21
RESOLUCIÓN 110 DE 1995 DIANA CAROLINA SÁNCHEZ VERA 11141060

Resolución 110 de 1995

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Resolución 110 de 1995

RESOLUCIÓN 110 DE

1995

DIANA CAROLINA SÁNCHEZ VERA

11141060

Page 2: Resolución 110 de 1995

• Condiciones mínimas para el funcionamiento de los establecimientos que ofrecen algún tipo de atención al anciano en el Distrito Capital.

• CAMPOS DE APLICACIÓN

• Las normas establecidas en la presente reglamentación se aplicarán a todos los establecimientos de la jurisdicción del Distrito Capital que presten cualquier tipo de atención al anciano.

Page 3: Resolución 110 de 1995

DEFINICIONES

ANCIANO

• Es la persona mayor de 60 años.

ATENCIÓN INTEGRAL EN

SALUD

• Necesidades básicas (albergue, vestido y alimentación); cuidados de la salud física y/o mental; aspectos de promoción, fomento y mantenimiento de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, asistencia social y espiritual, recreación y todas aquellas actividades que favorezcan en bienestar, protección y seguridad de los ancianos.

INSTITUCIONES

• Son todas aquellas personas naturales o jurídicas, públicas, privadas o mixtas, organizadas en una entidad, que cuenta con infraestructura física, y que ofrecen en forma directa, servicios de salud y/o asistencia social al anciano, (instituciones prestadoras de salud).

Page 4: Resolución 110 de 1995

TIPOS DE INSTITUCIONES

Albergues: Instituciones dedicadas a proporcionar exclusivamente hospedaje nocturno a ancianos.

Centro día geriátrico: Instituciones orientadas exclusivamente al bienestar social del anciano con el apoyo de servicios básicos de salud; funcionan 8 horas durante 5 o 6 días a la semana.

Centros geriátricos: Instituciones que ofrecen albergue, servicios sociales y atención integral con grado moderado o severo de incapacidad física y/o psíquica, para desarrollar AVD o enfermedades de control frecuente.

Clubes de ancianos: Son lugares donde se reúnen los ancianos para desarrollar actividades puramente sociales:; funcionan durante el día hasta 8 horas.

Page 5: Resolución 110 de 1995

Comedores: sitios destinados a proveeralimentación a personas ancianas.

Hogares gerontológicos: Institucionesdestinadas al albergue permanente otemporal de ancianos con mínimaincapacidad física o psíquica, donde seofrecen servicios sociales y de saludbásicos.

Hospital día geriátrico: Institución anexa aun hospital que presta servicios durante 8horas diurnas, cinco o seis días a lasemana, en las áreas de atención médicay enfermería, rehabilitación yprocedimientos médicos menores.

Unidad de cuidado terminal: Institucionesdedicadas a prestar atención integral ensalud a pacientes que por enfermedadtienen un pronóstico de sobrevida entre3 y 6 meses.

Page 6: Resolución 110 de 1995

DE LA PLANTA FÍSICA

• Distribución de la Infraestructura Física. Los establecimientos que prestanalgún tipo de servicio al anciano en el Distrito Capital deberán conformarse deacuerdo a los servicios prestados (alojamiento, atención médica, servicios deurgencias, alimentación y otras) y todas sus áreas deberán ser físicamenteindependientes de las demás, identificadas en lugar visible y serán lassiguientes:

Page 7: Resolución 110 de 1995

ÁREA DE VIVIENDA RESIDENTES

HABITACIONES

• individuales

• colectivas

INDIVIDUALIZADAS

• sexo

BAÑOS

• En cada habitación

• O cerca de un servicio sanitario

Page 8: Resolución 110 de 1995

DOTACIÓN DE LA HABITACIÓN

La cama.

Cuando el anciano presente

dificultad para el

desplazamiento

Closet o armario

.

Timbre o intercomunic

ador.

Interruptor de luz.

Las puertas.

Las ventana

s.

Page 9: Resolución 110 de 1995

CLASE DE HABITACIONES

DEPENDIENDO DEL ESTADO DE SALUD, DE LOS

RESIDENTES:

Habitaciones para ancianos sin incapacidad física: Deberán cumplir los requisitos del Artículo anterior.

Habitaciones para ancianos con problemas psicogeriátricos: individuales, con baño

privado. deberán tener barandas de protección, los focos de iluminación deben

tener mallas. Se evitarán objetos que en una u otra forma puedan ocasionar accidentes.

Habitaciones para ancianos con enfermedades

infectocontagiosas. Se dispondrá de una o varias habitaciones con sus respectivos aditamentos, con

ventilación adecuada, baño privado.

Page 10: Resolución 110 de 1995

ÁREAS DE SALUD

Consultorio Médico

consulta médica – geriátrica:Dotación básica: una camilla, unescritorio, sillas, fonendo, tensiómetro, equipo de órgano de lossentidos, martillo dereflejos, termómetro, equipo dereanimación y equipo paraoxigenoterapia

Servicio de Enfermería.

dispondrá de: Una sala decuraciones, Una zona de lavado parael materialquirúrgico, sondas, guantes, pinzas, etc. Un salón oficina donde se llevaránlos controles de enfermería.

Sala de Terapias.

Debe ser de salón amplio dotado conlos elementos indispensables para larealización de fisioterapia y dondepodrán realizarse actividadessociales, culturales y educativas.

Page 11: Resolución 110 de 1995

ÁREA DE SERVICIOS GENERALES

Comedor.

Cocina.

Despensa.

Lavandería.

Depósito de Basuras.

Deposito para los

Utensilios de Aseo.

Page 12: Resolución 110 de 1995

AREA ADMINISTRATIVA

• Oficinas. Local destinado para la dirección y administración del establecimiento. Estará dotado de muebles y enseres indispensables para la administración (Información, archivo, estadística, etc.).

• Dispondrá de una cafetería y servicios sanitarios para el personal administrativo.

Page 13: Resolución 110 de 1995

INFRAESTRUCTURA FÍSICA

Área de Construcción.

Son necesarios comomínimo diez metroscuadrados (10m2.) por cadaresidente en lo que asuperficie cubierta serefiere.

Número de Pisos.

preferiblemente de una solaplanta, máximo de dos, encuyo caso se realizará lacirculación de los residentespor medio de rampas, conpendientes entre el cinco(5%) y el ocho por ciento(8%).

Las Rampas.

Deben tener pasamanos locual facilitará ladeambulación con apoyopara los ancianos y para laspersonas en silla de ruedas;el ancho mínimo de dichasrampas deber ser de 1.2metros; los pasamanosserán en materialantideslizante.

Las Escaleras.

En caso de existirescaleras, además de lasrampas, ellas deben tenercomo mínimo 1m deancho, pendiente de 35%con escalones cortos en unmáximo de diez escalonespor tramo. Deberán estardotadas de materialantideslizante y lospasamanos se extenderán0,60 m.

Page 14: Resolución 110 de 1995

SANEAMIENTO

BASICO

Localización.

Condiciones de los Pisos.

Condiciones Generales de Cielo-rasos, Techos, Paredes y Muros.

Disposiciones de Residuos Líquidos.

De la Preparación de Alimentos.

Disposición de Residuos Sólidos.

Abastecimiento de Agua Potable. Y iluminación y ventilación

Page 15: Resolución 110 de 1995

SERVICIOS SANITARIOS

Cantidad de Baños.

mínimo deberá

poseer un baño por

cada cinco residentes, dif

erenciados por sexo.

Dotación.

deberá ser completa y equipados

con los dispositivos apropiados

para la tercera edad

Para uso masculino. retrete, un

lavamanos y una ducha.

- Lavamanos

Sanitario Especial.

sanitario con sillón de ruedas

adaptables al retrete para

ser usado por pacientes en

silla de ruedas.

Puerta de los Baños. deben

abrir hacia fuera (o

pueden ser corredizas) El ancho de las puertas debe ser mínimo de 1.2 mts.

Timbre en los Baños. Los

baños deben contar con un timbre

que les permita

comunicarse en caso

necesario.

Baño Especial.

Para ancianos incapacitados con lesiones motoras o

minusválidos

Todos loa baños, lavamanos, dispond

rán de suministros

en agua fría y caliente, dura

nte las 24 horas.

Page 16: Resolución 110 de 1995

AREAS Y PERSONAL SEGÚN EL TIPO

DE LA INSTITUCION Albergue.

• Área de servicios generales y administrativa, Personal técnico científico, Auxiliar de trabajo social.

Centros Día Geriátrico.

• Área De Salud, de servicios generales y administrativos, Personal técnico o científico, Un médico general de cuatro horas, Un profesional de enfermería, Un auxiliar de enfermería, Una trabajadora social de tiempo completo, Un terapeuta ocupacional por cada 20 residentes.

Page 17: Resolución 110 de 1995

Centro Geriátrico.

• Área de vivienda para residentes, de salud, de servicios generales y administrativa, Personal técnico o científico, Médico de 4 horas de disponibilidad las 20 horas restantes, Profesional de enfermería las 24 horas del día, Auxiliares de enfermería las 24 horas del día, uno por cada 20 residentes, Un terapeuta físico, Un terapeuta ocupacional, Servicio de laboratorio clínico.

Club de Ancianos.

• Área de servicios generales y administrativa, Personal técnico o científico, Personal entrenado para la toma de signos vitales y primeros auxilios.

Page 18: Resolución 110 de 1995

Comedores.

• Área. De servicios generales y administrativa, Personal técnico o científico, Una nutricionista.

Hogares Gerontólogicos.

• Área de vivienda para residentes, de salud, de servicios generales y administrativos, Personal técnico o científico, Médico 8 horas con disponibilidad de 16 horas, Asesoría del personal de enfermería, Auxiliares de enfermería, Auxiliares de enfermería 24 horas, una por cada 20 residentes.

Hospital Día Geriátrico.

• Área. De salud de servicios generales y administrativa, Personal técnico o científico, Un médico de 4 horas, con disponibilidad de 4 horas por cada 5 días a la semana, Un profesional de enfermería, Auxiliares de enfermería, 1 por cada 8 asistentes, Un trabajador social, Una terapeuta física, Una terapeuta ocupacional 4 horas.

Page 19: Resolución 110 de 1995

Unidad de Cuidado Terminal.

• Área de vivienda para residentes de salud, de servicios generales y administrativa, Personal técnico o científico, Médico 4 horas con disponibilidad de 20 horas, Un profesional de enfermería las 24 horas, Auxiliares de enfermería, 1 por cada 8 residentes, Servicios de psicología, Un terapeuta físico y respiratorio, Servicios de laboratorio clínico, Ayuda espiritual.

Page 20: Resolución 110 de 1995

LICENCIAS SANITARIAS DE

FUNCIONAMIENTO

• La Secretaría Distrital de Salud

• La Licencia Sanitaria de Funcionamiento: Solicitud presentada por el interesado en duplicado, en forma personal o mediante apoderado, precisando el tipo de establecimiento y servicios que ofrece.

• Indicación del nombre o razón social del establecimiento.

• Nombre del propietario, adjuntando prueba de la existencia y representación legal en caso de que se trate de una persona jurídica.

Page 21: Resolución 110 de 1995

• Dirección y teléfono del establecimiento.

• Descripción de las características del establecimiento, indicando sus disponibilidades técnicas, científicas y humanas.

• Nombre y dirección del representante legal.

• Relación del personal médico paramédico y auxiliar, con indicación de su registro en la Secretaría Distrital de Salud.

• El incumplimiento a lo establecido en la presente disposición será investigada por la División Legal de la Secretaría Distrital de Salud o quien haga sus veces, y las sanciones serán impuestas conforme a la Ley 9 de 1979 y sus disposiciones reglamentarias.