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Las contrataciones públicas en Nicaragua Año 1 Revista No. 2 Julio, 2012 www.ieepp.org ISSN 2303-9809 La aplicación de los principios de publicidad y transparencia en las contrataciones públicas Avances y desafíos a la luz del nuevo marco normativo en materia de contrataciones ¿ Una nueva Ley de Contrataciones municipales o un maquillaje legislativo ? Los principios en la internacionalización de los contratos públicos

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Compras Públicas

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Las contrataciones públicas en Nicaragua

Año 1 Revista No. 2 Julio, 2012 www.ieepp.org

ISSN 2303-9809

La aplicación de los principios de publicidad y transparencia en las contrataciones públicas

Avances y desafíos a la luz del nuevo marco normativo en materia de contrataciones

¿Una nueva Ley de Contrataciones municipales o un maquillaje legislativo?

Los principios en la internacionalización de los contratos públicos

Page 2: Revista Transparencia Probidad.no2

Ü P6Ü P11 Ü P14

Ü P23

Ü P20Ü P17

CONTENIDO 3

La aplicación de los principios de publicidad y transparencia en las contrataciones públicas

Los principios en la internacionalización de los contratos públicos

Avances y desafíos a la luz del nuevo marco normativo en materia de contrataciones

Es positivo que DGCE cuente con plan estratégico para modernizar sistema de contrataciones

Opinando: ¿Cuáles son los desafíos de las contrataciones públicas en Nicaragua?

¿Sabía usted qué?

¿Una nueva Ley de Contrataciones municipales o un maquillaje legislativo?

Las contrataciones son una de las actividades centrales del Estado, cuya finalidad es la satisfacción del interés público.

Ü P24

Ü P26

¿Sabía usted qué?

Novedades

Page 3: Revista Transparencia Probidad.no2

DIRECTORA EJECUTIVAClaudia Pineda

COORDINADORA DE INVESTIGACIÓNClaudia García Rocha

COORDINADORA DE REVISTADayra Valle Orozco ElAbORACIÓN Dayra Valle OrozcoMireya Zepeda Rivera EDICIÓNLourdes Arróliga DISEñO GRáfICO:Lenin Membreño Gudiel / www.markanica.com

ISSN: 2303-9809

MANAGUA, NICARAGUAAño 1 Revista No. 2 Julio, 2012

Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicaslomas de San Juan, casa No. 152Apartado Postal: lM202

Teléfono: (505) 2270 5104www.ieepp.org

CON EL AUSPICIO DE LA EmbAjADA DE FINLANDIA.

El Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas (Ieepp) es una organización civil no partidaria y sin fines de lucro dedicada a mejorar y respaldar la participación ciudadana en los asuntos públicos y dar apoyo conceptual y metodológico sobre Políticas Públicas para el buen gobierno. Ieepp pone especial atención al análisis de los procesos nacionales y regionales que contribuyen al fortalecimiento de la gestión transparente y democrática del Estado.

Ieepp es el único responsable por el contenido y las opiniones expresadas en esta publicación, los cuales, no necesariamente reflejan los puntos de vista de quienes la auspician.

INDICADOR4

Page 4: Revista Transparencia Probidad.no2

El Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas (Ieepp) apuesta por la transparencia en la

gestión pública, tanto “activa” –que se refiere a la práctica de las autoridades de adelantarse a poner

al alcance del escrutinio público la información pública relevante– como la “pasiva” que se genera

cuando un ciudadano (a) la solicita formalmente, haciendo uso del derecho de libertad de acceso

a la información pública.

Ieepp promueve prácticas de transparencia y probidad porque aportan a prevenir actos de corrupción,

cuyas consecuencias son graves para la población al impedirles gozar de los derechos económicos, sociales

y culturales. los contratos en la administración pública, pueden estar altamente expuestos a actos ilícitos

que impactan negativamente en los grupos más vulnerables de la sociedad; lo que impide por ejemplo, que

muchos niños y niñas ejerzan su derecho a una educación y salud de calidad, ante la falta de recursos dis-

ponibles. De forma tal que una forma de abonar a mejorar las políticas públicas es brindando información

sobre diversos temas en el ámbito de la gestión pública y colocándola a disposición, no sólo de los tomadores

de decisión, sino también de la población en general.

En este segundo número abordamos las contrataciones, una de las actividades centrales del Estado cuya

finalidad es la satisfacción del interés público, a través de la provisión de bienes, servicios y obras que en la

mayoría de los casos son adquiridas de “privados” (vendedores) por parte de la administración pública (com-

prador). En este proceso resultan claves una serie de principios tales como: la transparencia, el control, la

eficiencia, la libre competencia, la publicidad, la integridad entre otros, que se constituyen como pilares fun-

damentales para lograr la buena marcha de los procedimientos administrativos y la escogencia del oferente

“idóneo” del Estado, así como la ejecución del contrato.

les presentamos tópicos actuales de las contrataciones públicas por ejemplo: realidades, perspectivas y

retos en la aplicación de los principios de publicidad y transparencia, la nueva ley de Contrataciones Mu-

nicipales, avances y desafíos a un año y medio de la implementación de la ley de Contrataciones Adminis-

trativas del Sector Público y una entrevista con brenda álvarez, especialista fiduciaria en adquisiciones del

banco Interamericano de Desarrollo (bID), donde se abordan los avances y desafíos que el sistema de contra-

taciones enfrenta en la actualidad. También encontrará temas de su interés en las secciones: SAbÍA USTED

y OPINANDO.

Esperamos que el contenido de la revista sea de su completo interés y nos encontramos anuentes a comentarios y sugerencias para los

números posteriores. Señalamos e mail de contacto: [email protected]

Apostando por la transparencia en la gestión pública

EDITORIAL 5

Page 5: Revista Transparencia Probidad.no2

Las contrataciones administrativas tienen una importancia vital para el desarrollo del

país, son un medio para llevar a cabo las adquisiciones de las entidades administrativas,

la inversión pública, la consecución del interés general, además permiten el ejercicio de

competencias, el funcionamiento del Sector Público, la generación de empleo y la trans-

parencia del gasto público y el control presupuestario.

la aprobación de la nueva normativa en esta materia, ha implicado la puesta en marcha de nove-

dosos procedimientos de compras, un aumento en la regulación de los principios contractuales, así

como un proceso de adaptación y capacitación humana, pero sobre todo la utilización del sistema

electrónico para las notificaciones, dándole vida a una relación jurídica contractual de carácter vir-

tual que permite ahorros presupuestarios, mayor agilidad e incluso un alto grado de transparencia y

publicidad.

Estos dos principios permiten el acceso y la disponibilidad de la información sobre las contrata-

ciones administrativas, convirtiéndose en un sistema de rendición de cuentas y de control social que

puede generar altos grados de confianza ciudadana - empresarial hacia las políticas públicas de inver-

sión, presupuestarias y de compras gubernamentales.

La aplicación de losprincipios de publicidady transparencia en lascontrataciones públicas

TEMA CENTRAL6

La implementación del SISCAE aporta a la eficiencia administrativa en las adquisiciones

Ü Por Juan Bautista Arríen Somarriba*

Page 6: Revista Transparencia Probidad.no2

En la nueva ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público (ley 737) el legislador ni-

caragüense ha realizado una especie de combinación o de interrelación de ambos principios, con

la finalidad de brindar a la ciudadanía, acceso a la información de los procedimientos de compra, es

decir los diversos trámites que los integran, estipulando también excepciones lógicas.

TEMA CENTRAL 7

EL pRINCIpIO DE TRANspARENCIA NOs DICE quE:

toda contratación administrativa deberá realizarse sobre la base de criterios y

calificaciones objetivas de las ofertas…

el acceso a la información únicamente podrá ser restringido cuando la

información solicitada pueda colocar a un oferente en posición de ventaja

respecto de otros o cuando los documentos hayan sido definidos como

confidenciales en los respectivos pliegos de bases y condiciones.

(Art. 6. ley 737)

Page 7: Revista Transparencia Probidad.no2

TEMA CENTRAL8

De forma general, según Carlos Delpiazzo el principio de transparencia implica que el actuar de la

Administración se deje ver como a través de un cristal, constituyendo una extensión del principio de

publicidad, el cual supone una posición activa de la Administración, mientras que el de transparencia

se enfoca en permitir que el poder público y su accionar se encuentren a la vista de todos, sin velos ni

secretos, en una situación tanto pasiva como activa; dejar ver y mostrar.

Para Dayra Valle, especialista en temas de contrataciones públicas de Ieepp, la transparencia se

nos presenta como un eje fundamental para conocer las acciones y decisiones que la Administración

Pública realiza como contratante o comprador, en cuanto a qué, cómo, por qué, con qué y a quién le

compra, convirtiéndose en un insumo para que el ciudadano pueda valorar la gestión pública, el uso

del patrimonio y de las partidas presupuestarias del Estado.

En este sentido la publicidad de las compras, de sus diversos instrumentos, herramientas y trámi-

tes administrativos es primordial para garantizar esa transparencia, que implicará una apertura, un

sistema de comunicación, pero sobre todo, un apoderamiento de la información por parte de los pro-

veedores en particular, y de los ciudadanos en general.

En las contrataciones administrativas es fundamental la publicidad de los diversos trámites que

integran la etapa preparatoria de la contratación, hablamos, de las especificaciones técnicas, de los es-

tudios previos, diseños, etc., es decir, todos los aspectos que permiten visualizar con antelación, cómo

se realizará el objeto contractual.

También, es importante la publicación del programa anual de contrataciones (PAC), como una es-

pecie de listado de compras con fechas estimadas, que le permiten a las entidades públicas organizar

sus adquisiciones y a los proveedores prepararse para ofertas en las mejores condiciones de tiem-

EL pRINCIpIO DE pubLICIDAD sEñALA quE:

“los organismos y entidades del sector

público, con el objeto de garantizar la

transparencia de la actividad administrativa,

deberán dar a conocer los procedimientos

de los procesos de contratación, así como

permitir el acceso de la ciudadanía a la

información relacionada a dichos procesos.”

(Arto 6. ley 737).

Page 8: Revista Transparencia Probidad.no2

TEMA CENTRAL 9

po, calidad y precio, pero sobre todo le

permiten conocer a la ciudadanía qué

se comprará y cuándo se hará.

Asimismo, la publicidad y acceso al

pliego de bases y condiciones (PbC),

verdadera ley del contrato, permite co-

nocer las reglas del juego que se apli-

carán en la tramitación de los distintos

procedimientos de compras, así como

determinar con anterioridad los pa-

rámetros de calificación y evaluación

de las ofertas, y sobre todo cómo se

ejecutará el objeto del contrato, sien-

do una información muy valiosa para

el control administrativo contractual

que trasciende más allá de las fronte-

ras de la entidad contratante, llegando

al público en general, en pro de un control social sobre quién fue el ganador, por qué y cómo se llevará

a cabo la adquisición pública.

También es clave la publicidad de las convocatorias, la apertura de las ofertas, la resolución ad-

ministrativa de adjudicación, de declaración desierta de la licitación, todo con la finalidad de dar

respuesta a las preguntas antes formuladas, pero sobre todo para conocer quién está ejecutando el

objeto contractual y cómo se está ejecutando, en pro de un verdadero control no sólo institucional

sino social, económico y político.

la utilización, implementación e incidencia del sistema de contrataciones administrativas elec-

trónicas (SISCAE), coadyuva a la eficiencia administrativa para llevar a cabo las adquisiciones, con

agilidad, celeridad, y sobre todo cumpliendo con los principios de publicidad y transparencia, y se ha

convertido en la principal herramienta para implementar y fortalecer dichos principios.

Ahora, junto al SISCAE, es de suma importancia que las entidades públicas cumplan con los prin-

cipios y trámites establecidos en la ley de acceso a la información pública, poniendo en sus páginas

web, la información relativa a sus adquisiciones o al menos un enlace directo con el portal de com-

pras, sin olvidar la organización de las oficinas de acceso a la información. Por otra parte, el acceso a

la información podría ser de carácter físico, por lo que la tramitación de las solicitudes al respecto y

del procedimiento regulado en dicha normativa, es otro factor que permite la publicidad y la transpa-

EL pAC sE RIgE pOR DOs pRINCIpIOs pRIMORDIALEs:

la publicidad, reconocida como un

mecanismo de transparencia y credibilidad

de la gestión pública, principalmente

cuando el gasto de bienes, servicios y

obras es proveniente del presupuesto

general de la república y por el otro

lado la obligatoriedad, en tanto todas las

instituciones sujetas al ámbito de aplicación

de la ley se encuentran obligadas a

formularlo.

Page 9: Revista Transparencia Probidad.no2

TEMA CENTRAL10

rencia en las compras públicas. No nos toca medir los niveles de cumplimiento y ejecución de dicha

normativa, pero sí promover su utilidad práctica.

Soy optimista en la aplicación adecuada de la ley No. 737 y su reglamento, que como toda obra

humana, si bien tiene elementos muy positivos, también tiene otros que podrían mejorarse en su im-

plementación real y práctica o incluso en alguna futura reforma. Además, soy un gran creyente de la

necesidad de profundizar aún más en la capacitación de los funcionarios públicos como ejecutores

de las adquisiciones estatales, pero también de los proveedores y del sector privado en general, como

sujetos claves para la concreción de los principios contractuales estudiados.

la transparencia y la publicidad unidas a los principios de igualdad, legalidad, acceso a la informa-

ción e interés público, constituyen “piedras sillares, basamentos firmes del Estado de Derecho, y roca

segura para la operación del régimen administrativo.”

* El autor es Doctor en Derecho Público, Universidad San Pablo, CEU, Madrid, España. Profesor de Derecho Administrativo, facultad

de Ciencias Jurídicas (UCA).

Page 10: Revista Transparencia Probidad.no2

EsCRITO 11

A un año y medio de vigencia de la “Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Pú-

blico”, aunque se han dado avances, persisten los desafíos, en especial relacionados a la

transparencia del sistema.

las contrataciones públicas buscan satisfacer necesidades colectivas a través de la adquisición de

bienes, servicios y obras, las cuales se realizan con recursos públicos provenientes de los impuestos

que los contribuyentes pagamos al Estado, lo que debe transparentarse para permitir que los ciuda-

danos conozcamos en qué se están gastando nuestros recursos.

Entre los avances observados tenemos la mejora en la planificación con la elaboración de pre Pro-

gramas Anuales de Contrataciones (PAC), en los que se identifican las adquisiciones del año por ins-

titución. En una consulta electrónica realizada en el segundo semestre del 2011 al portal “Nicaragua

Compra”: http://www.nicaraguacompra.gob.ni/siscae/portal, logramos monitorear a 38 entidades del

Estado para conocer si habían hecho públicos sus pre PAC, resultando un cumplimiento del 92% de

los casos.

Otro avance se da con la elaboración de pre Pliegos de bases y Condiciones (PbC) que contienen

las especificaciones técnicas de los bienes, servicios y obras por contratar. Sin embargo, todavía está

pendiente de valorar la precisión de estas especificaciones, la retroalimentación de los potenciales

proveedores y la posibilidad de que sus observaciones se incorporen a los documentos finales.

Avances y desafíos a la luz del nuevo marco normativo en materia de contrataciones

El año pasado, el 92% de 38 entidades del Estado hicieron públicos sus pre PAC

Ü Por Dayra Valle Orozco*

Page 11: Revista Transparencia Probidad.no2

EsCRITO12

Asimismo, se está cumpliendo en gran

parte con el uso obligatorio del portal de

“Nicaragua Compras” para publicar las dife-

rentes fases de los procesos, permitiendo así

que cualquier ciudadano pueda monitorear

la puesta en marcha de los mismos. A su vez,

funcionarios de las áreas de adquisiciones

han detectado que se presentan un mayor

número de ofertas, lo que resulta positivo

para la competencia. No obstante, reconocen

que deben agilizarse los procesos para evitar

retrasos ocasionados por el aumento en la

carga de trabajo.

Uno de los desafíos es planteado por los

miembros de las cámaras empresariales, quienes manifiestan que no todos sus asociados están fami-

liarizados con el portal. En igual situación se encuentran los funcionarios de las áreas de adquisicio-

nes, quienes todavía están en una fase de adecuación a la nueva ley. A ello se suman los problemas

técnicos que presenta el portal en determinadas horas: el sistema se cae e impide subir y/o tener ac-

ceso a la información y bloqueo de las claves de acceso.

¿qué Es LA CONTRATACIóN púbLICA?

es la actividad que realiza la administración pública con un particular

(persona natural o jurídica) o con otra entidad u órgano del sector público,

que deviene en un contrato administrativo, en donde se establecen derechos

y obligaciones para ambas partes con la finalidad de la satisfacción de una

necesidad pública a través de la adquisición de bienes, servicios y obras.

el pac es una herramienta de gestión, necesaria para que cualquier institución

pública pueda contratar bienes, servicios y obras, durante todo un año fiscal,

garantizando el cumplimiento de los planes de trabajo de acuerdo a los

objetivos del programa o proyecto que se pretende ejecutar.

Page 12: Revista Transparencia Probidad.no2

EsCRITO 13

El portal es además, una herramienta poco conocida por los ciudadanos, ya sea porque este tipo

de iniciativas de “gobiernos electrónicos” no les resultan tan familiares –debido a la falta de publicidad

y promoción de las mismas– como por el limitado acceso a internet.

Pero además se presentan otros desafíos tales como la falta de implementación de los contratos

marco para el ahorro de recursos, la no incorporación del concepto de compras sostenibles –de gran

importancia por el componente de preservación del medio ambiente– y, el fortalecimiento de la insti-

tucionalidad de la Dirección General de Contrataciones del Estado.

Ante los desafíos planteados algunas propuestas están asociadas a capacitar a los diferentes acto-

res en la utilización del portal electrónico, en la adecuación de la nueva ley y en la profesionalización

del comprador público que se encuentra en las áreas de adquisiciones. A su vez, el portal electrónico

debe generar reportes periódicos que permitan monitorear, dar seguimiento y evaluar el proceso de

contratación.

También es necesario la actualización de los registros como el de sanciones y el de prohibiciones.

finalmente, se requiere la implementación de los pendientes, en la búsqueda de mayor calidad de

los bienes, servicios u obras por adquirir y el uso racional de los recursos públicos apuntando a la

eficiencia y transparencia.

* la autora es investigadora del área de Transparencia de Ieepp, Máster en Gestión y Políticas Públicas de la Universidad de Chile.

el sistema de contrataciones administrativas electrónico (siscae) es una

herramienta de transparencia y publicidad de las contrataciones que ha

contribuido a la reducción de costos de transacción, menores cantidades de

declaraciones de licitaciones desiertas y mayor participación de proveedores

compitiendo.

la dirección general contrataciones del estado (dgce) es el órgano rector de

las contrataciones públicas que tiene como uno de sus objetivos la creación y

difusión de los mecanismos, normas y procedimientos pertinentes para la gestión

de las adquisiciones del sistema de compras y contrataciones del estado.

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EsCRITO14

¿Una nueva Ley de contrataciones municipales o un maquillaje legislativo?

En febrero del año pasado entró en vigencia la nueva ley de Contrataciones Administrati-

vas del Sector Público (ley 737) y a pesar de sus deficiencias y hasta a veces incongruen-

tes disposiciones, se estableció de manera taxativa en su artículo 120 que “en consulta

con los gobiernos municipales, se adecuará el marco jurídico de la contratación admi-

nistrativa municipal, con el fin de que sea consistente con las disposiciones contenidas

en la presente ley, dentro de doce meses, contados desde su entrada en vigencia.”

Dicha disposición es absolutamente clara; no da lugar a dudas en relación a que toda la herencia

de corrupción en los procedimientos municipales de contratación, deberá ser abolida por completo.

Debo de partir diciendo que la ley de Contrataciones Municipales (ley 622), nunca debió aprobar-

se de la manera que se hizo, debió agregarse en ese entonces en una reforma a la ley 323. Si se hace

un análisis detallado de ambos cuerpos normativos fácilmente se descubrirá que son casi una co-

pia al calce, en otras palabras la ley 622 se convirtió en un plagio productor de arbitrariedades en las

contrataciones locales. fundamentalmente, en lo único que se diferencian es en las contrataciones

menores que no necesitan de tres cotizaciones, y en la absoluta discrecionalidad en la autorización

de los procedimientos de exclusión de parte de los concejos municipales. Hay suficiente evidencia

de esas anomalías procedimentales en algunos casos aparecidos en la principal Alcaldía del país, que

Debe derogarse Ley 622 y reformar la 737 para agregar las contrataciones municipales

Ü Por Rodolfo Pérez García*

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EsCRITO 15

estando en la capital, no es válido el argumento de que no hace una licitación en montos mayores en

una localidad donde abundan los oferentes. Esa es tan sólo una pequeña muestra del problema.

Esas circunstancias jurídicas son las que no deben sobrevivir a las disposiciones de la ley 737, por

ejemplo en esta nueva disposición desaparecen los procedimientos de exclusión, existe una nueva

modalidad más restringida, que para estos casos se denominan “contrataciones simplificadas”. En

esta modalidad se deja claro los casos específicos que de manera taxativa podrá autorizar la máxima

autoridad siempre y cuando respondan de manera personal por una mala decisión, no veo el proble-

ma de que en estos casos lo puedan aplicar igualmente a las municipalidades.

Page 15: Revista Transparencia Probidad.no2

EsCRITO16

El artículo referido de la ley 737 establece claramente la palabra adecuación, que según el Diccio-

nario de la Real Academia Española significa: “tr. Proporcionar, acomodar, apropiar algo a otra cosa...”,

entonces esta interpretación posibilita la incorporación de los procedimientos de contrataciones

municipales en un capítulo especial en lo conducente a sus propias realidades, pero sometidos a la

generalidad de la ley en todo aquello que signifique evitar las arbitrariedades. Soy de la opinión que

se debe derogar por completo la ley 622 y hacer una reforma de la ley 737 en donde se agreguen las

contrataciones municipales.

El debate queda abierto, debe cumplirse el proceso de formación de la ley en cuanto a la con-

sulta de los diferentes sectores, debe eliminarse las mafias eruditas de un grupo de abogados que

se creen tener el poder divino de interpretar, analizar y proponer normas en nombre del pueblo

o de los empresarios, y por otro lado la comisión de municipalismo de la Asamblea Nacional que

les cree ese cuento y solo a ellos los llaman para hacer sus ponencias muchas veces fuera de la

realidad.

El reto está planteado, es el momento para discutir ampliamente el futuro de las contrataciones

municipales, creo que ya hemos puesto la llama a la mecha del debate jurídico, espero haber dado en

el blanco.

la contratación simplificada es un tipo de procedimiento, que con

independencia del monto, debe observarse en aquellas situaciones

taxativamente señaladas por la ley como por ejemplo: contrataciones

que realiza la policía nacional y el ejército, en situaciones de emergencia y

calamidad pública, entre otras. deben ser autorizadas por la máxima autoridad

de la entidad. los contratos que se suscriban bajo este tipo de procedimiento

deben registrarse en el portal único, salvo en los casos de las contrataciones de

la policía y el ejército.

* El autor cuenta con un Máster en Derechos fundamentales, Universidad Carlos III de Madrid. Candidato a Doctor en Derecho, Uni-

versidad Carlos III de Madrid. Profesor Titular de Derecho Administrativo UNAN-león.

los (as) ciudadanos (as) pueden acceder a información sobre los procesos de contrataciones y a la vez realizar ejercicios de auditoría social, a través del portal

www.nicaraguacompra.gob.ni

Page 16: Revista Transparencia Probidad.no2

EsCRITO 17

La globalización es un fenómeno que ha tocado al Derecho Público, y ha dado a la exis-

tencia de un Derecho Administrativo Global, que es la consecuencia del surgimiento de

los sistemas transnacionales de regulación o cooperación regulatoria que se producen

a través de Tratados Internacionales y Redes Intergubernamentales de Cooperación in-

formales que, en efecto, han desplazado muchas decisiones hasta ahora residenciadas

en el espacio nacional al espacio global.

En el caso de la contratación pública, estas Normas de dimensión supranacional se han inspirado,

como es lógico, en los principios clásicos de la contratación pública, prácticamente comunes en todos

los sistemas jurídicos de matriz cultural romano-germánica.

los principios supranacionales, en materia de la contratación pública, se han construido precisa-

mente a través de la no discriminación, de publicidad y de libre concurrencia.

En materia de contratación nos encontramos con los Acuerdos de contratación pública de la Or-

ganización Mundial del Comercio, OMC, con la denominada ley modelo de contratación pública de

Naciones Unidas, con las Normas de contratación pública del Tratado de libre Comercio de Améri-

ca del Norte, con el Grupo de Trabajo sobre compras del sector público del área de libre Comercio

de las Américas, con el Protocolo sobre contrataciones públicas de Mercosur, con las Directivas de

la Unión Europea (UE) en materia de contratación pública, con los Acuerdos y Tratados celebrados

por Unión Europea con Chile y México y sus previsiones en materia de contratación, con las Normas

sobre compras del sector público en el marco del tratado de libre Comercio Unión Europea y México

y; últimamente el Tratado de Adhesión de Centroamérica con la Unión Europea.

Los principios en la internacionalización de los contratos públicos

Los entes públicos deben actuar con transparencia e igualdad en la adjudicación de contratos

Ü Por Karlos Navarro*

Page 17: Revista Transparencia Probidad.no2

EsCRITO18

En los Acuerdos y Tratados firmados por la UE con otros países nos encontramos también en pre-

sencia de principios. El Acuerdo entre la UE y Chile de 2002 tiene un Título IV dedicado a las compras

públicas en el que ocupan un lugar muy destacado los principios de transparencia, racionalidad, no

discriminación, igualdad de trato, competitividad abierta y efectiva. El Tratado de libre Comercio en-

tre la UE y México del 2000 reconoce en el apartado correspondiente a las compras públicas el prin-

cipio de trato nacional y de no discriminación. En el mismo sentido, la UE tiene Acuerdos comercia-

les, de asociación y cooperación con países vecinos y con países de Asia que igualmente incorporan

los principios básicos de la contratación pública europea.

En las Normas sobre compras del sector público del Tratado de libre Comercio de América del

Norte encontramos también, como principios fundamentales, los de trato no menos favorable que

el más favorable dispensado a los nacionales y de no discriminación. En el seno del área de libre co-

mercio de las Américas, el grupo de trabajo sobre compras del sector público está trabajando en un

borrador de Normas que parten de los principios básicos de la contratación pública. Igualmente, el

protocolo sobre contrataciones públicas de Mercosur parte del principio de igualdad de trato y prác-

ticas de no discriminación en materia de bienes y servicios.

En este ámbito de la contratación pública, los principios generales de aplicación facilitan que exis-

ta en el sector un ambiente de seguridad y certeza jurídica en materia de aplicación e interpretación

Page 18: Revista Transparencia Probidad.no2

EsCRITO 19

que ayuda a que los fondos públicos que se destinan a obras y servicios públicos o de interés general

en la UE y en cada uno de los Estados miembros cumplan la finalidad que tienen asignada.

Sin embargo, es en el marco de la UE dónde esta cuestión está mejor regulada y mejor articulada,

probablemente porque, como señala Moreno Molina, el espacio jurídico europeo es el ámbito terri-

torial supranacional en el que más y mejor se están armonizando los ordenamientos jurídicos de los

Estados miembros de la UE. los

Derechos Internos en la materia

no presentan grandes diferen-

cias. Además, la apertura al mer-

cado de la contratación pública,

exigencia de la esencia del sis-

tema del Derecho Comunitario

Europeo, obliga a diseñar Nor-

mas muy estrictas en lo que

se refiere a la participación de

contratistas en las licitaciones

que el sector público de cada

país convoca para la realización

de obras o servicios de interés

general.

El problema, que no es me-

nor, estriba en que no es fácil ni

sencillo que los Estados miem-

bros dejen sin contratar para

esas obras o servicios a las em-

presas nacionales, generándose un proteccionismo y nacionalización que en esta materia echa tan-

tas veces por tierra los principios de igualdad y no discriminación, así como los de transparencia y

objetividad.

los principios son la expresión de la obligatoriedad que tienen los entes públicos, por manejar

fondos públicos, de actuar con transparencia, fomentando la igualdad y adjudicando el contrato a la

mejor oferta para el interés público, que es siempre el elemento central que gravita y preside el entero

régimen jurídico de aplicación.

* El autor es Doctor en Derecho Administrativo. Máster en contrataciones del Estado, Universidad Castilla la Mancha. Co-director del

Máster en contrataciones del Estado, Universidad Castilla la Mancha.

Page 19: Revista Transparencia Probidad.no2

Es positivo que la DGCE cuente con un plan estratégico

para modernizar el sistema de contrataciones

TERTuLIA20

brenda álvarez especialista en adquisiciones del banco Interamericano de Desarrollo

(bID) considera que en la modernización del sistema de contrataciones públicas ha

sido vital el interés y la voluntad de las autoridades de la Dirección General de Contrata-

ciones del Estado (DGCE), por modernizar el sistema. Esta instancia ha venido jugando

un rol más preponderante como una de las principales direcciones del Ministerio de

Hacienda y Crédito Público (MHCP) dada la gran cantidad de recursos que se gestionan con la activi-

dad de compras públicas.

El equipo de trabajo ha sido un factor que ha permitido el éxito, además de la entrega y liderazgo de

su director. No obstante, tienen ciertas restricciones debido a los pocos recursos tanto presupuesta-

rios como de personal, con que cuentan, menciona álvarez. Sin embargo, el apoyo financiero logrado

a la fecha ha cubierto en parte sus necesidades, pero no les ha permitido realizar cambios de manera

integral en el sistema.

¤ AvANCEs IMpORTANTEs: LA CONsOLIDACIóN DE MARCO NORMATIvO y EL CONsENsO ENTRE ACTOREs

álvarez valora que se ha avanzado en cuanto a la consolidación del marco normativo nacional,

aunque un reto es eliminar la dicotomía que se genera con la presencia de la ley de Contrataciones

Administrativas del Sector Público (ley 737) y la nueva ley de Contrataciones Municipales. En su

Apoyo financiero ha cubierto necesidades, pero falta alcanzar el cambio integral

Ü Por Dayra Valle Orozco*

Page 20: Revista Transparencia Probidad.no2

TERTuLIA 21

Brenda Álvarez, especialista fiduciaria en adquisiciones del BID

opinión, esto debilita de alguna forma el sistema, ya que por ejemplo dificulta la gestión en los dos

ámbitos. Por lo que debería existir un solo marco jurídico, una ley general que contemple entre sus

acápites las contrataciones municipales, además de la existencia de un solo ente rector operando con

un sistema electrónico que tratase de reducir el riesgo e incertidumbre, lo cual podría ser pensado

para el futuro.

También menciona como un logro el consenso que se generó entre el gobierno y el sector empre-

sarial representado por algunas cámaras, que diera lugar a la aprobación a finales del 2010 de la ley

737, lo cual es un paso importante porque indica que ambos actores claves están listos para trabajar

juntos, lo que resulta crucial en materia de compras públicas. Esto se ha visto también en relación

con la reforma a la ley 622 y la propuesta de reglamento que a la fecha se está trabajando de manera

conjunta.

Alvarez señala que los cambios normativos han reconocido nuevas facultades a la DGCE, hecho

que a la vez implica nuevas exigencias a las que debe responder. Ante esto hay un riesgo alto de no

poder cumplirlas a cabalidad dada la carencia de recursos. En este sentido, el reto es la sostenibilidad

para continuar con el esfuerzo que han emprendido.

¤ pLAN EsTRATégICO CON RETOs CLAvEs pARA EL sIsTEMA

Por otra parte, valora como positivo que la DGCE cuente con un plan estratégico serio y ambicioso

que contiene la mayoría de los temas que los sistemas de compras a nivel internacional deberían te-

ner. En este plan se han trazado todos los hitos que desean lograr en el corto y mediano plazo.

la dgce ha jugado un

rol preponderante para

modernizar el sistema de

contrataciones públicas.

Page 21: Revista Transparencia Probidad.no2

TERTuLIA22

los temas que se han fijado en el plan y algunos

otros que considera que son retos por enfrentar

son los siguientes:

n la permanencia de los funcionarios de las

áreas de compras. Se ha determinado que la

rotación del personal tiene un alto costo, que

deviene de la curva de aprendizaje que expe-

rimentan los funcionarios.

n la implementación de los convenios marco.

la implementación de esta modalidad ge-

nerará cambios que en el mediano y largo plazo traerán consigo cuantiosos ahorros. Sobre este

tema la DGCE ha venido trabajando desde hace algún tiempo y ya tiene conformada un área y

una persona nombrada para dirigirla.

n Se hace necesario la actualización de disposiciones administrativas con el objetivo de que co-

rrespondan con los cambios que se han dado en el marco normativo nacional. En este tema, es

clave el rol de la DGCE que cuenta con esta atribución.

n la profesionalización de los compradores públicos. En este sentido, se debe trabajar en la acredi-

tación o sistema de certificación de los compradores públicos a quienes se les debe dotar de una

serie de conocimientos, lo que en parte se puede lograr con los intercambios con otras instancias

líderes en este tema en la región (por ejemplo se han realizado intercambios con las direcciones

de compras de Panamá y Chile).

finalmente, álvarez considera que un aliado clave en la formación de los compradores deben ser

las universidades, las que podrían brindar una oferta en formación que sea más integral a través de

los programas de maestría.

Aunque contempla como muy positivo la utilización del SISCAE, el cual ha sido una iniciativa apo-

yada tanto por el gobierno como por el bID, menciona que uno de los problemas por vencer son los

relativos a la conectividad del internet, puesto que muy pocas personas en el país tienen acceso. Un

reto adicional sobre este mismo tema es la utilización del sistema electrónico por parte de las alcal-

días y los proveedores en los municipios.

* la autora es investigadora del área de Transparencia de Ieepp, Máster en Gestión y Políticas Públicas de la Universidad de Chile.

retos del sistema de

contrataciones: permanencia de

los funcionarios en las áreas de

adquisiciones, implementación

de convenios marco,

profesionalización y acreditación

de los compradores públicos y

mejoramiento del siscae.

Page 22: Revista Transparencia Probidad.no2

OpINANDO 23

Pedro Joaquín Chamorro, DIPUTADO DE lA bANCADA

DEMOCRáTICA NICARAGüENSE

El principal desafío es vencer el gran proble-

ma de recurrir cada vez más a las exclusio-

nes de procedimiento.

la nueva ley de contrataciones adminis-

trativas municipales, pretende ofrecer a los

distintos gobiernos municipales recurrir

con mayor frecuencia a las exclusiones de

procedimiento. En otras palabras, estable-

cerlas como un procedimiento cotidiano de

contratación.

En Nicaragua, con la ley o sin la ley, siempre

se han disparado las contrataciones a través

de exclusiones, dicho procedimiento se ten-

dría que utilizar únicamente en situaciones

de urgencia y no cada cuando se le ocurra a

las instituciones.

Bruno Vidaurre, GERENTE GENERAl DE lA CáMARA

NICARAGüENSE DE lA CONSTRUCCIÓN

El principal desafío en las contrataciones es

el desconocimiento de las partes involucra-

das en el proceso, es decir, los organismos

contratantes, los oferentes o proveedores

del Estado, de la amplitud y disposiciones

que están contenidas en la nueva ley de

Contrataciones Administrativas del Sector

Público.

Otro desafío es vencer el sistema de califi-

caciones y ponderaciones numéricas que

se le dan a las ofertas que presentan los ofe-

rentes. En este sentido, la Cámara de la Cons-

trucción ha solicitado a la DGCE la emisión

de una disposición normativa en atención

a orientar a las instituciones públicas, cómo

se deben evaluar las ofertas que se presen-

tan en los procesos de contratación. Es así

que la unidad normativa emitió una circular

que aborda los métodos de evaluación de

las ofertas.

Este es un problema de falta de interpreta-

ción, falta de conocimiento del sistema, lo

que es entendible, ya que la ley apenas tie-

ne un año de vigencia y todavía los funcio-

narios públicos no dominan con facilidad

el proceso de contratación pública. Corres-

ponde a los oferentes o proveedores del Es-

tado estar aclarando y solicitando a las ins-

tituciones que corrijan sus pliegos de bases

y condiciones.

¿Cuáles son los desafíos de las contrataciones públicas en nicaragua?

Page 23: Revista Transparencia Probidad.no2

¿sAbÍA usTED quE?24

n Nicaragua no forma parte de la Alianza por el

Gobierno Abierto (OGP, por sus siglas en inglés).

Esta es una alianza internacional sobre contra-

taciones públicas conformada por más de 70

países que tiene como compromiso, inducir a

los gobiernos a publicitar su labor diaria, a través

de los principios de transparencia, participación

ciudadana, rendición de cuentas, tecnología e

innovación.

n En estudios internacionales, la corrupción en

contratación pública es identificada como el

factor principal de desperdicio e ineficiencia

en el manejo de los recursos. Se estima que

gran parte del gasto en contratación pública

se desperdicia en malas prácticas que gene-

ran corrupción y soborno.

n En Nicaragua las contrataciones públicas son

fiscalizadas por la Contraloría General de la

República (CGR). El órgano rector del Sistema

de Contrataciones es la Dirección General de

Contrataciones del Estado (DGCE) que a la vez

cuenta con la Dirección de Contrataciones Mu-

nicipales que está a cargo de las contrataciones

del sector municipal.

n La Ley de Contrataciones Administrativas del

Sector Público, determina que las institucio-

nes públicas tienen la obligación de publicar

en el portal único de contratación (www.nica-

raguacompra.gob.ni) su PAC, mandamiento

que hasta el día de hoy cumplen 88 institu-

ciones del Estado.

el informe del 2006 de la

organización para la cooperación

y el desarrollo económicos, ocde,

señala que los gobiernos gastan en

compras públicas alrededor del 15 al

20% de su presupuesto nacional. por

su parte, transparencia internacional

(ti), estimó que la corrupción

sistemática puede agregar entre un

20 a un 25% al costo de las compras

públicas.

Page 24: Revista Transparencia Probidad.no2

¿sAbÍA usTED quE? 25

n De una revisión de los PAC publicados en el primer

trimestre del 2012, se encontró con que algunas

instituciones públicas a la fecha habían realizado

hasta 10 modificaciones a sus PAC.

n Para el año 2012, según la información extraída

del consolidado (institución por institución) de los

PAC publicados, se ha planificado gastar en bie-

nes, servicios (de consultoría y complementarios)

y obras la suma de C$15,343 millones de córdobas

lo que equivale a casi US$ 653 millones de dólares

(tomando el tipo de cambio promedio del 2012

que es 23.5 córdobas por dólar).

n Del monto total de recursos dirigidos a las

contrataciones, el 39.79% corresponderá a

adquisición de bienes, 12.81% a servicios com-

plementarios, 7.97% en consultorías y 39.42% a

obras públicas.

n Para el año 2012, las contrataciones públicas

que se han planificado realizar, alcanzan aproxi-

madamente al 36.31% del gasto total del Presu-

puesto General de la República que para este

año asciende a C$42,256.77 millones de córdo-

bas.

n El monto de las contrataciones para este año se

acercaría al 8.76% del PIB estimado, que según

el gobierno alcanzará los C$175,112 millones de

córdobas.

n Según datos extraídos del portal Nicaragua Com-

pra existen actualmente 28,816 proveedores ins-

critos, el 52.5% del total están por el departamento

de Managua.

n En el 2011, la institución pública que más ingre-

só procedimientos de compras al portal fue el

MINSA (4,163) seguido del INSS (2,777). En el

primer semestre del 2012, el MINSA se encuen-

tra en primer lugar con 3,845 y le sigue el IN-

ATEC con 3,540.

n Actualmente existen 74 entidades públicas utili-

zando el portal Nicaragua Compra. En el caso de

las alcaldías sólo 20 (13%) de 153 lo utilizan.

Page 25: Revista Transparencia Probidad.no2

NOvEDADEs26

n El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) brinda cooperación técnica a la DGCE en la mejora del SISCAE y en la búsqueda de enlazarlo con el Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditorías (SIGFA), el que también está siendo fortalecido. Esto se lograría a través de la adquisición de un sistema informativo. Se espera que la mejora se realice el próximo año con el nuevo ciclo presupuestario.

n Para Andrés Muñoz, Responsable del Área de Gestión Fiscal y Municipal del BID, este cambio busca el fortalecimiento de la gestión pública y el manejo eficiente de los recursos. También permitiría que el sistema se adapte a las normas internacionales de contabilidad y a presentar las cuentas de manera más transparente según los lineamientos del Fondo Monetario Internacional.

n El Sistema de Compras Públicas de Chile es un referente en el ámbito internacional. Según cifras de la Dirección de Chile Compra en su mercado público se tranzan anualmente alrededor de 7,000 millones de dólares; se realizan un millón 800,000 órdenes de compra; participan 900 instituciones como compradores y 100,000 proveedores de los cuales el 90% provienen de la micro y pequeña empresa y el 11.7% de las licitaciones cuentan con criterios sustentables. Se ha cuantificado que el sistema genera 280 millones de dólares en ahorros al Estado. Cuenta con un sistema de información electrónico al que puede acceder a la siguiente dirección: www.chilecompra.cl

n Algunas prácticas que se están generando en varios países de Latinoamérica en pro de la transparencia en las contrataciones públicas son: campañas de monitoreo (por ejemplo para detectar la falta de cumplimiento de los tiempos de publicación), disposición de formularios en línea (para canalizar consultas, sugerencia y reclamos que tengan los participantes en los procesos), elaboración de ranking de reclamos (que pasados los días hábiles desde su recepción no han sido contestados por la institución).

n La Dirección General de Contrataciones del Estado (DGCE) cuenta con un plan estratégicos que abarca el período del 2011 al 2015, el que contempla acciones y resultados para modernizar el sistema de contrataciones públicas.

n La Cámara de la Construcción realiza un monitoreo diario de la página Nicaragua Compra para mantener informados a sus asociados sobre los procesos de contrataciones que se están ejecutando para que estos participen como oferentes. También monitorean los periódicos nacionales y las páginas web de las instituciones que tiene que ver con el sector: MTI, FOMAV, FISE, ENACAL, MINSA y MINED, para conocer de invitaciones a participar de procesos de compras públicas. De este monitoreo se realizan reportes que distribuyen a sus afiliados. También revisan los pliegos de bases y condiciones, para verificar que los mismos se ajustan a lo establecido en la Ley 737.

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Esta publicación del Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas se realizó gracias al apoyo deEsta publicación del Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas se realizó gracias al apoyo de

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