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RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA: incurren los servidores públicos cuando en el desempeño de su empleo, su conducta contraviene las obligaciones contenidas en el Código de Conducta Administrativo que previenen las 24 fracciones del art. 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. ÓRGANOS Y SISTEMAS DE CONTROL *En el Poder Legislativo Federal: Contraloría Interna: recibe quejas, investiga, realiza auditorías y aplica procedimientos y sanciones. *En el Poder Ejecutivo Federal: Secretaría de Función Pública: interpretación y aplicación de la LFRASP. *En el Poder Judicial de la Federación: Los conflictos entre este y sus servidores serán resueltos por el Consejo de la Judicatura Federal. SUJETOS DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Art. 108 Constitucional 1. Federación: *representantes de elección popular. *Miembros del PJF: ministros, magistrados, consejeros, jueces de dto. *Servidores públicos del IFE 2. Estados de la república : Gobernadores, diputados, magistrados y miembros de las Judicaturas Locales. CÓDIGO ADMINISTRATIVO DE CONDUCTA *Legalidad: formular planes, programas, presupuestos, sujeción de norma, uso exclusivo de información, ejercer sus facultades. *Honradez: excusarse en asuntos familiares, personales o de negocios.

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

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RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA:incurren los servidores públicos cuando en el desempeño de su empleo, su conducta contraviene las obligaciones contenidas en el Código de Conducta Administrativo que previenen las 24 fracciones del art. 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.ÓRGANOS Y SISTEMAS DE CONTROL *En el Poder Legislativo Federal:Contraloría Interna: recibe quejas, investiga, realiza auditorías y aplica procedimientos y sanciones.*En el Poder Ejecutivo Federal:Secretaría de Función Pública: interpretación y aplicación de la LFRASP.*En el Poder Judicial de la Federación:Los conflictos entre este y sus servidores serán resueltos por el Consejo de la Judicatura Federal.SUJETOS DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVAArt. 108 Constitucional 1. Federación: *representantes de elección popular.*Miembros del PJF: ministros, magistrados, consejeros, jueces de dto.*Servidores públicos del IFE2. Estados de la república : Gobernadores,  diputados, magistrados y miembros de las Judicaturas Locales.CÓDIGO ADMINISTRATIVO DE CONDUCTA*Legalidad:  formular planes, programas, presupuestos, sujeción de norma, uso exclusivo de información, ejercer sus facultades.*Honradez: excusarse en asuntos familiares, personales o de negocios.*Lealtad: cuidar la información y documentación, impedir el mal usos, respeto, comunicar sus dudas, abstenerse de empleos, de aprovevhar si cargo.*Imparcialidad: observar buena conducta, abstenerse de abusar de su cargo, observar las reglas,  abstenerse de otorgar licencias indebidamente.*Eficiencia: cumplir con su cargo, observar buena conducta, utilizar los recursos para su fin.NEPOTISMOlos servidores deben abstenerse del conocimiento en casos donde

guarden relación familiar, en estos casos se les impide la realización de actos dentro del desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.AUTORIDADES COMPETENTES*Cámara de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, *Secretaría de la Función Pública, *Dependencias del Ejecutivo Federal, *SCJN, *Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, *Tribunales del Trabajo y agrarios, * IFE, CNDH.

Contraloría Interna:: órganos administrativos que componen la estructura de los diferentes órganos públicos. Previenen, vigilan, apoyan y sancionan la actuación del servidor público.Unidades de  Quejas y Denuncias:Acceso al público para que presente sus quejas o denuncias por el incumplimiento de las obligaciones por parte de un servidor público.

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO ADMINISTRATIVO*Recepción de la queja o denuncia: por escrito indicando el nombre y domicilio del quejoso, conceptos de responsabilidad, datos del denunciado y lugar de adscripción.*Admisión: documentación relativa para iniciar investigaciones (versen irregularidades, sean imputables, sean competencia de la Contraloría.)*Ratificación y salvaguardas.*Investigación : determinar la existencia de la conducta irregular y capacidad del órgano administrativo.*Citatorio: plazo no menor de 5 días entre este y la audiencia.*Notificación .*Audiencia .**Pruebas: 5 dias habiles para ofrecerlas, al desahogarse se resolvera dentro de los 45 días hábiles siguientes.*Resolución.

SANCIONES*Amonestación privada o pública: corrección disciplinaria donde se advierte al servidor que su conducta es violatoria.*Suspensión: el servidor es separado temporalmente del empleo, cargo o comisión que desempeña.*Destitución: deja sin efectos el.nombramiento que formaliza la relación jurídico-laboral con el Estado.*Sanción económica: obligación a cargo del sp responsable de pagar a la Hacienda una cantidad líquida en su equivalencia en salarios por la

comisión de daños y perjuicios por obtención indebedida de beneficios económicos.*Inhabilitación: privación temporal que se impone al sp para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo dentro de los órganos de gobierno.RECURSOS ADMINISTRATIVOS*Impugnación: inconformación ante el TFJFA, dentro de los 45 días siguientes.*Revocación: ante la propia autoridad, 15 días siguientes que surge efectos la notificación.

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA EN EL PJFsujetos de responsabilidad: ministros de la SCJN, miembros del CJF, magistrados, jueces, secretarios y en general los servidores adscritos a él.Autoridades competentes:SCJN, CJN, Contraloría del PJF.