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página 1 índice página 1 índice Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 :: página 1 índice Resolución N° 0898 BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2015-0018507-4, y CONSIDERANDO: Que a fojas 2/6 del mismo, obra Formulario de Modificación de Estado Laboral, presentado por el agente Fernando Gabriel MOGNI (Legajo N° 63594 PROFTRB CH40SEM INI) Jefe de la Asesoría Jurídica, de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, Secretaría General Técnico Médica, solicitando su traslado con destino a la unidad orgánica Referente Equipo Jurídico, de la Unidad de Gestión Local XI - Mar del Plata, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, Zona 2 (Interior del país), de la Secretaría General Técnico Operativa, para desempeñar funciones de Abogado. Que lo requerido cuenta con el aval de las Instancia Jerárquicas correspondientes, y de la Gerencia de Planificación y Administración de UGL. Que el agente Fernando Gabriel MOGNI, a fojas 8, presta expresa conformidad a la merma salarial que implica el traslado en cuestión. Que en razón de lo expuesto, se estima procedente limitar, a partir de la fecha de la presente, las funciones de Jefe de la Asesoría Jurídica, de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios. Que el agente Fernando Gabriel MOGNI, pasará a revistar en el Agrupamiento Profesional, Tramo C, con una carga horaria equivalente a treinta y cinco (35) horas semanales de labor. Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente Fernando Gabriel MOGNI deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Limitar, a su pedido, a partir del dictado de la presente, las funciones de Jefe de la Asesoría Jurídica, de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, de la Secretaría General Técnico Médica, al agente Fernando Gabriel MOGNI (Legajo N° 63594 PROFTRB CH40SEM INI), asignadas mediante Resolución N° 641/DE/13, reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, con una carga horaria equivalente a treinta y cinco (35) horas semanales de labor. Resolución N° 0898 Limita func. Jefe Asesoría Jurídica - DAMNPyP y traslada ... pág.1 Resolución N° 0899 Limita funciones - Titular Coordinación - UGL XXXVII ........pág.2 Resolución N° 0900 Asigna funciones - Coordinador Médico - UGL XXXVIII .....pág.2 Resolución N° 0901 Designa en UGL XX - La Pampa.........................................pág.3 Resolución N° 0902 Designa en CAP Bosques - UGL XXVII - Quilmes ..............pág.4 Resolución N° 0903 Designa en CAP Casbas - UGL V - Bahía Blanca ..............pág.5 Resolución N° 0904 Rescinde contrato y designa en la SGA ..............................pág.6 Resolución N° 0905 Designa en UGL XXI - Junín ...............................................pág.7 Resolución N° 0906 Designa en UGL XXI - Junín ...............................................pág.8 Resolución N° 0907 Designa en el CAP Cnel. Rosales - UGL V y reubica ........... pág.9 Resolución N° 0908 Designa en Agcia. Tres Arroyos - UGL V y reubica ...........pág.10 Resolución N° 0909 Designa en UGL XXX - Azul y reubica ..............................pág.12 Resolución N° 0910 Designa en UGL XX - La Pampa y reubica .......................pág.13 Resolución N° 0911 Designa en CAP Laprida - UGL XXX - Azul y reubica.......pág.14 Resolución N° 0912 Designa en GDEGCA y reubica ........................................pág.15 Resolución N° 0913 Autoriza contrataciones - Sec. Gral. de Rel. Institucionales ..pág.16 Resolución N° 0914 Autoriza contratación - Subdirección Ejecutiva .................pág.16 Resolución N° 0915 Autoriza contratación - Dirección Ejecutiva .......................pág.17 Resolución N° 0916 Autoriza licencia extraordinaria sin goce de haberes ........pág.18 Resolución N° 0917 Autoriza licencia extraordinaria sin goce de haberes ........pág.18 Resolución N° 0923 Incrementa valor - “Adicional Rp/(e)”.................................pág.19 Resolución N° 0924 Establece incremento en valores - Nomenclador Común ... pág.20

Resolución N° 0898 - INSSJPinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/02-06-16.pdf · BAGGIO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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Resolución N° 0898

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2015-0018507-4, y CONSIDERANDO: Que a fojas 2/6 del mismo, obra Formulario de Modificación de Estado Laboral, presentado por el agente Fernando Gabriel MOGNI (Legajo N° 63594 PROFTRB CH40SEM INI) Jefe de la Asesoría Jurídica, de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, Secretaría General Técnico Médica, solicitando su traslado con destino a la unidad orgánica Referente Equipo Jurídico, de la Unidad de Gestión Local XI - Mar del Plata, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, Zona 2 (Interior del país), de la Secretaría General Técnico Operativa, para desempeñar funciones de Abogado. Que lo requerido cuenta con el aval de las Instancia Jerárquicas correspondientes, y de la Gerencia de Planif icación y Administración de UGL. Que el agente Fernando Gabriel MOGNI, a fojas 8, presta expresa conformidad a la merma salarial que implica el traslado en cuestión. Que en razón de lo expuesto, se estima procedente limitar, a partir de la fecha de la presente, las funciones de Jefe de la Asesoría Jurídica, de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios. Que el agente Fernando Gabriel MOGNI, pasará a revistar en el Agrupamiento Profesional, Tramo C, con una carga horaria equivalente a treinta y cinco (35) horas semanales de labor. Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente Fernando Gabriel MOGNI deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Limitar, a su pedido, a partir del dictado de la presente, las funciones de Jefe de la Asesoría Jurídica, de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, de la Secretaría General Técnico Médica, al agente Fernando Gabriel MOGNI (Legajo N° 63594 PROFTRB CH40SEM INI), asignadas mediante Resolución N° 641/DE/13, reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, con una carga horaria equivalente a treinta y cinco (35) horas semanales de labor.

Resolución N° 0898Limita func. Jefe Asesoría Jurídica - DAMNPyP y traslada ...pág.1

Resolución N° 0899Limita funciones - Titular Coordinación - UGL XXXVII ........pág.2

Resolución N° 0900Asigna funciones - Coordinador Médico - UGL XXXVIII .....pág.2

Resolución N° 0901Designa en UGL XX - La Pampa .........................................pág.3

Resolución N° 0902Designa en CAP Bosques - UGL XXVII - Quilmes ..............pág.4

Resolución N° 0903Designa en CAP Casbas - UGL V - Bahía Blanca ..............pág.5

Resolución N° 0904Rescinde contrato y designa en la SGA ..............................pág.6

Resolución N° 0905Designa en UGL XXI - Junín ...............................................pág.7

Resolución N° 0906Designa en UGL XXI - Junín ...............................................pág.8

Resolución N° 0907Designa en el CAP Cnel. Rosales - UGL V y reubica ...........pág.9

Resolución N° 0908Designa en Agcia. Tres Arroyos - UGL V y reubica ...........pág.10

Resolución N° 0909Designa en UGL XXX - Azul y reubica ..............................pág.12

Resolución N° 0910Designa en UGL XX - La Pampa y reubica .......................pág.13

Resolución N° 0911Designa en CAP Laprida - UGL XXX - Azul y reubica .......pág.14

Resolución N° 0912Designa en GDEGCA y reubica ........................................pág.15

Resolución N° 0913Autoriza contrataciones - Sec. Gral. de Rel. Institucionales ..pág.16

Resolución N° 0914Autoriza contratación - Subdirección Ejecutiva .................pág.16

Resolución N° 0915Autoriza contratación - Dirección Ejecutiva .......................pág.17

Resolución N° 0916Autoriza licencia extraordinaria sin goce de haberes ........pág.18

Resolución N° 0917Autoriza licencia extraordinaria sin goce de haberes ........pág.18

Resolución N° 0923Incrementa valor - “Adicional Rp/(e)”.................................pág.19

Resolución N° 0924Establece incremento en valores - Nomenclador Común ...pág.20

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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ARTÍCULO 2°.- Trasladar, a su pedido, al agente Fernando Gabriel MOGNI (Legajo N° 63594) a la unidad orgánica Referente Equipo Jurídico, de la Unidad de Gestión Local XI - Mar del Plata, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, Zona 2 (Interior del país), de la Secretaría General Técnico Operativa, quien en su nuevo destino cumplirá funciones de Profesional Abogado. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el agente Fernando Gabriel MOGNI, ha manifestado conocer y aceptar la merma salarial que implica la limitación de funciones que por el artículo 1° se instrumenta. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que el agente Fernando Gabriel MOGNI deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0898Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0899

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006964-0, y la Resolución N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución citada en el Visto de la presente, y con carácter complementario a la estructura organizativa del Instituto aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que en razón de lo señalado precedentemente, y atento la reestructuración funcional llevada a cabo, resulta necesario limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Coordinación de Promoción y Prestaciones Sociales, de la Unidad de Gestión Local XXXVII - Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la agente Mónica Alejandra BAGGIO (Legajo N° 61917 PR A CH45SEM INI), asignadas por la Resolución N° 416/DE/13, y ratificadas por su similar N° 825/DE/15, quedando a disposición del titular de la mencionada Unidad de Gestión Local. Que la agente Mónica Alejandra BAGGIO (Legajo N° 61917), mantendrá su actual situación de revista en lo que respecta al Tramo, Agrupamiento, Carga Horaria y percepción del adicional por función jerárquica previsto en el inciso e), artículo 38°,

Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13. Que asimismo corresponde dejar constancia que la agente Mónica Alejandra BAGGIO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Coordinación de Promoción y Prestaciones Sociales, de la Unidad de Gestión Local XXXVII - Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la agente Mónica Alejandra BAGGIO (Legajo N° 61917 PR A CH45SEM INI), asignadas por la Resolución N° 416/DE/13, y ratificadas por su similar N° 825/DE/15, quedando a disposición del titular de la mencionada Unidad de Gestión Local. ARTÍCULO 2°.- Establecer que la agente Mónica Alejandra BAGGIO (Legajo N° 61917), mantendrá su actual situación de revista en lo que respecta al Tramo, Agrupamiento, Carga Horaria y percepción del adicional por función jerárquica previsto en el inciso e), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que la agente Mónica Alejandra BAGGIO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N° 0899 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0900

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006766-4, las Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto con las líneas jerárquicas correspondientes, para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, funciones de Coordinador Médico, de la Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al agente Hernán Pablo MASSOLINI (Legajo N° 61472 PR C CH35SEM INI), que presta servicios en la aludida dependencia, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso c), del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, y lo normado en la Resolución N° 418/DE/16, Tramo A dentro del Agrupamiento que Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, conforme lo establecido en el artículo 4° de la Resolución N° 412/DE/06 y la Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente Hernán Pablo MASSOLINI deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, funciones de Coordinador Médico, de la Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al agente Hernán Pablo MASSOLINI (Legajo N° 61472 PR C CH35SEM INI), que presta servicios en la aludida

dependencia, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso c), del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, y lo normado en la Resolución N° 418/DE/16, Tramo A dentro del Agrupamiento que Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, conforme lo establecido en el artículo 4° de la Resolución N° 412/DE/06 y la Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que el agente Hernán Pablo MASSOLINI deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0900Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0901

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006769-9, las Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la doctora Ana María HERRERA (CUIL N° 27-16654317-2), reubicándola en el Tramo B, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo

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I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, la doctora Ana María HERRERA (CUIL N° 27-16654317-2), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la doctora Ana María HERRERA (CUIL N° 27-16654317-2), reubicándola en el Tramo B, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, la doctora Ana María HERRERA (CUIL N° 27-16654317-2), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título

secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0901 Dr. Carlos J. REGAZZONI - Director Ejecutivo

Resolución N° 0902

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006763-1, las Resoluciones N° 002/DE/15, N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto con las líneas jerárquicas correspondientes, para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada Bosques, Unidad de Gestión Local XXXVII - Quilmes, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y

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GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Ana Edith AGUILERA (CUIL N° 27-18087087-9), asignándole funciones de titular de la referida unidad orgánica, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, conforme lo establecido en el artículo 4° de la Resolución N° 412/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, la señora Ana Edith AGUILERA (CUIL N° 27-18087087-9), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada Bosques, Unidad de Gestión Local XXXVII - Quilmes, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Ana Edith AGUILERA (CUIL N° 27-18087087-9),asignándole funciones de titular de la referida unidad orgánica, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la

Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, conforme lo establecido en el artículo 4° de la Resolución N° 412/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, la señora Ana Edith AGUILERA (CUIL N° 27-18087087-9), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se propicia por este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0902 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0903

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200 -2016 -0006800 -8, las Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades

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organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto con las líneas jerárquicas correspondientes, para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada Casbas, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Nicolás FAVRE (CUIL N° 20-30574831-6), asignándole funciones de titular de la referida unidad orgánica, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, conforme lo establecido en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06, y la Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el señor Nicolás FAVRE (CUIL N° 20-30574831-6), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO

EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada Casbas, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Nicolás FAVRE (CUIL N° 20-30574831-6), asignándole funciones de titular de la referida unidad orgánica, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, conforme lo establecido en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06, y la Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Nicolás FAVRE (CUIL N° 20-30574831-6), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se propicia por este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0903 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0904

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006761-3, la Resolución N° 002/DE/15, Resolución N° 293/DE/16 y,

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CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que, en razón de ello, se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, en la Secretaría General de Administración, al señor Roque ROLON (CUIL N° 20-21811048-8). Que, previamente, corresponde rescindir, a partir de la fecha de notificación, el contrato suscripto entre este Instituto y el agente mencionado en virtud de la Resolución N° 293/DE/16, conforme lo establecido en la Cláusula 10° del mismo. Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el señor Roque ROLON (CUIL N° 20-21811048-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Rescindir, a partir de la fecha de notificación, el contrato suscripto entre este Instituto y el señor Roque ROLON

(CUIL N° 20-21811048-8), conforme lo establecido en la cláusula 10° del mismo. ARTÍCULO 2°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, en la Secretaría General de Administración, al señor Roque ROLON (CUIL N° 20-21811048- 8). ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Roque ROLÓN (CUIL N° 20-21811048-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0904Dr. Carlos J. REGAZZONI - Director Ejecutivo

Resolución N° 0905

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006975-6, las Resoluciones N° 002/DE/15, N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las

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unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que por ello se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a las personas que se nominan en el Anexo I que integra la presente, reubicándolas en el Tramo C dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, quienes desempeñarán tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, las personas que se citan en el Anexo I de la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirán con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de

la Secretaría General Técnico Operativa, a las personas que se nominan en el Anexo I que integra la presente, reubicándolas en el Tramo C dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, las personas que se citan en el Anexo I de la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirán con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se disponen por este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0905Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

ANEXO I - RESOLUCION N° 0905-16SECRETARÍA GENERAL TÉCNICO OPERATIVA

GERENCIA OPERATIVA Y COORDINACIÓN DE UGL ZONA 2 (INTERIOR DEL PAÍS)

UNIDAD DE GESTION LOCAL XXXI - JUNIN

APELLIDO Y NOMBRE CUIL N° PAGET, Mauricio 20-14286232-9

MENDOLA, Francina 27-35892668-7

Resolución N° 0906

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007225-0, y las Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, yCONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que por ello se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Lucas Ariel ORTEGA (CUIL N° 20-36649380-9), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, quien desempeñará tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el señor Lucas Ariel ORTEGA (CUIL N° 20-36649380-9), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto

PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO

EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XXXI - Junín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Lucas Ariel ORTEGA (CUIL N° 20-36649380-9), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Lucas Ariel ORTEGA (CUIL N° 20-36649380-9), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0906Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0907

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006664-1, y las Resoluciones N° 002/DE/15 N° 003/DE/16, yCONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que por ello se estima necesario designar, a partir del dictado de la presente, en el Centro de Atención Personalizada Coronel Rosales, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Silvia Beatriz ESTEBAN (CUIL N° 23-23107049-4), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Técnico, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 10°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñará tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, la señora Silvia Beatriz ESTEBAN (CUIL N° 23-23107049-4), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos

2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir a partir del dictado de la presente, en el Centro de Atención Personalizada Coronel Rosales, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Silvia Beatriz ESTEBAN (CUIL N° 23-23107049-4), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Técnico, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 10°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñará tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, la señora Silvia Beatriz ESTEBAN (CUIL N° 23-23107049-4), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0907 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0908

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006665-1, y las

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, yCONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que por ello se estima necesario designar, a partir del dictado de la presente, en la Agencia Tres Arroyos, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Marina Beatriz VIVES (CUIL N° 27-26807960-8), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñará tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, la señora Marina Beatriz VIVES (CUIL N° 27-26807960-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución

el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir a partir del dictado de la presente, en la Agencia Tres Arroyos, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Marina Beatriz VIVES (CUIL N° 27-26807960-8), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñará tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, la señora Marina Beatriz VIVES (CUIL N° 27-26807960-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0908 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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Resolución N° 0909

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006659-5, y las Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que por ello se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XXX - Azul, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Fabián Alejandro LINGUA (CUIL N° 20-21797177-3), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el señor Fabián Alejandro LINGUA (CUIL N° 20-21797177-3), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente,

cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XXX - Azul, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Fabián Alejandro LINGUA (CUIL N° 20-21797177-3), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Fabián Alejandro LlNGUA (CUIL N° 20-21797177-3), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se disponen por éste acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOLUCIÓN N° 0909 Dr. Carlos J. REGAZZONI - Director Ejecutivo

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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Resolución N° 0910

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006768-0, las Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, yCONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario de la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que por ello se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a las personas que se nominan en el Anexo I que integra la presente, reubicándolas en el Tramo y Agrupamiento que en cada caso se indica, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, quienes desempeñaran tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, las personas que se citan en el Anexo I de la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.

Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en la Unidad de Gestión Local XX - La Pampa, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a las personas que se nominan en el Anexo I que integra la presente, reubicándolas en el Tramo y Agrupamiento que en cada caso se indica, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, quienes desempeñaran tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, las personas que se citan en el Anexo I de la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se disponen por éste acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0910Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 0910-16SECRETARÍA GENERAL TÉCNICO OPERATIVA

GERENCIA OPERATIVA Y COORDINACIÓN DE UGL ZONA 2 (INTERIOR DEL PAÍS)

UNIDAD DE GESTION LOCAL XX - LA PAMPA

APELLIDO Y NOMBRE CUIL N° AGRUP./TRAMO

NEBBIA MERCADO, María Lourdes 27-21395359-1 PROF. / C

FUENTES, Nicolás Daniel 20-30248297-8 ADM. / C FEBRESSI, Federico 20-26580348-3 ADM. / C

Resolución N° 0911

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006662-5, y las Resoluciones N° 002/DE/15, N° 003/DE/16, yCONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que por ello se estima necesario designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada Laprida, Unidad de Gestión Local XXX - Azul, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora María José AVILA (CUIL N° 27-27882729-7), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de

la fecha de notificación, la señora María José AVILA (CUIL N° 27-27882729-7), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada Laprida, Unidad de Gestión Local XXX - Azul, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora María José AVILA (CUIL N° 27-27882729-7), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñará tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, la señora María José AVILA (CUIL N° 27-27882729-7), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se disponen por este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0911 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0912

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006758-3, la Resolución N° 002/DE/15, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir del 09 de mayo de 2016, en el Proyecto Desarrollo Estratégico de Gestión, Gerencia Desarrollo Estratégico y Gestión para la Calidad, dependiente de la Secretaría General de Planificación y Modernización, al Licenciado Lucas ARECHAVALETA (CUIL N° 20-18851958-0), reubicándolo en el Tramo A, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el Licenciado Lucas ARECHAVALETA (CUIL N° 20-18851958-0), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación

del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTICULO 1°.- Designar, a partir del 09 de mayo de 2016, en el Proyecto Desarrollo Estratégico de Gestión, Gerencia Desarrollo Estratégico y Gestión para la Calidad, dependiente de la Secretaría General de Planificación y Modernización, al Licenciado Lucas ARECHAVALETA (CUIL N° 20-18851958-0), reubicándolo en el Tramo A, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñará tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el Licenciado Lucas ARECHAVALETA (CUIL N° 20-18851958-0), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0912 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0913

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007185-8, la Resolución N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de locación de servicios de las personas que se individualizan en el ANEXO I de la presente, para prestar servicios en la Secretaría General de Relaciones Institucionales. Que las contrataciones tendrán una vigencia por el plazo comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2016. Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los montos consignados en el citado ANEXO. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el Artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones, a partir del 1 de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2016, de las personas nominadas en el ANEXO I que integra la presente, con los montos que en cada caso se indica, para prestar servicios en la Secretaría General de Relaciones Institucionales. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0913Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Solicite los anexos aquí o por correo a: [email protected]

Resolución N° 0914

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007184-1, la Resolución N° 037/DE/04 y la Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la contratación bajo la modalidad de locación de servicios, del Dr. Facundo ALBAR DÍAZ (DNI N° 32.407.917), a fin que el mismo desempeñe tareas de asesoramiento y soporte técnico legal en la Subdirección Ejecutiva. Que la contratación tendrá una vigencia por el plazo comprendido entre el 27 de abril y el 31 de diciembre de 2016. Que la misma deberá entenderse por el monto consignado en el ANEXO I de la presente. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional en caso de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el Artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizarla contratación del Dr. Facundo ALBAR DÍAZ (DNI N° 32.407.917), a partir del 27 de abril de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, por la suma consignada en el ANEXO I, a fin de que desempeñe tareas de asesoramiento y soporte técnico legal en la Subdirección Ejecutiva. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, Publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0914 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Solicite los anexos aquí o por correo a: [email protected]

Resolución N° 0915

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006728-1, la Resolución N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y,

CONSIDERANDO: Que mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de locación de servicios de Agostina SCIESSERE (DNI N° 37.804.573), a fin de desempeñar servicios en la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios, dependiente de esta Dirección Ejecutiva. Que la contratación tendrá una vigencia por el plazo comprendido entre el 02 de mayo de 2016 y el 31 de diciembre del mismo año. Que la misma deberá entenderse por el monto consignado en el ANEXO I de la presente. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional en caso de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el Artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar la contratación de Agostina SCIESSERE (DNI N° 37.804.573), a partir del 02 de mayo de 2016 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, por el monto mensual consignado en el ANEXO I que forma parte de la presente, a fin de desempeñar servicios en la Unidad de Proyectos y Asuntos Interdisciplinarios, dependiente de esta Dirección Ejecutiva. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico.

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ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0915 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Solicite los anexos aquí o por correo a: [email protected]

Resolución N° 0916

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006635-8, yCONSIDERANDO: Que a fs. 2 de las actuaciones referidas en el Visto, luce nota interpuesta por el titular de la Subgerencia de Veteranos de Guerra, de la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, doctor Hernán Benigno MARTINEZ SOLER (Legajo N° 64661 PR A CH45SEM INI), por la que solicita se autorice el uso de licencia extraordinaria sin goce de haberes por el período comprendido entre el 26 de mayo de 2016 y el 15 de junio de 2016, inclusive, por razones de índole personal. Que ha tomado intervención el t itular de la Gerencia de Prestaciones Médicas, prestando conformidad a lo peticionado. Que por lo expuesto, se estima procedente acceder a lo solicitado, autorizando al agente Hernán Benigno MARTINEZ SOLER, el uso de licencia extraordinaria sin goce de haberes, por el período arriba indicado. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar, por el período comprendido entre el 26 de mayo de 2016 y el 15 de junio de 2016, inclusive, el uso de licencia extraordinaria sin goce de haberes, al doctor Hernán Benigno MARTINEZ SOLER (Legajo N° 64661 PR A CH45SEM INI), titular de la Subgerencia de Veteranos de Guerra, Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica. ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0916Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0917

BUENOS AIRES, 31 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006472-1, yCONSI DERANDO: Que por el Expediente que se consigna en el Visto tramita la solicitud de licencia extraordinaria sin goce de haberes, interpuesta por el agente Oscar Esteban IBAÑEZ (Legajo N° 60533 AD C CH35SEM INI), del Centro de Atención Personalizada Salivar, Unidad de Gestión Local XXX - Azul, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con motivo de haber sido designado en el cargo de Secretario de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte de la Municipalidad de Salivar, a cuyos efectos acompaña copia del Decreto N° 50 de fecha 12 de enero de dictado por el Intendente del referido municipio. Que el artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones y Franquicias, reglamenta respecto de las licencias sin goce de haberes para desempeñar cargos electivos o de representación política, y textualmente dice: “El personal que fuere designado para desempeñar un cargo electivo o de representación política en el orden nacional, provincial o municipal, tendrá derecho a usar licencia sin goce de haberes por el lapso que dure su mandato. Deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta (30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que fuera elegido o designado”. Que el peticionante ha requerido el usufructo de dicha franquicia a partir del 1° de febrero de 2016 y hasta el 1° de febrero de 2017. Que ha tomado la debida intervención la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), y el titular de la Secretaría General Técnico Operativa. Que ello así se estima procedente, autorizar, al agente Oscar Esteban IBAÑEZ, a partir del 1° de febrero de 2016 y hasta el 1° de febrero de 2017, el uso de licencia extraordinaria sin goce de haberes, establecida en los términos del artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones y Franquicias. Que asimismo se deja constancia que el agente Oscar Esteban IBAÑEZ deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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ARTÍCULO 1°.- Autorizar el uso de licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 1° de febrero de 2016 y hasta el 1° de febrero de 2017, al agente Oscar Esteban IBAÑEZ (Legajo N° 60533 AD C CH35SEM INI), del Centro de Atención Personalizada Bolívar, Unidad de Gestión Local XXX - Azul, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con motivo de haber sido designado en el cargo de Secretario de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte de la Municipalidad de Bolívar, conforme los términos del artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones y Franquicias. ARTÍCULO 2°.- Establecer que el agente Oscar Esteban IBAÑEZ deberá reintegrarse a su cargo en el Instituto dentro de los treinta (30) días siguientes a la finalización de las funciones para las que fuera elegido o designado, de acuerdo a lo normado en el artículo 69°, Capítulo IV - Licencias Extraordinarias, Título IX - Régimen de Jornadas y Descansos. Licencias, Justificaciones y Franquicias. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el agente Oscar Esteban IBAÑEZ deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0917 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0923

BUENOS AIRES, 01 JUN 2016 VISTO el Expediente N° 0200 -2016 - 0007178 -5, las Resoluciones N° 284/DE/05, N° 1060/DE/05, N° 056/DE/07, N° 120/DE/07, N° 136/DE/07, N° 718/DE/07, N° 040/DE/08, N° 1124/DE/08, N° 136/DE/11, N° 1319/DE/11, N° 860/DE/12, y N° 1038/DE/13, N° 615/DE/14, N° 823/DE/14, N° 616/DE/15, N° 686/DE/15, N° 485/DE/16, yCONSIDERANDO: Que por Resolución N° 284/DE/05 se aprobó el Modelo Prestacional Sociocomunitario de Atención Médica y otras Prestaciones Asistenciales del Instituto. Que en el marco del citado Modelo se establecieron normativamente distintos adicionales a percibir por parte de los Médicos de Cabecera. Que por Resolución N° 56/DE/07 se aprobó el Programa Desarrollo de Prestadores. Que por Resolución N° 718/DE/07 se creó el “Programa HADOB para Hipertensión Arterial, Diabetes Mellitus y Obesidad”, en el marco del Programa Desarrollo de Prestadores aprobado por Resolución N° 56/DE/07.

Que en virtud de ello, mediante Resolución N° 40/DE/08 se estableció un incentivo del veinte por ciento (20%) para aquellos profesionales que hubieran aprobado el Curso Universitario en cuestión, calculado sobre el valor del Módulo Médico de Cabecera. Que en sentido concordante, por Resolución N° 1124/DE/08 se creó el Programa de Asistencia a Poblaciones Rurales, por medio del cual se previó la aplicación de incentivos destinados a los Médicos de Cabecera que prestaren servicios en dichas zonas geográficas, en función de los resultados obtenidos. Que mediante Resolución N° 1060/DE/05 se aprobó la implementación del Adicional al valor cápita condicionado a la Transmisión de la Información (ATI), para los prestadores de servicios de Atención Médica de I, II y III Nivel de todo el país, contratados de acuerdo a los lineamientos aprobados por Resolución N° 284/DE/05. Que por Resolución N° 120/DE/07 y N° 860/DE/12, se incrementó el valor del mentado Adicional por Transmisión de la Información. Que por su parte, mediante Resolución N° 136/DE/11 se aprobó la implementación del Adicional por Transacciones Electrónicas (ATE) al valor cápita condicionado a la Transmisión de la Información ya los estándares definidos por las áreas técnicas de competencia del Instituto para la totalidad del Módulo Prestacional Médico de Cabecera correspondiente al I Nivel de Atención, brindado por los prestadores contratados, de acuerdo a los lineamientos aprobados por la Resolución N° 284/DE/05 y concordantes. Que a su turno, mediante Resolución N° 1319/DE/11 se incrementó el valor del Adicional referenciado. Que por resolución N° 1038/DE/13 se procedió a integrar los criterios para la percepción de los Adicionales por Transmisión de la Información y Transacciones Electrónicas aprobados por las Resoluciones N° 1060/DE/05 y N° 136/DE/11 respectivamente, estableciéndose que ambos adicionales tendrán como condición para su pago, el efectivo cumplimiento y utilización del SISTEMA DE RECETA ELECTRÓNICA, creando la denominación “Adicional por Rp/(e)” en el que se encontrarán subsumidos los adicionales descriptos, resultando este último el único concepto valedero de pago, en carácter de dichos conceptos, mientras se encuentre vigente la unificación prevista en el Artículo 1° de citada norma. Que en dicho contexto se ha enmarcado la necesidad de fortalecimiento y digitalización de los distintos procesos y subprocesos. Que puntualmente, y en lo que respecta a la etapa de prescripción efectuada por los Médicos de Cabecera, se ha identificado ésta como la instancia en donde se originan con mayor frecuencia los errores evitables, seguido por las instancias de administración, transcripción y dispensación. Que así pues, el SISTEMA DE RECETA ELECTRÓNICA oportunamente implementado ha procurado mitigar los errores de comunicación, asegurando la legibilidad de las

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prescripciones y el monitoreo de los tratamientos prescriptos. Que la prescripción electrónica de medicamentos permite conocer inequívocamente la existencia del acto médico que le dio origen. Que por Resolución N° 823/DE/14 se modificó el Anexo I de la Resolución N° 615/DE/2014, quedando el mismo redactado conforme el Anexo I del acto resolutivo mencionado en primer término. Que por Resolución N° 616/DE/15 se modificó el “Programa HADOB”, aprobado por Resolución N° 718/DE/07, y a su vez, se aprobó en carácter de continuador del mismo y en el marco del Programa Desarrollo de Prestadores, Resolución N° 56/DE/07, el “Programa HADDOTMA” (Hipertensión Arterial, Diabetes mellitus, Dislipemia, Otros Trastornos Metabólicos y Alzheimer), el cual como Anexo I forma parte integrante del citado acto resolutivo. Que asimismo, se estableció que el “Programa HADDOTMA” tendría vigencia a partir del mes de agosto de 2015, aprobando la secuencia de integración entre el “Programa HADOB” y el “HADDOTMA”. Que finalmente, por Resolución N° 485/DE/16 se estableció un incremento en el “Adicional Rp/(e)” con vigencia desde febrero de 2016, acorde a lo detallado en el Anexo I del mencionado acto resolutivo. Que en atención a lo actuado por las aéreas técnicas en el expediente citado en el visto, como así también a lo que fuera

previsto oportunamente en el informe realizado por la Gerencia de Desarrollo e Innovación (Prov. N° 1084/2016-GDI), se considera razonable el incremento en los valores indicados. Que en razón de lo expuesto, resulta oportuno incrementar el valor de las retribuciones mencionadas, continuando con el activo fomento de las transacciones electrónicas, en particular para la prescripción de medicamentos. Que la Secretaría General Técnico Financiera, la Secretaría General de Planificación y Modernización y la Secretaría General Técnico Jurídica han tomado la debida intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Establecer el incremento en el valor del “Adicional Rp/(e)” con vigencia desde el 1° de abril de 2016, de acuerdo con lo detallado en el Anexo I de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0923 Dr. Carlos J. REGAZZONI - Director Ejecutivo

Resolución N° 0924

BUENOS AIRES, 01 JUN 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007255-2 y las Resoluciones N° 284/DE/05, 1542/DE/10, 863/DE/12, 687/DE/13, 688/DE/13, 750/DE/13, 846/DE/13, 847/DE/13, 1027/DE/13, 1028/DE/13, 311/DE/14, 613/DE/14, 614/DE/14, 822/DE/14, 685/DE/15, 770/DE/15, 484/DE/16 y Disposiciones N° 146/CE/14, 36/CE/15, 113/CE/15 y 164/CE/15 del Registro del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 284/DE/05 se aprobó el Modelo Prestacional Sociocomunitario de Atención Médica y otras Prestaciones Asistenciales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP). Que mediante Resolución N° 687/DE/13 se aprobó la Modalidad Contractual de Pago por Prestación con Cartera Asignada para

el II Nivel de Atención. Que luego, a través de la Resolución N° 846/DE/13 se extendió la Modalidad Contractual de Pago por Prestación con Cartera Asignada al I y III Nivel de Atención excluyéndose a los módulos “Medico Cabecera” y “Traslados, Urgencias y Domicilios”. Que posteriormente, mediante resolución N° 311/DE/14, se aprobó la modalidad de pago de las prestaciones de Medicina Física y Rehabilitación. Que oportunamente, la Gerencia de Análisis, Estadística y Planeamiento y la Gerencia de Desarrollo e Innovación, dependientes de la Secretaria General de Planificación y Modernización, han elaborado conjuntamente un informe (Prov. N° 1087/2016/GDI) con la valorización de cada práctica comprendida, desagregando honorarios y gastos. Que asimismo, el Nomenclador Común del INSSJP aprobado mediante Resolución N° 688/DE/13, resulta aplicable a todas las modalidades contractuales enmarcadas en el Modelo

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 0923-16 CONFORMACIÓN Y VALORES ADICIONALES POR RP/e

CONCEPTO VALOR Vigencia desde 01/04/20161 Adicional por Transmisión de Información - Módulo Médico de Cabecera (Anexo II-Resolución N° 860/DE/12).2 Adicional por Transacciones Electrónicas

Adicional por Rp/(e) (1 + 2) $ 19,0377

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Prestacional Sociocomunitario de Atención Médica y otras Prestaciones Asistenciales, de conformidad a los acuerdos suscriptos y a la normativa vigente con el objetivo principal de lograr homogeneidad y equidad en la retribución de las prestaciones brindadas a los afiliados de este Instituto. Que el referido Nomenclador Común ha sido actualizado conforme detalle obrante en el Anexo I de la Resolución N° 613/DE/14 y Disposiciones N° 146/CE/14, 36/CE/15, 113/CE/15 y 164/CE/15, de conformidad con los acuerdos suscriptos y la normativa vigente. Que mediante Resolución N° 484/DE/16, se estableció un incremento en los valores del NOMENCLADOR COMUN del INSSJP con vigencia desde el 1 de febrero de 2016, acorde a lo detallado en el ANEXO I del mencionado acto resolutivo. Que por otra parte, mediante Resolución N° 770/DE/15, se han incorporado al Nomenclador Común las prácticas que componen el menú prestacional para el Tratamiento Sustitutivo Dialítico de la Función Renal. Que en función de las particularidades de la incorporación mencionada, resulta oportuno y conveniente denominarla “UNIDAD DIALITICA”, a efectos de su identificación en la valorización que se efectúa en el Nomenclador Común. Que serán asociadas a este tipo de unidad las prácticas correspondientes al módulo 88, con la exclusión de los accesos vasculares (códigos N° 270210-270211-27021) que por su naturaleza responden al tipo de unidad quirúrgica. Que en atención con lo actuado por las áreas técnicas en el expediente citado en el Visto, y lo informado oportunamente por Prov. N° 1087/2016/GDI, que propicia la instrumentación de los incrementos en los valores allí indicados con vigencias desde el 01 de abril de 2016, se conforman los paramentos de eficiencia y sustentabilidad aplicables en el marco de las efectivas adhesiones a las modalidades retributivas previstas mediante Resoluciones 687/DE/13, 846/DE/13, 311/DE/14 y 770/DE/15.

Que la Secretaría General Técnico Financiera, la Secretaría General de Planificación y Modernización, la Secretaría General Técnico Médica y la Secretaría General Técnico Jurídica, han tomado la debida intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el Artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Establecer los incrementos en los valores del NOMENCLADOR COMÚN del INSSJP con vigencia desde el 01 de abril de 2016, acorde a lo detallado en el Anexo I de la presente y de conformidad a los acuerdos suscriptos y a la normativa vigente. ARTÍCULO 2°.- Establecer a partir del dictado de la presente Resolución que las prácticas correspondientes al Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal que integran el Nomenclador Común de las prestaciones del INSSJP (módulo 88, con la exclusión de códigos N° 270210-270211-27021), pasarán a agruparse bajo el tipo de unidad “DIALÍTICA” acorde a lo detallado en el Anexo II de la presente. ARTÍCULO 3°.- Instruir a la SECRETARIA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y MODERNIZACIÓN, a fin de que a través de la Gerencia de Desarrollo e Innovación y la Gerencia de Análisis, Estadística y Planeamiento, establezca los coeficientes de variación referentes a la valorización de las UNIDADES aprobadas en el Artículo 1° de la presente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0924 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 0924-16 NOMENCLADOR COMUN

VALORIZACION DE UNIDADES Valores a partir del 1° de Abril 2016:

VALOR UNIDAD TIPO DE UNIDAD HONORARIO GASTO Coef. Rp/e

CONSULTA MEDICA (II-III) $ 6,5547 -- 2,8129 CLÍNICA (I-II-III) $ 7,5617 $ 4,8051

QUIRURGICA (II-III) $ 7,5617 $ 16,0862 IMAGENES (I-II) $ 7,5617 $ 3,2776

HHAPyB (II) $ 7,5617 $ 8,2384 SANATORIAL (II) $ 7,5617 $ 10,5130 IMAGENES (III) $ 5,0411 $ 1,8962

MEDICINA NUCLEAR (III) $ 5,0411 $ 12,5571 TERAPIA RADIANTE (III) $ 7,5617 $ 109,3483

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Año XII - N° 2557 :: BUENOS AIRES, Jueves 02 de Junio de 2016 ::

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BIOQUIMICA (I-III) $ 15,1606

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 0924-16

NOMENCLADOR COMÚN VALORIZACIÓN DE UNIDADES

Valores a partir del 1° de Abril 2016:

VALOR UNIDAD TIPO DE UNIDAD HONORARIO GASTO Coef. Rp/e UNIDAD DIALÍTICA $ 6,8123 $ 4,3289 -

Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0895/DE/12, 0385/DE/14 y 0039/DE/16

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director EjecutivoDr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo

ISO 9001:2008Management Systemwww.tuv.com ID 9105061801

Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa

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