Rusia prohibe conducir a personas con problemas de conducta

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TEMA'S y debateRusia prohibe conducir a personas con problemas de conductas. Juan Antonio Carreras Espallardo (España), Mario Murriera Fournier (México) y Osvaldo A. Cuello Videla (Argentina).

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  • 40 Revista TEMAS Ao IV - Nmero 28 Febrero de 2015

    R E V I S T A D I G I T A L D E C R I M I N O L O G A Y S E G U R I D A D

    TEMAS

    TRANSEXUALES, FETICHISTAS, EXHIBICIONISTAS, VOYEURS,

    SADOMASOQUISTAS, PEDFILOS, LUDPATAS Y CLEPTMANOS

    NO PODRN CONDUCIR EN RUSIA

    Temas de CRIMINOLOGA VIAL

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    R E V I S T A D I G I T A L D E C R I M I N O L O G A Y S E G U R I D A D

    JUAN ANTONIO CARRERAS ESPALLARDO OSVALDO A. CUELLO VIDELA

    MARIO MURRIETA FOURNIER JOS MARA GONZLEZ GONZLEZ

    E l 9 de Enero pasado todos los peridicos del mundo publicaban una inslita noticia: Rusia aprob una norma (duramente criticada por los defensores de los Derechos Humanos y de los derechos de la comunidad LGBT mun-

    dial) que prohbe conducir a personas con trastornos mentales e inclua en su larga lista a travestis, sadomasoquistas, homosexuales, pedfilos y otros para reducir los accidentes de trnsito.

    La norma prohbe conducir a personas con problemas mentales y de comporta-miento y ratifica la estrategia del pas contra la comunidad gay y todo lo que tenga que ver con la identidad de gnero de su poblacin.

    Ms all que este sorprendente anuncio ha provocado la indignacin internacio-nal, que ha criticado la posicin del Kremlin sobre la homosexualidad, TEMAS deci-di entrar en el debate, a fin de analizar desde el punto de vista de las ciencias fo-renses que hay de fundamento en la normativa que habla de que las personas por su orientacin puedan o no ser ms propensas a involucrarse en un siniestro vial.

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    TEMAS

    Rusia prohbe conducir a transexuales y ludpatas, entre otros,

    por motivos de seguridad vial

    Qu tendr que ver el tocino con la velocidad? Por Juan Antonio Carreras Espallardo

    Licenciado en Criminologa y Periodismo (Univ. de Murcia). Master Universitario en Cien-cias Forenses. Diplomado Su-

    perior en Criminologa. Diplo-mado Experto Universitario en Educa-cin Vial para Profesores. Miembro de

    la Seccin de Trfico (Grupo de Atesta-dos e Investigacin de Accidentes).

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    las carreteras rusas.

    El gobierno ruso dice que esta prohibi-cin se debe a la alarmante tasa de vctimas en carretera (55 muertes anuales por cada 100.000 coches). Pero sin embargo no apor-tan datos que demuestren que los tran-sexuales y dems, tienen algo que ver. Esos "problemas mentales y de comportamiento" que segn los rusos estn presentes en es-tas personas con identidad de gnero y pre-ferencias sexuales determinadas.

    Pero en el mundo de la conduccin hay muchas ms curiosidades, tan absurdas co-mo incomprensibles. Tambin Rusia pode-mos ver una prohibicin rara, si llevas el co-che sucio, no puedes conducir. En Washing-ton la ley dice: Cada conductor que tenga intenciones criminales, antes de entrar en la ciudad est obligado a parar y comunicar dichas intenciones por telfono al jefe de la polica. En Tennesee es ilegal para la mujer conducir un coche a menos que haya un hombre corriendo o caminando delante de ella, agitando una bandera roja, para avisar a los dems conductores y peatones que se acerca. En Italia necesitas saber montar en bicicleta para tener el permiso de conducir. En Alabama es ilegal conducir con los ojos cerrados.

    Pero lo ms grave y preocupante, y esto no es una broma, es la prohibicin en Ara-bia Saud de conducir a las mujeres desde 1990, cuando un grupo de ellas organiz una manifestacin automovilstica para pro-testar contra la prohibicin informal vigen-

    V uelve el tro latino y lo hace con ms fuerza que nunca, comentando una circunstancia peculiar desde el

    prisma de Espaa, Argentina y Mxico para que sus seguidores y lectores se formen una opinin al respecto. Al grano

    Rusia ha aprobado un paquete de medi-das donde se encuentra una que es tan sor-prendente como retrgrada. As, Rusia prohbe desde hace muy poco conducir a los transexuales, fetichistas y exhibicionis-tas justificando dicha prohibicin porque cree que tienen "trastornos mentales" que hacen que tengan ms probabilidades de sufrir un siniestro vial que cualquier perso-na que no lo sea.

    Por lo tanto no ponen en duda la destreza o preparacin como conductores de los transexuales sino su nica y exclusiva con-dicin sexual. No se escapan los ladrones compulsivos y los ludpatas, sadomasoquis-tas y cleptmanos, que se unen a los traves-tis y transexuales, fetichistas, pedfilos, ex-hibicionistas, voyeurs y sadomasoquitas. En fin, toda una lista de trastornados menta-les para el gobierno ruso que ponen en pe-ligro la seguridad vial y propician que el nmero de vctimas del trfico sea elevado.

    En Rusia la homosexualidad fue conside-rada un crimen hasta el ao 1993 y una en-fermedad mental hasta 1999. En 2013, el parlamento adopt una ley que castiga con multas y aos de crcel cualquier tipo de "propaganda" homosexual ante menores.

    Rusia intenta as reducir el nmero de siniestros viales, pero olvida que es un pas donde las estadsticas por siniestros viales son de las peores del mundo. Comparen las casi 2.000 personas que fallecen en Espaa con las 30.000 que pierden la vida y las 250.000 que resultan heridas cada ao en

    CRIMINOLOGA VIAL

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    ms all de mujeres y hombre y que las pro-porciones son ms o menos similares en ambos gneros; y segundo, que el hecho de criminalizar a un grupo determinado de su-jetos, sin base cientfica, sin pruebas, sin es-tadsticas ni resultados y sin estudios pre-vios, es tan absurdo como discriminatorio, retrgrado, dictatorial.

    Precisamente Rusia, que es un pas donde no se conduce todo lo bien que se debera, donde los que conducen no son muy educa-dos, que anteponen su riqueza a sus dere-chos como conductores, que no respetan la vida a pie frente a la motorizada. En fin, un pas con tanto fro, tanta nieve, tanto hielo y tanto que aprender en materia de seguridad vial que no es de extraar que apruebe nor-mas tan incomprensibles y ofensivas como la que comentamos en esta publicacin.

    Quieren reducir el nmero de vctimas?

    Aplicable a todos los pases

    Alcohol / Drogas + Conduccin = Prisin

    y ms Respeto a los derechos viales.

    te hasta entonces. De hecho, las mu-jeres en Arabia Saud deben obtener el per-miso de un tutor varn para poder viajar. Loujain Hathloul fue detenida el 1 de di-ciembre 2014 tras intentar entrar en Arabia Saud conduciendo su coche desde los Emi-ratos rabes Unidos y contraviniendo una prohibicin vigente, nico pas del mundo que prohbe conducir a las mujeres.

    Relacionar la conduccin con el nmero de vctimas del trfico y por lo tanto con la probabilidad de que se produzcan los sinies-tros viales cuando dicha conduccin est re-lacionada con los trastornos mentales es al-go lgico, empricamente demostrado y es-tudiado si nos referimos a determinados trastornos mentales que s afectan la con-duccin porque la alteran, distorsionan o anulan, pero el hecho de relacionar por ejemplo la transexualidad o la ludopata con este tipo de conducta es totalmente absurdo ya que no es una circunstancia que propicie el siniestro vial. En Rusia y en cualquier par-te del mundo basta con ver las estadsticas sobre ocurrencia de siniestros viales para comprobar, primero, que no existe un censo

    TEMAS

    TEMAS

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    CRIMINOLOGA VIAL

    Rusia no es el nico pas que comete

    barbaridades en materia de Legislacin Vial Por Osvaldo A. Cuello Videla

    Licenciado en Criminalstica

    (UDA). Tcnico universitario en Documentologa y Accidento-loga Vial. Diplomado en do-cencia universitaria. Profesor

    de Criminologa. Profesor de Mediacin y Negociacin con rehenes y en Teora y Tcnicas de la Comunicacin, Universi-

    dad del Aconcagua, Argentina

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    evaluar si realmente responden a un fin es-pecfico y fundamentalmente si tienen como propsito alcanzar algn resultado o si es-tos son medibles y verificables de manera experimental.

    Me refiero a que las normas de trnsito (o trfico) de personas y vehculos en la va pblica en muchos pases sigue siendo una cuestin amateur, donde priman las buenas intenciones y hay un exceso de legislacin que carece de un antecedente cientfico.

    Aunque esto sucede en casi todos los mbitos, en materia de seguridad vial hay ciertos abusos por parte de los gobiernos, originndose lo que podramos llamar el sndrome del funcionario iluso que piensa que legislando o reglamentando sobre la materia se cambiar la realidad y habr una disminucin de la siniestralidad. Nada ms alejado del mundo de las cosas.

    Aunque debemos reconocer que los moti-vos (aparentes) del Gobierno Ruso tienen otras connotaciones distintas a las que aqu exponemos, principalmente de orden polti-co, viene bien la ocasin para analizar cun-tas normas, leyes y reglamentos se aprue-ban y sancionan en nombre de la seguridad vial sin que exista un solo aval que respalde tales medidas.

    Mientras la industria automotriz gasta millones de dlares en ensayos de materia-les, crash test, diseo de dispositivos de se-guridad, etc. para hacer los vehculos ms seguros, la circulacin sigue siendo un caos.

    Y es que las normas de circulacin van acumulndose a medida que aparecen los problemas y nadie se plantea seriamente dedicar una porcin presupuestaria a la in-vestigacin cientfica, ms especficamente la criminolgica a fin de establecer con me-ridiana certeza cuales son los factores de

    Q ue Rusia ha dictado una ley abusiva y violatoria de los DD.HH. ya lo ha dicho Carreras Espallardo en su in-

    forme, con el cual estoy totalmente de acuerdo y creo que no hace falta abundar ms sobre lo ridculo de la norma.

    El tema pasa adems porque no existe fundamento cientfico que avale que la co-munidad LGBT sean los que ms chocan o que puedan ser ms proclives a ello o que tengan una conducta que constituya un fac-tor de riesgo.

    No hay ningn sustento que asegure que esta medida tenga por finalidad disminuir los siniestros viales o hacer las calles ms seguras. Lo extrao de todo es que Rusia, siendo uno de los pases con ms siniestros, tiene un buen campo de accin para la in-vestigacin y determinacin de esos facto-res de riesgo antes de tomar medidas arbi-trarias como las que en este debate estamos comentando.

    Pero aunque la noticia ha tomado conno-tacin mundial por estas mismas razones, asistimos sin darnos cuenta a un sinnmero de medidas del mismo tenor en muchos pa-ses. Ser que por no ser violatorias de los Derechos Humanos no nos damos cuenta, o porque los medios de comunicacin no le prestan atencin y pasan desapercibidos pa-ra el comn de la gente.

    Sin embargo desde las ciencias forenses, especialmente la Criminologa y en forma particular desde la incipiente Criminologa Vial este debe ser un llamado a la atencin.

    No slo las prohibiciones que ha impues-to Rusia a este respecto y de manera tan ar-bitraria debe llamarnos a la reflexin, sino que muchas disposiciones, que carecen de sustento, ameritan un profundo anlisis desde el punto de vista Criminolgico para

    TEMAS

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    cientficamente (valga la redundancia) per-mita establecer no slo si son adecuados, sino adems si tendrn como resultado la disminucin de la siniestralidad vial de ma-nera real.

    Rusia no es el nico pas que dicta nor-mas absurdas. La siniestralidad no es un hecho aislado y aunque no nos demos cuen-ta, causa ms muerte que las guerras, los desastres naturales, las epidemias y pande-mias. Comparemos las cifras de muertos de stas en los ltimos diez aos con los que han dejado los choques de vehculos y el problema salta a la luz de inmediato, no hace falta ser un cientfico para eso.

    El da que los gobiernos entiendan que los efectos de la siniestralidad vial tienen diversas causas y que la nica forma de determinarlas es mediante la investigacin cientfica; cuando los funcionarios de todos los rdenes comprendan que los criminlo-gos estn en mejores condiciones de estu-diar cules son las medidas que hay que to-mar; en el momento en que la prensa com-prenda que hay normas que nos afectan a todos los seres humanos (no slo por ser arbitrarias, sino porque son igual de absur-das a estas); y cuando se geste de una vez por todas una poltica mundial de avalar la legislacin vial en ms que simples estads-ticas: Ese da iremos camino a disminuir la siniestralidad de manera seria y responsa-ble.

    Rusia ha cometido una barbaridad que no est muy lejos de las que gobiernan la circu-lacin vehicular en todo el mundo: Ha dicta-do una ley que carece de fundamento cient-fico. Los criminlogos y la Criminologa Vial?, bien gracias.

    riesgo y qu medidas deberan adoptarse para alcanzar la tan ansiada seguridad vial.

    Hoy Rusia es noticia porque ha violado los derechos constitucionales de una comu-nidad determinada y los medios se mues-tran susceptibles a la medida, pero quien se plantea cul es la edad real en que el ser humano est en condiciones de conducir un vehculo por la va pblica. 16; 18; 20 aos?, qu estudio lo avala?, cules son las pruebas mnimas a rendir para obtener un permiso de conducir?, cul es la tasa de al-cohol realmente segura o es que acaso el al-cohol afecta a todos los seres humanos del mismo modo? Todos alaban el triangulo de la seguridad vial que le achaca un 85% de responsabilidad al hombre en la siniestrali-dad, pero nadie estudia al ser humano y el aspecto psicolgico de las personas en la conduccin. Todo se presume, se inventa o se asume que es as. Que el casco, el cin-turn de seguridad, la velocidad y el alco-hol y se nos acabaron los argumentos y los estados de nimo, el estrs, y los proble-mas cotidianos, familiares, econmicos, etc.?, acaso esos no podran ser causas de accidentes? Y nadie lo sabe a ciencia cier-ta.

    Hay un sinnmero de interrogantes res-pecto de la conducta humana detrs de un volante que an no han sido develados, sin embargo asistimos a la constante y cotidia-na generacin de normativas del trnsito que responden a (podramos llamarlo) el buen criterio de funcionarios y legisladores de todos los pases que; muchas veces movi-dos por cuestiones coyunturales; dictan normas que a ellos y los usuarios les pare-cen adecuadas, mientras los criminlogos se preguntan cundo los van a llamar para co-rroborar a travs de un estudio serio, sus-tentado en un mtodo cientfico, verificado

    CRIMINOLOGA VIAL

  • 48 Revista TEMAS Ao IV - Nmero 28 Febrero de 2015

    TEMAS

    Egresado de la Escuela Profe-sional de la Polica Federal de

    Caminos, S.C.T. Mxico, D.F (1979).

    Estudi en la Facultad de Dere-cho de la BUAP, Puebla, Pue.

    (1981) y en la Facultad de Derecho de la Universidad del Valle de Mxico

    Campus Nogales. Postgrado en la Academia de Polica

    del Departamento de Seguridad Publi-ca, Austin Texas, USA.

    Anlisis de la legislacin Rusa desde el punto de vista de la Accidentologa Vial

    y los Derechos Humanos Por Mario Murrieta Fournier

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    La aptitud. El conductor puede ser dies-tro pero no apto para el ejercicio de la con-duccin de vehculos si sus condiciones sen-somotoras y psicolgicas (capacidades de percepcin, atencin, decisin, reflejos, con-centracin y evaluacin) no estn a la altura requerida.

    La conduccin de vehculos en calles y carreteras, implica que el conductor adopte decisiones constantemente, y por tanto se trata de un proceso de toma de decisiones condicionado por aptitudes y actitudes rela-tivas a la prevencin, que se convierten en claves principales de la seguridad en las ca-lles y carreteras.

    Si bien es cierto que la alteracin de la aptitud para conducir con determinadas en-fermedades mentales o abuso/dependencia de sustancias debe ser restringida por parte de las autoridades, tambin es cierto que la evaluacin del conductor con enfermedad mental o abuso de sustancias debe hacerse de forma individual, realizando una valora-cin global (edad, otras afecciones, valora-cin de la psicomotricidad, medicacin, con-sumo de sustancias de abuso, etc.), ponien-do especial inters en los sntomas que pue-dan derivarse de la enfermedad mental o los efectos secundarios de la medicacin.

    Hasta el momento no existe ningn estudio

    cientfico, individual o grupal, o mejor dicho,

    no se ha publicado de manera oficial nada

    que establezca que la preferencia sexual sea

    un trastorno mental que altere de alguna

    manera la aptitud para conducir un vehculo.

    DERECHOS HUMANOS

    Por otro lado el 3 de junio del ao 2008, la asamblea General de la ONU adopto, por primera vez en su historia, y en el marco de XXXVIII periodo ordinario de sesiones de la

    E l tema principal de este debate es que en Rusia se emiti una ley en la que se prohbe conducir vehculos a

    los transexuales, fetichistas y exhibicionis-tas justificando dicha prohibicin al estable-cer que estas personas tienen "trastornos mentales" que los incapacita a conducir cualquier tipo de vehculo, ya que en esas condiciones pueden sufrir un accidente vial.

    Por lo lgido del contenido de la notica, se debe tener mucha precaucin a la hora de verter comentarios en virtud que estos, se puedan malinterpretar por cierto grupo de personas afines o en contra del tema.

    Se tratara este tema desde el punto de vista de la Accidentologa vial y desde el punto de vista de los Derechos Humanos.

    ACCIDENTOLOGA VIAL

    El estudio del factor humano.

    Cuando se present al factor humano, co-mo fruto de importantes investigaciones, tuvo la gran utilidad de aportar un salto cualitativo en el estudio de los accidentes de trnsito que no tendran como causa princi-pal las fallas de los vehculos, ni las imper-fecciones de las carreteras sino al factor humano que sera ms una parte del proble-ma que de la solucin.

    El estudio al factor humano comenz por lo ms inmediato, que suele coincidir con lo ms alejado de su carcter de causa de los accidentes en la circulacin.

    Se analiz su destreza para conducir, con-siderando que la falta de habilidad en el ma-nejo del automvil era el motivo de los acci-dentes, pero no se tard mucho tiempo en comprobar que la mayora de los conducto-res eran hbiles y diestros en el manejo de su vehculo.

    CRIMINOLOGA VIAL

  • 50 Revista TEMAS Ao IV - Nmero 28 Febrero de 2015

    cualquier otra condicin.

    Desde la adopcin de la primera resolu-cin dedicada al tema por parte del rgano supremo de la Organizacin, otras resolu-ciones sobre la misma materia han sido adoptadas de manera consecutiva en cada periodo ordinario de la Asamblea General.

    CONCLUSIONES

    La ONU, al reconocer como un Derecho Humano o Constitucional la orientacin sexual e identidad de gnero de las perso-nas, le quito de manera definitiva la etique-ta de enfermedad mental que algunas per-sonas retrogradas le haban interpuesto. Adems da la total libertad de poder ejercer cualquier actividad de la vida diaria, entre las que se encuentra la de conducir vehcu-los.

    asamblea General, una resolucin dedicada a los Derechos Humanos y su vinculacin con la orientacin sexual e identidad de gnero AG/RES.2435 (XXXVIII-O/08) Derechos humanos, orientacin sexual e

    identidad de gnero. Entre otros puntos, mediante esta resolucin los Estados miem-bros manifestaban su preocupacin por los actos de violencia y violaciones de derechos humanos relacionadas, cometidos contra individuos a causa de su orientacin e iden-tidad de gnero, y argumentaron:

    -Que la Declaracin Universal de los Dere-

    chos Humanos afirma que todos los seres

    humanos nacen libres e iguales en dignidad y

    derechos y que a cada persona le es dado

    ejercer todos los derechos y libertades exis-

    tentes en ese instrumento sin distincin de

    cualquier naturaleza tales como de raza, co-

    lor, sexo, idioma, religin, opinin poltica o

    de cualquier otra ndole, origen nacional o

    social, posicin econmica, nacimiento o

    TEMAS

    https://www.facebook.com/revista.temas

    TEMAS

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    CRIMINOLOGA VIAL

    Rusia y su prohibicin de conducir

    a determinadas personas Por Jos Mara Gonzlez Gonzlez

    Es Especialista Universitario en Crimi-

    nalidad y Seguridad Pblica (2010-

    2013) por la Universidad de Extremadu-

    ra. Polica Local de Coria (Cceres) des-

    de el 2006. Monitor de educacin vial y

    Director de Parques infantiles de trfico

    y departamentos de educacin vial. (http://criminologia-

    vial.blogspot.com.es/ )

  • 52 Revista TEMAS Ao IV - Nmero 28 Febrero de 2015

    Trastornos de la identidad de gnero

    (F64): transexualidad, travestismo, y tras-torno de identidad de gnero en la infan-cia.

    Trastorno de orientacin sexual (F65): fetichismo, fetichismo travestida, exhibi-cionismo, voyerismo, pedofilia, sadoma-soquismo, y mltiples trastornos de pre-ferencia sexual.

    Estos trastornos pueden causar o pro-ducir en la persona:

    Emociones dolorosas, como sentimientos de ansiedad, depresin, irritacin crnica, etc.

    Y la aparicin de conflictos continuados en las relaciones familiares y/o sociales.

    Pero estas causas son compatibles con la conduccin, siempre y cuando no lleguen a una depresin absoluta, ansiedad grave, o un cuadro de estrs crnico, por ejemplo (que estas causas s estn estudiadas cient-ficamente); pero no quiere decir que ya de por s se prohban conducir a estas perso-nas, son efectos transitorios y tratables me-dicamente, psicolgicamente y psiquitrica-mente.

    Una de las principales preocupaciones en materia de seguridad vial consiste en iden-tificar comportamientos anmalos en la conduccin, por eso uno de los objetivos de la criminologa vial es ese, y se hace a travs de la investigacin cientfica y emprica, siendo escasas las investigaciones sobre la relacin entre trastorno de la personalidad y siniestros viales.

    Por poner un ejemplo de un estudio so-bre trastorno de personalidad y siniestros viales, Crancer y Quirino (1969), pusieron de manifiesto que las personas incluidas en

    R usia ha aprobado una Ley en la que regula quien no puede obtener el permiso de conduccin, exacta-

    mente es el Decreto de 29 de diciembre 2014 1.604. En el marco del programa estatal Desarrollo de la atencin de la sa-lud. Dirigido a reducir las muertes por acci-dentes de trfico.

    Hasta aqu todo normal y una buena ini-ciativa para reducir los siniestros viales, ya que es una Ley que existe en la inmensa ma-yora de pases, pero lo que destaca de sta por encima de todas es que prohbe condu-cir a las personas gays, lesbianas, transexua-les, ludpatas, pirmanos, cleptmanos, etc.

    Esta Ley se centra en la salud mental del futuro conductor que incluye no slo la au-sencia de enfermedades psiquitricas, sino (de acuerdo con la Organizacin Mundial de la Salud) un estado de bienestar global, que afecta a todas las esferas psicolgicas del individuo.

    Para la realizacin de dicha ley de enfermedades o trastornos incompatibles con la conduccin de vehculos se han pos-tulado en el captulo quinto de la lista de cdigos CIE-101, dedicado a los trastornos de la personalidad y del comportamiento en adultos. Los cuales muchos de ellos no son compatibles con la conduccin, ya demos-trado cientficamente, como pueden ser los trastornos paranoide, esquizoide, etc.

    Pero otras enfermedades expuestas en esta ley no tienen un respaldo cientfico pa-ra que no puedan ejercer el derecho de po-der conducir, como:

    Trastornos impulsivos y de hbito (F63): ludopata, piromana, cleptomana y trico-tilomania.

    TEMAS

    1.- http://eciemaps.mspsi.es/ecieMaps/browser/index_10_2008.html

  • 53

    problemas de desajuste o desadaptacin de la personalidad a su medio cultural y social cuando son provocadas por causas patolgi-cas.

    Son ellos los que deben determinar si se puede o no ejercer el derecho a la conduc-cin de vehculos, entendida sta como una habilidad compleja que requiere un adecua-do procesamiento de la informacin, una vigilancia o mantenimiento de la atencin y concentracin, habiendo un control sobre los impulsos y la asuncin de riesgos debe ser prudente y sensata para adecuar nues-tras acciones a los riesgos expuestos duran-te la conduccin.

    Por conclusin propongo que se fomen-ten los estudios cientficos en estos temas con la ayuda de la criminologa vial y reali-zar un cuadro de enfermedades, al modo DSM-5 o CIE-10, en el que se contemplen los trastornos y enfermedades incompatibles con la conduccin de vehculos a motor.

    la categora desrdenes de personalidad (entendidas stas como la esquizofrenia, pa-ranoide, dependiente, neurticos, etc.; ex-cluyendo los trastornos expuestos en este tema) mostraban una tasa doble de sinies-tros viales; los diagnosticados bajo la cate-gora psiconeurosis exhiban una tasa ma-yor del 50%; mientras los esquizofrnicos no evidenciaron tasas de siniestros signifi-cativamente diferentes a las de los sujetos del grupo control. Decir que estos tipos de trastornos tambin tienen prohibido el de-recho a la conduccin en Rusia, a sabiendas que la mayora de stos pueden ejercer el derecho a la conduccin con precauciones y siempre que no se encuentren en una fase crtica de su enfermedad2.

    En el tema que nos ocupa creo que entra de lleno la Psiquiatra Forense que es el conjunto de conocimientos mdico legales psiquitricos que tienen importancia en el Derecho ya sea penal, civil, laboral, etc. y que se relacionan con algunos aspectos de la capacidad mental y psquica. Se ocupa de los aspectos menos tangibles, ms subjeti-vos del ser humano enfermo, como su conducta, sus motivaciones, las alteraciones de su pensamiento, de sus afectos, de los

    CRIMINOLOGA VIAL

    http://revista-temas.blogspot.com.ar

    TEMAS

    2.- http://www.criminologiavial.com/2013/08/trastornos-de-personalidad-y-conduccion.html

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    Rusia prohbe conducir a transexuales,

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    y Mxico analizan las medidas desde el

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