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AÑO X X X . Madrid 25 de Octubre de 1919. NÚM. 20. La Farmacia Moderna REVISTA DECENAL, PROFESIONAL Y CIENTIFICA ÓRGANO OFICIAL DE LOS COLEGIOS DE FARMACÉUTICOS DE MÁLAGA, SANTANDER, LOGROÑO, CIUDAD REAL, MURCIA, TOLEDO, CÁDIZ, SEVILLA, ALBACETE. BADAJOZ Y GUIPÚZCOA SE PUBLICA LOS DÍAS 10 Y 25 DE CADA MES Director: D. LUIS SIBON! Redactor científico: D. ANGEL BELLOGIN Páginas. Sección profesional...—¿í? decena 245 Nuestros deudores 246 Bases de igualación farmacéu- tica 248 Unión Farmacéutica Nacional. 249 Patronato de Farmacéuticos... 250 Sección ofleial —Real decreto sobre elaboración y venta de vacunas y sueros.. 251 Sección científica. —Química biológica 254 . Análisis farmacológico 256 Farmacografia y Terapéutica.. 257 Sueltos y noticias 258 DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: CONCEPCIÓN JERÓNIMA, 35 Y 37, 3.° DERECHA M A O K 1 13 CONDICIONES EDITORIALES í. LA FARMACIA MODERNA, que se publica en pliego de 16 páginas de texto, reparte periódicamente Tratados y Estudios especiales, que equivale a 8 pági- nas de Folletín en cada número. II. El precio de la suscripción, 10 pesetas en toda España y 20 pesetas en Ul- tramar y en ol Extranjei'o. Anuncios y comunicados, a precios convencionales. III. Toda la correspondencia de Administración y Dirección, a D. Luis Sibo- ni, Concepción Jerónima, 35 y 37, 3.° derecha, Madrid. Corresponsales: En Barcelona, D. José Vallés y Ribó, calle de Mallofca, número 253, entresuelo, 1.a En Zaragoza, D. Jesús M.a Zuluoaga, Don Alfonso I, núm. 8, En Valladolid, D. Eugenio Martín Bellogin, Rinconada, núm. 32.

REVISTA DECENAL, PROFESIONAL Y CIENTIFICA

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Page 1: REVISTA DECENAL, PROFESIONAL Y CIENTIFICA

AÑO XXX. Madrid 25 de Octubre de 1919. NÚM. 20.

La Farmacia Moderna R E V I S T A D E C E N A L , P R O F E S I O N A L Y C I E N T I F I C A

ÓRGANO O F I C I A L DE LOS C O L E G I O S D E FARMACÉUTICOS D E MÁLAGA, S A N T A N D E R , LOGROÑO,

C I U D A D R E A L , M U R C I A , T O L E D O , CÁDIZ, S E V I L L A , A L B A C E T E . BADAJOZ Y GUIPÚZCOA

S E P U B L I C A L O S D Í A S 10 Y 25 D E C A D A M E S

Director: D. L U I S SIBON! Redactor científico: D. A N G E L B E L L O G I N

Páginas.

S e c c i ó n pro fe s iona l . . .—¿í? decena 245 Nuestros deudores 246 Bases de igualación farmacéu­

tica 248 Unión Farmacéutica Nacional. 249 Patronato de Farmacéuticos... 250

S e c c i ó n of le ia l —Real decreto sobre elaboración y venta de vacunas y sueros.. • 251

S e c c i ó n c i e n t í f i c a . —Química biológica 254 . Análisis farmacológico 256

Farmacografia y Terapéutica.. 257 S u e l t o s y n o t i c i a s 258

D I R E C C I Ó N Y A D M I N I S T R A C I Ó N : CONCEPCIÓN JERÓNIMA, 35 Y 37, 3.° DERECHA

M A O K 1 13

CONDICIONES EDITORIALES

í . LA FARMACIA MODERNA, que se publica en pliego de 16 pág ina s de texto, reparte per iódicamente Tratados y Estudios especiales, que equivale a 8 pág i ­nas de Fol let ín en cada número .

I I . E l precio de la suscr ipc ión , 10 pesetas en toda E s p a ñ a y 20 pesetas en U l ­tramar y en ol Extranjei'o. Anuncios y comunicados, a precios convencionales.

I I I . Toda la correspondencia de Adminis t rac ión y Dirección, a D . Luis Sibo-n i , Concepción J e r ó n i m a , 35 y 37, 3.° derecha, Madrid.

Corresponsales: En Barcelona, D. José Vallés y Ribó, calle de Mallofca, número 253, entresuelo, 1.a

En Zaragoza, D . Jesús M.a Zuluoaga, Don Alfonso I , n ú m . 8, En Valladolid, D. Eugenio Mart ín Bellogin, Rinconada, n ú m . 32.

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S E C C I O N D E A N U N C I O S

R egente: Se neceaita con urgencia para un pueblo de Navarra. Dirlrge a D. Manuel Negrillos, en Pam-. piona.

Farmacia: En pueblo importante de Asturias, con inmejorables vias de comunicación y buena producción demostrable. Se vende, por motivos de salud. Para más detalles, dirigirse a D. Aureliano Pen óte, en

Noreña (Oviedo).

Buena ocasión: 8e vende partido farmacéutico, en la provincia de Salamanca, por dejar su dueño la pro­fesión. Se cederá en su producto líquido anual, que es de unas 4.000 pesetas, más el valor material de

la oficina. Detalles: D. Julio de Remiro y Bustos, Procurador, en Medina del Campo.

Practicante: Se necesita con buena práctica, excelentes informes y, a ser posible, soltero, para la farmacia de D. Darío Pérez, en Ramales (Santander).

Farmacia: Se vende, única, en pequeña villa del Norte, distante de la más próxima más de 25 kilómetros Titular con 500 pesetas y más de 20.000 de venta anual. Precio: 17.000 pesetas. Informes: E n esta Ad­

ministración^ .

Farmacéutico: Se ofrece para regentar farmacia o laboratorio, o viajar por casa de productos químicofar-macéuticos. con propaganda científica. Dirigirse a D. Gómez, en Alcoy, Anselmo Araeil, 11.

Farmacia de Los Oerralbos (Toledo), a menos de dos kilómetros de la estación de Illán, se vende al conta­do o a plazos. Deja 6.000 pesetas libres. Informará D. Arturo Avila, farmacéutico en dicho pueblo.

n población importante y rica, distante dos k lómetros, donde hay Universidad, se traspasa la única far­macia establecida desde tiempo inmemorial. No hay droguería ni intrusos, y tiene dos médicos. Dirí-

janse con sello a D. Pedro Capel, Lista de Correos, Granada. • | _

Regente: Se necesita con urgencia para la farmacia de D.a Teresa Morillo, viuda de García, en Santibáñez de Zarzaguda (Burgos). Honorarios: 100 pesetas mensuales y asistencia. Dirigirse, con informes, a

dicha señora. e vende, en Huesca, farmacia, por causas ajenas a la profesión. Informará el Director de esta Revista, en-

viándole sello para remitir las cartas al interesado. s

Regente: Se desea soltero, con algunos años de práctica, estable y de buenas costumbres, para la farmacia de las hijas de D. Hermenegildo Marina. Dirigirse, con informes y condiciones, a D. Francisco Mari-

na, en Ayllón (Segovia). .

Se arrienda o vende en buenas condiciones, por no poder atenderla su dueño, farmacia bien acreditada, en ciudad con estación de ferrocarril. Inl'orm rá D. Félix Abad, en Tarazona de Aragón.

Farmacia: Por retirarse su dut-ño de la profesión, se vende la única establecida, hace cuarenta y un años, en la Magdalena de Garaño (León), Centro minero, con cuatro carreteras, y a 16 kilómetros del térro

carril. Las ventas al contado, sin igualas, son de 18 a 20.030 pesetas anuales y dos titulares de Beneficencia. Si le conviniese al comprador, se vende tnmbién la casa en que está instalada la farmacia. Para el precio y condiciones, dirigirse a su dueño, D. Manuel García del Palacio, por León, en dicho pueblo.

Practicante de farmacia, se ofrece interno o externo. Dirigirse a José Luis Bellido, ea Paradinas de San Juan (Salamanca). ,

armada: Por retirarse de la profesión, se vende la única establecida, hace más de cincuenta años, en pueblo importante de la provincia de Cuenca con excelentes rendimientos demostrables y facilidades

para el paso. Dirigirse, con sello, al Director de'esta Revista, para enviar cartas al interesado. Larmacéutico: Se ofrece para regentare dar forma legal a farmacia o laboratorio en capital, cabeza de i partido o pueblo importante, con buenas vías de comunicación. Informarán Rived y Choliz, en

Zaragoza. .

(practicante: Se necesita con buena práctica y excelentes informes, soltero y libre de quintas. Sueldo: 50 pe­setas mensuales y asistencia completa. Dirigirse a D. Angel Chacón, farmacéutico, en Santa Lucia

(León). practicante: Se necesita en la farmacia de D. Agustín Bravo, en Oudillero (Oviedo). Sueldo: 45 pesetas y I asistencia. Indispeusii ble buenas referencia. l^n pueblo importante de la provincia de Valladolid se vende la única farmacia establecida. Es de buenos .Ci rendimientos y ofrece considerable aumento de éstos. Informará el Director de esta Revista. Se arren­dará la magnífica casa en que está instalada. - . i ai maeia: Por trasladarse su dueño, se vende la única establecida en Salorino (Cáeeres), bien surtida y i acreditada, con un anejo y dos titulares, a 12 kilómetros del ferrocarril. Produce anualmente de 5 a

6.000 pesetas libres deiuostrables. Dirigirse a D. Francisco Cameno, farmacéutico en dicho pueblo. i lector en Farmacia: Ofrécese como Regente en Madrid. También aportaría importante negocio de especí-1/ fleo. Dirección: Por escrito ..enviando sello, al Administrador de esta Revista. Liracticante, de pocas pretensiones y para muy escaso trabajo, se necesita en la farmacia dé D. José t Andrés Moreno. Dirigirse a dicho profesor, en Castillejo de Robledo (Soria). we vende, en precio ventajoso, un mostrador con tablero de mármol, mesa de i rabajo, varias estanterías

y aparadores de farmacia. Informarán los Sres. Fernández Camvell y Compañía, en Montilla (Córdoba), o e necesita práctico estable, bien impuesto de representación y buenos informes de dos últimas farmacias. n Ganará 40 pesetas al mes y asistencia. Luis Liras, en Villadiego. _ _ _ _ _ _ _

N egente: Se necesita con urgencia para la farmacia de D.a Aniana García, viuda de Baquedano, en Mendi-gorría (Navarra).

Farmacia: Se traspasa, por enfermedad, la establecida hace cuarenta años eu paeblo distante de Salaman­ca 25 kilómetros, y medio de la estación férrea de su nombre, ambos por carretera. Tiene buenos ren­

dimientos demostrables. Informes, D. Eloy Hernáodez, Farmacéutico en Barbadillo (Salamanca). armacia: Se desea vender en pueblo importante de Aragón. Cuenta muchos años de existencia. Dirigirse

al gerente del Centro Farmacéutico Nacional en Madrid.

Por defunción de su dueño, D. Emilio Possetti, se vende en buenas condiciones farmacia en Santibáñez de Tera, con 1.000 igualados. Para más detalles, entenderse con D. Esteban Quintanilla, en dicho pueblo,

provincia de Zamora. Villódrigo (Palencia), con estación férrea, se vende, al contado o a plazos, la farmacia con su partido,

\ \ constituido por siete pueblos. Para más detalles, dirigirse a D. Vicente Sáiz, en dicho pueblo.

K egente: Se necesita con urgencia para la farmacia de la señora viuda de Navarro, en Calzada de Oalatra-va (Ciudad Real). Dirigirse, con condiciones, a dicha señora.

For retirarse su dueño de la profesión, se traspasa la farmacia de D. Vicente Cortés, en Granada, y sitio tan céntrico como el de la Plaza Nueva. Diríjanse a dicho profesor.

Se vende, por fallecimiento de su propietario, en muy buenas c judieiones, la farmacia de un pueblo de la provincia de Zaragoza. Produce 4.500 pesetas; cobro, garantizado. Informarán Rived y Choliz, Za­

ragoza.

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AÑO X X X L A F A R M A C I A M O D E R N A NÚM. 20

SECCIÓN PROFESIONAL

L A . D E C E N A

' El último plagio de la temporada

L a sombra de S á n c h e z Guerra , de aquel min i s t ro de l a G o b e r n a c i ó n que para ev i ta r se le subiera a las barbas La rgo Caballero, gerente de las farmacias de la M u t u a l i d a d Obrera, poniendo en riesgo de enturbiarse la mansa corr iente del orden p ú b l i c o , c i é r n e s e , s e g ú n demostraremos seguidamente, sobre la Comis ión nombrada por el Hr. Burgos y Mazo para p e r g e ñ a r , con menoscabo de la compe­tencia y atr ibuciones del Real Consejo de Sanidad, u n proyecto de reformas sa­n i t a r i a s .

Pero antes de penetrar en la d e m o s t r a c i ó n , hemos de contestar a l equivocado concepto que vemos estampado en un ed i to r ia l de E l Siglo Médico, que es el s i ­guiente : «Es t r i s te decir lo, pero es necesario s e ñ a l a r l o : existen elementos en l a Prensa general y en la m é d i c a que se d i r í a t ienen u n verdadero i n t e r é s en sem­bra r semillas de desconfianza, escepticismo y d e s c o n t e n t o . » No queremos supo­ner que lo que queda copiado cons t i tuye una de tantas manifestaciones de la l l a ­mada m a n í a persecutoria, pero como quiera que a r e n g l ó n seguido se acusa a l a Prensa de no reproduc i r fielmente, lo cua l equivale a a f i rmar que los tergiversa o adul tera , los acuerdos resultantes de las deliberaciones de dicha Comis ión , hemos de rec t i f icar t a n g r a tu i t o supuesto en los t é r m i n o s siguientes:

Como l a r ama f a r m a c é u t i c a de la Prensa m é d i c a no frecuenta los salones del Min i s te r io , porque no quiere estar en ellos como ga l lo en ga l l ine ro ajeno, tiene que c e ñ i r s e en su i n f o r m a c i ó n a copiar lo que la Prensa p o l í t i c a log ra conocer de esos acuerdos mismos. E n c á r e s e , por tanto, E l Siglo Médico con los reporters de l a Prensa not ic iera , y sea mas i m p a r c i a l y justo con estos modestos obreros de la profesional , a los que una t r is te exper iencia de desconsideraciones y t am­b i é n de pretericiones ha apartado de aquellos sitios en que se consideran estar d e m á s .

Y vamos con lo de que la sombra de S á n c h e z Guerra c i é r n e s e sobre la Comi­s ión l l amada a dar la pau ta de u n nuevo r é g i m e n sani tar io .

Y a conocen nuestros lectores var ias de las reformas esbozadas por los comi­sionados. Es de creer que por no estar versados en estos asuntos de trasiego gube rna t ivo , h a y a n dado por supuesto que esas reformas han brotado e s p o n t á ­neamente de los cerebros de los aludidos s e ñ o r e s . De p r i m e r a i n t e n c i ó n a s í lo c r e í m o s t a m b i é n nosotros; pero revo lv iendo papeles hemos logrado comprobar que la m a y o r par te de l a obra real izada por los ponentes es un admi rab le p lag io de l p royec to de l e y de Epidemias presentado por el c i tado m i n i s t r o en N o v i e m ­bre de 1914 a la d e l i b e r a c i ó n de las Cortes, que c o m e n z ó a discutirse en e l Con­greso y de a l l í no p a s ó .

V á y a s e tomando nota de los comprobantes que aportamos para hacer en firme t a l a f i r m a c i ó n :

Madrid, 25 de Octubre de 1919

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216 L A F A R M A C I A M O D E R N A

E l a r t í c u l o 15 de dicho proyecto do l ey dice a s í : « P a r a el mejor cumpl imien to de esta l ey . los m é d i c o s t i tu lares s e r á n t ransformados en inspectores municipales de Sanidad de sus respectivos munic ip ios o circunscr ipciones , y a fin de que puedan ejercer sus cargos con las debidas au to r idad e independencia, y que la i n s p e c c i ó n sani tar ia , hasta en su grado mínimo,, resulte f u n c i ó n cen t ra l o del Es­tado, se d i s p o n d r á por el min is te r io de Hacieurda la forma c ó m o i n g r e s a r á n los Ayun tamien to s en el Tesoro p ú b l i c o el impor te de sus t i tu lares , con arreglo a las cuotas de c las i f i cac ión que a cada pueblo correspondan, e n c a r g á n d o s e el Estado por su parte del pago directo a los m é d i c o s de sus respectivos h a b e r e s . » (Como se ve , hasta en lo de e x c l u i r a los f a r m a c é u t i c o s t i tu lares del beneficio que ha­b r í a de reportar les ser emancipados de la p é s i m a a d m i n i s t r a c i ó n concej i l , p la­g i an los s e ñ o r e s de la C o m i s i ó n a l autor de este proyecto de l ey . )

Y sigue el p lag io , pues en ese mismo a r t í c u l o 15 constan las siguientes nor­mas, que p a r é c e n s e , como una a otra c a s t a ñ a , a lo que proponen los vocales de esa Comis ión : «Los inspectores munic ipa les d e p e n d e r á n inmedia tamente de los del d i s t r i to y de la p r o v i n c i a a que c o r r e s p o n d a n . . . »

«Al inspector m u n i c i p a l compete la asistencia g r a t u i t a a las fami l ias pobres, sin pe rc ib i r por ello m á s sueldo que el de l a i n s p e c c i ó n san i ta r ia . En los pueblos donde haya m á s de u n m é d i c o m u n i c i p a l , el m á s an t iguo s e r á el jefe de ellos y el encargado de la oficina de Sanidad y de la s e c r e t a r í a de la J u n t a . »

P o d r í a m o s c i t a r otros a r t í c u l o s de dicho proyecto de ley fracasado, que, por lo v is to , los s e ñ o r e s de l a Comis ión acaban de exhumar pa ra cambia r l e se­guramente de sepultura, y con ellos q u e d a r í a test imoniado, si no lo estuviera y a , que lo e s t á , que g r an par te de las reformas propuestas por los mismos, lejos de ser f ruto bien madurado de sus i n i c i a t i va s , resu l tan ser u n re f r i to y u n p lagio que no hacen g r a n honor, por cierto, a su bien probada in t e l ec tua l idad .

Pero s iquiera sea para que nuestros lectores se den cuenta de que el p lag io t iene a veces c a r á c t e r e p i d é m i c o , y por recordar ahora en q u é forma se ha con­vocado recientemente a una o p o s i c i ó n - c o n c u r s o para proveer l a vacante de jefe de la s ecc ión de B a c t e r i o l o g í a del I n s t i t u t o de Alfonso X I I I , v é a s e lo que se es­t a tuye en el tantas veces mentado proyecto de l ey : « E n adelante, se i n g r e s a r á en él Cuerpo de inspectores de d i s t r i to (actualmente subdelegados de Med ic ina ) , por c o n c u r s o - o p o s i c i ó n , y se e x i g i r á a l aspirante, antes de ser nombrado en pro­piedad, el t í t u l o o d ip loma de Médico sani tar io , expedido por el I n s t i t u t o Nacio­n a l de Alfonso X I I I . »

Basta, porque con lo expuesto demostrado queda que en el Min i s t e r io de la G o b e r n a c i ó n , en vez de funcionar ins t rumentos que determinen e v o l u c i ó n y ' p r o ­greso, lo que realmente funciona es una arcaica nor ia que da vue l t a a los mis­mos canjilones.

> u í h 8 «o t o b m y ^ ix.) •• •• •• L> .S i

ISTTUESTAOS IDEXUDOFUES

LA FARMACIA MODERNA acoge en sus columnas el siguiente trabajo de Vida Sanita­r i a , que ha publicado E l Debate, con firma tan autorizada como la que figura al final del mismo:

«La actitud do las clases sanitarias de Jerez ha suscitado en los periódicos políticos muy elocuentes v fervorosos ar t ículos eu favor de los médicos titulares. De los más entusias-

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L A F A R M A C I A M O D E R N A 247

tas, E l Debate, con la noble intención que alienta en todas sus c a m p a ñ a s , describe el pe­noso calvarlo de tan dignísimos y sufridos profesionales; poro sin entablar comparaciones n i regatear méri tos , que somos los primeros en alabar y reconocer, nos ocurre la pregun­ta: ¿Alcanza tan sólo a los médicos la negligencia de los Ayuntamientos?

En la huelga de Jerez, que puede calificarse de histórica y m a r c a r á una fecha memora, ble eñ el ciclo de las reivindicaciones sociales, por ser el primer grito de protesta de la cla­se media, no toman parte médicos ú n i c a m e n t e . Fa rmacéu t i cos y veterinarios t ambién re­claman, al lado de aquéllos, por un rég imen de justicia. Sin embargo, n i una l ínea hemos visto dedicada a comentar la s i tuación de tan beneméri tos adalides de la salud púb l ica .

¿Olvido? ¿Preter ic ión? No. Tales son y tantos los que piden unas migajas de la protec­ción que tan Uberalmente se concede a otras clases menos ilustradas, pero mejor organi­zadas para la protesta, que omitir a tan dignos compañeros no obedece a pos tergac ión en «1 concepto público. Son un sumando más en la columna de los ciudadanos que, en v i r t u d del estado de cosas creado por la post-guerra, se encuentran entre el yunque y el marti l lo; u n grupo entre los que, cierto cronista brillautísiino llamaba, no ha mucho, los nuevos po­bres. Pero en ese variado conjunto de los que ven agitarse el problema de la vida cara sin poder hacerle frente con ganancias cuantiosas o emolumentos elevados adquiridos como producto o como pretexto de la misma carest ía; de la muchedumbre de individuos cuyo acervo le forman escaso y limitado número de granos de trigo, h a b r á n de irse destacando los diversos grupos sociales que la constituyen, y bueno es enfocar la d is t ra ída opinión hacia quienes tienen hambre de amparo.

Por lo que a los farmacéut icos se refiere, necesario es confesar que t ambién les asiste l a razón, «una razón abrumadora, que chima al cielo». El día en que trascienda a la Prensa diaria la relación do débitos de los Ayuntamientos de toda España por servicios fa rmacéu­ticos, se producirá un sentimiento de estupor y conmiseración. Porque el fa rmacéut ico , v íc t ima como el médico de todas las malas artes de la política de campanario, es un escla­vo de su propia carrera. El pasado lastre de un inmueble de traslación costosa y compli­cada le impide tender el vuelo a más propicio ambiente, y en el que le depa ró la desgra­cia hab rá de apurar el cáliz de amargura, que acaso no mojara sus labios si el factor pro­fesional estuviese constituido tan sólo por sus libros y su persona... Y al lá en un pueblo escondido, un proletario, que por su desgracia no viste blusa, ve pasar la vida y crecer sus obligaciones j su crédito contra el Ayuntamiento, cuya deuda es doblemente sagra­da, ya que supone remunerac ión de servicios profesionales y rest i tución del capital ade­lantado para adquirir componentes do-los medicamentos demandados. Triste estado, en verdad, para el que cursó estudios difíciles y dispendiosos. Destino aciago de quien, sa­liendo de la Universidad perfectamente capacitado para cooperar con su compañero el médico en la resolución de los mú tiples problemas de la higiene públ ica , se ve forzado a una labor rutinaria y mal pagada...

Mal pagada joor ¿odo.s1. El Municipio podrá cercenarle «el pan nuestro de cada día»; pero, en otros sectores de la vida oficial, al olvidarse del farmacéutico como factor atendi­ble en toda reforma sanitaria, se ¡e merma también ese pan del espír i tu, que es justa re­compensa a una preparación cultural y también estímulo para acrecentarla. Desvío harto mortificante, por cierto. ¡Bien necesaria es la caridad cristiana para decir que «perdona­mos a nuestros deudores»!

ALVARO DEL BUSTO»

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248 L A F A R M A C I A M O D E R N A

Bases para la igualación farmacéutica do la provincia de Castellón I . Los coutratos de iguala que se convengan para la prestación y re t r ibución corres.-

pondíen te del servicio farmacéutico en los pueblos, entre el fa rmacéut ico o farmacéutico& establecidos y los vecinos sus clientes, deberán formalizarse en compromiso escrito y fir­mado por los contratantes, siempre que el contrato se efectúe colectivamente por media­ción de alguna entidad representativa de los veciuos, y en él se h a r á n constar los dere­chos y los deberes que a cada parte corresponden con arreglo a lo que en estas bases se establece, pudiendo prescindirse de hacerlo por escrito cuando el contrato se ultime ind i ­vidualmente con cada, vecino; pero en ningi ín caso tendrá valor n i efecto sin la aproba­ción del Colegio y su inscripción en el registro que al electo ab r i r á la Corporación, cuyo requisito se notificará de oficio al colegiado haber tenido cumplimiento, o le ac red i t a rá la nota de haber quedado registrado con el número que le correspondiere, que se pondrá a l pie del documento, suscripta por el secretario y con el sello de la Corporación.

I I . Para los efectos del contrato de iguala se en tenderá por vecino o familia el instala­do por sí y la que conste de dos o tres individuos residentes en el té rmino municipal del pueblo o pueblos que constituyen el partido farmacéut ico . Los criados de uno y otro sexo que presten a aquéllos sus servicios, se considerarán comprendidos en la iguala de sus. familias respectivas, si residieren éstas en el pueblo o pueblos dfel partido, o como ind iv i ­duos aislados, o sean vecinos instalados por sí, si no tuvieren familia o residiera és ta , fuera de la demarcación que constituya el partido.

I I I . Los contratos de iguala podrá efectuarlos el farmacéut ico individualmeme con cada vecino aislado o familia de por sí o colectivamente por intermedio de los Ayunta­mientos, Sociedades u otras entidades representativas de los vecinos que se ofreciere, sin que esta circunstancia altere ni modifique el número de individuos o familias que deban estar sujetos a las resultas de la iguala.

Si la entidad contratanto fuese el Ayuntamiento, no deberá entenderse comprendido en estos contratos, de carác ter particular, el servicio de la Beneficencia municipal de ca­rác t e r público, pues ésta debe regirse por las disposiciones de la real orden circular de 1& de Abr i l de 1905.

I V . El farmacéut ico se obl igará en el contrato a facilitar por la cuota convenida, a los que se igualen, los medicamentos que consten en el Petitorio y Farmacopea oficiales v i ­gentes, que prescriban los médicos y veterinarios que ejercen en la localidad de su resi­dencia y pueblos del partido.

Los demás medicamentos que se formulen para el tratamiento de las enfermedades co­munes; los destinados a facilitar el parto, o prescritos con motivo de él; los necesarios-para la curación de las enfermedades venéreas , y lesiones; las especialidades y específicos^ los sueros, algodones, gasas; los destinados a fumigaciones y desinfección; los general­mente empleados en usos que no sean al terapéut ico o medicinal, y , en fin, los instrumen­tos, aparatos, enseres y úti les correspondientes al ramo de ortopedia, quedan excluidos-do la iguala, si bien podrá el farmacéut ico suministrarles, mediante el pago de los mis­mos, independientemente de ella.

V. La cuota mín ima anual de iguala que el farmacéut ico debe percibir por el suminis­tro de los medicamentos, que son del cargo de la misma señalados en la base anterior, será como mínimum diez pesetas por familia do dos o más individuos; la de un solo individuo, clasificado según establece la base I I , satisfará por iguala la mitad de lo que se señale en. el pueblo para una familia.

E» los pueblos agregados a la capitalidad de un partido será de siete pesetas cincuenta cént imos para todo vecino, sin distinción.

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L A F A R M A C I A M O D E R N A 249

Quedan excluidos eu absoluto de la iguala los anímalos domést icos y de labor. Estas condiciones no podrán ser alteradas en el contrato, ya se formalice individual ­

mente o colectivamente en la forma que determina la baso I I I . Siempre serán tantas •cuotas como individuos aislados y familias constitUN-an la población a igualar.

Los precios que r eg i r án la dispensación y despacho de lo que está excuído de la iguala se rán los de la tarifa oficial del Colegio.

V I . El pago de las cantidades que debe percibir el farmacéutico por iguala deberá ser •efectuado en metálico, eu conjunto o fraccionariamente por anualidades, semestres, t r i ­mestres o mensualmente, y por anticipado o vencido, según se estipule. El del importe de medicamentos y objetos exentos de la iguala serán igualmente en metálico y al contado.

V I I . E l igualado que, transcurridos seis meses después de terminado el año del con. trato, no hubiese satisfecho la cantidad que le corresponde por iguala, será eliminado del -servicio farmacéut ico a prestar en aquella forma, y el farmacéutico lo pondrá en conoci­miento do los compañeros que ejerzan en la localidad y pueblos limítrofes y eu el del Co­legio, a los efectos oportunos.

V I I I . N i n g ú n farmacéut ico admit i rá contratos de iguala en pueblos que, habiendo o-« o otro establecido, todos o la mayor ía de los vecinos paguen al contado los medicamen­tos; ni de vecinos que tuvieren por zanjar sus cuentas de la iguala con el farmacéut ico al que anteriormente hubiesen estado igualados; ni de pueblos que so hubiesen separado inmotivadamente del partido que cont inúe sirviendo el farmacéut ico quedes igualó, salvo euando por circunstancias imprescindibles precise establecer con ellos concierto, en cuyo caso el tipo de la iguala a establecer será el mismo que hubiere regido el anterior contra­to, siempre que estuviese contenido en las condiciones de la base V. Eu todos estos casos l a resolución de las.dificultades o diferencias que surgiesen entre los contratantes o entre los mismos facultativos, se rá del cargo del Colegio.

I X . Para ej cumplimiento de lo que se precep túa eu el art. 7.° de las Ordenanzas» de farmacia vigentes, los señores colegiados deberán estampar el selló de su oficina en las fórmulas que despachen, y cons ignarán en lugar del valor la palabra «igualado», en las que despacharen por razón del contrato igualatorio, puesto que en las demás está sujeto al cumplimiento de los preceptos generales de la tarifa del Colegio.

X . E l incumplimiento por parte del farmacéut ico de las prescripciones contenidas en «s tas bases, será objeto de la in tervención del Jurado de calificación del Colegio, como asunto de su exclusiva y ún ica competencia, el cual apl icará su fallo y sanción con arre­glo a lo que se dispone en los capítulos I V y V de los estatutos de la colegiación obligato­r i a existentes.

T r a n s i g í a . — E l día de San Miguel, 29 de Septiembre, o de Todos los Santos, 1.° do Noviembre, o de Navidad, 25 de Diciembre del corriente año, y de San Juan, 24 de Junio del año venidero próximo, fechas de término y renovación o de nuevo concierto de igua­las, se da rán por finiquitados todos los contratos de esta índole que vengan rigiendo, para adaptar los que hayan de continuar, a las condiciones establecidas en estas bases, a las cuales so a jus ta rán las igualas que de nuevo se concierten.

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U N I O N F A R M A C É U T I C A N A C I O N A L A L SR. MINISTRO DE L A GOBERNACION

Esta entidad ha leído las noticias publicadas acerca de los trabajos que realiza la Co­misión de personalidades médicas que, bajo la presidencia de V. E., se ocupa en el estudia •de las proyectadas reformas sanitarias.

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250 L A F A R M A C I A M O D E R N A

En una de las citadas notas se hace referencia al dictamen de una ponencia en que se-propone la conversión en inspectores municipales de Sanidad de los actuales médicos t i ­tulares, pagados directamente por el Estado.

Nada dice la nota respecto de los farmacéuticos; y ante este silencio, la Unión Farma­céut ica Nacional, como representación genuina de la elase fa rmacéu t ica , no puedo menos de acudir a V. E. recordando las reiteradas peticiones que tiene formuladas, a fin de que los haberes de los titulares farmacéut icos sean abonados por el Estado, como único medio de que éstos perciban sus menguados emolumentos, y de que sean redimidos de la omino­sa t i ranía caciquil, bajo la cual padecen todo género de vejaciones y atropellos.

La imperiosa necesidad de que el Estado se encargue del pago de los titulares farma­céut icos ha sido reconocida en diferentes ocasiones por los dignos antecesores de V. E., a quienes se ha dirigido la Unión Fa rmacéu t i ca Nacional; y ésta espera que teniendo V . E. el propósito de llevar al próximo presupuesto, según se consigna en la nota antes mencio­nada, las cantidades necesarias para que el Estado se encargue del pago de los t i tulares, en ellas h a b r á de incluir las que sean precisas para que esta forma de pago alcance a loa farmacéut icos , como demandan la equidad y la justicia.

Por lo expuesto, la Unión Fa rmacéu t i c a Nacional espera del recto espír i tu de V. E . que se d igna rá tener en cuenta la petición que en esta instancia se formula nuevamente^ para que los titulares farmacéut icos sean pagados por el Estado.

Dios guarde a V. E . muchos años.—Madrid, 24 de Septiembre de 1919.

PATRONATO DE FARMACEUTICOS

Resumen de a c t a s . — S e s i ó n de 14 de A b r i l de 1919.

Asistieron: Ruiz Giménez, U r e ñ a , De Vicente Romeo, Fraguas, Escribano, Bayod y F e r n á n d e z . Excusado por enfermedad, Madariaga.

Se acordó d i r ig i r escrito a la Alcaldía, acompañado del reglamento del Cuerpo de Ins­trucción general de Sanidad, manifestando entiende esta Junta que no le comprende a la. Corporación el real decreto del ministerio de Hacienda, haciendo extensivo el importe de cédulas personales a las personas ju r íd icas .

Se aprobó la inscripción en el Cuerpo de 16 comprofesores, por reunir sus expedienten los requisitos reglamentarios.

Se ocupó la Junta de 39 expedientes de provisión de titulares de la provincia do Ma­dr id , promovidos a consecuencia de reclamación del Patronato hecha al gobernador, y de tres circulares do esta autoridad a los Ayuntamientos, que fueron originadas por la dicha, rec lamación y publicadas en e\ Bolet ín Oficial, acordándose lo procedento en cada uno de ellos, a fin de que normalicen los servicios farmacéut icos de los mismos.

Fueron aprobados los contratos establecidos entre los titulares de Espinoso del Rey y de Domingo P é r e z , pueblos de la provincia de Toledo, con sus respectivos Ayuntamien­tos, y se acordó lo que a continuación se expresa en la provisión de las titulares siguien­tes: Escalona de Segovia, la adaptac ión del contrato estipulado en 1911; Utrera-Sevillar quedar enterada la Junta, con satisfacción, de la providencia gubernativa confirmando-en la t i tular al profeiaor elegido para desempeñar esto cargo en Salvatierra de Tormes; Sa­lamanca, interesar del Ayuntamiento estipule el oportuno contrato; en Villares de la Rei­na, de la misma provincia, que procede nuevo concurso o la ag regac ión al t i tular má» próx imo (art. l á del reglamento); y respecto a la creación de la titular de Bohoyo-Avila^

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que se informe favorablemente, sacando a co icurso la pla/.a croad*. Transcurrido el pla­zo que se concedió al profesor que viene disfrutando una de ¡as titulares de Casar de Cá-ceres, para que solicitara su inscripción en el Cuerpo, se acordó dirigirse a la autoridad gubernativa, in teresándole ordene al Ayuntamiento saque a concurso la ti tular fa rmacéu­tica, ya que el citado profesor carece de la referida indispensable condición de pertenecer al Cuerpo.

Vista la reclamación del de Fené , Coruña , se acordó dirigirse al ministro in teresándole ordene al gobernador obligue al Ayuntamiento asacar la titular a concurso y proveerla eu propiedad.

Dada cuenta del recurso de un farmacéutico de Monda, Málaga , se acordó volver a in ­teresar antecedentes que precisan para emitir informe con conocimieute de causa.

Visto el recurso del t i tu lar de Fuenmayor, Logroño, se acordó procede informar en el sentido de que el contrato debe ser adaptado a las disposiciones vigentes.

También se acordó pedir al gobernador de Burgos, para su informe, el recurso de al­zada del farmacéutico de Salas de los Infantes, contra acuerdo del Ayuntamiento de Cas-tr i l lo de la Reina, dest i tuyéndole de la t i tular.

SECCIÓN OFICIAL

MINISTERIO DE L A GOBERNACION

REAL. DECUETO

A propuesta del ministro de la Gobernación, de acuerdo con mi Consejo de ministros, oído el dictamen del Real Consejo de Sanidad,

Vengo en aprobar el adjunto Reglamento de la elaboración y venta do vacunas y sueros.

Dado eu Palacio a diez de Octubre de mi l novecientos diez y nueve.—ALFONSO.—El ministro de la Gobernación, Manuel de Burgos y Mazo.

Reglamento de l a e laborac ión y venta de vacunas y sueros.

Art ículo 1.° No podrá fabricarse virus, vacunas, toxinas, sueros y productos similares para la profilaxis, diagnóst ico y tratamiento de las enfermedades, sin previa autor ización de la Inspección general de Sanidad.

A r t . 2.° Dicha autor izac ión será solicitada por el director del laboratorio productor, indicando el producto o productos que se propone fabricar y los fundamentos científicos de su p reparac ión . A la instancia a c o m p a ñ a r á una Memoria descriptiva y planos del la-boratario, la forma en que los preparados han de ser puestos a la venta, los medios de conservación, la dosis, las caracter ís t icas de la actividad de los distintos productos y , final­mente, la duración máxima de ésta, p ,

Ar t . 3.° Para los productos nuevos deberá indicarse en la solicitud, además do los da­tos consignados en el articulo anterior, cuáles son, según la opinión del autor, las propie­dades del preparado que justifique su empleo para la prevención, la curación o el diag­nóstico de determinada enfermedad.

En el momento de presentar la instancia, el laboratorio productor a b o n a r á la cantidad

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de 25 pesetas como derechos de inscripción por cada uno de los productos. La inscripción para los laboratorios oficiales será gratui ta .

A r t . 4.° Para conceder la autor ización será preciso: a) Que la dirección técnica esté confiada a uu módico, a un farmacéut ico o a uu ve­

terinario de competencia reconocida. &) Que el personal sea suficiente y sano, teniéndole separado del laboratorio en tanto

duren sus enfermedades o las de sus familias, si son de carác te r contagioso. c) Que los animales empleados r e ú n a n las condiciones generales de sanidad precisas

para el uso a que hayan de ser destinados, estando bajo la vigilancia de un veterinario. d) Que tengan locales apropiados, dotados con los aparatos y út i les para la fabricación

y conservación de los productos. A r t . 5.° Antes de conceder la autor ización, la Inspección general de Sanidad ordena­

rá se lleve a cabo una visita de inspección por un delegado especial designado por a q u é ­lla, el que informará so"bre el cumplimiento de las condiciones seña ladas en los ar t ículos precedentes y sobre cuanto pueda ser interesante para la concesión de la au tor izac ión .

A r t . 6.° Una vez cumplidos los requisitos expresados, la Inspección general de Sani­dad concederá la autor ización solicitada en el plazo más breve posible. Esta au tor izac ión será valedera en tanto no se altere alguna de las condiciones de los productop, o en las inspecciones realizadas en lo sucesivo por el delegado especial se encuentre incumplida alguna de las condiciones con arreglo a las que fué concedida la autor ización.

A r t . 7,° Si por el productor fuera cambiada alguna de las condiciones señaladas al conceder la autor ización, neces i tará otra autor izac ión como si se tratase de un nuevo producto.

A r t . 8.° Cada producto neces i ta rá una autor ización expresa, y todo producto nuevo neces i tará igualmente au tor izac ión .

A r t . 9.° Los virus, vacunas, toxinas, sueros y productos similares fabricados en el extranjero', para ser introducidos en España necesitan:

a) Estar autorizados por los Gobiernos respectivos. 6) Sujetarse a todas las prescripciones que se dicten para el contraste y venta de los

productos nacionales. c) Autor ización especial concedida por la Inspección general, a petición del Inst i tuto

productor o de las entidades introductoras, oyendo a la técnica indicada en el a r t ícu lo si­guiente.

Ar t . 10. El estado vigi lará constantemente la pureza y eficacia de los productos a que se refiere ol presente reglamento. A este fin se c rea rá una oficina técnica de comproba­ción, dependiente de dicha Inspección general,, con el personal técnico nombrado por con­curso-oposición.

A r t . 11. La Inspección general, consultando a los laboratorios y Corporaciones cientí­ficas que juzgue conveniente, marca rá , en el plazo más breve posible, el cuadro de condi­ciones a que ha de someterse cada producto, durac ión máxima de su actividad y cantidad necesaria para él contraste.

Ar t . 12. Cuando lo crea conveniente la Inspección general, o rdena rá que sus delega­dos especiales recojan muestras de los productos de un laboratorio determinado, directa­mente en el mismo laboratorio o adquir iéndolos en los depósitos de venta en las cantida­des marcadas para cada producto por la oficina técnica de contraste, y en todo caso, con las necesarias g a r a n t í a s , ^ue serán remitidas para su ensayo a dicha oficina, la que en el tiempo más breve posible informará especialmente a la Inspección sobre la actividad de los productos, con arreglo a los procedimientos de medida adoptados.

A r t . 13. Si del estudio verificado por la oficina de contraste resultara incumplida al­guna de las condiciones a que debe sujetarse la fabricación y venta en términos que no sean perjudiciales para la salud públ ica , será puesto el hecho en conocimiento del labo-

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ratorio correspondiente, advir t iéndole que, de repetirse la falta en los productos que sal­gan del laboratorio desde la fecha de la comunicación, se e s t imará como reincidencia, y será inutilizado para su uso el lote.

Ar t . 14. Si las faltas observadas en el producto elaborado pudieran constituir un peli­gro para la salud pública, tanto por su inactividad como por encet-rar a lgún principio no­civo, se a n u l a r á la autor ización correspondiente al producto denunciado, y so ordenará la rápida recogida de todos los productos del lote examinado, y los demás , anteriores o pos­teriores, que existan en el mercado procedente del mismo laboratorio, ex ig iéndose las res­ponsabilidades a que hubiere lugar.

A r t . 15. Todo laboratorio al que por una u otra causa le hayan sido recogidas las autorizaciones, no podrá reanudar la fabricación sin solicitar nueva autor ización, demos­trando haber subsanado las faltas cometidas anteriormente, y compromet iéndose a no po­ner a la venta n i n g ú n producto de los fabricados sin que previamente obtenga la confor­midad de la oficina técnica de comprobación.

A r t . 16. La reincidencia l levará consigo la anulación temporal en las faltas leves, y la anulación definitiva de las autorizaciones en las graves; en el caso de no conformarse el preparador con lo dispuesto por la Inspección general de Sanidad, además de oírsele en el expediente formado, t endrá derecho a recurrir ante el ministro de la Gobernac ión .

A r t . 17. La venta de los productos objeto de este reglamento solamente podrá verifi­carse en los laboratorios productores y en las farmacias.

Ar t . 18. Será obligatorio que en la cubierta exterior de todo preparado se haga cons­tar el nombre del laboratorio productor y el de su director, el del producto, la cantidad contenida, la fecha de su fabricación y la de su durac ión máxima, y en los productos de aquellos Institutos que por faltas anteriores sean sometidos al previo contraste, la fecha de éste y el número del lote.

A r t . 19. Los que tengan en depósito para la venta los preparados a que se refiere este reglamento, cumpl i rán todo lo qne se prescriba para la conservación de cada uno, y no vende rán los alterados o aquellos para los que haya pasado el tiempo máximo de dura-ración de su actividad o no se ajusten a las anteriores disposiciones.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. Los laboratorios particulares u oficiales productores de sueros y vacunas dis­pondrán de seis meses, desde la fecha de publicación de este reglamento, para solicitar las autorizaciones correspondientes y ponerse en las condiciones en él seña ladas .

Por esta autor ización se cobrarán , por derechos de ioscripción, cinco pesetas por cada uno de los productos que fabriquen on la actualidad, excepto para los laboratorios de ca­rác te r oficial, para los que la inscripción será gratui ta .

Segunda. Las medidas consignadas en el presente reglamento no tendrán aplicación a los productos aludidos en el mismo o sus similares que puedan fabricarse en laboratorios o Centros dependientes de los ministerios de Guerra o Marina y que se destinen al Ejérci­to o Armada.

Madrid, 10 de Octubre de 1919.—Aprobado por S, M.—Manuel de Burgos y Mazo.— {Gaceta del 13.)

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SECCION CIENTÍEICA

Q U Í M I C A B I O L Ó G I C A

A l b u m i n u r i a s i m u l a d a . — I n v e s t i g a c i ó n de l a o v o a l b ú m i n a .

Aunque son muchos los químicos que se han ocupado de este problema, Justin Mueller cree que puede contribuir a su eüG'árecimiento publicando los resultados de su experien­cia personal.

Generalidades.—1^9. simulación de la albuminuria se practica, como es sabido, de dos maneras: la primera, añad iendo clara dé huevo a la orina recién emitida, y la segunda, inyectándola, diluida o sin di luir , antes de emitirla (inyección iutravesical). Esta segunda manera se observa más generalmente ante las comisiones de reconocimiento: el i nd iv i ­duo, al orinar en presencia del médico, se considera a cubierto de toda sospecha,y, por lo mismo, el operador que haya de examinar la orina deberá fijar toda su atención en los menores indicios que puedan contribuir a descubrir el fraude.

Indician.—Las señales que puedan hacer sospechar la ovoalbúmina han sido descritas minuciosamente por los autores: la orina, por su aspecto anormal, puede llamar la atención del observador; pero el indicio mas cáracter ís t ico se observa en el-momento de su coagulac ión por el calor y de su tratamiento por el ácido. En presencia de la ovoalbú­mina, el coágulo o precipitado que se forma os más grumoso y más denso que el produc­to por la a lbúmina patológica, y se sedimenta con más rapidez en el fondo del tubo de ensayo.

Invest igación de la ovoa lbúmina .—Ensayados todos los métodos que se han propues­to, los autores de esta nota han preferido el reactivo cupro-aceto-acét ico (reactivo de Maurel) ligeramente modificado, que produce resultados más seguros y más rápidos (1). Para que la reacción se manifieste bien definida es de la mayor importancia que las ca­pas del reactivo y de la orina se marquen bien, diferenciándose una de otra. A l efecto, después de haber agitado la orina en el tubo de ensayo, se adicionan, por medio de una pipeta introducida lentamente hasta el fondo del tubo, 2 ó 3 c. c. del reactivo. Si hay ovo-a lbúmina , aparece ráp idamen te en la línea de separación de las dos capas un anillo blan­co perfectamente marcado, m á s o menos grueso, según la cantidad cíe clara de huevo in ­yectada o mezclada: agitando, acto seguido, deberá persistid el enturbiamiento. ' Operan­do de este modo, hemos descubierto muchas simulaciones, algunas confesadas después por los mismos individuos reconocidos.

Se recusa este método afirmando que resulta algunas veces positivo aplicado a orinas ricas en a lbúmina patológica; pero los autores aseguran que nunca han comprobado la recusación en los numerosos ensayos practicados sobre orinas patológicas. Sin embargo, cuando se tratado un coágulo importante, puede diluirse la orina para mayor seguridad.

Reactivo cupro-ace to -acé t i co .So , ha modificado ligeramente el reactivo Maurel por­que, aumentando ligeramente la cantidad de sulfato de cobre, se consigue más pureza y mayor prontitud en la reacción, s egún las diferencias del siguiente cuadro:

(1) E l método de las preeipitinas no nos ha proporcioniido nunca resultados bien definidos.

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Sosa cáus t ica al 33 por 100. . . . Sulfato de cobre al 3 por 100.

— — al 10 por 100. Acido acético cr i s ta l izable . . . .

Reactivo Maurel.

25 cent. c ú b . 5 cent. c ú b .

» 70 cent. c ú b .

Reactivo modifi­cado.

25 cent, cúb , »

5 cent, cúb , 70 cent. c ú b .

Acción del reactivo y velocidad de la reacción.—Muchos autores, primeramente Petri-sol, Fredona y Laporte, y después P. Godfrin, asignan al ácido acético la acción específi­ca sobre ia ovoa lbúmiua ; pero los autores han comprobado varias observaciones sobre esta afirmación. En el primer período, después de su adición, el ácido acético cristalizable parece que no reacciona; mas, sin embargo, el anillo aparece al cabo de a lgún tiempo; por lo tanto, el ácido acético ejerce acción sobre la ovoa lbúmina , pero la reacción es lenta y parece acelerarse en presencia de ciertas sales. Para comprobar esta suposición, los auto­res han practicado varias experiencias observando la aparición del anillo cronométr ica­mente, y he a q u í los resultados obtenidos:

REACTIVOS

Acido acético cristalizable Acido acético cristalizable saturado de NaCl Acido acético cristalizable, mas sosa al 33 por 100, Reactivo Maurel , Reactivo modificado

O r i n a no a l b u m i n o s a c o n u n a c l a r a de h u e v o p o r l i t r o .

Segundos necesarios para la aparición

del anillo.

1.200 1.200

150 75 30

Velocidades compa­radas, siendo una la

más lenta.

1 1 8

16 40

L a misma orina, con una clara de huevo por litro, adicionada de cloruro de sodio (casi a sa turación) precipita inmediatamente con el ácido acético cristalizable; pero sin carac­teres específicos todo el líquido turbio y sin que aparezca el anillo.

De los ensayos detallados en el cuadro anterior resulta: que la adición de sosa (aceta­to) aumenta sensiblemente la velocidad de reacción del ácido acético ocho veces, y que és ta aumenta aún más sensiblemente haciendo intervenir una sal de cobre (16 a 40 veces) la velocidad inicial.

L a utilidad de la sal de cobre, puesta en duda por Fredona y Laporte y P, Qodfrin, queda, pues, evidenciada.. Para darnos cuenta de su sensibilidad, hemos diluido una par­te de la orina con 10 veces su volumen de agua, grado de dilución al que apenas puede coagularse o descubrirse por el calor y, sin embargo, el reactivo cupro-aceto-acét ico, aun. que más lentamente (150 segundos), producía el anillo de la ovoa lbúmina bien señalado (sin adicionar cloruro de sodio a la orina diluida).

Conclusión.—V^rti identificar ráp idamente y bien caracterizada la ovoa lbúmina sos­pechada, ha lugar a emplearse un reactivo apropiado que contenga, además del ácido acé t ico cristalizable, muy lento por sí solo, el acetato (NaOH) y una sal de cobre.

L a reacción puede también completarse por un examen microscópico, s egún recomien­dan la mayor parte de los autores; pero ha de tenerse en cuenta en este examen sus re-

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saltados siempre típicos, puesto que, a veces, podrán encontrarse leucocitos y hasta c i l in­dros que impl icar ían la presencia de a lbúmina pato lógica .

ANÁLISIS FARMACOLÓGICO

Apomorfma: React ivo Pa le t .

He aqu í la técnica de esta reacción: A una o dos gotas de la solución alcaloidea (en los ensayos se ha empleado el clorhidrato) se adiciona 1 o 2 cent. cúb . del reactivo'arseno-tungsto-molíbdico o arseno túugs t ico . Se agita durante dos o tres minutos y se agregan seguidamente de 5 a 10 cent. cúb . de una solución saturada en frío de carbonato de sosa.

Aparece una coloración.índigo-azul que va r í a de intensidad s e g ú n la concentración y el tiempo; a los cinco minutos después de una nueva ag i tac ión , se divide el l íquido en dos porciones, una de las cuales se trata por el alcohol amílico y adquiere color azul intenso, y la otra color morado. Si se dividiera el líquido en tros fracciones, podría tratarse la ter­cera por el é ter acético, que le teñir ía de violeta. Si se decanta este disolvente y se trata por el cloruro estannoso (solución al 10 por 300), con solas una o dos gotas, la coloración violeta vira al verde esmeralda, como en la reacción Wauger in .

S e g ú n el autor, se obtienen con este reactivo coloraciones intensas en soluciones di ­luidas hasta 1 por 150,000; el 1 por 500.000 es todavía visible; el tiempo intensifica los matices.

La morfina produce una coloración idéntica; pero si se la trata por los disolventes or­gánicos (alcohol amílico, cloroformo, benzol, éter sulfúrico, écer acético) no cede ninguna materia colorante; la narce ína no reacciona cromát icamente ; otros alcaloides que producen coloración se conducen como la morfina^on los disolventes o rgán icos .

NOTA. E l reactivo arseno- túngst ico se prepara: disolviendo 25 gramos de tungstato de sosa en 200 cent. c ú b . de agua destilada.a l a temperatura ordinaria y añad iendo 20 gramos de ácido arsénico puro. Se adapta al matraz un refrigerante ascendente para no aumentarla concentración al evaporar, y se hierve todo durante hora y media. A l cabo de este tiempo, el líquido que h a b r á adquirido un ligero matiz verde-azulado, se deja enfriar, se filtra y se completa un volumen de 250 cent. cúb .

El reactivo arseno-tungsto-moblídico, hirviendo durante una hora o dos como en el anterior, 10 gramos de tungstato de sosa, 2 de molibdato de sosa y 10 de ácido arsénico puro, todo disuelto en 75 cent. cúb . de agua, para completar, después de frío, un volumen de 100 cent, cúb .—M. Luciano P.-J. Palet, profesor de la Uuiver tádad de Buenos Aires.

* Cloratos con hipocloritos.

Según M. Wischo, para caracterizar los cloratos en presencia de los hipocloritos puede utilizarse el modo de conducirse estos compuestos en presencia de la brucina y el ácido clorhídrico.

Cuando se trata una solución de hipoclorito de sodio al 0,5 por ICO (p róx imamente 5 cent, cúb.) por 5 cgrs. de cloruro o sulfato de brucina y se agregan V gotas de ácido clorhídrico, se produce una coloración amarilla que vira al rojo cereza cuando se hierve, matiz que uo se modifica, aun cuando, después de fría, se hierva de nuevo la mezcla, des­pués de haberla agregado 10 cent. cúb . de ácido clorhídrico diluido.

La solución de clorato de potasio, tratada de la misma manera, permanece incolora en frío, y la coloración que se desarrolla hirviendo el liquido desaparece cuando se practica una segunda ebullición, después de haber añadido 10 cent. cúb . de ácido clorhídrico d i -

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luido. Esta descoloración caracteriza la presencia de los cloratos. Se produce ig-uahneute cuando la reacción so verifica sobre 5 cent. cúb . de una solución que contenga 0,40 gra­mos por 100 de hipoclorito de sodio y 0,20 gr. por 100 de clorato de potasio.—P/iar. Post-Jour. de Phm. et Chim.

FARMACOGRAFÍA Y TERAPÉUTICA

Sueros azucarados, por el Dit. G. LYON (Presse Médicale y L ' U n i o n Pharmaceutt ' que).—Para las soluciones inyectables pueden utilizarse diversos azúcares , es decir, la glucosa, la lactosa y la sacarosa, pero la glucosa es la más empleada.

Puede recurrirse también a las soluciones isotónicas y a las soluciones h ipe r tón icas . Fleig ha propuesto sueros complejos por asociación de medicamentos, como la teobro-

mina y cafeína, destinados a reforzar la acción diuré t ica ; o de sales, como el cloruro de sodio, el bromuro de sodio, etc. E- t̂os sueros glicominerales reúnen , por consiguiente, las propiedades inherentes a los sueros salados y a los sueros azucarados.

He de añadi r que cada d ía es más frecuente la adición de adrenalina a las soluciones azucaradas, como a las soluciones salinas.

1 . -SUEROS AZUCARADOS ISOTÓNICOS

á ) Sueros azucarados puros: 1. Glucosa cristalizada pura 47 gramos.

Agua destilada, o. s. para 1.000 » 2. Lactosa cristalizada para 92,5 »

Agua destilada, c. s. para 1.000 » 3. Sacarosa s 92,5 »

Agua destilada, c. s. para 1.000 »

(Se han dado otras cifras para estos dos últ imos azúca re s : para la lactosa, 108,90 por 1.000; para la sacarosa, 103,50 por 1.000; por otra parte, el Formulario de los hospitales militares de 1917 indica para el suero glucosado la proporción de 56,60 de glucosa por 100.)

h) Sueros glicominerales y medicamentosos:

1. Glucosa cristalizada pura 30 a 35 gramos. Cloruro de solio anhidro 2 a 4 » Glicerofosfato do sosa 4 a 6 » Agua destilada, c. s. para 1.000 »

2 Glucosa cristalizada para 25 » Bicarbonato de sosa 7 » Agua destilada, c. s. para. 1.000 »

3. Bromuro de sodio 10 » Glucosa... 15 » Agua destilada, c. s. para 1.000 »

4. Teobromina 1 » Fosfato trisódico 4 » Glucosa cristalizada pura 20 » Agua destilada, c. s. para 500 »

5. Cafeína 0,50 » Glucosa cristalizada pura 20 » Agua destilada, c. s. para 1.000 »

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2.-SUEROS HIPERTONICOS a) Sueros azucarados puros:

1. Glucosa cristalizada pura 300 gramos. , Agua destiladada, c. s. para 1.000 »

2. Lactosa cristalizada pura. 300 » Agua destilada, c. s. para 1.000 »

3. Sacarosa cristalizada pura 300 » Agua destilada, c. s. para 1.000 »

b) Sueros glicomiiiKrales y medicamentosos: 1. Glucosa cristalizada pura 150 a 200 »

Cloruro de calcio anhidro 3 a 5 » Glicerofosfato de sosa. 5 a 7 » Agua d3Stilada, c. s. para 1.000 »

2. Glucosa pura cristalizada 100 » Bicarbonato de sosa 30 » Agua destilada, c. s. para 1.000 »

B. Teobromina 1 » Fosfato trisódico 4 » Glucosa cristalizada pura 120 » Agua destilada, c. s. para 500 »

4. Cafeína .'. '. 0,50 » Glucosa cristalizada pura 120 » Agua destilada, c. s. para 500 »

Los sueros glicowmierales propuestos por Freig pueden referirse a las inyecciones de suero de leche, cuya idea primera fué debida a'Guimbert (de Canoes). E l suero contiene, por 1,000, de 80 a 85 gramos de lactosa; 2,50 a 2,90 de cloruro; 0,60 a un gramo de fosfato e tcé tera . La dificultad de preparacióu y conservación de este suero y los accidentes fe­briles consecutivos a su empleo han sido la causa del abandono en que, cayó.

Las soluciones glucosadas isotónicas e hiper tónicas tienen, respectivamente, sus iud í -caciones: las primeras, segúu Fieig, son, sobre todo, út i les cuando se quiere obteuer uu lavado de la sangre, la ac t ión desintoxicante; las segundas, cuando es urgente provocar una deshidratación abundante, a fin de restablecer inmediatamente la diuresis.

Las soluciones isotónicas están reservadas al empleo subcu táneo ; las soluciones hiper­tónicas, a la introducción intravenosa, pues inafectadas h ipodérmicamente ocasionan dolo­res y edemas.

Cuando hay que recurrir a la vía intravenosa, hay que tener cuidado en regular la i n ­yección con la mayor lent i tud posible, y no temer en consagrar una hora a la inyección de 250 a 300 c. c. de solución (Baumel y Cathalá) .

¿Como en Jerez? —Así parece por las noticias que en bien razonada epístola so nos co­munican desde Zamora por persona que siempre la tuvimos por veraz. El Ayuntamiento, en efecto, de dicha capital, parece que se siente agobiado por la misma intensa timidez que el de Jerez, apenas le ins inúan abra su caja de caudales para satisfacer atenciones muy sagradas de su presupuesto.

En forma sintét ica enumeraremos dichas noticias. Figura, en primer término, la de que el expresado Concejo adeuda no sabemos q u é cantidades a los farmacéut icos titulares, nada menos que desde el año 1906. Que ese mismo Ayuntamiento, tan rehacio en abonar sus dotaciones a nuestros comprofesores, acaba de hacer, s egún asevera nuestro comuni­cante, un concierto en v i r t u d del cual se concede determinada subvención a la empresa de toros, constituida por varios comerciantes y la mayor parte de los concejales.

Que contra tal munificencia de la Corporación, teniendo como tiene sin satisfacer los

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débi tos por servicios de la Beneficeñcia, hubo de enviar enérg ica protesta a un periódico de la localidad uno de los profesores perjudicados, quien a la vez formuló el correspon­diente recurso de queja ante el señor gobernador c iv i l de la provincia.

Que—¡esto sí que es curioso!—reunido el Concejo, luego que se dió cuenta del ar t ículo publicado y deque estaba en t rami tac ión el meatado recurso, uno de los accionistas de la empresa citada, concejal y médico, indignado por tanta osadía, solicitó se formara expediente al que lo había suscrito.

Que al siguiente día hubo de reunirse la Junta provincial de Sanidad y el inspector, pro­vincial t ambién , leyó una Memoria en la que estaban coudensados varios cargos contra la gestón municipal, por tener en abandono absoluto los servicios sanitario-i.

Queda, por tanto, la pelota en el tejado; pero, al propio tiempo, la empresa de toros g o z a r á la subvención de 12 a 14.000 pesetas con que se la obsequia, y el Ayuntamiento sin abonar lo que debe a sus farmacéut icos titulares.

Todo lo cual relatamos bajo la fe de nuestro comunicante, poro dispuestos, si a ello hubiere lugar, a hacer las rectificaciones que resulten justificadas.

E l caso de Cogolludo.—Tenemos en nuestro poder un documento acreditativo de que, por el gobernador c iv i l de Guadalajara, previamente asesorado por aquel inspector pro­vincial tie Sanidad, se lia infringido ol art . 23 de las Ordenanzas de Farmacia, en el que se puntualiza la capacidad de las viudas pnra continuar ejerciendo la profesión.

Nos consta que contra tan insólita providencia recurr ió el subdelegado de Cogolludo ante el ministro de la Gobernación, el que, a pesar de tener por asesores al inspector gene­ral de Sanidad y al de Servicios farmacéut icos , ha confirmado la expresada infracción.

De todo ello habremos de ocuparnos extensamente, porque el caso bien lo merece, y porque urge que nuestra clase so cuadre y concluya con esta vergonzosa dominación de los feudos políticos y de caciquismos como los tan absorbentes y despiadados de la provin­cia en que reinan y gobiernan los Brocas y Conde de Romanones.

Excipiente inerte.—Nuestro querido colega E l Siglo Médico, por el que no pasan Los años, no obstante contar ya sesenta y seis, sino que, por el contrario, se remoza, logran­do dar gran amenidad a sus columnas, acaba de sorprendernos muy gratamente con la feliz iniciativa de abrir una sección, que nosotros llamaremos de «Proverbios», y que él crisma con el nombre y el apellido que sirven de epígrafe ai presente «suelto» nuestro.

Rompe plaza éste que vamos a reproducir, que dice así: «No os preocupen vuestros adversarios. Asociad a vuestra obra a los amigos que piensen como vos; en cuanto a los hombres que no son de vuestro temple, imitadme: no perdáis una hora cou ellos.»

Después de apreciar nosotros el sabor casero que tiene este proverbio o conseja, nos explicamos por qué el inspector general de Sanidad ha enmudecido ante ciortos cargos que se le tienen hechos por la Prensa política.

Verdad es que nada más cómodo que el silencio para evitar que se enreden las cerezas.

A propósito del anterior proverbio.—Un brillante escritor, que goza fama de certero y perspicaz, ex t rañándose deque alguien, residenciado por él, no contestase a los cargos que hubo de formular contra su gest ión, dedica al mismo esta nueva requisitoria:

«El inspector general de Sanidad contes tará debidamento—y yo no me explico cómo no lo ha hecho ya—a todos los cargos que se le han dirigido. H a b r á de demostrar que los trabajos por él realizados es tán a la altura del puesto que ocupa, y, en caso contrario, de­berá manifestar las causas de que en España gocen de tan rudimentario estado los asun­tos relacionados con la Sanidad.»

¿Están ustedes? Pues vean cómo estrecha el cerco el periodista a que aludimos: «Prec isamente en estos días, coa la inoportunidad con que aqu í se suelen hacer las co­

sas, ha aparecido en la Gaceta una real orden aprobando las plantillas, con los nuevos sueldos, del personal da Sanidad central, del Insticuto Nacional de Higiene de Alfon­so X I I I , de los inspectores provinciales de Sanidad, etc., etc.

Dichas plantillas arrojan un total de un millón de pesetas, sobre poco más o menos, y la nación, en vista de lo que está ocurriendo, espera que se la da rá cuenta de la labor que se realiza, con los indicados sueldos; pues si el personal que los disfruta es competente, lo quo, a mi juicio, no ofrece la menor duda, habrá algunos motivos que le impidan demos­trar su competencia.»

Y como persiste el mutismo del interrogado, nos'explicamos ahora por q u é se ha aco­plado tan perfectamente el consejo que se le da en el proverbio de E l Siglo Médico, «no

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preocuparse de sus adversar ios», pues ya sabemos que en esta t ierra de los triples y has­ta cuádrup les sueldos y gratificaciones l lámase adversario a todo el que perturba las di­gestiones oficiales.

Nuevo Centro Farmacéutico.—¡áe ha constituido en la provincia de Castellón. Con este nuevo organismo, que integran casi todos los profesores de dicha región, a los que desde luego felicitamos por tan acortado acuerdo, va es t rechándose el cerco contra nuestros an­tiguos explotadores que hicieron fortunas tan redondas a costa de su bonachona clientela.

Adelante, pues, y anímense los fa rmacéut icos de las demás regiones para emanciparse del tradicional señor feudal.

Real orden sobre incidencias de la jornada mercantil ,-En la Gaceta de 21 de Septiem­bre próximo pasado se reproduce la real orden inédi ta de 12 de Junio úl t imo, en v i r tud de la cual se anula el acuerdo de la Junta local de Reformas Sociales do San Sebas t ián , que declaró asimiladas las d roguer ías a las farmacias y a los establecimientos de art ículos de c i rugía , ortopedia, sanidad y laboratorios, que están exceptuados del rég imen común de la jornada mercantil . .

Bases para el ignalatorio farmacéutico.— El Colegio provincial de Castellón, que tanto viene dis t inguiéndose por su copiosa, meditada y fructífera labor en beneficio de los inte­reses profesionales, ha redactado unas bases, que reproducimos en el presente n ú m e r o , para normalizar en lo posible, y que sea menos lesivo a los intereses de los farmacéut icos el suministro de medicamentos por el vetusto sistema de las igualas, completamente des­centrado de lo que exige la equidad en el orden económico, entre la demanda y la oferta.

Merece dicho trabajo ser examinado por los demás Colegios para que, con las varian­tes que exijan las cicuustancias especiales de sus respectivas regiones, procuren acoplar­los en las mismas y hacer posible la vida profesional, tau gravamente lesionada hoy, en todas ellas.

Obituario.—Nuestro distinguido comprofesor de Mollerusa, D . Juan Brau Batlle, pasa por el doloroso trance de haber perdido a su amadís imo padre D. Enrique, que falleció a la edad de sesenta años , en Septiembre próximo pasado. Reciban el atribulado hijo y de­más familia del finado nuestro sentido pésame por desgracia tan irreparable.

T a m b i é n se encuentra bajo el peso de muy acerbo dolor nuestro antiguo y en t r añab l e amigo D. Ramón Sáiz de Carlos, por la prematura muerte de su nieta, la Srta. Aurora H e r n á n d e z de Velasco, que pasó a mejor vida el día 9 del presente mes, a los diez y siete años de edad.

Sentimos con dolor vivísimo la desgracia que aflige a nuestro amigo y a los atribula­dos padres de la malograda joven, deseando a todos ellos la necesaria res ignación ante tan inmenso infortunio.

Formulario Gerbeland.—Siendo numerosas las demandas que se nos hacen de tan im­portante obra, interesamos de aquellos compañeros a quienes convenga enajenarla, nos hagan ofertas para su adquisición. "

Cornezuelo de centeno.—Se compra, pagando alto precio, aun por p e q u e ñ a s cantida­des. T a m b i é n interesan flor de amapola, hojas de beleño, d igi ta l , hierbaluisa, etc., etc. D i ­rigirse a F . Montero, en Mota del Marqués (Valladolid).

Los «Litinoides Serra», primera sal litínica que se elaboró en E s p a ñ a para la obten­ción de sabrosísima agua de mesa, es uno de los preparados que mayor margen deja al fa rmacéut ico .

Se expenden en cajas de 12, 50 y 100 paquetes, a propósito estas ú l t imas para detallar con el mayor beneficio posible, paquetes sueltos.

Productos farmacéuticos garantizados.—Laboratorio del Dr. Sastre y Marqués , Ilospi-al, 109, y Cadena, 2, Barcelona. Casa fundada en 1855.

Establecimiento tipográfico Nieto y Compañía, Tutor, 16.—Teléfono 20 42-J.