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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría de Desempeño 2019 Poder Ejecutivo del Estado Programa Atención a Resultados de la Evaluación de Desempeño Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León Secretaría General de Gobierno Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos Cuenta Pública 2019

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Resultados de la Evaluación de Desempeño Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León

Secretaría General de Gobierno Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos

Cuenta Pública 2019

Anexo F

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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ÍNDICERESUMEN EJECUTIVO...............................................................................................................................................................................................1

I.- INTRODUCCIÓN.................................................................................................................................................................................................4A. ANTECEDENTES.............................................................................................................................................. 5B. CRITERIO DE SELECCIÓN............................................................................................................................... 5C. OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN..................................................................................................................... 7D. METODOLOGÍA UTILIZADA............................................................................................................................. 7E. FUENTES DE INFORMACIÓN..........................................................................................................................8

II.- INFORMACIÓN GENERAL..............................................................................................................................................................................8A. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD....................................................................................................8B. NORMATIVIDAD................................................................................................................................................ 9C. RECURSOS FINANCIEROS............................................................................................................................ 11D. ESTRUCTURA ORGÁNICA............................................................................................................................ 12

III.- EVALUACIÓN...............................................................................................................................................................................................14A. GENERAL........................................................................................................................................................ 15A.1. Marco Normativo.......................................................................................................................................... 15A.2. Transparencia y Acceso a la Información Pública....................................................................................17A.3. Quejas y Denuncias 2019............................................................................................................................. 18B. PLANEACIÓN ESTRATÉGICA....................................................................................................................... 19B.1. Misión, Visión y Valores............................................................................................................................... 19B.2. Presupuestación........................................................................................................................................... 22B.3 Objetivos........................................................................................................................................................ 25B.4 Programación................................................................................................................................................ 27B.4.1 Programa Operativo Anual........................................................................................................................27B.4.2 Vinculación objetivo, estrategias y acciones con Planes y Programas................................................30C. SISTEMA DE MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO...................................................................................................32C.1. Indicadores................................................................................................................................................... 32C.2. Evaluaciones................................................................................................................................................. 40

IV.- CONCLUSIONES..........................................................................................................................................................................................41

ANEXO 1 (Observación, Contestación de la Entidad, Análisis de la Auditoría Superior del Estado y Recomendación).

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RESUMEN EJECUTIVO

I.- D ATOS G ENERALES DE LA E NTIDAD A UDITADA

La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, se crea mediante Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 03 de noviembre de 2014 como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno, que tiene por objeto ser la instancia de colaboración y coordinación entre el Sistema Nacional de Atención a Víctimas y la Comisión Ejecutiva Nacional, en los términos del Artículo 79 párrafos cuarto y quinto de la Ley General de Víctimas. Además, será responsable de la ejecución de los instrumentos, políticas, servicios y acciones estatales en materia de ayuda, asistencia, atención y reparación a las víctimas, por lo cual estará a cargo del Registro Estatal de Víctimas, el Fondo, la Asesoría jurídica y victimológica, la coordinación y asesoría técnica y operativa, para los mismos fines, con el Sistema Estatal de Víctimas.

De acuerdo a la Cuenta Pública del ejercicio 2019 del Gobierno del Estado de Nuevo León, dentro del apartado de Programas Presupuestarios de la Secretaría General de Gobierno, el presupuesto aprobado de egresos del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, fue de $26,389 (Veintiséis mil trescientos ochenta y nueve miles de pesos1), el modificado fue de $30,236 (Treinta mil doscientos treinta y seis miles de pesos) y el presupuesto de egresos devengado fue por $27,306 (Veintisiete mil trescientos seis miles de pesos).

II.- O BJETIVO DE LA ASENL

El objetivo de este ente fiscalizador es realizar una evaluación metodológica que permita apreciar el desempeño de la Entidad. Nuestra evaluación tiene el propósito de identificar las áreas de oportunidad para proponer las recomendaciones pertinentes a efecto de mejorar su desempeño.

1 Las cifras mencionadas en el presente informe se encuentran en miles de pesos.

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NORMATIVIDAD

PLANEACIÓNESTRATÉGICA(PE)

III.- R ESULTADOS

Es importante que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos considere las recomendaciones referidas a optimizar la eficiencia de los elementos de planeación estratégica con los que opera, es decir, las áreas de oportunidad señaladas como la realización de un Reglamento Interno, en el que se incluya un organigrama debidamente autorizado. Además, que las acciones del Programa se realicen conforme a lo estipulado a un Acuerdo de Creación propio. Es importante también incluir en su portal de internet una sección de transparencia a fin de facilitar el acceso a la información pública que deberá difundirse y mantenerse de acuerdo a las disposiciones de transparencia y rendición de cuentas.

Así mismo, existen áreas de oportunidad por mejorar en relación a los diferentes conceptos evaluados, como denuncias presentadas a las diferentes áreas del Programa, a fin de darles seguimiento, y con el objeto de poder visualizar en forma clasificada su concepto, denunciante, vía de atención, área y personal involucrado, tiempo de respuesta, resolución y seguimiento oportuno y concluyente de sus quejas y denuncias para aumentar la confianza en la actuación del personal administrativo.

La Planeación Estratégica (PE) constituye un enfoque de análisis e intervención organizacional empleado para fortalecer los procesos de gestión y la obtención de resultados en las instituciones. Además, es el proceso en donde se establecen los objetivos y se formulan los planes estratégicos necesarios para alcanzar dichos objetivos. Dicha planeación, se recomienda estar basada en el principio de fortalecimiento de sus valores, además de contar con la misión y visión del Programa, debidamente autorizados. Lo anteriormente mencionado, es con el propósito de lograr los niveles esperados de eficacia, eficiencia y economía en el manejo de los recursos financieros.

Como parte de su planeación estratégica, es recomendable que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos cuente con un Programa Operativo Anual (POA) o algún otro

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Derechos Humanos

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MEDICIÓN YSEGUIMIENTO

documento de planeación, el cual establezca objetivos estratégicos que son con base en la programación correspondiente.

La realización a nivel institucional de un ejercicio adecuado de PE, implica la definición o reconocimiento de objetivos y estrategias para que, junto con el presupuesto asignado y los recursos con los que cuenta, se generen los bienes y servicios por parte del Programa.

El seguimiento y evaluación son dos elementos estratégicos en la mejora y modernización del quehacer de la Entidad, por lo que es importante que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos realice evaluaciones periódicas de su desempeño con base en indicadores que le permita conocer el impacto de sus acciones, sus logros y flaquezas, así como tomar acciones, reorientando estrategias, en caso de ser necesario, o bien, la mejora continua en aquellos resultados positivos para hacerlos aún más eficientes.

La Gestión por Resultados (GpR), tiene la función de facilitar a las organizaciones públicas la dirección efectiva e integrada de su proceso de creación de valor público, a fin de optimizarlo asegurando la máxima eficacia, eficiencia y efectividad de su desempeño, la consecución de los objetivos de gobierno y la mejora continua de sus instituciones; dicha GpR se ve reflejada en el seguimiento y evaluación al promover el aprendizaje, la transparencia y la corresponsabilidad de los actores del quehacer gubernamental.

En conclusión, de la evaluación realizada subsistieron un total de 9- nueve observaciones, las cuales se encuentran en el Anexo 1 del presente Informe y contienen su respectiva recomendación emitida por este órgano de fiscalización.

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I.- I NTRODUCCIÓN

La evaluación de la gestión pública es una medida importante que complementa, fortalece y orienta los procesos de planeación, seguimiento y control de las políticas como programas de acción gubernamental. Proporcionando información sobre la forma, calidad y oportunidad con que son atendidas las demandas económicas, políticas y sociales de un país.

Los resultados de una evaluación contribuyen a retroalimentar el diagnóstico de la gestión pública, permitiendo su mejoramiento, adecuación o reorientación, rendir cuentas sobre el uso de los recursos públicos y fomentar una cultura de resultados en la gestión pública, incrementar la efectividad de la política social, diseminar el conocimiento sobre el impacto de distintas herramientas de desarrollo social y promover el debate informado de las políticas públicas.

El presente Informe contiene una evaluación al desempeño del cumplimiento y medición del objetivo del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, el cual es responsable de la ejecución de los instrumentos, políticas, servicios y acciones estatales en materia de ayuda, asistencia, atención y reparación a las víctimas en el Estado de Nuevo León.

El Informe contempla cuatro secciones y un anexo. La primera sección se enfoca en dar a conocer los antecedentes del Programa, los criterios de selección para la evaluación, el objetivo de la misma, la metodología aplicada para llevarla a cabo y las fuentes de información utilizadas.

En la segunda sección se brinda una descripción general del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, su marco normativo, los recursos financieros con los que opera y su estructura orgánica, con el objetivo de que se cuente con elementos que permitan conocer de manera integral a la Programa y facilite la comprensión de su evaluación.

En la tercera sección se centra una parte fundamental del presente Informe, ya que en ésta se plasma la evaluación de la Entidad en tres etapas. La primera se enfoca en aspectos generales de normatividad, cumplimiento a la transparencia y el acceso a la información y quejas y denuncias; la segunda incluye elementos de su Planeación Estratégica, analizando el establecimiento de su misión, visión y valores, sus recursos financieros, objetivos y se analiza el Programa Operativo Anual de la Entidad. En la tercera etapa, Sistema de Medición y Seguimiento, se analiza si la Entidad cuenta con la existencia, pertinencia y suficiencia de indicadores, encaminados al cumplimiento de los objetivos, es decir, la medición de la eficacia, así como las evaluaciones con las que se determinen los resultados del desempeño de la Entidad.

En la cuarta sección se concentran las conclusiones de la evaluación.

Finalmente, como Anexo 1 (Observación, Contestación de la Entidad, Análisis de la Auditoría Superior del Estado y Recomendación), que forma parte integral del presente Informe, se

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presentan

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las observaciones emitidas por esta Auditoría, la contestación por parte de los responsables del Programa, el análisis realizado por este órgano y las recomendaciones emitidas como oportunidad de mejora para el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos.

A. ANTECEDENTES

En los términos del Artículo 79 párrafos cuarto y quinto de la Ley General de Víctimas establece que el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, contará con Comisiones Ejecutivas de Atención a Víctimas Estatales, las cuales tendrán la obligación de atender a víctimas de delitos del fuero común o de violaciones a derechos que fueren cometidos por servidores públicos estatales o municipales.

B. CRITERIO DE SELECCIÓN

La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2020 realizada por el INEGI, señala que a nivel nacional, se estima que el 29.2% de los hogares tuvo, al menos, una víctima de delito durante el 2019 y en el estado de Nuevo León, el 27.7% de los hogares tuvo, al menos, una víctima del delito.

En la Gaceta Parlamentaria Número 5266-XVIII del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en el eje IV.1 Justicia y Estado de Derecho menciona garantizar la construcción de la paz, el pleno ejercicio de los derechos humanos, la gobernabilidad democrática y el fortalecimiento de las instituciones del Estado mexicano, en su Objetivo 1.3 Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, individuales y colectivos y en su estrategia 1.3.1 Implementar una política efectiva para la promoción, protección, defensa y garantía de los derechos humanos, que asegure su adecuada atención, con énfasis en las víctimas de delito y de violaciones a derechos humanos, que permita garantizar su derecho a la memoria, la verdad, la justicia, la reparación integral y la no repetición.

En el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021 en el Capítulo 7. Seguridad y Justicia, señala en su Tema 3. Atención integral a víctimas del delito, en su objetivo 6. Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia y en su Estrategia 6.2 Consolidar entre las instancias encargadas de la atención a víctimas la planeación y el desarrollo de políticas, programas y medidas, conforme a estándares internacionales en la materia.

En cuanto a las Políticas Públicas, el Programa Sectorial de Seguridad y Justicia para el Estado de Nuevo León 2016-2021 menciona que, con el objetivo de dar respuesta a los problemas derivados de la victimización, se publicó en diciembre de 2013 la Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León y se creó la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas. Además, la Comisión se encuentra

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en proceso de consolidación y fortalecimiento, no obstante, a su reciente creación, ya ha sido considerada como referente a nivel nacional.

El Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León 2015-2030 en el apartado 2.4 Seguridad y Justicia, en el eje estratégico Justicia y Víctimas menciona Atender a la víctima a lo largo del proceso (por ejemplo, reducir la revictimización).

Asimismo, en el anexo estadístico del Cuarto Informe de Gobierno de Nuevo León 2018-2019, en el apartado de Procuración y Administración de Justicia, se reporta que desde octubre del año 2018 hasta septiembre del año 2019 fueron atendidas por la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas un total de 7,265 personas.

Aunado al Cuarto Informe de Gobierno 2018-2019, en el apartado de Seguridad y Justicia, se menciona que dentro del servicio de “Asistencia oportuna”, a fin de consolidar un esquema de apoyo adecuado a las víctimas, se atendieron a 7 mil 265 víctimas de delitos y de violaciones de los derechos humanos, de las cuales 4 mil 485 son mujeres y 2 mil 780 son hombres; quienes representan el 62 y 38 por ciento, respectivamente; y quienes han recibido 63 mil 589 servicios de asesoría y orientación jurídica, psicológica, médica, y en materia de gestoría de trabajo social; servicios que aumentaron en un 40 por ciento con respecto al mismo período del año anterior.

Por lo anteriormente mencionado, es sujeto a evaluación el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, que tiene por objeto “Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia, mediante mecanismos y acciones de coordinación, colaboración institucional y medidas de atención, para contribuir a incrementar el nivel de satisfacción en la atención de víctimas.”

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C. OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN

Los resultados de una evaluación al desempeño contribuyen a retroalimentar el funcionamiento de la gestión pública, permitiendo su mejoramiento, adecuación o reorientación, así como, rendir cuentas sobre el uso de los recursos públicos y fomentar una cultura de resultados, incrementar la efectividad de la gestión pública, diseminar el conocimiento sobre el impacto de distintas herramientas de desarrollo y promoviendo el debate informado de las políticas públicas.

Nuestro objetivo es realizar una evaluación metodológica, que permita apreciar el desempeño del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos perteneciente a la Secretaría General de Gobierno del Estado de Nuevo León, en la determinación y cumplimiento del objetivo en lo referente a su operación, alineación con planes de políticas públicas y programas, cumplimiento de metas, así como, la medición de las mismas a través de indicadores, aplicando el criterio de eficacia, eficiencia, economía, transparencia y calidad.

La evaluación realizada tiene el propósito de identificar las áreas de oportunidad para proponer las recomendaciones pertinentes a efecto de mejorar su desempeño. La factibilidad de su realización radica en la capacidad profesional y experiencia del equipo auditor, en cuanto a las auditorías de desempeño, así como, en la disponibilidad de la información suficiente y competente por parte del Programa auditado.

D. METODOL OGÍA UTILIZADA

La metodología empleada inicia con una etapa de evaluación preliminar, la cual consiste en obtener el conocimiento del Programa, los recursos con los que opera, su estructura orgánica, la normatividad aplicable, se verifica la transparencia en el ejercicio de la función pública, el cumplimiento de los requisitos que de acuerdo a la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León y su Reglamento debe contener el Plan Operativo Anual (POA); se revisan los documentos que contienen actividades en el corto, mediano y largo plazo, se examina la misión, visión y valores de la Entidad; también se analiza su objetivo general y específicos.

Con la información obtenida se realiza la etapa de Planeación, en la cual se revisan los temas cubiertos en la evaluación preliminar y se aprueba el programa de trabajo aplicable en la etapa de Ejecución, en donde se verifican, en su caso, los atributos de los indicadores, así como, las fichas técnicas, los medios de verificación, el establecimiento, contribución y la eficacia de sus metas.

También se verifica que la administración del Programa haya realizado evaluaciones internas y externas, además, se evalúa en forma específica la implementación de Reglas de Operación que rigen la operatividad de la Entidad.

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De los resultados obtenidos se generan observaciones las cuales se comunican a la Entidad para que presenten a este Órgano de Fiscalización, sus explicaciones debidamente soportadas con la documentación correspondiente, y posteriormente, aquellas que por su explicación y soporte no se solventen, se incluyen en el Informe de Resultados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49, fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Cabe aclarar, que la metodología utilizada se realiza revisando y analizando las fuentes de información correspondientes y realizando entrevistas con los funcionarios de la Entidad.

E. FUENTES DE INFORMACIÓN

La investigación documental se enfocó a recopilar, revisar y analizar:

Documentos sobre el Programa, tales como organigramas, Cuenta Pública, manuales de procedimientos, entre otros.

Documentos relativos al Plan Nacional de Desarrollo (2019-2024), Plan Estatal de Desarrollo (2016–2021), Programa Sectorial de Seguridad y Justicia (2016-2021) y Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León (2015-2030).

Marco normativo aplicable a la Entidad y al Programa. Información para el seguimiento y medición de los resultados de los objetivos y demás

documentos administrativos que son fuente de información de los indicadores.

II.- I NFORMACIÓN G ENERAL

A. DESCRIPCIÓN GENE RAL DE LA ENTIDAD

La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, se crea mediante Acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 03 de noviembre de 2014 como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno, que tiene por objeto ser la instancia de colaboración y coordinación entre el Sistema Nacional de Atención a Víctimas y la Comisión Ejecutiva Nacional, en los términos del Artículo 79 párrafos cuarto y quinto de la Ley General de Víctimas. Además, será responsable de la ejecución de los instrumentos, políticas, servicios y acciones estatales en materia de ayuda, asistencia, atención y reparación a las víctimas, por lo cual estará a cargo del Registro Estatal de Víctimas, el Fondo, la Asesoría jurídica y victimológica, la coordinación y asesoría técnica y operativa, para los mismos fines, con el Sistema Estatal de Víctimas.

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B. NORMATIVIDAD

El Acuerdo por el que se crea la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas como un órgano administrativo desconcentrado, establece su objeto, atribuciones, estructura administrativa y participación interinstitucional.

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El Plan Estatal es el documento en el que se identifican las prioridades de mediano plazo para el desarrollo estatal, así como, de orientación en la gestión por resultados y presupuesto basado en resultados. Contiene los objetivos, las estrategias y líneas de acción que implementará el Gobierno del Estado para alcanzarlos; define sus proyectos Estratégicos y programas prioritarios, mismos que serán congruentes con el Plan Estratégico. El Plan Estratégico y el Plan Estatal definen, así mismo, los indicadores del desarrollo económico y social, los cuales deben permitir la formulación de comparaciones nacionales e internacionales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, aplicable al ejercicio 2019.

A su vez, el artículo 17 de la citada Ley, señala que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal deberán, en adición al Plan Estatal, elaborar los programas sectoriales, regionales, especiales y operativos anuales, en los que se organizan y detallan los objetivos, metas y acciones a ejecutar por el Gobierno del Estado para cumplir con las responsabilidades que la Ley le otorga, principalmente los elementos descritos en la fracción I, II, III, IV y V del tercer párrafo del artículo 16 de esta Ley que corresponden:

I. Análisis de la situación actual del Desarrollo del Estado, basado en estudios e investigaciones que permitan identificar la problemática, demandas y oportunidades del Estado;

II. Prospectiva del desarrollo estatal y marco de resultados a lograr;

III. Programas de Gobierno que continuarán, los nuevos que se implementarán y obras de infraestructura a ejecutar;

IV. Indicadores que permitan dimensionar y evaluar los logros esperados;

V. Indicadores de corrupción e impunidad y programas de combate a los mismos.

Estableciendo la obligación de llevar a cabo evaluaciones que permitan medir la efectividad y el costo de las políticas públicas que se deriven del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas estatales, de acuerdo a los resultados alcanzados. Para tal efecto, se hará uso de indicadores, o medidas que relacionen insumos con productos, servicios, recursos con resultados, de conformidad con los artículos 18 y 19 del citado cuerpo normativo.

La Ley General de Contabilidad Gubernamental, tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización. Dicha Ley, establece el uso de indicadores, así como, menciona que para la elaboración de los presupuestos se deberán incorporar los resultados que deriven de los procesos de implantación y operación del presupuesto basado en resultados y del sistema de evaluación del desempeño de acuerdo a su eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez.

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La citada Ley menciona en sus artículos 46, 54, 61, 64, 77, 79 y 80, las directrices para llevar cabo una evaluación al desempeño por medio de indicadores estratégicos y de gestión, conforme a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como, de su difusión en internet.

Por otra parte, la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, señala en su artículo 13, que las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado deberán conducir sus actividades en forma planeada y programada, con base en los objetivos, políticas y prioridades que establezca el Gobierno del Estado.

C. RECURSOS FINANCIEROS

Egresos

De acuerdo a lo establecido en la Cuenta Pública del ejercicio de 2019 en el apartado Programas Presupuestarios e Inversión, establece un presupuesto aprobado para Programa “Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos”, perteneciente a la Secretaría General de Gobierno, el cual también se encuentra reflejado en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2019, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del 2018.

El Presupuesto aprobado para el ejercicio 2019 del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos fue de $26,389 (Veintiséis mil trescientos ochenta y nueve miles de pesos), el cual se modificó de acuerdo a lo presentado en la Cuenta Pública 2019 del Gobierno del Estado de Nuevo León a $30,235 (Treinta mil doscientos treinta y cinco miles de pesos) y el presupuesto de egresos devengado fue por $27,305 (Veintisiete mil trescientos cinco miles de pesos).

(Ver hallazgo detectado en el apartado Presupuestación del presente Informe).

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

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D. ESTRUCTURA ORGÁNICA

De acuerdo a la información recibida por la Entidad, el organigrama del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos corresponde a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, área encargada dentro de la Secretaría General de Gobierno de operar dicho Programa.

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Organigrama de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas

(Ver hallazgo detectado en el apartado de Marco Normativo del presente Informe).

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

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Marco NormativoTransparencia y Acceso a la Información PúblicaQuejas y Denuncias 2019

General

Planeación Estratégica

Misión, Visión y ValoresPresupuestaciónObjetivosProgramaciónPrograma Operativo AnualVinculación objetivo, estrategias y acciones con Planes y

Programas

Sistema de Medición y Seguimiento

IndicadoresEvaluaciones

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III.- E VALUACIÓN

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A. GENERAL

A.1. Marco Normativo

El marco normativo establece las disposiciones que regulan los criterios, metodologías e instrumentos para que la Entidad administre eficientemente los recursos económicos que dispongan y así, satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Una parte importante del marco normativo es lo referente a los reglamentos interiores de la Entidad, así como los manuales de procedimientos.

Un reglamento interior tiene la función de regular la organización y funcionamiento de la estructura administrativa de una Entidad, mientras que el manual de procedimientos contienen una descripción precisa de cómo deben desarrollarse las actividades de cada ente, siendo una recopilación en forma de texto que recoge minuciosa y detalladamente las instrucciones que se deben seguir para realizar una determinada actividad, de una manera sencilla, para que sea fácil de entender y permita al lector, desarrollar correctamente la actividad propuesta.

Además, los manuales de procedimientos también son importantes por las siguientes razones:

• Permiten conocer el funcionamiento interno de tareas, ubicación y requerimiento de los puestos responsables.

• Intervienen en la consulta de todo el personal involucrado en el ente público.• Aumenta la eficiencia de los empleados, indicándole lo que deben hacer y cómo realizarlo.• Facilita las evaluaciones y construye una base para el análisis de mejoramiento de la Entidad.

La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, de conformidad con su Acuerdo de creación publicado en el Periódico Oficial el 03 de noviembre del 2014, se instituye como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno, como aparece a continuación:

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La Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León menciona lo siguiente:

Por su parte, el Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, señala lo siguiente:

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Se solicitó el listado del marco normativo completo con el que opera la Secretaría encargada del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, así como del mismo Programa; incluyendo sus reglamentos, circulares, políticas de integridad, código de ética y/o de conducta, filosofía organizacional, actas de comité, lineamientos, convenios (por concepto y objeto del mismo), acuerdos, publicaciones oficiales, libro blanco y demás disposiciones de observancia general. Así como proporcionar el soporte de los mismos, autorizados y vigentes en el ejercicio 2019.

Asimismo, se solicitó organigrama autorizado de la Secretaría encargada del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, así como del Programa completo durante el ejercicio 2019. Además de proporcionar reglamento interno de la Secretaría encargada del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos y del mismo Programa, autorizado y vigente en el ejercicio 2019. (Observación 1 del Anexo 1).

A.2. Transparencia y Acceso a la Información Pública

Respecto a la transparencia y acceso a la información relacionada con la información pública2 de oficio que deberá difundirse y mantenerse en internet, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, menciona lo siguiente:

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2 Información pública: Toda información en posesión de los sujetos obligados que no tenga el carácter de confidencial.

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Se solicitó documentación soporte o link que ampare el cumplimiento a los artículos 95 y 96 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León. (Observación 2 del Anexo 1).

A.3. Quej as y Denuncias 2019

El Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos presentó la siguiente información:

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Se solicitó al Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos el total de quejas y denuncias registradas en el ejercicio 2019, así como las acciones que se realizaron para solventarlas, por lo que es preciso que el seguimiento a los reportes de la ciudadanía respecto a las quejas y denuncias sea efectivo con el objeto de reducir su incidencia y con ello lograr una confianza en el actuar del personal del Programa en todos sus niveles. (Observación 9 del Anexo 1).

B. PLANEACIÓN ESTRATÉGICA

La planeación estratégica es el proceso por el cual los miembros guía de una organización, prevén su futuro y desarrollan los procedimientos y operaciones necesarias para alcanzarlo, estableciendo metas a corto, mediano y largo plazo.

Es también el proceso a través del cual se establecen la misión, visión, objetivos y se formulan las estrategias y acciones necesarias para alcanzar dichos objetivos, mismos que marcarán el rumbo de la Entidad, en un tiempo determinado.

La planeación adecuada refleja lo que la Entidad, desea hacer y permite monitorear si lo está logrando, así mismo, permite medir la eficacia, eficiencia, economía y calidad de las acciones realizadas por el mismo.

B.1. Misión, Visión y Valores

Misión

La misión es la declaración que sirve para saber cuál es la razón fundamental de ser y operar. Es el primer paso y uno de los elementos críticos para realizar una planeación estratégica, la misión es un enunciado breve y claro de las razones que justifican la existencia, propósitos o funciones que la organización desea satisfacer, los servicios y productos que genera, así como, los destinatarios o usuarios de dichos bienes y servicios.

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Se solicitó la misión de la Secretaría General de Gobierno, la cual se puede encontrar en el enlace http://www.nl.gob.mx/secretariageneral

Además, se proporcionó la misión de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas:

Visión

Por otra parte, la visión es la imagen que se tiene del lugar a donde se quiere llegar, de cómo queremos vernos, como Entidad, en un futuro definido, los cambios que se quieren lograr en la población objetivo con sus acciones o el tipo de bienes y servicios que se generará. La visión nos permite plantear un futuro deseable, que sea lo suficientemente claro y motivador para otros, como para trabajar en su cumplimiento, visualizando oportunidades y amenazas, fuerzas y debilidades. Expresa las aspiraciones y propósito fundamentales de una organización.

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Se solicitó la visión de la Secretaría General de Gobierno, la cual se puede encontrar en el enlace http://www.nl.gob.mx/secretariageneral

Además, se proporcionó la visión de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas:

Valores

El buen o mal funcionamiento de una organización está determinado por la solidez de sus valores, los cuales guían el proceder del ente público, proporcionando un sentido de dirección común para

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todos sus miembros y estableciendo directrices para su compromiso diario, conformando la cultura de la organización.

Los valores también inspiran la razón de ser de cada organización, además, permiten que existan criterios unificados que compacten y fortalezcan los intereses de todos.

En materia normativa, la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León establece:

Se solicitó misión, visión y valores de la Secretaría encargada del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, así como del Programa.

Es importante que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, cuente con documentos oficiales y autorizados de su misión, visión y valores. (Observación 3 del Anexo 1).

B.2. Presupuestación

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala lo siguiente:

Por su parte, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, menciona lo siguiente:

Y la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2019, señala lo siguiente:

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Además, en la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León, menciona lo siguiente:

De acuerdo a lo establecido en la Cuenta Pública del Gobierno del Estado de Nuevo León del ejercicio de 2019 en el apartado de Programas Presupuestarios e Inversión, establece un presupuesto aprobado para el “Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos”, perteneciente a la Secretaría General de Gobierno por un monto de $26,389 (veinte y seis mil trescientos ochenta y nueve miles de pesos), la cual coincide con el presupuesto aprobado en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2019 para dicho Programa.

Además, se solicitó a la Secretaría su presupuesto autorizado, modificado y ejercido, así como el correspondiente al Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos del ejercicio 2019, determinando lo siguiente:

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Secretaría General de GobiernoCifras a miles de pesos

AmplificacionesAprobado / (Reducciones) Modificado Devengado Pagado Ejercido

GastoComprometido Subejercicio

Cuenta Pública 2019 de Gobierno del Estado de Nuevo León

Secretaría General de Gobierno 1,495,046 (5,420) 1,489,806 1,243,944 1,154,270 - - 245,862

Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019

Secretaría General de Gobierno 1,495,046 - - - - - - -

Oficio No. DPCP-366/2020 en contestación a Recursos Financieros

Secretaría General de Gobierno

AmplificacionesAprobado / (Reducciones) Modificado Devengado Pagado 1,495,046 - 1,489,806 - - 1,174,190 - -

Programa Atención a Víctimas y Violaciones a los Derechos Humanoscifras a miles de pesos

Amplificaciones GastoAprobado / (Reducciones) Modificado Devengado Pagado Ejercido Comprometido Subejercicio

Cuenta Pública 2019 de Gobierno del Estado de Nuevo LeónComisión Ejecutiva Estatal de Atención a Victimas, OAD* 26,389 6,661 33,050 27,306 26,933 - - 5,744 Atencion a Victimas y Violaciones a Derechos Humanos** 26,389 3,846 30,235 27,305 26,932 - - 2,930

Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019( A ) Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Victimas, OAD 22,834 - - - - - - -

( B ) Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Victimas, OAD 3,555 - - - - - - -

26,389

Oficio No. DPCP-366/2020 en contestación a Recursos Financieros

Atencion a Victimas y Violaciones a Derechos Humanos 26,389 - 30,235 - - 26,933 - -

Atencion a Victimas y Violaciones a Derechos Humanos:Recursos Fiscales 3,555

Recursos Federales No Etiquetados 22,834

26,389

Atencion a Victimas y Violaciones a Derechos Humanos - - - - - - 28,030

*Obtenido del apartado Presupuesto de Egresos por Secretaría y Unidad Responsable

** Obtenido del apartado Programas Presupuestarios e Inversión

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Cabe hacer mención que en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019, el presupuesto que se tiene como aprobado se distribuye de la siguiente manera:

Clasificación Total aprobado Porcentajeaprobado

Servicios personales $ 22,834 86%Transferencias, Asignaciones,Subsidios y otras Ayudas $ 3,035 12%

Servicios Generales $ 311 1%Materiales y Suministros $ 209 1%Total $ 26,389 100%

Cifras en miles de pesos

Es importante contar con un control y desglose de presupuesto por objetivos, que permita revisar que el manejo del recuso del Programa se ejerza con eficacia, eficiencia y economía. (Observación 4 del Anexo 1).

B.3 Objetivos

Cuando una administración se propone establecer sus objetivos debe necesariamente partir de un diagnóstico institucional, que permita identificar las problemáticas organizacionales que le dificulten cumplir con las metas y los resultados esperados en la operación.

Establecer los objetivos adecuadamente permite a los Entes Públicos evaluar si sus acciones operativas van en el sentido correcto, o en caso contrario, modificarlas y corregirlas en tiempo para lograr el cumplimiento de su objetivo. Cabe aclarar que, establecer los objetivos de manera apropiada representa un compromiso para los Entes Públicos, ya que esta información es de acceso libre para todos los usuarios interesados, permitiéndoles monitorear y exigir su cumplimiento.

El ente público señala su objeto en el Acuerdo de creación de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas:

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Se solicitó al ente, el objetivo general y objetivos específicos del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, a lo que se proporcionó los siguientes, los cuales se encuentran relacionados con los fines de su Acuerdo de Creación:

Objetivo generalReconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia, mediante mecanismos y acciones de coordinación, colaboración institucional y medidas de atención, para contribuir a incrementar el nivel de satisfacciónen la atención de víctimas.

Objetivos especifícos1.- Brindar a las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos atención integral mediante diversos servicios interdisciplinarios conforme alModelo Integral de Atención a Víctimas.2.- Proporcionar a las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos servicios legales, a través de la orientación, asesoría y representación jurídica por parte de profesionales del derecho, derechos humanos y otras disciplinas para la defensa de las víctimas.

3.- Proporcionar a las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos apoyos económicos como medida de reparación integral del dañopor medio del Fondo de Atención, Auxilio y Protección a las Víctimas.

Es recomendable que el Programa establezca su objetivo general y objetivo específicos dentro de un manual de organización y procedimientos debidamente autorizado y vigente. (Observación 5 del Anexo 1)

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B.4 Programación

Dentro de la planeación estratégica, la etapa de programación se refiere a la alineación de los programas estatales con las responsabilidades gubernamentales y las unidades administrativas ejecutoras, para cumplir los objetivos o prioridades señaladas en el Plan Estatal de Desarrollo.

Para ello, la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León propone usar una estructura programática presupuestal, la cual se compondrá de categorías de clasificación en la que, a su vez, se alinearán las vertientes programáticas, funcional, económica y geográfica.

En la programación, como parte de la planeación estratégica se busca establecer si la Entidad tiene identificadas y lleva a cabo acciones operativas, objetivos, metas y estrategias en el corto, mediano y largo plazo.

Los Programas Operativos Anuales deberán incluir las acciones, proyectos y actividades específicas que una unidad administrativa efectuará, así como, las metas definidas en los programas estatales en los que ésta participe de acuerdo a la estructura programática presupuestal.

La planeación adecuada refleja lo que la Entidad desea hacer y permite monitorear si lo está logrando, midiendo al mismo tiempo la eficacia, eficiencia, economía y calidad de las acciones realizadas por el mismo.

B.4.1 Programa Operativo Anual

En materia normativa, en cuanto a la planeación estratégica para el desarrollo sustentable del Estado, la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León establece lo siguiente:

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El Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, menciona lo siguiente:

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Se solicitó el Programa Operativo Anual y cualquier otro documento relativo a los objetivos y acciones del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, correspondiente al año 2019, además, el Plan Estratégico de la Secretaría encargada del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, así como del Programa, que contengan metas y actividades en el corto, mediano y largo plazo.

Es importante que el ente público cuente con un Programa Operativo Anual que cumpla con los requerimientos establecidos en la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León y su Reglamento. Asimismo, es recomendable contar con un plan estratégico que contenga las metas y actividades a realizar en el corto, mediano y largo plazo. (Observación 6 del Anexo 1)

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Plan Nacional de Desarrollo (PND)2019-2024

Plan Estatal de Desarrollo (PED)2016-2021

Programa Sectorial de Seguridad y Justicia2016-2021

Plan Estratégico2015-2030

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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B.4.2 Vinculación objetivo, estrategias y acciones con Planes y Programas

Para que exista una contribución real al mejoramiento de una causa o a la resolución de un problema, es primordial contar con políticas públicas que se relacionen estrechamente entre sí, por lo que es importante evaluar si el objeto sujeto a revisión del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, se encuentra vinculado con los programas de políticas social, estatal y nacional, para determinar si se contribuye o no al logro de los grandes objetivos, que en materia de ayuda, asistencia, atención y reparación a las víctimas, se mencionan en cada uno de los programas de políticas mencionados anteriormente.

Se realizó un análisis de la vinculación existente entre el objeto general del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos y los planes, estatal, nacional y estratégico, así como, el programa sectorial determinando lo siguiente:

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Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos HumanosVinculación con Políticas Públicas

Objetivo GeneralReconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad,justicia, reparación integral y debida diligencia, mediante mecanismos y acciones de coordinación, colaboración institucional y medidas de atención, para contribuir a incrementar el nivel de satisfacción en la atención de víctimas.

Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021

Programa Sectorial deSeguridad y Justicia

2016-2021

Plan Estratégico del Estado de Nuevo León2015-2030

Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 Gaceta Parlamentaría Anexo XVIII-Bis

Alineación a Nivel EjeCapítulo 7. Seguridad y justicia

Capítulo 3. ¿Qué haremos para lograrlo? 2.4 Seguridad y Justicia 1. Justicia y Estado de DerechoTema 3. Atención integral a víctimas del

delito y violaciones a derechos humanosAlineación a Nivel Objetivo

Objetivo 6: Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia.

Objetivo 4: Consolidar la defensa de los Derechos Humanos de las víctimas y la perspectiva de género en las acciones estratégicas, tácticas y operativas.

Nuevo León será un estado seguro que busca proteger la vida, libertad e integridad física y patrimonial de sus habitantes, dentro del concepto de respeto a la legalidad. Esto se logrará a través de:• Atención integral a víctimas

Garantizar la construcción de la paz, el pleno ejercicio de los derechos humanos, la gobernabilidad democrática y el fortalecimiento de las instituciones del Estado mexicano.

Alineación a Nivel EstrategiaEstrategia 6.2 Consolidar entre las instancias encargadas de la atención a víctimas la planeación y el desarrollo de políticas, programas y medidas, conforme aestándares internacionales en la materia.

Estrategia 4.3 Garantizar los derechos de las víctimas conforme a una atención integral y especializada.

Justicia y víctimas Objetivo 1.3: Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, individuales y colectivos

Alineación a Nivel Línea de Acción6.2.1 Favorecer el acceso de las víctimas a las medidas de ayuda inmediata, asistencia y protección en forma oportuna, rápida y gratuita.

4.3.1 Fortalecer el funcionamiento efectivo del Sistema Estatal de Atención a Víctimas.

▪ Atender a la víctima a lo largo del proceso (por ejemplo, reducir la revictimización)

Para alcanzar el objetivo se proponen las siguientes estrategias:1.3.1 Implementar una política efectiva para la promoción, protección, defensa y garantía de los derechos humanos, que asegure su adecuada atención, con énfasis en las víctimas de delito y de violaciones a derechos humanos, que permita garantizar su derecho a la memoria, la verdad, la justicia, la reparación integral y la no repetición.

6.2.2 Aplicar las medidas en materia de atención y reparación integral del daño, para facilitar la recuperación del proyecto de vidade las víctimas.

4.3.3 Implementar mecanismos orientados a la rendición de cuentas y entrega de información útil ytransparente a las víctimas.

6.2.3 Asegurar un trato digno a las víctimas durante el proceso de atención integral, a través de la profesionalización y formación del personal del servicio público.

4.3.5 Implementar y homologar un modelo único de atención integral a fin de garantizar el acceso a las medidas de ayuda inmediata, asistencia, atención, protección yreparación a las víctimas.

6.2.4 Lograr una adecuada coordinación entre las instancias involucradas en la atención a víctimas, a través de las bases, convenios y acuerdos necesarios.

4.3.6. Simplificar los procesos de atención integral y mejorar la coordinación para prevenir y atender la violencia contra grupos vulnerables evitando la victimización secundaria.

6.2.5 Implementar mecanismos de vigilancia, seguimiento y evaluación del ejercicio transparente del personal del servicio público que atiende víctimas.

6.2.6 Difundir los derechos generales de las víctimas y las obligaciones de las dependencias y organismos encargados desu atención.

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Programa Atención a Víctimas y

Violaciones a

El objeto para que fue creada el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos se encuentra debidamente vinculado con los objetivos del Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021, Programa Sectorial de Salud 2016-2021, Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León 2015-2030 y Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

C. SISTEMA DE MEDIC IÓN Y SEGUIMIENTO

Una vez que se conocen los propósitos, objetivos, metas, indicadores y responsables de la ejecución de los proyectos o programas de la Entidad, es necesario establecer un mecanismo de seguimiento para monitorear y supervisar el avance en el logro de las metas y objetivos, que permita en caso de incumplimiento, tomar las decisiones para corregir y ajustar oportunamente los procesos y actividades desarrollados por la Administración para lograr cumplir con los objetivos establecidos. Además, también es una opción para responder a imprevistos o cambios en las condiciones o el entorno esperado.

El proceso de seguimiento exige la definición de parámetros de referencia para cada etapa del proyecto o programa, con los que se podrá calificar el desempeño de cada área ejecutora de las acciones y objetivos del mismo.

C.1. Indicadores

Un indicador de desempeño es la expresión cuantitativa construida a partir de variables cuantitativas y cualitativas, que proporcionan un medio sencillo y fiable para medir los logros (cumplimiento de objetivos y metas establecidas), reflejar los cambios vinculados con las acciones, monitorear y evaluar sus resultados.

Los indicadores proporcionan la base para el monitoreo y la evaluación, muestran cómo puede ser medido el éxito de un proyecto, por tanto, deben ser prácticos e independientes. Como ya es bien sabido "si no se mide lo que se hace, no se puede controlar y si no se puede controlar, no se puede dirigir y si no se puede dirigir no se puede mejorar”. Los indicadores sirven para dar seguimiento a los proyectos, por una parte, para saber si el Ente avanza correctamente en la ejecución del proyecto y, por otro lado, para hacer las correcciones que sean necesarias si la Entidad está desviándose de sus objetivos, por lo que los indicadores nos permiten medir el efectivo cumplimiento del objetivo general y las acciones encaminadas para lograr éste.

Los indicadores de desempeño pueden ser de dos tipos:

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Y pueden ser de las siguientes dimensiones3:

Los indicadores deben de tener atributos4 para generar información de buena calidad, y así obtener un criterio de confiabilidad sobre el resultado de los mismos, se describen a continuación:

3 Dichas dimensiones son con base en los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico, del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de mayo de 2013. 4 Dichos atributos o criterios, son con base en los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico, del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de mayo de 2013, además se encuentran alineados con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) y con el Manual de Planificación Estratégica e Indicadores de Desempeño en el Sector Público, de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe

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(CEPAL).

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Es conveniente considerar los criterios señalados en los "Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico", los cuales permiten dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

De acuerdo con la Guía para el diseño de indicadores estratégicos de la SHCP5 la frecuencia hace referencia a la periodicidad en el tiempo con que se realiza la medición del indicador, siendo lo recomendable lo siguiente:

Cada indicador deberá tener una ficha técnica, la cual permita comprender fácilmente las características del indicador, logrando entenderlo, conocer sus resultados y la comprobación de los mismos.

De conformidad con la Disposición Cuarta y Sexta del Capítulo III de los “Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico” emitidos el 16 de mayo de 2013 por el Consejo Nacional de Armonización Contable y publicados en el Diario Oficial de la Federación, las fichas técnicas deberán contener al menos los siguientes elementos:

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

5 SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Además, es importante que se cuenten con una Línea base6, la cual es el valor del indicador que se establece como punto de partida para evaluarlo y darle seguimiento, así como, con Medios de Verificación, que corresponden a las fuentes de información íntegras, de acceso público, donde se difunde el valor de los indicadores, o al menos, los datos necesarios para replicarlos; asimismo, deberán dejar claro el método, frecuencia y responsable de la recopilación de la información.

Los indicadores de desempeño son instrumentos de medición de las principales variables asociadas al cumplimiento de los objetivos, por lo que es recomendable que al establecer indicadores, estos cuenten con las características básicas, lo que permita que al utilizarlos, la administración de la Entidad apoye sus procesos de planificación, formule acciones para corregir problemas de gestión, realice análisis sobre el cumplimiento de metas, compare el desempeño efectuado con lo planeado y en general, tome decisiones en dimensiones de eficiencia, economía, calidad, eficacia y transparencia que ayuden a la Entidad para tener una mejor gestión.

Matriz de Indicadores para Resultados

La Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) es una herramienta de planeación estratégica que sintetiza la Metodología de Marco Lógico7 (MML) y que en forma resumida, sencilla y armónica

6 De acuerdo con la Guía para el diseño de indicadores estratégicos de la SHCP.7 La Metodología de Marco Lógico es un método orientado a la solución de problemas específicos. Por ello, el método tiene tres grandes fases: en la primera, se identifica el problema a resolver, por medio de un diagnóstico sistémico amplio, que permita establecer las causas del problema y por qué no ha sido resuelto; en la segunda fase, se construye un modelo sistémico que expresa las condiciones lógicas de toda índole que deben cumplirse para que el problema se resuelva; y en la tercera fase, se construye un instrumento gerencial que registra la estrategia de solución, en la forma de una matriz de objetivos secuenciales que deben alcanzarse. En esta tercera fase, se incorporan los indicadores necesarios para mantener el seguimiento y control sobre la gestión de la solución.

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establece con claridad el objetivo de los programas de una Entidad y su alineación con los objetivos de la planeación estatal y nacional, describe los bienes y servicios que entrega la Entidad a la sociedad, para cumplir su objetivo, incorpora los indicadores que miden la consecución de objetivos y resultados, identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores y considera los riesgos y contingencias que podrían afectar el desempeño de la Entidad.

La MML consta de dos partes integrantes, estrechamente vinculadas entre sí: A) la lógica vertical yB) la lógica horizontal, lo que deriva en una relación de causalidad entre los distintos niveles de la misma.

La lógica vertical trata de asegurar que las acciones que se emprenden tengan una clara correspondencia con las razones que se tuvieron en cuenta para crear el programa o el proyecto, sin que sobren o falten acciones conducentes a la obtención de una solución a un problema, es decir, que exista una relación de causalidad desde las actividades hasta el fin, entre los distintos niveles de objetivos, considerando el cumplimiento de los supuestos asociados a cada nivel: las actividades detalladas son las necesarias y suficientes para producir y/o entregar cada componente; los componentes son los necesarios y suficientes para lograr el propósito del programa o proyecto; si se logra el propósito, ello debería resultar en una contribución significativa al logro del fin.

La lógica horizontal, en cambio, busca proporcionar a los responsables de la Entidad, una carta de navegación, donde se puedan encontrar indicadores para determinar, si en su acción, el programa o proyecto sigue alineado con sus objetivos, ya sea en cuanto a resultados esperados (en cantidad y calidad), como en el uso racional de recursos, es decir, se basa en el principio de la correspondencia, que vincula cada nivel de objetivo (fin, propósito, componente y/o actividades) a la medición del logro (indicadores y medios de verificación) y a los factores externos que pueden afectar su ejecución y posterior desempeño (supuestos principales, que son las circunstancias externas a la gestión del proyecto o programa que pueden incidir en que éste logre sus objetivos).

En el portal https://www.nl.gob.mx/campanas/pbr-sed, se localizó la MIR del año 2019 del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, como se muestra a continuación:

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ----------

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El Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León nos refiere lo siguiente:

Se solicitó al ente proporcionar la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) y/o cualquier otro documento relativo a la medición del objetivo del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, así como, sus fichas técnicas, además, la totalidad de metas establecidas, autorizadas y realizadas durante el ejercicio 2019 aplicables a los objetivos del Programa, así como la documentación que ampare su establecimiento. (Observación 7 del Anexo 1)

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

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C.2. Evaluaciones

La medición del desempeño es un proceso objetivo y sistemático para la recolección, el análisis y la utilización de la información con el fin de determinar cuan eficiente y eficazmente se entregan los servicios y se logran los objetivos.

Cuando se conocen los propósitos, objetivos, metas, indicadores y responsables de la ejecución de los proyectos o programas de la Entidad, es importante establecer un mecanismo de seguimiento que permita monitorear y supervisar el avance en sus actividades, logrando tomar decisiones que conlleven al cumplimiento de los objetivos establecidos.

Es importante que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos realice reuniones periódicas con las áreas responsables con la finalidad de realizar el seguimiento mencionado y comunicar de los resultados a los interesados a fin de que estén informados respecto al grado de avance de las metas planteadas y en caso de producirse desviaciones importantes respecto a lo programado, se tomen las medidas correctivas que correspondan.

Se solicitó mencionar si al Programa se le han efectuado evaluaciones tanto de desempeño como de control interno, ya sean externas o internas, en caso de ser afirmativo, entregar documentación que las ampare, correspondiente al ejercicio 2019. (Observación 8 del Anexo 1).

----------- EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO -----------

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IV.- C ONCLUSIONES

Es importante que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos trabaje en la publicación y autorización del Reglamento Interno con el propósito de regular completamente la organización, funcionamiento y operatividad de la estructura administrativa que contribuya a su eficacia y eficiencia organizacional. Además de contar con un Acuerdo de Creación de Programa debidamente autorizado y vigente.

Es conveniente que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos se encargue de facilitar en su página de transparencia, la accesibilidad y localización a los usuarios de los datos del Programa para lograr reflejar de forma clara el cumplimento en todos sus artículos de la normativa relacionada a la Transparencia y Acceso a la Información Pública.

De igual manera es relevante para el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, la oficialización de la totalidad de los documentos propios como misión, visión y valores, que se presente claridad en cuanto a los destinatarios del servicio ofrecido y que se aprecie cuál será la posición del Programa en el futuro y qué lugar ocupará en el escenario institucional.

Es fundamental para el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos que sustente evidencia documental presupuestal, sus modificaciones y la calendarización física financiera, ya que esto permite revisar el manejo del recurso de dicho programa, a fin de evaluar que se haya aplicado con lo mencionado en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al artículo 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el artículo 4 de la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2019, así como los artículos 6 y 15 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León, en lo relativo a que los recursos se administren con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Resulta necesario que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos establezca su objetivo general respaldado por documentación autorizada que establezca las acciones de los objetivos específicos.

Respecto al Programa Operativo Anual (POA) se encomienda cumplir con lo establecido en la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León y su Reglamento en los artículos que sean de su competencia, también contar con un plan estratégico completo, que contenga metas en el corto, mediano y largo plazo; así como documentar las bases de generación y establecimiento de metas.

Resulta esencial, aplicar un seguimiento y evaluación de desempeño, por lo que la Entidad debe contar con una MIR, o en su caso, con indicadores de impacto, de resultados, así como de gestión que monitoreen el cumplimiento de las acciones orientadas al logro de los objetivos. Además,

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Programa Atención a Víctimas y

Violaciones a

dichos indicadores deberán tener fichas técnicas con los elementos básicos que les permitan entender

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Programa Atención a Víctimas y

Violaciones a

fácilmente sus características; también es conveniente determinar las metas de los mismos en base a un diagnóstico adecuado. Una vez implementados los indicadores, es recomendable realizar reuniones periódicas para monitorear el logro de las metas y realizar gestiones o tomar decisiones en base a los resultados de su medición.

Es de mucha importancia contar con un sistema de control oportuno de quejas con el fin de realizar un seguimiento oportuno y concluyente de sus quejas y denuncias para aumentar la confianza en la actuación del personal.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

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Por lo expuesto y en observancia a lo preceptuado en los artículos 137, segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 20 fracción XXXI, 48 primer párrafo y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, me permito remitir a ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión que preside, en documento por escrito y forma digital, el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2019, del citado ente público.

Lo anterior a fin de que se sirva darle el trámite legislativo que corresponda.

Monterrey, Nuevo León, a 28 febrero de 2021.

ATENTAMENTE,EL C. AUDITOR GENERAL

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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Nuevo León. - Secretaría General de Gobierno

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Observación 1. Se solicitó a la Secretaría General de Gobierno, su marco normativo completo, asícomo del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos y sus organigramas, en contestación nos proporcionaron un listado de marco normativo en el cual no se localizó un documento que ampare el origen o creación del Programa, así como tampoco se obtuvo evidencia de que el Programa haya operado con un Reglamento Interno durante el ejercicio 2019 que regule la totalidad de la organización y funcionamiento de su estructura administrativa. Adicionalmente tampoco se presentaron los organigramas debidamente autorizados y vigentes durante el ejercicio 2019. Derivado de lo anterior, no fue posible validar que el Programa se encuentre operando con una normativa interna completa y oficial que contribuya a su eficacia y eficiencia organizacional, por lo que no fue factible evaluar la eficacia en el cumplimiento de los artículos 8, 9 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León.

RespuestaDel Ente Público:

Acuerdo por el que se crea esta Comisión Ejecutiva Estatal de"Punto A. Se cuenta con elAtención a Víctimas, publicado en el periódico oficial del Estado, en fecha 04 de noviembrede 2014, que la establece como un órgano administrativo desconcentrado, es decir, este órgano nocuenta con autonomía, y en este caso, pertenece a la Secretaría General de Gobierno.

Punto B. Esta Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, derivado de la Ley General deVíctimas la cual establece que, las entidades federativas deberán contar con sus propias Comisiones y legislación al respecto, fue creada debido a que a la Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León, que es la que le da sustento y regula su actuar, establece su existencia, esto desde el año 2013 en que la mencionada Ley fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, precisando que el contenido de los artículos 69 a 76, describen su existencia, responsabilidades, estructura y atribuciones, destacando para una mejor comprensión los siguientes artículos:

Artículo 69. Para la operación del Sistema Estatal y el cumplimiento de sus atribuciones, el Sistema Estatal contará con una Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, la cual se creará de acuerdo a la estructura orgánica y funcionamiento que establezca el Ejecutivo del Estado con fundamento en la Ley de Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, será la instancia de colaboración y coordinación entre el Sistema Nacional de Atención a Víctimas y la Comisión Ejecutiva Nacional, en los términos del Artículo 79 párrafos cuarto y quinto de la Ley General de Víctimas.

Artículo 70. La Comisión será la responsable de la ejecución de los instrumentos, políticas, servicios y acciones estatales en materia de ayuda, asistencia, atención y reparación a las víctimas, por lo cual estará a cargo del Registro Estatal de Víctimas, del Fondo, la Asesoría jurídica y victimológica,

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

Resultados de la Auditoría de Desempeño 2019 Poder Ejecutivo del Estado de

Nuevo León. - Secretaría General de Gobierno

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así como de la coordinación y asesoría técnica y operativa, para los mismos fines, con el SistemaEstatal de Víctimas.

Por lo antes expuesto, es que, a consideración de este órgano desconcentrado perteneciente a la Secretaría General de Gobierno y adscrito a la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos yAtención Ciudadana, y con respecto a la observación de la no localización de un documento queampare el origen o creación del Programa, se tiene que, en virtud del marco normativo que ya fuera proporcionado en el requerimiento de auditoría y a su vez, con la referencias antes expuestas, es que se justifica plenamente la existencia de los documentos solicitados, mismos con carácter público como lo son una ley y un acuerdo publicado en Periódico Oficial del Estado, sobre esta Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, lo cual es como ha quedado establecido, una creación por mandato de Ley.

Punto C. Ahora bien con respecto a " ... así como tampoco se obtuvo evidencia de que el Programahaya operado con un Reglamento Interno durante el ejercicio 2019 que regule la totalidad de la organización y funcionamiento de su estructura administrativa... " es preciso mencionarle que, en la Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León, (a) artículos 69 a 98, se describe tanto la estructura, atribuciones, funcionamiento y procedimientos que regulan el actuar de esta Comisión, esto aunado al (b) Reglamento de Administración y Operación del Fondo de Atención, Auxilio y Protección a las Víctimas, reglamento cuyo contenido se encuentra dedicado a procedimientos específicas de las áreas que integran esta Comisión, así mismo, se cuenta con los (c) artículos 4 fracción IV, 5Fracción III inciso F, 54 y 55 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, en los que se señala a esta Comisión como una unidad administrativa, adscrita a la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Atención Ciudadana y que además cuenta con las facultades descritas en los 54 y 55 ya referidos.

(a) artículos 69 a 98, Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León

(b) Reglamento de Administración y Operación del Fondo de Atención, Auxilio y Protección a las Víctimas

(c) artículos 4 fracción IV, 5Fracción III inciso F, 54 y 55 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno

Sin embargo, esta Comisión, durante el año 2019 y parte del presente año, ha trabajado en la elaboración de un Reglamento de la Ley de Víctimas del Estado, el cual, por motivos de reformas pendientes a la Ley de Víctimas del Estado, no ha sido posible concretar su publicación.

Por lo que, con base a todo lo anterior, esta Comisión considera que se encuentra justificada la regulación de la organización y funcionamiento de la estructura administrativa, refiriendo que, lo mencionado se proporcionó en el listado de marco normativo que fuere solicitado, mismo del que hace referencia en la observación.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

Resultados de la Auditoría de Desempeño 2019 Poder Ejecutivo del Estado de

Nuevo León. - Secretaría General de Gobierno

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Punto E. Ahora bien, al presente se anexa el organigrama debidamente autorizados y vigentedurante el año 2019, en el cual claramente se aprecia la localización de esta Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, y nuestros superiores jerárquicos, lo anterior a fin de solventar lo referente a " " Adicionalmente tampoco se presentaron los organigramas debidamente autorizados y vigentes durante el ejercicio 2019""

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó y se examinó la documentación presentada, la cual solventa parcialmente la observación, debido a lo siguiente:

La Comisión proporcionó el Acuerdo por el que se crea la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE) el 03 de noviembre de 2014 por el que se crea la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, la Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León publicada el 07 de diciembre de 2013 en POE y el Reglamento de Administración y Operación del Fondo de Atención, Auxilio y Protección a las Víctimas del Estado de Nuevo León publicado el 31 de julio de 2015, sin embargo, no presentó evidencia de contar con un documento que ampare el estudio que da origen a la creación del Programa, así como, un Reglamento Interno oficial que regule su organización y funcionamiento, ya que manifiestan la elaboración de un Reglamento de la Ley de Víctimas del Estado de Nuevo León, del cual, no se anexa evidencia documental suficiente que ampare su aprobación y publicación.

Asimismo, se analizó el organigrama presentado, el cual pertenece a la Secretaría General de Gobierno, en el que se incluye a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, sin embargo, no se incluyen los puestos del personal del Programa, por lo cual subsiste lo señalado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante que el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos cuente con soporte documental del origen o creación del Programa, debidamente autorizado y publicado. Así mismo, se recomienda que el Proyecto del Reglamento Interno del Programa se autorice y publique conforme a lo señalado en los artículos 8, 9 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, así como con el artículo 5 de la Ley del Periódico Oficial del Estado de Nuevo León.Además, se recomienda que el Programa cuente con un organigrama debidamente autorizado y publicado, que cuente con nombres y puestos del personal, el cual se encuentre dentro de un Reglamento Interior que permita trabajar con eficiencia organizacional.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

Resultados de la Auditoría de Desempeño 2019 Poder Ejecutivo del Estado de

Nuevo León. - Secretaría General de Gobierno

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría de Desempeño 2019 Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León. - Secretaría General de Gobierno

Observación 2. No se encuentra publicado y actualizado en el portal de transparencia de Gobiernodel Estado de Nuevo León http://transparencia.nl.gob.mx/site/bienvenida, la totalidad de los artículos 95 y 96 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León respecto a información de la Secretaría General de Gobierno y en específico del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos; por lo que existe una falta de eficacia en el cumplimiento a dichos artículos, así como al 24 fracción XI de la misma Ley.

RespuestaDel Ente Público:

"La presente observación se aclara, mediante la información proporcionada por copias certificadas que se anexa destacando la siguiente información que obra en las mismas:

La fundamentación se encuentra en los artículos 83 y 95 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

Así mismo, se proporciona, para acceder a la información, los "PASOS PARA INGRESAR A LAS PLATAFORMAS":

SIET

ingresar a la siguiente liga:

http://transparencia.nl.gob.mx/site/bienvenida

de lado izquierdo elegir la dependencia "Secretaría General de Gobierno"

concepto, artículo, nombre del formato por buscar.

filtrar mes y año

posteriormente, del lado derecho aparecerá la información solicitada.

SIPOT

ingresar en la liga siguiente:

https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-eb/faces/view/consultaPublica.xhtml#inicio

elegir el Estado o Federación: "NUEVO LEÓN"

en la siguiente página elegir la institución "SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO"

Page 54: resultados de la evaLUACIÓN DE DEShhEMPEÑL LLfff · Web viewAsimismo, se solicitó organigrama autorizado de la Secretaría encargada del Programa Atención a Víctimas y Violaciones

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

Resultados de la Auditoría de Desempeño 2019 Poder Ejecutivo del Estado de

Nuevo León. - Secretaría General de Gobierno

Auditoría Superior del Estado de Nuevo León. Resultados de la Auditoría de Desempeño 2019 Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León. - Secretaría General de Gobierno

después de elegir la institución aparecen los diferentes formatos de la Secretaría, los cuales sepueden visualizar en recuadros de colores y haciendo click en el deseado se puede filtrar por año y mes."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDe las ligas proporcionadas por el ente, se encontró evidencia del articulo 95 fracciones IV, V, VI y VII, sin embargo, no se encontró evidencia suficiente, que ampare el cumplimiento de la totalidad de los artículos 95 y 96 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, aplicables al Programa, por lo cual se solventa parcialmente la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es recomendable difundir la información del Programa de manera íntegra, clara, accesible y oportuna a la ciudadanía, dando cumplimiento a los artículos 95 y 96 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, así como al 24 fracción XI de la misma Ley.

Observación 3. Se solicitó a la Secretaría su misión, visión y valores, así como del ProgramaAtención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos; en su oficio de contestación hacen referencia a la misión y visión de la Secretaría, asimismo nos fue anexada documentación que contiene la misión, visión y valores de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas vigentes a partir de agosto de 2017, no presentando actualizaciones al ejercicio evaluado y careciendo de firmas de elaboración y autorización. Además, no fueron proporcionados los valores que guíen el actuar de la Secretaría General de Gobierno; de tal manera que no tenemos los elementos suficientes para validar que tanto la misión, visión y valores de la Secretaría y del Programa se encuentren establecidos en algún documento oficial y vigente, asimismo, que nos permitan validar la eficacia en el cumplimiento a la fracción VIII del artículo 3 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.

RespuestaDel Ente Público:

"Por lo que hace a "...asimismo nos fue anexada documentación que contiene la misión, visión y valores de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas vigentes a partir de agosto de 2017, no presentando actualizaciones al ejercicio evaluado y careciendo de firmas de elaboración y autorización ... " Se hace la aclaración de que, en el año 2017 se realizó latransición de la norma ISO 9001 - 2008 a la 9001- 2015 en la cual se actualizó la misión, visión y

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valores de acuerdo a esta nueva norma (9001- 2015) por lo que el documento presentado en elrequerimiento conserva la fecha de la última modificación (2017) esto acorde a lo preceptuadopor esa norma ISO, que establece que no se actualizan cada año sino, cuando hay uncambio de norma ISO o en su caso la dependencia cambia o modifica su razón de ser, aunadoa lo anterior, a fin de solventar lo relacionado con las rubricas, se anexa la misión y visióncon la debida firma, en adición se menciona que en sistema ISO, los valores se encuentrancontenidos en el manual de Calidad el cual no se especifica la necesidad de contar conrubrica.

Por antes expuesto se da cumplimiento a la formalización de la Misión, Visión y Valores del Programa, así como, lo correspondiente al Manual de Calidad que se anexa.

Ahora bien, con respeto a los valores de la Secretaría General de Gobierno, se presenta el Código de Ética publicado en periódico oficial en fecha 19 de agosto de 2016.

(a)Misión, Visión y Valores del programa

(b)Código de Ética

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó y se examinó la documentación presentada la cual, solventa parcialmente la observación, debido a lo siguiente:

La Comisión manifestó en su contestación que, en el año 2017 se realizó la transición de la norma ISO 9001 - 2008 a la 9001- 2015, en la cual se actualizó la misión, visión y valores de acuerdo a la nueva norma 9001- 2015, por lo que el documento presentado en el requerimiento conserva la fecha de la última modificación en el año 2017, lo anterior, acorde a lo preceptuado por esa norma ISO, que establece que no se actualizan cada año sino, cuando hay un cambio de norma ISO o en su caso, la dependencia cambia o modifica su razón de ser, sin embargo, el ente no adjunta evidencia documental que avale lo argumentado.

Asimismo, el Ente proporcionó el documento "Acuerdo por el cual se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de Nuevo León" publicado en elPOE el 19 de agosto de 2016, con respecto a los valores de la Secretaría General de Gobierno, sin embargo, no se presentó algún documento oficial y vigente propio de la Secretaría, donde se establezcan los valores.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Se recomienda que la misión, visión y los valores del Programa se plasmen dentro de un documento oficial, el cual cuente con firmas de elaboración, revisión, aprobación, que se encuentre debidamente publicado, asimismo, es recomendable que los valores de la Secretaría General de Gobierno se

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plasmen dentro de un documento propio de esta, el cual cuente con las respectivas firmas, ademásde que se le dé su debida publicación y de esta manera dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 3 fracción VIII de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.

Observación 4. Se solicitó a la Secretaría su presupuesto autorizado, modificado y ejercido, asícomo el correspondiente al Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos del ejercicio 2019, mencionándolos en su oficio de contestación No. DPCP-366/2020, los cuales se cotejaron con los señalados en la Cuenta Pública 2019 de Gobierno del Estado de Nuevo León y la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2019, determinando lo siguiente:

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Respecto a la Secretaría General de Gobierno existe diferencia en el presupuesto Pagado y Ejercido, entre lo señalado en la Cuenta Pública y el Oficio No. DPCP-366/2020 proporcionado en contestación a Recursos Financieros.

En relación al Programa se detectó una diferencia en la Cuenta Pública en el presupuesto modificado para la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, OAD y el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, en los apartados de Presupuesto de Egresos por Secretaría y Unidad Responsable, así como en el de Programas Presupuestarios e Inversión.

Así mismo, es de hacer mención que la Administración del Programa manifestó que el programa se maneja 100% con recurso estatal, sin embargo, en el Oficio No. DPCP-366/2020 proporcionado en contestación a Recursos Financieros hacen un desglose en recursos fiscales y recursos federales no etiquetados.

También es de observar que la Cuenta Pública 2019 de Gobierno del Estado de Nuevo León, refleja un subejercicio de $5,744 (Cinco mil setecientos cuarenta y cuatro miles de pesos) para la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, OAD y un subejercicio de $2,930 (Dos mil novecientos treinta miles de pesos) para el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos.

Cabe señalar que la Secretaría no anexó evidencia documental de la aprobación de sus presupuestos, así como del Programa, de igual manera tampoco presentó las justificaciones a sus modificaciones. Es de observar que no fue proporcionado el desglose del presupuesto por programas y objetivos, así como, la calendarización física financiera del recurso. Derivado de lo anterior, no fue posible validar que el manejo del recurso público se haya realizado con eficacia, eficiencia y

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economía, según lo señalado en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el artículo 4 de la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2019, así como los artículos 6 y 15 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

RespuestaDel Ente Público:

"Se adjunta oficio número DPCP-469/2020, suscrito por el Director de Presupuesto y Control Presupuestal de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, en el que señala:

" ... La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas tuvo un presupuesto aprobado para el ejercicio 2019 de $26'389,394 en el Programa denominado "Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, dicho programa se encuentra clasificado como "Programa Presupuestario" dentro del PbR-SE, el cual puede ser consultado en el link: http://pbr-sed.nl.gob.mx/programas- presupuestarios

Es importante mencionar, que el reporte por Secretaría y Unidad Responsable contenido en la Cuenta Pública (https://www.nl.gob.mx/sites/default/files/cuenta publica 2019.pdf) (pag.185) ... "

En cuanto a la autorización y aprobación del presupuesto, se señala:

Se sustentó en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio 2019, según información contenida en el Anexo denominado "C.1.17 Clasificación Funcional Programática a Detalle", en el cual se observa el origen del recurso "aprobado" para la operación de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, desglosado de la siguiente manera:

Recursos

Fiscales...............................................................................................$3' 555,238 .00

Recursos Federales (ramo 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios........................$22'834, 157.00

Suma..........................................................................................................................$26'389,395.00

Para mayor referencia, se adjunta extracto de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2019, Anexo C.1.17 "Clasificación Funcional Programática a Detalle" Pags, 397, 398 y 402."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual solventa parcialmente la observación, debido a lo siguiente:

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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De acuerdo a lo observado, respecto que a la Secretaría General de Gobierno existe diferencia enel presupuesto Pagado y Ejercido, no se presentó evidencia que explique dicha diferencia.

En relación a que se detectó una diferencia en la Cuenta Pública 2019 en el presupuesto modificado para la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos y el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, el ente adjunta el oficio No. DPCP- 469/2020, en el cual menciona que la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas tuvo un presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal 2019 de $26,389 (Veintiséis mil trescientos ochenta y nueve miles de pesos) en el Programa denominado "Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos", adjuntando el siguiente link para su consulta: http://pbr-sed.nl.gob.mx/ programas-presupuestarios, sin embargo, no se proporcionó aclaración ni evidencia suficienterespecto a la diferencia del presupuesto modificado.

Respecto a que el recurso se maneja al 100% con recurso estatal, el ente aclara el desglose de recursos fiscales y recursos federales no etiquetados, tal como lo señala la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2019.

Además, en lo referente a los subejercicios señalados, el ente no realiza aclaración ni adjunta documentación que explique el subejercicio de $5,744 (Cinco mil setecientos cuarenta y cuatro miles de pesos) para la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, OAD y el subejercicio de $2,930 (Dos mil novecientos treinta miles de pesos) para el Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos.

Cabe mencionar, que la Secretaría no anexó evidencia documental de la aprobación de sus presupuestos, así como, del Programa, de igual manera tampoco presentó las justificaciones a sus modificaciones, desglose del presupuesto por programas y objetivos, además de la calendarización física financiera del recurso.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante que el Programa cuente con evidencia documental que sustente la aprobación y justificación de sus presupuestos, el control y desglose del presupuesto por programas y objetivos del Programa, así como, la calendarización física financiera del recurso, que permita revisar el manejo del recurso de dicho Programa, a fin de evaluar que se utilice para la consecución de los fines y objeto del mismo, así como, que se aplique con eficacia, eficiencia y economía, de conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el artículo 4 de la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2019, así como con los artículos 6 y 15 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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Observación 5. Se solicitó el objetivo general y objetivos específicos del Programa Atención aVíctimas y Violaciones a los Derechos Humanos, a lo que la Secretaría menciona que lo solicitado se encuentra en el objetivo 6 del Plan Estatal de Desarrollo que señala "Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia", es de aclarar que dicho objetivo se encuentra en el Tema 3 "Atención integral a víctimas del delito" del apartado "Seguridad y Justicia", sin embargo, no proporcionaron el objetivo general y los objetivos específicos propios del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, por lo cual, no fue posible validar que sus actividades se guíen hacia un mismo fin, y que los recursos utilizados en las mismas se ejecutaran con eficacia, eficiencia y economía en cumplimiento a loseñalado en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en el artículo 4 de la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2019, así como los artículos 6 y 15 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

RespuestaDel ente público:

"A consideración de esta Comisión, se justifica y se solventa la presente observación mediante lo siguiente: La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Nuevo León, como Programa presupuestario-PP, migró del sistema de Programas operativos anuales-POAs a un sistema de Gestión por Resultados-GpR, reorientando las estrategias de sustitución de la gestión que administra normas y procesos, hacia una gestión orientada a resultados, hacia un modelo de cultura organizacional, directiva y de desempeño con más énfasis en los resultados que en los procedimientos, para la creación de valor público.

Ahora bien, considerando que, el Presupuesto Basado en Resultados-PbR, es un componente de la Gestión por Resultados-GpR, que consiste en un conjunto de actividades y herramientas que apoya las decisiones presupuestarias y que la Metodología del Marco Lógico-MML, permite presentar de forma sistemática y lógica los objetivos de un programa y sus relaciones de causalidad, alineándolos a objetivos de mayor nivel, se tiene que, en la aplicación de la tercera etapa de la metodología citada, se convierte el problema en objetivos, esto al convertir lo negativo en positivo, las causas en medios para resolver ese problema y los efectos en los fines, por lo que, la Matriz de Indicadores de Resultados-MIR, como producto final, constituye una herramienta de planeación estratégica

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resumida, sencilla y armónica que establece con claridad los objetivos del programa y su alineacióncon aquellos de la planeación estatal.

Punto F. el Objetivo General del Programa presupuestario-PP de la Comisión Ejecutiva Estatal deAtención a Víctimas de Nuevo León-CEEAVNL, derivado también del objeto de la Ley de Víctimas del Estado, y alineado al Plan Estatal de Desarrollo2016-2021 y a la aplicación de la MML instruida por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General de Estado, es el que se estipula en el encabezado de la MIR que a la letra dice:

Objetivo: Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia.

Por su parte, los objetivos del Programa Presupuestario dentro de la nueva Gestión por Resultados vigente en el Gobierno de Nuevo León en lo general y en la CEEAVNL en lo particular, son por un lado los Objetivos Estratégicos que corresponden al nivel Fin y Propósito y por otro lado los Objetivos de Gestión que corresponden a los niveles Componente y Actividad dentro de la Matriz de Indicadores para Resultados

Punto G. Aunado y aparejado con lo anterior, a partir de un diagnóstico nacional de la ComisiónEjecutiva de Atención a Víctimas a nivel federal, donde participó Nuevo León a través de diversos actores representativos en el tema de víctimas, y considerando el Modelo Integral de Atención a Víctimas (Nacional) publicado en el Diario Oficial de la Federación, así como partiendo de la de la Metodología del Marco Lógico-MML, misma que es congruente con la Ley General de Víctimas (Nacional), el Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, y demás lineamientos aplicables, para los objetivos específicos, se toma de referencia el artículo 75 de la Ley de Víctimas del Estado en sus atribuciones, ya que concatenado con lo citado, se describe específicamente lo que se tiene que realizar para hacer efectivos los derechos de las víctimas, por lo que una vez aclarado lo anterior se brindan tanto el objetivo general y sus objetivos específicos, alineados a la MIR.

Por lo anterior se anexa, los objetivos generales y específicos del Programa."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó y se examinó la documentación presentada la cual, solventa parcialmente la observación, debido a lo siguiente:

En relación a que no se proporcionaron el objetivo general y los objetivos específicos propios del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos, el ente manifestó que el Objetivo General del Programa se estipula en el encabezado de la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR), "Objetivo: Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia", anexando soporte de la MIR del ejercicio 2017, además,

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respecto a los objetivos específicos se menciona que se toma de referencia el artículo 75 de laLey de Víctimas del Estado en sus atribuciones, adjuntando un documento llamado "Programa Presupuestario V45E18014" de fecha de elaboración del 26 de febrero del 2019", en el cual se menciona el objetivo general y objetivos específicos del Programa, sin embargo, el objetivo general y objetivos específicos no se encuentran establecidos dentro de un manual de organización y procedimientos debidamente autorizado y vigente.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Se recomienda que el Programa establezca su objetivo general y objetivo específicos dentro de un manual de organización y procedimientos debidamente autorizado y vigente, que permita validar la eficacia en el cumplimiento de sus objetivos general y específicos, además, de que los recursos que sean utilizados en dichas actividades, sean ejecutados con eficacia, eficiencia y economía, a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 85 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en el artículo 4 de la Ley de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2019, así como los artículos 6 y 15 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

Observación 6. Se solicitó el Programa Operativo Anual correspondiente al ejercicio 2019, relativoa los objetivos y acciones del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a los Derechos Humanos, así como su Plan Estratégico que contenga metas y actividades en el corto, mediano y largo plazo, a lo que nos proporcionaron un Programa Anual de Trabajo año 2019, sin embargo, solamente hacen mención a un listado de actividades, sin especificar sus metas, además carece de firmas de elaboración y autorización, por lo que no es posible validar que sea un documento oficial y vigente. Asimismo, nos anexan la Matriz de Indicadores de Resultados 2019, sin embargo, ésta no presenta objetivos, metas, actividades de corto, mediano y largo plazo.

Cabe hacer mención, que, respecto a la solicitud de su Programa de Trabajo y Metas establecidas del año 2019, nos entregaron un documento de nombre "Programa Anual de Atención a Víctimas", el cual corresponde al año 2016, por lo que no es posible validar su cumplimiento de metas en el ejercicio 2019.

Por lo anteriormente mencionado, no fue posible evaluar la eficacia en el cumplimiento del artículo 17 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, así como el artículo 21 fracción IV y artículos 25 y 26 del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.

Adicionalmente es de observar que la Administración del Programa argumenta que no cuenta con un Plan Estratégico por parte de la Comisión, por lo que no fue posible validar sus metas y

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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actividades en el corto, mediano y largo plazo, así como que incluyan una calendarización de los tiempos estimados, costos y responsables de ejecución, lo cual sirve como base para el control de operaciones inmediatas y futuras y que le permitan cumplir con sus objetivos y con los niveles esperados de eficacia, eficiencia y economía.

RespuestaDel ente público:

Punto H. Con respecto a la Observación 6, se aclara y se justifica de la siguiente forma: La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas-CEEAVNL, al igual que otras dependencias estatales, al inicio de esta Administración (a) emigró en su planeación presupuestaria del instrumento inercial de Programa Operativo Anual-POA, a la implementación del esquema de Gestión para Resultados-GpR, contemplando la entrega de bienes y servicios ligados al cumplimiento de los objetivos superiores de la planeación Estatal y del Plan Estatal de Desarrollo-PED. En este sentido, a lo solicitado en este punto, se da cumplimiento a través del envío que hace la CEEAVNL como órgano desconcentrado, por conducto del Enlace Administrativo de la Secretaría General de Gobierno en el mes de septiembre de cada año a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado- SFYTGE mediante el formato denominado (b) Metas Anuales, mismo que se materializa en el seguimiento mensual, trimestral y anual a través de los indicadores y del llenado ordinario de la Matriz de Indicadores para Resultados-MIR, donde por definición de la propia metodología, los objetivos de Fin y de Propósito son objetivos estratégicos.

Así mismo, el programa presupuestario de Atención a Víctimas y Violaciones a los Derechos Humanos está debidamente alineado al Plan Estatal de Desarrollo-PED 2016- 2021, Capítulo 7, Seguridad y Justicia, en su Objetivo 6: "Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos; en especial el derecho a la asistencia, protección, atención,verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia, y al Programa Sectorial de Seguridad y Justicia", que ya fue proporcionado.

(a) Migración de planeación presupuestaria de Programa Operativo Anual-POA

(b) Metas Anuales

Punto l. En lo que respecta al documento denominado Programa Anual de Atención a Víctimas- PAAV elaborado por esta Comisión, y publicado en el Periódico Oficial del Estado en el año 2017, este se refiere a una alineación que contribuye a las políticas nacionales en materia victimológica, y se realiza con la periodicidad sexenal, al de carácter federal que es el @@(a)@ Programa Anual de Atención Integral a Víctimas-PAIV. El referido nacional fue actualizado en el presente año 2020 dada la nueva administración, y se encuentra disponible en:

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5595136&fecha=17/06/2020 (Acuerdo por el que se da a conocer el Programa Institucional la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas 2020-2024).

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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Por lo anterior, esta Comisión estará trabajando en la actualización y armonización del mismo a nivellocal, por lo que aunque de origen se presente el del año 2016, continuó vigente hasta el momento de las modificaciones del homólogo.

Cabe mencionar que, como herramienta coadyuvante de planeación, la CEEAVNL elaboró el(b) POA 2019, utilizando de igual forma la (c) Proyección Estratégica Institucional del Año 2019, que es similar a un plan estratégico, esto sin dejar de observar y atender cabalmente el Acuerdo del año 2017 por el que se emiten los Lineamientos Generales del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León para la consolidación de Presupuesto por Resultado (PpR) y el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) publicado en: http://pbrsed.nl.gob.mx/sites/default/ files/Lineamientos%20%28Periódico%20Oficial%29_3.pdf

(a) Programa Anual de Atención Integral a Víctimas-PAIV

(b) Documento POA CEEAVNL

(c) Proyección Estratégica Institucional del Año 2019

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada, la cual no solventa la observación.

Respecto a lo señalado sobre el Programa Operativo Anual (POA), el ente menciona en su aclaración que la Comisión emigró en su planeación presupuestaria del instrumento inercial de Programa Operativo Anual a la implementación del esquema de Gestión para Resultados - GpR, a lo que proporcionó el Oficio No. DPCP-253/2016 por parte del Encargado de la Dirección de Presupuesto y Control Presupuestal al Secretario General de Gobierno con motivo de inicio a las actividades de Presupuesto para Resultados (PbR) 2016.

Aunado a lo anterior, el ente manifestó dar cumplimiento a través del envió que hace la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAVNL), por conducto del enlace administrativo de la Secretaría General de Gobierno en el mes de septiembre de cada año a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado- SFYTGE mediante el formato denominado Metas Anuales, el cual se adjunta en la contestación, sin embargo, este documento no presenta objetivos, metas, actividades de mediano y largo plazo.

Adicionalmente, el ente manifestó que, como herramienta coadyuvante de planeación, se elaboró el POA 2019, utilizando de igual forma la Proyección Estratégica Institucional del año 2019, a lo que se adjuntan dicha Proyección y el POA 2019 anteriormente mencionado, sin embargo, en dichos documentos no se presentan la calendarización de los tiempos estimados en la totalidad de sus metas y actividades, sus costos y responsables de ejecución.

En lo referente al Programa Anual de Atención a Víctimas, el ente proporciona el Acuerdo por el que se da a conocer el Programa Institucional de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas

Page 65: resultados de la evaLUACIÓN DE DEShhEMPEÑL LLfff · Web viewAsimismo, se solicitó organigrama autorizado de la Secretaría encargada del Programa Atención a Víctimas y Violaciones

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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2020-2024, además, manifestó que estará trabajando en la actualización y armonización del mismoa nivel local, por lo que, aunque de origen se presente el del año 2016, continuó vigente hasta el momento de las modificaciones del homólogo, sin embargo, no se presentó evidencia documental de lo argumentado.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Respecto al Programa Operativo Anual se recomienda cumplir con lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León y en los artículos 21 fracción IV, 25 y 26 de su Reglamento.Además, contar con un plan estratégico que contenga las metas y actividades a realizar en el corto, mediano y largo plazo, asimismo que incluya una calendarización de los tiempos estimados, costos y responsables, que les sirva de base para el control de operaciones inmediatas y futuras, para cumplir con sus objetivos. Es importante documentar las bases con las que se establecieron las metas.

Observación 7. Se solicitó la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) relativo a la medicióndel objetivo del Programa Atención a Víctimas y Violaciones a Derechos Humanos a lo que se nos proporcionó el siguiente vínculo: https://www.nl.gob.mx/campanas/pbr-sed, donde se localiza la Matriz de Indicadores de Resultados 2019 del Programa, observando lo siguiente:

Diseño de la MIR

No se proporcionó evidencia documental de haber construido su Matriz de Indicadores para Resultados mediante la totalidad de las etapas de la Metodología del Marco Lógico, si bien nos proporcionó un diagnóstico donde se encuentra el árbol del problema y árbol de soluciones, este no presenta firmas que lo avalen como un documento oficial vigente para el ejercicio, además de que no se incluyó una solución de alternativas y la estructura analítica del programa.

Lógica Horizontal y Vertical

No se proporcionó evidencia de que el resumen narrativo se realizara con base en el árbol de problema, árbol de soluciones y el haber seleccionado una alternativa a seguir.

Se identificó que el indicador a nivel Fin no incluye los supuestos, además de que en los incluidos en la Matriz de Indicadores para Resultados no fue posible validar que se analiza la pertinencia de que estos ocurrieran previo a la incorporación a la MIR.

Medios de verificación

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No fue proporcionada documentación suficiente de los medios de verificación, requerida para elcálculo de los indicadores, además, que sea de fácil para cualquier persona a dicha información, por lo tanto, no fue posible evaluar el criterio monitoreable de cada indicador.

Criterio de claridad

Asimismo, se observa que los indicadores "Porcentaje de víctimas atendidas" "Porcentaje de acciones médicas brindadas a personas en situación de víctimas" "Porcentaje de víctimas apoyadas en diligencias" "Porcentaje de casos por medias de atención inmediata pagados por el fondo de atención, auxilio y protección del fondo" "Porcentaje de atención inmediata de casos a través del fondo de atención, auxilio y protección a víctimas del fondo" no cuentan con la característica de claridad, ya que los indicadores no definen términos usados en la redacción de su objetivo.

Criterio Adecuado

No es posible determinar que los 15 indicadores aporten una base suficiente para evaluar el desempeño.

Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León

Los indicadores no evidencian que hayan sido realizados conforme a los lineamientos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, la Oficina Ejecutiva del Gobernador y de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, tal como señala el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León. Así mismo, no se cuentan con los indicadores de impacto de políticas públicas, conforme a lo establecido en el artículo 14, fracción V, inciso c del Reglamento citado.

Fichas técnicas

Las fichas técnicas proporcionadas de los indicadores no describen a detalle la definición de cadauno de los indicadores, así como 13 de sus fichas técnicas no incluyen la línea base.

Metas

No se proporcionó evidencia documental de cuáles fueron las bases para la determinación de las metas de cada uno de los indicadores sujetos a revisión del objetivo evaluado, que les permitiera determinar con bases cuantitativas y cualitativas los resultados que se esperan obtener y que se plasmen como metas, que además de alcanzables, repercutan en un beneficio real para la población.

RespuestaDel Ente Público:

"En relación a la presente observación 7, se solventa y se justifica de la siguiente forma:

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Punto J. Diseño de la MIR. La Matriz de Indicadores para Resultados de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas-CEEAVNL se construyó conforme el proceso y las etapas de la Metodología del Marco Lógico (MML) durante el segundo semestre de 2016, concluyéndose en enero de 2017, guiados por el Instituto de Estudios en Gobierno y Finanzas Públicas enviado por la SFYTGE.

Punto K. Lógica horizontal y vertical. Para la construcción de la (a) MIR como una herramienta de planeación estratégica de la CEEAVNL, se consideró la lógica horizontal y vertical de la MML tomando en cuenta (b) el árbol de problemas que propició la generación del (c) 1.1 árbol de soluciones y con ello el resumen narrativo correspondiente, para lo cual se seleccionaron las (1.2) alternativas más pertinentes y congruentes con los bienes y servicios que brinda la institución. Por lo antes dicho, las acciones que se determinaron, tienen una clara correspondencia con las razones que se consideraron para crear el Programa, lo cual busca la obtención de una solución a un problema determinado. Está alineado con sus objetivos, ya que los resultados que se esperan pueden ser verificados a partir de los insumos generados en este aspecto y se consideran además factores externos que puedan afectar su ejecución.

(a)MIR

(b)árbol de problemas

(c)árbol de soluciones

Punto L. En lo referente al supuesto no incluido en el nivel Fin, conforme a la asesoría y a la "Metodología para la adopción del presupuesto por resultados y el sistema de evaluación del desempeño" que se usó por parte del Instituto de Estudios de Gobierno v Finanzas Públicas, en este nivel no lleva supuestos, lo cual se ratifica claramente en el documento emitido por tal Instituto en sus páginas 10 y 13, de igual manera en la MIR definitiva determinada conforme a la MML, se establece la línea base de los indicadores excepto en los niveles propósito y Fin debido a que el PP era de reciente creación y no se contaba con datos previos para cubrir estos niveles.

Punto M. Con respecto a los medios de verificación, las áreas de responsabilidad de la CEEAVNL ligadas a los diversos indicadores de la MIR (Fondo de Atención, Auxilio y Protección a las Víctimas, Unidad de Atención Inmediata y Primer Contacto, Registro Estatal de Víctimas, Asesoría Jurídica, Desarrollo Humano Programas, y Proyectos, entre otras) cuentan con archivos que sirven como fuentes de información que se utilizan para medir los indicadores del Programa Presupuestario y soportan los datos mensuales, trimestrales y anuales que se incluyen ordinariamente en la matriz, los cuales permiten medir y monitorear el cumplimiento de los objetivos establecidos en la MIR.

Punto N. Criterio de claridad. Se cuenta como evidencia con un (a) correo suscrito por el Lic. Gualberto Vela González, Coordinador de Análisis y Control del Gasto de la Dirección de Presupuesto y Control Presupuestal, con fecha del martes, 04 de abril de 2017 dirigido al Lic. Sergio Gonzalo Sosa Armendáriz, Titular de la Unidad de Enlace Administrativo de la Secretaría General

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de Gobierno, cuyo asunto es la versión final de Matrices de Indicadores de resultados 2017 que fue producto del proceso de la aplicación de la MML. En los archivos va incluida (b) la versión final de la MIR de la CEEAVNL, en el detalle de los dos documentos en Excel, podemos observar que los indicadores son: directos, inequívocos y entendibles, aunado a que la lógica vertical les da más claridad a los mismos: las atenciones médicas, psicológicas, terapéuticas y gestiones asistenciales, aunado a los servicios legales brindados, apoyos en diligencias, representación en audiencias, así como los recursos económicos entregados, compensaciones subsidiarias a víctimas de delitos, compensaciones a víctimas de violaciones a los derechos humanos, casos de medidas de atención inmediata, son suficientes y necesarias para lograr los componentes de bienes y servicios a las víctimas consistentes en: servicios integrales, servicios legales y apoyos económicos mismos que resultan suficientes y necesarios para permitir cumplir el propósito de que las víctimas reciban la atención necesaria, lo que ayuda a incrementar el nivel de satisfacción de las mismas y lograr el fin del Programa Presupuestario, mismo que contribuye al logro de un objetivo superior establecido en el PED, que en este caso es la Atención Integral a Víctimas del Delito y Violaciones a Derechos Humanos.

(a)correo suscrito por el Lic. Gualberto Vela González, Coordinador de Análisis y Control del Gasto de la Dirección de Presupuesto y Control Presupuestal;

(b) la versión final de la MIR de la CEEAVNL

Punto Ñ. Criterio adecuado. En la CEEAVNL para la elaboración de los indicadores de desempeño de la MIR se buscó que fueran concretos y permitieran la medición de resultados, por lo que con apoyo de los asesores del Instituto de Estudios en Gobierno y Finanzas Públicas y personal de la Unidad de Enlace Administrativo de la SGG se aplicaron los criterios CREMAA: Claridad, Relevancia, Economía, Monitoreable, Adecuado y Aporte marginal; en este sentido los indicadores son adecuados toda vez que aportan una base suficiente para evaluar el desempeño del quehacer de la Institución en la atención a víctimas de delito y de violaciones a derechos humanos a través de los servicios de atención integral, servicios legales y apoyos económicos a las víctimas para para la reparación del daño y recuperar su proyecto de vida.

Punto O. Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León. Se cuenta con el oficio SGG/UEA/317/2016 del 20 de septiembre del 2016 donde se notifica e instruye a la entonces Titular de la CEEAVNL de la implementación de la Gestión por Resultados GpR por parte de la SFYTGE a través del Taller de Diseño de Programas Presupuestarios, mismo que fue el inicio del proceso de la aplicación de la MML, y que meses después concluyó con el diseño de la MIR, lo anterior como evidencia de que la misma y sus indicadores se realizaron conforme a los lineamientos de la SFYTGE, la Oficina Ejecutiva del Gobernador y de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, tal como señala el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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Punto P. Fichas técnicas. La publicación final de las fichas en el portal de gobierno lo realiza laUnidad de Enlace Administrativo. En tiempo y forma se realizaron los ejercicios de insumo para las mismas con las características correspondientes.

Punto Q. Metas. Las metas se realizaron en base a un proceso de planeación estratégica y el análisis de su cumplimiento, comparando el desempeño efectuado con lo planeado y esto sirve para la toma de decisiones en dimensiones de eficiencia, economía, calidad, eficacia y transparencia que ayudan a la CEEAVNL para tener una mejor gestión."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y se examinó la siguiente documentación la cual no solventa la observación, debido a lo siguiente:

Respecto al diseño de la MIR, el ente manifestó que se construyó conforme al proceso y las etapas de la Metodología del Marco Lógico, guiados por el Instituto de Estudios en Gobierno y Finanzas Públicas, además, el ente proporcionó el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León para la Consolidación de Presupuesto por Resultado (PpR) y el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED), la Matriz de Indicadores de Resultados 2017, documentación relacionada al árbol de problemas y árbol de soluciones y soporte del taller Diseño de Programas Presupuestarios (Metodología del Marco Lógico), sin embargo, no se incluyó una solución de alternativas y la estructura analítica del programa, por lo cual subsiste lo señalado.

Asimismo, respecto a la Lógica Horizontal y Vertical, el Ente no proporcionó evidencia documental que justifique la selección de una alternativa a seguir, respecto a los documentos del árbol de problemas y árbol de soluciones proporcionados.

Además, en lo señalado respecto al nivel Fin, el ente menciona que en este nivel no lleva supuestos, anexando páginas 10 y 13 del documento emitido por el Instituto de Estudios en Gobierno y Finanzas Públicas, sin embargo, en dichas páginas no se incluye información que justifique lo mencionado por el ente.

En relación a lo observado sobre los medios de verificación, el ente manifestó que las áreas de responsabilidad cuentan con archivos que sirven como fuentes de información, a lo que se proporcionó la MIR 2017, sin embargo, no se proporcionó soporte documental de dichos archivos, por lo que subsiste lo señalado.

Correspondiente a los criterios de claridad, el ente proporciona como evidencia correo electrónico suscrito por el Coordinador de Análisis y Programación del Gasto de la Dirección de Presupuesto y Control Presupuestal al Titular de la Unidad de Enlace Administrativo de la Secretaría General de Gobierno, además, adjunta la MIR correspondiente al año 2017, además manifiestan que los indicadores son directos, inequívocos y entendibles, aunado a que la lógica vertical les da más

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claridad a los mismos, sin embargo, los indicadores observados no definen términos usados en laredacción de su objetivo.

Respecto al criterio adecuado, el ente menciona que para la elaboración de los indicadores de desempeño de la MIR se buscó que fueran concretos y permitieran la medición de resultados, por lo que con apoyo de los asesores del Instituto de Estudios en Gobierno y Finanzas Públicas y personal de la Unidad de Enlace Administrativo de la SGG se aplicaron los criterios CREMAA: Claridad, Relevancia, Economía, Monitoreable, Adecuado y Aporte marginal, sin embargo, no se proporcionó documentación donde se plasme la aplicación de los criterios CREMMA, que permita validar lo mencionado anteriormente.

En relación al Reglamento de la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León, el ente adjunta el oficio SGG/UEA/317/2016 de fecha 20 de septiembre del 2016 donde se solicita a la Titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas designe a un funcionario, o se autorice, en caso de ya contar programa presupuestario, un responsable de área y participante del Taller de Diseño Programas Presupuestarios, sin embargo, no se proporcionó evidencia suficiente del cumplimiento al mencionado Reglamento, además, no se presentó aclaración y soporte de los indicadores de impacto de políticas públicas, conforme a lo establecido en el artículo 14, fracción V, inciso c del Reglamento citado.

En relación a las fichas técnicas, el ente mencionó que la publicación final de las fichas en el portal de gobierno lo realiza la Unidad de Enlace Administrativo, además, proporcionan 9 fichas técnicas de las cuales solo 2 cuentan con línea base, sin presentar aclaración de la descripción a detalle de la definición de cada uno de los indicadores, ni respecto a que no incluyen la línea base.

Respecto a las metas, el ente manifiesta que las metas se realizaron en base a un proceso de planeación estratégica y el análisis de su cumplimiento, comparando el desempeño efectuado con lo planeado, anexando la MIR 2019, sin embargo, no se proporcionó evidencia documental de dicho proceso de planeación estratégica, por lo que subsiste lo señalado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Con el fin de homologar y estandarizar la realización de indicadores de desempeño, es importante que cuenten con los criterios de claridad, relevancia, economía, monitoreable, adecuado y aportación marginal, asimismo, sus fichas técnicas contengan los elementos mínimos establecidos, de conformidad con los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico.Así como también considerar los Lineamientos Generales del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León para la Consolidación de Presupuesto por Resultado (PbR) y el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED).

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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Observación 8. Se solicitó a la Secretaría las evaluaciones internas y externas correspondientes alejercicio 2019, a lo que se anexó informe de auditoría a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Nuevo León 2018 y 2019 relacionadas al sistema de gestión de calidad ISO, de igual manera se le solicitó evidencia de las acciones realizadas con base a los resultados obtenidos de los indicadores; sin embargo, sólo anexaron documentos de expedientes, sin evidenciar una vinculación con el cumplimiento o seguimiento del resultado de un indicador en particular vigente en el ejercicio, por lo que no fue factible evaluar la eficiencia en la realización de sus operaciones.

RespuestaDel Ente Público:

"En relación a la presente observación, se aclara que, se realiza el seguimiento mensual, trimestral y anual de los instrumentos de planeación a través de los diversos indicadores de la MIR que permiten medir con precisión, continuidad, confiabilidad y economía los resultados y el cumplimiento a los objetivos y metas establecidas bajo los lineamientos de la SFYTGE, mismos que se publican periódicamente en el portal de internet del Gobierno del Estado de Nuevo León: https://www.nl.gob.mx/campanas/pbr-sed, aunado al monitoreo y seguimiento de los indicadores presupuestarios, en lo interno se lleva una revisión periódica de los procesos de calidad certificados en el ISO 9001-2015 que coadyuvan a brindar un mejor servicio a las víctimas y propician la mejora continua basada en la gestión de riesgos.

Se anexa documento RAFFI 2019 "Reporte de Avance Físico Financiero" el cual se envía a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado (SFTGE)., el cual permite analizar trimestralmente montos y porcentajes ejercidos para el Programa Presupuestario V45E18014 "ATENCIÓN A VÍCTIMAS y VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS".

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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Se analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada, la cual no solventa laobservación debido a lo siguiente:

La Comisión menciona en su contestación que realiza el seguimiento mensual, trimestral y anual de los instrumentos de planeación a través de los diversos indicadores de la MIR que permiten medir con precisión, continuidad, confiabilidad y economía los resultados y el cumplimiento a los objetivos y metas, anexando un documento llamado RAFFI 2019 "Reporte de Avance Físico Financiero", sin embargo, no proporcionaron evidencia documental respecto a una vinculación con el cumplimiento o seguimiento del resultado de un indicador en particular vigente en el ejercicio 2019.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es recomendable realizar evaluaciones externas e internas y reuniones periódicas para monitorear los resultados de los indicadores que le permita a la Entidad tener un panorama de cómo está evolucionando y de esta manera, poder tomar decisiones y emprender acciones necesarias a tiempo para lograr cumplir con sus objetivos, teniendo una mejora continua. Es recomendable también que la Entidad mantenga documentado el soporte de las reuniones realizadas.

Observación 9. Se solicitó a la Secretaría el total de quejas y denuncias registradas durante elejercicio; sin embargo, sólo se obtuvo respuesta de 10 de las acciones que emitieron durante el periodo 2019 sin presentar soporte documental de las quejas que dieron origen a estas acciones enlistadas, asimismo tampoco soporte de la resolución de dichas acciones, ni un registro de los casos atendidos que permitiera evaluar si pertenecen o no al ejercicio del periodo revisado, por lo anterior, no fue factible evaluar que la administración del Programa realice el seguimiento a las quejas interpuestas por los ciudadanos o beneficiarios del mismo, careciendo de elementos para evaluar la eficacia y eficiencia en la realización de sus actividades.

RespuestaDel Ente Público:

"Se aclara que durante el ejercicio 2019 el Programa V45E18014 "ATENCION A VICTIMAS Y VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS", no recibió quejas y denuncias directamente y la documentación que se remitió en la respuesta del requerimiento de información, corresponde a 10 Acciones de Recomendación que se

comunicaron por parte de otras instancias, las cuales fueron atendidas."

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Anexo

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración, la cual no solventa la observación, debido a lo siguiente:

El Ente Público menciona en su contestación que durante el ejercicio 2019 no se recibió quejas y denuncias directamente y la documentación que se remitió en la respuesta del requerimiento de información, corresponde a 10 Acciones de Recomendación que se comunicaron por parte de otras instancias, las cuales fueron atendidas, sin embargo, no proporcionó evidencia suficiente que ampare lo señalado, ni presentó soporte documental de las quejas que dieron origen a esas acciones enlistadas, asimismo tampoco soporte de la resolución de dichas acciones, ni un registro de los casos atendidos que permitiera evaluar si pertenecen o no al ejercicio del periodo revisado, así como al Programa.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones Referentes al Desempeño.Es importante contar con un sistema de control oportuno de quejas como de denuncias presentadas a las diferentes áreas del Programa, a fin de darles seguimiento, y con el objeto de poder visualizar en forma clasificada su concepto, denunciante, vía de atención, área y personal involucrado, tiempo de respuesta, resolución y que estén reglamentadas por medio de algún lineamiento o manual de su operación que regule su control y resultados.