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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA 10 DE JULIO DE 2019 No. 131
Í N D I C E
9 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Salud
Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Manual de Integración y
Funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, con número de registro
MEO-065/170619-D-SEDESA-33/010119 3
Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Manual de Integración y
Funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional, con número
de registro MEO-082/190619-D-SEDESA-33/010119 4
Secretaría de Seguridad Ciudadana
Aviso por el que se da a conocer el cambio de domicilio de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional 5
Policía Bancaria e Industrial
Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos para Autorizar el Reingreso en Plaza Operativa a las y los
aspirantes que deseen pertenecer nuevamente a la corporación 6
Consejería Jurídica y de Servicios Legales
Aviso por el que se da a conocer al Notario suplente en el protocolo de la Notaría Pública 85 de la Ciudad de México,
que estuvo a cargo del finado Lic. Rodrigo Vargas y Castro, quien fuera titular de la misma 9
Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Programa Anual de Capacitación
para la Defensoría Pública, correspondiente al ejercicio 2019 10
Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
Índice
Viene de la Pág. 1
Fideicomiso Educación Garantizada
Aviso por el que se da a conocer la designación de una persona servidora pública, como apoderado general para su defensa
jurídica 11
Metrobús
Nota Aclaratoria al Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado su Código de Conducta,
publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 22 de mayo de 2019 13
Servicio de Transportes Eléctricos
Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Manual de Integración y Funcionamiento
del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, con número de registro MEO-062/170619-E-
SEMOVI-STE-26/010119 14
Alcaldía en Gustavo A. Madero
Nota Aclaratoria relativa al Aviso mediante el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la acción social,
“Dignificamos tu Casa”, ejercicio 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1 de julio de 2019 15
Alcaldía en Iztacalco
Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la actividad institucional de desarrollo social, “Apoyo
para Entrega de Aparatos Ortopédicos y Aparatos Auditivos 2019”, (sillas de ruedas, andaderas, bastones, muletas o aparatos
auditivos), para el ejercicio fiscal 2019 19
Aviso por el que se modifica la Nota Aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación del
programa de desarrollo social, “Facilitadores Culturales y Deportivos 2019”, para el ejercicio fiscal 2019, publicado en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de fecha 28 de junio 2019 22
Alcaldía en Miguel Hidalgo
Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer los días inhábiles para los trámites y procedimientos administrativos que se
indican 25
Alcaldía en Venustiano Carranza
Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de la acción institucional, “Regreso a Clases con Zapatos Escolares”, por
única ocasión, para el ejercicio fiscal 2019 27
Aviso por el cual se da a conocer la modificación a los Lineamientos de Operación de la acción institucional, “Alimentación y
Atención para la Infancia inscrita en los Centros de Desarrollo Infantil”, para el ejercicio fiscal 2019, publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, el día 20 de marzo de 2019 37
Aviso por el cual se da a conocer la modificación a los Lineamientos de la acción institucional, “Alimentación y Atención para
los residentes de la casa hogar Arcelia Nuto de Villamichel”, para el ejercicio fiscal 2019, publicados en la Gaceta Oficial de
la Ciudad de México, el día 20 de marzo de 2019 38
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación.- Licitación Pública Nacional, número
SECTEI/LPN/009/2019.- Convocatoria 008.- Contratación del servicio de limpieza integral con surtimiento de materiales 39
Procuraduría General de Justicia.- Licitación Pública Nacional, número LPN-DOPC-PYA-PGJCDMX-OP-001-2019.-
Convocatoria: 001-2019.- Contratación de servicios para llevar a cabo las obras para el mejoramiento de inmuebles 40
Alcaldía en Gustavo A. Madero.- Licitaciones Públicas Nacionales, números 30001127-008-19 a 30001127-010-19.-
Convocatoria 003.- Contratación de obra pública a base de precios unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado para
la rehabilitación, mantenimiento y conservación de mercados y reencarpetamiento 43
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE SALUD
DRA. OLIVA LÓPEZ ARELLANO, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 20 párrafo tercero, 21 Bis, 22
párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, 2 fracción XII y 23 fracción I, del Reglamento de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, 16, fracción XV, 20 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de
la Administración Pública de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México;
17 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; ordinal Décimo
Segundo, de los Lineamientos Generales para el Registro de los Manuales Administrativo y Específicos de Operación de las
Dependencias, Órganos, Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como de las Comisiones,
Comités, Institutos y cualquier otro Órgano Administrativo Colegiado o Unitario que constituya la Administración Pública
de la Ciudad de México, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PODRÁ SER
CONSULTADO EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD,
CON EL NÚMERO DE REGISTRO MEO-065/170619-D-SEDESA-33/010119.
PRIMERO. Se da a conocer el enlace electrónico en el que podrá consultarse el Manual de Integración y
Funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicos de la Secretaría de Salud,
con número de registro MEO-065/170619-D-SEDESA-33/010119, emitido por la Coordinación General de Evaluación,
Modernización y Desarrollo Administrativo de la Secretaría de Administración y Finanzas:
http://187.210.47.140:9091/archivos/public/documentos/DCDS/MANUALES%20ESPEC%C3%8DFICOS%20DE%20OP
ERACI%C3%93N%20SEDESA/MEO_ADQUISICIONES_2019.pdf
SEGUNDO.- Se designa como responsable al Lic. Edgar Méndez Calderón, Subdirector de Sistemas de Información, con
número de teléfono 51 32 12 00 ext. 1372
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. El presente Aviso, entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Ciudad de México, a 2 de julio de 2019.
(Firma)
_________________________________________
DRA. OLIVA LÓPEZ ARRELLANO
SECRETARIA DE SALUD
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
SECRETARÍA DE SALUD
DRA. OLIVA LÓPEZ ARELLANO, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 16, fracción XV, 18, 20
fracciones IX y XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 11 de
la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 17 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la
Administración Pública de la Ciudad de México; ordinal Décimo Segundo, de los Lineamientos Generales para el Registro
de los Manuales Administrativo y Específicos de Operación de las Dependencias, Órganos, Entidades de la Administración
Pública de la Ciudad de México; así como de las Comisiones, Comités, Institutos y cualquier otro Órgano Administrativo
Colegiado o Unitario que constituya la Administración Pública de la Ciudad de México, tengo a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PODRÁ SER
CONSULTADO EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL DE LA
SECRETARÍA DE SALUD, CON EL NÚMERO DE REGISTRO MEO-082/190619-D-SEDESA-33/010119.
PRIMERO. Se da a conocer el enlace electrónico en el que podrá consultarse el Manual de Integración y
Funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la
Secretaría de Salud, con número de registro MEO-082/190619-D-SEDESA-33/010119, emitido por la Coordinación
General de Evaluación, Modernización y Desarrollo Administrativo de la Secretaría de Administración y Finanzas:
http://187.210.47.140:9091/archivos/public/documentos/DCDS/MANUALES%20ESPEC%C3%8DFICOS%20DE%20OP
ERACI%C3%93N%20SEDESA/MEO_CARECI_2019.pdf
SEGUNDO.- Se designa como responsable al Lic. Edgar Méndez Calderón, Subdirector de Sistemas de Información, con
número de teléfono 51 32 12 00 ext. 1372
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. El presente Aviso, entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Ciudad de México, a 2 de julio de 2019.
(Firma)
_________________________________________
DRA. OLIVA LÓPEZ ARRELLANO
SECRETARIA DE SALUD
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
MAESTRO JESÚS ORTA MARTÍNEZ, Secretario de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, con fundamento en
los artículos 21, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16, fracción XVI, y último
párrafo de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 3, 4, 8, fracciones I,
II, III y XIX de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 8, fracciones I y II del
Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México es una Dependencia de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad de México, a la que corresponde, entre otras cuestiones, realizar en el ámbito territorial y material de
la Ciudad de México, las acciones dirigidas a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, prevenir la comisión
de delitos e infracciones, así como auxiliar a la población en caso de siniestros y desastres.
Que al interior de la Dependencia, la Subsecretaría de Desarrollo Institucional es la competente para organizar el Sistema de
Carrera Policial, coordinar las acciones de desarrollo policial tendientes a la profesionalización y mejoramiento de la Policía
de la Ciudad de México, establecer la normatividad y procedimientos policiales, entre otras cuestiones.
Que con la finalidad de optimizar el funcionamiento de los asuntos que le competen a la Subsecretaría de Desarrollo
Institucional de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, es necesaria su reubicación.
Que en virtud de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA SUBSECRETARÍA DE
DESARROLLO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE
MÉXICO.
ÚNICO. - Se establece como nuevo domicilio para la Subsecretaría de Desarrollo Institucional de la Secretaría de
Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, tanto para la recepción y atención de las solicitudes de trámites y servicios
que le competan, así como para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el ubicado en Arcos de Belém,
número 79, piso 10, Colonia Centro, Código Postal 06010, demarcación territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. - El presente Aviso surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México.
Dado en la Sede de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, el 02 de julio de 2019.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
MAESTRO JESÚS ORTA MARTÍNEZ
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
PRIMER SUPERINTENDENTE LIC. PABLO CÉSAR OVALLE ESTRADA, DIRECTOR GENERAL Y
VICEPRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POLICÍA
BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO ARTÍCULO 21 Y 123 APARTADO B INCISO XIII; LEY
GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA ARTÍCULOS 72, 78, 85 FRACCIONES I, II, III Y
IV, 86 Y 88 APARTADO A); CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO ARTÍCULO 42 APARTADO
A, NUMERAL 2; LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL ARTÍCULOS 24, 25 Y 26; LEY
ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL ARTÍCULOS 49 Y 50;
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
ARTÍCULO 56; Y REGLAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DEL
DISTRITO FEDERAL ARTÍCULOS 7, 8 FRACCIÓN V, 9 INCISO C; Y
CONSIDERANDO
Que el artículo 21, párrafo décimo inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que las
instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las
instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la
seguridad pública y conformarse el Sistema Nacional de Seguridad Pública, el cual estará sujeto a bases mínimas, de entre
ellas, la regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los
cuerpos integrantes de las instituciones de seguridad pública.
Que el artículo 123 apartado B inciso XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señalan que los
cuerpos de Seguridad Pública se regirán por sus propias leyes y reglamentos.
Que el artículo 72 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, señala que el Desarrollo Policial norma e
institucionaliza integralmente los procesos estructurados que comprende la Carrera Policial y tiene por objeto garantizar el
desarrollo institucional, la estabilidad, la seguridad y la igualdad de oportunidades; elevar la profesionalización, fomentar la
vocación de servicio y el sentido de pertenencia, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de
legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos de los integrantes de las
Instituciones Policiales.
Que el artículo 42 apartado A, numeral 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México, señala que la selección,
ingreso, formación, evaluación, permanencia, reconocimiento y certificación de las y los integrantes de las instituciones de
seguridad ciudadana, se hará conforme a lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta
Constitución y las leyes de la materia. La ley local establecerá el servicio profesional de carrera.
Que el artículo 49 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, señala que La Carrera
Policial es el elemento básico para la formación de los integrantes de la Policía, a fin de cumplir con los principios de
actuación y desempeño. Comprende los requisitos y procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación,
adiestramiento, desarrollo, actualización, permanencia, promoción y separación del servicio, así como su evaluación, y es
obligatoria para los elementos que conforman los Agrupamientos, Servicios y Unidades de Protección Ciudadana.
Que el artículo 50 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y el artículo 26, de la Ley
de Seguridad Pública del Distrito Federal, señalan los requisitos de ingreso a las y los aspirantes que deseen formar parte de
los Cuerpos de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
Que las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, en su Título Segundo,
Capítulo Primero artículo 8° fracción V, indica las funciones de la Comisión Técnica de Selección y Promoción de cada
corporación, teniendo las siguientes: Analizar, aprobar y definir los mecanismos y procedimientos de selección para el
ingreso, reingreso y promoción que deberán instrumentarse en los diferentes procesos que realicen las Unidades
Administrativas facultadas para ello, e instruir las modificaciones pertinentes que a su juicio considere se deban aplicar, a
fin de compatibilizar los procedimientos a las necesidades de la Corporación y de la Carrera Policial.
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
Que de conformidad con el artículo 52 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la
Policía Bancaria e Industrial proporcionará servicios de custodia, vigilancia, guardia y seguridad de personas y bienes,
valores e inmuebles a dependencias, entidades y órganos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Federales y de la
Ciudad de México, órganos autónomos federales y locales así como a personas físicas y morales, mediante el pago de la
contraprestación en virtud de la alta demanda de los servicios proporcionados y al estado de fuerza limitado con que cuenta;
por lo que es necesario que este último se vea incrementado.
Que la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía Bancaria e Industrial de la Ciudad de México, con fecha
18 de junio de 2019, celebró la Primera Sesión Ordinaria, en la cual autorizó el presente Acuerdo, por el que se instruye al
titular de la Dirección de Desarrollo Policial, realizar los trámites administrativos para su publicación en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México.
Que la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía Bancaria e Industrial de la Ciudad de México, de
conformidad a la normatividad aplicable, debe conocer y resolver sobre las peticiones de reingreso que realicen los
servidores públicos con plaza operativa que causaron baja por renuncia voluntaria de la Institución.
En virtud de lo anterior se ha tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS PARA AUTORIZAR EL REINGRESO EN
PLAZA OPERATIVA A LAS Y LOS ASPIRANTES QUE DESEEN PERTENECER NUEVAMENTE A LA
POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
ÚNICO. Tienen por objetivo establecer los requisitos y el procedimiento de selección para autorizar el reingreso a la Policía
Bancaria e Industrial de la Ciudad de México, del personal que estando en activo ocupando una plaza operativa, haya
causado baja voluntaria y que al momento de la solicitud cumpla con los requisitos de ingreso y permanencia que rigen a los
cuerpos de seguridad pública, establecidos en los artículos 26 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 29 de las
Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, con los establecidos en la
convocatoria de ingreso vigente de esta Corporación, y con los siguientes:
REQUISITOS
1. Haber causado baja de esta Corporación por haberla solicitado.
2. No tener Clave Única de Identificación Personal (C.U.I.P.) activo en otra Corporación policial o empresa de seguridad
privada.
3. No contar con un reingreso previo.
4. No contar en su expediente personal con antecedentes de conductas contrarias a los principios de actuación policial y
rectores de esta Corporación.
5. No tener en su Kardex Policial un récord de faltas mayor en número a las incidencias cubiertas.
6. Aprobar las evaluaciones en el Centro de Control de Confianza de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de
México, con fundamento en el artículo 54 de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del
Distrito Federal.
7. Cumplir con la edad que señala la Convocatoria de ingreso vigente, y no haber dejado de desempeñar la función policial
por un periodo mayor a cinco años.
8. Cumplir satisfactoriamente con los estudios de laboratorio y gabinete, requeridos por la Subdirección de Servicios
Médicos Integrales.
9. El aspirante que solicite reingresar con la jerarquía que ostentaba al momento de causar baja de la Corporación, deberá
adjuntar en su solicitud, las copias simples de cada una de las notificaciones de ascenso obtenidas durante el trascurso de su
carrera policial y presentar las originales al momento de su solicitud para cotejo, además de cumplir con los demás
requisitos que para el reingreso se establecen en el presente acuerdo.
10. El aspirante deberá cumplir con los trámites de reingreso en un término no mayor a 45 días naturales.
Asimismo, la Comisión Técnica de Selección y Promoción determinará las variaciones, modificaciones y modalidades
mediante los cuales se deberán normar los reingresos, atendiendo a los requerimientos y circunstancias generales y
específicas.
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
En ejercicio de lo señalado en el párrafo anterior, la Comisión Técnica de Selección y Promoción podrá adecuar y definir las
equivalencias necesarias que se requieran para cumplimentar o tener por satisfecho algún o algunos de los requisitos
solicitados para dispensas o reingresos, sustituyéndolos por requisitos complementarios o sustitutos, que se refieran a
antigüedad en la Corporación, escolaridad, preparación y formación académica, experiencia en instituciones policiales
homologas, en las Fuerzas Armadas, Expediente policial y demás atributos personales, académicos, sociales o de otra índole,
que consideren necesarios para ser tomados en cuenta para ingresar o reingresar a la Policía Bancaria e Industrial.
PROCEDIMIENTO
La Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial de la Ciudad de México, ubicada en: Poniente 128 No. 177,
Colonia Nueva Vallejo, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07750, Ciudad de México, recibirá las solicitudes de reingreso
formuladas por las y los aspirantes, para el trámite correspondiente.
INFORMACIÓN ADICIONAL
1. La documentación e información que proporcionen las y los aspirantes será remitida y verificada ante las autoridades
competentes; cualquier falsedad detectada en ellos será notificada a las Instituciones correspondientes para que se proceda
conforme a derecho.
2. En cualquier etapa de este proceso, si se llegara a detectar el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos,
se procederá a la baja definitiva del aspirante, independientemente de las responsabilidades administrativas y/o penales que
se puedan originar.
3. El tiempo durante el cual transcurran los procesos de reingreso no implica la existencia de relación laboral alguna entre
éstos y la Policía Bancaria e Industrial de la Ciudad de México.
4. La contratación estará sujeta a la existencia de vacantes y a la suficiencia presupuestal de la Corporación, así como al
resultado de las evaluaciones.
5. Todas las etapas del proceso son gratuitas. Cualquier irregularidad se deberá reportar al titular de la Dirección de
Desarrollo Policial o, en su defecto, a la Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial de la Ciudad de México.
6. Los asuntos no previstos en el presente Acuerdo serán resueltos por la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la
Policía Bancaria e Industrial de la Ciudad de México.
TRANSITORIO
ÚNICO. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 04 de julio de 2019
(Firma)
PRIMER SUPERINTENDENTE LIC. PABLO CÉSAR OVALLE ESTRADA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA
BANCARIA E INDUSTRIAL, EN SU CALIDAD DE VICEPRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE
SELECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
LICENCIADO JUAN ROMERO TENORIO, DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE ESTUDIOS
LEGISLATIVOS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO; con
fundamento en los artículos 229 fracciones XVI, XVII y XXII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la
Administración Pública de la Ciudad de México; 1º, 2º fracción VII, 5, 8, 9, 28, 76, 81, 194, 196, 213, 214, 215, 216 y 260
de la Ley del Notariado para la Ciudad de México; 1º, 2º, 3, 5 del Reglamento de la Ley del Notariado para la Ciudad de
México; considerando el seguimiento de regularización de la Clausura Temporal parcial del Protocolo de la Notaría Pública
Número 85 de fecha 20 de agosto de 2018, las solicitudes de los prestatarios o solicitantes del servicio notarial, en su
momento a la Notaría 85, y en los términos del artículo 203 y 204 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal, vigentes
en el momento de cesación de la función notarial del Licenciado Rodrigo Vargas y Castro, esta Autoridad tuvo a bien
designar como Notario Suplente en el Protocolo del finado Licenciado Rodrigo Vargas y Castro quien fuera titular de la
Notaría 85 de la Ciudad de México, al Lic. RANULFO ENRIQUE TOVILLA SAÉNZ, Titular de la Notaría Pública 124
de la Ciudad de México, para que se haga cargo asuntos pendientes de trámite de la Notaría 85. Es menester precisar que, a
la fecha el Lic. RANULFO ENRIQUE TOVILLA SAÉNZ, Titular de la Notaría Pública 124 de la Ciudad de México,
cuenta solo con parte del protocolo que estuvo a cargo del Licenciado Rodrigo Vargas y Castro quien fuera titular de la
Notaría 85 de la Ciudad de México, toda vez que el protocolo pendiente de inventario se encuentra dentro del inmueble que
en su momento ocupara las instalaciones de la Notaría 85, inmueble que actualmente está clausurado por parte del Instituto
de Verificación Administrativa de la Ciudad de México (INVEA) y, además, es materia de litigio en el Juzgado 68 de lo
Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. A tal razón, En cuanto se tenga acceso al inmueble se dará
continuidad con la Clausura Temporal de protocolo. Por lo que se emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL NOTARIO SUPLENTE EN EL PROTOCOLO DE LA NOTARIA
PUBLICA 85 DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE ESTUVO A CARGO DEL FINADO LIC. RODRIGO VARGAS
Y CASTRO QUIEN FUERA TITULAR DEL MISMO.
ÚNICO.- Con fundamento en los artículos 1º, 2º fracción VII, 5, 8, 9, 28, 76, 81, 194, 196, 213, 214, 215, 216 y 260 de la
Ley del Notariado para la Ciudad de México, se comunica que el Lic. RANULFO ENRIQUE TOVILLA SAÉNZ, Titular
de la Notaría Pública 124 de la Ciudad de México, actuará como Notario Suplente en el Protocolo de la Notaría Pública 85
de la Ciudad de México, que estuvo a cargo del finado Lic. Rodrigo Vargas y Castro quien fuera titular de la misma; a
efecto de concluir los asuntos pendientes de trámite.
El domicilio de la Notaría Pública 124 de la Ciudad de México, cuyo Titular es el Lic. Ranulfo Enrique Tovilla Sáenz, se
encuentra ubicado en la calle Valparaíso Número 57, Colonia Tepeyac Insurgentes, Alcaldía Gustavo A. Madero, C. P.
07020, Ciudad de México, con un horario de atención al público de lunes a viernes de las 9:00 a las 16:00 horas , con los
siguientes números telefónicos 55-77-90-17, 57-81-12-39, 57-81-56-61 y correo electrónico [email protected]
TRANSITORIO
Artículo Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
EL DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS
(Firma)
LICENCIADO JUAN ROMERO TENORIO
Ciudad de México a 26 de junio de 2019
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES
DR. HÉCTOR VILLEGAS SANDOVAL, Consejero Jurídico y de Servicios Legales, con fundamento en lo dispuesto por
los artículos 17, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51, numerales 1 y 2 de la
Constitución Política de la Ciudad de México; 16, fracción XIX, y 43, fracción XIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 230, fracción XV del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de
la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos Vigésimo Segundo y Décimo Sexto Transitorios de la Ley y
Reglamento citados; y, 5°, fracción VIII de la Ley de la Defensoría Pública del Distrito Federal; y,
C O N S I D E R A N D O
Que el antepenúltimo párrafo del Artículo 17 Constitucional establece la necesidad social de contar con servicios de defensa
de calidad, impone a las defensorías públicas pensar y emprender procesos de profesionalización para sus defensores, toda
vez que las principales características de sus servicios tienen que ajustarse a principios de calidad, profesionalismo,
eficiencia y eficacia. De igual forma, la modernización de los sistemas de justicia demanda que los defensores, tanto
públicos como de oficio, cuenten con nuevas habilidades y destrezas de litigio para cumplir su papel con mayor
profesionalismo y dedicación.
Para cumplir con este mandato constitucional, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales garantiza un servicio de
defensoría pública de calidad para la población de la Ciudad de México, a través de la implementación del programa Anual
de Capacitación, el cual se rige bajo los principios de probidad, honradez y profesionalismo.
De acuerdo con el Programa Anual de Trabajo 2019 de la Dirección General de Servicios Legales, en su Eje de
Actualización y Profesionalización y en cumplimiento a la Ley de la Defensoría Pública del Distrito Federal, se atiende la
necesidad de capacitar y actualizar al personal de la Defensoría Pública, mediante el Programa Anual de Capacitación
correspondiente al ejercicio 2019, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PODRÁ SER
CONSULTADO EL PROGRAMA ANUAL DE CAPACITACIÓN PARA LA DEFENSORÍA PÚBLICA,
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2019.
ÚNICO. - Se da a conocer el enlace electrónico (link) donde podrá consultarse el Programa Anual de Capacitación para
la Defensoría Pública, correspondiente al ejercicio 2019:
https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/imagenes_micrositios/dgsl/Programa_Anual_Capacitacion_2019_V_29042019.
TRANSITORIOS
PRIMERO. - Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para su cumplimiento.
SEGUNDO. – El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación.
TERCERO. – Se designa como responsable de mantener dicho enlace disponible en línea a la Mtra. María del Pilar
Paredes Arroyo Bribiesca, Prestadora de Servicios Profesionales y Coordinadora de Atención Ciudadana de la Consejería
Jurídica y de Servicios Legales, con números telefónicos 53458330 y 53458328.
Ciudad de México, a 21 de junio de 2019.
EL CONSEJERO JURÍDICO Y DE SERVICIOS LEGALES
(Firma)
DR. HÉCTOR VILLEGAS SANDOVAL
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
LIC. ARACELI BERENICE HERNANDEZ CALDERÓN, DIRECTORA GENERAL DEL FIDEICOMISO
PÚBLICO DENOMINADO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los
Artículos 1°, 2°, 3° fracciones III, XII, 10° fracción V, 44 fracción III, 47, 51, 52, 64, 74 fracción I, IV, XII, XVII y XX de
la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; Capítulo III numeral 9
fracción I, IV y XXI de las Reglas de Operación del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, 1 y 11 de la
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y demás disposiciones legales aplicables.
CONSIDERANDOS
Que el Fideicomiso Educación Garantizada, en cumplimiento a su objetivo como Entidad Paraestatal de la Administración
Pública de la Ciudad de México, se auxilia para el ejercicio de sus funciones en diversas unidades administrativas que le
están adscritas.
Que la actuación de la Administración Pública de la Ciudad de México se encuentra regulada por la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y la Ley Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal, y demás Leyes, Reglamentos y Ordenamientos aplicables.
Que el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México a través de la Directora General, a efecto de que las
funciones se realicen de manera articulada, congruente y eficaz en el ámbito de la competencia, resulta indispensable emitir
el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO ADSCRITO AL
FIDEICOMISO DE EDUCACÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL, COMO APODERADO
GENERAL PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE ESTA ENTIDAD PARAESTATAL, COMO SE INDICA.
UNICO. El presente tiene como objeto dar a conocer la designación como apoderado general para su defensa jurídica de
la Administración Pública del Fideicomiso Educación Garantizada, al siguiente servidor público:
Lic. Pedro Pelayo Domínguez, con Cédula Profesional 9856871
Lo anterior, para una mejor distribución, ejercicio y desarrollo de las facultades que me fueron conferidas en términos de la
Constitución Política de la Ciudad de México y de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la
Ciudad de México, entre las que se encuentra la de asumir la representación jurídica, es por ello que se otorga PODER
GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y con las especiales que requieran
mención o cláusula especial conforme a la ley. De manera enunciativa y no limitativa, se otorgan para ejercerlas de manera
conjunta o separada, las facultades siguientes:
a) Presentar y contestar demandas, reconvenciones y tercerías, oponer excepciones y defensas y
comparecer como tercero interesado;
b) Ofrecer toda clase de pruebas, objetar las de la contraria, rendir toda clase de informes; presentar
testigos y redargüir los que ofrezca la parte contraria; designar y revocar peritos;
c) Absolver y articular posiciones;
d) Embargar bienes y presentarse en almonedas;
e) Promover incompetencias y recusar jueces;
f) Oír resoluciones interlocutorias y definitivas; interponer toda clase de incidentes y recursos
ordinarios y extraordinarios; pedir aclaración de sentencias y laudos, así como ejecutarlos;
g) Elaborar demandas de amparo e interponer los recursos que procedan inherentes al juicio;
h) Transigir y conciliar mediante autorización expresa del titular del Fideicomiso, comprometer y
resolver en arbitraje;
i) En materia penal, además de las anteriores, cuando proceda, presentar y ratificar denuncias,
acusaciones o querellas; constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero
Común o Federal, en todo lo relacionado con las averiguaciones previas o procesos penales, que se
inicien o que se instruyan en todos sus trámites e instancias, así como otorgar perdón mediante
autorización del titular del Fideicomiso;
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
j) Desistirse total o parcialmente en juicios y procedimientos cuando convenga, mediante autorización
del titular del Fideicomiso, y
k) Las demás facultades necesarias para que en representación de la Administración de esta entidad
Paraestatal, haga la defensa jurídica de la misma.
Las facultades de representación para la defensa jurídica que se otorgan, se ejercerán ante toda clase de autoridades
jurisdiccionales, administrativas o laborales.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
SEGUNDO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Así lo acuerda y firma en la Ciudad de México, al segundo día del mes de julio de dos mil diecinueve.
(Firma)
LIC. ARACELI BERENICE HERNANDEZ CALDERÓN
DIRECTORA GENERAL DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
METROBÚS
Roberto Samuel Capuano Tripp, Director General del Organismo Público Descentralizado Metrobús, con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 3 fracción III, 11 fracción
II, 44 fracción I, 45, 50, 54, 74 fracciones I, XI y XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración
Pública de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 5 de la Ley del
Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México; 6 y 16 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de
México; disposición Décimo Segunda del Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de México, doy a
conocer la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO
DONDE PODRÁ SER CONSULTADO EL “CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO METROBÚS” de fecha 13 de mayo de 2019, publicado en la página 33 de la Gaceta Oficial de
la Ciudad de México el día 22 de mayo de 2019.
Dice:
ÚNICO.- Se da a conocer el enlace electrónico http:data.metrobus.cdmx.gob.mx/docs/CDMB:pdf del “Código de Conducta
del Organismo Público Descentralizado Metrobús”; siendo la responsable de mantener la liga habilitada, la Lic. María
Patricia Becerra Salazar, Directora Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, con teléfono de contacto 57616858 y dirección en
Avenida Cuauhtémoc 16, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06720, Ciudad de México.
Debe Decir:
ÚNICO.- Se da a conocer el enlace electrónico http:data.metrobus.cdmx.gob.mx/docs/CDMB.pdf del “Código de Conducta
del Organismo Público Descentralizado Metrobús”; siendo la responsable de mantener la liga habilitada, la Lic. María
Patricia Becerra Salazar, Directora Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, con teléfono de contacto 57616858 y dirección en
Avenida Cuauhtémoc 16, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06720, Ciudad de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente nota aclaratoria entra en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México, para su debida observancia y cumplimiento.
Ciudad de México, a 1º. de Julio de 2019.
(Firma)
ROBERTO SAMUEL CAPUANO TRIPP
DIRECTOR GENERAL
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
SERVICIO DE TRANSPORTES ELÉCTRICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
INGENIERO GUILLERMO CALDERÓN AGUILERA, Director General del Servicio de Transportes Eléctricos de la
Ciudad de México, con fundamento en los artículos 20 párrafo tercero, 21 fracción I y 21 Bis de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal; 2 fracción XII, 29 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, 74 fracción
XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 11 de la Ley del
Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, 19 y 20 del Estatuto Orgánico del Servicio de Transportes
Eléctricos de la Ciudad de México, lineamientos Cuarto fracción III, Noveno y Décimo Segundo de los Lineamientos
Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la
Ciudad de México, emite el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PODRÁ SER
CONSULTADO EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL SERVICIO DE
TRANSPORTES ELÉCTRICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON NÚMERO DE REGISTRO MEO-
062/170619-E-SEMOVI-STE-26/010119.
ÚNICO. Se da a conocer el aviso donde podrá ser consultado el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de
Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México,
que estará disponible en el siguiente enlace electrónico (liga):
https://www.ste.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Manuales_Lineamientos/manual-del-subcomite-de-adquisiciones-
2019.pdf
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.
SEGUNDO. El Servidor Público Responsable del enlace electrónico es el Ing. Javier Flores Peralta, Gerente de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, teléfono 25950000 ext. 250.
TERCERO. El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Ciudad de México, a 4 de julio 2019.
(Firma)
ING. GUILLERMO CALDERÓN AGUILERA
DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE TRANSPORTES
ELÉCTRICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
ALCALDÍA DE GUSTAVO A. MADERO
FRANCISCO CHÍGUIL FIGUEROA, Alcalde de Gustavo A. Madero, con fundamento en los artículos 53, Apartado A,
numerales 1, 2, Fracciones I , X, XI, y XVII y 12, Fracciones I, VII, y XV; Apartado B, numerales 1 y 3, Trigésimo y
Trigésimo Cuarto Transitorios de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 6, 9, 15, 16, segundo párrafo,
20, Fracciones XI, XIII, 21, 35, Fracciones II y IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 32, 33, 35, 36,
37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social
para el Distrito Federal, artículos 34, 124 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y
Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; y
CONSIDERANDO
Que la Dirección General de Desarrollo Social a través de la Coordinación de Apoyos para una Vivienda Digna tiene la
atribución para diseñar e instrumentar políticas públicas y proyectos comunitarios encaminados a promover el progreso
económico, el desarrollo de las personas, la generación de empleo y el desarrollo turístico sustentable y accesible dentro de
la demarcación territorial, de acuerdo con el artículo 35, Fracción II de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de
México.
NOTA ACLARATORIA RELATIVA AL AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL “DIGNIFICAMOS TU CASA, EJERCICIO
2019,” PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 1 DE JULIO DE 2019.
PRIMERO.- En la página 76, correspondiente a las Unidades administrativas responsables de la operación de la acción
social.
DICE:
I.3. Unidades administrativas responsables de la operación de la acción:
Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social (Supervisión de la acción social)
Dirección de Programas Comunitarios e Iniciativas Ciudadanas (Instrumentación de la acción social)
Subdirección de Programas Comunitarios (Operación de la acción social)
Dirección General de Administración (Transferencia de los Recursos)
DEBE DECIR:
I.3. Unidades administrativas responsables de la operación de la acción:
Dirección General de Desarrollo Social (Supervisión de la acción social)
Coordinación de Apoyos para una Vivienda Digna. (Instrumentación y Operación de la acción social)
Dirección General de Administración (Transferencia de los Recursos)
SEGUNDO.- En la página 77, correspondiente al Objetivo General establecido para la acción social.
DICE:
III.1 Objetivo General
Entregar por única ocasión durante el ejercicio 2019, 1,000 apoyos de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100MN) cada uno,
para el mejoramiento de casas de la población maderense que se ubiquen en zonas marginadas de la Alcaldía Gustavo A.
Madero, buscando elevar la calidad de vida de sus habitantes y contribuyendo así al Derecho Humano de una vivienda
digna para la población que sea propietaria o poseedora de un bien inmueble, sin distinción de edad, género y grupo social y
que cumpla con los requisitos que se señalan en el presente documento.
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
DEBE DECIR:
III.1 Objetivo General
Entregar por única ocasión durante el ejercicio 2019, un mínimo de 1,000 apoyos de hasta $15,000.00 (Quince mil pesos
00/100 M.N.) cada uno; para el mejoramiento de casas de la población maderense que se ubiquen en zonas marginadas de la
Alcaldía Gustavo A. Madero, buscando elevar la calidad de vida de sus habitantes y contribuyendo así al Derecho Humano
de una vivienda digna para la población que sea propietaria o poseedora de un bien inmueble, sin distinción de edad, género
y grupo social y que cumpla con los requisitos que se señalan en el presente documento.
TERCERO.- En la página 77, correspondiente al establecimiento de las Metas físicas de la acción institucional:
DICE:
1000 apoyos de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100MN) cada uno.
DEBE DECIR:
Un mínimo de 1000 apoyos de hasta $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100MN) cada uno.
CUARTO.- En la página 77, correspondiente al Monto total autorizado, así como al Monto unitario por beneficiario de la
acción social.
DICE:
V.1. Monto total autorizado:
$15, 000,000.00 (Quince millones de pesos 00/100 M.N.).
DEBE DECIR:
V.1. Monto total autorizado:
Hasta $15, 000,000.00 (Quince millones de pesos 00/100 M.N.).
DICE:
V.2. Monto unitario por beneficiario:
Se entregará por única vez durante el ejercicio 2019 un apoyo de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100MN) para
equipamiento hidráulico, sanitario o reparación o mantenimiento, ya sea por desgaste del paso de los años o por algún
fenómeno natural que la haya afectado y que requieran:
DEBE DECIR:
V.2. Monto unitario por beneficiario:
Se entregará por única vez durante el ejercicio 2019 un apoyo de hasta $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100MN) para
equipamiento hidráulico, sanitario o reparación o mantenimiento, ya sea por desgaste del paso de los años o por algún
fenómeno natural que la haya afectado y que requieran:
QUINTO.- En la página 78, correspondiente al establecimiento del Procedimiento de Instrumentación de la acción
institucional:
DICE:
VII. Procedimientos de Instrumentación Difusión, Operación, Selección, Entrega y Cancelación.
1. La Dirección de Programas Comunitarios e Iniciativas Ciudadanas elaborará y publicará la convocatoria respectiva en las
áreas de la Alcaldía, en la cual se indicará la fecha, hora y lugar en la que se deberá entregar la documentación señalada para
el ingreso a esta acción social.
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
2. Recibidas las solicitudes, la Subdirección de Programas Comunitarios evaluará la situación de cada una de las casas y
seleccionará a las beneficiarias por orden de prelación.
DEBE DECIR:
VII. Procedimientos de Instrumentación Difusión, Operación, Selección, Entrega y Cancelación.
1. La Dirección General de Desarrollo Social elaborará y publicará la convocatoria respectiva en las áreas de la Alcaldía, en
la cual se indicará la fecha, hora y lugar en la que se deberá entregar la documentación señalada para el ingreso a esta acción
social.
2. Recibidas las solicitudes, la Coordinación de Apoyos para una Vivienda Digna evaluará la situación de cada una de las
casas y seleccionará a las beneficiarias por orden de prelación.
SEXTO.- En la página 79, correspondiente al establecimiento del Supervisión y Control de la acción social:
DICE:
Dirección de Programas Comunitarios e Iniciativas Ciudadanas, es responsable de la validación final de cada una de las
etapas que den cumplimiento a la operación de esta acción.
La Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social en conjunto con la Dirección de Programas
Comunitarios e Iniciativas Ciudadanas, se encargarán de supervisar que se respeten los lineamientos que se emitan en la
convocatoria de dicho programa.
DEBE DECIR:
La Coordinación de Apoyos para una Vivienda Digna, es responsable de la validación final de cada una de las etapas que
den cumplimiento a la operación de esta acción.
La Dirección General de Desarrollo Social en conjunto con la Coordinación de Apoyos para una Vivienda Digna, se
encargarán de supervisar que se respeten los lineamientos que se emitan en la convocatoria de dicho programa.
SÉPTIMO.- En la página 79, correspondiente al establecimiento del Procedimiento de Queja e Inconformidad Ciudadana
de la acción social:
DICE:
El ciudadano que desee interponer una queja o inconformarse podrá hacerlo con escrito dirigido a la Dirección General de
Participación Ciudadana y Gestión Social, quien lo turnará a la Dirección de Programas Comunitarios e Iniciativas
Ciudadanas e instruirá lo necesario para dar respuesta expedita y por escrito a quien haya interpuesto la queja o
inconformidad, dando cuenta del estado en que se encuentra el seguimiento de la misma.
DEBE DECIR:
El ciudadano que desee interponer una queja o inconformarse podrá hacerlo con escrito dirigido a la Dirección General de
Desarrollo Social, quien lo turnará a la Coordinación de Apoyos para una Vivienda Digna e instruirá lo necesario para dar
respuesta expedita y por escrito a quien haya interpuesto la queja o inconformidad, dando cuenta del estado en que se
encuentra el seguimiento de la misma.
OCTAVO.- En la página 79, correspondiente al establecimiento de los Mecanismos de Exigibilidad de la acción social:
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
DICE:
La persona titular de la Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social recibirá y turnará las solicitudes
ciudadanas de inconformidad así como las quejas a la Dirección de Programas Comunitarios e Iniciativas Ciudadanas, quien
tendrá disponibles para consulta del público los requisitos, derechos, obligaciones y el procedimiento para que los
beneficiarios puedan acceder a la acción y en caso de omisión puedan exigir su cumplimiento de acuerdo con los
procedimientos de queja o inconformidad ciudadana y en apego a la normatividad aplicable.
DEBE DECIR:
La persona titular de la Dirección General Desarrollo Social recibirá y turnará las solicitudes ciudadanas de inconformidad
así como las quejas a la Coordinación de Apoyos para una Vivienda Digna, quien tendrá disponibles para consulta del
público los requisitos, derechos, obligaciones y el procedimiento para que los beneficiarios puedan acceder a la acción y en
caso de omisión puedan exigir su cumplimiento de acuerdo con los procedimientos de queja o inconformidad ciudadana y
en apego a la normatividad aplicable.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México.
Dado en la Alcaldía Gustavo A. Madero, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecinueve.
(Firma)
DR. FRANCISCO CHÍGUIL FIGUEROA.
ALCALDE DE GUSTAVO A. MADERO.
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
ALCALDÍA IZTACALCO
RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ Alcalde de Iztacalco, con fundamento en el artículo 1 numerales 1, 4,
5 y 6, artículos 4, 9, apartados B, D, 14 apartado B, 52 numerales 1 y 2, 53 apartado A numerales 1 y 2 fracciones I,
XX y XXI de la Constitución Política de la Ciudad de México, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 15, 20, 21, 29, 30, 31, 32 fracción I, 40,
41, de la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México,123 y 124 de la ley de Austeridad, Transparencia en
Remuneraciones, Prestaciones y ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, artículo 14 de la Ley de Protección de
Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, y
CONSIDERANDO
Que las Actividades Institucionales destinadas al desarrollo social, requieren reglas de operación que incluyan al menos:
“La dependencia o entidad responsable del programa; los objetivos y alcances; sus metas físicas; su programación
presupuestal; los requisitos y procedimientos de instrumentación; el procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; los
mecanismos de exigibilidad; los mecanismos de evaluación; los indicadores; las formas de participación social y la
articulación con otros programas sociales” Como una forma de coadyuvar a fortalecer el tejido social en la alcaldía de
Iztacalco y derivado de lo anterior ,he tenido a bien emitir el siguiente
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD
INSTITUCIONAL DE DESARROLLO SOCIAL “APOYO PARA ENTREGA DE APARATOS ORTOPÉDICOS Y
APARATOS AUDITIVOS 2019” (SILLAS DE RUEDAS, ANDADERAS, BASTONES, MULETAS O APARATOS
AUDITIVOS) A CARGO DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019.
UNIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA
La Alcaldía de Iztacalco a través de la Dirección General de Desarrollo Social, la Dirección de Vivienda y Grupos Sociales,
la Subdirección de Grupos Sociales teniendo como área técnico-operativa a la Jefatura de la Unidad Departamental de
Atención a Grupos en Situaciones de Vulnerabilidad.
OBJETIVOS Y ALCANCES
Apoyar a la población que habita en la alcaldía de Iztacalco que tenga una discapacidad de tipo permanente o temporal para
que obtenga un aparato ortopédico o aparato auditivo, ya sea una silla de ruedas, un bastón, unas muletas, una andadera o
uno o dos aparatos auditivos, según sea el caso, con la finalidad de mejorar su calidad de vida.
METAS FÍSICAS
Otorgar hasta 2,170 apoyos de los cuales hasta 180 son aparatos auditivos para adultos y 20 aparatos auditivos para niños,
200 andaderas, 620 bastones, 200 andaderas, 200 muletas, 10 sillas de ruedas PCA, 500 sillas de ruedas, 100 sillas todo
terreno y 140 sillas infantiles.
MONTO POR BENEFICIARIO
Un aparato ortopédico o auditivo por beneficiario ya sea silla de ruedas, bastón, muletas, andadera o aparato(s) auditivos de
acuerdo con el diagnóstico de necesidad.
TEMPORALIDAD
Única vez
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Entrega única sujeto suficiencia presupuestal
MONTO TOTAL PERSONA FRECUENCIA
$5,800,000.00 (CINCO
MILLONES OCHOCIENTOS
MIL PESOS 00/100 M.N.)
Una silla de ruedas, andadera, bastón,
muletas o uno o dos auxiliares auditivos por
persona según sea el caso y de acuerdo con
el diagnóstico médico. Y sujeto a suficiencia
presupuestal.
Única vez
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO
La Alcaldía de Iztacalco emite la convocatoria mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y
mediante la difusión impresa de carteles en los puntos con mayor afluencia de población como son: centros sociales, casas
de cultura, parques, escuelas y la página oficial de la alcaldía.
REQUISITOS
Vivir en la Alcaldía de Iztacalco
Identificación oficial con fotografía (INE)
Constancia de diagnóstico médico o de necesidad, emitido por algún Centro de Salud, IMSS o ISSSTE del año en curso,
para la solicitud de aparatos ortopédicos.
En caso de tratarse de aparatos auditivos, al momento de entregar su documentación se les entregará un pase para la
realización de su examen de audiometría, el cual determinara la necesidad o no de su aparato auditivo.
Constancia Única de Registro de Población CURP.
Comprobante de domicilio del año en curso (Teléfono fijo, agua, predio o luz)
En caso de tratarse de un menor de edad entregar también IFE o INE del padre, madre o tutor
En caso de presentar identificación oficial con fotografía esta deberá estar fotocopiada por ambos lados en la misma cara de
la hoja.
Toda la documentación deberá presentarse en original para cotejo y copia para archivo en un folder tamaño carta color
verde.
PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN
Una vez declarada abierta la convocatoria los solicitantes deberán acudir directamente a la Jefatura de Unidad
Departamental de Atención a Grupos en Situaciones de Vulnerabilidad sita en Avenida Coyuya número 10 colonia la Cruz,
Unidad Básica de Rehabilitación en un horario de atención de 10:00 a 17:00 horas de lunes a viernes, con la documentación
solicitada, donde se cotejará y recibirá el expediente. Una vez verificada la información de su diagnóstico, se les notificará
vía telefónica a los beneficiarios sobre las fechas, horarios y lugares de entrega de su aparato ortopédico o de aparato
auditivo. Los solicitantes serán recibidos en orden de arribo y hasta agotar los aparatos ortopédicos y aparatos auditivos en
existencia, sujeto a suficiencia presupuestal. Los casos no previstos en estos lineamientos serán resueltos por las autoridades
competentes.
PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Mediante escrito dirigido al titular de la Dirección General de Desarrollo Social.
MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
Cualquier ciudadano que compruebe la necesidad de obtener un aparato ortopédico o auditivo y que cumpla con los
requisitos previstos en estos lineamientos podrá acceder a esta actividad institucional sin restricciones o discriminación
siendo la suficiencia presupuestal la única limitante.
MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y LOS INDICADORES
Número total de aparatos ortopédicos y auditivos / Número total de beneficiarios.
FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Cualquier ciudadano puede emitir su opinión con sugerencias y comentarios para mejorar la Actividad Institucional por
medio de escrito dirigido al titular de la Dirección General de Desarrollo Social.
ARTICULACIONES CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES O ACTIVIDADES INSTITUCIONALES No se articula con ningún otro programa social o actividad institucional.
EVALUACIONES Reporte de avance mensual
Esta actividad institucional es de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y
sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de esta actividad
institucional con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quienes hagan uso indebido
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
de los recursos de estas Actividades Institucionales serán sancionados de acuerdo con la Ley Aplicable y ante la
autoridad competente. “los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de
Datos Personales de la actividad institucional, “APOYO PARA ENTREGA DE APARATOS ORTOPÉDICOS Y
APARATOS AUDITIVOS 2019” (APARATOS AUDITIVOS, SILLAS DE RUEDAS, ANDADERAS, BASTONES,
Y MULETAS) A CARGO DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. El cual,
tiene su fundamento en el artículo octavo. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad de Mexico, además de otras transmisiones previstas
en la Ley de Datos Personales para la Ciudad de Mexico. Los datos marcados con un (*) son obligatorios y sin ellos
no podrá acceder al servicio o el trámite para participar en la Actividad Institucional, “APOYO PARA ENTREGA
DE APARATOS ORTOPÉDICOS Y APARATOS AUDITIVOS 2019” (SILLAS DE RUEDAS, ANDADERAS,
BASTONES, Y MULETAS) A CARGO DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO PARA EL EJERCICIO FISCAL
2019 Así mismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su conocimiento expreso, salvo las
excepciones previstas en la Ley. El responsable de los datos personales es Eduardo Flores Flores Jefe de la Unidad
Departamental de Atención a Grupos en Situaciones de Vulnerabilidad. Podrán ejercer los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es la Oficina de Información Pública
ubicada en Avenida Rio Churubusco y Calle Té, Colonia Gabriel Ramos Millán, Edificio “B”, planta alta. El
interesado podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la información Pública de la Ciudad de Mexico, donde recibirá
asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México al
teléfono: 56 36 46 36; correo electrónico: [email protected].
TRANSITORIOS
PRIMERO Publíquese en la gaceta oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDA. El presente aviso entrara en vigor al dia siguiente de su publicación
Ciudad de México, a 28 de Junio de 2019
(Firma)
________________________________________
RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ
ALCALDE DE IZTACALCO
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
ALCALDÍA EN IZTACALCO
RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ Alcalde en Iztacalco, con fundamento en lo establecido en los artículos 122
apartado A, base VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53 apartado A, numerales 1, 2
fracción XI y 12 fracciones VIII y IX, apartado B numerales 1 y 3 fracciones XXXIV, XXXVI, XXXVII y XXXIX de la
Constitución Política de la Ciudad de México; 4, 20 fracciones VI, VIII y XI, 29 fracciones VIII y IX, 35 fracciones I, III y
IV y 36 fracciones I y II de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento
Administrativo de la Ciudad de México; 11, fracciones I y IX, 32, 33, 34, fracción I, 35, 36, 37, 38 y 38 Bis de la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México); 124, 128, 129 y 130 de Ley de Austeridad,
Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 11, 12, 13, 14 y 121
fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México); así como
Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el ejercicio 2019, publicados
en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de Octubre de 2018, y
CONSIDERANDO
I.- Que con fecha 28 de Junio de 2019 fue publicada la Nota Aclaratoria al aviso por el cual se dan a conocer los lineamientos de
operación del programa de desarrollo social “facilitadores culturales y deportivos 2019” a cargo de la alcaldía de Iztacalco para el
ejercicio fiscal 2019, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, Numero 123, tomo I, emito el siguiente
ACLARATORIA A LA NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL “FACILITADORES
CULTURALES Y DEPORTIVOS 2019” A CARGO DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2019, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DE FECHA 28 DE JUNIO
2019.
En la página 81, fracción VI. Programación presupuestal.
Dice:
VI Programación presupuestal
MONTO TOTAL PERSONA FRECUENCIA
$7, 000,000.00 (SIETE
MILLONES DE PESOS
00/100 M.N.)
1.-$3,224,000.00 para beneficiar hasta a 800
mujeres a través de asesorías gratuitas a
proporcionarse en tres colonias de las más
vulnerables dentro de la Alcaldía de Iztacalco que
son: Pantitlán, Agrícola Oriental y Ramos Millán
las áreas en las que estarán orientadas las asesorías
son: A) Área de salud con 3 asesores en salud, 3
enfermeras, y 1 coordinador de asesores quienes
recibirán un apoyo económico por proporcionar
asesorías médicas y platicas que asciende a un total
de $700,000 por esta área durante el ejercicio
fiscal. B) El área de psicología con 6 asesores en
psicología que brindaran apoyo psicológico en
problemáticas de salud mental y violencia de
género, además de proporcionar platicas
informativas y un coordinador de asesores quienes
recibirán un apoyo económico por sus asesorías y
actividades que asciende a un total de $700,000
durante el ejercicio fiscal. C) El área jurídica con 8
asesores jurídicos y un coordinador de asesores
quienes recibirán un apoyo económico por sus
asesorías legales y actividades que asciende a un
total por el área de $884,000 durante el ejercicio
fiscal. D) el área administrativa con 2 asesores en
administración 3 personal administrativo, un
Hasta a 800 mujeres a través de asesorías
gratuitas en las áreas médica, psicológica y
jurídica de Mayo a Diciembre. Y hasta a
400 mujeres en condición vulnerable se les
proporcionara capacitaciones, cursos y
pláticas además de un apoyo económico de
$7,500.00 en cinco dispersiones de
$1,500.00 en los siguientes meses: Junio
2019, Julio 2019, Diciembre 2019
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
auxiliar administrativo y un coordinador de
asesores quienes recibirán un apoyo económico por
sus asesorías y actividades que asciende a un
total de $572,000 durante el ejercicio fiscal. E) El
área de trabajo social con 4 asesores en trabajo
social que recibirán un apoyo económico por sus
actividades que incluyen llevar el control de
expedientes de cada una de las beneficiarias,
asimismo será el primer contacto para
posteriormente canalizar a las beneficiarias al área
correspondiente, y dar seguimiento a cada una de
las beneficiarias, el apoyo económico a esta área
asciende a un total de $368,000 durante el ejercicio
fiscal. 2.-$3,776,000.00 para beneficiar hasta a 400
mujeres en condición de vulnerabilidad
proporcionando apoyo económico, platicas,
capacitaciones y un taller de empoderamiento.
A)$3,000,000.00 para proporcionar el apoyo
económico a cada una de las 400 beneficiarias de
$7,500.00 en efectivo, a efectuarse en hasta 5
dispersiones de $1,500.00
B) $776,000.00, que contempla apoyo económico
a 4 capacitadores que brindaran instrucción en seis
cursos a 145 mujeres para auto emplearse o
incluirse en una empresa de la alcaldía y a los
talleristas quienes proporcionaran platicas, talleres
y conferencias para el curso de empoderamiento
así como un coordinador de área, quien se
encargara de coordinar todo lo relacionado a las
capacitaciones, platicas y al taller de
empoderamiento.
Debe decir:
MONTO TOTAL PERSONA FRECUENCIA
$7,000,000.00 (SIETE
MILLONES DE PESOS
00/100 M.N.)
1.-$3,224,000.00 para beneficiar hasta a 800 mujeres a
través de asesorías gratuitas a proporcionarse en tres
colonias de las más vulnerables dentro de la Alcaldía de
Iztacalco que son: Pantitlán, Agrícola Oriental y Ramos
Millán las áreas en las que estarán orientadas las asesorías
son: A) Área de salud con 3 asesores en salud, 3
enfermeras, y 1 coordinador de asesores quienes recibirán
un apoyo económico hasta por ocho dispersiones a cada
uno por proporcionar asesorías médicas y pláticas que
asciende a un total de $700,000 por esta área durante el
ejercicio fiscal. B) El área de psicología con 6 asesores en
psicología que brindaran apoyo psicológico en
problemáticas de salud mental y violencia de género,
además de proporcionar pláticas informativas y un
coordinador de asesores quienes recibirán un apoyo
económico hasta por ocho dispersiones por sus asesorías y
actividades que asciende a un total de $700,000 durante el
ejercicio fiscal. C) El área jurídica con 8 asesores
jurídicos y un coordinador de asesores quienes recibirán
un apoyo económico hasta por ocho dispersiones por sus
asesorías legales y actividades que asciende a un total por
el área de $884,000 durante el ejercicio fiscal.
1.-De mayo a Diciembre para
asesorías gratuitas en las áreas
médica, psicológica y jurídica
para beneficiar hasta a 800
mujeres. 2.-De Julio a Diciembre,
hasta 5 dispersiones de $1500
cada una para apoyo económico a
400 mujeres en condición de
vulnerabilidad
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
D) El área administrativa con 2 asesores en
administración 3 Personal administrativos, un auxiliar
administrativo y un coordinador de asesores quienes
recibirán un apoyo económico hasta por 8 dispersiones
por sus asesorías y actividades que asciende a un total de
$572,000 durante el ejercicio fiscal. E) El área de trabajo
social con 4 asesores en trabajo social que recibirán un
apoyo económico por sus actividades que incluyen llevar
el control de expedientes de cada una de las beneficiarias,
asimismo será el primer contacto para posteriormente
canalizar a las beneficiarias al área correspondiente, y dar
seguimiento a cada una de las beneficiarias, el apoyo
económico que se brindara hasta por ocho dispersiones a
cada uno en esta área asciende a un total de $368,000
durante el ejercicio fiscal 2.-$3,776,000.00 para beneficiar
hasta a 400 mujeres en condición de vulnerabilidad
proporcionando apoyo económico, capacitaciones, un
curso sobre derechos humanos con perspectiva de género
y un taller de empoderamiento A) $3,000,000.00 para
proporcionar el apoyo económico a cada una de las 400
beneficiarias de $7,500.00 en efectivo, a efectuarse en
hasta 5 dispersiones de $1,500.00. B) $776,000.00, que
contempla apoyo económico a 4 monitores que brindaran
instrucción en seis cursos a 145 mujeres en los ámbitos de
computo, asistente ejecutiva, panadería y embutidos y a
14 talleristas quienes proporcionaran pláticas, talleres y
conferencias para el curso de empoderamiento para 55
mujeres y para un curso sobre derechos humanos con
perspectiva de género para las 345 mujeres que recibirán
apoyo para concluir educación y conseguir autonomía
económica así como un coordinador de área, quien se
encargara de coordinar todo lo relacionado a las
capacitaciones, pláticas y talleres.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese en la gaceta de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 04 de Julio de 2019
(Firma)
_________________________________
RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ
ALCALDE DE IZTACALCO
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
ALCALDÍA MIGUEL HIDALGO
LIC. VÍCTOR HUGO ROMO DE VIVAR GUERRA, Alcalde en Miguel Hidalgo, con fundamento en los artículos 52,
53, apartado A, numerales 1, 2, 11 y 12, 53 apartado B, numerales 1, 3 inciso a) fracción I, III, XLIV, de la Constitución
Política de la Ciudad de México; Artículos 1, 9, 14, 15, 16, 20 fracción II, IV, 30, 31 fracción I, III, 38, 105 de la Ley
Orgánica de Alcaldías en la Ciudad de México; artículos 1, 3, 6, 11, 71, 72, 73, 74, y 78 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, así como los artículos 73 y 74 de la Ley Federal del Trabajo.
CONSIDERANDO
I.- Que la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 73 y 74, establece que los trabajadores no están obligados a prestar
servicios en sus días de descanso, y que son días de descanso obligatorio el 1o. de enero, el primer lunes de febrero en
conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1o. de mayo, el 16 de
septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis años,
cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, el 25 de diciembre y los que determinen las leyes
federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
II.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, es el ordenamiento legal que regula la actuación de la
Administración Pública de la Ciudad ante los particulares, así mismo en su artículo 71 establece que las actuaciones
y diligencias de orden administrativo deben ser ejecutadas en días hábiles, señalando como inhábiles entre otros
aquellos en que se suspenden de manera general las labores de las Dependencias Delegacionales o Entidades de la
Administración Pública de la Ciudad de México.
III.- Que por lo anterior, la Administración Pública de la Ciudad de México de conformidad con la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal debe determinar la suspensión de labores señalando los días que
deberán ser considerados como inhábiles para efectos del ordenamiento en cita y del Manual de Trámites y
Servicios al Público del Distrito Federal en consecuencia no correrán los términos para las actuaciones
gubernamentales de la Administración Pública Local.
IV.- Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en los
plazos establecidos por períodos se computarán todos los días; cuando se fijen por mes o por año, se entenderá que el plazo
concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda, respectivamente; cuando no
exista el mismo número de días en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente
mes de calendario. Si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se
vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente
día hábil.
V.- Que conforme a lo establecido en el artículo 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal, los términos se contarán por días hábiles, salvo disposición en contrario. Empezarán a correr a partir del día hábil
siguiente al en que surtan sus efectos las notificaciones respectivas y serán improrrogables.
VI.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos, trámites y
servicios gestionados ante este Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, por lo que permanecerán las
instalaciones cerradas al público para cualquier tipo de solicitudes de trámites y servicios, gestión, entrega de
resolución administrativa y desahogo o substanciación de prevenciones a las solicitudes presentadas ante el mismo, durante
el período considerado como días inhábiles en el presente acuerdo. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será
aplicable en la tramitación y recepción de documentos e informes; tramites, resoluciones, acuerdos, actuaciones,
diligencias, inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios,
emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de revisión, recursos de inconformidad,
revocación o algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores
públicos adscritos al Órgano Político Administrativo, así como todas las áreas de atención ciudadana, ventanilla
única, trámites y gestiones administrativas en la Alcaldía Miguel Hidalgo que incida o afecte la esfera jurídica de los
particulares.
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
VII. Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos
sustanciados a cargo del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo y con el objeto de hacer del conocimiento del
público en general la determinación del titular de la Alcaldía Miguel Hidalgo mediante su publicación en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se
emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DIAS QUE SE INDICAN, COMO
INHABILES DEL AÑO 2019 Y DEL MES DE ENERO DE 2020, PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO.
PRIMERO.- Para efectos de los actos y procedimientos específicos y generales, competencia de la Oficina de la
Jefatura del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, se considerarán días inhábiles del año 2019 los días: 15, 16,
17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26 del mes de julio, correspondientes al primer periodo vacacional; el 16 de Septiembre; el 18 de
noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre); y los días 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de diciembre
de 2019 así como el 1 de enero de 2020 correspondientes al segundo período vacacional.
SEGUNDO.- Derivado de lo previsto en el punto anterior, permanecerán cerradas al público en general las áreas de
atención del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) , así como la Ventanilla Única del Órgano Político
Administrativo en Miguel Hidalgo, durante los días señalados.
TERCERO.- Cualquier actuación o promoción ante el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo en alguno de los
días considerados como inhábiles por el presente acuerdo, en su caso, surtirá efectos el primer día hábil siguiente.
TRANSITORIOS:
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El siguiente Acuerdo entrará en vigor y surtirá efectos a partir de su publicación.
Ciudad de México, a 3 de julio de 2019.
(Firma)
_____________________________________
LIC. VÍCTOR HUGO ROMO DE VIVAR GUERRA
ALCALDE EN MIGUEL HIDALGO.
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA
MTRO. MARCO POLO CARBALLO CALVA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 53 Apartados A , numerales 1, 2 fracciones IV, VII,VIII, XI y XIII; 12
fracciones I, VIII, IX, XII, XIII y XV; B, numerales 1 y 3 inciso a), fracciones I, III, XXXIV, XXXV y XXXVII de la
Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 3, 15, 16 y 20 fracciones I, II, III, VI, VIII, XI, XIII y XX, 29 fracciones I,
VIII, IX, XII, XIII y XVI, 30, 31 fracciones I y III, 35 fracciones I, II, y IV, 36 fracción I, 71 fracción VII, 75 fracción I, X
y XIII de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 123, 124 y 128 de La Ley de Austeridad, Transparencia en
Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento
Administrativo de la Ciudad de México; 134 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones,
Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 7, 20 y 22 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de
Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019 y Octavo del Acuerdo por el que se Delegan en los Titulares
de las Direcciones Generales y Ejecutivos de la Alcaldía Venustiano Carranza que se mencionan, las facultades que se
indican, publicado el 7 de diciembre de 2018, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; por lo que he tenido a bien
emitir, el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL
“REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” POR ÚNICA OCASIÓN, A CARGO DE LA ALCALDÍA
EN VENUSTIANO CARRANZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019.
I. ÁREA RESPONSABLE DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL.
La Alcaldía en Venustiano Carranza, a través de la Dirección General de Desarrollo Social, por conducto de la Dirección de
Equidad de Género y Promoción Social será el área responsable del control y supervisión de esta Acción Institucional y
como unidad responsable de la operación y seguimiento la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Escuelas de
Nivel Básico.
II. ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA.
La alineación programática de la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” se
encuentra vinculado a:
CONSTITUCION POLITICA DE LA CIUDAD DE MEXICO
ARTICULO 8 CIUDAD EDUCADORA Y DEL CONOCIMIENTO
FRACCION A DERECHO A LA EDUCACIÓN
NUMERAL 10.-LAS AUTORIDADES DE CONFORMIDAD CON SU ÁMBITO DE COMPETENCIA,
ESTABLECERÁN ACCIONES AFIRMATIVAS DESTINADAS A PREVENIR O COMPENSAR SITUACIONES DE
DESVENTAJAS O DIFICULTADES DE GRUPOS VULNERABLES, CON EL FIN DE PROCURAR SU
PERMANENCIA EN EL SISTEMA EDUCATIVO.
PROGRAMA GENERAL DE DESARROLLO
EJE 1. EQUIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO HUMANO
DESIGUALDAD Y DESARROLLO SOCIAL.
Para abatir la desigualdad entre otros grupos más desfavorecidos, el gasto social se focalizará en las unidades territoriales
más marginadas y atenderá en particular a los grupos vulnerables, como las mujeres.
ÁREA DE OPORTUNIDAD 3. EDUCACIÓN.
OBJETIVO 2
Aumentar la equidad en el acceso a una educación formal, consolidando los derechos asociados a la educación y programas
de apoyo institucional, con estándares de calidad y abatir la deserción escolar, con especial atención hacia las personas en
desventaja y condiciones de vulnerabilidad.
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
META 1
Generar mecanismos e instrumentos para que las personas en edad de estudiar a lo largo de su ciclo de vida, así como las
personas en situación de vulnerabilidad por su origen étnico, condición jurídica, social o económica, condición migratoria,
estado de salud, edad, sexo, capacidades, apariencia física, orientación o preferencia sexual, forma de pensar, situación de
calle u otra, accedan a una educación con calidad, con énfasis en la educación básica y media-superior.
LÍNEAS DE ACCIÓN
a) Consolidar los programas de apoyo institucional que cubren los derechos asociados a la educación, asegurando la equidad
en el acceso y permanencia a la educación pública de calidad en la Ciudad de México.
PROGRAMA PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
EJE 5. MEDIDAS DE INCLUSIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
OBJETIVO 5
Llevar a cabo medidas de inclusión para las y los habitantes de la Ciudad de México con la finalidad de transitar a la
eliminación de obstáculos, mecanismos o desventajas para las personas que se encuentran en situación de discriminación.
META 1
Contar con al menos 35 entes públicos que reciben sensibilización al año.
LÍNEAS DE ACCIÓN
Sensibilizar en materia de igualdad y no discriminación a las personas servidoras públicas que brindan servicios de atención
al público.
AGENDA 2030
OBJETIVO 1
Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo.
1.1 De aquí al 2030, erradicar para todas las personas y en todo el mundo la pobreza extrema.
PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD MÉXICO
22.3 DERECHO A LA EDUCACIÓN DE LA INFANCIA.
LINEA DE ACCIÓN
Implementar y evaluar un programa basado en los derechos humanos, que favorezca el ingreso, permanencia y desarrollo de
las niñas y niños a lo largo de los niveles y grados de la educación básica en la Ciudad de México, con apoyo de estancias,
servicios y programas posteriores al horario escolar. Implementar dicho programa en las Alcaldía s de la Ciudad de México,
con prioridad en aquellas que se encuentre los mayores niveles de deserción escolar.
III. DIAGNOSTICO
Las estimaciones de pobreza toman en cuenta el espacio de bienestar económico, el espacio de los derechos sociales y el
grado de cohesión social. La metodología identifica a una persona pobre como aquella que padece una o más carencias
sociales y cuyo ingreso es insuficiente para adquirir una canasta de bienes y servicios básicos.
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
Las estimaciones del CONEVAL para el año 2012 señalan que una quinta parte de la población nacional (23.5 millones de
personas) tuvo un ingreso tan bajo que aun si hubiese destinado todos sus recursos para adquirir una canasta alimentaria no
la pudo obtener. En las zonas urbanas, vivían tres de cada cinco personas con ingreso inferior a la línea de bienestar mínimo
(14.6 millones) en 2012. Asimismo, poco más de la mitad de la población en México (60.6 millones de personas) tuvo
ingresos inferiores a la línea de bienestar que representa el valor de una canasta de bienes y 56 servicios básicos. En las
zonas urbanas se concentraron 43.5 millones de personas con ingresos insuficientes para adquirir la canasta básica, lo que
significó que siete de cada diez personas con este problema en el país se ubicarán en localidades mayores a 2,500 habitantes.
III.1. Antecedentes.
Debido que la escuela es el segundo espacio para la socialización, después de la familia, y es el lugar privilegiado para la
construcción social de la responsabilidad y los valores ciudadanos; el Programa de Gobierno de la Alcaldía en Venustiano
Carranza, considera como prioritaria la disminución de la deserción escolar y el mejoramiento de las condiciones educativas,
para que los niños y jóvenes tengan un adecuado desempeño escolar.
La Dirección General de Desarrollo Social a través de la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social tiene por
objetivo contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de los grupos sociales de la demarcación, a través de
programas de atención multidisciplinaria, estrategias y acciones que proporcionen herramientas para el desarrollo integral
de la población.
III.2. Problema Social Atendido por la Acción Institucional
Debido a que, en este Órgano Político Administrativo, habitan 427,263 personas, de las cuales el 44.1 % se encuentran en
condiciones de vulnerabilidad y de desventaja social, la Alcaldía de Venustiano Carranza ofrece para el ejercicio fiscal 2019
la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” con el fin de promover que las familias
en condiciones de vulnerabilidad se encuentren en condiciones sociales más equitativas de igualdad, no discriminación,
perspectiva de equidad y género, inclusión y diversidad social.
III.3-Definición de la Población
La Población Potencial. -Estudiantes de nivel básico de la Alcaldía Venustiano Carranza.
La Población Objetivo. -Estudiantes de nivel básico, que se encuentren cursando su educación básica en escuelas públicas
dentro de la demarcación, residentes de la Alcaldía Venustiano Carranza.
IV. OBJETIVOS Y ALCANCES.
IV.1. Objetivo General.
Reforzar el derecho constitucional a la educación, contribuir a iniciar, continuar y concluir los estudios de nivel básico,
dotando de un par de zapatos escolares a estudiantes, que se encuentren cursando su educación básica en escuelas públicas
dentro de esta demarcación, residentes de la Alcaldía en Venustiano Carranza.
IV.2. Objetivos Específicos.
1.-Apoyar hasta 15,000 estudiantes de nivel básico a través de la entrega por única ocasión de un par de zapatos escolares,
que se encuentren cursando su educación básica en escuelas públicas dentro de esta demarcación, residentes de la Alcaldía
en Venustiano Carranza.
2.-Reducir con los gastos familiares en la adquisición de un par de zapatos escolares.
IV.3. Alcances. La Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” parte de la responsabilidad de la
Alcaldía en Venustiano Carranza con los estudiantes de nivel básico, contribuyendo en los gastos que merman la economía
familiar.
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
V. METAS FÍSICAS.
1.- Apoyar hasta 15,000 estudiantes de nivel básico a través de la entrega por única ocasión de un par de zapatos escolares,
que se encuentren cursando su educación básica en escuelas públicas dentro de esta demarcación, residentes de la Alcaldía
en Venustiano Carranza.
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.
El presupuesto autorizado es de hasta $3,619,200.00 (tres millones seiscientos diecinueve mil doscientos pesos 00/100
M.N.).
VII. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO.
VII.1. Difusión.
Con la finalidad de propiciar el acceso de la ciudadanía a la acción institucional, se instrumentará la difusión del mismo a
través de las diversas áreas de atención al público de la Dirección General de Desarrollo Social, de tal forma que se dé a
conocer la existencia de esta Acción, los requisitos de acceso y el procedimiento.
La Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” se dará a conocer a través de:
La Dirección de Equidad de Género y Promoción Social y la J.U.D de Atención a Escuelas de Nivel Básico, ubicada en
Francisco del Paso y Troncoso No 219, Col. Jardín Balbuena, edificio de la Alcaldía segundo piso, Teléfono 57-64-94-00
Ext. 11-24 y 11-19, en un horario de atención de 09:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes.
- En la página web de la Alcaldía (http://www.vcarranza.cdmx.gob.mx).
- La Acción Institucional será publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Debido a razones presupuestales, el Programa no puede lograr la plena universalidad, se realizarán recorridos en Escuelas
de nivel básico públicas, a través de Participación Ciudadana para reunir a los habitantes que cumplan con las características
de la Acción Institucional en especifico
VII.2. Requisitos de Acceso.
1.-Ser residente de la Alcaldía en Venustiano Carranza
2.-Estar cursando la educación básica en escuelas públicas dentro de esta demarcación
3.-Se otorgará dos pares de zapatos máximo por familia, según sea el caso.
4.-Presentar los documentos solicitados, en la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social.
Las y Los interesados (madre, padre o tutor) deberán presentarse en los periodos de inscripción con la documentación
requerida para su cotejo en la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social en los meses de mayo y junio en las
oficinas ubicadas en Francisco del Paso y Troncoso no. 209, primer piso del Edificio Sede Col. Jardín Balbuena, C.P. 15900,
teléfono 57649400, Alcaldía en Venustiano Carranza, Ciudad de México, así como en los puntos que la Dirección General
de Desarrollo Social determine para ser incorporadas en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, con los
siguientes requisitos:
DOCUMENTOS: ORIGINAL Y COPIA
1.- Acta de Nacimiento del menor
2.- CURP del padre, madre o tutor
3.- CURP del menor
4.- Comprobante de Domicilio (luz, teléfono, agua, predial o constancia de residencia expedida por esta Alcaldía) no mayor
a tres meses de antigüedad al momento de su inscripción a la Acción Institucional.
5.-Constancia de Estudios o Boleta de Calificaciones original para cotejo y copia 2019 del (la) menor expedida por la
Institución Pública en donde está inscrito.
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
6, Identificación oficial con fotografía expedida preferentemente por el INE de esta demarcación, original para cotejo y
copia fotostática para el expediente.
7.- Aplicación de la cédula de inscripción, siendo reservados sus datos personales de acuerdo a la normatividad vigente.
De no contar con la documentación requerida se informará a la o el solicitante que no podrá ser incorporado al padrón para
su inscripción.
CASO DE EXCEPCIÓN:
Cuando por las circunstancias de fuerza mayor no sea la madre o padre del menor, deberá manifestarlo por escrito, siendo
objeto de valoración en función a la situación de riesgo o vulnerabilidad que justifique su ingreso, según sea el
procedimiento.
En caso de extrema vulnerabilidad se otorgarán un par de zapatos a todos las hijas e hijos integrantes de una familia,
siempre y cuando se acredite la vulnerabilidad mediante la aplicación de estudio socioeconómico.
En el caso de las niñas y niños de nuevo ingreso a nivel preescolar, se solicitará copia de preinscripción.
Para tener acceso a esta acción institucional, considerando las características de las personas en situación de calle, riesgo,
abandono o indigencia es requisito solo presentar solicitud por escrito, se solicitara que proporcione los datos personales y
la documentación de que disponga a través de documento de identificación o de manera verbal, así mismo se solicitará al
interesado que deberá encontrarse pernoctando prioritariamente dentro del perímetro de esta demarcación.
VII.3. Procedimientos de Acceso.
a) Las y los interesados deberán solicitar de manera personal su incorporación a la Acción Institucional “REGRESO A
CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” en las oficinas de la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social
ubicada en el primer piso del edificio Sede en Francisco del Paso y Troncoso número 219, colonia Jardín Balbuena, teléfono
57649400, C.P. 15900, Alcaldía en Venustiano Carranza, Ciudad de México, así como en los puntos que la Dirección
General de Desarrollo Social determine, en un horario de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas, proporcionando los
documentos solicitados, al personal adscrito a esta Dirección de Área.
b) Se dará a conocer la integración o inscripción a la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS
ESCOLARES” vía telefónica o por notificación personal por oficio a través del personal que sea designado por la Dirección
de Equidad de Género y Promoción Social.
VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal.
Las circunstancias bajo las cuales se procederá a la suspensión de los beneficios y que serán motivo de baja son los
siguientes:
1.-Cuando las y los beneficiarios hayan cambiado de domicilio, sin previa notificación al personal de la Dirección de
Equidad de Género y Promoción Social o éste sea fuera de la Demarcación Territorial en Venustiano Carranza.
2.-Cuando hijas o hijos de los beneficiarios hayan cambiado de Escuela, sin previa notificación al personal de la Dirección
de Equidad de Género y Promoción Social o ésta se encuentre fuera de la Demarcación Territorial en Venustiano Carranza.
3.-Cuando las y los beneficiarios no se presenten a recibir su apoyo en el día, lugar y horario señalado por la Dirección de
Equidad de Género y Promoción Social.
Se notificará, mediante oficio, la causal de baja en la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social a través de la
J.U.D. de Atención a Escuelas de Nivel Básico, ubicada en Francisco del Paso y Troncoso No 219, Col. Jardín Balbuena,
edificio de la Alcaldía segundo piso, Teléfono 57-64-94-00 Ext. 11-24 y 11-19, en un horario de atención de 09:00 a 15:00
horas y de 16:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes.
VII.5 Vigencia
La Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” de acuerdo con la suficiencia
presupuestal será del 1 julio al 31 de diciembre de 2019.
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
VIII. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN.
VIII.1. Operación.
a) Una vez que se haya cumplido con los requisitos, que serán revisados por el personal asignado y llenado el formato de
inscripción, será registrado en el Padrón de la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS
ESCOLARES”.
b) La incorporación y entrega del apoyo, está sujeta a la disponibilidad de los recursos financieros asignados a esta Acción
Institucional y al número de bajas que se registren.
c) La Dirección General de Desarrollo Social, en coordinación con los gestores ciudadanos adscritos a la Dirección
Ejecutiva de Participación Ciudadana, harán entrega de los
zapatos a las y los beneficiarios de la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES”.
d) La J.U.D de Atención a Escuelas de Nivel Básico implementará las acciones necesarias a efecto de recabar la firma de los
recibos del apoyo otorgado a las y los beneficiarios.
e) Las y los beneficiarios del Padrón de la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES”
contarán con tres días hábiles después de la entrega y firma del recibo del apoyo otorgado en caso de no asistir en esos días
los beneficiarios serán dados de baja de la Acción Institucional y procederá la sustitución según el orden de la lista de espera.
f) se otorgará dos pares de zapatos máximo por familia, según sea el caso.
g) La entrega del apoyo será por única ocasión.
h) En caso de extrema vulnerabilidad se otorgarán un par de zapatos a todos las hijas e hijos integrantes de una familia,
siempre y cuando se acredite la vulnerabilidad mediante la aplicación de estudio socioeconómico.
Los formatos derivados de la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” cuentan con
nombre y firma de conocimiento de las y los beneficiarios señalando que ―Los datos personales recabados serán
protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales, el cual tiene su fundamento en el articulo 44,
fracción XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, los
artículos 11, 34, 35, 36 y 37 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y los artículos 56, 57, 58 y 59 del
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, cuya finalidad es otorgar a la ciudadanía ayuda de la
acción que podrán ser transmitidos a la CDHDF, SCG, ASCM, INFODF, órganos jurisdiccionales federales y locales, en
cumplimiento a los requerimientos que en el ejercicio de sus atribuciones realicen, además de otras transmisiones previstas
en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
Así mismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones
previstas en la Ley.
El responsable del Sistema de Datos Personales es de la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social y el domicilio
donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del
consentimiento es en la Oficina de Información Pública ubicada en Francisco del Paso y Troncoso N° 219, Col. Jardín
Balbuena, C.P. 15900, Alcaldía en Venustiano Carranza, México, CDMX; y al correo electrónico
Así mismo la persona interesada podrá dirigirse al Instituto de Transparencia Acceso a la Información Pública, Protección
de Datos y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de
Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados para la Ciudad de México al teléfono: 5636-4636; correo
electrónico [email protected] o www.infodf.org.mx‖.
Los documentos y de más materiales realizados, derivados de la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON
ZAPATOS ESCOLARES” deberán incluir invariablemente en un lugar visible, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 60 de su Reglamento, la leyenda que a letra dice:
“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con
fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido del recurso de este
Programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá la Acción Institucional, sin
embargo; atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos
electorales, los beneficios de la Acción Institucional no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el
principio de equidad en la contienda electoral.
Los formatos y trámites para la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” son
gratuitos.
Los datos personales de esta Acción Institucional, y la información adicional generada y administrada, se regirán por lo
establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y
la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México.
La ejecución de éste, se ajustará al objeto y lineamientos establecidas, evitando en todo momento su utilización con fines
electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su
vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.
VIII.2. Supervisión y Control.
La Alcaldía en Venustiano Carranza por conducto de la Dirección de General de Desarrollo Social, a través de la Dirección
de Equidad de Género y Promoción Social será la responsable de la Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON
ZAPATOS ESCOLARES”, para tal efecto, se auxiliará de las siguientes áreas:
1.- Responsables de la operación: Dirección de Equidad de Género y Promoción Social perteneciente a la Dirección General
de Desarrollo Social.
2.-Seguimiento y Control, la JUD de Atención a Escuelas de Nivel Básico perteneciente a la Dirección de Equidad de
Género y Promoción Social
3.- Para la integración del Padrón de las y los Beneficiarios, la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social se
auxiliará de la JUD de Atención a Escuelas de Nivel Básico.
IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA.
Los beneficiarios adscritos a la Acción Institucional podrán presentar sus quejas o inconformidades, a través del siguiente
procedimiento:
1.-Acudir a la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social, a comunicar por escrito, los hechos o circunstancias
que motivan su inconformidad con la Acción Institucional, cumpliendo las formalidades que se establecen en el artículo 44
de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, para lo cual deberá acompañar a cumplir los siguientes
requisitos.
a) La dependencia o entidad de la Administración Pública a la que se dirige.
b) El nombre, denominación o razón social del o de las y los interesados y, en su caso del representante legal, agregándose
los documentos que acrediten la personalidad, así como la designación de la persona o personas autorizadas para oír y
recibir notificaciones y documentos.
c) El domicilio para recibir notificaciones.
d) La petición que se formula.
e) La descripción clara y sucinta de los hechos y razones en los que se apoye la petición.
f) Los requisitos que señalen los ordenamientos jurídicos aplicables, o el Manual, ofreciendo, en su caso, las pruebas cuando
sean necesarias, para acreditar los hechos argumentados y la naturaleza del asunto así lo exija.
g) El lugar, la fecha y la firma del interesado o, en su caso, la de su representante legal.
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
h) Una vez recibida la inconformidad de la persona, la titular de la Dirección de Equidad de Género y Promoción Social, sin
retraso alguno deberá llevar a cabo las acciones necesarias para subsanar el acto de molestia de la persona.
i) En un plazo no mayor a cinco días se dará respuesta por escrito a la persona y beneficiarios del servicio de la resolución
de la inconformidad.
2.-En caso de estar inconforme con la resolución por parte de la Autoridad Administrativa podrá presentar su queja en las
oficinas de la Contraloría Interna en Venustiano Carranza.
En caso de que la dependencia o entidad responsable de la Acción Institucional no resuelva la queja, los ciudadanos o las
personas beneficiarias podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos o por incumplimiento de la
garantía de acceso a los lineamientos ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien registrar su queja a través
del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social para su debida
investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la Contraloría General de la Ciudad de
México.
Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas en
la implementación, seguimiento o evaluación de la Acción Institucional. La violación a esta disposición será sancionada
conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo para Prevenir y
Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.
Adicionalmente, la ciudadanía podrá denunciar cualquier delito electoral a través de la línea telefónica INETEL (01800 433
2000).
X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD.
Como lo establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la exigibilidad es el derecho de las y los habitantes a
que, a través de un conjunto de normas y procedimientos, los derechos sociales sean progresivamente exigibles en el marco
de las diferentes políticas y lineamientos y de la disponibilidad presupuestal con que se cuente; por lo que la ciudadanía
podrá conocer los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas beneficiarias puedan
acceder al disfrute de los beneficios de cada Acción Institucional se encuentran disponibles en:
- La Dirección de Equidad de Género y Promoción Social a través de la J.U.D. de Atención a Escuelas de Nivel Básico
ubicada en Francisco del Paso y Troncoso No 219, Col. Jardín Balbuena, edificio principal segundo piso, teléfono 57-64-90-
00 ext. 1124, en un horario de atención de 09:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes.
- En la página web http//www.vcarranza.cdmx.gob.mx
Esta Acción Institucional “REGRESO A CLASES CON ZAPATOS ESCOLARES” se enfoca a solicitantes que cubran los
requisitos señalados en las presentes Lineamientos de Operación residentes de la Alcaldía Venustiano Carranza que se
encuentren cursando su educación básica en escuelas públicas dentro de esta demarcación y que puedan solicitar su
incorporación.
1.- La incorporación y entrega del apoyo, está sujeto a la disponibilidad de los recursos financieros asignados a esta Acción
Institucional y el número de bajas que se registren.
2.- La incorporación y entrega del apoyo, está sujeto al cumplimiento de las presentes Reglas de Operación publicadas en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
3.- La entrega del apoyo será por única ocasión.
La opinión de las y los beneficiarios será valorada o evaluada mediante el método de encuestas, el cual será realizado por la
Dirección General de Desarrollo Social, en coordinación con la Subdirección de Planeación y Evaluación, perteneciente a la
Dirección Ejecutiva de Planeación del Desarrollo y Fomento Económico, apoyada con información de la Acción
Institucional y base de datos existente.
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
XI.MECANISMOS DE EVALUACION E INDICADORES.
La opinión de los beneficiarios será valorada a través de evaluaciones e indicadores mediante el método de encuestas el cual
será realizado por la Dirección General de Desarrollo Social en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Planeación del
Desarrollo Estratégica, la Subdirección de Planeación y Evaluación y la Jefatura de Unidad Departamental de Control y
Evaluación a partir de la investigación de campo y de gabinete apoyada con información del programa y base de datos
existente.
XI.1Indicadores de Gestión y Resultados.
Nivel de Objetivo
Objetivo Indicador Tipo de Indicador
Fórmula de Cálculo
Unidad de
Medida
Medios de Verificación
Unidad Responsable Medición
Fin Contribuir al gasto escolar de las Familias de la Alcaldía Venustiano Carranza.
Porcentaje de familias que contribuyen a los gastos escolares de sus menores.
Porcentaje Número de Familia apoyadas con la acción institucional/Total de de familias que solicitaron el apoyo*100.
Eficacia Padrón de Beneficiarios publicados en la Gaceta Oficial de la CDMX y página de Transparencia de la Alcaldía Venustiano Carranza.
Dirección General de Desarrollo Social a través de la Dirección de Equidad De Género y Promoción Social.
Propósito Niños y niñas estudiando su educación básicas residentes de la Alcaldía evitan la deserción escolar.
Porcentaje de niños y niñas estudiando su educación básica apoyados con la acción institucional.
Porcentaje Número de niños y niñas beneficiados por la acción institucional/Número de niños y niñas en educación básica en la Alcaldía
Eficacia Padrón de Beneficiarios publicados en la Gaceta Oficial de la CDMX y página de Transparencia de la Alcaldía Venustiano Carranza
Dirección General de Desarrollo Social a través de la Dirección de Equidad De Género y Promoción Social.
Componentes
Numero de apoyos entregados (pares de zapatos).
Porcentaje de apoyos entregados.
Porcentaje Numero de apoyos entregados de la acción institucional/Número de apoyos programados para entregar.
Eficacia Padrón de Beneficiarios publicados en la Gaceta Oficial de la CDMX y página de Transparencia de la Alcaldía.
Dirección General de Desarrollo Social a través de la Dirección de Equidad De Género y Promoción Social.
Actividades
Integración de lista de espera Formación de base de datos Entrega de apoyos Realizar Sustitucio.
Porcentaje de niños y niñas aceptados en la acción institucional.
Porcentaje Número de Expedientes completos de la acción institucional /Número de expedientes ingresados a la acción institucional.
Eficacia Padrón de Beneficiarios publicados en la Gaceta Oficial de la CDMX y página de Transparencia de la Alcaldía.
Dirección General de Desarrollo Social a través de la Dirección de Equidad De Género y Promoción Social.
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.
Esta acción se relaciona y vincula con las diferentes acciones y/o programas sociales en materia de salud, educación,
deporte, recreación, cultura, prevención del delito y equidad de género, que se lleven a cabo dentro de la Alcaldía en
Venustiano Carranza.
Implementar una política social que, en la medida de los recursos disponibles, tienda a la integralidad, a la transversalidad, a
la universalidad y que promueva la participación social, lo que permitirá coadyuvar en el ejercicio de los derechos
económicos, sociales, culturales y ambientales de los habitantes de la demarcación.
XIII.- LA ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES.
Esta acción institucional deberá estar relacionado y vinculado con las actividades y/o acciones de educación, recreación,
cultura prevención del delito, servicios de salud, así como otros que se implementen y ejecuten en beneficio de las familias
brindando servicios básicos de asistencia social.
XIV. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN.
La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde congruencia
con lo dispuesto en la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la
Ciudad de México.
Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría y los órganos de control interno, a fin de que estás
puedan realizar funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
XV. CRITERIOS PARA LA INTEGRACIÓN Y UNIFICACIÓN DEL PADRÓN DE PERSONAS.
BENEFICIARIAS O DERECHOHABIENTES.
La Alcaldía en Venustiano Carranza a través de la Dirección General de Desarrollo Social publicará en la Gaceta Oficial de
la Ciudad de México,el padrón de beneficiarios a efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y
organizado.
“Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos”.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. - Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. - El presente aviso entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Ciudad de México, a los tres días del mes julio del año dos mil diecinueve.
(Firma)
_________________________________________
MTRO. MARCO POLO CARBALLO CALVA
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
10 de julio de 2019 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37
ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA
MTRO. MARCO POLO CARBALLO CALVA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL con fundamento en lo dispuesto por los artículos 53 Apartados A , numerales 1, 2 fracciones, III, IV, VII, XI y XIII; 12 fracciones I, VIII, IX, XII, XIII y XV; B, numerales 1 y 3 inciso a), fracciones I, III, XXXV y XXXV de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 3, 15, 16 y 20 fracciones I, II, III, VII, VIII, X, XI, XIII y XX, 29 fracciones I, VIII, IX, XII, XIII y XVI, 30, 31 fracciones I y III, 35 fracciones I, II y IV, 35 fracción I, 71 fracción VII, 75 fracción I, X y XIII de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 123, 124 y 128 de La Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 134 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 7, 20 y 22 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019 y Octavo del Acuerdo por el que se Delegan en los Titulares de las Direcciones Generales y Ejecutivos de la Alcaldía Venustiano Carranza que se mencionan, las facultades que se indican, publicado el 7 de diciembre de 2018, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; por lo que he tenido a bien emitir, el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL “ALIMENTACIÓN Y ATENCIÓN PARA LA INFANCIA INSCRITA EN LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL”, A CARGO DE LA ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, NÚMERO 54, EL DÍA 20 DE MARZO DE 2019. Único.- Se modifica: En la página 31, primer párrafo, numeral V. METAS FÍSICAS V. METAS FÍSICAS. Otorgar ayuda de hasta 2,200 raciones alimenticias e hidratación en 18 Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) y hasta 100 raciones de hidratación en 3 más, a menores de 2 a 5 años 11 meses de edad inscritos, durante el período de enero a marzo; Otorgar ayuda de hasta 2,200 raciones alimenticias e hidratación en 18 Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) y hasta 100 raciones de hidratación en 3 más, a menores de 2 a 5 años 11 meses de edad inscritos, durante el período de abril; Otorgar ayuda de hasta 2,200 raciones alimenticias e hidratación en 19 Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS), hasta 100 raciones de hidratación en 2 más, a menores de 2 a 5 años 11 meses de edad inscritos, durante el período de mayo a junio Otorgar ayuda de hasta 2,200 raciones alimenticias e hidratación en 19 Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS), hasta 100 raciones de hidratación en 2 más, a menores de 2 a 5 años 11 meses de edad inscritos, durante el período de junio a julio. En la página 31, segundo párrafo, numeral VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL. El presupuesto autorizado es de hasta $ 4´154,192.39 (Cuatro Millones Ciento Cincuenta y Cuatro mil Ciento Noventa y dos pesos 39/100 M.N.) para el primer trimestre del ejercicio fiscal 2019, pre-inversión enero-marzo; Hasta $845,805.00 (Ochocientos cuarenta y cinco mil ochocientos cinco pesos 00/100 M.N.) para el mes de abril; Hasta $ 2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.) para el período de mayo-junio; Y hasta $ 1,717,000.00 (Un millón setecientos diecisiete mil pesos 00/100 M.N.) para el período de junio-julio.
T R A N S I T O R I O S PRIMERO. – Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. - El presente Aviso entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Ciudad de México, a los tres días del mes de julio del año dos mil diecinueve. (Firma)
______________________________________________ MTRO. MARCO POLO CARBALLO CALVA
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA
MTRO. MARCO POLO CARBALLO CALVA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 53 Apartados A , numerales 1, 2 fracciones IV,VI, VII, XI y XIII; 12
fracciones I, VIII,, IX XII, XIII y XV; B, numerales 1 y 3 inciso a), fracciones I, III, XXXV y XXXVII de la Constitución
Política de la Ciudad de México; 1, 3, 15, 16 y 20 fracciones I, II, III, VI, VII, XI, XIII y XX, 29 fracciones I, VIII, IX, XII,
XIII y XVI; 30, 31 fracciones I y III, 35 fracciones I, II, y IV; 71, 75 fracción I, X y XIII de la Ley Orgánica de Alcaldías de
la Ciudad de México; 123, 124 y 128 de La Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio
de Recursos de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 134 del
Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad
de México; 7, 20 y 22 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio
Fiscal 2019 y Octavo del Acuerdo por el que se Delegan en los Titulares de las Direcciones Generales y Ejecutivos de la
Alcaldía Venustiano Carranza que se mencionan, las facultades que se indican, publicado el 7 de diciembre de 2018, en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México; por lo que he tenido a bien emitir, el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS DE LA ACCIÓN
INSTITUCIONAL “ALIMENTACIÓN Y ATENCIÓN PARA LOS RESIDENTES DE LA CASA HOGAR
ARCELIA NUTO DE VILLAMICHEL”, A CARGO DE LA ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2019, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
NÚMERO 54, EL DÍA 20 DE MARZO DE 2019.
Único.- Se modifica:
En la página 21, primer párrafo, V. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.
V. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.
El presupuesto autorizado es de hasta $320,661.96 (Trecientos Veinte Mil Seiscientos Sesenta y Un Pesos 96/100 M.N.)
para el primer trimestre del ejercicio fiscal 2019, pre-inversión enero-marzo, hasta $75,482.00 (setenta y cinco mil
cuatrocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) para el mes de abril y de hasta $603, 850.00 (Seiscientos tres mil
ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N) para el periodo de mayo-diciembre.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. - Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. - El presente Aviso entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Ciudad de México, a los tres días del mes de julio del año dos mil diecinueve.
(Firma)
_____________________________________________
MTRO. MARCO POLO CARBALLO CALVA
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Licitación Pública Nacional
Convocatoria: 008
El Licenciado Aureliano Morales Vargas, Director General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad
de México, en cumplimiento a las disposiciones que establecen: el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 26, 27 inciso
a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 43, 58 y 63 fracción I de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; y 129 fracciones IX, X, XXI del Reglamento Interior del Poder
Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, convoca a las personas físicas y morales a participar en la Licitación Pública Nacional número
SECTEI/LPN/009/2019, conforme a lo siguiente:
No. de licitación Fecha límite para
adquirir bases Junta de aclaraciones
Presentación y apertura de
propuestas
Lectura de dictamen y
emisión de fallo.
SECTEI/LPN/009/2019 12 de julio de 2019 15 de julio de 2019 18 de julio de 2019 22 de julio de 2019
10:00 HRS. 10:00 HRS. 12:00 HRS.
Partida Descripción Unidad de medida
Única Contratación del servicio de limpieza integral con surtimiento de materiales en las diversas áreas de la
Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México. Servicio
Las bases de la licitación se encuentran disponibles los días 10, 11 y 12 de julio de 2019, para consulta en la página de internet de la Secretaría de Educación, Ciencia,
Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, www.educacion.cdmx.gob.mx o bien consultar en la Subdirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y
Servicios, sita en Avenida Chapultepec número 49, primer piso, colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06010, de la Ciudad de México, Tel. 5134-0770
Ext. 1117 y 1123 en un horario de 10:00 y hasta las 14:00 horas.
El pago de bases tiene un costo de $1,300.00 (Un mil trescientos pesos 00/100 M.N.), I.V.A incluido, que deberá ser pagado a través de depósito bancario: a la cuenta
número 65501123467 del banco Santander a favor del Gobierno de la Ciudad de México / Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México / Tesorería
del Gobierno de la Ciudad de México el depósito en efectivo se efectuará únicamente en la Sucursal bancaria, la referencia será el RFC de la Persona Física y/o
Persona Moral, no se aceptan depósitos o pago interbancarios (banca electrónica), presentando la ficha de depósito en la Subdirección de Recursos Materiales,
Abastecimientos y Servicios, en el domicilio de la convocante, misma que elaborará un recibo de entrega de bases el cual le dará el derecho a participar.
Los eventos se realizarán en las oficinas de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, en la sala de juntas ubicada en el
sexto piso de Avenida Chapultepec Número 49, colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06010 de la Ciudad de México.
El idioma en que deberá presentar la proposición será: español.
La moneda en que se deberán cotizarse las propuestas será en pesos mexicanos.
Los plazos señalados en la convocatoria se computarán a partir de su publicación en la GOCDMX.
Las condiciones de pago será conforme a bases; no se otorgará anticipo alguno en esta Licitación.
Para este procedimiento se determina que los servidores públicos responsables son el Lic. Aureliano Morales Vargas, Director General de Administración y Finanzas;
José Eloy Torres Lora, Subdirector de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios y el Lic. Isaac González Torres, Jefe de la Unidad Departamental de Compras
y Control de Materiales, todos en la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México.
CIUDAD DE MÉXICO, A 03 DE JULIO DE 2019
(Firma)
LIC. AURELIANO MORALES VARGAS
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Procuraduría General de Justicia
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
Dirección de Obras y Protección Civil
Licitación Pública Nacional
Convocatoria: 001-2019
El Ingeniero Carlos Miguel Ricárdez Mendoza, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Procuraduría General de Justicia, en cumplimiento a las
disposiciones que establecen: el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de conformidad con los artículos 24, 25 y 28 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal y demás normatividad aplicable, convoca a las personas físicas y morales a participar en la Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente:
No. de Licitación Fecha límite para
adquirir las Bases
Visita de Obra Obligatoria Junta de
aclaración
Obligatoria
Presentación y
entrega de
proposiciones y
apertura del sobre
único
Fecha de fallo
LPN-DOPC-PYA-
PGJCDMX-OP-
001-2019
15 de julio de 2019 16 y 17 de julio de 2019 10:00
Horas cita en calle Rodríguez
Saro Número 438 casi
Esquina con Avenida
Coyoacán, Colonia del Valle,
Código Postal 03100, Alcaldía
Benito Juarez, Ciudad de
México.
23 de julio de
2019 11:30-
Horas
29 de julio de 2019
11:30 Horas
06 de Agosto de 2019-11:30 Horas
No. De
Licitación
Descripción: 8 Obras del Proyecto
Mejoramiento de 26 Inmuebles en los
cuales se tienen 12 Fiscalías y 35
Coordinaciones Territoriales, donde en
04 Coordinaciones Territoriales se
implementará el Programa Institucional
denominado, "Agencia Modelo"
Ubicación de la Obra Fecha de
Inicio
Fecha de
Término
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
LPN-
DOPC-
PYA-
PGJCDMX-
OP-001-
2019
1.- Coordinación Territorial GAM-3 Cerrada Sur de los 100 metros s/n entre
Vallejo y Av. de los 100 metros, Col.
Vallejo, Alcaldía Gustavo A. Madero.
12 de Agosto
de 2019.
12 de Noviembre
de 2019
93 días
naturales
$ 3,299,296.00
2.- Coordinación Territorial IZP-7 Calz. San Lorenzo Tezonco No. 310,
Col. San Nicolás Tolentino, Alcaldía
Iztapalapa.
12 de Agosto
de 2019.
12 de Noviembre
de 2019
93 días
naturales
$ 2,443,850.50
3.- Coordinación Territorial MAC-1 Av. San Jerónimo No. 2625, Colonia
San Bernabé Ocotepec, Alcaldía
Magdalena Contreras.
12 de Agosto
de 2019.
12 de Noviembre
de 2019
93 días
naturales
$ 2,878,967.00
4.- Coordinación Territorial TLP-4 Canal Nacional No. 7700 esquina
Anillo Periférico, Alcaldía Tlalpan.
12 de Agosto
de 2019.
12 de Noviembre
de 2019
93 días
naturales
$ 2,887,452.75
5.- Coordinación Territorial BJU-5 Bretaña No. 6 esquina Orinoco, Col.
Zacahuizco, Alcaldía Benito Juárez.
12 de Agosto
de 2019.
29 de Septiembre
de 2019
59 días
naturales
$ 584,887.37
No. De
Licitación
Descripción: 8 Obras del Proyecto
Mejoramiento de 26 Inmuebles en los
cuales se tienen 12 Fiscalías y 35
Coordinaciones Territoriales, donde en
04 Coordinaciones Territoriales se
implementará el Programa Institucional
denominado, "Agencia Modelo"
Ubicación de la Obra Fecha de
Inicio
Fecha de
Término
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
LPN-
DOPC-
PYA-
PGJCDMX-
OP-001-
2019
6.- Coordinación Territorial COY-4 Calle Rey Tepalcatzin entre
Chichimecas, Mixtecas y Rey
Meconetzin, Col. Ajusco, Alcaldía
Coyoacán.
12 de Agosto
de 2019.
06 de Octubre de
2019
56 días
naturales
$ 626,771.96
7.- Fiscalía en Coyoacán y las
Coordinaciones Territoriales COY-1 y
COY-2
Calle Tecualipan esquina calle
Zumpantitla, Col. Manuel Romero de
Terreros, Alcaldía Coyoacán.
12 de Agosto
de 2019.
12 de Noviembre
de 2019
93 días
naturales
$ 1,138,908.00
8.- Coordinación Territorial MIL-1 Av. Jalisco y Av. México, Col. Villa
Milpa Alta, Alcaldía Milpa Alta.
12 de Agosto
de 2019.
27 de Octubre de
2019
77 días
naturales
$ 737,416.59
Los recursos corresponden al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FASP) 2019.
1. Las Bases y anexos de la Licitación se encuentran disponibles los días 11, 12 y 15 de julio del 2019, para consulta en la Subdirección de Proyectos y Análisis, adscrita a la
Dirección de Obras y Protección Civil, ubicada en la planta alta del Edificio “B” de Avenida Coyoacán No. 1635, colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de
México, con un horario de 9 a 14 horas.
2. El pago de Bases tiene un costo de $1,300.00 (Un mil trescientos Pesos 00/100 M.N.), I.V.A. incluido, que deberá ser pagado a través de depósito bancario: a la cuenta
00101258122 con la referencia 14010516 del Banco Scotiabank a favor del Gobierno de la Ciudad de México/Secretaria de Finanzas/Tesorería del Gobierno de la Ciudad de
México o realizando el pago en la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, mediante cheque certificado o de caja, a nombre del Gobierno de la
Ciudad de México/Secretaria de Finanzas/Tesorería del Gobierno de la Ciudad de México ubicada en el domicilio de la convocante, no se aceptan depósitos o pago
interbancarios (Banca electrónica), presentando la ficha de depósito en la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, misma que elaborará un recibo el
cual se deberá de presentar en la Subdirección de Proyectos y Análisis, adscrita a la Dirección de Obras y Protección Civil para la entrega de Bases de licitación, anexos,
catálogos de conceptos y planos, quedando de esta manera el interesado inscrito y registrado. El concursante es el único responsable de registrarse dentro del plazo establecido
y cumpliendo con las formalidades descritas con la compra de bases, debiendo prever los tiempos de operación de las instituciones bancarias, por lo que, el incumplimiento de
este requisito será motivo para no inscribir, registrar y participar en la licitación correspondiente.
3. Los eventos se realizarán en la Sala de eventos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en planta alta del Edificio “B” de Avenida
Coyoacán No. 1635, Colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.
4. El idioma en el que deberá presentar las proposiciones será: español.
5. La moneda en que se deberán cotizarse las proposiciones serán en: Pesos Mexicanos.
6. Los plazos señalados en la Convocatoria se computaran a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
7. Condiciones de pago: Las estimaciones por trabajos ejecutados de la obra materia de la presente licitación, se cubrirán en un plazo no mayor a 20 (veinte) días naturales,
contados a partir del trámite que realice la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto ante la Secretaría de Finanzas y después de la fecha en la que la
residencia de obra de la Procuraduría hubiere autorizado la estimación y los documentos que acrediten la procedencia del pago, previa revisión, validación por las partes y
aprobación de la supervisión de la Procuraduría.
8. No se otorgará anticipo alguno en esta Licitación.
9. Experiencia técnica y financiera: los concursantes deberán contar con un mínimo de tres años de experiencia en el tipo de obra de la presente licitación, además en obra
civil, instalaciones eléctricas e hidrosanitarias, así como capacidad financiera para la ejecución de los trabajos; además de presentar la relación de contratos vigentes.
10. Para esta licitación de esta convocatoria, no se podrá subcontratar ninguna parte de los trabajos, de no ser indicado en las bases de la Licitación o previa autorización por
escrito de la contratante de acuerdo al artículo 47 párrafo 5 de la ley de obras Publicas del Distrito Federal.
11. La adjudicación de los trabajos se hará con base a lo indicado en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, por lo que se efectuará un análisis
comparativo de las proposiciones admitidas y se formulará un dictamen que servirá de base para emitir el fallo correspondiente, asignándole la ejecución de los trabajos al
licitante que reúna los condiciones legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas requeridas por la dependencia, para garantizar satisfactoriamente el
cumplimiento del contrato.
12. Se determina que los servidores Públicos responsables en las Diferentes Actas y etapas que conforman los procedimientos, quienes presidirán y firmarán indistintamente
las actas de los eventos, dictámen y fallo son el Ingeniero Carlos Miguel Ricárdez Mendoza, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, el Ingeniero Juan
Juárez Lira, Director de Obras y Protección Civil, Ingeniera Stephanie Patricia Carro García, Subdirectora de Proyectos y Análisis, Ingeniero Arquitecto Rubén Eduardo
Martínez Sánchez, Subdirector de Obras, la Arquitecta María Fernanda Cerecedo Romero, Jefe de Unidad Departamental de Control de Supervisión de Obra y el C. Gerardo
Pérez Álvarez, Jefe de Unidad Departamental de Análisis y Proyectos.
CIUDAD DE MÉXICO A 04 DE JULIO DE 2019
(Firma)
ING. CARLOS MIGUEL RICÁRDEZ MENDOZA
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Alcaldía Gustavo A. Madero
Dirección General de Servicios Urbanos
Licitación Pública Nacional
Convocatoria: 003
Ing. Ligia Ileana Moulinié Adame, Directora General de Servicios Urbanos, en observancia a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 21 apartado D fracción III numeral 1 inciso b, 52 numerales 1 y 4, 53 apartado A numerales 1, 12 fracciones II y III, apartado B
numeral 3 inciso b fracciones II y VI de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 3 fracción IV, 4, 6 fracción VII y 11 último párrafo de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 6, 9, 16 segundo párrafo, 29 fracciones II, III y V, 30, 34 fracción VI, y 42
fracción I y V de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; Acuerdo por el que se delega en el titular de la Dirección General de Servicios Urbanos,
las facultades que se indican y expresamente les otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes a la Alcaldía de Gustavo A. Madero, publicado en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México con fecha 1º de Febrero de 2019 y de conformidad con lo establecido en los artículos 3 apartado A fracción I, 24 apartado
A, 25 apartado A fracción I, 28 y 44 fracción I inciso a de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal; 26 y 27 párrafo primero de su Reglamento; convoca a
las personas físicas y morales interesadas en participar en las licitaciones públicas de carácter nacional para la contratación de obra pública a base de precios
unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado, conforme a lo siguiente:
Número de
licitación
Descripción general de la obra Fecha de
inicio
Fecha de
terminación
Capital
contable
requerido
Rehabilitación, Mantenimiento y Conservación al Mercado 189 "San Pedro
Zacatenco" 19/08/2019 11/12/2019 $ 4,482,562.34
30001127-008-19
Costo de las bases Plazo de
ejecución
Fecha límite
para adquirir
bases
Visita al lugar
de la obra o los
trabajos
Junta de
aclaraciones
Acto de
presentación y
apertura del
sobre único
Fallo
Directo Alcaldía Gustavo A.
Madero $5,000.00
115 días
naturales 12/07/2019
19/07/2019 26/07/2019 06/08/2019 14/08/2019
10:00 horas 10:00 horas 10:00 horas 10:00 horas
Número de
licitación
Descripción general de la obra Fecha de
inicio
Fecha de
terminación
Capital
contable
requerido
Rehabilitación, Mantenimiento y Conservación al Mercado 136 "Providencia" 19/08/2019 11/12/2019 $ 4,277,477.57
30001127-009-19
Costo de las bases Plazo de
ejecución
Fecha límite
para adquirir
bases
Visita al lugar
de la obra o los
trabajos
Junta de
aclaraciones
Acto de
presentación y
apertura del
sobre único
Fallo
Directo Alcaldía Gustavo A.
Madero $5,000.00
115 días
naturales 12/07/2019
19/07/2019 26/07/2019 06/08/2019 14/08/2019
11:30 horas 11:00 horas 11:30 horas 11:00 horas
Número de
licitación
Descripción general de la obra Fecha de
inicio
Fecha de
terminación
Capital
contable
requerido
Rehabilitación, Mantenimiento y Conservación consistente en
"Reencarpetamiento" 19/08/2019 11/12/2019 $ 6,060,541.77
30001127-010-19
Costo de las bases Plazo de
ejecución
Fecha límite
para adquirir
bases
Visita al lugar
de la obra o los
trabajos
Junta de
aclaraciones
Acto de
presentación y
apertura del
sobre único
Fallo
Directo Alcaldía Gustavo A.
Madero $5,000.00
115 días
naturales 12/07/2019
19/07/2019 26/07/2019 06/08/2019 14/08/2019
13:00 horas 15:00 horas 13:00 horas 12:00 horas
Los recursos fueron autorizados con oficio de autorización para el ejercicio fiscal 2019, número SAF/SE/0061/2019 de fecha 10 de enero de 2019, suscrito por la
Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Subsecretaría de Egresos.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para su consulta y venta del 10 al 12 de julio del año en curso, en la Jefatura de Unidad Departamental de
Concursos y Contratos de Obra Pública, ubicada en el 2do piso del edificio de la Alcaldía sita en 5 de Febrero esq. Vicente Villada, col. Villa Gustavo A. Madero,
demarcación territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07050, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a las 15:00 horas.
Los interesados podrán revisar los documentos previamente al pago del costo, el cual será requisito para adquirir las bases y participar en el concurso.
Previamente a la compra de las bases, el Concursante deberá presentar los siguientes documentos:
1. Constancia de Registro de Concursante emitida por la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México, la cual deberá corresponder a la especialidad
licitada y con fecha de actualización al ejercicio 2019. Documento mediante el cual se verificará el cumplimiento del capital contable requerido. Una copia de la
constancia de dicho registro deberá incluirse dentro de la propuesta técnica.
2. Concursante deberá presentar la Constancia de Registro en el Padrón de Proveedores de la Administración Pública de la Ciudad de México emitida por la
Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, vigente hasta el ejercicio 2019.
Cabe señalar, que esta documentación únicamente servirá para la venta de bases. La Constancia de Registro de Concursante y la Constancia de Registro en el
Padrón de Proveedores de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán presentarse en la propuesta técnica, de no presentarlas será motivo de
desechamiento de la propuesta.
Requisitos para adquirir las bases:
Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar:
1.- Adquisición directa en las oficinas de la Jefatura de Unidad Departamental de Concursos y Contratos de Obra Pública, ubicada en el 2do piso del edificio de la
Alcaldía sita en 5 de Febrero esq. Vicente Villada, col. Villa Gustavo A. Madero, demarcación territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07050, Ciudad de México.
1.1.- Constancia de Registro de Concursante emitida por la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México, la cual deberá corresponder a la especialidad
licitada y con fecha de actualización al ejercicio 2019.
1.2.- Constancia de Registro en el Padrón de Proveedores de la Administración Pública de la Ciudad de México emitida por la Secretaría de Administración y
Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, vigente hasta el ejercicio 2019.
1.3- Escrito dirigido a la Ing. Ligia Ileana Moulinié Adame, Directora General de Servicios Urbanos mediante el cual solicita la inscripción al procedimiento
licitatorio de su elección. Documento que deberá presentarse en papel membretado del concursante, indicando los datos generales del procedimiento licitatorio y
debidamente firmado por el representante legal del concursante.
2.- La forma de pago de las bases se hará:
2.1.- En la Jefatura de Unidad Departamental de Concursos y Contratos de Obra Pública, ubicada en el 2do piso del edificio de la Alcaldía sita en 5 de Febrero
esq. Vicente Villada, col. Villa Gustavo A. Madero, demarcación territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07050, Ciudad de México, mediante cheque certificado o de
caja, expedido a favor de la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México con cargo a una institución bancaria autorizada para
operar en la Ciudad de México.
El pago será requisito para adquirir las bases y participar en el concurso. En la compra de las bases es importante verificar que el comprobante de pago que emita
la Administración Publica de la Ciudad de México, contenga el nombre completo del concursante que las adquiere.
3.- Descripción general de las obras:
3.1.- Rehabilitación, Mantenimiento y Conservación al Mercado 189 "San Pedro Zacatenco",
3.2.- Rehabilitación, Mantenimiento y Conservación al Mercado 136 "Providencia" y
3.3.- Rehabilitación, Mantenimiento y Conservación consistente en “Reencarpetamiento”
4.- El domicilio donde se realizarán las obras es el siguiente:
4.1.- Mercado 189 "San Pedro Zacatenco" ubicado en Manizales 16, Col. San Pedro Zacatenco (dentro de la Dirección Territorial No. 6), en el
perímetro de esta Alcaldía,
4.2.- Mercado 136 "Providencia" ubicado en Estado de Morelos y estado de Tamaulipas, Col. Providencia (dentro de la Dirección Territorial No. 3), en
el perímetro de esta Alcaldía y
4.3.- Av. 699 entre la Av. 412 y la Av. 604, Col. Narciso Bassols, demarcación territorial Gustavo A. Madero, Ciudad de México.
5.- El lugar de reunión para la visita de obra será la Sala de Juntas de la Dirección General de Servicios Urbanos, ubicada en el 2do piso del edificio de la
Alcaldía, sita en 5 de Febrero esq. Vicente Villada, col. Villa Gustavo A. Madero, demarcación territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07050, Ciudad de México, el
día y hora indicados anteriormente.
6.- La junta de aclaraciones se llevará a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección General de Servicios Urbanos, ubicada en el 2do piso del edificio de la
Alcaldía, sita en 5 de Febrero esq. Vicente Villada, col. Villa Gustavo A. Madero, demarcación territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07050, Ciudad de México, los
días y horas indicados anteriormente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 29 fracción II de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, es obligatoria la asistencia de personal calificado
de los concursantes, a la(s) junta(s) de aclaraciones. Se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).
7.- El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección General de Servicios Urbanos, ubicada en el 2do
piso del edificio de la Alcaldía, sita en 5 de Febrero esq. Vicente Villada, col. Villa Gustavo A. Madero, demarcación territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07050,
Ciudad de México, los días y horas indicados anteriormente.
8.- No se otorgará anticipo para la ejecución de esta obra.
9.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
10.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: en pesos mexicanos.
11.- No se autorizará subcontratación en la ejecución de la obra.
12.- Los interesados en los procedimientos de licitación pública nacional deben comprobar experiencia y capacidad técnica en obra pública y capacidad
financiera, administrativa y de control, durante el proceso de evaluación, según la información que se solicita en las bases de estos procedimientos de licitación
pública nacional.
13.- Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: La convocante con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, efectuará el análisis comparativo de las proposiciones admitidas, formulará el dictamen y emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al
concursante, que reuniendo las condiciones establecidas en la Ley, su Reglamento, y las bases de licitación, haya presentado la postura legal, técnica, económica,
financiera y administrativa que garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más propuestas reúnen las
condiciones legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientos de la convocante, se elegirá
como ganadora aquella que presente el precio más bajo.
14.- La sesión pública de fallo se llevará a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección General de Servicios Urbanos, ubicada en el 2do piso del edificio de la
Alcaldía, sita en 5 de Febrero esq. Vicente Villada, col. Villa Gustavo A. Madero, demarcación territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07050, Ciudad de México, los
días y horas indicados anteriormente.
15.- Los trabajos, se pactarán sobre la base de precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al contratista se hará
por unidad de concepto de trabajo terminado. Los trabajos, se pagarán mediante la formulación de estimaciones que comprenderán los trabajos realizados en el
período.
Las fechas de corte para el pago de las estimaciones serán los días 15 (quince), 30 (treinta) ó 31 (treinta y uno) de cada mes. Las estimaciones de los trabajos
ejecutados, se deberán presentar por el contratista a la convocante por períodos máximos mensuales, acompañadas de la documentación que acredite la
procedencia de su pago.
Las estimaciones de los trabajos ejecutados deberán iniciarse para su pago por parte de la convocante, bajo su responsabilidad, dentro de un plazo no mayor de 20
(veinte) días hábiles, contados a partir de la fecha en que las hubiere autorizado la residencia de la obra pública de que se trate. El pago de las estimaciones se
efectuará a través de medio electrónico (depósito bancario, transferencia electrónica), por conducto de la Dirección de Finanzas, quien tiene establecido su
domicilio en el 2do piso del edificio de la Alcaldía sita en 5 de Febrero esq. Vicente Villada, col. Villa Gustavo A. Madero, demarcación territorial Gustavo A.
Madero, C.P. 07050, Ciudad de México,
16.- Para garantizar el cumplimiento del contrato, el contratista deberá presentar fianza expedida por institución legalmente autorizada en los términos de la
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a favor de la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, por un monto
equivalente al 10% (diez por ciento) del importe del contrato sin I.V.A.
17.- Para garantizar la reparación total de daños y perjuicios que pudiera ocasionar a terceros en sus bienes o personas, derivado de las actividades inherentes a
los trabajos que realicen, el contratista deberá presentar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha de firma del contrato, la póliza y el contrato de
seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) del importe del contrato sin I.V.A.
18.- Para garantizar durante un plazo de 12 (doce) meses, los defectos que resultaren, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere
incurrido el contratista, previamente a la recepción de los trabajos, el contratista constituirá garantía por el equivalente del 10% (diez por ciento) del monto total
ejercido en la obra.
19.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.
Ciudad de México, a 04 de julio de 2019.
(Firma)
Ing. Ligia Ileana Moulinié Adame
Directora General de Servicios Urbanos
48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de julio de 2019
DIRECTORIO
Jefa de Gobierno de la Ciudad de México
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
HÉCTOR VILLEGAS SANDOVAL
Director General Jurídico y de Estudios Legislativos
JUAN ROMERO TENORIO
Directora de Estudios Legislativos y Trámites Inmobiliarios
IRERI VILLAMAR NAVA
Subdirector de Proyectos de Estudios Legislativos y Publicaciones
RICARDO GARCÍA MONROY
Jefe de Unidad Departamental de la Gaceta Oficial y Trámites Funerarios
SAID PALACIOS ALBARRÁN
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 2,024.00
Media plana ...................................................................................... $ 1,088.50
Un cuarto de plana .............................................................................. $ 677.50
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad Departamental de la Gaceta Oficial, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n,
Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Demarcación Territorial Venustiano Carranza, Ciudad de México.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.
Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,
Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
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www.comisa.cdmx.gob.mx
(Costo por ejemplar $26.50)