Resumen Derecho Objetivo

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    DEFINICIN DEL DERECHO OBJETIVO SEGN VILLORO TORANZO, MIGUEL

    Para encontrar el sentido de la nocin sobre derecho objetivo, debemos considerar que

    todos somos iguales para la vida y si no pues no se en tiende, en primer trmino, el significado

    del concepto Derecho.

    Si partimos de una definicin bsica del derecho, entendido este como norma o sistema

    de normas, estamos hablando entonces del derecho en sentido objetivo, como norma, que impone

    deberes.

    Ahora bien, as como la norma impone deberes, tambin concede la facultad de exigir elcumplimiento del precepto jurdico, esto es, el derecho en sentido subjetivo. Tenemos entonces

    que el derecho objetivo es la norma o el conjunto de normas, y el derecho subjetivo es la facultad

    que se tiene para exigir el cumplimiento de la norma.

    As mismo, el derecho objetivo tiene dos connotaciones, una como Derecho Natural y otra

    como Derecho Positivo. Al primero lo conforman, de acuerdo con Miguel Villoro Tzzaoranzo,

    aquellos principios y normas que rigen la conducta social de los hombres por estar impresos

    en la naturaleza humana y conformarse al orden natural de las cosas1. Por su parte, el Derecho

    Positivo es el conjunto de normas que cumplen con los procedimientos de su elaboracin en unpas determinado.

    A su vez, se tiene que el derecho positivo que rige en un determinado momento se conoce

    como Derecho vigente.

    Finalmente, el derecho objetivo puede ser escrito o consuetudinario; es escrito cuando la

    norma ha sido redactada en documentos y es debidamente promulgada, mientras que es

    consuetudinario cuando se impone como regla por la costumbre, es decir, por un uso reiterado en

    el tiempo y por el convencimiento de quienes la practican de que es obligatoria. Nos confiere

    poderes, facultades, atribuciones, situaciones para poder atender a la satisfaccin de nuestras

    necesidades (intereses) individuales, en armona con el inters social (bien comn).

    No hay criatura humana que puede existir aislada de la sociedad; los hombres y mujeres

    son seres sociales, y por eso toda sociedad civilizada debe regirse en primer lugar por principios de

    http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_objetivo#cite_note-1http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_objetivo#cite_note-1http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_objetivo#cite_note-1http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_objetivo#cite_note-1
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    solidaridad social y de libertad son dos principios que no se excluyen el uno del otro y, por tanto, no

    hay que sacrificar la una por la otra.

    DEFINICIN DEL DERECHO OBJETIVO SEGN GARCA MAYNES

    La relacin que existe entre el derecho objetivo y subjetivo es esencial, debido a que sonconceptos ligados entre s, ya que si bien es cierto que el Derecho objetivo es el que se crea con lafinalidad de obstaculizar el actuar del individuo, es decir, es como un obstculo externo al que todoindividuo se encuentra sometido con la finalidad primordial del Derecho, que es la convivencia delhombre en sociedad, por su parte el Derecho subjetivo es el que produce la accin, es decir, deeste concepto se parte para manifestar que la accin solo corresponde al que tiene un derechosubjetivo, y todo el que tiene un derecho subjetivo, puede poner en movimiento a los rganos delEstado para poderlo hacer valer procesalmente.

    El Derecho objetivo puede ser definido de la siguiente manera: como el conjunto denormas jurdicas que forman el aparato jurdico de un Estado, es decir, el conjunto de preceptos de

    derecho que constituyen todos los cdigos de un Estado.

    El Derecho objetivo segn el autor Garca Mynez es un conjunto de normas jurdicas,

    que son preceptos imperativo- atributivos, es decir, son reglas jurdicas que imponen derechos y

    obligaciones, puesto que frente al obligado por la norma jurdica siempre existe otra personafacultada para exigirle el cumplimiento de dicho mandato.

    De manera general podemos definir al derecho subjetivo como las facultades que elordenamiento jurdico le reconoce a un individuo o a las personas con la finalidad de que exijan uncumplimiento determinado, o una abstencin, que constituye para estos un deber jurdico uobligacin.

    DEFINICIN DEL DERECHO OBJETIVO SEGN ANIBAL TORRES VAZQUES

    El derecho objetivo y subjetivo constituye dos aspectos de un mismo Derecho, entre ambos existeuna relacin de reciprocidad, de tal modo que el uno presupone al otro. No existe el uno sin el otro.No hay derecho subjetivo si no est reconocido como tal por el ordenamiento jurdico, esto es porel Derecho positivo. Por el ejemplo el Derecho penal positivo tipifica los delitos y las penas, y elDerecho penal subjetivo es la facultad que tiene el estado de castigar al que comete un delito.

    Como sostiene la teora egologica, entre el Derecho positivo y Derecho subjetivo no hayuna relacin de oposicin ni diferencias especficas, sino una relacin entre el concepto (la norma,objeto ideal que prefigura un objeto) y el objeto mismo (las relaciones jurdicas, las facultades, losdeberes, sanciones para asegurar su efectividad).

    DEFINICION DEL DERECHO OBJETIVO SEGN:CARLOS MOUCHET

    El concepto de Derecho tiene dos significados diferentes que es menester precisar:

    el punto de vista objetivo y el punto de vista objetivo y el punto de vista subjetivo. Si lo

    contemplamos como un ordenamiento social destinado a regular la conducta humana,

    advertimos de inmediato que el derecho est formado por un cumulo de normas, es decir,

    de reglas impuestas a la actividad de los hombres, y a las cuales deben estos someterse.

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    Si, por el contrario, lo contmplanos desde el fuero infierno de cada uno, nos

    vemos en posesin de derechos que podemos hacer valer frente a los dems, o sea que

    el hombre tiene facultades para obrar y conducirse en determinados sentidos dentro de

    una cierta esfera. En el primer caso el derecho objetivo es ese conjunto de normas (leyes,

    costumbres, resoluciones judiciales y preceptos doctrinarios).

    DERECHO OBJETIVO ROMANO GERMANICO

    Derecho: "conjunto de normas que rigen la vida de la nacin, cuyo incumplimiento es

    susceptible de ser castigado. Es la manifestacin del poder del estado en un determinado lugar."

    Disciplina que estudia las normas Tiene un objeto normativo. Es el funcionamiento del conjunto de

    normas. Es una ciencia, ya que estudia la disciplina segn un mtodo predeterminado y con un fin

    prctico: Qu relacin hay entre las normas? Cmo funciona el sistema?

    Otra concepcin del derecho es que es un conjunto de normas donde se establecen

    obligaciones y derechos que sirven para organizar al pueblo, lo cual posibilita la convivencia social.

    Permite formar un juicio anticipado de la conducta del otro. Las reglas constitucionales estn

    dotadas de sancin. Es una ciencia, ya que el objeto de la carrera se estudia con un mtodo y un

    fin prctico. El mundo de las normas es un mundo ideal ya que es el mundo del "debe ser".

    Derecho objetivo: son las leyes, normas jurdicas, tal cual son.

    Derecho subjetivo: la atribucin de una persona para exigir cierta conducta positiva u omisiva de

    los otros. La posibilidad de reclamar derechos propios.

    PRINCIPIOS BASICOS DEL DERECHO ANGLOSAJON

    El sistema de derecho anglosajn se basa, sobre todo, en el anlisis de las sentencias judiciales

    dictadas por el mismo tribunal o alguno de sus tribunales superiores (aquellos a los que se pueden

    apelar las decisiones tomadas por dicho tribunal) y en la interpretacin que en estas sentencias se

    dan a las leyes, por esto es que las leyes pueden ser ambiguas en muchos aspectos, ya que se

    espera que los tribunales las clarifiquen (o estos ya lo han hecho sobre leyes anteriores, pero

    similares).

    Este es el motivo por el cual en Estados Unidos an se ensean normas de la poca

    colonial inglesa. Por otro lado, existen interpretaciones judiciales que crean figuras jurdicas

    nuevas, lo que en un principio era la norma, pero hoy es la excepcin, sin embargo se mantiene la

    nomenclatura y se conoce como delito estatutario, por ejemplo, al delito creado por la ley. En la

    actualidad, es mucho ms comn que las leyes creen figuras completamente nuevas o que

    estandarizen y fijen las reglas anteriormente establecidas por las sentencias judiciales. Un detalle

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    muy importante es que, en casos posteriores, las sentencias previamente dictadas obligan a un

    tribunal (y todos los tribunales inferiores a ste) a fallar de la misma manera o de forma similar.

    Por esto el estudio del sistema se basa en el anlisis detallado de las sentencias de las

    cuales se induce la norma, estudio que termina en la elaboracin de un "caso tpico", el cual se

    compara con la situacin en estudio para ver si es similar o no. En muchas ocasiones se analizan

    diversas sentencias que contienen el mismo principio, analizado desde diversos casos, para

    extraer finalmente la norma que se aplicar al caso en estudio.

    DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO

    El vocablo Derecho se emplea para designar tanto el conjunto de normas legales vigentes

    en un pas (Derecho objetivo), como la facultad, poder prerrogativa o autorizacin que esas

    mismas normas reconocen a favor del sujeto de Derecho (Derecho subjetivo).

    Como expresa DU PASQUIER, sin duda, el sentido objetivo y el sentido subjetivo

    consideran el fenmeno desde ngulos distintos, pero entre ellos no hay diferencia alguna

    naturaleza, pues un Derecho [en sentido objetivo] lo consagra. Si el Derecho objetivo rehsa la

    validez a un testamento no firmado, la persona instituida heredera por este acto no tiene ningn

    derecho (subjetivo) a la sucesin.

    Si el Cdigo de caminos (Derecho objetivo) no autoriza a manejar un automvil sino a aquel

    a quien se le ha otorgado un permiso de circulacin, solo el titular de este permiso tiene el derecho

    (subjetivo) de conducirlo. Esto nos indica que el Derecho objetivo y subjetivo no se excluye sino

    que son dos dimensiones de un mismo derecho. Ambos conceptos se integran y complementan;

    son elementos de un solo todo: el derecho expresado mediante de la norma.

    El Derecho objetivo presta el fundamento y justificacin del derecho subjetivo . Este

    se deriva de aquel, de modo que no puede ser pensando el uno sin el otro. Por ello se ha dicho

    que mientras el Derecho objetivo es la regulacin de la conducta, el derecho subjetivo es la

    conducta regulada.

    Las normas jurdicas de Derecho escrito o consuetudinario que conforman el

    ordenamiento jurdico constituyen el Derecho objetivo, y las facultades, poderes y atribuciones que

    ese ordenamiento jurdico confiere a los sujetos, corresponden al concepto del derecho subjetivo.

    El derecho objetivo dicta la norma de conducta que, al ser ejecutada por el poder de la

    voluntad individual, se convierte en derecho subjetivo del sujeto.

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    El Derecho Objetivo es el conjunto de normas destinadas a regular la conducta de los

    individuos en la sociedad, mientras que el Derecho Subjetivo se refiere a la facultad, poder o

    seoro individual o subjetivo de ser titular y hacer valer determinado derecho.

    Sin embargo, esta clasificacin no separa el derecho subjetivo del objetivo, como sostiene la

    doctrina imperante, no puede hablarse de un derecho objetivo y un derecho subjetivo

    aisladamente, aunque esto no quiere decir que a los efectos metodolgicos y para el estudio de las

    disciplinas jurdicas, no sea conveniente tomar a veces al sujeto y a veces el objeto del Derecho,

    pero slo como divisin metodolgica.

    Es simple esta explicacin, porque si tomamos en cuenta que el Derecho constituye reglas

    plasmadas como un conjunto de normas que implican por un lado reglas bilaterales de conducta

    humana, y por otro lado, poderes basados en tales preceptos y que son atribuidos a una voluntad

    para proteger intereses de los individuos y grupos sociales, entonces para que exista esa facultad

    es necesario que sta se desprenda del derecho objetivo, por lo tanto, sin existir ese derechoobjetivamente hablando, entonces no puede desprenderse de ste esa facultad, poder o seoro

    de hacer valer ese determinado derecho.

    El Derecho Objetivo comprende el derecho natural y el derecho positivo. ste ltimo se divide en

    derecho pblico y derecho privado.

    Luego de ello pasare a dar a conocer algunos conceptos de derecho positivo, en el cual

    est dentro de las connotaciones del derecho objetivo.