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Calle 10 con Avenidas El Parque y Las Mercedes, Urb. La Paz, El Paraíso. CARACAS, D.C. Tel. 0212-472 64 10 / 472 32 93 www.fvbaloncesto.com.ve [email protected] RIF: J-30427331-2 RESOLUCIÓN 01 / 2016 La Junta Directiva de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), en reunión extraordinaria, según convoc atoria efectua da en fecha Se is de Febre ro de Dos Mi l Dieciséi s, celebrada e n el Hotel Trinitaria s Suites, de Barquis imeto para abordar asuntos c oncernientes a la c omunicaci ón SN de fe cha Ci nco de F ebr er o de Dos Mil Diecis éis , env iada por el Sr. Albe rto Gar cía , Dir ector Ejecutivo de la Federación Interna cion al de Balonce sto (FIB A) en las Américas, encontrándose él mismo presente, con relación a la Suspensión de Afiliación por Incumplimien to de Pagos del Club GAITEROS DEL ZULIA, decide: Visto Que durante el año 2014 y 201 5 se recibieron en la Federación Vene zolana de Baloncesto (FVB ) diversas reclamaciones de incumplimiento de pagos por parte del Club en referencia, mismas que condujeron a la aplica ción de las Resolucione s 1/2015 (relativa a deudas con el entrenador Né stor García de fecha 28 de enero de 2015), 2/2015 (de fecha 12 de febrero 2015 relacionada igualmente a la deuda contenida en la resolución 01/2015 con el entrenador Néstor García), 4/2015 (de fecha 24 de febrero de 2015 dando continuidad a las resoluciones 01/2015 y 02/2015 respecto a las deudas con el entrenador Néstor García) y 8/2015 (de fecha 27 de mayo de 2015 relativa a la suspensión del equipo Gaiteros por la diversas deudas con jugadores, agentes y proveedor es). Visto Que no han sido honrados los pagos correspondientes pese a habersuscrito un Acta de Compr omiso el día 1 0 de diciembre de 201 5 entre las autoridades de la Liga Prof esional de Balo nces to (LPB) y nuest ra insti tuci ón a objeto de ho nrar la s deudas co n los juga dore s Robe rt McKiver, Ryan McCoy y Peter Kvietek. Visto Que hast a la prese nte fec ha no se ha reci bido ante la Fe dera ción Ve nezo lana de Ba lonc esto (FVB) y ningún otro org anismo constancia de pago sobre las de udas reclama das. Visto Que se ha recibido una comunicación de la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) donde se señala: “Al haberse denunciado tanto las deudas como las varias tratativas de usted y las promesas del equipo y también la Liga y continúan los incumplimientos, se ha decidido que en forma inmediata “se suspenda la participación del equipo Gaiteros del Zulia de la competencia interna en su Liga y de cualquier otro tipo de competencia nacional e internacional por el término de dos años”  , a menos que en 48 horas sean canceladas las deudas a esa Federación, jugadores e Instituciones” (Transcrito textualmente) .

Resolución 01-16 (corregido)

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RIF: J-30427331-2

RESOLUCIÓN 01 / 2016

La Junta Directiva de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), en reunión extraordinaria,según convocatoria efectuada en fecha Seis de Febrero de Dos Mil Dieciséis, celebrada en el

Hotel Trinitarias Suites, de Barquisimeto para abordar asuntos concernientes a la comunicación

SN de fecha Cinco de Febrero de Dos Mil Dieciséis, enviada por el Sr. Alberto García, Director

Ejecutivo de la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) en las Américas, encontrándose él

mismo presente, con relación a la Suspensión de Afiliación por Incumplimiento de Pagos del Club

GAITEROS DEL ZULIA, decide:

Visto

Que durante el año 2014 y 2015 se recibieron en la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB)

diversas reclamaciones de incumplimiento de pagos por parte del Club en referencia, mismas que

condujeron a la aplicación de las Resoluciones 1/2015 (relativa a deudas con el entrenador Néstor

García de fecha 28 de enero de 2015), 2/2015 (de fecha 12 de febrero 2015 relacionada

igualmente a la deuda contenida en la resolución 01/2015 con el entrenador Néstor García),

4/2015 (de fecha 24 de febrero de 2015 dando continuidad a las resoluciones 01/2015 y

02/2015 respecto a las deudas con el entrenador Néstor García) y 8/2015 (de fecha 27 de mayo

de 2015 relativa a la suspensión del equipo Gaiteros por la diversas deudas con jugadores,

agentes y proveedores).

Visto

Que no han sido honrados los pagos correspondientes pese a haber suscrito un Acta de

Compromiso el día 10 de diciembre de 2015 entre las autoridades de la Liga Profesional deBaloncesto (LPB) y nuestra institución a objeto de honrar las deudas con los jugadores Robert

McKiver, Ryan McCoy y Peter Kvietek.

Visto

Que hasta la presente fecha no se ha recibido ante la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB)

y ningún otro organismo constancia de pago sobre las deudas reclamadas.

Visto

Que se ha recibido una comunicación de la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) donde

se señala:

“Al haberse denunciado tanto las deudas como las varias tratativas de usted y 

las promesas del equipo y también la Liga y continúan los incumplimientos, se ha

decidido que en forma inmediata “se suspenda la participación del equipo

Gaiteros del Zulia de la competencia interna en su Liga y de cualquier otro tipo

de competencia nacional e internacional por el término de dos años”  , a menos

que en 48 horas sean canceladas las deudas a esa Federación, jugadores e

Instituciones” (Transcrito textualmente).

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Considerando

Que la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) ha notificado a nuestra insitución que el

incumplimiento de la medida adoptada por dicho organismo por parte del Club y la Liga, pone en

riesgo a nuestra Federación y equipos nacionales, con la consecuencia de poder ser suspendidos

de toda competición internacional tanto de selecciones como clubes, incluyendo los venideros

Juegos Olímpicos de Río 2016 y los Campeonatos Suramericanos de Mayores Masculino y

Femenino por no acatar las decisiones del ente rector del baloncesto mundial

Considerando

Que la situación de deudas del equipo tiene un persistente carácter público, afectando

notablemente la percepción internacional sobre el baloncesto venezolano y el baloncesto en

general

Considerando

Que las deudas persistentes pueden también afectan el desarrollo de la Liga Profesional de

Baloncesto (LPB) y pueden promover acciones arbitrales de carácter internacional ante el Tribunal

Arbitral del Baloncesto (BAT por sus siglas en inglés)

RESUELVE

En base al Capítulo V, Artículo 6, Literal L de los Estatutos de la Federación Venezolana deBaloncesto, que reza:

Artículo 6, literal L: Imponer sanciones a sus afiliados dentro de los límites de su

competencia, jurisdicción y en lo que atañe a sus actividades, atendiendo a lo

 previsto en la Ley del Deporte y su Reglamento

Dictar las siguientes:

1. Dar cumplimiento a la dispositiva de la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA),

estableciendo un plazo de 48 horas contadas a partir de la presente fecha a las 14:00hrs

para la cancelación de todas las deudas documentadas ante la Federación Venezolana de

Baloncesto (FVB) que mantiene el club Gaiteros del Zulia. La no cancelación en el plazo

indicado acarrea la suspensión del club en los términos expuestos por la FederaciónInternacional de Baloncesto (FIBA). En esta reunión la FVB en conversaciones con la FIBA

y en vista de haber recibido dicha comunicación en fecha Cinco de febrero de Dos mil 

dieciséis y debido a la proximidad del asueto de carnaval reconsideró el plazo originalmente

otorgado.

2. Comunicar de la presente resolución al Consejo de Honor de la Federación Venezolana de

Baloncesto (FVB) a efectos de conducir las acciones inherentes al caso en el marco de los

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estatutos, reglamentos y códigos de nuestra institución y de la Federación Internacional de

Baloncesto (FIBA).

3. Comunicar a la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA), al Ministerio del PoderPopular para la Juventud y el Deporte, a la Liga Profesional de Baloncesto (LPB) y a las

partes interesadas sobre la presente resolución.

En Caracas, a los Diez días del mes de Febrero de Dos Mil Dieciséis.

Por la Junta Directiva,

(Fdo. en Original)

José Carmelo Cortez

Martha Aguilar Pedro Raga Francisco Diez