Resolución Del Registro Ambiental

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RESOLUCIN No. 201234 SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE CONSIDERANDO: RESUELVE: MINISTERIO DEL AMBIENTE / DIRECCION PROVINCIAL MAE-SUIA-RA-CGZ4-DPAM-2015- 505 REGISTRO AMBIENTAL PARA EL PROYECTO OBRA O ACTIVIDAD DISEO CONTRUCCION E INSTALACION DE PLANTAS DESALINIZADORAS PROQUIMARSA S.A., UBICADO/A EN EL CANTN MANTA, PROVINCIA MANABI El Ministerio del Ambiente en su calidad de Autoridad Ambiental Nacional en cumplimiento de sus responsabilidades establecidas en la Constitucin de la Repblica del Ecuador y en la Ley de Gestin Ambiental, de precautelar el inters pblico en lo referente a la Preservacin del Ambiente, la Prevencin de la Contaminacin Ambiental y la Garanta del Desarrollo Sustentable, confiere el presente Registro Ambiental a PROQUIMARSA S.A, en la persona de su Representante Legal, ubicada en el cantn GUAYAQUIL provincia de GUAYAS, para que en sujecin al Registro Ambiental y Plan de Manejo Ambiental aprobado, ejecute el proyecto en los perodos establecidos. Que, el artculo 14 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador, reconoce el derecho de la poblacin a vivir en un ambiente sano y ecolgicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de inters pblico la preservacin del ambiente, la conservacin de los ecosistemas, la prevencin del dao ambiental y la recuperacin de los espacios naturales degradados; Que, el numeral 27 del artculo 66 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecolgicamente equilibrado, libre de contaminacin y en armona con la naturaleza; Que, en el numeral 4 del artculo 276 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador, seala que tendr como uno de los objetivos del rgimen de desarrollo, el recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural; Que, el artculo 19 de la Ley de Gestin Ambiental, establece que las obras pblicas, privadas o mixtas, y los proyectos de inversin pblicos o privados que puedan causar impactos ambientales, sern calificados previamente a su ejecucin, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema nico de Manejo Ambiental, cuyo principio rector ser el precautelatorio; Que, el artculo 20 de la Ley de Gestin Ambiental, seala que para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deber contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del Ambiente; Que, el artculo 12 del Acuerdo Ministerial No. 061 de 07 de abril de 2015, mediante el cual se reforma el Libro VI del Texto Unificado de Legislacin Secundaria del Ministerio del Ambiente, seala que el Sistema nico de Informacin Ambiental (SUIA), es la herramienta informtica de uso obligatorio para las entidades que conforman el Sistema Nacional Descentralizado de Gestin Ambiental; ser administrado por la Autoridad Ambiental Nacional y ser el nico medio en lnea empleado para realizar todo el proceso de regularizacin ambiental, de acuerdo a los principios de celeridad, simplificacin de trmites y transparencia; Que, el artculo 14 del Acuerdo Ministerial No. 061 de 07 de abril de 2015, mediante el cual se reforma el Libro VI del Texto Unificado de Legislacin Secundaria del Ministerio del Ambiente, establece que los proyectos, obras o actividades, constantes en el catlogo expedido por la Autoridad Ambiental Nacional debern regularizarse a travs del SUIA, el que determinar automticamente el tipo de permiso ambiental pudiendo ser: Registro Ambiental o Licencia Ambiental; Que, el artculo 24 del Acuerdo Ministerial No. 061 de 07 de abril de 2015, mediante el cual se reforma el Libro VI del Texto Unificado de Legislacin Secundaria del Ministerio del Ambiente, determina que el Registro Ambiental es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental Competente mediante el SUIA, obligatorio para aquellos proyectos, obras o actividades considerados de bajo impacto y riesgo ambiental. Para obtener el registro ambiental, el promotor deber llenar en lnea el formulario de registro asignado por parte del Ministerio del Ambiente; En uso de las atribuciones establecidas en el artculo 17 del Estatuto de Rgimen Jurdico Administrativo de la Funcin Ejecutiva Art. 1 Aprobar el Registro Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para el proyecto, obra o actividad DISEO CONTRUCCION E INSTALACION DE PLANTAS DESALINIZADORAS PROQUIMARSA S.A., UBICADO(A) EN EL CANTN MANTA, PROVINCIA MANABI y cuyo sector/actividad es Saneamiento / CONSTRUCCIN Y/U OPERACIN DE PLANTAS DESALINIZADORAS DE AGUA. Art. 2 Otorgar el Registro Ambiental para el proyecto, obra o actividad DISEO CONTRUCCION E INSTALACION DE PLANTAS DESALINIZADORAS PROQUIMARSA S.A., UBICADO/A EN EL CANTN MANTA, PROVINCIA MANABIOTORGA A: PROQUIMARSA S.A El Registro Ambiental emitido con el No. MAE-SUIA-RA-CGZ4-DPAM-2015-504, faculta la ejecucin del proyecto/ actividad, cumpliendo la normativa ambiental aplicable, y sujeta a supervisin de la autoridad ambiental competente. Las caractersticas generales del proyecto/actividad aprobado son las siguientes: DATOS TCNICOS: Proyecto/Actividad: CONSTRUCCIN Y/U OPERACIN DE PLANTAS DESALINIZADORAS DE AGUA Sector: Saneamiento Ubicacin Geogrfica: MANABI, MANTA, TARQUI Coordenadas geogrficas: Ver Anexo DATOS ADMINISTRATIVOS: Nombre del representante legal: EDDIE ANDRES CEVALLOS CEVALLOS Direccin: c.c. Albn Borja of. 115 Telfono: 042201084 Email: [email protected] Cdigo del Proyecto: No. MAE-RA-2015-208606 En virtud de lo expuesto, PROQUIMARSA S.A, se obliga a lo siguiente: El plazo de vigencia del presente Registro y Plan de manejo Ambiental, es desde la fecha de su emisin hasta el trmino de la ejecucin del proyecto. Notifquese y cmplase. Dado en Quito, el 20 de julio de 2015 PAOLA MAGDALENA CARRERA UBIDIA SUBSECRETARIO DE CALIDAD AMBIENTAL 1. Cumplir estrictamente con lo sealado en el Registro y Plan de Manejo Ambiental aprobado. 2. En caso de que la actividad productiva genere desechos peligrosos y/o especiales debe iniciar el proceso de obtencin del respectivo Registro de Generador de Desechos Peligrosos y/o Especiales, en el trmino no mayor a 60, conforme la normativa ambiental aplicable, en caso de no aplicar, se debe remitir el justificativo a esta Cartera de Estado dentro del mismo plazo. 3. Mantener un programa continuo de monitoreo y seguimiento a las medidas contempladas en el Plan de Manejo Ambiental, cuyos resultados debern ser entregados al Ministerio del Ambiente para su respectiva evaluacin o correctivos tempranos de conformidad con lo establecido en el cronograma y normativa ambiental vigente. 4. Realizar los monitoreos de las descarga y/o emisiones conforme lo establecido en el Plan de Manejo Ambiental y Normativa ambiental aplicable, o cuando la Autoridad Ambiental Competente lo determine pertinente. 5. Presentar al Ministerio del Ambiente los Informes Ambientales de Cumplimiento una vez cumplido el ao de otorgado el registro ambiental, y en lo posterior cada dos (2) aos contados a partir de la presentacin del primer informe ambiental de cumplimiento. 6. La Autoridad Ambiental verificar la veracidad de todo lo declarado en el Registro y Plan de Manejo Ambiental. 7. Proporcionar las facilidades al personal tcnico de la Autoridad Ambiental Competente para llevar a cabo monitoreos, y actividades de control y seguimiento y de cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental aprobado y normativa ambiental aplicable. 8. Cumplir con la normativa ambiental vigente a nivel Nacional y Local.SUBSECRETARA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Yo, EDDIE ANDRES CEVALLOS CEVALLOS con cdula de identidad 1305387498 representante legal de la actividad, declaro bajo juramento que la informacin que consta en el presente Registro Ambiental es de mi absoluta responsabilidad. En caso de forzar, falsificar, modificar, alterar o introducir cualquier correccin al presente documento, asumo las responsabilidades y sanciones determinadas por la ley. Atentamente, EDDIE ANDRES CEVALLOS CEVALLOS 1305387498 ANEXO COORDENADAS GEOGRFICAS DEL REGISTRO AMBIENTAL DISEO CONTRUCCION E INSTALACION DE PLANTAS DESALINIZADORAS PROQUIMARSA S.A. Coordenadas geogrficas UTM WGS84 COORDENADA X COORDENADA Y DESCRIPCIN FORMA 533130.63 9892530.67 Punto