Respuesta sobre carta de apelación

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  • 8/16/2019 Respuesta sobre carta de apelación

    1/2

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    L15,9t]T:1, T'.^

    ofuo

    lf

    0084{F2{115€GTSGE

    Señor

    Flarrnad

    Hanrer

    lrteron

    Alvarado

    l,tz

    L3,

    Lt.

    I

    Mlla

    Eslela

    Ancontlirp/Lirna

    Jesús

    MarÍa

    16

    de

    noviembre

    de

    2015

    ,

    cas

    contrario.

    se

    prdería cle

    acueroo

    a

    lo

    o¡spuesto

    en

    ios

    artíe.rios

    125'

    y

    19',¡'

    Ce la

    LeyN'2T444,declarandoelabandonodesusprocedimientos'

    En

    ese

    orden

    de

    ideas,

    habiendo

    transcurrido

    el

    plazo

    otorgado

    para

    la

    subsanación

    sin

    que

    se

    haya

    evidenciado

    la

    misma,

    se

    le comunica

    que

    se

    han

    declarado

    en

    .i J

    , r

    pilJ i*i nios

    de

    interposición

    de

    recursos

    de

    apelación

    por

    no

    haber

    mediado

    en

    *l

    pla.o

    previsto

    para

    tal

    efecto,

    inic¡ados

    por

    usted

    De

    otro

    lado,

    sin

    perjuicio de

    lo

    expuesto,

    cabe

    señalar

    respecto

    de

    sus

    solicitudes

    de

    acceso

    a la

    informactón

    púOtica conteniáos

    en

    ios

    expedientes

    N'08-2015-45049

    de

    oficio

    No

    00840-201s-cc/scE

    Decenio

    de

    las

    Personas

    con

    Discapacidad

    en

    el Perú

    'Año

    de

    la Diversificación

    Productiva

    y

    del

    Fortalecimiento

    de

    la Educación

    ASU^¡TO

    :

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    Ha.i^e:

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    SCDre

    Rec.rscs

    oe

    a,aF-,éC

    on

    'r'ierouesics

    ocf-nc

    haDer

    medlaoo

    ¡- .iu at

    en

    el

    plazo

    previsto

    respecto

    de

    sus

    soiicltudes

    de

    Acceso

    a

    la

    lnformación

    Pública.

    REF.

    :

    a)

    Escrito

    s/n

    de

    28

    Ñ

    2A15

    (Expediente

    No

    08-201

    5-49402

    de

    28

    10

    201

    5)

    bi Esclto

    5in

    ce 28

    1C2A',5

    iExpediente

    N

    O8-2015-49411

    de2810

    2015)

    c

    Es:'

    ::

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    Exced

    e¡:e

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    )g-zc'

    '-1?á'3

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    28

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    C

    2015r

    :

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    :re

    a

    -sleo

    e-

    alerclÓn

    a

    ics

    cocumentos

    de

    la

    referencia

    r.:ec

    ante

    iCS

    Cr,aieS

    e^

    vrñ.id a

    iC

    es:ab,eCOC

    e'e

    'r:era

    eidei

    artíCulO

    11 de la Ley N

    27806

    Lev

    de

    Transpai-encra

    y

    Acceso

    a

    a

    lnfori-lacón

    Púci¡ca

    rnterpuso

    recursos

    de

    apelaoón

    al

    no

    haber

    obtenido

    respuesta.

    dentro

    dei

    plazo

    legal

    a sus

    soltcitudes

    de

    acceso

    a

    la

    información

    pública contenidas

    en

    los expedientes

    N

    08-201545049

    de

    02

    1O

    2015

    y

    08-201

    546215'

    be-zot

    5-46217

    y

    A8-201546218,

    de

    fecha

    12.1A

    2C t5

    At

    respecto,

    es de

    precisar

    que

    a través

    del Oficio

    N'00792-201S-CGISGE

    de

    fecha

    30.10.2015,

    notiflcado

    el

    03.1

    1.2015

    se

    le

    comunicó

    que

    en

    aplicacrón

    de

    lo

    establecido

    en

    el

    artículo

    14g

    de

    la

    Ley

    N

    27444,

    Ley

    del

    procedimiento

    Administrativo

    General

    se

    dispuso

    la

    acumulación

    de

    los

    expedientes

    del

    párrafo

    precedente.

    Asimismo

    en

    atenciÓn

    a

    lo dispuesto

    por

    la

    primera

    Disposicion

    complementaria

    del

    Reglamento

    de

    l1L-ey

    de

    Transparencia

    y

    Acceso

    a

    la

    lnformación

    Pública,

    aprobado

    por

    Decreto

    S'Jpremo

    N

    072-2003-PCM

    y

    el

    artículo

    211'

    de

    la

    precitada Ley

    N'

    27444.

    se

    le

    solicitó

    que

    en

    el

    plazo

    máximo

    de

    dos

    (02)

    días

    hábiles

    subsane

    el

    requisito

    de

    admlsibilrdad

    de

    los

    recursos

    de

    apelaciÓn

    presentados referido

    a

    la

    firma

    de

  • 8/16/2019 Respuesta sobre carta de apelación

    2/2

    .

    O2ta.2a15

    y

    O8-2O1ffi215,

    08-201546217

    y

    08-201il6218,

    de fecha

    12.10.2015,

    que

    se

    está dando

    respire§a a bs

    misrnas

    mediante el

    Oficio

    N 00832-201rcGi/SGE

    emitido

    por

    este

    Descac

    S-l

    oto

    Falr.

    es

    fqija

    la

    Wru¡É

    pra

    rnaniMe

    los

    ser¡timientos

    de

    acrsffir

    4.

    oficio

    No 00840-20'llcG/sGE

    Decenio de las

    personas

    con

    Dscapacidad

    en el

    peú

    Año

    de la

    Diversificación

    Productiva

    y

    del

    Fortalecimierito de la Educación

    2t2