13

RESEÑA · de origen mexicano), lo que obliga en ocasiones a interpretar en relé. Existen ya iniciativas de capa-citación profesional para grupos de futuros intér-pretes de lenguas

  • Upload
    others

  • View
    4

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

9.30-10.30 h INAUGURACIÓN 10.30-11.30 h CONFERENCIA PLENARIA

LA INTERPRETACIÓN JUDICIAL EN ESTADOS UNIDOS Y SU EVOLUCIÓN HASTA EL MOMENTO ACTUAL 12.00-14.00 h MESA REDONDA DE DEBATE EL PAPEL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y LAS UNIVERSIDADES EN LA FORMACIÓN, NOMBRAMIENTO Y

PROVISIÓN DE TRADUCTORES E INTÉRPRETES JUDICIALES, POLICIALES Y JURADOS

15.00-17.00 h MESA REDONDA DE DEBATE LA TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL Y POLICIAL EN ESPAÑA TRAS LA TRANSPOSICIÓN DE

LA DIRECTIVA 2010/64/UE: LA OPINIÓN DE LAS PARTES INTERESADAS

17.00-17.30 h INTERVENCIÓN DE LOS SOCIOS FUNDADORES DE APTIJ

JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIALviernes, 3 de noviembre, 2017

RESEÑA

3JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

Mª del Mar Quijada, presidenta de APTIJ, sinte-tizó la trayectoria de 10 años de trabajo asociativo en favor de la profesionalización de la traducción e interpretación (TeI) judicial y jurada, resaltando la colaboración conjunta entre universidades, profesionales de la TeI y operadores jurídicos y la llegada en 2010 de "la directiva de la esperanza", preguntándose qué ha cambiado desde entonces. Leer intervención completa

Daniela Amoedo, presidenta de EULITA, felicitó a la Asociación por su 10º cumpleaños, una fecha que suele asociarse con la salida de la infancia. Se refirió a los elevados criterios de calidad y a los principios deontológicos con los que trabajan los intérpretes en tribunales internacionales como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), donde desde el primer momento de su intervención pasan a ser partes del proceso. Insistió en la nece-sidad de procurar a los intérpretes ese mismo trato en el plano nacional, por ser la interpretación uno de los elementos indispensables para garantizar un juicio justo. Lograr dicho reconocimiento supone en su opinión: a) combatir la falta de competencia y de profesionalización en los servicios de TeI judicial, y b) sensibilizar a jueces y abogados sobre la impor-tancia de disponer de un servicio de TeI de calidad, valorado y bien retribuido. Leer intervención completa

Francisco J. Vieira, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), quien ya en 2009 había presentado en colaboración con APTIJ unas Preven-ciones para facilitar la traducción e interpretación en los procesos penales del TSJM, se refirió a la TeI como

INAUGURACIÓN

Carmen Zamorano Herrera Dirección General de Traducción de la Comisión EuropeaÁngel Juanes Peces Vicepresidente del Tribunal SupremoFrancisco J. Vieira Morante Presidente del Tribunal Superior de Justicia de MadridDaniela Amodeo Perillo Presidenta de EULITA (Asociación Europea de Traductores e Intérpretes Jurídicos)María del Mar Quijada Cuevas Presidenta de APTIJ (Asociación Profesional de Traductores e Intérpretes Judiciales y Jurados)

4JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

garantía esencial del derecho penal que afecta en primer lugar al derecho de defensa. Consideró la directiva 2010/64/UE y su posterior transposición al ordenamiento jurídico español un paso adelante en dicho reconocimiento, si bien todavía insuficiente, pues es preciso disponer de un servicio de calidad, con profesionales cualificados, y de un registro no meramente formal, sino con traductores e intér-pretes realmente acreditados. Abogó asimismo por el uso de la tecnología para facilitar la provisión de estos servicios y consideró necesario aprovechar las experiencias de buenas prácticas ya existentes.

Angel Juanes, vicepresidente del Tribunal Supremo, se refirió a sus primeros contactos con la interpre-tación judicial en el TJUE y en la Audiencia Nacional, y a las primeras decisiones marco destinadas a regular dicha actividad con anterioridad a la direc-tiva 2010/64/UE. Señaló que, una vez transpuesta la directiva, nuestro país tiene todavía camino por recorrer, pues es prioritaria la creación de un cuerpo de profesionales al servicio específico de la Admi-nistración de Justicia y la de un registro de intér-pretes acreditados a disposición de los operadores jurídicos.

Carmen Zamorano, representante de la DGT de la Comisión Europea y anfitriona del encuentro, recordó por su parte el firme compromiso de la Comisión Europea en el reconocimiento efectivo del papel de la TeI como garantía de derechos para un juicio justo, reflejado en los últimos años en la adop-ción de una serie de directivas decisivas para garan-tizar este derecho en los países miembros.

5JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

Esther M. Navarro-Hall, presidenta saliente de la NAJIT y profesora en el Middlebury Institute of International Studies de Monterey (California), ofreció en su conferencia una completa panorámica sobre el desarrollo de la inter-pretación judicial en los Estados Unidos, cuya situación actual calificó de "madura", tras un periodo de profesiona-lización que ha durado cuarenta años. El año 1978 marcó un primer hito en esta evolución, con el reconocimiento de la labor del intérprete gracias a la Federal Court Interpreting Act, lo que propició la acreditación oficial de los intérpretes judiciales mediante un examen oral y escrito de carácter estatal. En 1995 se unificaron las pruebas de acreditación de los distintos estados con un riguroso examen federal, que capacita a quienes superen las pruebas para actuar en los tribunales federales (Federal Courts of Justice) de todos los estados.

Las certificaciones estatales incluyen las lenguas más demandadas en cada estado, aunque no todas. En el de California, por ejemplo, existe certificación para 15 lenguas (incluidas algunas asiáticas, el idioma navajo o

CONFERENCIA PLENARIALA INTERPRETACIÓN JUDICIAL EN ESTADOS UNIDOS Y SU EVOLUCIÓN HASTA EL MOMENTO ACTUAL

Esther M. Navarro-Hall Presidenta saliente de la NAJIT (Asociación Nacional de Intérpretes y Traductores Jurídicos de Estados Unidos)

el criollo de Haití, entre otros). En los casos en que no existe examen de acreditación, los tribunales están obligados a realizar previamente una verifi-cación total de la aptitud del intérprete que vaya a ejercer en el proceso. Para ello se dispone de un protocolo ya establecido que permite comprobar la calidad lingüística de una persona que "dice" hablar la lengua del procedimiento. Cada tribunal cuenta además con un coordinador de intérpretes de plan-tilla.La conferenciante comparó las características de la interpretación de conferencias –cuyas funciones y condiciones laborales llevan mucho más tiempo asentadas– con los rasgos propios de la interpreta-ción en el ámbito judicial y médico, donde el marco de trabajo está aún sujeto a modificaciones. Repasó además las funciones, estándares de calidad y códigos deontológicos descritos para cada una de ellas por las distintas asociaciones profesio-nales: Conferencias – Código de ética profesional (AIIC); Judicial – Código de ética y responsabilidad profesional (NAJIT); Médico – Normas nacionales de práctica para intérpretes en el ámbito médico (NCIHC). Una parte importante de la conferencia estuvo dedi-cada a la cuestión de la acreditación para el ejercicio profesional. Navarro-Hall ofreció una descripción pormenorizada de los distintos tipos de certifica-ciones que existen en EE. UU. para actuar como intérprete judicial (certificación federal y certifica-ción estatal) y como intérprete médico (certifica-ciones nacionales). En el ámbito de la interpretación judicial resaltó el alto nivel de exigencia del examen federal (con una tasa media de aprobados del 3% y unos 900 intérpretes acreditados en todo el país), lo que da derecho a ejercer en todo el territorio nacional. Tanto en el ámbito médico como en el judi-cial, los listados de intérpretes incluyen únicamente

6JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

intérpretes certificados, es decir, personas físicas que han superado los correspondientes exámenes.La conferenciante abordó también las particula-ridades de los mercados de la interpretación judi-cial en EE. UU., cuyos honorarios equivalen en todos los casos a los de la interpretación de conferencias: intérpretes de plantilla en los tribunales, intérpretes autónomos, intérpretes asesores e intérpretes formadores. Los ciclos formativos especializados en interpretación judicial varían desde la formación reglada (4 años de carrera, dos años de máster) a los ciclos formativos de corta duración (talleres y cursos intensivos).En este desarrollo cronológico del camino recorrido por la interpretación judicial, Navarro-Hall destacó el papel de las asociaciones profesionales en EE. UU., decisivo en las cuestiones que afectan a la formación, a la profesionalización y a la colabora-ción con los operadores jurídicos.Los principales retos planteados en la actualidad tienen que ver sobre todo con la diversidad lingüís-tica y cultural que plantean las lenguas indígenas (especialmente acuciante en el caso de los usuarios de origen mexicano), lo que obliga en ocasiones a interpretar en relé. Existen ya iniciativas de capa-citación profesional para grupos de futuros intér-pretes de lenguas no certificadas donde el intér-prete formador se sirve de un idioma común –el inglés o el español– para impartir formación técnica y deontológica (non specific language courses). El reto consiste en gestionar la idiosincrasia cultural de hablantes con combinaciones lingüísticas muy demandadas (por ejemplo, inglés y otomí) pero no siempre familiarizados con los usos del ordena-miento jurídico estadounidense y, en ocasiones, tampoco con la práctica institucional de la interpre-tación.

7JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

La mesa, moderada por Nuria Hernández (APTIJ), adoptó un esquema de debate en el que cada partici-pante dispuso de turnos de palabra breves para exponer su punto de vista y responder a las alusiones de los demás intervinientes o del público presente en la sala. Lo que sigue es una síntesis de dichas intervenciones.

Mª Jesús Blasco tomó la palabra en representación de las universidades españolas que imparten formación en TeI (CCDUTI) para destacar el gran número de grados y másteres en TeI disponibles en nuestro país, en su mayoría de carácter generalista o enfocados a la inter-pretación de conferencias. Abogó, al mismo tiempo, por poner en marcha cursos de especialización con forma-ción específica, que capaciten a los futuros intérpretes judiciales y ofrezcan también preparación para el nece-sario examen de certificación.

MESA REDONDA DE DEBATE IEL PAPEL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y LAS UNIVERSIDADES EN LA FORMACIÓN, NOMBRAMIENTO Y PROVISIÓN DE TEI JUDICIALES, POLICIALES Y JURADOS

Moderada por Nuria Hernández Cebrián Traductora-intérprete adscrita al Decanato de los juzgados de Valladolid y secretaria de APTIJ

Participantes: Juan Antonio Lara Domínguez Vocal asesor de la Secretaría de Estado de Justicia, Ministerio de JusticiaJosé Antonio Yubero San Juan Inspector de Policía Nacional y jefe del Servicio de Traducción e Interpretación de la Dirección General de la Policía, Ministerio del InteriorRamón Garrido Nombela Oficina de Interpretación de Lenguas, Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Miguel Ángel González Reyes Coordinador de intérpretes judiciales externos para la provincia de Las Palmas y traductor-intérprete adscrito al Tribunal Superior de Justicia de CanariasMaría Jesús Blasco Mayor Vicedecana del Grado en Traducción e Interpretación de la Universidad Jaume I de Castellón, en representación de la CCDUTI (Conferencia de Centros y Departamentos de Traducción e Interpretación del Estado Español)José Luis Díez Lerma En representación de APTIC (Asociación Profesional de Traductores e Intérpretes de Cataluña)-Red Vértice, de la comisión Red Vértice-CCDUTI, delegado para los asuntos de la transposición de la Directiva 2010/64/UE y traductor-intérprete jurado de francés

Miguel Ángel González, traductor-intérprete de plan-tilla y, desde hace 19 años, coordinador de intérpretes judiciales externos en la provincia de Las Palmas, expuso la situación particular de provisión de servicios en Canarias (marcada por la insularidad, el impacto del turismo y de la inmigración) y abogó por facilitar una formación local, común, periódica y accesible económi-camente, que incida en las técnicas de TeI y en el proce-dimiento judicial español para favorecer la capacitación del intérprete judicial. Esta responsabilidad debería ser asumida conjuntamente por las administraciones pres-tatarias de los servicios y las universidades, pues la existencia de intereses económicos de otras entidades viciaría el sistema. Para la prestación de un servicio de calidad es necesario, en su opinión, un sistema que garantice la cualificación de intérpretes profesionales así como disponer -también en plantilla- de un coordi-nador de intérpretes (intérprete experto y especialista en la materia), que actúe como jefe del servicio.

8JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

José Luis Díez, representante de la Red Vértice, defendió el establecimiento de una certificación para los traductores e intérpretes judiciales que garan-tice la competencia profesional de quienes ejercen en los tribunales de nuestro país. Recalcó que ha de ser la propia administración quien asuma este compro-miso y acompañe el proceso. Más allá de los instru-mentos de certificación lingüística propios del marco común europeo, consideró imprescindible un examen de acreditación, cuyo diseño debería estar a cargo de las universidades. Recordó asimismo que el conoci-miento del español también debería quedar acreditado.

Juan Antonio Lara, de la Secretaría de Estado de Justicia, señaló que el Ministerio de Justicia (MJU) no ha tomado aún una decisión sobre el sistema de provisión de intérpretes judiciales, si bien estudia las siguientes opciones: 1) examen específico, sobre todo para los idiomas más comunes; 2) uso de los instru-mentos de normalización lingüística ya existentes en el marco común europeo; 3) curso teórico-práctico, cuya homologación habría de estudiarse con posterioridad.

Ramón Garrido, de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y Coope-ración (MAEC), consideró necesario establecer un filtro para el acceso al futuro registro de traductores e intérpretes judiciales y abogó por un diseño centra-lizado de examen de acreditación, en el que necesa-riamente deberían colaborar las distintas administra-ciones públicas junto con universidades y asociaciones profesionales.

José Antonio Yubero, jefe del Servicio de TeI de la Direc-ción General de la Policía, abogó por establecer un cuerpo de intérpretes y traductores para el Ministerio del Interior (MIR) y el MJU, a semejanza del existente para el MAEC y la Presidencia del Gobierno. Sugirió que la formación especializada debería incluir un periodo inicial de formación y la obligatoriedad de una forma-ción continua durante su ejercicio profesional. Se refirió además al problema actual de escasez de intérpretes cualificados para las lenguas denominadas "exóticas".

9JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

Esta mesa, moderada por Fernando Gascón (APTIJ) siguió la misma dinámica de la anterior. Se recoge a continuación una síntesis de las intervenciones de los participantes y de sus réplicas a las cuestiones susci-tadas por sus compañeros de mesa.

Coral Arangüena, catedrática de Derecho Procesal de la Universidad de Valladolid, abrió el debate exponiendo las principales aportaciones de la directiva a los orde-namientos jurídicos europeos. Recordó que la directiva establece unos mínimos de transposición obligatoria y que la práctica demuestra que, tanto en España como en los demás países miembros, la transposición de todas las directivas suele limitarse a lo estrictamente obligatorio.

En el caso del España, la reforma de la LECr. ha trans-puesto, en su opinión, el espíritu de la directiva. Gracias a ella, el traductor-intérprete deja de ser un mero auxi-liar del juez para convertirse en parte del derecho de defensa que es preciso garantizar. Sin embargo, hay elementos de la directiva pendientes aún de transposición, el principal de ellos es del control de calidad. Otros elementos no transpuestos están relacionados con la Euroorden, con el derecho a recu-rrir la denegación de la prestación de intérprete y con la traducción de los documentos del proceso (pues además de la sentencia también deberán traducirse los recursos planteados). Sobre este último tema estimó que quizá no se traduce todo lo necesario porque ello frenaría los plazos procesales.

MESA REDONDA DE DEBATE IILA TEI JUDICIAL Y POLICIAL EN ESPAÑA TRAS LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2010/64/UE: LA OPINIÓN DE LAS PARTES INTERESADAS

Moderada por Fernando Gascón Nasarre Traductor-intérprete judicial, abogado y vicepresidente de APTIJ

Participantes: Juan José Navas Blánquez Magistrado del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Marbella Roberto Rodríguez Méndez Inspector jefe del grupo UCRIF - Brigada de Extranjería de la comisaría de VigoÁlvaro García Ortiz Fiscal delegado de Medio Ambiente e Incendios de Galicia Fernando Piernavieja Niembro Expresidente de la Comisión de Acceso a la Justicia del Consejo de la Abogacía EuropeaCoral Arangüena Fanego Catedrática de Derecho Procesal de la Universidad de ValladolidLucía Castaño Castaño Traductora-intérprete adscrita al Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears

10JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

Juan José Navas, magistrado del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Marbella, inició su intervención refiriéndose a la sentencia del TJUE de 15 de octubre de 2015, Gavril Covaci, C-216/14, la primera que se ocupa de analizar un caso de vulneración del derecho a TeI con relación a un ciudadano rumano.Antes de la transposición, la LECr. no regulaba la vulne-ración del derecho de defensa. Con la transposición de la directiva, la TeI forma parte del contenido esencial del derecho a la defensa y a un juicio equitativo. Sin embargo, los mínimos establecidos en la directiva no se han cumplido en la LECr. No existen los preceptivos controles de calidad ni tampoco un procedimiento para determinar si un acusado habla y entiende la lengua del proceso. Navas se refirió asimismo a la sentencia del TJUE de 12 de octubre de 2017, Frank Sleutjes, C-278/16 que analizó qué se entiende por documento esencial a la hora de facilitar la traducción del proceso. Con respecto al tipo de documentos penales que deben ser objeto de traducción, afirmó que, según su expe-riencia y pese a lo establecido en el art. 124.3 de la LECr., en los juzgados de Marbella no se ha traducido ninguno de estos documentos porque ningún letrado lo ha solicitado. En este sentido consideró cuestionable la discrecionalidad que la ley concede al juez para que sea él quien decida los pasajes que deben traducirse. Reiteró además que la dejación por parte de la adminis-tración de su deber de controlar la calidad del servicio produce vulneración de los derechos de defensa. Por ese motivo, estimó que los operadores jurídicos han de mantener una actitud de empatía, respeto y formación conjunta entre jueces, abogados e intérpretes y sugirió que en las escuelas de práctica jurídica se trabaje también con intérpretes.

Fernando Piernavieja, expresidente de la Comisión de Acceso a la Justicia del Consejo de la Abogacía Europea, recordó que los 28 países miembros de la UE cuentan con culturas jurídicas diferentes y que las directivas, en su afán de satisfacer a todos ellos, priman un acuerdo de mínimos.

En su opinión, la práctica es en realidad muy distinta a lo que dicta la norma. Para los abogados defensores este abismo se centra sobre todo en la cuestión de la calidad y atañe a las tres directivas interdependientes relacio-nadas con el derecho a la defensa. Tratándose de dere-chos fundamentales, resulta en su opinión inadmisible un sistema de provisión de servicios en el que prime el lucro. En este sentido, y a pesar de existir una mayor conciencia por parte de los ciudadanos y de los opera-dores judiciales, afirmó que pocas cosas han cambiado con la transposición de la directiva, pues, sigue exis-tiendo una justicia para ricos y otra para pobres. Precisó que se está produciendo una vulneración de derechos, en la que los propios abogados pueden ser colabora-dores necesarios si se limitan a comparecer y firmar el acta sin intervenir activamente en la defensa.Piernavieja suscitó la cuestión del derecho a mantener entrevistas asistidas por intérprete para preparar el

11JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

situación que viven a diario los juzgados de guardia dista mucho de aquella y roza lo miserable. A modo de ejemplo, apuntó que carecen de control que garantice que lo transmitido a los intérpretes judiciales no llega después a otros destinatarios no deseados.Coincidió con R. Rodríguez en el sentido de que nada parece haber cambiado en la práctica, pues la LECr. se interpreta de manera distinta en cada juzgado y los servicios de TeI que funcionaban bien antes de la trans-posición lo siguen haciendo, y los que funcionaban mal, también. Por último, y respondiendo a una pregunta del público, describió el sistema de interpretación utilizado en el caso Prestige, recalcando la actitud absolutamente profesional de los intérpretes y el hecho decisivo de que existía la voluntad por parte de los operadores jurídicos de hacer el mejor juicio posible.

juicio con el defendido, un extremo cuyos pormenores no figuran en la directiva. A este respecto, Juan J. Navas consideró que la norma no dice que haya que sufragar los gastos derivados de entrevistas en un despacho profesional.

Lucía Castaño, traductora-intérprete judicial de plan-tilla, precisó que la ley establece con claridad que el gasto corresponde en su totalidad a la administra-ción, aunque sin concretar a cuál de ellas y sin aclarar tampoco dónde debe desarrollarse de dicha entrevista.

Roberto Rodríguez, inspector jefe en la Brigada de Extranjería de Vigo, señaló que la entrevista con el abogado no plantea problema alguno en sede policial, pues se utiliza el mismo intérprete que interviene en la comparecencia. Recalcó además que en comisaría no se utilizan los servicios de agentes de policía cono-cedores de los idiomas ni se produce tampoco vulne-ración de derechos, pues en ocasiones se ha recha-zado por falta de calidad al intérprete enviado por las empresas adjudicatarias del servicio.En lo que respecta a los cambios derivados de la transposición de la directiva, consideró que no se percibe cambio alguno y que se sigue trabajando con los mismos intérpretes. La vía para mejorar el papel de la TeI en el procedimiento penal debería ser, en su opinión, aunar sinergias.

Álvaro García, fiscal delegado de medio ambiente e incendios en Galicia, recordó que la directiva se centra en el derecho de defensa, que ha de ser efectivo desde el momento en que el detenido se presenta ante el juez. Como los anteriores participantes, consideró que el punto débil del sistema de provisión de servicios lingüís-ticos radica en el control de calidad, que se limita a la pura intuición de los operadores jurídicos. A diferencia de lo sucedido en el caso Prestige, en el que intervino como fiscal y donde se trabajó con niveles óptimos, la

12JORNADA SOBRE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL, JURADA Y POLICIAL

Sonsoles Plaza y Juan Miguel Ortega (APTIJ) cerraron las intervenciones recordando las circunstancias que dieron origen a APTIJ, los deseos de crear vínculos entre profesionales y operadores jurídicos y la reivindi-cación de una ética profesional imprescindible para el ejercicio de la TeI judicial. Recogiendo muchas de las cuestiones suscitadas durante la jornada trazaron la hoja de ruta para el futuro de la profesión.

INTERVENCIÓN DE LOS SOCIOS FUNDADORES DE APTIJ

Sonsoles Plaza Blázquez Traductora-intérprete adscrita al Tribunal SupremoJuan Miguel Ortega Herráez Profesor del Departamento de Traducción e Interpretación de la Universidad de Alicante y traductor-intérprete en excedencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.