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REPUBLlCA DEL PERU
GOBIERNO R~:GIONAL PlURA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 8 41O09/GOBIERNOREGIONALPIURA-PR
Piura,
2 2 OIC2009VISTO: El Oficio N° 4693-2009/GRP-DRSP-DESP-DSS-PCC de fecha 17 deNoviembre de 2009, emitido por la Dirección Regional de Salud Piura; y,
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política del Perú establece en el Artículo 10° que el Estadoreconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para suprotección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad devida. Además prevé que el Estado determina la política nacional de salud y garantiza el libre
t..
~cceso a prestaciones de salud, a cargo de entidades públicas, privadas o mixtas y consolida
~T rectoría del Ministerio de Salud;Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece y
norma la estructura, organización, competencia y funciones de los Gobiernos Regionales,define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada, conforme a laConstitución Política del Perú ya la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783;
o<Qt.:...<~~: Que, la Ley N° 29124,regulael marcogeneralde la cogestióny participación"e}" ".\"" -z. iudadana para el primer nivel de atención en los Establecimientos de Salud del Ministerio de
, ~" J: alud y de las Regiones; para contribuir a ampliar la cobertura, mejorar la calidad y el accesoequitativo a los servicios de salud y generar mejores condiciones sanitarias con participaciónde la comunidad organizada, en el marco de la garantía del ejercicio del derecho a la salud, enconcordancia con el proceso de descentralización;
Que, el artículo 2° de la Ley N° 29124, establece que el Estado, a través delMinisterio de Salud, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, promueve laconformación, la extensión y el fortalecimiento de las Comunidades Locales de Administraciónde Salud - CLAS, y otras formas de cogestión que pudieran generarse, reconocidas por. laAutoridad Sanitaria Regional, garantizando la simplificación administrativa;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2008-SA, se aprueba elReglamento de la Ley N° 29124, estableciendo como una de las funciones del GobiernoRegional, implementar y adecuar la aplicación de los documentos normativos y disposicioneslegales de alcance nacional a su nivel de competencia, sin contravenir el proceso dedescentralización ni desnaturalizar la Ley y su Reglamento;
Que, el Artículo 13°, literal 1,del Reglamento de la Ley N° 29124, que establecela Cogestión y Participación Ciudadana para el Primer Nivel de atención en losEstablecimientos de Salud del Ministerio de Salud y de las Regiones; aprobado mediante elDecreto Supremo N° 017-2008-SA, establece que el Gobierno Regional designará a surepresentante en la Asamblea General de la CLAS, mediante Resolución Ejecutiva Regional;
<..
Que la Directiva N° 001-2009/GRP-PR, aprobada mediante Decreto RegionalN° 0O6-2009/GRP-PR, establece los procedimientos para la implementación del DecretoSupremo N° 017-2008-SA, Reglamento de la ley N° 29124, ley que establece la cogestión yparticipación ciudadana para los establecimientos del primer nivel de atención del Ministerio de
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REPlJBLICA DEL PERU
GOBmRNO R.:GIONAL PIURA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 84'-O9/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR2 2 DIC 2009
Salud y de las Regiones; siendo que en el numeral XIII, de la citada Directiva, inciso 1),corrobora lo estipulado en el Artículo 13°, señalado en el considerando anterior;
Que, el representante del Gobierno Regional Piura ante la Asamblea Generalde la CLAS, debe cumplir estrictamente las funciones para lo cual ha sido designado, conformea lo estipulado al Artículo 36° del Decreto Supremo N° 017-2008-SA, que aprueba elReglamento de la Ley N° 29124;
Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesorla Jurídica, GerenciaRegional de Desarrollo Social y de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional Piura;
En uso de las atribuciones conferidas al Despacho por Resolución EjecutivaRegional N° 411-2006/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR del 29 de Mayo del 2006, y su
"modificatoria, la Resolución Ejecutiva Regional N° 895-2006/GRP-PR del 21 de noviembre del~\2006, Ley N° 27783, Ley N° 27867 Ysu modificatoria Ley N° 27902 Y Ley N° 27444.»
ARTíCULO PRIMERO.- Designar a los Representantes del Gobierno Regional
<v~tJ\ d"'G' Piura ante las Asambleas de las Asociaciones CLAS, de la Red de Salud Morropón,¡¡~<:; "., ,:~" 1- Chulucanas, Red de Salud Sechura y Red de Salud Piura - Castilla, para que cumplan sus
g~~,~.!,. v ~ ~ funciones como tal y acorde a lo señalado en el considerando octavo de la presente resolución.I
ARTíCULO SEGUNDO.- Los Representantes del Gobierno Regional ante laCLAS, señaladas en el Artículo Primero, será de la siguiente manera:
RED DE SALUD MORROPÓN CHUlUCANAS.-
Aquiles Román Vargas
Erasmo García García
Ricardo Oliva Becerra
Juan Sullón Timaná
Petronila Yuliana Paz Manrique
Rodrigo Córdova Córdova
Pedro Chuquicuzma Robledo
CLAS Lalaquíz
CLAS El Higuerón
Juan Morales Guerrero
Otoniel Zurita Ticliahuanca
CLAS San Miguel del Faique Walter Ramírez Zurita
CLAS Batanes Segundo Leoncio Duque Mendoza
CLAS Pacaipampa
CLAS Nangay de Matalacas
CLAS Salitral
CLAS San Juan de Bigote
CLAS Buenos Aires
CLAS Chalaco
CLAS Silahua
REPUBLlCA DEL PERU
GOBIERNO RI:GIONAL PIURA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N°
847CLAS Yapatera
CLAS Km. 50
CLAS Frías
CLAS Parihuanas
CLAS Santa Catalina de Mossa
CLAS Tamboya
CLAS Yamango
D DE SALUD DE SECHURA.-
CLAS Parachique- Bocana- Constante
CLAS Sechura - Tajamar - Chusis - Pto.Rico
CLAS Vice - Sánchez - Chalaco
CLAS Letirá - Becará
CLAS La Tortuga
CLAS Bellavista
CLAS Bernal
CLAS Cristo Nos Valga
CLAS Rinconada Llicuar
RED DE SALUD DE PIURA - CASTILLA.-
CLAS Santa Rosa
CLAS Los Algarrobos
CLAS San Miguel
CLAS Pachitea
CLAS Cayetano Heredia
CLAS Ignacio Merino
CLAS Medio Piura
CLAS Castilla
1
2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR
Victoria Cornejo Cruz 2 2 DIC 2009
José Maria Seminario Bruno
Alipio Córdova Castillo
Rolando López Calle
Henry Jhonny Morales Chumacero
Juan Esteban Córdova Maldonado
Crispulo Camizán Peña
José Clodomiro Aldana Jacinto
Pedro Ramirez Querevalú
Hugo Eche Temoche
Beto Fredy Panta Eca
Juan Temoche Eche
Rosa Argentina Ayala Chunga
Lucio M. Nunura Chapilliquén
Mario Augusto Olaechea Eche
Ada Martha Martinez Amaya
Walter Aristides Castro Castillo
Manuel Antonio Parra Chinchay
Margot Prado Morales
Hermenegildo Mejia Albines
Juan Manuel Gutiérrez Garcia
Rigoberto Aguilar Gutiérrez
Rimberto Viera Ipanaqué
Segundo Manuel Rivas Maza
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REPUBLICA DEL PERU
GOBIERNO REGIONAL PlURA
RESOLUCIONEJECUTIVAREGIONALrg 47 2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR
, 2 2 OIe 2009ARTICULO TERCERO.- Notificar la presente Resolución a la Dirección Regional de
Salud, Red de Salud Morropón Chulucanas, Red de Salud Sechura y Red de Salud Piura -Castilla, interesados y demás estamentos administrativos del Gobierno Regional Piura, para suconocimiento y aplicación estricta.
REGISTRESEy COMUNIQUESE
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