Respuesta de la CDH a solicitud de información sobre recomendación 11/2015

  • Upload
    lado-b

  • View
    217

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/26/2019 Respuesta de la CDH a solicitud de informacin sobre recomendacin 11/2015

    1/2

    Direccin de Planeacin, Informtica y TransparenciaAsunto:Respuesta a solicitud de informacin

    Oficio No.:CDH/DPIT/90/2016Fecha:29 de abril de 2016

    SOLICITUD

    FOLIO INFOMEX(00167616)

    FOLIO CDH PUEBLA503-CDH2015-59

    Copia de los documentos que comprueban el cumplimiento de la Recomendacin 11/2015 de la CDH en el casode 30 personas integrantes del Colectivo Universitario por una Educacin Popular.(sic)

    NOMBRE DEL/LA SOLICITANTE:C. Aranzaz Ayala MartnezEmail: [email protected]

    En atencin a su solicitud de informacin registrada con folio al rubro sealado, y con fundamento en losartculos 3, 4, 10 fraccin II, 51, 54 y 62 fraccin IV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin

    Pblica del Estado de Puebla; y por Acuerdo del Comit de Informacin de esta Comisin, se hace de suconocimiento, que:

    1. Con fundamento en el artculo 2 de la Ley de la Comisin de Derechos Humanos del Estado de

    Puebla (CDH Puebla), la CDH Puebla es un organismo pblico autnomo, con personalidad jurdica

    y patrimonio propios, est dotado de autonoma operativa, de gestin, decisin y presupuestaria y

    conoce de quejas presentadas por presuntas violaciones a los derechos humanos, por accin u

    omisin, cometidas por parte de autoridades locales de naturaleza administrativa, o de cualquier

    otro servidor pblico, con excepcin del Poder Judicial del Estado.

    2.

    La proteccin de la dignidad es el principio bsico del actuar de este organismo

    constitucionalmente autnomo, ya que es inherente a la naturaleza del ser humano que impone

    respeto al valor de la persona.

    3. Los expedientes que integra este organismo, ataen a investigaciones por presuntas violaciones

    a derechos humanos, los cuales contienen informacin diversa cuya divulgacin pudiera repercutir

    en el menoscabo de la dignidad de los/as quejosos/as y/o agraviados/as o de cualquier otra

    persona involucrada en los mismos.

    4. En este sentido, fue emitido por el legislador el segundo prrafo del artculo 5 de la Ley que rige

    este organismo, que establece: La informacin o documentacin que se aporte dentro de los

    asuntos que est conociendo la Comisin deber ser de carcter estrictamente confidencial.

    5.

    Asimismo, el titular de este organismo el 25 de abril de 2012, y en cumplimiento a lo dispuesto enlos artculos 33 fracciones II y XIV, 34, 35 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin

    Pblica del Estado de Puebla, emiti el ACUERDO DE CLASIFICACIN DE INFORMACIN por el que

    se establece que los expedientes de este organismo son de carcter estrictamente reservado;

    mismo que se encuentra publicado en el portal de transparencia de la CDH Puebla, en la siguiente

    direccin electrnica:

    a. http://transparencia.cdhpuebla.org.mx/images/fraccionXXIV/AcuerdoExpedientes.pdf

    (Anexo No. 5ACUERDO DE CLASIFICACIN DE INFORMACIN)

  • 7/26/2019 Respuesta de la CDH a solicitud de informacin sobre recomendacin 11/2015

    2/2

    Direccin de Planeacin, Informtica y TransparenciaAsunto:Respuesta a solicitud de informacin

    Oficio No.:CDH/DPIT/90/2016Fecha:29 de abril de 2016

    6.

    Las Recomendaciones son resoluciones emitidas por el presidente de la Comisin de Derechos

    Humanos del Estado de Puebla, pblicas y autnomas, de naturaleza no imperativa para laautoridad o servidores pblicos, en la cual se analizan los hechos, argumentos y pruebas, as comolos elementos de conviccin y las diligencias practicadas, en la que se determinan derechoshumanos afectados, y se sealan las medidas necesarias para una efectiva restitucin de losafectados en sus derechos humanos y la reparacin integral de la vctima; cuyas versiones pblicasestn disponibles en el sitio web de la Comisin. (www.cdhpuebla.org.mx)

    7. Bajo estas consideraciones, este organismo pblico autnomo se encuentra imposibilitado de

    acceder a su peticin informativa, ya que de hacerlo, se estara violentando el derecho humano a

    la proteccin de datos personales.

    Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi ms alta consideracin, quedando a sus rdenes paracualquier aclaracin.

    A T E N T A M E N T EMTRO. JOS JUAN AVIA GRIMALDOTITULAR DEL COMIT DE INFORMACIN