lugares é indicaciones de origen.

I T A L I A E l 20 de Enero de 1906 se celebró en esta

capital la recepción oficial de Su Excelencia el señor Ruffil lo Agnol i , como Ministro Residente de Su Majestad el Rey de Italia, y con él han continuado cultivándose cordialmente- las rela-ciones restablecidas hoy entre las dos naciones. Se ha aceptado la invitación hacha á esta Can-cillería por el Representante de Ital ia para ha cersa representar en el Congreso Comercial de Milán.

PEBÚ Los Gobiernos de Colombia y el Perú cele-

braron en L i m a el día 6 de Julio de 1906 un modus vivendi con el fin de mantener el statu quo en el territorio litigioso entre los dos países hasta la definitiva solución de la controversia. Por este acuerdo se convino en retirar del río Putumayo y sus afluentes, durante la actual si-tuación litigiosa, todas las guarniciones, autori-dades civiles y militares y aduanas all í existen-tes. Se ha dado cumplimiento al referido acuer-do, el cual sustituye en todassus partes al de igual naturaleza celebrado en ests ciudad el día 12 de Septiembre de 1905, y comprende única-mente, según aclaraciones posteriores, la región del Putumayo al Bur del río Campuya ó Cobu-ya hasta Cotuhé.

Esta Cancillería, por medio de la Legación de Colombia en Madrid, ha seguido con el in-terés ;que merece la cuestión el curso del l i t i-gio arbitral que adelantan ante Su Majestad el Rey de España las Repúblicas del Perú y del Ecuador, pues el laudo que en este l i t igio se expida determinará á punto fijo la situación en el Oriente de nuestros vecinos del Sur. Si acaso por ese laudo se adjudicasen al Perú te-rr i torio de los que Colombia reclama como suyos, se someterá 1a decisiin da la propiedad de ellos al juicio de 'S ' i Santidad, de acuerdo con el Tratado de arbitraje que con el Perú hemos celebrado.

E l Gobierno que preside el Excelentísimo sefior General Reyes se preocupó seriamente desde su inauguración de asegurar nuestros de-rechos territoriales en ei Oriente. El Excelentí-simo «efior Presidente que, junto con sus dig-nos hermanos, exploró un día nuestras dilata-das regiones amazónicas, las considera como de trascendental importancia para el porvenir de la República, y así, aunque respetuoso siem-pre del dereoho de nuestros vecinos, ha sido y será siempre cuidadoso eu exigir que se respe-ten los territorios colombianos.

TÍBOEBA CONFERENCIA PANAMERICANA

E l 23 de Julio del afio pasado se verificó en Río de Janeiro la instalación de la tercera Con-

ferencia Internacional Americana. Colombia estuvo representada en ella muy dignamente por ¡os Delegados señores Rafael Üribe Uribe y Gui l lermo Valencia.

Nuestra Delegación se eiñó á las instruccio-nes que esta Cancillería le había comunicado upoi tunamente, y tuvo la honra de ser desig-nada par& el dssemptfb de importantes comi-siones ea el seno de la Cunfarencia.

Su labor se ciñó al programa que previa-mente se había ajustado en Washington. Res-pecto cía ia cuestión del arbitraje que con jus-ticia preocupa ÉD tan alto grado la opinión pú-blics internacional, s^adoptó el siguiente acuer-do como fórmula que aunó lae voluntades de los Delegados:

" Considerando que Ía9 Repúblicas america-nas han prestigiado siempre el principio del ar-bitraje como medio de mantener la paz inter-nacional, y que han sido incitadas á la próxima Conferencia de la Haya.

" La tercera Conforenuia, reuoida en Río de Janeir j , resuelve:

"Rat i f icar la adhesión al•priacipio de arbi-traje ; y á fin de hacer práctico taa elevado propósito, recomienda á las naciones represen-tadas en tlía qua den instrucciones á sus De-legados á. la segunda Conferencia de la Haya, pura que procuren que en esa Asamblea de carácter mundial se celebre una Convención general da arbitraja tan eficaz y definitiva que por merece/ la aprobación del mundo civiliza-do, sea aceptada y puesta en vigor por todas las naciones."

CONFERENCIA DE LA H A Y A Fue invitada esta Cancillería, por oficio di-

rigido por la Embajada de Rusia en Washing-ton á nuestra Legación en esa capital, á adhe-r ir le á la " Convenció;) relativa á las leyes y costumbres de la guerra terrestre y á la Con-vención psra la adaptación á la guerra marí t ima de les prinoipios de la Convención de Gi-nebra del 22 de Agosto de 1864." En conse-cuencia se comunicó nuestra adhesión al Beñor Ministro de Negocios Extranjeros de los Países Bajos, previo acuerdo del honorable Consejo de Ministros.

Tambiénla Embajada de Rusia en Washing-ton invitó á esta Cancillería, á nombre del Go-bierno Imperial, á nombrar representantes para la próxima Copfarencia de la Hay». El Gobier-no ha aceptado la invitación, y ha nombrado al señor General don Jorge Holguín como su representante en tan importante Dieta interna-cional.

SEBVICIO CONSULAR De conformidad con las autorizaciones con-

feridas por la ley, y teniendo en consideración la importancia que para el desarrollo comer» cial del país tiene el cultivo de amistosas rela-ciones con las naciones extranjeras, el Gobier-no procura mantener en el Exter ior un Cuerpo Consular de personal idóneo que atiende cui-dadosamente a! desenvolvimiento de nuestro comercio y al adelanto de las industrias inci-pientes de Colombia. Para el logro de estos fines el Ministerio de mi cargo se dir igió á todos los Cónsules por medio de la circular nú-mero 7136, de fecha 22 de Jun io del afio pa-sado, en la cual se solicita el envío mensual de revistas relacionadas con el preoio que obten-gan en los mercados extranjeros nuestros artí-culos de exportación; con la aclimatación de plantas y animales útiles en la República; con la organización y adelantos de la instrucción pública primaria, secundaria y profesional; con la construcción y explotación de ferrocarriles; canalización y navegación de ríos ; circulación monetaria; descubrimientos científicos é in-dustriales, y con todo lo que pueda ser utiliza-ble y provechoso en nuestro país.

Los Cónsules han correspondido á esta exci-tación, y las revistas que remiten se publican en IOB periódicos de la ciudad.

Recientemente se han establecido varios Cancilleres en los Consulados, empleos que se darán preferentemente, de conformidad con el contexto del Decreto de creaoión de ellos, á individuos que hayan terminado la carrera de la Medicina, con la obligación de que éstos, de acuerdo con el Ministro de Instrucción Pú-blica, se dediquen en el Exterior y por dos aSos al estudio de algún ramo relacionado con su profesión, el cual enseñarán á su regreso al país en el establecimiento que el Gobierno les designe. Medida es ésta que estimula vivamen-te á los estudiantes de medicina, y de cuyos benéficos resultados no es preciso hacer mérito en este informe.

Aunque, como ya queda dicho, el personal del Cuerpo Consular tiene especial interés en el desempeño de sus funciones, y la ley ha es-

' tablecido la subordinación y dependencia de los Cónsules, se hacía precisa la práctica de visitas frecuentes en las oficinas consulares, y al efecto se nombró un Visitador, debido al cual ha podido el Gobierno atender al remedio

de las necesidades que se presentan en dichas oficinas y á la uniformidad y correoción de la parte mecánioa de ellas.

BECLAMACIOKES D E EXTBANJEBOS

Atento el Gobierno & la conservación del orédito de la República, no ha descuidado en modo alguno la substanciación de las reclama-ciones de extranjeros, ni el pago de los vales res-pectivos. De los 343 expedientes por redama-ciones de extranjeros introducidos á este Minis-terio y substanciados en él, se han resuelto 2 6 9 , quedando por fallar sólo 84. La cantidad total demandada á la República por esas 343 recla-maciones importaba $ 4.744,711 oro, de loa cuales se han reconocido $ 2.075,980. Los ex-pedientes aún no sentenciados representan re-clamaciones por un valor relativamente pe-queño, por expropiaciones en la última guerra.

Espero que encontraréis que la labor de esta Cancillería posteriormente á vuestras últimas sesiones no ha sido estéril para el país. Esa la-bor ha pesado en primera línea sobre el Exce-lentísimo señor Presidente, preocupado como el que más de encontrar solución conveniente para los problemas internacionales que aún tie-ne la República, de afianzar el crédito de ella y de mantener en perfecta armonía sus relaoio-nes con todos los pueblos.

Honorables sefiores Diputados. A. VASQUEZ COBa

Bogotá, Abr i l 1.° de 1907.

M I N I S T E R I O D E H A C I E N D A Y T E S O R O

Honorable* Diputado/.

Tengo el honor de presentar á esa ho-norable corporación el siguiente informe:

DEPABTAMENTO DE HACIENDA Rentas reorganizada» y administradas por él

Banco Central.

Por Decreto legislativo número 41 de fecha 3 de Marzo de 1905 se establecie-r on COBO Rentas nacionales lae de l icores, pieles, tabaco, cigarrillos y fósforos, que-dando facultado el Gobierno pata mane-jarlas por administración ó por arrenda-miento heoho en l icitación pública. E n la mayor parte de los Departamentos es-taban establecidas estas mismas Rentas, y por eso al declararlas nacionales se les reconoció á aquellas entidades el derecho de indemnización, mediante el pago de una participación en el produoto de tales Rentas. Esa es ia razón de que ge diese la denominación de reorganizadas á las expresadas Rentas, las cuales faeron da-das en administración al Banoo Central por oontrato número 6 de 30 de Jun io de 1905.

L i s participaciones de los Departa-mentos en el produoto de las Rentas reorganizadas son las siguientes :

Antioquia—Por degüello, tabaco y por licores en el terri torio de Urabá $ 14,238 19

Atlántico — Por licores, degüeHo y tabaco 5,968 ...

Bolívar—Por las mismas Rentas 14,973 80

Caldas—Por las mismas Rentas 7,340 73

Cauca— Por degüello y licores 27,274 39¿

Cundinamarca—Por las mismas Rentas . . . . . . . 11,486 ...

Distrito Capital—Por las , mismas Rentas . . . . 5,375 . .

Quesada— P o r las m i s mas Rentas . . . . . . 5,650 .. .

Magdalena—Fot las mis-mas Rentas . . .... ..... 6,08B .. .

hariño—Por las mismas Rentas . . . . 11,818 .. .

Tolima—Por las mismas Rentas 12,972 50

Huila—Por las mismas Rentas 6,169 30

Santander—Por las mis mas Rentas 12,109 32

Oálán—Por las mismas Rentas 5,715 50J

Boy acá—Por las mismas Rentas 4,292 06

Tundama—Por las mis-mas Rentas 3,007 94

L a participación que reciben hoy los Departamentos es muoho mayor qt e el produoto que antes obtenían en las mifc mas Rentas, pues al haser el reconocí-

Page 3: REPUBLICA D COLOMBIE A DIARIO€¦ · REPUBLICA D COLOMBIE A DIARIO Año XTJTT Bogotá, marte 2s de Abri dle 1907 Número 12,912 PODER EJECUTIVO Pég. Beaolueión «obre personería

D I A R I O O F I C I A L 311 miento de lo que á oada uno de ellos co-rresponde se ha tenido en cuenta el pro-daoto anterior y el mayor rendimiento de aquéllas.

De ebta manera les Departamentos, que antes, fcetii&n que atender con gastos ingentes á la recaudación de las Rentas de licores, degü ello 6 pieles y tabaco, reci-ben hoy cantidad líquida más grande que laqueantes les representaban esos Rentas, con la v e n f í j i de qne recogen las canti-dades correspondientes BÍH atrasos ni de moras, porque con ia actual organización del servicio de Tesorería loa pagos Be ha oen oportunamente en cada mes.

Estas Renta;., que como queda áioho foeron cedidas para su administración al Banco Ceetral, han continuado bajo la dirección de este establecimiento, admi-nistradas directamente por la Gerencia de dichas Rantas, las cuales marchan hoy con toda regularidad y bueno? resultados, debido á la complete organización que se les ha dado, basada en Ja- disposiciones que las orearon y al acierto y buena di-rección oon que son administradas.

Del informe Bumismtraáo á este M i -nisterio por el señor Gerente de aquel establecimiento aparecen los siguientes datos genersles sobre ios ingresos y egre-sos de cada una de las Rentas que ma neja, durante el año pasado y los dos meses que van transcurridos del pre-sente, hasta el d^a 15 del mes en curso; dato?, que se consignan así:

Rtsumen de los productos por rentas Renta de cigarrillos.! 480,261 66 Renta de degüello.... 32,888 78 Renta de fósforos.... 168,466 08 Renta de tabaco 5U2,,97 18 Renta de licores na-

cionales 1070,866 68 Renta de licores ex-

tranjeros 189,971 60 2.641,71» 68

Renta de pie!«s (ex-portación $ ).226,841 12

Renta de pieles (in-dustria) Ü2Í,168 29 1.460,004 41

Renta de sal marina 680,197 81 Renta de timbre 880,811 99 Renta de Casanare 4,848 91 Renta del Meta 6,250... Rentas de San Martín 12,060 ... Renta de derecliosde exportación. Al,211 64 Renta de derecho de puerto 147,101 02 Minas de Santa Ana y La Manta... 10,000 ... Minas de Marmato y íáupía (arren-

dadas por 2 16,000 anualts, peto no se ha pagado el aflo en curso) 16,000 ...

Total de productos 6.067,682 86

Resumen de los gastos especiales de cada renta. Renta de cigarrillos $ 2,195 66 Renta de degüello 747 25 Renta de fóeforos . 1,174 18 Renta de tabaco 41,627 66 Renta de licores naciona-

les $1,099 96 Renta de licores extran-

jeros 1,143 49 2,248 45

Renta de pieles (exportación) 840,098 89 Renta de sal marina 128,840 97 Renta de timbre nacional 28,767 40

Suman los gastos particulares de ¡as rentas • .1 640,694 95

Gastos generales, Los gastos generales de los Departa-

mentos y de la Administración general y que no pueden imputarse á ninguna renta especial, ascienden por las ouentaa incorporabas á la suma de $ 112,712 96

Gastos aproximados por las cuentas que falta incor porar . . . i 32,987 63

Suman los gastos gene ra les . 145,700 59

Número de pieles que se exportan actualmente por los puertos de la República.

Asciende á .pieles 29,414

Número de pieles que por término medio se recaudan memualmtnte en tos Departamentos

y en el Distrito Capital. Asciende á pieles 38,720 E n la actualidad la Benta de licores

nacionales está arrendada por la cantidad de $ 159,470-80 oro mensuales.

E n el antiguo Departamento de An-t ioquia todavía se cobra la Renta de l i-

cores por cuenta de esa entidad, por no

haberse terminado aún los contratos de arrendamiento pendientes hasta la feoha. Estos contratos terminarán en el presen* te año, y en el entrante pasará la mis-ma Renta á poder de la Í í ación y será administrada de la misma manera qne en IOB demás Departamentos.

Oon exoepoión de la Renta de qae Be viene hablando, las demás á cargo del Banco, y á qae se refiere el cuadro ante-rior, son administradas directamente por la Gerencia de Rentas reorganizadas, oo . tan buen éxito que tanto el encargado de esta Oficina como el Ministerio se encuentran plenamente satisfechos por los resultados obtenidos hasta ahora oon la organización que se les ha dado.

Oon el objeto de hacer más rápido y fáci l el transporte de la sal marina y de las pieles en el río Magdalena, dispuso igualmente el Gobierno que el oañonero Hércules pasara á ser manejado por la misma Gerencia, y hoy, debido al cuida-do oon que se le tiene, presta con bastan-te regularidad el servioio á que se le ha destinado.

E l aumento considerable qae se ha efeotuado en el produoto de este Ramo (Rentas reorganizadas), t i n que el Go-bierno haya tenido neoesidad de ore naevas rentas n i de deoretar nuevos i' --puestos, excepción hecha del relativo á la Renta de tabaco, es resultado directo de la manera aotiva y acertada como el Banco Oentral tiene dispuesta la admi-nistración de ios intereses fiscales qae el Gobierno le ha confiado.

Renta de timbre nacional. Los resultados numéricos en prodnetos

de esta Renta han sido ya inolaidos entre IOB de las que maneja el Banco.

Esta Benta, una de las más importan-tes y positivas con que cuenta el pais, fue cedida para su administración y ma-nejo al Banco Oentral, oonforme al con-trato celebrado por el Ministerio oon ese establecimiento y el Gerente de las Ren-tas reorganizadas, con feoha 30 de A b r i l del año próximo pasado. E n este contra-to se estipularon cláusulas análogas á las fijadas en el contrato sobre administra-oión de las Rentas oreadas por el Deoreto legislativo número 41 de 1905, sobre ar-bitr ios rentísticos, con la sola diferencia de que la remuneración del Banoo sea el 5 por 100 del producto líquido de la Ren-ta, y que en lo demás, y en cnanto sea pertinente, regirán les términos y condi-ciones estipulados en éste ú l t imo con-trato.

L a tar i fa que rige hoy para el oobro del impuesto de t imbre es la consignada en el Deoreto número 909 de 1906, qae refande en an solo caerpo todos los de-cretos y ¡resoluciones anteriores sobre la materia. Esta tar i fa, asi como las demás disposiciones que contiene ese Deoreto, fueron cuidadosa y detenidamente estu-diadas, con lo oual se ha logrado, ana vez qae se sancionaron como ley, si no ana perfección en materia de legislación sobre t imbre, sí á lo menos uniformar el cobro del impuesto y faoil itar á IOB par-ticulares y á las autoridades la aplica-ción de las disposiciones sobre el Ramo, principiando porque dioha tar i fa no esta-blece más que una clase de papel sellado para todos los actos y documentos que según ella deben ir extendidos en ese papel, y ordena adherir estampillas de más 6 menos valor á algunos de eBtos do-cumentos que por su importancia ó oaan-tía merezoan el alza del impuesto.

Oomo el Decreto de que se viene ha-blando, en su artíoalo 20 autoriza al Po-der Ejecutivo para haoer las reformas qae estime necesarias á su mejor ejeoaoión, y al Ministerio para aclarar lap dudas qae ocurran en la aplicación del mismo De creto, este Despacho, en uso de esa au-torización, ha diotado algunas providen-cias de carácter general en el sentido de aclarar y resolver varios pantos que las autoridades y particulares han oreído dudosos.

Tanto en este Ministerio oomo en la Gerencia de Rentas reorganizadas Be hal lan los datos detallados referentes á

esta Renta, los euales se suministrarán tan pronto como sean solioitados.

Renta de Aduanas. Los puntos de mayor importancia qae

en concepto de este Minister io deben someterle al concnocimiento y decisión de la Asamblea en sus próximas sesio-nes, como asuntos relacionados con la Renta de Aduanas, son los que se men-cionan á continuación:

N o es posible por el momento indicar oaál ha sido el producto gereral de las Aduanas de la República, porqae aun caando se han pedido repetidas veceB los datos necesarios á las Aduanas, no ha sido posible obtenerlos para este in-forme; pero de los datos qae se han re-cibido se saca este resaltado:

To ta l del produoto. . . .$ 6.975,160 To ta l de gastos 463,198 85 Valer de los derechos de

importación de las enco-miendas postales del Exte-rior que han llegado á la Oficina de Bogotá y demás de la República hasta el 30 de Noviembre, y de las del interior de la misma hasta el 31 de Octubre de 1906 19.879,468 ~

Exencionet. i Dereohos de importación dejados de

oobrar en las Aduanas de la Repúblioa á empresas industriales, ferroviarias, de navegación, favorecidas por leyes ó con-tratos en v i r tud de órdenes expedi-das por este Ministerio dorante el año de 1906, $ 226,114-61.

Comisiones de estudio de la tarifa de Aduanas,

Por circular número 3249 de 10 de Septiembre de 1906, dir igida á los Go-bernadores de los Departamentos, se dispuso qae éstoB convocaran en el la-gar de su residencia una Jan ta de ciu-dadanos, procurando que en ella queda-ran representados ei comercio, la agri-cul tura y la industr ia, con el objeto de estudiar y formular an proyecto gene-ral y completo de tar i fa de Aduanas, oon especificación de los artíoulos que deban pagar derechos ad valorem.

Se dispuso que la expresada Oomisión proponga al Poder Ejecutivo todas las reformas que á su juioio oonvenga intro-ducir en la Administración de la Benta de Aduanas, en las disposiciones del Oó-digo especial del Ramo, y que presenta-ra en el meB de Jusño próximo el infor-me detallado del resultado de sos es-tadios y de sas observaciones á la Oomisión de Bogotá, qae servirá de intermediaria entre el Gobierno y las demás Comisiones.

Hasta la feoha sólo se tiene conoci-miento de un informe sobre tar i fa pre-sentado por la Oomisión de Manizales; informe que, en conoepto de este Min is-terio, está elaborado juiciosamente.

Oomo en el mes de Jun io venidero estará ya arreglado el proyecto general sobre tari fa, y siendo de v i ta l importan-cia qae se ponga en práctica, cree este Minister io qae la Asamblea Nacional debe autorizar ai Poder Ejeoutivo para que tan pronto como se halle terminada la tar i fa qae se estudia aotaalmente se ponga en vigor del modo que se juzgue máB conveniente, paes habiendo tomado parte en lá formaoión del proyecto de tarifa los comerciantes, industriales y agricultores más connotados del país, quizá no haya necesidad de someter di-cha tarifa á la aprobación del Congreso.

Jurado de Aduanas.

Esta corporación ha tenido sus re-uniones regularmente y se han despacha-do dorante ei año de 1906 sesenta y oinoo expedientes, no qaedando pendientes más redamos que los considerados en la ú l t i -ma sesión.

Los documentos relativos á los traba-jos qae han cursado en la Sección encar-gada de este Ramo durante el año de 1906 se encuentran listos para el oapo de qae se ordene sa pablicaoión.

Ramo de Salinas. H a sido objeto de especial atención por

parte del Gobierno conseguir iotrodaoir algunas reformas y mejoras importante» para obtener el mayor rendimiento posi-ble y faoii i tar su administración.

Para simplificar el estudio de la mate-ria se omiten prolijas enumeraciones, concretándolo á los puntos más esencia-les y á suministrar datos numéricos oon los cuales se pueda formar idea clara de la marcha de lap Salinas desde la ú l t ima reunión de la Asamblea Nacional, ó sea dorante al año de 1906.

Producto de las Salinas de Quesada. Producto b r u t o . . $ 485,127 89 G a s t o s . . . . 148,837 58

Líquido $ 351,290 36-351,290 8 »

Producto ¿e las Salinas de Tundama.

Producto bruto $ 16,674 25 Gastes 6,890 63

Líquido $ 9,783 62 8,78» 62 Producto de otras Salinas arren-

dadas situadas en otros Depar-tamentos 2,660

Producto líquido total de las Sa-linas terrestres * $ 363,733 98

Resumen de las especies vendidas en las Salinas terrestres:

Zipaquirá. Compactada, k i logramos. . 1.248,809 Caldero, kilogramos 246,810 V i j úa de 1.*, k i logramos.. . 4.167,946 Ví jua de 2.*, k i logramos^. 10.015,647 Aguasal, decalitros 655,099

Nemocón. Caldero, kilogramos 158,344$ Vi júa de 1.*,kilogramos.... 215,250 V i júa de 2.*, k i logramos.. . 2.139,662 í

Tausa. Compactada, ki logramos... 545,779$ Caldero, kilogramos 278,416$

Gachetá. Aguasal, decalitros 75,135

Todas las otras Salinas, inclusive las de Tondama y las qae están en arrenda-miento, arrojan un promedio anual en especie de 300,000 kilogramos.

Considerando el Gobierno, con muoha razón, que por estar las Salinas de Ne-' mocón y Sesquilé tan cerca entre sí y de la pr incipal de Zipaquirá, Be ocasiona-ban fuertes gastos de personal y material, aparte de los fraudes y otros inconve-nientes de prol i ja enumeración, diotó loa Decretos húmeros 1021 de 1905 y 655 de 1906, cerrando diohas Salinas y centra-lizando casi toda la explotación de la Bal que se-consumo en los Departamentos del interior, en Zipaqairá. Quedaron en explotación en el Departamento de Que-sada las pequeñas Salinas de Tausa y Ga-chetá, por consideraciones de orden looal y de conveniencia pública.

Deseando el Gobierno mejorar hasta donde es posible la condioión de IOB De-partamentos que por su situación á lar-gas distancias de los centros productores de la sal se ven obligados á pagarla á precios muy altos, provenientes del re-cargo de fletes, mermas y otras dif iculta-des de transporte, ha creído llegar á l a solución del problema mediante la im-plantación de lo siguiente:

1.° Produoir sal en Zipaqairá en oanti-dad suficiente paraeloonsumo looal y para irradiarla en las condiciones más econó-micas á todos los pantos del país afec-tados por el alto precio y la oarenoia del artíoalo, sin comprometer el Erario oon la producción (oontratos de 4 de Enero, 3 de Abr i l , 1« de Ju l i o y 14 de Agosto, Diario Oficial números 12,261, 12,235 y 12,458);

2.° Establecer almacenes en los Depar-tamentos de Oaldaa y Cauca para 'pro --veer de sal áéstos y á algunos pueblos oir -cunveoinos á prinoipal y gastos (Deoreto número 630 de 13 de Jun io de 1906, Diario Oficial número 12,469), fomen-tando además oon el mismo objeto l a

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D I A R I O O F I C I A L

navegaoión del ríp Cauca para transpor-tar sal barata al Val le y hasta Popayán «n las mismas condiciones, tratando de reducir, si no de desalojar, la sal de pro-cedencia peruana, vendida en oo&siones á precios exorbitantes por fa l ta de com-petencia.

3.° Haoer oonoeeiones bastante venta • josas á algunos peticionarios para el es-tablecimiento de salinas marítimas en las Costas del Pacifico, con el mismo fin de desalojar la sal peraana (Decreto nú-mero 699 de 1905, Diario Oficial núme-ro 12,392, y contratos de 22 de Septiem-bre de 1905 y 21 de Junio de 1906, Dia rio Oficial números 12,470 y 12,685);

4.° Aumentar el comercio interior del país dando una prima de 60 por 100 á toaos loe que comprando eal en Zípaqui ré la llevaren á los Departamentos de Caldas Ant ioquia y Oauca, con el fia de qne pudiéndola vender mueho más ba-rata loe conductores, obtengan los con aumidorea de aquellas comarcas econo-mía en el precio (Decretos números 97 de 22 de Enero, 135 de 29 del mismo, 219 de 20 de Febrero, y 304 de 2 de Ju-l io de 1906);

5.° Autorizar al Banoo Central, que maneja las Salinas marítimas, para que

J>rovea la manera de oonducir sal en la orma más económica ai Oauca y Na r i

ño de la que «e produce 'en el At lánt ioo, lo mismo que para reducir el precio de la que se interna a Aat ioquia y Santan • der de 1» misma procedencia. (Decreto número 526 de 1906, Diario Oficial nú-mero 12,646);

6.° Prestar todo el interé3 y apoyo po-sibles á ios descubrimientos de eal v i júa y fuentes saladas en aquellos Departa-mentos que, como ya se dijo, careaen de tan esencial elemento y tienen que pa -garlo á precios muy altos. Así lo de •

g muestran loa Decretos, Resoíudoneg y demás disposiciones dictadas por el (Jo bierno en favor da varios peticionarios de esos Departamentos que han solicita-do el apoyo y la in ic iat iva oficial.

7 o Apoyt; decidido y constante en fa -vor déla ricas salinas de Oumarai y Up in , suficientes para abastecer toda la Be pú-blica en cualquier tiempo, las cuales han permanecido siempre en estado de aban-dono, entre otras causaa por fal ta e ca minos que ¡as pongan en uomunicación rápida con todos los centros de consumo de la región oriental del país. Qon ta l fin se dictaronl os Decretos números 726, 904 y 1291 de 1905 y número 606 de 1906 (Diario Oficial números 12,394, 12,414, 12,496 y 12,658), cuyos resultados están ya haciendo conocer las ventajas de la medida. Además sa han dado inetruo cienes especiales ai señor Administ ra-dor de laa Salina» tendientes á poner eif condiciones de verdadera producción aquellas fuentes de riqueza y al iviar así Isii necesidades de esa región.

Resta únicamente como detalle intere-sante para coronar la obra, proveer en condiciones análogas al Departamento de Nariño y á a'gunas Provincias del Sur del Oauca, que continúan sufriendo por el alto presio ó la escasez dei artículo. Para vencer esta dif ioaltad se ha cele brado un contrato para transportar a.il de Zipaquirá al Uauoa por-la vía de Las D e i i c m , y para eate mismo y el de Na-r iño por la vía de Las Papas ( D i a r i o Oficial número 12,890), Además, cuan do por medio de negociaciones ventajosas se consiga el transporte rápido y barato de la Bal que se produce en el At lánt ioo á través del Is tmo para l levarla á los pueblos del Pacífico, ó bien cuando se logre producir sal en algún sit io de esas costas, habráae ooronado definitivamente «1 anhelado propósito del Gobierno.

Las salinas marítimas en ocasiones de cosechas abundantísimas proveen á los tres Departamentos de la Oosta At lánt i -ca, centro y norte de ánt ioquia y gran parta de Santander. B i ts ú l t imo L)epar-tamento, j un to con el de >>alán y parte de Tundama, serán aliviados considera-blemente por reduocoión de preoioa de t r a n s p o n debido á un contrato de ela-

boración oelebrado el 15 de Ootubre ú l -t imo {Diario Oficial número 12,788, de 5 de Noviembre próximo pasado), con-t rato que, dicho sea de paso, prestará un servicio oportuno á dichos Departa-mentos, entre otras causas por desalojar la sai venezolana que se vende en (Mon-ta y Pamplona á precios elevados, y me-jorar las vias de comunicación de una extensa y poblada región.

Petea de caimanes. Está Rigente y cumpliéndose el con-

t ra to de 11 de Enero de 1905 celebrado con el señor Anton io L . Armenia, con-cediéndole privi legio para establecer la pesca de estos anfibios y sus congéneres en el Bajo Magdalena por el término de oinco años y pagando $ 1,250 oro anuales.

Petea de perlas y alga» marinas. Los contratos celebrados directamen-

te por el Minister io en v i r tud de autori-zaciones legelés han sido rescindidos, uno por fa l ta de cumpl imiento y otros por no poder los concesionarios hacer uso de ellos.

Actualmente tiene el Banco Central, por conducto de la Administración de Rentas reorganizadas, vigi lancia sobre las costas en donde se producen dichas algas, mientras resuelve lo que sea más conveniente hacer con esa Renta, por-que se l lamó á l icitación para su arren-damiento y no tuvo postores, no obstan-te haberse fijado con profusión en el E x terior el pliego de licitación.

Minas de Supla y Mar mato. Dadas en arrendamiento por £ 3,200

al año y por el término de veinte años. E l arrendatario no consiguió tomar po-sesión de todas las safras y tierras del Gobierno, viéndose obligado á seguir una aooión ante la Oorte Suprema de Jus t i -cia, con la autorización del Gobierno, centra la ant igua Compañía arrendata-r ia, lo que ha motivado la necesidad de concederle prórrogas para el pago de IOB arrendamientos.

Mina» de esmeraldas.

Las de Muzo y üoscaez están mane-jadas por un Sindioato oon quien con t rató la Jun ta nación**! de Amortización su administración. Existen otras minas de la misma naturaleza, de procedenoia particular, de que s:nooe este Ministe-rio por razón de la legislación actual y de las seguridades de que debe rodearse el Gobierno para evitar fraudes, contra-bandos y regularizar el precio de la piedra en el mercado. Oon ta i fin ge dictaron el Decreto legislativo número 48 de 1905 y la Ley 40 de 1905, y en desarrollo de éstos el Decreto ejecutivo número 981 del mismo año.

Bienes nacionales que producen Renta.

Se perfeccionó el contrato de fecha 4 de Ju l io de 1905, sobre compra de los bosques que rodean las Salinas de Paja r i to y Recetor, al cual le faltaban algu ñas formalidades.

Reconocimiento, ordenación y legalización de gastos.

Teniendo por base la l iquidación del Presupuesto de Gastos para el año de 1906 y los distintos decretos sobre tras laoiones de créditos tomados de la par t i l a señalada en aquél paza suplir insu Amencias, se ha atendido por esta Seo oión dei Ministerio al reconocimiento, ordenación y legalización d ) gastos del servioio público imputables á los Depar-tamentos de Hacienda y dei Tesoro oca sionados en dicho año.

En todos esos trabajos se ha procedido de aouerdo con el orden que para ello tiene establecido el Decreto ejecutivo nú mero 1287, de 4 de Noviembre de 1905.

AÑO DE 1906

Descritos en Ja cuenta de este Min is -terio todos ios reconocimientos verifica-do! hasta el 31 de Diciembre ú l t imo oon imputaoión ai Presupuesto de gastos para el año de 1906, se obtienen los s i -guientes resultados:

Departamento de Hacienda. Tota l de los créditos

apropiados $ 3.170,924 15 Tota l de los orói i tos

reoonooidos 1.797,224 38

Saldo $ 1.373,699 76

Departamento del Tesoro. Tota l de los créditos

apropiados $ 1.275,469 60 To ta l de los créditos

reconocidos 555,844 60

Saldo $ 719,625 ...

Oon imputaoión á los salaos anteriores •e continuará la legalizaoión de los gas tos que los empleados pagadores hicieran hasta el citado 31 de Diciembre de con-formidad oon las disposiciones legales, y por los cuales no pidieron en oportuni-dad esa legalización.

E n cuanto á los gastos ocasionados en dicho año y que quedarán sin cubrir en la fecha indicada, ellos deben imputarse al Presupuesto de 1907, de conformidad oon lo dispuesto en el Decreto ejecutivo número 416 de 6 de Mayo de 1905, y en el legislativo número 45 de 2 de Agosto de 1906.

Ramo de Estadística.

E l Decreto número 1298 de 1906, so-bre reorganización y reglamentación de la Estadística general de la Repúblioa, fundó la Direcoión de eBte Ramo con el siguiente personal de empleados perma-nentes, y á la cual incorporó las dos Seo oiones de Estadística qne había en eate Ministerio y en el de Gobierno, á saber : un Director general, un Subdirector, un Secretario, dos Jefes de Sección, dos Ofi-cíales primeros, dos Oficiales segundos, cuatro Oficiales terceros y un Portero Escribiente, pudiendo la Dirección ocu-par ocasionalmente empleados transito rios en loa casos de urgencia y previa la autorización de este Ministerio. • L a Dirección general empezó á funcio -nar el 3 de Noviembre ú l t imo, fecha de la publicación d í l Decreto en el Diario Oficial

Con el objeto de estimular el progreso de las investigaciones estadísticas el De-creto número 1293 dispuso la creación de Juntas honoiarias de tres miembros ea cada uno de los Departamentos y en cada una de las Provincias ; las de los Departamentos nombradas por el Poder Ejecutivo y presididas por los Goberna-dores, y las de las Provincias nombradas por el Gobernador y presididas por los Prefectos. E n cumplimiento de esa dis-posición el Poder Ejecutivo dictó oon fecha 12 de Febrero anterior el Decreto número 166, publicado en el Diario Ofi cialnúmero 12,888,de 21 del mismo mes, por el cual hace loa nombramintba de miembros principales y suplentes de la;-s Juntas de los quince Departamentos y de la Intendencia del Meta. Está para firmarse e* Decreto de nombramiento de IOB miembros de la Jun ta para el Dis-t r i to Capital. ^

Si mismo Decreto número 1298 im-pone á las oficinas provinciales la obli-gación de recopilar los datos municipa-les en cuadros generales que deben enviar á la Gobernación en los quince primeros días del mes siguiente al á que lo.-? cua dros se refieran, dejando copia de ellos en el archivo. Las ofioiaas depariamen tales recopilarán en la misma forma y cada dos meses los cuadros estadísti eos que reoiban de las ofioinas provin oíales, y remit i rán un ejemplar def oua dro que formen á la üireoción general de Estadística, dejando también una co pia en ei archivo. Loa empleados muni oipales deben enviar sua datos á ¡a ofici na provincial en loa diez primeros días del mes próximo siguiente á aquel á que los datos se refieran.

Están listos para su publicación los si guientes trabajos referentes al año de 1905: importación y exportación, comer-oio de cabotaje y oostanero, movimiento

de poblaoión del Distr i to Capital, movi -miento de papel sellado y t imbre nacio-nal, movimiento de la propiedad raíz, movimiento de la poblaoión de la Repú-blica, tráfico de ferrocarriles), movimien-to de inbtiucoióu pública, movimiento de salinas, Bancos y Compañías anónimas de la capital. L a publicación de estos tra-bajos no podrá empezarse, á cama del re-oargo de la Imprenta Nacional, hasta principios ó mediados de! mes de Mayo próximo.

Aotnsslmerttf» está en ejecución !a es-tadística judic ia l (oivi l y criminal) y la de los lazaretos y leprosos, ambas relati-vas al año de 1905. En breve término quedarán concluidos estos dos trabajos, y con ellos quedará terminada la recopi-lación de todos Sos actos que fue posible obtener referentes á aqael año. Se em-prenderá luégo la formación de la estadía • tica del año de 1906, del cual no hay da-tos sobre todos ios ramos ni están com-pletos aún los de algunos de ellos; pero se han hecho y se seguirán haciendo acti-vamente loa reclamos del caso.

Además, se están repartiendo los mo-delos elaborados en la Dirección para 11* var la estadística de las demás mate-rias de este Ramo.

Los datos que no requieren modelo especial se han pedido á los respectivos empleados, corporaciones y entidades

, por medio de circulares, oficios y tele gramas.

También f ormó la Dhecoión de este Ramo una clarificación de los artículos de importación por agrupaciones, subdi-visiones y artículos, la cual se está repartiendo á ios Administradores de Aduanas, á los Cónsules y á las Seccio-nes de Encomiendas Postales, á efecto de que se ciñan & ellas ai formar los respec-tivos cuadros.

DEPARTAMENTO DEL TESOBO Por Decreto número 309 de 29 de

Marzo de 1905, el Ministerio del Tesoro quedó adscrito al de Hacienda, estable-ciéndose de esa manera unidad en la d i -rección y en la administración de la Ha-desda nacional.

El Ramo del Tesoro, que comprende todo lo relativo á Presupuestos naciona-les, á la organización y servioio de Teso-rería, á crédito público, á moneda nacio-nal y á contabil idad oficial, es uno de los en que la actual Administración ha te-nido que introducir mayor número de re-formas, todas de gran significación y trascendencia.

i E l primer paso que debía darse á fin

de obtener la verdad en los Presupues-tos era ponerlo? fuera del alcance del Ejecutivo, á quien la Constitución y las leyes-permitían antes alterarlos y modi-ficarlos, decretando á eu arbitrio crédi-tos suplementales y extraordinarios. A este propósito se estableció en el Decreto legislativo número 5, qne puso en vigen -oia el Presupuesto para 1906, la prohi-bición para el Poder Ejecutivo de votar créditos de esa olaae. A l cumplimiento de ta l declaración se debe que los Presu-puestos del año pasado no arrojaran dé fioit, como ha sido costumbre en Colom-bio deBde que ésta eurgió á la vida de las naciones.

Las Rentas nacionales, presupuestas en $ 10.632,389-20, después de deducidos los gravámenes que las sfeotan, y cuyo monto fae de $ 1.748,514, produjeron $ 11.420,616-44, de loa cualea quedaron ' por recaudarse $ 1.300,000. Los gastos no pasaron de !a cantidad presupuesta de $ 10.632,389, y u¿uy poco es lo que por razón de elloa en ei año pasado resta por pagarse en el presente.

Para proveer á las necesidades contin gentes del servicio público se estableció en el mismo Decreto iegislativo número 5 la manera de disponer de la Partida para insuficiencias, á la cual no puede to -caree sino Guando imperiosas neoesidades de la Administración así lo exijan.

(Continuará)

I M P R E N T A N A C I O N A L