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PARENTESIS SOBRE EL ESTADO CONSTITUCIO NAL DE DERECHO, ¿O EL NEOCONSTITUCIONALISMO? Con el final de la GMII el prestigio de la ley desapareció. Europa entre guerras legislador es la mayor amenaza de la libertad. El PL no recupero sus antiguos brillos, si no que el PE fue acentuando su funcionamiento institucional en detrimento del PL, quien quedo con la misión de acompañarlo (Los legisladores se transformaron en gestores de diversas soluciones para sus representados). La exigencia de una reconducción a la unidad del derecho, parte de la crisis del principio de legalidad. Las CN intentan poner remedio a estos efectos destructivos del orden jco, mediante la previsión de un derecho más alto, dotado de fza obligatoria incluso para el legislador. El objetivo es condicionar y por tanto contener los desarrollos contradictorios de la producción del derecho. La ley cede el paso a la CN y se convierte ella mismo en objeto de medición; la ley es destronada a favor de una instancia más alta, y esa asume ahora la importantísima función de mantener unidad y en paz sociedades enteras divididas en su interior, Esta opinión ha recibido críticas: que lleva a la omnipotencia judicial, lo que genera un desplazamiento del legislador. La determinación de los derechos sustituye el procedimiento legislativo x el judicial: en lugar de ser la mayoría del Parlamento quien acuerda que derechos tenemos es la mayoría del tribunal que titulariza el control de constitucionalidad quien lo hace. Los legisladores siguen ejerciendo sus facultades plenamente, siempre que no vulneren aquello que los jueces constitucionales consideran que es el contenido de los derechos fundamentales. El Estado CN de Derecho desconfía del legislador como instrumento de gtia de los derechos fundamentales y los dchos humanos. La cosa juzgada en un sist de control de constitucionalidad no produce efectos derogatorios de la norma y se circunscribe al caso concreto, no se juzga lo legislado x el Congreso, sino lo negativa que puede resultar esa decisión legislativa en un caso particular. CRISIS DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO O DE BIENESTAR - CRISIS DEL MODELO KEYNESIANO: a partir de 1973 el mundo se deslizo hacia la inestabilidad y la crisis; la economía global no quebró (como en 1929),

RESUMEN NOCIONES SOBRE EL ESTADO Y DERECHO, RENACIMIENTO Y EVOLUCION

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ORTIZ PELLEGRINI, 2DA PARTE

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PARENTESIS SOBRE EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO, O EL NEOCONSTITUCIONALISMO?Con el final de la GMII el prestigio de la ley desapareci. Europa entre guerras legislador es la mayor amenaza de la libertad.El PL no recupero sus antiguos brillos, si no que el PE fue acentuando su funcionamiento institucional en detrimento del PL, quien quedo con la misin de acompaarlo (Los legisladores se transformaron en gestores de diversas soluciones para sus representados).La exigencia de una reconduccin a la unidad del derecho, parte de la crisis del principio de legalidad. Las CN intentan poner remedio a estos efectos destructivos del orden jco, mediante la previsin de un derecho ms alto, dotado de fza obligatoria incluso para el legislador.El objetivo es condicionar y por tanto contener los desarrollos contradictorios de la produccin del derecho.La ley cede el paso a la CN y se convierte ella mismo en objeto de medicin; la ley es destronada a favor de una instancia ms alta, y esa asume ahora la importantsima funcin de mantener unidad y en paz sociedades enteras divididas en su interior,Esta opinin ha recibido crticas: que lleva a la omnipotencia judicial, lo que genera un desplazamiento del legislador. La determinacin de los derechos sustituye el procedimiento legislativo x el judicial: en lugar de ser la mayora del Parlamento quien acuerda que derechos tenemos es la mayora del tribunal que titulariza el control de constitucionalidad quien lo hace.Los legisladores siguen ejerciendo sus facultades plenamente, siempre que no vulneren aquello que los jueces constitucionales consideran que es el contenido de los derechos fundamentales.El Estado CN de Derecho desconfa del legislador como instrumento de gtia de los derechos fundamentales y los dchos humanos.La cosa juzgada en un sist de control de constitucionalidad no produce efectos derogatorios de la norma y se circunscribe al caso concreto, no se juzga lo legislado x el Congreso, sino lo negativa que puede resultar esa decisin legislativa en un caso particular.CRISIS DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO O DE BIENESTAR CRISIS DEL MODELO KEYNESIANO: a partir de 1973 el mundo se deslizo hacia la inestabilidad y la crisis; la economa global no quebr (como en 1929), aunque la edad de oro finalizo en una de esas depresiones que redujo en un 10% la produccin industrial en las econ desarrolladas y en un 13% el comercio internacional. Se cre la OPEP y el precio del petrleo se fue a las nubes. La pobreza, la miseria, la inestabilidad, el desempleo (que se transform en estructural) y los enormes e insostenibles gastos sociales rigieron esta etapa. Los Estados Nacionales perdieron el control de sus poderes econ y las elites consideraban el problema transitorio. Cambio de la mano de obra humana por automatizada. Sindicatos se debilitaron y los partidos social demcratas cayeron en descredito. La clase trabajadora se fragmentaba x escasez de recursos y falta de proteccin. Se popularizaron los hombres a-polticos, ya que la crisis se atribua a polticos que no cumplan con sus promesas. Las necesidades del pueblo son ilimitadas y el gobierno no es capaz de satisfacerlas, lo cual supone un producto social en constante aumento. Cuando la ecuacin econ no permite asegurar este aumento, el Estado no puede seguir gtizando el mismo nivel de prestaciones sociales Y estalla la crisis.La alternativa a esa crisis, la solucin, corri x cta de los ultraliberales, los sacerdotes del libre mercado (ppales VON HAYEK Y FRIEDMAN), que sostenan la fe en la empresa privada y en la maldad del gobierno; el crecimiento de las multinacionales en el mercado monetario, en los medios de comunicacin global; el Estado mnimo; Privatizar hasta las actividades prioritarias. Fue el triunfo de la teologa Neoliberal, una poltica de privatizaciones sistemticas y de regreso al capitalismo salvaje, propio del S XIX. LOS LIMITES DEL CRECIMIENTO: La tierra no puede soportar que las pautas de consumo de las poblaciones de Japn, EEUU y Europa occidental se extiendan a Asia, frica y AL, sin graves problemas ecolgicos. Esta problemtica se presenta en la dcada del 70, pero se hace omnipresente en la dcada del 80. El progreso infinito si tiene lmites. LA GRAN TRANSFORMACION: Las crisis generan respuestas:a) la GLOBALIZACION: no existen fronteras para los flujos financieros, de bs y servicios, comunicaciones, etc; hay una interdependencia general, una nueva estructuracin del espacio y de las distancias y del tiempo. Ciertos procesos son ahora simultneos, todos producen efectos a la vez. La globalizacin es desigual, tiene su ncleo en el norte y periferia en el sur (bipolaridad).b) La TERCERA REV INDUSTRIAL: nuevos materiales de origen qumico y bioqumico; uso gralizado de la informtica en la produccin, en el consumo privado, en el estudio y hasta en el hogar; la adopcin de nuevas tcnicas organizativas para desarrollar los procesos econ, las multinac, se organizan x encima de las fronteras, y han adquirido un desarrollo tal que x su volumen de neg superan los presupuestos de los Estados Nacionales, con un mnimo de mano de obra humana. La concentracin de capital, poder y de capacidad de decisin rige esta etapa.c) La inclusin del mundo femenino. LA MINORACION DE LA FZA DE TRABAJO: la informtica afecta decididamente al trabajo, sustituye hombres x maquilas y las polticas neoliberales hacen posible la minoracin del trabajo. Hace el recorrido inverso, cada vez es mas posible sustituir trabajadores x maquinas, lo que sumado a las innovaciones organizativas (deslocalizacin, segmentacin de la produccin, funcionamiento en red) contribuyen a debilitar las posiciones de los trabajadores, y disminuyen el tiempo de trabajo necesario.DESREGULACION: creciente eliminacin de las obligaciones impuestas x ley a empresarios en relacin con los trabajadores.FLEXIBILIZACION: polticas que supeditan el empleo a las contingentes convivencias de los empleadores.TERCERIZACIONES.Despido masivo de trabajadores, la aparicin de los contratos basura, precarios y temporales como modalidad de trabajo remunerado, ms parecido al trabajo esclavo. Paralelamente, surge la nueva aristocracia obrera, los empleados con trabajo efectivo, los empleadores del Astado ppalmente. La paradoja es que el sindicalismo naci de los excluidos, y el sindicalismo actual prescinde de estos. CAMBIOS EN LOS MODOS DE VIDA: Se acenta el consumismo, la cultura campesina desaparece con la industrializacin del campo, las ciudades que fueron fabriles cambian hasta de aspecto fsico, los medios de comunicacin reemplazan el gora pblica, los movim sociales fuertes prcticamente han desaparecido, las poblaciones del norte experimentan una apata poltica profunda. Todo tiende a privatizar sus perspectivas vitales, se vive una vida muy privada. LA NUEVA ORGANIZACIN DEL PODER: Interrelacin del Estado Tradicional con una entidad privada.a) NUEVO CONCEPTO DE SOBERANIA: Pueblo como nuevo titular de la soberana (popular) y pertenece a la esfera pca de la actividad humana. Los poderes estatales tienen limitaciones econmicas. Se pone en cuestin el discurso poltico moderno segn el cual la esfera privada carece de relevancia pca o poltica.b) EL SOBERANO PRIVADO SUPRAESTATAL DIFUSO Y ESTADO ABIERTO: grandes multinac y conglomerados financieros se imponen mediante instancias interestatales como el G7/ Bco Mundial/ FMI/ GATT/ OMC, de importancia enorme para el comercio mundial. No obstante ser entes priv, establecen polticas pcas, con un poder de naturaleza objetiva, estructural y difusa. El Estado Nacional pierde claramente la soberana en su capacidad para determinar la poltica econmica o en otros mbitos conexos, como el mercado laboral. Se refuerza la tendencia a la DESPOLITIZACION y a la PASIVIDAD POPULAR.c) LAS DOS LEGITIMACIONES DEL CAMPO DE PODER: los dos polos del campo de poder soberano supraestatal difuso y los estados nacionales, cuentan con legitimaciones distintas legitimidad pca (bases tradicionales, con participacin popular x el voto) y legitimidad del soberano privado es la eficacia tcnico-productiva, sistema del tirano benvolo.

EL DERECHO EN LA NUEVA ERA: DESREGULACION, aspectos:a) En el plano del derecho es el desplazamiento de la capacidad de legislar hacia la esfera privada, de trasladar parte del peso de las obligaciones, hacia los sujetos ms dbiles.b) El derecho toma la forma de una nueva lex mercatoria metaestatal: conjunto de prcticas jcas de los grandes agentes econ, con idepend de los poderes pcos, para regular sus relaciones reciprocas, para regular sus relaciones con los estados abiertos y para determinar las polticas de estos.

MATERIAS DESTACABLES DEL DERECHO EN LA NUEVA ERA: aparecen nuevos derechos el ecolgico, la prop intelectual, el cuerpo humano trasplantes, gentica, reproducc asistida, clonacin, etc -, el derecho laboral se reduce al mnimo, el derecho penal sufre presiones contra el sist de gtias CN ej. X que criminaliza la protesta social -, el PJ no es actualizado y modernizado para combatir los delitos de cuello blanco, las patentes industriales mantienen un eficaz sistema de proteccin. LOS JURISTAS EN LA ACTUALIDAD: los juristas de Estado conservan las funciones de la etapa anterior; los juristas de mercado tienen ms trabajo.Y AHORA: Pensar en un RE-RENACIMIENTO DEL ESTADO Y DEL DERECHO, con una nueva relectura de la DECLARACION DE DDHH DE 1789, con un poco mas de republica y democracia.