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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LAG A·C ET A DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono 3771 imprenta Nacionll LXXIII! Managua, D.N., Martes 17 de Septiembre de 1968 SUMARIO PODER LEGISLATIVO CONGRESO NACIONAL Personalidad Juridica a Asociación Na- cional de Profesionales Agropecuarios de Nicaragua . . . • . . . . . . . • . . . CAMARA DEL SENADO Décimo-Tercera Sesión de la Cámara del Senado ................ . Décimo-cuarta Sesión de la Cámara del Senado .............. .. PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE LA GOBERNACION Cartas de Nacionalización Nicaragüen- se a Sres. Pérez Merille . . . . • . • • MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Ratificase Tratado Para Proscripción de Armas Nucleares en América La- tina .................... . MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Aclaración y Exenciones a Decreto de Protección Industrial a Favor de Li- tografla Robelo . . . . . . • • • • • • . • TRIBUNAL DE CUENTAS Finiquitos a favor de Sres. Carlos Mo- rales· Saavedra, Fernando A. Cua- dra L., Victor Mar1n G., Edmundo Rocha B. e Ignacio Mantilla Muiloz MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO Sección de Patentes de Nicaragua Marcas de Fábrica . . . . . . . . SECCION JUDICIAL Remates .... ........... Tttulos Supletorios . . . . . . . . . . . . Citase a Acreedores de Sociedad "Grif. fith Compafiia Linútada" . . . . Sentencias de Divorcio . . . . . . . . . . Indice de "La Gaceta" (continúa) .• PODER LEGISLATIVO Congreso Nacional 2761 2762 2764 2765 2765 2766 2767 2771 2774 2774 2775 2775 2776 Personalidad Jurídica a Asociación N aciona1 de Profesionales Agropecuarios de Nicaragua Reg. 3798 - B/U 978578 - <$: 120.00 "El Presidente de la República, a sus habitantes, Sabed: Que el Congreso ha ordenadQ lo siguiente: Decreto N,, 1459 La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua, Decretan: Arto. 1.-0tórgase personalidad jurídi- ca a la Asociación Nacional de Profesio- nales Agropecuarios de Nicaragua, estable- cida en esta ciudad de Managua, con el ob- jeto de promover el progreso de la Agricul- tura, Ganadería y actividades conexas, de- f ender el decoro y avance de la profesión Agropecuaria y estimular el espiritu de unión de sus integrantes. Arto. 2.-La personalidad de la Asocia- ción a que se refiere el Artículo an- terior tendrá fuerza legal al entrar en vi- gor la presente Ley, por haber sido apro- bados sus Estatutos por el Poder Ejecuti- vo, según consta en "La Gaceta", DiariQ Oficial N., 98 del 6 de MayQ de 1963. Arto. 3.-La representación legal de la Asociación será ejercida en forma que de- terminan los Estatutos. Arto. 4.-Esta Ley empezará a regir, desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cá- mara de Diputados. -Managua, D. N., seis Q.e Junio de mil novecientos sesenta y ocho. Orlando Montenegro M., Diputado Presi- dente, -Irma Guerrero Chavarría, Diputa- do Secretario. -J. Alej. Romero C., Dipu- tado Secretario. Al Poder Ejecutivo. -Cámara del Se- nado, Managua, D. N., 3 de Julio de 1968. Mariano Argüello, S. P. -Pablo Rener, S. S. -Eduardo Rivas Gasteazoro, S. S. Por Tanto. · Ejécútese. -Casa Presiden- cial. -Managua, D.N., cuatro de Julio de mil novecientos sesenta y ocho. -A. SO- MOZA, Presidente de la República. -Vi- cente Navas A., Ministro de la Goberna- ción'.

REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL · Ratificase Tratado Para Proscripción de Armas Nucleares en América La-tina ..... . MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Aclaración

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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL

LAG A·C ET A DIARIO OFICIAL

Director: ENRIQUE MARIN UBAGO

Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES

Teléfono 3771 imprenta Nacionll

~O LXXIII! Managua, D.N., Martes 17 de Septiembre de 1968

SUMARIO PODER LEGISLATIVO

CONGRESO NACIONAL

Personalidad Juridica a Asociación Na­cional de Profesionales Agropecuarios de Nicaragua . . . • . . . . . . . • . . .

CAMARA DEL SENADO Décimo-Tercera Sesión de la Cámara

del Senado ................ . Décimo-cuarta Sesión de la Cámara del

Senado .............. ..

PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE LA GOBERNACION

Cartas de Nacionalización Nicaragüen­se a Sres. Pérez Merille . . . . • . • •

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Ratificase Tratado Para Proscripción de Armas Nucleares en América La-tina .................... .

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Aclaración y Exenciones a Decreto de Protección Industrial a Favor de Li­tografla Robelo . . . . . . • • • • • • . •

TRIBUNAL DE CUENTAS

Finiquitos a favor de Sres. Carlos Mo­rales· Saavedra, Fernando A. Cua­dra L., Victor Mar1n G., Edmundo Rocha B. e Ignacio Mantilla Muiloz

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Sección de Patentes de Nicaragua Marcas de Fábrica . . . . . . . .

SECCION JUDICIAL Remates ....•........... Tttulos Supletorios . . . . . . . . . . . . Citase a Acreedores de Sociedad "Grif.

fith Compafiia Linútada" . . . . Sentencias de Divorcio . . . . . . . . . . Indice de "La Gaceta" (continúa) .•

PODER LEGISLATIVO

Congreso Nacional

2761

2762

2764

2765

2765

2766

2767

2771

2774 2774

2775 2775 2776

Personalidad Jurídica a Asociación N aciona1 de Profesionales

Agropecuarios de Nicaragua Reg. 3798 - B/U 978578 - <$: 120.00

"El Presidente de la República, a sus habitantes,

Sabed: Que el Congreso ha ordenadQ lo siguiente:

Decreto N,, 1459

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Arto. 1.-0tórgase personalidad jurídi­ca a la Asociación Nacional de Profesio­nales Agropecuarios de Nicaragua, estable­cida en esta ciudad de Managua, con el ob­jeto de promover el progreso de la Agricul­tura, Ganadería y actividades conexas, de­f ender el decoro y avance de la profesión Agropecuaria y estimular el espiritu de unión de sus integrantes.

Arto. 2.-La personalidad de la Asocia­ción a que se refiere el Artículo an­terior tendrá fuerza legal al entrar en vi­gor la presente Ley, por haber sido apro­bados sus Estatutos por el Poder Ejecuti­vo, según consta en "La Gaceta", DiariQ Oficial N., 98 del 6 de MayQ de 1963.

Arto. 3.-La representación legal de la Asociación será ejercida en forma que de­terminan los Estatutos.

• Arto. 4.-Esta Ley empezará a regir,

desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cá­mara de Diputados. -Managua, D. N., seis Q.e Junio de mil novecientos sesenta y ocho. Orlando Montenegro M., Diputado Presi­dente, -Irma Guerrero Chavarría, Diputa­do Secretario. -J. Alej. Romero C., Dipu­tado Secretario.

Al Poder Ejecutivo. -Cámara del Se­nado, Managua, D. N., 3 de Julio de 1968. Mariano Argüello, S. P. -Pablo Rener, S. S. -Eduardo Rivas Gasteazoro, S. S.

Por Tanto. · Ejécútese. -Casa Presiden­cial. -Managua, D.N., cuatro de Julio de mil novecientos sesenta y ocho. -A. SO­MOZA, Presidente de la República. -Vi­cente Navas A., Ministro de la Goberna­ción'.

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2762 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Cámara del Senado

DECIMO-TERCERA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO, correspon­diente a las ordinarias del Décimo Oc­tavo Período Constitucional del Con­greso, celebrada en la ciudad de Ma­nagua, D.N., a las diez y treinta y cinco minutos de la mañana del día miérco­les, veinticuatro de Julio de mil nove­cientos sesenta y ocho. Presidencia del honorable Senador doc­

tor Constantino Mendieta R., asistido de los honorables Senadores don Gustavo F. Chávez y doctor Rodolfo Abaúnza Sali­nas, como Primero y Segundo Secretario, respectivamente.

Concurren, además, los honorables Se­nadores doctor Fernando Agüero, don Jo­sé María Briones, doctor Humberto Cas­trillo M., doctor Ernesto Chamorro Pa­sos, doctor Cornelio H. Hüeck, don Gus­tavo Raskosky, General J. Rigoberto Re­yes, doctor Eduardo Rivas Gasteazoro, doctor Adán Solórzano Cardoza y don Víctor Manuel Talavera T.

lo. - Se abrió la sesión. 2o. - Se leyó y aprobó, sin ninguna

modificación, el acta de la sesión ante­rior.

3o. - Bajo el punto siguiente de la Orden del Día -LECTURA DE CO­RRESPONDENCIA-, fue leída tarjeta de agradecimiento recibida de los deudos del extinto Excelentísimo y Reverendísi­mo Monseñor doctor Vicente Alejandro González y Robleto, por las muestras de pesar expresadas por este Senado por tan doloroso suceso.

4o. - Manifestó el honorable Señor Presidente a la Cámara que también se habían recibido tres comúnicaciones rela­cionadas con el préstamo a la Universi­dad Nacional Autónoma, a las cuales, si el Senado así lo deseaba, se daría lectura, aunque les advertía que copias mimeo­grafiadas de ellas se encontraban en cada uno de los escritorios de los Señores Se­nadores, lo cual había ordenado, siguien­do su propósito de que de todas las opi­¡iiones al respecto, tuvieran conocimiento, para formarse 'un mejor criterio. Infor­mó también a la Cámara, que el miérco­les anterior había recibido de manos del Vice-Rector, un comunicado sobre la mis­ma materia, del cual también se había enviado copia a los Señores Representan­tes; y que asimismo, en la siguiente fe­cha, la Comisión de Hacienda y la Direc­tiva, habían celebrado una reunión con la Junta Universitaria y los miembros del Comité Pro-Defensa del Desarrollo de la UNAN, cuya narración verbal se encon­traba en manos de todos ellos.

El honorable Senador Hüeck felicitó a la Mesa por su disposición de mantener­los informados de todas las opiniones alrededor de un asunto tan debatido. Ma­nifestó asimismo que como miembro de la Comisión de Hacienda, opinaba que se les debía dar un tiempo prudencial para dictaminar, a fin de formarse un mejor criterio y no actuar con precipitación.

Repuso el honorable Señor Presidente al Senador Hüeck, que esa misma mañana había recibido comunicación telefónica del honorable Senador Rener, solicitándo­le avisarle a él y al honorable Senador Chamorro Pasos, que por encontrarse en­fermo, no podrían reunirse el viernes próximo, como habían acordado, y que les rogaba pospusiera la Comisión de Ha­cienda dicha reunión . para el próximo martes, a las diez de la mañana.

Dijo el honorable Senador Hüeck, que rogaba al Señor Presidente pedir en su nombre al honorable Senador Rener, que la reunión no se efectuara el martes, sino hasta el siguiente viernes, en razón de que él se ausentaría del país, regresando hasta el jueves por la tarde. Le mani­festó el honorable Señor Presidente, que en ese caso, le sugería ponerse él mismo de acuerdo sobre la fecha, con los otros comisionados. ·

El honorable Senador Abaúnza Salinas expresó que como miembro de la comu­nidad leonesa, tenía especial interés de que se diera la publicidad debida a to­dos los documentos atingentes al asunto, por lo que él opinaba que debía darse lec­tura a la correspondencia aludida por el Señor Presidente.

Estando la Cámara unánimemente de acuerdo, a continuación fueron leídoi:i por Secretaría, los siguientes documentos re­cibidos: a) tarta fechada en León el 19 de Julio

de 1968, del Bachiller Gonzalo Ta­boada Martfil, ·en la cual, después de algunas consideraciones contenidas en exposición que acompañaba, pa­tentizaba la inconformidad del uni­versitariado leonés, por la falta de cumplimiento de la Junta Universita­ria, al no construir el Campus Médi­co en aquella ciudad, que figuraba como una de sus más importantes metas en su Plan de Desarrollo para el período 1966-1972; señalando asi­mismo la carencia de comodidades con que funcionaba la Escuela de Medicina en León.

b) Carta de fecha 12 de Julio de 1968, del Doctor Mariano Fiallos Oyangu­ren Rector Interino de la Universi­dad, en la que exponía las necesida­des de las escuelas universitarias que funcionaban en Managua, cuyo alum­na.do habla crecido considerablemen ..

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. .,, LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2763

te a través de los últimos años, y que para remediarlas era que se estaba planificando la construcción del Re­cinto Rubén Darío en esta capital; sin ningún efecto perjudicial sobre el crecimiento y desarrollo del Nú­cleo Universitario de León, puesto que con fondos del mismo préstamo para el Recinto Rubén Darío, se fi. nanciarían también los estudios de preinversión del Campus Médico de la ciudad de León. Terminaba so­licitando a esta Cámara, la aproba­ción del proyecto en cuestión.

c) Comunicación dfrigida al Senado con fecha 22 de Julio de 1968 por el Sin­dicato de Maestros de León, apoyan­do el criterio de que con la construc- -ción del Recinto Rubén Darío en Managua, se estaba dejando a León sin 1m Campus Médico; por lo que robagan a esta honorable Cámara, meditar profundamente su resolución sobre el asunto.

5o. - De acuerdo con la Orden del Día, seguidamente se leyó y pasó a la Comi­sión de la Gobernación, el proyecto de ley por el cual se otorga personalidad ju­rídica a la Asociación denominada "ASO­CIACION DE EJECUTIVOS NICARA­GUENSES', con domicilio en la ciudad de Managua.

60. - Se leyó y pasó a la Comisión de Relaciones Exteriores, proyecto de Re­solución por la cual se aprueba el Con­venio Cultural entre la República de Ni­caragua y la República Dominicana, sus­crito en la ciudad de Santo Domingo, el 23 de Marzo de 1968. 7o. - Se leyó y pasó a la misma Comisión de Relaciones Exteriores, proyecto de Resolución por la cual se aprueba el Convenio entre los Gobiernos de Hondu­ras y Nicaragua, para la. construcción del Puente Internacional sobre el Río GUA­SA ULE en la ruta CA-3, suscrito en la ciudad de Tegucigalpa, República de Hon­duras, el día 10 de Mayo de 1968.

80. - Se leyó y pasó a la Comisión de la Gobernación, proyecto de ley por el cual se otorga personalidad jurídica a la Asociación denominada "CLUB CULTU­RAL Y COMUNAL DEL BARRIO DE

1.. MONIMBO, TRINIDAD DA VILA", esta­blecida en la ciudad de Masaya.

9o. - Conforme anunciara el honora­ble Señor Presidente, a continuación se pasó a conocer, en primer debate, del proyecto de ley por el cual se reforma el Arto. 60. de la Ley Creadora de la Co­misión Nacional del Algodón, publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 88 del 24 de Abril de 1965, al que se le adicionará un inciso, agregado después del décimo segundo. ·

En lo general, se leyó el dictamen que

la Comisión de Agricultura y Ganadería, integrada por los honorables Senadores Hüeck, Briones y Chamorro Pasos, emi­tía sobre dicho proyecto; en el cual acon­sejaban su rechazo, porque opinaban que la reforma propuesta no debía ser apro­bada por esta Honorable Cámara, en ba­se a que la misma no estaba orientada a la mejor funcionalidad de la organización ni a procurar el mejor cumplimiento de las funciones y atribuciones específicas señaladas en la ley. Cabe agregar -ter­minaban diciendo en su dictamen- como reflexión final, que si la actual organi­zación compuesta de once miembros pro­pietarios no responde po~itivamente a los fines de su cración, mal podría solucio­narse el problema, con hacerla más nu­merosa.

No suscitándose ninguna intervención se procedió a la votación del dictamen el cual fue aprobado por unanimidad. Que­dó por lo tanto, el proyecto de la refe­rencia, rechazado en primer debate. A moción del honorable Senador Hüeck, que también fue aprobada unánimemente, se le dispensaron los trámites de segundo debate y aprobación del acta en la parte conducente, quedando por consiguiente, definitivamente rechazado.

10. - Manifestó el honorable Se:ñor Presidente a la Cámara, que con el ob­jeto de equiparar el número de sesiones celebradas por la honorable Cámara de Diputados con las de este Senado, levan­tarían la presente sesión, para celebrar otra a continuación. Y en el intervalo rogaba a las Comisiones encargad'.l.S de los proyectos pasados a su estudio, emi­tieran su dictamen.

Como algunos miembros de dichas Co­misiones se encontraban ausentes, ·el ho­norable Señor Presidente procedió a sus­titufrlos, en la siguiente forma:

En la Comisión de Relaciones Exterio­res, designó para sustituir al honorable Senador Solórzano RivM, al Senador Cha­morro Pasos; en la misma Comisión, al honorable Senador Talavera, reponiendo al honorable Senador Argüello; y en la Comisión de la Gobernación a los hono­rables Senadores Castrillo y Briones, en sustitución de los honorables Senadores Argüello y Rener, respectivamente.

11.-A moción del honorable Senador Chávez, se le dispensó el trámite de lec­tura a la presente acta, dándose por aprobada. ·

12. - Se levantó la sesión, citando el honorable Señor Presidente para celebrar la siguiente, veinte minutos después.

Constantino Mendieta R., Presidente.

Pablo Rener, Rodolfo Abaúnza Salinas, Secretario Secretario.

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2764 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

DECIMO-CUARTA SESION DE LA CA~ MARA DEL SENADO, correspondien­te a las ordinarias del Décimo Octavo Período Constitucional del Congreso, celebrada en la ciudad de Managua, D. N., a las once y cincuenta y cinco minu­t-0s de la mañana del día miércoles, vein­ticuatro de Julio de mil novecientos sesenta y ocho. Presidencia del honorable Senador Dr.

Constantino Mendieta R., asistido de los honorable Senadores don Gustavo F. Chá­vez y doctor Rodolfo Abaúnza Salinas, como Primero y Segundo Secretario, res­pectivamente.

Concurren, además, los honorables Se­nadores doctor Fernando Agüero, don José María Briones, doctor Ernesto Cha­morro Pasos, doctor Cornelio H. Hüeck, don Gustavo Raskosky, General J. Rigo­berto Reyes, doctor Eduardo Rivas Gas­teazoro, doctor Adán Solórzano Cardoza y don Víctor Manuel Talavera T.

lo. - Se abrió la sesión. 2o. - En primer debate, se leyó y apro­

bó en lo general, el dictamen junfu con el proyecto de resolución por la cual se aprueba el Convenio entre los Gobiernos de Honduras y Nicaragua, para la cons­trucción del Puente Internacional sobre el Río GUASAULE en la ruta CA-3, sus­crito en la ciudad de Tegucigalpa, Repú­blica de Honduras, el día 10 de Mayo de 1968.

A discusión en lo particular, fue leído y aprobado por unanimidad, el artículo único de que consta el proyecto, el cual quedó aprobado en primer debate. A mo­ción del honorable Senador Rivas Gastea­zoro, --quien se refirió a la importancia del proyecto, que tendía a mejorar las vías de comunicación con la vecina Re­pública de Honduras y por ende el desa­rrollo del comercio centroamericano, -se le dispensaron los trámites de segundo debate, lectura de autógrafos y aproba­ción del acta en la parte conducente; quedando por consiguiente, definitiva­mente aprobado.

3o. - Se leyó y aprobó en lo general, en primer debate, el dictamen juntamente con el proyecto de ley por el cual se otor­ga personalidad jurídica a la Asociación denominada "ASOCIACION DE EJECU­TIVOS NICARAGUENSES", con domi­cilio en la ciudad de Managua.

En lo particular, fueron leídos y apro­bados sin ninguna objeción los Artos. lo., 2o., 3o. y 4o. que constituyen el proyecto, quedando en consecuencia, aprobado en primer debate. Hizo moción el honorable Senador Chávez, la cual fue aprobada por unanimidad, para que se le dispensaran los trámites de segundo debate, lectura

de autógrafos y aprobación del acta en la parte conducente; quedó por lo tanto, aprobado en definitivo.

4o. - En primer debate, se leyó y aprobó en lo general, el .dictamen junto con el proyecto de ley tendiente a conce­der personalidad jurídica a la Asociación denominada "CLUB CULTURAL Y CO­MUNAL DEL BARRIO DE MONIMBO, TRINIDAD DA VILA", establecido en la ciudad de Masaya. .

A discusión en lo particular, se leye­ron y aprobaron sin ninguna objeción, los Artos. lo., 2o., y 3o. de que consta el pro­yecto, quedando aprobado en primer de­bate. Mediante moción del honorable Senador Chávez, aprobada unánimemen­te, se le dispensaron los trámites de se­gundo debate, lectura de autógrafos y aprobación del acta en la parte condu­cente. Quedó por consiguiente, definitiva­mente aprobado.

5o. - Se leyó y aprobó en lo general, en primer debate, el dictamen juntamente con el proyecto de resolución por la cual se aprueba el Convenio Cultural entre la República de Nicaragua y la República Dominicana, suscrito en la ciudad de San­

to Domingo el 23 de Marzo de 1968.

En lo particular, se leyó y sometió a discusión el artículo único del proyecto, aprobándose por unanimidad y quedó por lo tanto, aprobado en primer debate. A moción del honorable Senador Raskos­ky, le fueron dispensados los trámites de segundo debate, lectura de autógrafos y aprobación del acta en la parte condu­cente, quedando, por consiguiente, apro­bado en definitivo.

60. - Informó el honorable Señor Pre­sidente a la Cámara, que conforme lo dis­puesto en la sesión anterior, junto con los honorables Senadores Chávez y Abaún­za Salinas, había cumplido la misión a ellos encomendada, de asistir a los fune­rales del doctor Modesto Armijo Lozano, en León, y entregar a la familia doliente, los acuerdos de pésame emitidos por este Senado. ·

7o. - No habiendo ningún asunto más que tratar, el honorable Señor Presidente levantó la sesión, manifestando a los Se­ñores Senadores, que serían citados para la próxima, telegráfica y oportunamente.

Comtantino M endieta R., Presidente.

Gustavo F. Chávez, Secretario.

Rodolfo Abaúnza Salinas, Secretario

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LA GACETA-DIARIO Oll'ICIAL 2765

PODER EJECUTIVO

Ministerio de la Gobernaci6n

Cartas de Nacionalización Nicaragüense a Sres. Pérez Merille

Reg. 3814- B/U 984364- C$ 75.00 "No. 2111

· El Presidente de la República, Vista la solicitud del señor Evaristo

Pérez ~erille, mayor de edad, casado, ne­gociante, de este domicilio y originario de Sancti-Spiritus, Provincia de Las Vi­llas, Cuba, relativa a que se le conceda Carta de Nacionalización de la República de Nicaragua. ,

· Considerando: Que el peticionario ha demostrado lle­

nar los requisitos expresados en el Nu­meral 1) del Arto. 19 de la Constitución Política, en cuanto a residencia y buenas costumbres, y además solemnemente re­nunció a su nacionalidad cubana y mani­festó su voluntad de adoptar la nicara­güense.

Por Tanto: De confot'midad con los Artos. 19, Nu­

meral 1), 195, Numeral 11) de la Consti­tución, y 4, Numeral 4) de la Ley Crea­dora de los Ministerios de Estado.

Acuerda: Unico. - Conceder Carta de Nacionali­

zación Nicaragüense, al señor Evaristo Pérez Merille, de· calidades conocidas, y darle certificación de este acuerdo para que le sirva de suficiente comprobante.

CQmuníquese. - Casa Presidencial. -Managua, D.N., 9 de Septiembre de 1968. - A. SOMOZA - El Ministro de la Go­bernación, Vicente Navas A".

Reg. 3813 - B/U 984363 - C$ 75.00 "No. 2112

El Presidente de la República, Vista la· solicitud de la señora Manuela

Mancebo de Pérez Merille, mayor de edad, casada, ama de casa, de este domicilio y originaria de Santiago, Cuba, relativa a que se le conceda· Carta de Nacionaliza­ción de la República de Nicaragua.

Considerando : Que la peticionaria ha demostrado lle­

nar los requisitos expresados en el Nu­meral 1) del Arto. 19 de la Constitución Política, en cuanto a residencia y buenas costumbres, y además solemnemente re­nunció a su nacionalidad cubana y mani­festó su voluntad de adoptar la nicara­güense.

Por Tanto: De conformidad con los Artos. 19, Nu­

meral 1), 195, Numeral 11) de la Consti-

tución, y 4, Numeral 4) de la Ley Crea­dora de los Ministerios de Estado.

Acuerda: Unico. - Conceder Carta de Nacionali­

zación Nicaragüense, a la señora Manuela Mancebo de Pérez Merille, de calidades conocidas, y darle certificación de este acuerdo para que le sirva de suficiente comprobante.

Comunlquese - Casa Presidencial. -Managua, D .. N., 9 de Septiembre de 1968. A. SOMOZA. - El Ministro de la Gober­nación, Vicente Navas A."

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ratifícáse Tratado para Proscripción de Armas Nucleares

en América Latina ANASTASIO SOMOZA DEBAYLE,

Presidente de la ,República de Nicaragua, · Por Cuanto: El día quince de Febrero de mil novecien­

to sesenta y siete suscribió el Plenipotencia. rio de Nicaragua en C_iudad México el TRA-.

.TADO PARA LA PROSCRIPCION DE LAS ARMAS NUCLEARES EN LA AMERICA LATI­NA y sus Protocolos Adicionales 1 y 11, cuyo texto y la Resolución del Honorable Congre­so Nacional que lo aprueba, aparecen publi­cados en "La Gaceta", Diario Oficial Nos. 181, 182 y 183 del 10, 12 y 13 de Agosto en curso.

Por Cuanto: El día catorce de Mayo de mil novecientos

sesenta y ocho; se-dlctó-e1 ·siguiente Acuerdo:

"N"' 7 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, • Acuerda:

PRIMERO: Aprobar el Tratado para la Proscripción de las ·Armas Nucleares en la América. Latina y sus Protocolos AdiC:ionales 1 y 11 suscrito en Ciudad México por el Ple­nipotenciario de Nicaragua el 15 de Febrero de 1967. '

SEGUNDO: Someter dicho Tratado y Pro­tocolos Adicionales a la aprobación del Ho­norable Congreso Nacional.

COMUNIQUESE: Casa Presidencial, Ma­nagua, Distrito Nacional, catorce de Mayo de mil novecientos ,sesenta y ocho. _;_A SOMO­ZA.D. -El Ministro de Estado en el Despa­cho de Relaciones· Exteriores, Lorenzo Gue· rrero".

Por-cuanto: El Honorable Congreso Nacional por Re­

solución N'? 258 del 5 de Julio de 1968, san­cionada por el Poder Ejecutivo en esa mis· ma fecha, aprobó el TRATADO PARA LA PROSCRIPCION DE LAS ARMAS ·NUCLEARES EN LA AMERICA LATINA y sus Protocolos

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2766 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Adicionales 1 y 11, suscrito por el Plenipoten­ciario de Nicaragua en la. Ciudad de México el quince de Febrero de mil novecientos se­senta y siete.

Por Cuanto: El día veintinueve de Julio de mil nove.:'

cientos sesenta y ocho se dictó el siguiente Decreto:

"N9 6 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

Decreta: PRIMERO: Ratificar el TRATADO PARA

LA PROSCRIPCION DE LAS ARMAS NUCLEA­RES EN LA AMERICA LATINA y sus Proto­colos Adicionales 1 y 11, suscrito en Ciudad México por el Plenipotenciario de Nicaragua el 15 de Febrero de 1967.

SEGUNDO: Expídase el correspondiente Instrumento de Ratificación para ser deposi­tado ante el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos.

COMUNIQUESE: Casa Presidencial. Mana· gua, Distrito Nacional, veintinueve de Ju­lio de mil novecientos sesenta y ocho.

A. SOMOZA D.

El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Lorenzo Guerrero".

PorTanto:

Expido el presente Instrumento de Ratifi­cación firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional·y refrendado por el Señor Mi­nostro de Estado en el Despacho de Relacio­nes Exteriores para ser depositado ante el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Dis­trito Nacional, a los trece días del mes de Agosto de mil novecientos sesenta y ocho.

. A. SOMOZA D. (L. G. S. N.}

El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores,

f} Lorenzo Guerrero" (L. S.}

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Aclaración y Exenciones a Decreto de Protección Industrial a Favor de

Litografía Robelo Reg. No. 3815 - B/U .983601 - (!; 248.00

. "N<:> 92·

El Presidente de la República, En uso de las facultades que le confiere

la Ley de Protección y Estímulo al Desarro­llo 1 ndustrial de 20 de Marzo de 1958 y el Decreto N<:> 1171 del 18 de Marzo de 1966,

publicado en "La Gaceta" N<:> 78 del 12 de Abril de 1966,

Vistos: Primero: La solicitud presentada por la

firma "Litografía Robelo, S. A.", para que de conformidad con la Ley de Protección y Es­tímulo al Desarrollo Industrial y el Decreto N<:> 1171 del 18 de Marzo de 1966, publica­do en "La Gaceta" N<? 78 del 12 de Abril de 1966, se reclasifique su Planta Industrial ac­tualmente protegida por el Decreto N<:> 133 del 13 de Agosto de 1965, publicado en "La Gaceta" N9 197 del 31 de Agosto de 1965 y que dedica a la producción de etiquetas, pa­pa les de valores (cheques, acciones,} calen­darios y afiches de propaganda.

Segundo: La Resolución N<:> 219-01 dic­tada por el Ministerio de Economía, Indus­tria y Comercio a las ocho y treinta minutos de la mañana del 26 de Agosto de 1968, en la que previo Dictamen de la Comisión Con­sultiva de Desarrollo Industrial, se resuelve ampliar mediante Decreto, los beneficios in­herentes a su actual clasificación en la for­ma siguiente: Franquicia para importar: . Motores y maquinarias: hasta el 13

de Agosto de 1975 . . • 100% Combustibles y Lubricantes: hasta el . 13 de Agosto de 1975 .•.... 100% Materia prima y envases: hasta el 13

de Agosto de 1975 . • . . . . , 100% Exención de Impuesto: ' Sobre el capital: hasta el 13 de Agos-

to de 1971 . • . . . . . • • . 50% Sobre la Renta: hasta el 13 de Agos-

to de 1971 • . . • . . . . . . 50%

Considerando: Que se trata de una Planta Industrial que

ha llenado los requisitos exigidos por' la Ley para obtener su Reclasificación; que actual· me~e se encuentra clasificada como Funda­mental de 1 ndustria Establecida de 1 ns ta la­dón Nueva, por lo que es procedente am· pliarle los beneficios inherentes a su clasifica­ción.

Por Tanto:

De conformidad con la Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Industrial y el De­creto N9 1171 del 18 de Marzo de 1966, pu­blicado en "La Gaceta" N<? 78 del 12 de Abril de 1966.

Decreta: Arto. 1<?-Aclarar el Arto. 19 del Decreto

N<:> 133 del 13 de Agosto de 1965 publicado en "La Gaceta" N~ 197 del 31 de Agosto de 1965, en el sentido de que las franquicias y los términos señalados para el goce de ellas, deberán leerse así: Franquicia para Importar: Motores y maquinarias: hasta el 13

de Agosto de 1975 . , . l 00% Combustibles y Lubricantes: hasta el

13 de Agosto de 1975 ...... 100%

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2767

Materia prima y envases: hasta el 13 de Agosto de 1975 ....... 100% Arto. 2<?---0torgar a la firma "Litografía

Robelo, S. A.", -única y exclusivamente en lo que se refiere a su Planta Industrial, las exenciones siguientes:

a )-Exención en un 50% hasta el 13 de Agosto de 1971 de los impuestos que gravan el capital invertido directa­mente afecto a la Planta.

b)-Exención en un 50% hasta el 13 de Agosto de 1971, del Impuesto Sobre la Renta.

Esta exención no se concederá al capital extranjero invertido en la Planta cuando en su país de origen se halle sujeto a impuestos que ha­gan inefectiva esta exención.

Las exenciones comprendidas en los acápites anteriores surtirán efecto una vez que expiren los plazos señalados a iguales exenciones otorgadas por el Decreto mencionado en el Arto. 1<?.

Arto. 3<?-Publicar el presente Decreto en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. - Managua, Distrito Nacional, a los treinta días del mes de Agosto de mil novecientos sesenta y ocho. (f) A. SOMOZA D., Presidente de la Repúbli­ca. -{f) Orlan~o Barreto Argüello, Vicemi­nistro de Economía, Industria y Comercio. (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público" ..

Tribunal de Cuentas

Finiquitos a Favor de Sres. Carlos Morales Saavedra, Fernando A.

Cuadra L., Víctor Marín G., Edmundo Rocha B. e Ignacio

Mantilla Muñoz Tribunal de Cuentas de la República de

Nicaragua, Sala de Examen - Managua, Distrito Nacional, cinco de Enero de mil novecientos sesenta y siete. Las nueve y diecisiete minutos de la mañana.

Vistas las presentes diligencias incoa­das con motivo de la rendición de la cuenta del Secretario-Tesorero de la Es­cuela Normal Anexo de León, correspon­diente al período Administrativo de Mayo de mil novecientos sesenta y cuatro a Abril de mil novecientos sesenta y cinco llevada por Carlos Morales Saavedra, mayor de edad, casado, oficinista y del domicilio de León.

Resulta: I

Que al terminar la Glosa Administrati­va, el suscrito Contador de Glosa, Gerar­do Mena Escobar, por auto de las nueve

de la mañana del día nueve de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis, pasó las diligencias al conocimiento del Señor Presidente del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley, en tal virtud, esta Su­perioridad ordenó por auto de las once de la mañana del día nueve de noviembre de mil novecientos sesenta y seis, al folio número cuatro, que el suscrito verificara el Trámite Judicial y Fallo, razón por la que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las nueve de la mañana del día diez de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis, abriéndose la Glosa Judicial de esta cueµta.

II Que por auto de las diez de la mañana

del día diez de noviembre de mil nove­cientos sesenta y seis, el suscrito mandó -al Señor Fiscal General de Hacienda, que se personara a la presente causa, en su carácter de actor, de conformidad con la Ley.

m Que en escrito del veintidós de noviem­

bre de mil novecientos sesenta y seis, el Señor Fiscal General de Hacienda, doctor Salvador Buitrago Ajá, ostentando nom­bramiento del Ejecutivo, que lo acredita corno tal, pidió se le tuviera por persona­do en el presente Juicio, corno actor. El suscrito lo tuvo por personado en auto de las once y diez minutos de la mañana del día veintidós de noviembre de mil no­vecientos sesenta y seis, que corre al re­verso del folio seis del presente expedien­te, mandando a dársele los traslados de Ley.

IV Que en escrito que corre al reverso del

folio seis, presentado a las once y treinta minutos de la mañana del día veintidós de N otiernbre de mil novecientos sesenta y seis, el Señor Fiscal General de Hacien­da, devolvió el traslado y dice: "Que es­tando correcta la Glosa Administrativa de la Cuenta del señor Carlos Morales Saa­vedra, Secretario-Tesorero de la Escuela Normal Anexo de León, que no habiendo nada que objetar a la misma, ni en la parte Contable ni en la Legal, puesto que los Reparos que se le formularon, fueron desvanecidos de conformidad con las ra­zones escritas al margen de cada uno de ellos y, renunciando al resto de trámites, ruego a usted dictar la sentencia que en Derecho corresponde" y,

Considerando: Que siendo cierto lo . dicho por las par­

tes, que todos los reparos formulados en la Glosa Administrativa, fueron desvane­cidos, según lo expresan las razones pues­tas al margen de cada Reparo y Docu­mentos anexos a este Expediente y siendo que el Señor Fiscal General de Hacienda,

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2768 LA GACETA-DIARIO OFICL\L

en su calidad de actor, se muestra con­forme con tal Cuenta y pide se dicte Sen­tencia y habiendo renunciado al resto de trámite, se está en el caso de resolver,

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

del Señor Fiscal General de Hacienda, co­rridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 151 de la Ley Reglamentaria del Tribunal de Cuentas de 15 de Diciem­bre 1899, segunda edición oficial en vi­gencia y Decreto Ejecutivo No. 79 del 30 de Marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Contabilidad Fis­cal vigente, el suscrito Contador, en nom­bre de la República de Nicaragua, defini­tivamente;

Falla: Aproébase la cuenta del Señor Secreta­

rio-Tesorero de la Escuela Normal Anexo de León, correspondiente al periodo Ad­ministrativo, comprendido del primero de Mayo de mil novecientos sesenta y cuatro al último de Abril de mil novecientos se­senta y cinco, de que se ha hecho mérito. En consecuencia, declárase SOL VENTE Y LIBRE con la Hacienda Pública de Ni­caragua, al Cuentadante señor Carlos Mo­rales Saavedra; y a su Fiador solidario, por lo que hace al período relacionado.

Lfbrese copia de esta resolución al in­teresado para que le sirva de suficiente FINIQillTO. Cópiese, notifíquese, publi­quese en "La Gaceta", Diario Oficial y Archivese.

Gerardo Mena Escobar Contador de Glosa

Julio Zelaya Gutiérrez, Secretario del Tribunal de Cuentas

Tribunal de Cuentas de· la Repóbllca de Nicaragua. Sala de Examen. Managua, Distri­to Nacional, cinco de Enero de mil novecien­tos sesenta y siete. Las nueve de la mañana.

Vistas las presentes diligencias incoadas con motivo de la rendición de la cuenta de la Tesorería de la Escuela Normal Anexa al Instituto Nacional de Oriente (Granada), co­rrespondiente al período Administrativo de Mayo de mil novecientos sesenticinco a Abril de mil novecientos sesentiséis, llevada por Fernando A. Cuadra l., mayor de edad, casa· do, Abogado--y Notario y del domicilio de Granada.

Resulta:

1 Que al terminar la Glosa Administrativa,

el suscrito Contador de Glosa, Francisco J. Uriarte Ubilla, por auto de las onqe y media de la mañana del día tres de Octubre de mil novecientos sesenta y seis, pasó las diligen­cias al conocimiento del señor Presidente del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley;

en tal virtud, esta Superioridad ordenó por auto de las doce pasado meridiano del día tres de Octubre de mil novecientos sesenta y seis, al folio catorce, que el suscrito ve­rificara el Trámite Judicial y Fallo, razón por la que fue puesto el "Cómplase" en au· to de las once de la mañana del día seis de Octubre de mil novecientos sesenta y seis, abriéndose la Glosa Judicial de esta Cuenta.

11 Que por auto de · 1as onqe y media de la

mañana del día seis de Octubre de mil no­vecientos sesenta y seis, el suscrito mandó al señor Fiscal General de Hacienda, que se personara a la presente causa, en su carác· ter de actor, de conformidad con la Ley.

111 Que en escrito del veintidós de Noviem­

bre de mil novecientos sesenta ·y seis, el se­ñor Fiscal General de Hacienda, doctor Sal­vador Buitrago Ajá, ostentando nombrami'en­to del Ejecutivo, que lo acredita como tal, pidió se le tuviera por personado en el pre­sente Juicio, como actor. El suscrito lo tu­vo por personado en auto de las once y diez minutos de la mañana del día veintidós de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis, que corre al reverso del folio dieciséis del presente expediente, mandando a dársele los traslados de Ley.

IV Que en escrito que corre al reverso del fo­

lio dieciséis, presentado a las diez de la ma· ñana del día veintitrés de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis, el señor Fiscal General de Hacienda, devolvió el traslado y dice: "Que estando correcta la Glosa Admi­nistrativa de la Cuenta del señor Gernando A. Cuadra L., Secretario-Tesorero de la Escue­la Normal Anexa al Instituto Nacional de Oriente (Granada) y, que no habiendo na· da que objetar a ·la misma, ni en la 'parte Contable ni en la Legal, puesto que los Re­paros• que se I~ formularon, fueron desvane­cidos de conformidad con las razones escri­tas al margen de cada uno de ellos y, renun­ciando al resto de trámites, ruego a usted dictar la sentencia que ¡en Derecho correspon­de" y,

considerando: Que siendo cierto lo dicho por las partes,

que todos los reparos formulados en la Glo­sa Administrativa, fueron desvanecidos, se­gún lo expresan las razones puestas al mar­gen de cada reparo y documentos anexos a este expediente y siendo que el señor Fiscal General de Hacienda, en su calidad de actor, se muestra conforme con tal Cuenta y pide se dicte sentencia y habiendo renunciado al resto de trámites, l¡e está en el caso de re-solver; ·

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

del señor Fiscal General de Hacienda, corri­dos los trámites de• Derecho, con apoyo en el Arto. 151 de la Ley Reglamentaria del Tribu-

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LA. GACETA-DIARIO OFICIAL '2769

nal de Cuentas de 15 de Diciembre de 1899, segunda edición oficial en vigencia y Decreto Ejecutivo N" 79 del 30 de Mayo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Con­tabilidad Fiscal vigente, el suscrito Contador, en nombre de la República de Nicaragua, de­finitivamente,

F a 1 1 a: Apruébase la cuenta del señor Secretarlo­

Tesorero de la Escuela Normal Anexa al Ins­tituto Nacional de Oriente (Granada), De­partamento de Granada, correspondien~ al período administrativo comprendido del pri­mero de Mayo de mil novecientos sesenta y cinco al treinta de Abril de mil novecientos sesenta y seis, de que se ha hecho mérito. En consecuencia, declárase Solvente y Libre· con la Hacienda Pública de Nicaragua, al Cuentadante señor doctor Fernando A. Cua­dra L., y a su fiador solidario, por lo que hace al período relacionado.

Líbrese copia de esta resolución al inte­resado para que le sirva de suficiente Fini­quito. Cópiese, notifíquese, publfquese en "La Gaceta", Diario Oficial y archívese.

Francisco J. Uriarte U., Contador de Glosa.

Julio Zelaya C., Secretario del Tribunal de Cuentas.

Tribunal de Cuentas de la República de Nicaragua. Sala de Examen. Managua, Distri­to Nacional, cinco de Enero de mil novecien­tos sesenta y siete. Las diez de la mañana.

Vistas las presentes diligencias incoadas con motivo de la rendición de la cuenta del Secretario-Tesorero del Instituto Nacional de Juigalpa, correspondiente al período admi­nistrativo de Mayo de mil novecientos s,esen­ta y cuatro al treinta de Abril de mil nove­cientos sesenta y cinco, llevada por. Víctor Marín G., mayor de edad~ casado, 'Oficinista y del domicilio de Juigalpa,

Resulta: 1

Que al terminar la Glosa Administrativa, el suscrito Contador de Glosa, Francisco J. Uriarte Ubilla, por auto de las ocho y media de la mañana del día diecisiete de Agosto de mil novecientos sesenta y seis, pasó las dili­gencias al conocimiento del señor Presiden­te del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley; en tal virtud, ·esta Superioridad ordenó por auto de las nueve de la mañana del día diecinueve de Agosto de mil novecientos se­senta y seis, al folio número dieciocho, que el suscrito verificara el Trámite Judicial, ra­zón por la que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las doce pasado meridiano del día veintitrés de Septiembre de mil novecientos sesenta y seis, abriéndose la Glosa Judicial de esta cuenta.

11 Que por auto de las doce y media de la

tarde del día veintitrés de Septiembre de mil novecientos sesenta y seis, el suscrito mandó al señor Fiscal General de Hacienda, que se personara a la presente causa, en su carác­ter de actor, de conformidad con la Ley.

111 Que en escrito del veintiuno de Noviem·

bre de mil novecientos sesenta y seis, el se­ñor Fiscal General de Hacienda, doctor Sal­vador Buitrago Ajá, ostentando nombramie~­to del Ejecutivo, que lo acredita como tal, pi­dió se le tuviera por personado en el presen· te juicio, como actor. El suscrito lo tuvo por personado en auto de las ocho y media de la mañana del día veintidós de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis, que corre al reverso del · folio veinte del presente expe­diente, mandando a dársele los traslados de Ley.

IV Que en escrito que corre al reverso del fo­

lio veinte; presentado a las once de la ma­ñana del día veintidós de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis, el señor Fiscal General de Hacienda, devolvió el traslado y dice: "Que estando correcta la Glosa Admi­nistrativa de la Cuenta del ·señor Víctor Ma­rfn G., Secretario-Tesorero del 1 nstituto Na­cional de Juigalpa, que no habiendo nada que objetar a la misma, ni en la parte Con­table ni en la Legal, pvesto que los reparos que se le formularon, fueron desvanecidos de conformidad con las razones escritas al margen de cada uno de ellos y, renunciando al r'esto de trámites, ruego a usted dictar la sentencia que en Derecho corresponde; y

considerando: Que siendo cierto lo dicho por las partes,

que todos los reparos formulados en la Glo­sa Administrativa, fueron desvanecidos, se­gún lo expresan las razones puestas al mar­gen de cada reparo y documentos anexos a este. expediente y siendo que el señor Fiscal General de Hacienda, en su calidad de actor, se muestra conforme con tal Cuenta y pide se dicte sentencia y habiendo renunciado al resto de trámites, se está en el caso de re­solver,

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión del

señor Fiscal General de Hacienda, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 151 de la Ley Reglamentaria del Tribu· nal de Cuentas de 15 de Diciembre de 1899, segunda edición oficial en vigencia y Decre­to Ejecutivo N'? 79 del 30 de Marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Contabilidad Fiscal vigente, el suscrito Con­tador, en nombre de la República de Nicara­gua, definitivamente

F a 1 1 a:· Apruébase la cuenta del señor Secretario

Tesorero del Instituto Nacional de Juigalpa, Departamento de Chontales, correspondiente al período administrativo comprendido del primero de Mayo de mil novecientos sesenta

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2770 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

y cuatro al treinta de Abril de mil novecien­tos sesenta y cinco, de que se ha hecho mé­rito. En consecuencia, declárase Solvente y Libre con la Hacienda Pública de Nicara­gua al Cuentadante señor Víctor Marfn G. y a su fiador solidario, por lo que hace al pe­ríodo relacionado.

Líbrese copia de esta resolución al intere­sado para que le sirva de suficiente Finiqui­to. Cópiese, notiffquese, publíquese en "la Gaceta", Diario Oficial y archívese.

Francisco J. Uriarte Ubilla, Contador de Glosa.

Julio Zelaya G., ·Secretario del Tribunal de Cuentas.

Tribunal de Cuentas de la República de Nicaragua. Sala de Examen. Managua, Distri­to Nacional, cinco de Enero de mil novecien­tos sesenta y siete. Las doce y cuarenta mi­nutos de la tarde.

Vistas las presentes diligencias incoadas con motivo de la rendición de la cuenta del Director de la Academia Militar de Nicara­gua, correspondiente al período administra­tivo de Enero a Junio de mil novecientos se­senta y seis, llevada por el señor Edmundo Rocha B., Coronel G. N. ( lnf.), mayor de edad, casado, militar y del domicilio de Ma­nagua,

Resulta:

1

Que al terminar la Glosa Administrativa, · el suscrito Contador de Glosa, Adán Sánchez

J., por auto de las ocho y quince de la ma­ñana del día nueve de Noviembre d€· mil no­vecientos sesenta y seis, pasó las diligencias al conocimiento del señor Presidente del Tri­bunal de Cuentas para los· fines de Ley; en tal virtud, esta Superioridad ordenó por au­to de las once de la mañana del día nueve de NovJembre de mil novecientos sesenta y seis, al folio número diez, que el suscrito ve­rificara el Trámite Judicial y Fallo, razón por la que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las nueve de la mañana del día quince de noviembre de mil novecientos sesenta y seis, abriéndose la Glosa Judicial de esta cuenta.

11 Que por auto de ias siete y treinta minu­

tos de la mañana del día veintidós de No­viembre de mil novecientos sesenta y seis, el suscrito mandó al señor Fiscal General de Hacienda, que se personara a la presente cau­sa en su carácter de actor, de conformidad con la Ley.

111 Que en escrito del veintidós de Noviem­

bre de mil novecientos sesenta y seis, al se­ñor Fiscal General de Hacienda, doctor Sal­vador - Buitrago Ajá, ostentando nombra-

miento del Ejecutivo, que lo acredita como tal, pidió se le tuviera por personado en el presente juicio, como actor. El suscrito lo tuvo por personado en auto de las nueve y media de la mañana del día doce de Diciem­bre de mil noveciento sesenta y seis, que co­rre al reverso del folio once del presente ex­pediente, mandando a dársele los traslados de Ley.

IV Que en escrito que corre al reverso del fo­

lio once, presentado a las once y treinta mi­nutos de la mañana del día doce de Diciem­bre de mil novecientos se:;enta y seis, el se­ñor Fiscal General de Hac;enda devolvió el traslado y dice: "Que estando correcta la Glosa Administrativa de la cuenta del señor Edmundo Rocha B., Dirc~~or de la Academia Militar de Niccragua, que no habiendo nada que objetar a la misma, ni en la parte Con­table ni en la Legal, puesto que los reparos que le formularon, fueron desvanecidos de conformidad con las razones escritas al mar­gen de cada uno de ellos y, renunciando al resto de trámites, ruego a usted dictar la sen­tencia que en Derecho corresponde" y,

c o n s i d e r a ·n d o :

Que siendo cierto lo dicho por las partes, que todos los reparos formulados en la Glo­sa Administrativa, fueron desvanecidos, se­gún lo expresan las razones puestas al mar­gen de cada reparo y documentos anexos a este expediente y siendo que el señor Fiscal General de Hacienda, en su calidad de actor, se muestra conforme con tal cuenta y pide se dicte sentencia y habiendo renunciado al resto de trámites, se está en el caso de re­solver,

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión del

señor Fiscal General de Hacienda, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto.1 151 de la Ley Reglamentaria del Tri­bunal de Cuentas de 15 de Diciembre de1899, segunda edición oficial en vigencia y Decreto Ejecutivo Nc:> 79 del 30 de Marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Con­tabilidad Fiscal vigente, el suscrito Contador, en nombre de la República de Nicaragua, de­finitivamente,

F a 1 1 a: Apruébase la cuenta del señor Director de

la Academia Militar de Nicaragua, situada en la ciudad de Managua, Departamento de Ma­nagua, correspondiente al período adminis­trativo comprendido del primero de Enero al treinta de Junio de mil novecientos sesen­ta y seis, de que se ha hecho mérito. En con­secuencia, declára~e Solvente y Libre con la Hacienda Pública de Nicaragua, al Cuenta­dante señor Edmundo Rocha B., Coronel G. N,. (lnf.), y a su fiador solidario, por lo que hace al período relacionado.

Líbrese copia de esta resolución al inte­resado para que le sirva de suficiente Fini-

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2771

quito. Cópiese, notifíquese, publíquese en "l:.a Gaceta", Diario Oficial y archívese.

Adán Sánchez J., -Contador de Glosa.

Julio Zelaya G., Secretario del Tribunal de Cuentas.

Tribunal de Cuentas de la República de Nicaragua. Sala de Examen. Managua, Distri­to Nacional, cuatro de Enero de mil nove­cientos sesenta y siete. Las diez y media de la mañana.

Vistas las presentes diligencias incoadas con motivo de la rendición de la cuenta del Administrador de Rentas de Ocotal, corres­pondiente al período administrativo de Ene­ro a Junio de mil novecientos sesenta y cin­co, llevada por el señor Ignacio Mantilla Mu­ñoz, mayor de edad, casado, oficinista y del domicilio de Ocotal.

Resulta: 1

Que al terminar la Glosa Administrativa, el suscrito Contador de Glosa, Adán Sánchez Jiménez, por auto de las nueve de la maña­na del día diez de Octubre de mil novecien­tos sesenta y seis, pasó las diligencias al co­nocimiento del señor Presidente del Tribu­nal de Cuentas, para los fines de Ley; en tal virtud, esta Superioridad ordenó por auto de las once de la mañana del día diez de Octu­bre de mil novecientos sesenta y seis, al fo­lio número diecisiete, que el suscrito verifi­cara el trámite judicial y fallo, razón por la que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las nueve de la mañana del día dieciocho de Oc­tubre de mil novecientos sesenta y seis, abriéndose la Glosa Judicial de esta cuenta.

11 Que por auto de las diez de la mañana del

día dieciocho de Oc'tubre de mil novecientos sesenta y seis, el suscrito mandó al señor Fiscal General de Hacienda que se persona­ra a la . presente causa, en su carácter de actor, de conformidad con la Ley.

. 111 Que en escrito del diecinueve de Octubre

de mil novecientos sesenta y seis, el señor Fiscal General de Hacienda, doctor Salvador Buitrago Ajá, ostentando nombramiento del Ejecutivo, que lo acredita como tal, pidió se le tuviera por personado en el presente jui­cio, como actor. El suscrito lo tuvo por personado en auto de las ocho de la maña­na del día siete de Noviembre de mil nove­cientos sesenta y seis, que corre al reverso del folio dieciocho del presente expediente, mandando los traslados de ley.

IV Que en escrito que corre al folio diecinue­

. ve, presentado a las diez de la mañana del día nueve de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis, el señor Fiscal General de Ha-

cienda, devolvió el traslado y dice: "Que es­tando correcta la Glosa Administrativa de la cuenta del señor Ignacio Mantilla Muñoz, Administrador de Rentas de Ocotal, que no habiendo nada que objetar a la misma, ni en la parte Contable ni en la Legal, puesto que los reparos que se le formularon fueron des­vanecidos de conformidad con las razones escritas al margen de cada uno de ellos y, renunciando al resto de trámites, ruego a usted dictar la sentencia que en Derecho co­rresponde" y, .

Considerando: Que siendo cierto lo dicho por las partes,

que todos los reparos formulados en la Glo­sa Administrativa, fueron desvanecidos, se­gún lo expresan las razones puestas al mar­gen de cada reparo y documentos anexos a este expediente y siendo que el señor Fiscal General de Hacienda, en su calidad de actor, se muestra conforme con tal cuenta y pide se dicte sentencia y habiendo renunciado al resto de trámite, se está en el caso de resol-ver.

Por Tanto: Con tales antecedentes, . oída la opinión

del señor Fiscal General de Hacienda, corri­dos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 151 de la Ley Reglamentaria del Tribu­nal de Cuentas de 15 de Diciembre de 1899, segunda edición oficial en vigencia y Decreto Ejecutivo N<? 79 del 30 de Marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Contabilidad Fiscal vigente, el suscrito Contador, en nombre de la República de Ni­caragua, definitivamente,

F a 1 1 a: Apruébase la cuenta del señor Adminis­

trador de Rentas de Ocotal, Departamento de Nueva Segovia, correspondiente al perío­do administrativo comprendido del primero de Enero al último de Junio de mil novecien­tos •sesenta y cinco, de que se ha hecho mé­rito. En consecuencia, declárase Solvente y Libre con la Hacienda Pública de Nicaragua al Cuentadante señor Ignacio Mantilla Mu­ñoz, y a su fiador solidario, por lo que hace al período relacionado.

Líbrese copia de esta resolución al intere­sado para que le sirva de suficiente Finiqui­to. Cópiese, notifíquese, publíquese en "La Gaceta", Diario Oficial y archívese.

Adán Sánchez J., Contador de Glosa.

Julio Zelaya G., Secretario del Tribunal de Cuentas.

Ministerio de Economía, lnC:Justria y Comercio

SEXXllON DE PATENTES DE NICARAGUA

Marcas de Fábrica .teg. No. 3638 - B/U 973333 - Valor IS 43.00

Brlstol-Myers Company~ mediante apoderado so­licita registro Marca:

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2772 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

"VISI-TROL" Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Febre­

ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Vi­llanueva, Secretario ..

3 3

Reg. No. 3637 - B/U 973326 - Valor CS! 45.0Ó N. V. Organon, mediante apoderado solicita re­

gistro Marca: "DEXA TOPIC"

Para: Cláse 9. Oyense oposiciones.

Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Febre­ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sán­chez Cordero, Comisionado de Patentes. José A. Villanueva G., Secretario.

3 3

Reg. No. 3636 - B/U 973307 - Valor CS! 45.00 Caryl Rlchards, Inc., mediante apoderado soli­

cita registro Marca: "CARYL RICHARDS"

Para: Clase 7. Oyense oposiciones.

Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Febre­ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado de Patentes. - ·José A. Vi­llanueva, Secretario ..

3 3

Reg. No. 3635 - B/U 973309 - Valor ~ 45.00 E. R. Squibb & Sohns, Inc., mediante apoderado

solicita registro Marca : "VERMINUN"

Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Febre­

ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sán­chez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Villanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 3634 - B/U 973332 ...,... Valor CS! 45.00 Schlumberger Limited (SCHLUMBERGER N.

V.), solicita registro Marca: SCHLUMBERGER

Para: Clases 8, 12, 22, 29, .41. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veintisiete Febre­

ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado Patentes. - José A. Villa-nueva, Secretario. ·

3 3

Reg. No. 3633 - B/U 973331 - Valor CS! 45.00 Litton Business Systems, Inc., mediante apode­

rado solicita registro Marca: "ROYAL"

Para: Clase 29. Oyense oposiciones.

Oficina Patentes. Managua, veintisiete Febrero mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado Patentes. - José A. Villa­nueva, Secretario.

.. ' 3 3

Reg. No. 3632 - B/U 973321 - Valor CJ: 45.00 Yardley & Company Limited, mediante apodera-

do solicita registro Marca: ; "BLACK LABEL"

Para: Clases 6, 7. Oyense oposiciones. ~ . _ Oficina Patentes. Managua, veintisiete Febre-

ro mil novecientos sesentlocho. - Roberto Sánchez

Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Vi· llanueva, Secretarlo.

3 3

Reg. No. 3631 .....;. B/U 973329 - Valor CS! 45.00 Monsanto Company, mediante apoderado solici­

ta registro Marca: "MONCLoR"

Para: Clase 8. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veintisiete Febre·

ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Vi· llanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 3630 - B/U 973328 - Valor ~ 45.00 The Upjohn Company, mediante apoderado so­

licita registro Marcas: "ENIDE" "BIO-DELTA" "KAOBIOTIC"

Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Fe­

brero mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sán­chez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Villanueva, Secretario. ·

3 3

Reg. No. 3629 - B/U 973327 - Valor CS! 45.00 V oliswagenwerk Aktiengesellschft, mediante,

apoderado solicita registro Marcas: "VOLKSWAGEN" "V W"

Para : Clase 22. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Febre­

ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Vi-llanueva, Secretario. ·

3 3

Reg. No. 3628 - B/U 973325 - Valor CS! 45.00 N. V. Organon, mediante apoderad<> solicita re­

gistro Marca : "CORTROSINA"

Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Febre­

ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordeh>, Comisionado de Patentes. - José A. Vi­llanueva, Secretarlo.

3 3

Reg. No. 3627 - B/U 973324 - Valor CS! 45.00 Nestlé S. A., mediante apoderado BOlicita re­

gistro Marca : "BABEX"

Para: Clases 9, 49. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veintisiete Febre­

ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sán­chez Cordero, Comisionado de Patentes. José A. Villanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 3626 - B/U 973323 - Valor CS! 45.00 Un!ted States Borax & Chemical Corporation,

mediante apoderado solicita registro Marca: "U S. BORAX"

1 Para: Clase 8. ' Oyense oposiciones.

Oficina Patentes. Managua, veintisiete, Febre· ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sán· chez Cordero, Comisionado Patentes.·- José Vi~ llanueva, Secretarlo.

3 3

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2773

Reg. No. 3625 - B/U 973322 - Valor CS: 45.00 American Cyanamid Company, mediante apode­

rado solicita registro Marca: "PINE-SOL"

Para: Clase 6. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Enero

mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado de Patentes ........ José A. Vi­llanueva, Secretario.

3. 3

Reg. No. 3624 - B/U 973320 - Valor CS: 45.00 Plant Protection Llmited, mediante Gestor Ofi­

cioso solicita registro Marca: "AGROXONE"

Para: Clase 8. Oyense oposiciones.

Oficina Patentes. Managua, veintisiete Febrero mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Vl­llanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 3623 - B/U 973319 - Valor CS: 45.00 Joyce, Inc., mediante Gestor Oficioso solicita re­

gistro Marca: "JOYCE CALIFORNIA"

Para: Clase 42. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, nueve Febrero mil

novecientos sesentlocho. - Roberto Sánchez Cor­dero, Comisionado de Patentes. - José A. Villa­nueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 3622 - B/U 973318 - Valor CS: <15.00 American Cyanamid Company, mediante apode­

rado solicita registro Marca: "BRECK"

Para: Clase 7. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veintisiete Febrero

mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sánchez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Vi-llanueva, Secretario. ·

3 3

Reg. No. 3619 - B/U 973315 - Valor CS: 45.00 The Goodyear & Rubber Company, mediante

apoderado solicita registro Marca: ''UNISTEEL''

Para: Clase 38. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, nueve Febrero

mil novecientos sesentiocho. ...... Roberto Sánchez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Vl­llanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 3618 - B/U 973314 - Valor CS: 45.00 Promociones-Inversiones Internacionales S. A.

(PROINSA), solicita registro Marca de Servi­cio:

"PROINSA" Consultoria, Promoción, Asesorla y Estudios

profesionales, Industrias. Oficina Patentes. Managua, nueve Febrero mil

novecientos sesentlocho. - Roberto Sánchez Cor­dero, Comisionado Patentes. - José Villanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 3604 - B/U 971177 - Valor CS: 45.00 Farbenfabriken Bayer Aktiengesellschaft, soll­

éita registro: COMBELEN NAGANOL

Clase 9. Opónganse.

Registro Propiedad Industrial. Managua, dieci­nueve Agosto mil novecientos sesentlocho. - En­rique Meneses Pefta, Registrador de la Propie­dad Industrial. - José Villanueva, Secretario.

- ¡¡ :;

Reg. No. 3614 - B/U 973306 - ·Valor CS: 45.00 N. V. Organon, mediante apoderado solicita re­

gistro Marca: · "BREDON"

Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Oficina Patentes. Managua, veinticuatro Febre­

ro mil novecientos sesentiocho. - Roberto Sán­chez Cordero, Comisionado de Patentes. - José A. Villanueva, Secretario. . 3 3

Reg. No. 3639 - B/U 973419 - ([90.00 A-H·Robins, mediante apoderado, solicita re­

gistro Marcas: "ALLBEE", "ENTO~".

"OONNATAL", "PHENAPHEN", "PABALATE", "ROBITUSSIN"

Para: Clase 9. Oyense oposiciones. . Registro de Propiedad Industrial, Managua,

Veintidós Agosto mil novecientos sesentiocho. - Enrique Meneses Pei'ia, Registrador de la Propiedad Industrial. - José A. Villanueva, Secretario. 3 3

Reg. No. 3640 - B/U 973418 - ([90.00 · A-H-Robins Company, mediante apoderado, solicita registro Marca:

"OONNAGEL"", "OONNAZYME", "ROBIN UL", "QUINIDEX EXTENTABS" "ARTHRALGEN",

"DONNA EXTENTABS", "DONNALATE", "EXNA", "ROBALATE", "OONNAGESIC

EXTENTABS" "SKELAXIN" "STENTAL ÉXTENTABS".'

Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Registro de Propiedad Industrial, Managua,

Veintidós Agosto mil novecientos sesentiocho. - Enrique Meneses Peña, Registrador de la Propfedad Industrial. - José A. Villanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 3641 - B/U 973417 - (1;90.00 A-H-Robins, mediante apoderado, solicita re­

gistro Marca: "VITAPETS", "SKIP-FLEA",

"SKIP·BATH", "SERGEAN'S" Para: Clase 9. Oyense oposiciones. Registro Propiedad Industrial, Managua.

Veintidós Agosto mil novecientos sesentiocho. ·- Enrique Meneses Peña, Registrador de la Propiedad Industrial. - José A. Villanueva, Secretario.

3 3

Reg. 3769 - B/U 978161 - C$ 45.00 Rosibel y Haydee Flores Compnflla Limitada,

solicita registro : .

Para: Clase 48 Opónganse.

CHO-COA

Registro Propiedad Industrial. Managua, seis Septiembre mil novecientos sesentlocho. - En~ rtque Meneses Pefla, Registrador de la Propie· dad Industrial. - José Villanueva, Secretarlo

8 2

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2774 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

SECCION JUDICIAL

Remates Reg. 3808 - B/U 978976 - C$ 90.00

Diez mafiana ventil:!éis septiembre en curso, local este Juzgado venderáse al mejor postor, -automóvil DATSUN, modelo 1966.

Ejecuta: Roberto Portillo !barra a Ronaldo Zamora Fonseca y Aida Loáisiga de Zamora.

Oy.:-nse posturas : Managua, nueve de Septiembre de mil nove­

cientos sC'senta y ocho. - Juzgado Primero de lo Civil del Distrito. - l. Palma M. - F. Casti­llo F., Secretario.

Es conforme: - F. Castillo F., Secretario. 3 3

Re{;. 3800 - B/U 978773 ·__: C$ 90.00 Once mafiana· treinta Septiembre próximo

subastaráse mejor postor "Torquel" seiscientos cincuenta acres, situada Eluefields, Linderos: Norte, E. F. Sheperd; Sur Henry F. Butz; Es­te, Sheperd; Oeste terreno Nacional.

Avalúo ocho mil setecientos cincuenta córdo­bas.

Ejecuta: Banco Vivienda contra Henry Clay Bowie.

M:magua seis septiembre mil novecientos se­senliocho. - Juzgado lo. Civil de Distrito. -I. Palma Martinez.

3 s · Reg. 3817 - B/U 917895 __: C$ 90.00 Once mañana treinta Septiembre corriente,

subastaráse este Juzgado, casa solar esta ciu­dad, limitada: Oriente, Anibal Chamorro; Po­niente, herederos Dionisio Rodriguez; Norte, calle; Sur, Felipe Sacasa, Rio de Oro.

Base: tres mil setecientos W:inte córdobas. Ejecución: APREMUSCA contra Isabel San­

doval viuda de Rodriguez. Secretaria Juzgado Civil Distrito. Rivas, cin­

co Septiembre mil novecientos sesentiocho. -Moisés S. Cole, Secretario.

8 3

Rcg. 3816 - B/U 917886 - C$ 90.00 Tres tarde, treinta Septiembre corriente año,

subastaráse, este Juzgado, fincas rústicas esta Jurisdicción treintitrés manzanas: Norte, Abra del Canal; Sur, Mercedes SQlis; Oriente, La Fe; Poniente, Camino; b) una manzana, Norte, Ar­caclio Tijerino; Sur, Calle; Oriente, Francisco Baltodano; Poniente, Raymundo Baltodano.

Ejecuta: Carmelina Lezama a Ildefonso Espi-no:>..a.

Base: Seiscientos C'..órdobas. Oyense posturas. Juzgado Local Civil.· Rivas, cinco Septiembre

mil novecientos sesentiocho. - Gladys de To­rres, Secretaria.

3 3

Reg. 3810 - B/U 979080 C$ 180.00 Local este Juzgado venderáse al martillo bie­

nes pignorados: Unidad Dental "Sirona RSK, Tipo 742, color crema con plomo, Braket, lám­para, sistema aire caliente, agua, escupidera, sistema poleas para taladro; sillón dental me­cánico, color crema con tapizado negro; un esterilizador de aire caliente color ·crema; una banquete para operar; un gabinete dental pa­ra instrumentos; una cubeta para desperdicios; un aparato aire acondicionado de un caballo de fuerza, de 10.500VTU.

Ejecución: Banco de América vs. Dentistas Unidos, S. A. y Drs. César Sánchez Uriza y Ma­rio Garcia MendiPta.

Dado Juzgado 2o. de lo Civil del Distrito. Ma­naguat cinco de Septiembre de mil novecientos

. 1

sesentiocho. La.q cuatro de la tarde. - R. Duar­te M., Juez. - M. L. de Rodríguez, Sria.

3 3

Reg. 3754 - B/U 917826 - C$ 180.00 Once mafíana cuatro Octubre próximo subas­

taráse este Juzgado rústica, esta jurisdicción: San Jacinto con cuatro lotes: Oriente, Poniente, misma finca; Norte, José Antonio Gómez; Sur Chocolata. Oriente, Natalia Mejía; Poniente, Arturo Suárez; Norte, Pital; Sur, Chocolata. Oriente, Natalia Mejía; Poniente, Benicio Suá­rez; Norte, Pital; Sur, Chocolata. Oriente, Vi­cente Urcuyo; Poniente, Natalia Mejia; ~orte, Antonio Gómez; Sur, Chocolata.

Base: sesenUnueve mil trescientos córdobas. Venderánse al martillo: Noventicinco vacas

paridas; ciento cinco vacas horras; cinco to­ros; motor lister con generado1· ciento quince vatios. · Ejecución : Banco Nacional de Nicaragua contra José Arturo Suárez Mejía y· Dolores Sa­casa de Suárez.

Secretaria Juzgado Civil Distrito. Rivas, dos Septiembre mil novecientos sesentiocho. - Moi­sés S. Cole, Secretario

3 3

Reg. 3869 - B/U 944270 - C$ 45.00 Diez maftana veintiséis Septiembre subastará­

se rústica, Comarca Tolinapa, Jurisdicción Ca­moapa.

Ejecuta : Berta Rodriguez Arróliga a Félix Arróliga.

Avalúo: Mil córdobas. Oyense posturas.

Secretaria Juzgado Local Civil. - Bonco, diez Septiembre mil novecientos sescntiocho. So-corro Rodríguez.

3 3

Reg. 3868 - B/U 944271 - C$ 45.00 Once mañana veintiséis Septiembre subastará­

se rústica, Comarca Tolinapa, Jurisdicción Ca­moapa.

Ejecuta: Félix Arróliga a Santos Silvano Ro-dríguez.

Avalúo: Mil córdobas. Oyense posturas. Secretaria Juzgado Local Civil. - Boaco

diez Septiembre mil novecientos scsentiocho. _: Socorro Rodríguez.

3 3

Títulos Supletorios Reg. No. 3706 - B/U 965287 - Valor ($: 45.00

Manuel Gómez Cano, solicita titulo Urbana, esta ciudad, Oriente, Mariano Chávez, Poniente, Le~nso Jalinas; Norte, Manuel Gómez; Sur, An­tonio Mendoza.

Oponerse. Juzgado Civil Distrito. Masaya, ocho Agosto

mil novecientos sesentiocho. - Carlos Martinez L. .

3 2

Reg. No. 3672 - B/U 963417 - Valor ($: 90.00 José Benigno Dávila, solicita supletorio predio

rústico, lindante: Norte, Francisco Galo; Sur, An­tonio Mairena; Oriente, Francisco Galo y Ponien­te, José Benigno Dávila. El predio cita Comarca Si rama.

Opónganse. Juzgado Local Civil. Chichigalpa Julio veinti­

dós de mil novecientos sesenta y siete. - Pablo Emilio Barboza V., Srio.

3 2

Reg. No. 3716 - B/U 916226 - Valor ~ 45.00 Carmelo Martlnez supletorio urbano Oriente,

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2775

Felicita Mairena; Poniente, Pio Treminio; Norte, Macaria Valverde; Sur, Inés Silva.

Doscientos córdobas. Opónganse. Juzgado Civil Sauce veintinueve Agosto sesen­

tiocho. - Luis Mendoza, Srio. 3 2

Reg. 3867 - B/U 944272 - C$ 45.00 Nueve mañana veintiséis Septiembre subasta­

ráse rllstica, Comarca Tolinnpa, Jurisdicción Ca­moapa.

Ejecuta: Santos SilvRno Rodrlguez a Félix Arróliga.

Avalllo: Mil córdobas. Oyense posturas. Secretaria Juzgado Local Civil. - Boaco, diez

Septiembre mil novecientos sesentiocho. So-corro Rodríguez.

3 2

Cí tase a Acreedores de Sociedad "Griffith y Compañía Limitada"

Reg. 3900 - B/U - <$ 120.00 Yo, Pilar Acuña hijo, Secretario del J uz­

gado Inventariante de los bienes de la ca­sa quebrada "Griffith y Compañía Limita­da", a Uds., señores: Banco Nacional de Nicaragua; Banco de Londres y Montreal; Bank of America National Trust and S. A.; Inversiones Nicaragüenses de Desarrollo, S. A.; Compañía Almacenadora del Pací­fico; P. J. Frawley; Instituto Nacional de Seguridad Social; Abonos Superiores, S. A.; Señor Representante del Ministerio Pú­blico; señor Representante del Fisco y a todos los demás acreedores que pudieran existir, por vía de notificación les hago sa­ber, que dentro de dichas diligencias ha re­caído el auto que literalmente dice:

"Notaría Pública y Juzgado Inventarian­te. Managua, Distrito Nacional, doce de Septiembre de mil novecientos sesenta y ocho. Las nueve de la mañana. -En virtud de la solicitud que antecede, procédase a la facción del Inventario Solemne y avalúo de los bienes de la Sociedad Quebrada de­nominada "Griffith y Compañía Limita­da". Cítase a los acreedores señores: Banco Nacional de Nicaragua; Banco de Londres y Montreal; Bank of America National Trust And S. A.; Inversiones Nicaragüen­ses de Desarrollo, S. A.; Compañía Alma­cenadora del Pacífico; P. J. Frawley; Ins­tituto Nacional de Seguridad Social; Abo­nos Superiores, S. A.; al señor Represen­tante del Ministerio Público; al señor Re­presentante del Fisco; y a todos los demás acreedores que pudieran existir para que dentro del término de diez días comparez­can a estar a derecho en las presentes di­ligencias. Nómbrase Secretario de actua­ción, al sefior Pilar Acuña hijo, a. quien se

le hará saber este nombramiento para su aceptación y demás efectos. Por cuanto son más de seis las personas citadas, de confor­midad con el Artículo 123 Pr., cítase por medio de 'La Gaceta', Diario Oficial, a los nominados acreedores y demás personas in­teresadas en el inventario que nos ocupa. Diríjase oficio al señor Juez Primero Civil del Distrito y al señor Juez Segundo Civil del Distrito, informándoles de haber dicta­do el presente auto y agréguese su contes­tación a estas diligencias. -L. A. Benda­ña B. Ante mí: Ene. Fletes B., Notario Pú­blico".

Es conforme: Managua, Distrito Nacio­nal, trece de Septiembre de mil novecientos sesenta y ocho. Pilar Acuña hijo, Srio.

Sentencias de Divorcio Reg. 3764 - B/U 965507 - C$ 15.00

Por Sentencia 11 am. del 30 de Agosto 1968, declaróse disuelto el matrimonio de Rosa Barrios y Jorge Baca. - Fan. Té­lléz M., Secretario. Sala Civil Corte Ape-laciones, Masaya. ·

1

Reg. 3811 - B/U 835401 - C$ 45.00 Por sentencia dictada por Sala Civil

Corte de Apelaciones de León, a las nue­ve y cinco minutos de la mañana, trece de Febrero del corriente año, declaróse disuelto por mutuo cQnsentimiento matri­monio civil contraído por Eduardo Ro­que Rojas, chofer y Martha del Rosario Cerros, de oficios domésticos, ambos ma­yores de edad, casados y del domicilio de . Chinandega.

León, veinte de Abril de mil novecientos sesenta y ocho. - Raúl Bermúdez, Secre­tario Sala Civil Corte de Apelaciones de León.

1

Reg. 3812 - B/U 879526 - C$ 45.00 Por sentencia dictada por Sala Civil

Corte de Apelaciones de León, a las nue­ve y cinco minutos de la mañana, dieci­nueve de Diciembre de mil novecientos sesenta y siete, declaróse disuelto por mu­tuo consentimiento el vínculo matrimo­nial civil que une a los Señores Alfonso Herrera Mendoza, chofer y Antonia Pi­cado Hernández, de oficios domésticos, ambos mayores de edad, casados y del domicilio de Chfo.andega. ·

León, cinco de Junio de mil novecientos sesenta y ocho. - Raúl Bermúdez Baca, Secretario de la Sala de lo Civil de la Corte de Apelaciones de León.

l

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2776 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

INDICE DE "LA GACETA"

(Continúa)

BANCO NICARAGUENSE

Balance Gral. al 31 Dic. de 1964 . . . . . . . . . . . . . . . . . . Banco Nic. aumenta su capital social a <$'. 5 millones . . . . Aprobación Judicial de los Aumentos de Capital del B.N. y

Reformas sufridas por la sociedad . . . . . . . . . . . . . . Estado de G. y P. del lo. de Enero de 1964 al 31 de Dic.

de 1964 ............................... . Estado de G. y P. del 1 de Ene. de 1965 al 31 de Dic. de 1965 Balance Gral. al 31 de Dic. de 1965 : . . . . . . . . . . . . . . . Estado de G. y P. del lo., de Ene. al 31 de Dic. de 1966. Ba­lance Gral. al 31 de Dic. de 1966 . . . . . . . . . . . . . . . . . . Balance Gral. al 31 de Dic. de 1967. Estado de G. y P. del

lo. de Enero al 31 de Diciembre de 1967 . . . . . . . . . .

BANCO OBRERO

Ley Orgánica del Banco Obrero y Campesino . . . . . . . . . . lntégrase Junta Directiva y de vigilancia del Banco Obre-

ro y Campesino . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Período Legal de Miembro de Junta de Vigilancia del Banco

Obrero y campesino . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Llénanse vacantes producidas en las juntas Directivas y Vi­

gilancia del Banco Obrero y Campesino . . . . . . . . . . .

BANCO DE LA VIVIENDA

GACETA No

NQ 227

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo NQ 136 Consejo de Ministros Integra Directorio del Banco de la Vi-vienda de Nicaragua . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NQ 152 N ómbrase al señor Fausto Zelaya C. presidente del Banco

de la V. de Nic. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nº 152 Autorización al Ejecutivo para obtener préstamo para asis-

tir a Banco de la Vivienda de Nicaragua . . . . . . . . . . . NQ 3 Apruébase Urbanización Agateyte Realizada por el INVI

en el Puerto de Corinto .. · . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NQ 9 Balance Gral. al 31 de Dic. 1966-Estado de Productos y Gas-

tos del lo., de St. al 31 de Dic. de 1966 . . . . . . . . . . . . NQ 71 Nómbranse Miembros Propietario y Suplente 'del Direc-

torio del Banco de la Vivienda de Nic. . . . . . . . . . . . . NQ 230 Balance Gral. al 31 de Diciembre de 1967-Estado de Pro-

ductos y Gastos año 1967 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nº 50 Nómbrase Presidente· del Banco de la Vivienda de Nicaragua NQ 121

BIENES INMUEBLES (BI)

Adiciones y Reformas a las Leyes de Impuesto sobre Bie-nes Inmuebles y Otras . . . . . . . . NQ 279

BOLETIN JUDICIAL (BO)

Autorizase venta de Boletín Judicial correspondiente a 1963 Autorízase venta de Boletín Judicial e Indice . . . . . . . . . . Autorización a Almacén General de Especies Fiscales para

' poner a Venta Boletín Judicial ................. . Fónese a Venta PúbliGa ejemplares del Indice del Boletín . Judicial correspondiente a los años de 1961 y 1962 . . . . Autorízase venta de Boletín Judicial correspondiente a los

años 1965-1966 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

C Oantinuará).

FECHA

Feb. Feb.

Abr.

May. Feb. Mar.

Mar.

Feb.

May.

Jul.

Oct.

Ene.

Jun.

Jul.

Jul.

Ene.

Ene.

Abr.

Oct.

Feb. May.

Dic.

May. Jun.

Jul.

Ago.

Mar.

2,65 24,65

9,65

14,65 19,66 22,66

3,67

23,68

2,66

22,66

5,66

7,67

18,66

7,66

7,66

4,67

11,67

4,67

10,67

28,68 31,68

6,66

. 24,67 6,67

12,67

21,67

4,68