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Resolución 5/2015, de 6 de febrero, de la Directora General de Política Económica y Empresarial, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la promoción exterior 2015, complementaria al programa ICEX Next del ICEX, España Exportación e Inversiones (ID 4838). Boletín Oficial Navarra nº 26 de 23/02/2015 La internacionalización de las empresas es una estrategia que, en la coyuntura actual, se muestra como necesaria para asegurar su viabilidad y consolidación. El Plan Internacional de Navarra 2013-2016 contempla como eje fundamental la internacionalización de la empresa, apostando por el incremento del número de empresas exportadoras. Con este objetivo se desea la convocatoria de ayudas a la promoción exterior. Esta convocatoria pretende apoyar a empresas que deseen iniciar su proceso de internacionalización o se encuentren en las fases iniciales del mismo. Para ello nos alineamos con la estrategia del ICEX, que apoya las fases iniciales de la internacionalización a través de su programa ICEX Next. De manera que sumamos esfuerzos y tenemos garantía de que las empresas elegidas cumplen con los criterios necesarios para que la apuesta por la internacionalización sea exitosa. De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el art. 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, RESUELVO: Primero Aprobar la convocatoria de ayudas para la promoción exterior de las empresas navarras en 2015 (ID4838). Segundo Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo 1 de esta Resolución. Tercero Autorizar un gasto de 200.000 euros con cargo a la partida 124001-16330-4709-431300 "Acciones de promoción exterior para empresas" del presupuesto de 2012 prorrogado para 2015. Cuarto Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Quinto

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Resolución 5/2015, de 6 de febrero, de la Directora General de Política Económica y Empresarial, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la promoción exterior 2015, complementaria al programa ICEX Next del ICEX, España Exportación e Inversiones (ID 4838).

Boletín Oficial Navarra nº 26 de 23/02/2015

La internacionalización de las empresas es una estrategia que, en la coyuntura actual, se muestra como necesaria

para asegurar su viabilidad y consolidación.

El Plan Internacional de Navarra 2013-2016 contempla como eje fundamental la internacionalización de la empresa,

apostando por el incremento del número de empresas exportadoras. Con este objetivo se desea la convocatoria de

ayudas a la promoción exterior.

Esta convocatoria pretende apoyar a empresas que deseen iniciar su proceso de internacionalización o se

encuentren en las fases iniciales del mismo. Para ello nos alineamos con la estrategia del ICEX, que apoya las fases

iniciales de la internacionalización a través de su programa ICEX Next. De manera que sumamos esfuerzos y

tenemos garantía de que las empresas elegidas cumplen con los criterios necesarios para que la apuesta por la

internacionalización sea exitosa.

De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el art. 22 de la Ley Foral

15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

Primero

Aprobar la convocatoria de ayudas para la promoción exterior de las empresas navarras en 2015 (ID4838).

Segundo

Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo 1 de esta Resolución.

Tercero

Autorizar un gasto de 200.000 euros con cargo a la partida 124001-16330-4709-431300 "Acciones de promoción

exterior para empresas" del presupuesto de 2012 prorrogado para 2015.

Cuarto

Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto

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Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de

Economía, Hacienda, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación según

lo dispuesto en los arts. 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral

de Navarra, y 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso

contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día

siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra,

en la forma y plazos determinados en el art. 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contenciosa-Administrativa.

ANEXO 1

Bases reguladoras convocatoria promoción exterior 2015

Base 1. Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para la iniciación y aceleración del

proceso exportador de las Pymes navarras que se hayan adherido al programa ICEX Next del ICEX, España

Exportación e Inversiones.

Base 2. Gastos subvencionables

Cada empresa solicitante podrá recibir subvención por las acciones de promoción incluidas en el plan de

internacionalización para 2015 presentado, acogiéndose únicamente los gastos vinculados con el mismo.

Las actividades objeto de subvención y sus correspondientes documentos de gasto deberán realizarse en el período

comprendido entre el 16 de diciembre de 2014 y 15 de diciembre de 2015. En el caso de ferias, se admitirán gastos

y pagos realizados en fechas anteriores, para la realización de ferias en el año 2015.

En el caso de las empresas que han entrado en el programa ICEX Next dentro del año 2015 serán elegibles los gastos

realizados desde la fecha de firma de la carta de adhesión al Programa ICEX Next, hasta el 15 de diciembre de 2015.

En el caso de las empresas que resultaron beneficiarias de ayudas de esta convocatoria en 2014, si resultaran

beneficiarias en la convocatoria de 2015, la suma de las ayudas abonadas con cargo a la convocatoria 2014 y el

importe concedido en 2015 no podrá superar los 10.000 euros.

Serán subvencionables los gastos siguientes (el detalle de los mismos aparece en la base 15. Gastos elegibles):

1. Material de difusión-promoción (catálogos, folletos, expositores, webs, etc.).

2. Publicidad.

3. Participación como expositor en ferias.

4. Viajes de prospección y comerciales.

5. Acciones promocionales.

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6. Registro de patentes y marcas.

7. Otros gastos de internacionalización.

Pueden presentarse gastos no incluidos dentro del programa ICEX Next, si se justifica debidamente que la

subvención de ICEX Next no alcanza para cubrirlos.

Base 3. Importe de la subvención

El importe máximo de subvención que se puede conceder a una empresa en esta convocatoria es de 10.000 euros.

En el caso de las empresas que resultaron beneficiarias de ayudas de esta convocatoria en 2014, si resultaran

beneficiarias en la convocatoria de 2015, la suma de las ayudas abonadas con cargo a la convocatoria 2014 y el

importe concedido en 2015 no podrá superar los 10.000 euros.

Las empresas que no lleguen a ejecutar el 60% del presupuesto subvencionado perderán el derecho a la ayuda.

Base 4. Beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias las Pymes navarras que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que hayan sido admitidas en el programa ICEX Next, promovido por el ICEX Podrán ser beneficiarias en dos

convocatorias sucesivas mientras se mantenga su participación en el programa ICEX Next.

b) Que tengan su domicilio fiscal en Navarra.

c) Que se encuentren de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la fecha de presentación de la solicitud.

d) Que no estén incursas en las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre,

de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la declaración responsable que se incluye en el

formulario de solicitud.

2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se justificará por las empresas solicitantes mediante la presentación de

la documentación que se señala en la base 5, y deberá mantenerse hasta la finalización de las actividades

subvencionadas.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a

la Seguridad Social, en el formulario de solicitud los interesados autorizarán al Departamento de Economía,

Hacienda, Industria y Empleo para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de

concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

3. El haber resultado empresa beneficiaria de esta convocatoria en su edición 2014 no es garantía de que vaya serlo

también en 2015. Los proyectos presentados se puntuarán conforme a los criterios establecidos en la base 6 de

estas bases reguladoras. Las concesiones se otorgarán por orden de puntuación hasta agotar el presupuesto

disponible.

Base 5. Presentación de solicitudes

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1. El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 30 de abril de 2015.

Será obligatoria la presentación telemática de dichas solicitudes a través de la ficha correspondiente del catálogo de

servicios del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es. En dicha ficha existirá un enlace al

Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, siendo necesario para

identificarse disponer de certificado digital.

El Gobierno de Navarra pondrá a su disposición puntos de atención al usuario que oportunamente serán

anunciados en la ficha del catálogo de servicios para facilitar la tramitación a las empresas solicitantes que no

dispongan de los medios necesarios o que necesiten asesoramiento. En estos puntos se les asesorará sobre la forma

de presentar las solicitudes, siendo imprescindible para ello, tal y como se recoge en el párrafo anterior, disponer

de certificado digital.

2. La solicitud, conforme al modelo existente (Anexo 2) en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet

www.navarra.es, se acompañará de la siguiente documentación:

a) Copia de la carta de adhesión al programa ICEX Next.

b) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

c) Certificado de estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social.

3. En el caso de que la solicitud sea incompleta, el Servicio de Proyección Internacional requerirá a la empresa

solicitante para que la subsane en el plazo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por

desistido de su solicitud y se dictará resolución de archivo del expediente, que le será notificada.

De igual modo, el Servicio de Proyección Internacional podrá solicitar al ICEX, la presentación de los documentos

acreditativos de la ejecución de las acciones subvencionables, al objeto de verificar los datos aportados en las

solicitudes.

Base 6. Criterios para la concesión de la subvención

La concesión de esta subvención se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Los criterios para la concesión serán los siguientes:

a) Países destino de la actuación, hasta 25 puntos.

-25 puntos si el destino es un país no perteneciente a la Unión Europea;

-15 puntos si el destino es un país de la Unión Europea adherido a partir de 2004. Estos países son: Bulgaria, Chipre,

República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia Rumania, Eslovaquia, Eslovenia y Croacia.

-10 puntos si el destino es el resto de países de la Unión Europea no contemplados en el punto anterior.

b) Calidad de la propuesta, hasta 50 puntos. En este apartado se valorará el Plan de Acciones incluido en el

formulario de solicitud (punto 8 del Anexo 2):

-Posicionamiento estratégico: segmento al que va a ir dirigida la oferta, hasta 20 puntos.

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-Objetivos del proyecto y resultados que se espera obtener (concretos y cuantificables), hasta 10 puntos.

-Descripción, calendario y presupuesto de las actuaciones, hasta 20 puntos.

c) Puntuación otorgado por el ICEX para su entrada en el programa ICEX Next, hasta 25 puntos.

Base 7. Concesión de la subvención

1. El Servicio de Proyección Internacional evaluará las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos

en estas bases y elevará al órgano competente propuesta de resolución de concesión de la subvención, en la que

hará constar que las beneficiarias cumplen todos los requisitos exigidos para acceder a la misma.

La Directora General de Política Económica y Empresarial será el órgano competente para resolver la concesión de

la subvención, cuya resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha límite

de presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

Contra la desestimación expresa o presunta los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera

de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre el procedimiento

administrativo común.

Base 8. Justificación de los gastos y pagos realizados

El plazo de presentación de justificaciones finalizará el 15 de diciembre de 2015.

La documentación a presentar es la requerida en el Anexo 3 de esta convocatoria.

Base 9. Abono de la subvención

Examinada la documentación justificativa, el Servicio de Proyección Internacional elevará a la Directora General de

Política Económica y Empresarial propuesta de resolución de abono, a la que se acompañará informe acreditativo

del cumplimiento por las empresas beneficiarias de las obligaciones que dan derecho al cobro de la subvención.

Base 10. Obligaciones de las beneficiarias y efectos de su incumplimiento

1. Las empresas beneficiarias de la subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones:

a) Facilitar la comprobación de la realización de las acciones objeto de subvención, aportando la documentación y

aclaraciones que se le soliciten.

b) Informar al Servicio de Proyección Internacional de cualquier incidencia que pueda afectar al cumplimiento de los

requisitos de la base 4.

c) Las obligaciones generales establecidas en el art. 9 de la Ley Foral de Subvenciones.

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2. El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las resoluciones de concesión, en estas bases

reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención

concedida o, en su caso, al reintegro de la misma de conformidad con lo dispuesto en el art. 35 de la citada Ley

Foral.

Asimismo, el incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones anteriores podrá dar lugar a reajustar el importe

de la subvención concedida en aplicación del principio de proporcionalidad o, en su caso, al reintegro de la cantidad

correspondiente.

Base 11. Incompatibilidad de la subvención y carácter de ayudas de minimis

1. Las subvenciones de esta convocatoria son compatibles con otras subvenciones de la Administración de la

Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de

particulares, nacionales o internacionales para las mismas acciones.

En tal caso, el importe de las subvenciones concedidas para la realización de una misma actividad no podrá ser en

ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste de la actividad a desarrollar por la

beneficiaria.

2. Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de "ayudas de minimis" conforme a lo previsto

en el Reglamento 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los arts. 107 y 108 del

Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a las ayudas de minimis.

De conformidad con dicho Reglamento, la ayuda total de minimis concedida a cualquier empresa no deberá exceder

de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

A estos efectos las beneficiarias declararán, en el formulario de solicitud, las otras ayudas de minimis recibidas

durante el ejercicio fiscal correspondiente y durantes los dos ejercicios fiscales anteriores.

Base 12. Recurso contra las bases reguladoras

Contra estas bases reguladoras los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía,

Hacienda, Industria y Empleo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Base 13. Publicidad de las subvenciones concedidas

De conformidad con lo dispuesto en el art. 15 de la Ley Foral de Subvenciones, el Servicio de Proyección

Internacional hará pública en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es las subvenciones

concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiaria,

cantidad concedida y finalidad de la subvención.

Base 14. Obligaciones de transparencia de los beneficiarios

Las entidades a que hace referencia el art. 2 del Decreto Foral 59/2013, por el que se regulan las obligaciones de

transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, estarán

sujetas a la obligación de transparencia establecida en la disposición adicional novena de la Ley Foral 11/2012, de

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21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto, cuando perciban subvenciones con cargo a los

Presupuestos Generales de Navarra y concurran estas dos circunstancias:

a) Que el importe de la subvención concedida supere los 20.000 euros anuales.

b) Que el importe concedido supere el 20 por ciento de la cifra de negocio o del presupuesto anual de la entidad

beneficiaria.

A los efectos de considerar si se superan los límites cuantitativos establecidos en el apartado anterior, se sumarán

las cuantías de todas las subvenciones concedidas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus

organismos públicos en el año natural. En el caso de subvenciones cuyo pago se haga en diferentes anualidades, se

computará a estos efectos la cantidad concedida en cada ejercicio presupuestario y no la suma total. La cifra de

negocio o presupuesto anual de referencia, será la que tenga menor importe entre las siguientes magnitudes:

a) La cifra de negocio o presupuesto ejecutado del año anterior.

b) En su caso, la cifra de negocio o presupuesto aprobado por el órgano competente de la entidad en el ejercicio de

concesión de la subvención.

Las entidades receptoras de subvenciones que se encuentren sujetas a la obligación de transparencia al concurrir

los supuestos previstos, deberán comunicar la información que se relaciona a continuación:

a) Composición de los órganos de gobierno, administración y dirección de la entidad.

b) Relación de los cargos que integran dichos órganos.

c) Las retribuciones brutas y demás compensaciones económicas, percibidas de la entidad en el año anterior por

cada uno de los cargos, desglosadas por conceptos. En el caso de entidades de nueva creación la información será

de las que figuren en sus presupuestos o plan económico-financiero.

d) El régimen de dedicación a las funciones de gobierno, administración y dirección, de cada uno de sus cargos.

e) Una copia de las últimas cuentas anuales de la entidad beneficiaria.

La información referida se presentará firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria de forma

telemática a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra y se dirigirá a la unidad administrativa

que gestiona la subvención. El plazo para la remisión de la información será de un mes contado desde la notificación

o, en su caso, fecha de publicación de la resolución de concesión de la subvención.

Dicha información será accesible durante 1 año desde su publicación en el Portal de Gobierno Abierto de Navarra,

con el límite de 15 meses desde su entrada en el órgano gestor de la información. Transcurrido dicho plazo, la

unidad responsable de su publicación la retirará de oficio, y si no lo hiciera, la entidad beneficiaria podrá solicitar su

retirada, que deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la solicitud.

En el caso de que la entidad no se encuentre sujeta a la obligación de transparencia al no darse los supuestos

previstos deberá presentar una declaración en tal sentido.

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En el caso de que la entidad sea beneficiaria de sucesivas subvenciones en el mismo ejercicio, no será preciso

reiterar la información con ocasión de cada subvención, salvo que hayan cambiado los datos que se facilitaron

inicialmente.

Sin perjuicio de las eventuales consecuencias sancionadoras que se pudieran derivar del incumplimiento de las

obligaciones de información por el beneficiario, este incumplimiento impedirá el abono de la subvención concedida,

incluidos los anticipos y conllevará, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, de conformidad con lo

dispuesto en el art. 35.1 c) de la Ley Foral de Subvenciones.

Base 15. Detalle de gastos elegibles

1. Material de Difusión - Promoción.

-Conceptos elegibles:

Elaboración y reimpresión de catálogos, folletos, carteles, carpetas de prensa y demás material informativo impreso

o audiovisual.

Expositores punto de venta.

Diseño y/o adaptación de: Envases y etiquetas (tanto de producto como de muestras).

Diseño y/o modificación o ampliación de páginas Web, incluyendo registro y dominio y coste por dar el alta a la

empresa en "portales comerciales" en Internet para la venta de sus productos.

Además se acogerán todos los gastos de traducción de textos relacionados con el material promocional.

Todo este material deberá destinarse exclusivamente a la exportación y editarse al menos en un idioma extranjero

bajo la marca y nombre de la empresa española.

-Conceptos excluidos:

Regalos de empresa y promocionales.

Tarjetas de visita.

Diseño y desarrollo de la marca y desarrollo de producto.

Diseño y realización de embalajes.

Elaboración de envases y etiquetas.

Elaboración de muestras.

Mantenimiento de página Web.

Mantenimiento de la empresa en portales comerciales.

Mailing.

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2. Publicidad.

-Conceptos elegibles:

Creatividad del material utilizado para el exterior y adaptación del ya existente para cada mercado.

Coste de la inserción en medios extranjeros y en la edición internacional de medios nacionales.

Publicidad en Internet (Ej.: lugar destacado en buscadores, para mercados exteriores).

-Conceptos excluidos:

Publicidad destinada al mercado nacional.

3. Participación como expositor en ferias.

-Conceptos elegibles:

Participaciones individuales en ferias o congresos sectoriales en el exterior, a las que la empresa acuda como

expositor o asistente.

Participaciones dentro del stand de un distribuidor o de otra empresa complementaria, siempre y cuando figure el

nombre de la empresa participante en el Programa.

Se podrán incluir gastos por los siguientes conceptos:

1.-Derechos de inscripción.

2.-Alquiler de espacio.

3.-Coste de inserción en el catálogo de la Feria.

4.-Decoración.

5.-Gastos de mantenimiento del stand.

6.-Azafatas e intérpretes..

7.-1 viaje por empresa.

-Conceptos excluidos:

Dietas.

Gastos de Aduana.

Transporte del producto y del material promocional.

Ferias en las que no se demuestre presencia de personal de la empresa.

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Participación en ferias en las que haya apoyo del ICEX.

4. Viajes de prospección y comerciales.

-Conceptos elegibles:

Para cada viaje de prospección y/o comercial la subvención cubrirá el 100% de los gastos de hotel en régimen de

alojamiento más el viaje, de 1 persona de la empresa, hasta el límite del 50% de la bolsa de viaje asignada para el

país de destino. Cuando coincidan dos personas de la empresa en destino y fechas se apoyará únicamente con una

bolsa de viaje.

Excepciones:

En los casos en los que el viaje tenga como destino más de un país, el gasto a apoyar corresponderá a la bolsa del

país más lejano.

En los casos en que el viaje tenga una distancia inferior a 250 km entre el lugar de origen y destino, y la empresa no

haya pernoctado en destino, el gasto a apoyar corresponderá a la mitad de la bolsa de viaje asignada para el país de

destino (hasta un máximo de 4 viajes de estas características por empresa).

Se podrán apoyar los viajes de compradores extranjeros a España para visitar la empresa. La subvención

comprenderá el 100% de los gastos de hotel en régimen de alojamiento más el viaje, hasta el límite de un 50% de la

bolsa de viaje asignada para el país de origen.

-Conceptos excluidos:

Viajes dentro de España.

Viajes del asesor estratégico.

Los traslados no tendrán la consideración de gastos de desplazamiento.

5. Acciones promocionales.

-Conceptos elegibles:

Promociones punto de venta.

Promociones al canal.

Degustaciones.

Exposiciones puntuales.

Participación en concursos o certámenes de calidad.

Desfiles.

Seminarios.

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Demostraciones.

Jornadas técnicas.

Contratación de agencia de relaciones públicas.

Acciones promocionales a través de Internet, siempre que sean en idioma extranjero.

-Conceptos excluidos:

Elaboración, envío de muestras de cualquier otro material.

Regalos promocionales (camisetas, gorras, etc.).

Catering (cócteles, etc.).

6. Registro de patentes y marcas.

-Conceptos elegibles:

Registro internacional de patentes y marcas (arbitraje internacional ante litigios, búsqueda de nombre, etc.).

Homologación ante clientes u organismos públicos y privados en el exterior.

Certificaciones de calidad para el extranjero.

Certificados ISO, en una entidad de certificación acreditada en el país destino o en España. En el caso de que la

certificación sea emitida por una entidad acreditada en España (ENAC-Entidad Nacional de Acreditación), deberá

existir Acuerdo Multilateral de Reconocimiento (MLA -con el que los organismos de acreditación, de los países

destino, reconocen la equivalencia de las acreditaciones de las entidades de España).

En el caso de certificaciones y homologaciones, se admitirán pagos parciales por trabajos ya realizados, siempre y

cuando sea contra la emisión de una factura.

-Conceptos excluidos:

Registro de patentes y marcas a nivel nacional.

Servicio de vigilancia para mantenimiento de la marca o patente.

7. Otros gastos de internacionalización.

-Conceptos elegibles:

Se incluirán aquellos gastos en que incurran las empresas durante su proceso de internacionalización que no se

recogen en epígrafes anteriores y que no están expresamente excluidos.

Estas propuestas de gastos se analizarán en cada caso, y deberán contar con el Visto Bueno previo y por escrito del

Servicio de Proyección Internacional, quien decidirá el apoyo o no de estos gastos, siempre que se encuentren

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dentro del marco del Plan de Internacionalización del Programa, vinculados a la salida de la empresa al mercado

exterior y no al funcionamiento ordinario de la empresa.

-Conceptos excluidos:

Todos los conceptos de gasto excluidos en el resto de apartados de este documento.

Nota: Todos los gastos incluidos en los apartados anteriores que realicen las empresas y sean cofinanciados,

deberán incluir el logo PIN, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

Base 16. Bolsas de viaje 2015 (en euros)

PAÍS IMPORTE MÁXIMO BOLSA

(euros)

ALBANIA 490 ANGOLA 1.380 ARABIA SAUDITA 980 ARGELIA 320 ARGENTINA 1.330 ARMENIA 820 AUSTRALIA 1.550 AZERBAIYÀN 980 BANGLADESH 1.220 BIELORRUSIA 590 BOLIVIA 1.280 BOSNIA‑HERZAGOVINA 430 BOTSWANA 1.360 BRASIL 1.250 BRUNEI 1.550 CAMERÚN 850 CANADA (COSTA ESTE) 900 CANADÁ(COSTA OESTE) 1.140 CHAD 900 CHILE 1.440 CHINA 950 COLOMBIA 1.060 CONGO 1.380 COREA DEL SUR 980 COSTA DE MARFIL 1.060 COSTA RICA 1.060 CROACIA 490 CUBA 780 ECUADOR 1.060 EE.UU. (CENTRO) 910 EE.UU. (COSTA ESTE) 750 EE.UU. (COSTA OESTE) 1.170 EGIPTO 660 EL SALVADOR 1.060 EMIRATOS ÁRABES 810 ETIOPÍA 890 FILIPINAS 1.260 GABÓN 1.060 GEORGIA 860 GHANA 1.060 GUATEMALA 1.060 GUINEA BISSAU 780 GUINEA CONAKRY 820 GUINEA ECUATORIAL 900 HONDURAS 1.060 INDIA 1.250

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INDONESIA 750 IRÁN 1.060 IRAQ 1.100 ISLANDIA 740 ISRAEL 660 JAMAICA 1.000 JAPÓN 1.660 JORDANIA 900 KAZAJSTÁN 990 KENIA 980 KIRGUIZISTÁN 1.110 KUWAIT 1.040 LÍBANO 740 LIBERIA 820 LIBIA 660 MADAGASCAR 1.470 MALASIA 1.000 MALAWI 1.330 MALÍ 1.040 MAURITANIA 660 MÉXICO 910 MOLDAVIA 660 MONGOLIA 1.390 NAMIBIA 1.350 NEPAL 1.360 NICARAGUA 1.060 NIGERIA 660 NUEVA ZELANDA 1.630 OMÁN 980 PAKISTÁN 1.080 PANAMÁ 1.060 PARAGUAY 1.300 PERÚ 1.300 PUERTO RICO 820 QATAR 890 REP. CENTROAFRICANA 950 REP. DEMOCRÁTICA CONGO 1.180 REP. DOMINICANA 740 RUSIA 830 SENEGAL 740

SERBIA‑MONTENEGRO 490 SINGAPUR 1.350 SIRIA 740 SOMALIA 980 SRI LANKA 1.150 SUDÁFRICA 1.010 TAILANDIA 1.180 TAIWÁN 1.250 TÚNEZ 350 TURKMENISTÁN 1.140 TURQUÍA 620 UCRANIA 480 URUGUAY 1.380 UZBEKISTÁN 960 VENEZUELA 1.060 VIETNAM 1.630 YEMEN 900 ZAMBIA 1.380 ZIMBABWE 1.370

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TIP. PAÍS IMPORTE MÁXIMO BOLSA

(euros)

LC MARRUECOS 290 LC NORUEGA 550

LC SUIZA 460 UE ALEMANIA 370 UE AUSTRIA 490 UE BÉLGICA 330 UE BULGARIA 740 UE CHIPRE 570 UE DINAMARCA 370 UE ESLOVAQUIA 450 UE ESLOVENIA 430 UE ESTONIA 500 UE FINLANDIA 430 UE FRANCIA 390 UE GRECIA 450 UE HUNGRÍA 570 UE IRLANDA 350 UE ITALIA 370 UE LETONIA 310 UE LITUANIA 430 UE LUXEMBURGO 390 UE MALTA 570 UE PAÍSES BAJOS 400 UE POLONIA 570 UE PORTUGAL 270 UE REINO UNIDO 350 UE REP. CHECA 570 UE RUMANÍA 300 UE SUECIA 490

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Lunes, 23 de febrero de 2015 Número 36 ‑ Página 2419

ANEXO 2

Formulario de solicitud a la convocatoria promoción exterior 2015

Datos de quien presenta la solicitud (cuando no coincida con el so-licitante):

NIFNombre y 2 apellidos o razón social

Datos del solicitante:

NIFNombre y 2 apellidos o razón socialDomicilio (calle, número, piso)CP LocalidadProvinciaDomicilio efectos notificaciones (calle, número, piso)C.P. LocalidadTfno. FaxPágina webPersona responsable del proyecto (indicar cargo en la empresa, nombre y apellidos):

E-mail

1.–Características del solicitante:

Año de constitución: Domicilio fiscal: SeleccionarFecha de alta en el I.A.E. Epígrafe:Descripción del producto o servicio:Sector al que pertenece: SeleccionarSi ha seleccionado el sector “otros”, describir el sector:% Exportación/Ventas (de la empresa en el último ejercicio cerrado) % Dpto. exportación Fecha de creación: N.º de personas que lo integran:

Datos de los integrantes del Dpto. de Exportación (indicar nombre y puesto que ocupa):

2.–Características de la solicitud:

País seleccionado (si presenta solicitud por más de un país, añadir un cuadro por cada país):¿% Exportación país seleccionado?:

3.–Declaración sobre los requisitos del artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones.

En relación con el cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, declaro no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en dicho artículo para obtener la condición de beneficiario de la subvención.

4.–Declaración sobre otras subvenciones obtenidas.En relación con el objeto de la subvención solicitada, declaro:Que SELECCIONAR he obtenido subvención de otras Administracio-

nes Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales. En caso de respuesta afirmativa, completar el cuadro:

ENTIDAD CONCEPTO CUANTÍA CONCEDIDA

En relación con las ayudas sometidas al régimen de “minimis” (Re-glamento 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado a las ayudas de minimis), declaro:

Que en este ejercicio fiscal y los dos anteriores, SELECCIONAR he recibido ayudas de “minimis” de cualquier Administración o Ente público, nacional o internacional. En caso de respuesta afirmativa, completar el cuadro:

ENTIDAD CONCEPTO CUANTÍA CONCEDIDA

FECHA CONCESIÓN

5.–En relación a la actualización de datos, declaro:Mi compromiso a comunicar por escrito al Departamento de Economía

y Hacienda, en el plazo máximo de 15 días, cualquier modificación que se produzca en las subvenciones especificadas en esta declaración.

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Página 2420 ‑ Número 36 Lunes, 23 de febrero de 2015

6.–Autorización.Autorizo al Departamento de Economía y Hacienda para que comprue-

be, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión de la subvención, que me encuentro al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

7.–En relación con la condición de PYME, declaro:Que a los efectos de ser considerado PYME conforme a la Recomenda-

ción 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, los datos a computar (referidos al último ejercicio contable cerrado) son los siguientes:

Empresa SolicitanteEfectivos (UTA): Unidades de Trabajo Anual Volumen de Negocios (ventas netas): Activo Total:

¿Participada por otras empresas en más del 25%? SeleccionarSi se van a aportar los datos de más de una empresa, incorporar tantos grupos de casillas como empresasRazón social de la/s empresa/s que participan en el capital de la solicitante% Participación : % Cuentas consolidadas SeleccionarEfectivos (UTA): Unidades de Trabajo Anual Volumen de Negocios (ventas netas): Activo Total:N.º de mujeres en plantilla a 31/12/14: N.º de hombres en plantilla a 31/12/14:

¿Participa en otras empresas en más del 25%? SeleccionarSi se van a aportar los datos de más de una empresa, incorporar tantos grupos de casillas como empresasRazón social de la/s empresa/s en las que la solicitante tiene par-ticipación:% Participación: % Cuentas consolidadas SeleccionarEfectivos (UTA): Unidades de Trabajo Anual Volumen de Negocios (ventas netas): Activo Total:

¿Existe alguna empresa con derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de la solicitante? Seleccionar¿Existe alguna empresa con derecho a ejercer influencia dominante sobre la solicitante, en virtud de contrato celebrado con ella o una cláusula estatutaria? Seleccionar¿Existe alguna empresa accionista o asociada a la solicitante, que controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de ésta, la mayoría de los derechos de voto? SeleccionarRazón social de la empresa% Participación: % Cuentas consolidadas SeleccionarEfectivos (UTA): Unidades de Trabajo Anual Volumen de Negocios (ventas netas): Activo Total:

Datos AgregadosEfectivos (UTA): Unidades de Trabajo Anual Volumen de Negocios (ventas netas): Activo Total:

8.–Plan de Internacionalización para 2015 (rellenar este apartado para cada país).

El contenido deberá recoger como mínimo la información que se solicita a continuación. Los siguientes apartados (de 8.1 a 8.4) deberán cumplimentarse de manera extensa y detallada.

8.1. País (con indicación de zona o región a dónde se van a dirigir las actuaciones).

8.2. Posicionamiento estratégico (segmento del mercado al que va a ir dirigida la oferta).

8.3. Objetivos del proyecto y resultados que se espera obtener (concretos y cuantificables).

8.4. Descripción, calendario y presupuesto de las actuaciones:

DENOMINACIÓN DE LA ACCIÓN

DESCRIPCIÓN DETALLADA FECHA PRESUPUESTO

–Elegir del desplegable ----

- -

–Elegir del desplegable ----

- -

–Elegir del desplegable -----

- -

–Elegir del desplegable -----

- -

- - - - ‑ (...) - - -

- - - - ‑ TOTAL PAÍS - - -

9.–Firma:En .................................., a .....................

Firma y sello:

Cargo:

10.–Información de interés para el solicitante.1. El tratamiento de los datos aportados en la solicitud y la declaración

responsable se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la demás legislación aplicable. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerá, conforme a la legislación señalada, en el Departamento de Economía y Hacienda.

2. El Departamento de Economía y Hacienda podrá investigar la veracidad de los datos declarados y, en caso de falsedad, exigir el reintegro de la subvención concedida más los intereses de demora correspondien-tes, así como instruir un expediente sancionador por la comisión de una infracción clasificada como muy grave.

11.–Documentación complementaria de la solicitud. Copia de la carta de adhesión al programa ICEX NEXT. Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con

la Hacienda Foral. Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad

Social.12.–Consideraciones generales:–Dentro del programa se contemplarán exclusivamente las acciones

destinadas a la internacionalización de la empresa.–Este programa es compatible con ayudas de otros organismos, por lo

que el apoyo de las facturas presentadas se podrá acumular, sin exceder nunca el 100% del importe de las mismas, previa información al Servicio de Proyección Internacional y sin perjuicio del cumplimiento del resto de condiciones exigidas (mínimis, o cualquier otra que el Servicio de Proyección Internacional considere).

–Sólo se considerarán los gastos facturados por terceros.–No se considerarán conceptos facturados por ICEX.–Están excluidos los costes internos de la empresa.–No se apoyará en ningún caso la prestación de servicios por parte

del Servicio de Proyección Internacional.–En caso de duda sobre la elegibilidad de algún gasto o de la forma

de justificación del mismo, la empresa consultará al Servicio de Proyección Internacional.

–Sólo se admitirán facturas cuya fecha esté dentro del periodo elegible en esta convocatoria (16 de diciembre 2014 ‑ 15 de diciembre 2015).

–Para el cálculo de la ayuda, no se considerará ningún tipo de impuesto (incluido el IVA), que grave cualquier gasto o factura objeto de apoyo, con independencia de que el mismo se devengue en el territorio nacional o en el extranjero.

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Lunes, 23 de febrero de 2015 Número 36 ‑ Página 2421

La empresa ha de tener en cuenta que deberá estar al corriente en sus obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.

Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo PIN (catálogos, folletos, carteles, páginas web, stands en ferias, desfiles, acciones promocionales).

Descargar logo PIN desde: www.planinternacional.navarra.es.

ANEXO 3

Justificación de subvención de acciones de promoción en el exterior de las empresas 2015

1.–Datos identificativos:

Nombre o razón social:NIF: Domicilio:

C.P.: Localidad:Tfno.: Fax: Pág web: Persona contacto: E-mail: N.º expediente:

2.–Relación de facturas.Normas para la confección de este modelo:1. Las facturas se agruparán por acciones, seleccionando desde el

desplegable el tipo de acción y la acción.2. Los justificantes de pago deben presentarse junto con las factu-

ras, seleccionando desde el desplegable el tipo de justificante de pago presentado.

3. Si necesita añadir más filas, hacer clic en ver/barras de herramien-tas/formulario y hacer clic en el candado; a continuación añadir las filas necesarias, copiando. Una vez añadidas, volver a proteger el documento, haciendo clic en el candado, para que funcionen los desplegables.

PAÍS TIPO DE ACCIÓN(Seleccionar)

ACCIÓN(Seleccionar)

N.º DE FACTURA FECHA PROVEEDOR IMPORTE

SIN IVAJUST. DE PAGO

(Seleccionar)

3.–Certificaciones de viaje. Deberán presentarse con membrete de la empresa y ajustarse al siguiente formato.

(Membrete de la empresa)

CERTIFICACIÓN DE VIAJEDon/Doña: ..................................................................... (nombre y dos apellidos)Representante legal de la entidad: .......................... (nombre empresa española)con N.I.F. ...................................................,CERTIFICA QUE:Don/Doña: ..................................................................... (nombre y dos apellidos)Personal de la empresa y con cargo en la citada empresa de .............................. realizó durante el/los día/s ....... un viaje con destino a .......................................... (trayecto completo ida y vuelta) con motivo de .............................................................................................................................................................................................Y para que así conste ante el Servicio de Proyección Internacional, firma y sella la presente declaración.

En ............................, a ...., de ..................... de 201....

4.–Documentación complementaria: Copias de facturas. Debidamente cumplimentadas. Para que una

factura se considere cumplimentada debe contener:–Fecha de la factura.–Número de la factura.–Razón Social y NIF del emisor y de la entidad beneficiaria.–Descripción del gasto incurrido en la factura.–Importe unitario.–Detalle del IVA o del IRPF en su caso, etc.Nota: Sólo se admitirán facturas cuya fecha esté dentro del periodo

del programa de la empresa. Copias de justificantes de pago. Se considerará gasto realizado

el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.

–Copia del comprobante bancario (cheque, orden de transferencia, letras, pagarés, etc.) y extracto bancario original.

–Internet, se aceptan los documentos obtenidos por internet (com-probante y extracto) siempre que la fecha de impresión sea posterior a la fecha de la operación. Deben detallar el titular de la cuenta.

–Original del adeudo de la transferencia con todo el detalle. Debe detallar el titular de la cuenta y beneficiario del pago.

–En caso de pago mediante tarjeta de crédito, copia del resumen mensual de dicha tarjeta y extracto bancario original o electrónico donde figure el cargo en la cuenta de la empresa ICEX Next.

Como caso excepcional se acepta certificado de la entidad bancaria detallando la operación de pago.

–En caso de Pagos en efectivo: No se admitirán pagos no justifica-dos mediante los documentos señalados en los apartados anteriores. Excepcionalmente se admitirán pagos en metálico por cuantías pequeñas no superando nunca los 600 euros, para aquellos conceptos de gasto realizados en el extranjero y que por su propia naturaleza y circunstancias excepcionales así lo requieran (pago a traductores o azafatas en ferias en el extranjero, etc.). En estos casos se deberá aportar recibí firmado por el proveedor. Informe de la Seguridad Social donde figuren con nombres y ape-

llidos las personas contratadas por la empresa a 31/12/2014, denominado “Informe de vida laboral de la empresa”.

Memoria de las actuaciones realizadas. La memoria recogerá como mínimo la siguiente información:

–Descripción de las acciones desarrolladas, con detalle de los contactos realizados, entrevistas mantenidas, asistentes (en caso de presentaciones), el asesoramiento recibido (en su caso), etc.

–Grado de consecución de los objetivos planteados para el proyecto según lo planteado en la memoria de solicitud de la ayuda.

–Valoración del proyecto y del mercado de destino, dificultades en-contradas, etc.

–Propuestas de mejora para acciones futuras. Una relación detallada de otros INGRESOS Y SUBVENCIONES que

hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia. Otra documentación:–En el caso de elaboración de material de difusión‑promoción: Un

ejemplar original de cada una de las piezas realizadas o dirección de la página Web o portal comercial en su caso.

–En el caso de la Publicidad: Un ejemplar original de cada medio donde aparezca la inserción y en caso de publicidad en internet impresión de la pantalla donde se realiza la inserción.

–En el caso de Registro de Patentes y Marcas: Normativa u otra documentación justificativa de la homologación en el país destino de la exportación.

–En el caso de viajes de prospección comercial: Certificación de la realización de viaje, según figura en este Anexo.

–En el caso de viajes de clientes actuales o potenciales tarjeta de visita de la persona que ha realizado el viaje. Encuesta de Evaluación (se realiza on line en navarra.es en el

enlace a la convocatoria en el catálogo de servicios de navarra.es o la web www.planinternaciona.navarra.es).

–Otros Gastos de Internacionalización: Podrá ser requerida la do-cumentación adicional que se considere imprescindible para la correcta justificación del gasto.

F1502141