7
.11\ RESOLUOfd)N-No:- 4 7 2 ~1 ( 2 O Die 2010 ) "Por medio de la cual se registra y se autoriza el aprovechamiento de un bosque natural de guadua y se dictan otras medidas" LA DIRECCiÓN GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL TOLlMA -CORTOLlMA- En uso de sus atribuciones legales y en especial las otorgadas por la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1791 de1996 CONSIDERANDO HECHOS Y ANTECEDENTES . Mediante formulario de radicación interna No. 9342 del Seis (96) de Julio de Dos Mil Diez (2010), al Señor JULIO CESAR CASTILLO con C.C No 5.906.994 de Ppl9cabildo, solicita a esta Corporación la inscripción, registro y autorización.de aproyechamiento comercial de bosque natural de guadua, ubicado en la finca San Vicente, vereda El Olimpo del Municipio de Palocabildo, Tolima. Que mediante Auto de fecha Once (11) de Octubre de Dos Mil Diez (2010), la Oficina Jurídica de esta Corporación avoco conocimientode la petición y dispuso la práctica de una visita de inspección, así como se ordeno la publicacióncorrespondiente. La visita técnica se practicó el día Veintiocho (28) de Octubre de Dos Mil Diez (2010), de la cual se presento informe por parte de los Ingenieros Yudy Andrea López Sua y Rafael O. Tovar Vargas, funcionarios de la Subdirección de Calidad Ambiental, y del mismo se puede establecer: . Una vez realizada la visita de campo al predio San Vicente de la Vereda El Olimpo del Municipio de Palocabildo Tolima, de propiedad del Señor JULIO CESAR CASTILLO(;9n ' C.C No 5.906.994 de Palocabildo, Se constato la existencia de un (1) guaduat-~ct~ especie Guadua (Guadua angustifolia) con un área de 2 hectáreas aproximadam~!Jt Con el fin de conceptuar sobre la viabilidad del permiso de aprovechamiento sollcit así como el estado del guadual, diámetros y alturas y la viabilidad del permiso<CJeu' aprovechamiento solicitado, se tiene en cuenta el plan de manejo y apro sostenible de guaduales naturales en predios localizados en el núc productivo de guadua en los municipios de Líbano y Palocabildo. . SEDE CENTRAL: Cra. 5a. Av. Del Femx:afTil, Calle 44 Tels.: (8) 2654551/52/54/55 Fax: (8) 2654553 - 2700120 E-Mail:(Q!/Q!Ii!Y,@,(;P/:lQ/1fI1il.9QY.(Q Web: .wmu:'Q!MlillMlQ.Y.J,P Colombia Dirección Territorial Sur: C.C. Kalarama Cra. 8 No. 7 - 24/28 Of. 301-303 Telefax.: (8) 2462779 Chaparral Dirección Territorial DireCCIónTerritorial Dirección Territorial Norte: Suroriente: Oriente: Cra.6 No. 4 - 37 Calle 7 No. 22 - 61 Cra. 4 No.8a - 27 BarrioCentro Piso 2 Te/efax.: (8) 2281204 Telefax.: (8) 2530115 Telefax.: (8)2456876 Purificación , ArmeroGuayabal Melgar 9- Página 1 de 8

RESOLUOfd)N-No:- 4 7 2 ~1 2 O Die 2010

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Page 1: RESOLUOfd)N-No:- 4 7 2 ~1 2 O Die 2010

.11\

RESOLUOfd)N-No:-4 7 2 ~1( 2 O Die 2010 )

"Por medio de la cual se registra y se autoriza el aprovechamiento de un bosque natural deguadua y se dictan otras medidas"

LA DIRECCiÓN GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL DELTOLlMA -CORTOLlMA-

En uso de sus atribuciones legales y en especial las otorgadas por la Ley 99 de 1993 y elDecreto 1791 de1996

CONSIDERANDO

HECHOS Y ANTECEDENTES .

Mediante formulario de radicación interna No. 9342 del Seis (96) de Julio de Dos Mil Diez(2010), al Señor JULIO CESAR CASTILLO con C.C No 5.906.994 de Ppl9cabildo, solicita aesta Corporación la inscripción, registro y autorización.de aproyechamiento comercial debosque natural de guadua, ubicadoen la finca San Vicente, vereda El Olimpo del Municipiode Palocabildo,Tolima.

Que mediante Auto de fecha Once (11) de Octubre de Dos Mil Diez (2010), la OficinaJurídica de esta Corporación avoco conocimientode la peticióny dispuso la práctica de unavisita de inspección, así como se ordeno la publicacióncorrespondiente.

La visita técnica se practicó el día Veintiocho (28) de Octubre de Dos Mil Diez (2010), de lacual se presento informe por parte de los Ingenieros Yudy Andrea López Sua y Rafael O.Tovar Vargas, funcionarios de la Subdirecciónde Calidad Ambiental, y del mismo se puedeestablecer:

.

Una vez realizada la visita de campo al predio San Vicente de la Vereda El Olimpo delMunicipio de Palocabildo Tolima, de propiedad del Señor JULIO CESAR CASTILLO(;9n '

C.C No 5.906.994 de Palocabildo, Se constato la existencia de un (1) guaduat-~ct~especie Guadua (Guaduaangustifolia)con un área de 2 hectáreas aproximadam~!Jt

Con el fin de conceptuar sobre la viabilidad del permiso de aprovechamiento sollcitasí como el estado del guadual, diámetros y alturas y la viabilidad del permiso<CJeu'aprovechamiento solicitado, se tiene en cuenta el plan de manejo y aprosostenible de guaduales naturales en predios localizados en el núcproductivo de guadua en los municipiosde Líbanoy Palocabildo.

.

SEDE CENTRAL:Cra. 5a.Av. Del Femx:afTil, Calle44

Tels.: (8) 2654551/52/54/55Fax: (8) 2654553 - 2700120

E-Mail:(Q!/Q!Ii!Y,@,(;P/:lQ/1fI1il.9QY.(Q

Web: .wmu:'Q!MlillMlQ.Y.J,PColombia

Dirección TerritorialSur:

C.C.Kalarama

Cra. 8 No. 7 - 24/28Of. 301-303

Telefax.: (8) 2462779Chaparral

Dirección Territorial DireCCIónTerritorial Dirección TerritorialNorte: Suroriente: Oriente:

Cra.6 No. 4 - 37 Calle7 No.22 - 61 Cra.4 No.8a - 27BarrioCentro Piso2 Te/efax.:(8) 2281204

Telefax.:(8) 2530115 Telefax.:(8)2456876 Purificación, ArmeroGuayabal Melgar

9-

Página 1 de 8

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j~(

RESOLuctÓN-m.-4 1 2(~1( 2O D\e 2010 )

. La presencia de un bosque natural de guadua, con una extensión de 2 hectáreas, quede acuerdo con el estudio antes mencionado se encuentra clasificado como un subnúcleo de moderada productividad, presentando las siguientes característicasgenerales:

Tabla N01 Densidades de culmos promedio por hectárea en el subnucleo de moderadaproductividad del Municipio de Palocabildo.

Total

culmos/ha39 4200 600 1500 2000 O 100 O 2000

38 4300 500 1300 2300 O 200 O 2300

10 4500 600 1600 2000 200 100 O 2200

8 4600 300 900 2200 800 300 100 3000

17 4600 600 1100 1900 100 700 200 2000

6 4800 600 900 3100 O 200 O 3100

15 4900 600 2400 1500 300 100 O 1800

27 5000 200 1800 1700 O 1300 O 1700

1 5300 400 2000 2500 O 400 O 2500

30 5400 1000 1000 2500 O 700 200 2500

31 5500 600 900 2900 300 800 O 3200

23 5500 700 900 2600 400 400 500 3000

37 5700 400 1100 2300 O 1100 800 2300

29 5800 200 2100 2100 400 1000 O 2500

28 5900 600 2600 1100 O 1600 O 1100

34 6400 700 2100 2900 100 600 O 3000

35 6600 900 2300 2800 O 600 O 2800

3 6700 500 2300 3300 200 400 O 3500

21 6900 700 1100 3600 O 600 900 3600

Promedio 5400 563 1574 2384 147 589 142 2532

Fuente: Plan de aprovechamiento sosteniblede guaduales naturales en predios ',," ,

en el núcleo forestal productivo de guadua en los municipios de Líbano y Palocabildo, 2009.'

Parcela R SM s AMTV 1M

n ~: renuevo, V: verde, M: madura, SM: sobre madura, S: seca, MT: matamba~M+SM).

o/'"

SEDE CENTRAL:Cra. 5". Av. Del Ferrocarril, Calle 44

Tels.: (8) 2654551/52/54/55Fax: (8) 2654553 - 2700120

E-Mail: .c.9!iQ!ml<J.¡(j'(Q!!Qlmw..!JQv.(Q

Web: f.nnK,.,'QI1Q(¡fI!i;!.,gQ~,(P,Iombia

Dirección TerritorialSur:

C. C. Kalarama

Cra. 8 No. 7 - 24/28Of. 301-303

Teiefáx.: (8) 2462779Chaparral

Dirección Territorial Dirección Territorial Dirección TerritorialNorte: Suroriente: Oriente:

Cra.6 No. 4- 37 Calle7 No.22 - 61 Cra.4 No.8a - 27BarrioCentro Piso2 Teiefáx.:(8) 2281204

Teiefáx.:(8) 2530115 Teiefáx.:(8) 2456876 PurificaciónArmeroGuayabal Melgar

Page 3: RESOLUOfd)N-No:- 4 7 2 ~1 2 O Die 2010

J11il

RESOLUCISNÑ;. .. 4 7 2!>-

( 2O D\e 2010 )

De acuerdo a las variables que presente el guadual objeto de estudio, como son área ydensidad se tienen los siguientes resultados:

.

.

.

9-01SEDE CENTRAL:

Cra. Y. Av. Del Ferrocarril, Calle 44

Tels.: (8) 2654551/52/54/55Fax: (8) 2654553 - 2700120

E-Mail: {QrIQ!i!TJ{J@CQ!"(QIWliJ.gQv..(Q

Web: .f.J!!~fY,.CQr"lQ!!lniJ,gQ.v,(Q

Colombia

Teniendo en cuenta las recomendaciones técnicas del plan de manejo yaprovechamiento forestal se debe dar para este rodal una intensidad de cosecha menoral 35%, por lo tanto se escogió de acuerdo a dichas características IC del 30%, por lotanto se aprovecharían 1519guaduas,equivalentesa 151.9metroscúbicos.

El permisionario deberá tramitar ante esta Corporación los respectivos salvoconductosde movilización de los productos forestales objeto de aprovechamiento.

Se debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones técnicas para elAprovechamiento Forestal:

o El peticionario evitara la afectación de sitios con presencia de madrigueras o nidosde fauna silvestre.

o Para permitir una buena regeneración del guadual, se debe extraer el total de lasguaduas secas en pie y las que resultencaídas o fallas.

o Los cortes se harán a ras del primer nudo basal, por encima del tabique, de talforma que se eviten cavidades de empozamiento. Se corregirán los cortes malefectuados con anterioridad.

o Se realizara la socola necesaria para permitir la circulación interior del guadual. Lasramas y demás sobrantes de esta labor se repicaran y esparcirán en toda el área.

Los copos y trozos de guadua seca o enferma se apilaran en el perímet~~:;d"'"guadual. Por ningún motivo se quemaran estos desperdicios, no se depositarán'las fuentes de agua. ".

o

o La distribución de los individuos remanentes debe ser homogénea; es decir qU8;flovdeben quedar claros ni zonas de sobrecarga en pie.

Página 3 de 8

o Pasado un (1) mes desde la terminación del aprovechamiento, se fertiliKg/ha de urea o Triple 15, aplicada al boleo.

Dirección Territorial

Sur:C.C. Kalarama

Cra. 8 No. 7 - 24/28Of. 301-303

Teiefax.: (8) 2462779Chaparral

Dirección Territorial Dirección Territorial Dirección TerritorialNorte: Suroriente: Oriente:

Cra.6 No. 4- 37 Calle7 No. 22 - 61 Cra.4 No.8a - 27BarrioCentro Piso2 Telefax.:(8) 2281204

Telefax.:(8) 2530115 Telefax.:(8) 2456876 PurificaciónArmeroGuayabal Meigar

I Totalde culmos/ha /ha] R Iv 1M 15M I 5 I Mt lA I

Promedio 5400 563 1574 2384 147 589 142 2532

PromedioRodal 10800 1126 3148 4768 294 1178 284 5064

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.1B6

RESOUJ.lJIÓN--No.47 2 4( 2O o,e 2010 )

o Toda movilización de productos del aprovechamiento tendrá que estar amparadopor un Salvoconducto Único Nacional.

o Se permitirá el acceso a los funcionarios encargados del seguimiento y sefacilitaran las labores de supervisión y control.

. Por lo anterior, el permisionario está obligado a proteger los Recursos Naturales y elMedio Ambiente, respetando las zonas protectoras conforme lo establece el Decreto2811 de 1974.

Que el Gobierno Nacional con el fin de lograr el desarrollo sostenible, a través del Decreto1791 de 1996, estableció el régimen de aprovechamientoforestal respectodel uso, manejo,aprovechamiento y conservaciónde los bosques y la flora silvestre, entre las que se cuentala guadua, determinandoen su artículo 3, literal f), concordantecon los Arts. 62 y 82 ibídem,la facultad que tiene cada Corporación Autónoma Regional de establecer condicionesadicionales a las contempladas en el mismo, teniendo en cuenta las circunstanciasparticulares de cada región, dentro de la órbita de sus competencias y en el ámbito de losprincipios establecidos en la Ley 99 de 1993.

Que la anterior disposición fue desarrollada por la Corporación Autónoma Regional delTolima, mediante la resolución No. 1150 de 2008, por medio de la cual ha reglamentado elmanejo, aprovechamiento y establecimiento de guadua, cañabrava y bambúes y seadoptaron los términos de referencia para la elaboración de los respectivos planes demanejo y estudios técnicos.

Que una vez revisada la solicitud, practicada la visita de campo por parte de CORTOLlMA,se concluye que las circunstancias cumplen con lo reglamentadoen el Capitulo IX (artículos61 al 82) del Decreto 1791 de 1996 y la resolución 1150 de 2008, por lo tanto, agotado eltrámite legal ante la entidad, es viable técnica y jurídicamente su registro suaprovechamiento comercial con base en los documentos allegados al expediente y en elconcepto técnico emitido por el profesionalque ha tenido a cargo la solicitud.

Que como consecuencia se hará la inscripción del registro con la anotación ,en; I

correspondiente libro asignando el No. 1735-F y se le informará al beneficiario qu~'d«llevar a cabo el cumplimiento de todas y cada una de las especificaciones té~niseñaladas en el concepto mediante el cual se autoriza el registro del bosque naturalguadua.

SEDE CENTRAL:

Cra. Sa. Av. Del Ferrocarril, Calle 44

Tels.: (S) 2654551/52/54/55Fax: (8) 2654553 - 2700120

E.Mall:(QI/Q!imiJf8'm:lQ!¡[!ii;i.gQv.(Q

Web: f.fin:r..J;.Qr.tQ!!lJ.kl.,gQ.v&Qve - Tolima - Colombia

Dirección TerritorialSur:

c.c. KalaramaCra. 8 No. 7 - 24/28

Of. 301.303

Telefax.: (8) 2462779Chaparral

Dirección Territorial Dirección Territorial Dirección TerritorialNorte: Suroriente: Oriente:

Cra.6No.4- 37 Calle7 No.22- 61 Cra.4No.S8. 27BarrioCentro Piso2 Telefax.:(8) 2281204

Telefax.:(8) 2530115 Telefax.:(8) 2456876 PurificaciónArmeroGuayabal Melgar

9- Que en virtud de lo analizado esta Corporación:

~

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J~i{(

RESOLU<irb¡8,;N<r."7 2 4\( 20 D\C2010

RESUELVE

)

ARTICULO PRIMERO: REGISTRAR bajo el No. 1735-F, un bosque natural de guadua de0.2 hectáreas, ubicado en la finca San Vicente, Vereda El Olimpo, del Municipio dePalocabildo, Tolima, de propiedad del Señor JULIO CESAR CASTILLO con C.C No5.906.994 de Palocabildo.

ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR al Señor JULIO CESAR CASTILLO con C.C No5.906.994 de Palocabildo, llevar a cabo el aprovechamiento forestal comercial de MilQuinientas Diecinueve (1519) guaduas hechas o maduras, con un volumen de 151.9m3.Laintensidad de aprovechamientoserá del 30% del total de las guaduas adultas, por el sistemade entresaca selectiva.

PARAGRAFO PRIMERO: Se otorga un plazo máximo de Cuatro (4) meses a partir de laejecutoria de la presente resolución para la ejecuciónde esta actividad.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El permisionario deberá tramitar ante esta Corporación losrespectivos salvoconductos de movilización de los productos forestales objeto deaprovechamiento.

ARTICULO TERCERO: ORDENAR al Señor JULIO CESAR CASTILLO con c.e No5.906.994 de Palocabildo, cumplir con los siguientes requisitos para la ejecución de laslabores:

a. El peticionario evitara la afectación de sitios con presencia de madrigueras o nidos defauna silvestre.

b. Para permitir una buena regeneración del guadual, se debe extraer el total de lasguaduas secas en pie y las que resultencaídas o fallas.

c. Los cortes se harán a ras del primer nudo basal, por encima del tabique, de tal formaque se eviten cavidades de empozamiento.Se corregirán los cortes mal efectuados conanterioridad.

d. Se realizara la socola necesaria para permitir la circulación interior del guadu~Vramas y demás sobrantes de esta labor se repicarany esparciránen toda el área.>;~

e. Los copos y trozos de guadua seca o enferma se apilaran en el perímetro del guadaal:'"'C(--Por ningún motivo se quemaran estos desperdicios,no se depositaran en laagua.

SEDE CENTRAL:Cra. 59. Av. Del Ferrocarril, Calle44

Tels.:(8) 2654551152154155Fax: (8) 2654553 - 2700120

E-Mail: <:Q1/qlim"i/)'m:lQli!1I';¡.!NV.<:Q

Web: .mvw,.(Q!:t\¡lim,l.gQ,t.(Q

lbague - Tolima - Colombia

Dirección TerritorialSur:

c.c. KalaramaCra.8 No. 7 - 24/28

Of.301-303Telefax.:(8) 2462779

Chaparral

Dirección Territorial Dirección Territorial Dirección TerritorialNorte: Suroriente: Oriente:

Cra.6No.4- 37 Calle7No.22- 61 Cra.4No.8a- 27BarrioCentro Piso2 Telefax.:(8) 2281204

Telefax.:(8) 2530115 Telefax.:(8) 2456876 PurificaciónArmeroGuayabal Melgar

9-JI

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j~

RESOLU~f1tJc5:' 124'( 2O Die2010)

f. La distribución de los individuos remanentes debe ser homogénea; es decir que nodeben quedar claros ni zonas de sobrecargaen pie.

g. Pasado un (1) mes desde la terminación del aprovechamiento, se fertilizara con 50Kg/ha de urea o Triple 15, aplicada al boleo.

h. Toda movilización de productos del aprovechamiento tendrá que estar amparado por unSalvoconducto Único Nacional.

i. Se permitirá el acceso a los funcionarios encargados del seguimiento y se facilitaran laslabores de supervisión y control.

j. En labores de apeo se evitara lesionar guaduas viches y/o renuevos orientando la caídade las guaduas de interés comercial o de manejo silvicultural.

k. El transporte menor se realizara con personas de experiencia por el método conocidocomo "al hombro" dentro del guadual; una vez el producto forestal se encuentre fuera delas matas de Guadua, se utilizará la arriería como único medio de transporte hasta elsitio de acopio, se dejara como patio de acopio un área cerca de la casa principal, dedonde se recogerán las piezas de guadua en camiones hasta su sitio final decomercialización.

1. Evitar causar daño a las especies arbóreas asociadas al guadual, durante la socota ylabores de apeo de la guadua.

m. No cazar ni pescar en el área de influencia de los guaduales, para mantener el equilibriodel ecosistema.

n. Realizar el repoblamiento del guadual en todos los claros que en este se encuentren,esta labor debe realizarse una vez se aproveche los rodalesde Guadua. La distancia desiembra es de 4 x 4 metros como mínimo.

ARTICULO CUARTO: al Señor JULIO CESAR CASTILLO con C.C No 5.906.994<@,ePalocabildo, está obligada a conservar los Recursos Naturales y el Medio Ambí~af~respetando las zonas protectorasconforme lo estableceel Decreto2811 de 1974. fi

ARTICULO QUINTO: Como consecuencia del registro, se hará la anotación en ~r Iicorrespondiente asignándole el No. 1735-F,advirtiéndoleal propietario de la plantación qUé'el incumplimiento de lo aquí ordenado lo hará merecedor a las sanciones contel Articulo 85 de la ley 99 de 1993.

SEDE CENTRAL:Cra. 5a. Av. Del FerrrxafT/l, Calle44

Tels.: (8) 2654551/52/54/55Fax:(8) 2654553 - 2700120

E-MalI: (Q!1Q!iIJ",,@lQ;J/(QIIn.1¡;¡.gQV.(Q

Web:-'"i",V...((!!1.Q.!!!.!!.,lo.ilQ.V.(Qol/ma - Colombia

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C. C. Kalarama

Cra. 8 No. 7 - 24/28Of. 301-303

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Dirección Territorial Dirección Territorial Dirección TerritorialNorte: Suroriente: Oriente:

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RESOLU~i(5...l"Nc>.4 1 2f-( 2 O D\e 2010 )

tM6 Nb if(,,,,,,,,<,,,,,"¡ &, '" O",,,,Ó,;bj ih)Ó>1k:'.

ARTICULO SEXTO: Ordenar a la Señor JULIO CESAR CASTILLO, como medida

compensatoria para enriquecimiento del guadual por cada metro cubico a aprovechar sedebe reponer un chusquin. La densidad a reponer es baja por qué obedece a un manejosilvicultural para permitir el repoblamiento de la mata del cual asciende a la siembra de 150chusquines

ARTICULO SEPTIMO: Si eventualmentese llegaré a presentar daño a terceros por laejecuciónde las labores,la responsabilidades directamentedel beneficiariodel permisoyde quien realicelas actividadesde intervención.

ARTíCULO OCTAVO: El encabezado y parte resolutivade la presente resoluciónsepublicaráporcuentadel interesadodentrode losdiez (10) días siguientesa su ejecutoriaenel Boletín Oficial de CORTOLlMA considerándose cumplido este requisito, con la

presentacióndel respectivocomprobantede pa~o, para)~s efectosdispuestosen el artículo46 del C.CA 1\ / I

i

PARAGRAFOUNICO: Hasta tanto se deArtículo,esta providenciano produciráefectos

a lo señalado en el presente

C N SOFíA BONILLAMARTíNEZDirectoraGeneral

Proyectó: Jovana Corzo Pérez.Abogado ContratistaRevisó: Henry Cifuentes O.Coordinador Oficina JurídicaExp. 1735-F Permiso de Aprovechamiento de Guaduaop

SEDE CENTRAL:Cra.5'. Av. DelFerrocaml, Calle44

Tels.:(8) 2654551/52/54/55Fax: (8) 2654553 - 2700120

E-Mail:Pytof¡I~J.$!.,'k,.éQWeb:.""-1Y.!L(Q!.íiJ.!!m.<I,iM!.,c.!2

'ima - Colombia

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e e KalaramaCra.8 No.7 - 24/28

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Dirección TerritorialNorte:

Cra.6 No. 4 -37BarrioCentro

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