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Reunificación de - FACUA · Son aquellos créditos que se conceden para satisfacer necesidades personales del con-sumidor. Suelen ser cantidades pequeñas (en comparación con las

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PRODUCTOS FINANCIEROS

Hay que ser conscientes de que parala compra de bienes tan importantescomo pueden ser una vivienda o un

vehículo, desde esta sociedad se ha plan-teado la opción de realizar estas adquisi-ciones a través de productos financierosque permiten realizar los pagos de unaforma diferida en el tiempo.

Aunque en principio la idea de la com-pra aplazando el pago se utilizaba para losbienes más esenciales, hoy en día casi esuna costumbre utilizar este tipo de pagospara cualquier tipo de adquisición. Dehecho, en el día a día se utilizan tarjetas

Hoy día, la economía familiar más básicasuele estar sustentada en varios contra-tos financieros quue permiten el pagoaplazado en la adquisición de determina-dos bienes.Un conocimiento adecuado de este tipode contratos permitirá actuar con unamayor seguridad en el mercado, lo queinfluirá de unna forma directa en la econo-mía básica de los consumidores, permi-tiéndoles adecuar el nivel de viida al nivelde endeudamiento.A través de esta guía se busca dar res-puestas a multitud de cuestioones relacio-nadas con la economía familiar básica.

Reunificación dedeudas

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de crédito para pequeñas compras.Esta demanda ha provocado la apari-

ción de una multitud de productos finan-cieros que posibilitan gastar con mayorfacilidad.

La otra cara de la moneda es que todoeste tipo de productos que existen en elmercado supone un beneficio lucrativopara las entidades que los comercializan acosta de un endeudamiento del consumi-dor, que está pagando los intereses de losreferidos préstamos.

Reunificar las deudas no deja de serotro producto a través del cual se unificantodas en una (normalmente con garantíahipotecaria) para hacer frente a unas cuo-tas más bajas durante un plazo másamplio en el tiempo.

Hay que mantener una idea clara, quees que cuando se estáfinanciando un pago seestá comprando tiempoy ese tiempo cuestadinero. Mientras mástiempo y más facilida-des se ofrezcan, máscantidad de dinero hayque desembolsar.

ESCENARIO ACTUAL

La situación económica actual es espe-cialmente preocupante para aquellosconsumidores que tengan una situa-

ción de endeudamiento alta.La subida de tipos de interés y de los

índices de referencia que se aplican en larevisión de los préstamos está provocandoque las cuotas a las que hay que hacerfrente para cubrir los diversos préstamoscontratados esté subiendo de una manera

alarmante.La subida en concreto del Euríbor (que

es el índice de referencia más habitual enla contratación de hipotecas) se ha dispa-rado en los últimos tiempos, lo que haprovocado que la cuota de la hipoteca seacada vez más alta, generando verdaderosproblemas en las economías familiares.

Si a esto se le suma el pago del prés-tamo de otros bienes como el coche,muebles, viajes, etc. hace que el consumi-dor se dé cuenta de que una parte dema-siado importante de su nómina la tieneque dedicar única y exclusivamente alpago de las deudas que tiene pendientes.

Este escenario, de continuar así, podríadegenerar en una crisis importante en laque muchos españoles perderían suvivienda debido a los posibles impagos en

sus hipotecas.Ante esta situación,

FACUA le ha exigido alGobierno la creación deuna normativa que pre-vea este posible esce-nario futuro regulandolas posibles situacionesde sobreendeudamiento

que se podrían dar en las familias espa-ñolas y protegiendo al consumidor de losposibles procedimientos ejecutivos que sepodrían ejercer contra sus viviendas.

Sin embargo, FACUA no tenido res-puesta alguna por parte del Gobierno y síson las entidades financieras las que hanactuado ante esta situación a través de lareunificación de deudas. El problema esque la respuesta ofrecida a los consumi-dores parte de una idea clara, que no esotra que seguir beneficiando a las entida-des prestamistas.

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El uso habitualdel pago aplazado ha

propiciado la aparición enel mercado de multitud

de productoos financieros

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Aunque el planteamiento que se le ofer-ta al consumidor parece que le convienehay de ser conscientes de algunos aspec-tos relevantes en este tipo de contratosque hagan determinar si efectivamenteinteresa al consumidor la contratación deestos productos.

CONTRATOS QUE PUEDENPRODUCIR SOBREENDEUDAMIENTO

Antes que nada, se van a analizar lostipos de contrato que pueden llevar auna situación de endeudamiento, ya

que el conocimiento del funcionamiento delos mismos puede evitar el tener que recu-rrir a un contrato de reunificación de deu-das en un futuro y por lo tanto ahorrarle alconsumidor una buena cantidad de dinero.

Créditos personales o de consumo

Son aquellos créditos que se conceden parasatisfacer necesidades personales del con-sumidor. Suelen ser cantidades pequeñas(en comparación con las hipotecas) y amor-tizables en poco tiempo. Se suelen utilizarpara comprar vehículos, viajes, muebles,realizar inversiones ini-ciales, etc.

Uno de los requisitosesenciales de estoscontratos es que debenconstar por escrito, yaque el incumplimientode este aspecto suponela nulidad del mismo.

El documento contractual debe contenerlas condiciones esenciales del contrato asícomo la tasa anual equivalente (si no cons-tara este dato, el consumidor sólo estaría

obligado al pago de los intereses legales).En el contrato debe constar el importe,

el número y la periodicidad o las fechas delos pagos que deba realizar el consumidorpara el reembolso del crédito. Si no apare-cieran estos datos se podrá pagar el precioal contado o el nominal del crédito en losplazos convenidos. El pago no podrá serexigido al consumidor antes de la finaliza-ción del contrato.

Deben constar también datos de granimportancia como la relación de elementosque componen el coste total del crédito (aexcepción de los relativos al incumplimien-to de las obligaciones) especificando cuá-les integran el cálculo de la tasa equiva-lente.

No se podrán exigir al consumidor gastosque no estén especificados en el contrato.

Especialidad de los contratos vinculados(créditos al consumo)

Hay créditos de consumo que van directa-mente vinculados a operaciones principales,por ejemplo, el pago de un curso de ense-ñanza, un vehículo, las reformas de lacasa...

Este tipo de contratovinculado da una seriede garantías al consu-midor, ya que cuandolos bienes o serviciosobjeto del contrato nohayan sido entregadosen todo o en parte obien no sea conforme a

lo pactado en el contrato y se haya procedi-do a realizar la pertinente reclamación alrespecto, el consumidor tendrá derecho aejercitar frente a la entidad los mismos

Guías del Consumidor de FACUA: reunificación de deudas

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Es importante no dejarsellevar por los intereses de

una sociedad consumista yadquirir los bienes quuerealmente se necesitan

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derechos que le correspondan frente al pro-veedor de los bienes o servicios.

Para que se dé este carácter de vincula-do, el contrato debe cumplir tres requisitos:

- Que el consumidor, para la adquisicióndel bien o servicio, haya concertado uncontrato de concesión de crédito ante unempresario distinto al proveedor del ser-vicio.- Que entre el concedente del crédito y elproveedor de los bienes o servicios existaun acuerdo previo concertado en exclusiva.- Que el consumidor haya obtenido el cré-dito en aplicación del acuerdo mencionadoanteriormente.

Es esencial tener clara esta información en lapráctica ya que si, por ejemplo, el consumi-dor compra un aire acondicionado financián-

dolo con un crédito de este tipo y finalmenteel aire no funciona y hay que devolverlo (sinque haya sustitución del mismo), el créditose debería parar y no tendría que pagar elresto de las cuotas.

De todos modos, para realizar este tipo deoperación es necesaria la asistencia de unprofesional jurídico que asesore al usuario enlos pasos a seguir.

Créditos rápidos

Son créditos por pequeñas cantidades eco-nómicas, suelen tener una publicidad muyagresiva y en teoría las entidades prestamis-tas no suelen exigir muchos requisitos parala concesión de los mismos.

El problema está en que el interés por elque se suelen contratar este tipo de crédi-tos suele ser muy alto, llegando incluso

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La reunificación de deudases la unión de todos los

préstamos en uno, pagandomenos a final de mess pero con

unos intereses muy altos

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hasta el 25 ó 30% de la Tasa AnualEquivalente (TAE).

Ésto quiere decir que el precio que se vaa pagar por el préstamo de esa cantidad dedinero es excesivamente alto. Hay que serconscientes de esta información, ya que qui-zás sea conveniente plantear la situación auna entidad bancaria tradicional para gestio-nar algún otro tipo de producto que pudierasatisfacer las necesidades que se quierancubrir. Por ejemplo, es posible que a travésde una tarjeta de crédito se puedan conse-guir cantidades similares pagando menosintereses.

Hay que tener en cuenta que el impagoen este tipo de productos suele generarunos intereses moratorios también muyaltos, ya que al no realizar estudio de sol-vencia del cliente el riesgo de que se pro-duzca un impago es alto, por lo que coneste tipo de intereses se suele compensareste riesgo.

Préstamos hipotecarios

Este contrato es trascendental para la mayo-ría de los consumidores ya que a través delmismo se accede a la adquisición de lavivienda, quedando endeudados con la enti-dad bancaria durante un largo periodo detiempo.

A este carácter trascendental hay quesumar el de la complejidad, lo que da como

Guías del Consumidor de FACUA: reunificación de deudas

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El aumento del númerode préstamos contratados

está haciendo peligrarmuchas economías

familiares

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resultado una situación delicada para losintereses del consumidor.

Es por ello que la normativa exige undeber de información más alto a la entidadbancaria, de forma que el consumidor puedadar el consentimiento al contrato teniendouna información adecuada.

Es un deber de la entidad bancaria dispo-ner de un folleto con información clara, deta-llada y fácilmente comprensible sobre elpréstamo hipotecario. Este folleto deberácontener:

- Denominación comercial de la entidad.- Plazo.- Tipos de interés y comisiones aplicables.- Gastos e importes de las cuotas.

La entidad deberá facilitar al cliente, tras elestudio de la operación financiera, unaoferta vinculante. Esta oferta deberá for-malizarse por escrito,firmada por un repre-sentante de la entidady contendrá todas lascondiciones financie-ras; será obligatoriadurante al menos diezdías.

Una vez firmada laoferta vinculante se deberá proceder a la for-malización del contrato mediante firmas enescritura pública. En la misma deberán cons-tar claramente diferenciadas las cláusulasfinancieras del préstamo (cuestiones al capi-tal del préstamo, la amortización, condicionesde la facultad de reembolso anticipado,comisiones aplicables...).

A pesar de la obligación de informaciónque tiene la entidad, se recomienda el aseso-ramiento de un profesional para la explica-

ción de las cláusulas financieras, que enmuchas ocasiones son de difícil comprensiónpara el consumidor.

REUNIFICACIÓN DE DEUDAS

Una mala gestión en los contratosanteriormente indicados puede conlle-var que los consumidores se enfren-

ten a una situación de riesgo respecto a lasolvencia en los distintos productos finan-cieros contratados. Es decir, que les cuestehacer frente al pago de todas las cuotastodos los meses.

Con la reunificación de deudas se con-sigue que a través de la unión de los dis-tintos préstamos se rebaje la cuota a pagara final de mes. Es decir, el usuario pasaráa pagar una sola cuota por una cantidadmás baja.

En principio, la mejora resulta notable. Elproblema es que si sesuman las cantidadesque se van a pagardurante todos los años,las cuentas no salentan claras para el con-sumidor, ya que tendráque pagar mucho másdinero en intereses,

costes que genera el contrato y, porsupuesto, el beneficio de la empresa oempresas que hayan participado en elnegocio de la reunificación, de lo que hubie-ra llegado a pagar en la situación anterior.

TIPOS DE EMPRESAS

Cuando el consumidor comienza aestudiar la posibilidad de realizar uncontrato de reunificación de deudas,

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Las entidades intermediariassólo ejercen como gestoras

para conseguir a susclientes un producto ppara la

reunificación de deudas

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Guías del Consumidor de FACUA: reunificación de deudas

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debe saber antes que nada el tipo deempresas que se va a encontrar.

Entidades intermediarias

Existen multitud de empresas que estánespecializadas en gestionar a sus clientesla búsqueda de un producto para la reuni-ficación de deudas.

Hay que tener claro que esta empresano reunifica las deudas, sino que lo quehace es buscar a otra empresa que realiceesa operación.

Es convenientesaber que si se utili-za como intermedia-ria una de estasempresas, el preciode la operación va aelevarse ya que elconsumidor tendráque asumir tanto lascomisiones y ganancias de esta entidadcomo de la que le realice la operación deforma efectiva.

Este tipo de empresas suele cobrar unacantidad inicial para que se realice la ges-tión, el estudio y la presentación a las enti-dades financieras y un porcentaje del pagode la cuota de la refinanciación.

Se debe tener cuidado, porque cabe laposibilidad de que se pague la cantidad parainiciar la tramitación y esta empresa no con-siga que ninguna financiera acepte las condi-ciones de financiación. En este caso es posi-ble que no se puedan recuperar las cantida-des pagadas por el usuario.

En caso de duda es conveniente dirigir-se al Banco de España para saber si quienestá realizando una oferta de reunificaciónde deudas es una entidad bancaria inscrita

en los Registros Oficiales del Banco deEspaña o es una intermediaria.

Financieras

Son las entidades que van a realizar deforma efectiva la reunificación del préstamo.

A esta entidad es a la que finalmente elusuario le tendrá que pagar la cuota (salvoel porcentaje que tenga la intermediaria) yde la que se convertirá en deudor.

Es la que ofertará las condiciones delnuevo préstamo y a la que habrá que

pagar las comisionespropias de la realiza-ción de la operación.

Trabajar directa-mente con este tipode entidades va aabaratar el coste dela operación, aunquehay que ser conscien-

tes de la complejidad de este tipo de con-tratos, así como de la necesidad de buscary comparar la mejor oferta entre las distin-tas entidades.

Si el usuario no se ve capacitado pararealizar este tipo de gestiones, sería con-veniente que se pusiera en manos de unprofesional que le asesore respecto a laoperación a realizar.

REGISTRO DE ENTIDADES

Si bien no existe todavía una normati-va respecto a este aspecto, es con-veniente indicar que sí existe (a

fecha de 12 de septiembre de 2007) unanteproyecto de ley que regula los servi-cios de intermediación y contratación decréditos o préstamos.

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El consumidor debe serasesorado por expertos

antes de contratar cualquierproducto financiero si qquiere

evitar gastos adicionales

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En el mismo se prevé crear un registropara este tipo de entidades. Éste tienemayor relevancia ante las empresas queactúan como intermediarias, ya que lasque actúan comofinancieras suelenejercer más activida-des bancarias yestán controladaspor el Banco deEspaña.

La existencia deun registro de estascaracterísticas ayudará a crear un mercadomás transparente en este tipo de operacio-nes y facilitará la posibilidad de reclama-ción del consumidor al poder localizar confacilidad a la entidad.

Evidentemente, en el momento en elque se cree el referido registro sería con-veniente constatar que la entidad con laque se vaya a trabajar esté debidamenteinscrita en el mismo, ya que esto dará másseguridad en las operaciones.

COSTE DE LA OPERACIÓN

Este contrato, como ya se indicaba ante-riormente, no es precisamente econó-mico para el consumidor ya que genera

una serie de gastos que debe asumir para larealización del mismo:

- En la operación de reunificación de deu-das hay que tener en cuenta que los crédi-tos existentes antes de la operación debe-rán ser cancelados.La cancelación de los créditos suele venirasociada a una comisión que se deberápagar a la entidad con la cual se tenía elpréstamo en un inicio.

- La operación de reunificación de deudas,al estar relacionada directamente con unpréstamo hipotecario, deberá pasar por elRegistro de la Propiedad; evidentemente

este trámite va agenerar unos gastosde gestión, así comolos honorarios propiosde la notaría o tasasregistrales.- Tal y como se indi-caba anteriormente, sipara la consecución

de la operación se ha contratado con unaentidad intermediaria, se le deberá pagar aésta los gastos de gestión previa a la reali-zación de la operación, así como un por-centaje de la cuota.- Evidentemente, la entidad que realice laoperación lo hará en base a un beneficioeconómico. Éste se concretará en unaaplicación de intereses mucho más altosde lo que se tenía contratado con anterio-ridad, por lo que es recomendable tomarnota del TAE de esta operación.

CONCLUSIÓN

Una vez analizado el tipo de contrato dereunificación de deudas se puedesacar una conclusión clara: es un con-

trato caro, que si bien puede aliviar de unaforma temporal una determinada situacióneconómica, le está generando al usuario unaserie de gastos que tendrá que asumir en elfuturo.

Además hay que darse cuenta de que seestá alargando el plazo de financiación deunos bienes por un tiempo que no coincidecon la vida real de los mismos. Se podríaestar pagando la cuota del coche o del curso

Guías del Consumidor de FACUA: reunificación de deudas

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La reunificación de deudassupone sólo un alivio temporal

de una mala situacióneconómica a la que hhabrá que

hacer frente en el futuro

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de enseñanza durante treinta años, por loque habrá un momento en el que el consu-midor se verá en la obligación de contratarnuevos préstamos (coche nuevo, muebles,otro curso...) y la reunificación de deudasque se había realizado dejaría de tener senti-do, ya que las cuotas volverían a pesar sobrela nómina.

Teniendo en cuenta lo anterior, este con-trato es un producto financiero que está en elmercado y que utilizado de una forma conve-niente podría adecuarse a las necesidadesde algunos consumidores.

Sin embargo, es aconsejable realizar unestudio adecuado sobre la conveniencia de lacontratación de una reunificación de deudaspara cada caso concreto ya que un error eneste aspecto podría agravar en un futuro lasituación de endeudamiento.

No se debe olvidar que la necesidad de lacontratación de este producto se generacuando se está en una situación de sobreen-deudamiento que hace peligrar la solvenciaeconómica del consumidor. Por ello, lo másimportante es prevenir.

En este sentido, para evitar situacionesde sobreendeudamiento hay que ser cons-cientes del nivel de vida que se puede llevarteniendo en cuenta los ingresos habitualesde cada uno.

Es importante no dejarse llevar por losintereses de una sociedad consumista quecrea la necesidad de adquirir unos deter-minados bienes que realmente no se nece-sitan.

No hay que olvidar, finalmente, que estetipo de contrato es un remedio demasiadocaro para dar solución a problemas con-cretos y que lo ideal sería realizar un con-sumo responsable y adecuado a las posibi-lidades económicas de cada uno.

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