Upload
mopc
View
214
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
8/10/2019 Resolucin13
1/1
RESOLUCIN N
m in i s t e r io d e o b r a s p b l ic a s Y c o m u n i c a c io n e s
POR LA CUAL SE PROHIBE EL ACCESO AL INMUEBLE DONDE SE ENCUELA CANTERA "YPARACAI" PROPIEDAD DE ESTA CARTERA DE ESTADO,USO A PERSONAS EXTRAAS A ESTA INSTITUCIN.
Asuncin, ^5 de enero de 2015
VISTO: El memorndum DP N 806/2014, por el cual el Departamento de Patrimonde la Direccin de Bienes y Suministros de esta Institucin, informa corelacin a la cantera de Ypacarai; y
CONSIDERANDO: Que en el citado informe manifiesta lo siguiente que: ".. .e l acca la cantera no est restringido y que en el verano se utiliza comomedio de expansin de las personas y no existe la vigilancianecesaria como asimismo los medios de prevencin para cualquietipo de acontecimiento que puedan producirse, se solicita losprocedimientos que puedan resguardar la integridad de laspersonas que acuden al lugar y asimismo preservar la imagen delMOPC como institucin titular de ese inmueble. La canteratambin se encuentra invadida por personas que hace tiempotienen sus viviendas en dicha fraccin y hasta el momento no sehan tomado las providencias correspondientes".
Que segn lo manifestado por el Departamento de Patrimonio elMinisterio de Obras Pblicas y Comunicaciones posee el ttulo d
f jropiedad correspondiente a la Cantera de Ypacarai, inscripto ena Direccin de Registros Pblicos como Finca N 503, Distrito dindividualizado con los Padrones Nros. 714, 650 y 978, Superfici34 has. 9854 m2. Que dentro de la cantera, propiedad de estaInstitucin se ha formado un lago al cual concurren mucha gentepara nadar y bucear.
Que por memorndum S.G. N 208/2014 la Secretara Generadependiente de esta Cartera Ministerial, solicita "losprocedimientos que puedan resguardar la integridad de laspersonas que acuden al lugar y asimismo preservar la imagen delMOPC como institucin titular de ese inmueble".
Que en el Dictamen D.A.J. N 1200/2014, la Direccin de Asunt Jurdicos recomienda entre otros puntos: "la emisin de unaResolucin que prohba el acceso al inmueble y su uso a personaextraas a la Institucin".
EL MINISTRO DE OBRAS PBLICAS Y COMUNICACIONESPOR TANTO, en uso de sus atribuciones legales
R E S U E LV E :
Art. I o.- Prohibir el acceso al inmueble donde seLcuentfa W Cantera "Yparacai"uo nrsonas extraas a estapropiedad de ta~Qirteri de [fistJio, y
Institucin,