Resolución Ministerial N° 246-2014-TR - Aprueban el inicio del proceso de transferencia de competencias de los Gobiernos Regionales a SUNAFIL

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Resolución Ministerial N° 246 2014-TR - Aprueban el inicio del proceso de transferencia de competencias en materia de fiscalización inspectiva y potestad sancionadora de los Gobiernos Regionales de Huánuco, La Libertad y Loreto a la SUNAFIL.

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  • 5/19/2018 Resolucin Ministerial N 246-2014-TR - Aprueban el inicio del proceso de transferencia de competencias de los Gobiernos Regionales a SUN

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    El Peruano

    Domingo 16 de noviembre de 2014537714

    Regina Castillo Rodrguez

    Juan Pablo Anamaria

    Teresa Ayala de Rojas

    Manuel Forno Castro PozoJuan Echevarra Zrate

    Estrategia Sanitaria Nacional Prevencin y Control deTuberculosis

    Nombres y apellidos

    Eduardo Rmulo Ticona Chvez

    Edith Alarcn

    Csar Bonilla Asalde

    Estrategia Sanitaria Nacional de Vigilancia y Control deRiesgos de Contaminacin con metales pesados y otrassustancias qumicas

    Nombres y apellidos

    Jos Jess Francia Romero

    Oscar Cceres Lpez

    Estrategia Sanitaria Nacional Zoonosis

    Nombres y apellidos

    Cesar Naquira Velarde

    Cesar Gavidia Chucan

    Armando Hung Chaparro

    Estrategia Sanitaria Nacional DE Salud de los PueblosIndgenas

    Nombres y apellidos

    Diana Cordano Gallegos

    Juan Retegui Silva

    Mario Tavera Salazar

    Anah Durand Guevara

    Clara Crdenas Timoteo

    1165198-1

    TRABAJO Y PROMOCION

    DEL EMPLEO

    Aprueban el inicio del proceso detransferencia de competencias enmateria de fiscalizacin inspectiva ypotestad sancionadora de los GobiernosRegionales de Hunuco, Loreto y La

    Libertad a la SUNAFILRESOLUCIN MINISTERIAL

    N 246-2014-TR

    Lima, 14 de noviembre de 2014

    VISTOS:

    El Informe N 001-2014-SUNAFIL/GTEMSSPT delGrupo de Trabajo que se encargar del monitoreo,seguimiento y supervisin del proceso de transferenciade competencias para la Implementacin de lasIntendencias Regionales de la Superintendencia Nacionalde Fiscalizacin Laboral SUNAFIL; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 29981 se crea laSuperintendencia Nacional de Fiscalizacin Laboral

    SUNAFIL como organismo tcnico especializado,adscrito al Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo,responsable de promover, supervisar y scalizar elcumplimiento del ordenamiento jurdico sociolaboral yel de seguridad y salud en el trabajo, as como brindarasesora tcnica, realizar investigaciones y proponer laemisin de normas sobre dichas materias;

    Que, la Trigsima Segunda Disposicin ComplementariaFinal de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del SectorPblico para el Ao Fiscal 2014, establece que laimplementacin progresiva de la SUNAFIL se prorrogahasta el 31 de diciembre de 2014, en lo que corresponde ala Primera, Tercera y Cuarta Disposicin ComplementariaFinal de la Ley N 29981;

    Que, el numeral 1.1 del artculo 1 del DecretoSupremo N 003-2013-TR establece que la transferenciade competencias del Ministerio de Trabajo y Promocindel Empleo y los Gobiernos Regionales a la SUNAFILse realiza progresivamente, conforme al cronogramade transferencias que se apruebe mediante resolucinministerial, en el que se determina la fecha especcadel inicio de funciones de la SUNAFIL en cada

    jurisdiccin;Que, mediante Resolucin Ministerial N 037-2014-TR

    se estableci el 1 de abril de 2014 como fecha de iniciode funciones de la SUNAFIL como Autoridad Central delSistema de Inspeccin del Trabajo a nivel nacional y elejercicio de sus competencias inspectivas y sancionadorasen el mbito de Lima Metropolitana;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 125-2014-TRse da por concluido al 31 de marzo de 2014, el proceso detransferencia de Recursos Humanos, Bienes y AspectosLogsticos, Programa Presupuestal: Fortalecimiento delas Condiciones Laborales, Documentacin del Sistemade Inspeccin del Trabajo, Acervo Documentario, Soporte

    Tecnolgico y Sistema Informtico y Documentacin delMarco Normativo, del Ministerio de Trabajo y Promocindel Empleo a la SUNAFIL;

    Que, el artculo 2 de la mencionada resolucinministerial dispone que la SUNAFIL debe presentaral Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleola propuesta de cronograma de transferencia decompetencias, indicando la fecha especca del iniciode sus funciones en cada jurisdiccin, conforme lodispuesto en el numeral 1.1 del artculo 1 del DecretoSupremo N 003-2013-TR;

    Que, conforme a lo solicitado por el Ministerio de Trabajoy Promocin del Empleo, a efectos de instrumentalizar latransferencia de competencias en materia de scalizacininspectiva y sancionadora, se expide la Resolucin de

    Superintendencia N 066-2014-SUNAFIL mediante lacual se conforma el Grupo de Trabajo que se encargardel monitoreo, seguimiento y supervisin del proceso detransferencia de competencias para la Implementacinde las Intendencias Regionales; asimismo, se emiti laResolucin de Secretaria General N 034-2014-SUNAFILque constituye un Grupo de Trabajo responsable dela implementacin administrativa de las IntendenciasRegionales de Hunuco, Loreto, La Libertad, Moquegua,Ica, Ancash, Cajamarca y Tumbes;

    Que, conforme al informe de visto, debe establecerseel cronograma a que se reere el numeral 1.1 del artculo1 del Decreto Supremo N 003-2013-TR, determinar lafecha de transferencia de las competencias en materia descalizacin inspectiva y potestad sancionadora ejercidaspor los Gobiernos Regionales de Hunuco, Loretoy la Libertad, lo que implica el inicio del ejercicio de lafuncin inspectiva de la SUNAFIL en el mbito territorialde los citados Gobiernos Regionales; para lo cual esnecesario conformar una comisin que se encargue de lamencionada transferencia;

    Con las visaciones del Despacho Viceministerial deTrabajo, de la Direccin General de Polticas de Inspeccindel Trabajo y de la Ocina General de Asesora Jurdica;y,

    De conformidad con lo establecido en el numeral8) del artculo 25 de la Ley N 29158, Ley Orgnica delPoder Ejecutivo; el artculo 11 de la Ley N 29381, Leyde Organizacin y Funciones del Ministerio de Trabajoy Promocin del Empleo; el literal d) del artculo 7 delReglamento de Organizacin y Funciones del Ministeriode Trabajo y Promocin del Empleo, aprobado por DecretoSupremo N 004-2014-TR, Decreto Supremo N 007-2013-TR, que aprueba el Reglamento de Organizaciny Funciones de la Superintendencia Nacional de

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    El Peruano

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    Fiscalizacin Laboral, modicado por el Decreto SupremoN 009-2013-TR;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Inicio del proceso de transferenciaAprobar el inicio del proceso de transferencia de

    competencias en materia de scalizacin inspectiva ypotestad sancionadora de los Gobiernos Regionales deHunuco, Loreto y La Libertad a la SUNAFIL.

    Artculo 2.- Conformacin de las Comisiones deTransferencia

    Disponer la conformacin de las Comisiones deTransferencia, las que tienen por funcin conducir elproceso de transferencia en los mbitos regionalescontenidos en el artculo 1 de la presente resolucinministerial.

    Las Comisiones de Transferencia estarn conformadasde la siguiente manera:

    Por parte de la SUNAFIL1. Un representante del Despacho del Superintendente

    de la SUNAFIL, quien lo presidir;2. El Intendente Nacional de Supervisin del Sistema

    Inspectivo de la SUNAFIL, o su representante; y3. El Jefe de la Ocina General de Planeamiento y

    Presupuesto de la SUNAFIL, o su representante.

    Por parte del Gobierno Regional, tres (3) representantesdesignados por el Presidente Regional.

    La Comisin de Transferencia se instala dentro delos dos (2) das hbiles siguientes a la publicacin dela presente resolucin ministerial en el Diario Ocial El

    Peruano.Artculo 3.- Inicio del ejercicio de las competencias

    inspectivas y sancionadorasEstablecer el inicio del ejercicio de las competencias

    en materia de scalizacin inspectiva y sancionadorade la SUNAFIL, en el mbito territorial de los GobiernosRegionales de Hunuco, Loreto y La Libertad, en lasfechas siguientes:

    Para el mbito territorial delGobierno Regional

    Fecha de inicio para el ejerciciode las competencias inspectivasy sancionadoras de SUNAFIL

    Hunuco 25 de Noviembre de 2014

    La Libertad 02 de Diciembre de 2014

    Loreto 04 de Diciembre de 2014

    Artculo 4.- Supervisin del proceso detransferencia

    El Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleosupervisar el proceso de transferencia en funcin a lodispuesto en el literal c) del artculo 9 del Reglamentode Organizacin y Funciones del Ministerio de Trabajo yPromocin del Empleo, aprobado por Decreto SupremoN 004-2014-TR.

    Artculo 5.- Suspensin de plazos de la AutoridadAdministrativa de Trabajo

    Suspender los plazos de los procedimientosde inspeccin del trabajo y de los procedimientosadministrativos sancionadores a cargo de las Direccionesde Inspeccin del Trabajo de las Direcciones Regionalesde Trabajo y Promocin del Empleo de Hunuco, LaLibertad y Loreto, desde cuatro (4) das antes hasta dos(2) das posteriores a la fecha de inicio para el ejerciciode las competencias inspectivas y sancionadoras deSUNAFIL en los mbitos territoriales referidos en elartculo 3 de la presente resolucin ministerial, relativosa:

    a. La distribucin de rdenes de inspeccin y deorientacin y asesora tcnica.

    b. El inicio de actuaciones inspectivas de investigaciny de orientacin y asesora tcnica.

    c. Las rdenes de inspeccin y de orientacin yasesora tcnica, y las actuaciones inspectivas que serealizan como consecuencia de ellas, como son lasvisitas, comparecencias, emisin de medidas inspectivas

    de advertencia y requerimiento, as como la emisin deinformes nales o actas de infraccin.

    d. El registro de actas de infraccin y su distribucina las Subdirecciones de Inspeccin del Trabajo en elSistema Informtico de Inspeccin del Trabajo (SIIT).

    e. La noticacin de actas de infraccin.f. La emisin de resoluciones directorales y

    sub-directorales que resuelvan los procedimientosadministrativos sancionadores.

    Artculo 6.- Excepcin a la suspensin de plazosde la Autoridad Administrativa de Trabajo

    Exceptense de lo dispuesto en el artculo 5 de lapresente resolucin ministerial, los procedimientos deinspeccin del trabajo y los procedimientos administrativossancionadores referidos a la vericacin de despidos,accidentes de trabajo, paralizacin de labores,afectaciones al derecho de huelga, el otorgamiento deconstancias de cese, y otros supuestos que determine laIntendencia Regional de SUNAFIL correspondiente.

    Artculo 7.- Suspensin de plazos para losadministrados

    Suspender los plazos de los procedimientosadministrativos sancionadores a cargo de las Direccionesde Inspeccin del Trabajo de las Direcciones Regionalesde Trabajo y Promocin del Empleo de Hunuco, LaLibertad y Loreto, desde cuatro (4) das antes hasta dos (2)das posteriores a la fecha de inicio para el ejercicio de lascompetencias inspectivas y sancionadoras de SUNAFILen los mbitos territoriales referidos en el artculo 3 de lapresente resolucin ministerial, relativos a la presentacinde descargos, apelaciones y quejas por denegatoria deapelacin.

    No se suspenden los plazos dispuestos en las medidas

    inspectivas de requerimiento.Artculo 8.- PublicacinDisponer la publicacin de la presente resolucin

    ministerial en el portal institucional del Ministerio deTrabajo y Promocin del Empleo (www.trabajo.gob.pe)en la misma fecha de su publicacin en el Diario OcialEl Peruano, siendo responsable de dicha accin el Jefede la Ocina General de Estadstica y Tecnologas de laInformacin y Comunicaciones.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    FREDY OTROLA PEARANDAMinistro de Trabajo y Promocin del Empleo

    1165196-1

    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES

    Autorizan viaje de profesional delMinisterio a Argentina, en comisin deservicios

    RESOLUCIN SUPREMA

    N 033-2014-MTC

    Lima, 15 de noviembre de 2014

    VISTOS:

    El Informe No. 576-2014-MTC/12 emitido por laDireccin General de Aeronutica Civil, y el MemorndumNo. 2357-2014-MTC/02.AL.HHG emitido por elViceministerio de Transportes, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Informe No. 576-2014-MTC/12 laDireccin General de Aeronutica Civil requiere la

    participacin de un profesional de dicha Direccin General,en el evento denominado 17vo. Foro Internacionalde Competencias Necesarias en las ComunicacionesAeronuticas Latinoamericanas, que se realizar el 20 y

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