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Ruta de atención por hecho victimizante
La Guajira
L ibertad y Orden
Ruta de atención por hecho victimizante
Juan Manuel Santos CalderónPresidente de la República de Colombia
Juan Fernando Cristo BustosMinistro del Interior
María Paulina Riveros DueñasDirectora de Derechos Humanos
Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas Territorial La Guajira y Gobernaci´pon La Guajira
Coordinación editorial
Carolina Ávarez M.Andrés Jiménez M.
Ministerio del Interior
Bogotá, D. C. - Colombia - SuraméricaSede principal La Giralda: Carrera 8 No. 7-83Sede para correspondencia - Camargo: Calle 12 No. 8-38Sede de las Direcciones - Bancol: Carrera 8 No. 12B-31
Diseño, diagramación e impresión:
Imprenta Nacional de ColombiaCarrera 66 No. 24-09, PBX.: 457 8000. Fax: 457 8037Impreso en Colombia
Contenido
Presentación ------------------------------------------------------------------ 5
1. Rutas de atención por hecho victimizante ---------------------------------- 6
1.1. desPlazaMiento forzado ------------------------------------------------- 6
1.2. aMenazas a líderes ----------------------------------------------------- 8
1.3. desPojo de la tierra --------------------------------------------------- 10
1.4. ruta de Prevención en Protección contra el reclutaMiento y utilización de nna - dePartaMento de la Guajira ------------------------------------- 12
1.5. Minas antiPersonal ----------------------------------------------------- 14
1.6. delitos sexuales ------------------------------------------------------ 16
1.6.1 delitos sexuales ------------------------------------------------------ 18
2. Rutas por responsables ---------------------------------------------------- 20
3. Conceptos básicos -------------------------------------------------------- 31
4. Directorio ----------------------------------------------------------------- 39
4.1. alcaldías MuniciPales -------------------------------------------------- 39
4.2. secretarías de salud MuniciPal ----------------------------------------- 39
4.3. e.s.e. hosPitales del dePartaMento ------------------------------------ 40
4.4. secretaría de salud dePartaMental --------------------------------------- 40
4.5. ePs. dePartaMento de la Guajira --------------------------------------- 41
4.6. inforMación sobre enlaces MuniciPales de víctiMas y secretarías de Gobierno donde aún no han sido desiGnados enlaces -------------------- 42
4.7. enlaces MuniciPales de vívitiMas dePartaMento de la Guajira --------------- 43
4.8. reGistradurías --------------------------------------------------------- 44
5. Fuentes -------------------------------------------------------------------- 48
5
Ruta de atención por hecho victimizante
Presentación
Publicaciones Grupo de Gestión Preventiva del Riesgo 2014
Bajo la implementación de la estrategia de fortalecimiento de capacidades territoriales institucionales y sociales, la Dirección de Derechos Humanos como parte del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV), brinda asisten-cia técnica a las autoridades territoriales en el marco de los Subcomités Locales de Prevención, Protección y Garantías de No Repetición, en tanto escenarios ideales para la gestión preventiva del riesgo de violaciones a los Derechos Humanos y DIH. En el marco de esta asistencia y del acompañamiento en la formulación y actualización de Planes Integrales de Prevención y Protección (PIPP,) la Dirección ha identificado la necesidad de apoyar la publicación y difusión de materiales pedagógicos como herra-mientas de gestión orientadas a la Prevención Temprana.
Esta publicación que se pone en circulación en el país responde a esta necesidad y al compromiso del Gobierno nacional con los territorios donde las expresiones de la violencia sociopolítica y del conflicto armado continúan amenazando el goce efectivo de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad personal, con el interés de poder aportar información relevante, para que las acciones de Prevención y Protección sean efectivas y progresivas, acorde con la implementación de la Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios.
Aprovecho la oportunidad para hacer un reconocimiento al compromiso de las y los líderes sociales, comunitarios, defensores de Derechos Humanos y representantes de víctimas, funcionarios públicos y autoridades locales que han aportado a la realización de las acciones de asistencia técnica adelantadas por el Grupo de Gestión Preventiva del Riesgo de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.
MARÍA PAULINA RIVEROS DUEÑASDirectora de Derechos Humanos
6
La Guajira
1. RUTAS DE ATENCIÓN POR HECHO VICTIMIZANTE1.1. DESPLAZAMIENTO FORZADO
REGISTRO
MINISTERIO PÚBLICO
ALOJAMIENTO
Alcaldía Municipal - Secretaría de Planeación
municipal
Alcaldía Municipal - ICBF
ALIMENTACIÓN PERSONERÍA MUNICIPAL Y SECRETARÍA DE GOBIERNO
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS COMUNICACIONES
RETORNOS Y REUBICACIONES
Elaboran el censo de la población afectada y el acta. Especifica elementos
de tiempo, modo y lugar.
Recibe declaración de hechos victimizantes
en el FUD.
Orienta y remite para la prestación de servicios
requeridos por la población afectada.
Orienta sobre las solicitudes de protección de personas
y las gestiona ante las instancias y entidades que puedan brindar
este tipo de apoyo.
Documenta y registra a la población afectada (registro civil, tarjeta
de identificación y cédula de ciudadanía).
REGISTRADURÍA MUNICIPAL
Define esquemas de seguridad y protección antes, durante, después de la emergencia
y especialmente en los lugares de albergue. Capacita en medidas
preventivas y autocuidado.
Capacita en DD. HH. y DIH a la población
afectada o en riesgo y a los miembros
de la fuerza pública presentes en la zona.
Identifica, orienta y remite, si es el caso, frente a la protección de bienes, a personas
que requieran protección.
Identifica, orienta y remite, si es el caso, a
personas que requieran protección frente a riesgos
como violencia sexual o violencia étnica.
Informa en el sector judicial sobre la ocurrencia de los delitos victimizantes.
Orienta a la población acerca de incluir
la pérdida de los bienes y el deterioro o afectación
de los mismos en la declaración.
Identifica infraestructura de albergues. En los casos
en los que no hay albergues elabora el inventario de posibles
sitios, adelantando las adecuaciones requeridas.
Define con anticipación la estrategia de administración
del albergue y operación del mismo.
Suministra alimentos perecederos y no perecederos y dota
de elementos para el servicio de alimentación comunitario.
Certifica que los albergues no se encuentran ubicados
en zona de riesgo de desastres naturales.
Elabora las minutas alimenticias. Administra
racionalmente los alimentos. Verifica y controla fechas
de vencimiento de los alimentos no perecederos.
Informa, divulga y capacita sobre los derechos
y deberes de la población afectada.
Alcaldía Municipal
Identifica los menores de edad en edad escolar. Vela porque no se utilicen los espacios educativos
como lugares de albergue.
Solicita apoyo de las autoridades departamentales y nacionales para que se
implementen programas de Bienestar Familiar en los municipios, en caso
de que no exista garantía de la continuidad laboral de los docentes afectados
por los hechos victimizantes.
Dota de material didáctico para docentes
y alumnos, orientado a mejorar la calidad de la educación. Suministra el
material didáctico, juegos, balones, entre
otros, para el desarrollo de actividades de ocupación
del tiempo libre. Organiza y realiza jornadas de
integración, recreación y lúdica.
Señaliza y divulga rutas para acceder a centros, capacita
en primeros auxilios, establece número de ambulancias y los
profesionales con los que cuenta para la atención. Realiza brigadas médicas de atención y prevención
de enfermedades en los lugares de albergue.
Diagnostica las condiciones de saneamiento básico en albergues.
Identifica e implementa el funcionamiento de sistemas de saneamiento, disposición
de desechos, tratamiento de vectores y niveles
de contaminación. Orienta y capacita en higiene personal.
Valora nutricionalmente a la población infantil y vulnerable. Realiza seguimiento, control
y formación para la manipulación de alimentos, manejo de residuos sólidos, letrinas, potabilización de
agua y control de vectores. Garantiza el acceso y consumo
de agua potable a la población afectada.
Identifica las personas heridas, que requieran
atención psicosocial. Se coordina y garantiza la asistencia psicosocial a la población afectada.
SALUD, SANEAMIENTO BÁSICO Y ACOMPAÑAMIENTO
PSICOSOCIAL
Alcaldía Municipal - Secretaría de Salud Municipal
Señaliza y divulga rutas para acceder a centros médicos
Alcaldía Municipal - Secretaría de Educación
Municipal
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO LIBRE
Garantiza el acceso al sistema educativo a la población afectada en edad escolar y los
programas de Bienestar Familiar de los menores de 5 años y menores escolarizados.
Fuerza Pública y Administración
Municipal Ministerio Público
Elabora las notas de prensa y/o boletines informativos. Divulga las rutas de atención en caso de
emergencias. Orienta a las entidades del sistema
y comunidad sobre el manejo de medios.
Alcaldía Municipal / Gobernación
Verifica las condiciones para
el retorno.
Alcaldía Municipal / Gobernación -
Comité Territorial de Justicia
Transicional Secretaría de Gobierno Municipal
7
Ruta de atención por hecho victimizante
1. RUTAS DE ATENCIÓN POR HECHO VICTIMIZANTE1.1. DESPLAZAMIENTO FORZADO
REGISTRO
MINISTERIO PÚBLICO
ALOJAMIENTO
Alcaldía Municipal - Secretaría de Planeación
municipal
Alcaldía Municipal - ICBF
ALIMENTACIÓN PERSONERÍA MUNICIPAL Y SECRETARÍA DE GOBIERNO
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS COMUNICACIONES
RETORNOS Y REUBICACIONES
Elaboran el censo de la población afectada y el acta. Especifica elementos
de tiempo, modo y lugar.
Recibe declaración de hechos victimizantes
en el FUD.
Orienta y remite para la prestación de servicios
requeridos por la población afectada.
Orienta sobre las solicitudes de protección de personas
y las gestiona ante las instancias y entidades que puedan brindar
este tipo de apoyo.
Documenta y registra a la población afectada (registro civil, tarjeta
de identificación y cédula de ciudadanía).
REGISTRADURÍA MUNICIPAL
Define esquemas de seguridad y protección antes, durante, después de la emergencia
y especialmente en los lugares de albergue. Capacita en medidas
preventivas y autocuidado.
Capacita en DD. HH. y DIH a la población
afectada o en riesgo y a los miembros
de la fuerza pública presentes en la zona.
Identifica, orienta y remite, si es el caso, frente a la protección de bienes, a personas
que requieran protección.
Identifica, orienta y remite, si es el caso, a
personas que requieran protección frente a riesgos
como violencia sexual o violencia étnica.
Informa en el sector judicial sobre la ocurrencia de los delitos victimizantes.
Orienta a la población acerca de incluir
la pérdida de los bienes y el deterioro o afectación
de los mismos en la declaración.
Identifica infraestructura de albergues. En los casos
en los que no hay albergues elabora el inventario de posibles
sitios, adelantando las adecuaciones requeridas.
Define con anticipación la estrategia de administración
del albergue y operación del mismo.
Suministra alimentos perecederos y no perecederos y dota
de elementos para el servicio de alimentación comunitario.
Certifica que los albergues no se encuentran ubicados
en zona de riesgo de desastres naturales.
Elabora las minutas alimenticias. Administra
racionalmente los alimentos. Verifica y controla fechas
de vencimiento de los alimentos no perecederos.
Informa, divulga y capacita sobre los derechos
y deberes de la población afectada.
Alcaldía Municipal
Identifica los menores de edad en edad escolar. Vela porque no se utilicen los espacios educativos
como lugares de albergue.
Solicita apoyo de las autoridades departamentales y nacionales para que se
implementen programas de Bienestar Familiar en los municipios, en caso
de que no exista garantía de la continuidad laboral de los docentes afectados
por los hechos victimizantes.
Dota de material didáctico para docentes
y alumnos, orientado a mejorar la calidad de la educación. Suministra el
material didáctico, juegos, balones, entre
otros, para el desarrollo de actividades de ocupación
del tiempo libre. Organiza y realiza jornadas de
integración, recreación y lúdica.
Señaliza y divulga rutas para acceder a centros, capacita
en primeros auxilios, establece número de ambulancias y los
profesionales con los que cuenta para la atención. Realiza brigadas médicas de atención y prevención
de enfermedades en los lugares de albergue.
Diagnostica las condiciones de saneamiento básico en albergues.
Identifica e implementa el funcionamiento de sistemas de saneamiento, disposición
de desechos, tratamiento de vectores y niveles
de contaminación. Orienta y capacita en higiene personal.
Valora nutricionalmente a la población infantil y vulnerable. Realiza seguimiento, control
y formación para la manipulación de alimentos, manejo de residuos sólidos, letrinas, potabilización de
agua y control de vectores. Garantiza el acceso y consumo
de agua potable a la población afectada.
Identifica las personas heridas, que requieran
atención psicosocial. Se coordina y garantiza la asistencia psicosocial a la población afectada.
SALUD, SANEAMIENTO BÁSICO Y ACOMPAÑAMIENTO
PSICOSOCIAL
Alcaldía Municipal - Secretaría de Salud Municipal
Señaliza y divulga rutas para acceder a centros médicos
Alcaldía Municipal - Secretaría de Educación
Municipal
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO LIBRE
Garantiza el acceso al sistema educativo a la población afectada en edad escolar y los
programas de Bienestar Familiar de los menores de 5 años y menores escolarizados.
Fuerza Pública y Administración
Municipal Ministerio Público
Elabora las notas de prensa y/o boletines informativos. Divulga las rutas de atención en caso de
emergencias. Orienta a las entidades del sistema
y comunidad sobre el manejo de medios.
Alcaldía Municipal / Gobernación
Verifica las condiciones para
el retorno.
Alcaldía Municipal / Gobernación -
Comité Territorial de Justicia
Transicional Secretaría de Gobierno Municipal
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La Guajira
1.2. AMENAZAS A LÍDERES
AMENAZAS
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
REGISTRO SALUD, ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL
Secretaría de Gobierno
Entidad que recibe la solicitud de protección
Alcaldía Municipal / Gobernación
- Policía Nacional
Alcaldía Municipal / Gobernación - apoyo Gaula - Fuerza Pública
Secretaría de Salud Municipal - Secretaría de Gobierno
Unidad Nacional de Protección
Ministerio Público
Comité Territorial de Justicia Transicional - Subcomité de
Prevención, Protección y Garantía de No Repetición
El funcionario deberá informar sobre el diligenciamiento
del Formulario de Inscripción al Programa de Protección
de la Unidad Nacional de Protección.
Remite la solicitud a la Unidad Nacional de Protección. (Lo puede hacer también
directamente el peticionario).
Coordina con entidades del municipio acciones
necesarias para reducir o minimizar procesos que vulneren los derechos
humanos fundamentales.
Recepción de la solicitud de protección. Contacto inicial con el solicitante
y caracterización del caso.
El estudio "in situ" es presentado ante el Grupo de Valoración Preliminar
(GVP), este órgano emitirá un concepto sobre la situación del riesgo del solicitante.
Este resultado es presentado en última instancia ante
el Comité de Evaluación de Riesgos y Recomendaciones
de Medidas (CERREM).
Secretaría Técnica del CERREM comunicará de manera escrita
el resultado frente al caso, mediante correo certificado.
Garantiza protección efectiva a personas amenazadas,
en particular a la población en situación de desplazamiento.
En caso de requerirse se realizará apoyo
psicosocial al grupo familiar de la persona amenazada.
Recibe declaración en el FUD.
Recibe informes de iglesias, organizaciones de mujeres,
ONG y organismos internacionales sobre situaciones de riesgo en
el territorio y estos son analizados en el marco de los Subcomités
de Prevención, Protección y Garantía de no Repetición.
SEGUIMIENTO
9
Ruta de atención por hecho victimizante
1.2. AMENAZAS A LÍDERES
AMENAZAS
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
REGISTRO SALUD, ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL
Secretaría de Gobierno
Entidad que recibe la solicitud de protección
Alcaldía Municipal / Gobernación
- Policía Nacional
Alcaldía Municipal / Gobernación - apoyo Gaula - Fuerza Pública
Secretaría de Salud Municipal - Secretaría de Gobierno
Unidad Nacional de Protección
Ministerio Público
Comité Territorial de Justicia Transicional - Subcomité de
Prevención, Protección y Garantía de No Repetición
El funcionario deberá informar sobre el diligenciamiento
del Formulario de Inscripción al Programa de Protección
de la Unidad Nacional de Protección.
Remite la solicitud a la Unidad Nacional de Protección. (Lo puede hacer también
directamente el peticionario).
Coordina con entidades del municipio acciones
necesarias para reducir o minimizar procesos que vulneren los derechos
humanos fundamentales.
Recepción de la solicitud de protección. Contacto inicial con el solicitante
y caracterización del caso.
El estudio "in situ" es presentado ante el Grupo de Valoración Preliminar
(GVP), este órgano emitirá un concepto sobre la situación del riesgo del solicitante.
Este resultado es presentado en última instancia ante
el Comité de Evaluación de Riesgos y Recomendaciones
de Medidas (CERREM).
Secretaría Técnica del CERREM comunicará de manera escrita
el resultado frente al caso, mediante correo certificado.
Garantiza protección efectiva a personas amenazadas,
en particular a la población en situación de desplazamiento.
En caso de requerirse se realizará apoyo
psicosocial al grupo familiar de la persona amenazada.
Recibe declaración en el FUD.
Recibe informes de iglesias, organizaciones de mujeres,
ONG y organismos internacionales sobre situaciones de riesgo en
el territorio y estos son analizados en el marco de los Subcomités
de Prevención, Protección y Garantía de no Repetición.
SEGUIMIENTO
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La Guajira
1.3. DESPOJO DE LA TIERRA
REGISTRO
Ministerio Público
PROTECCIÓN DE BIENES Y
PERSONAS
Alcaldía Municipal / Gobernador
Comité Territorial de
Justicia Transicional
Conexión: recibe la declaración de los hechos victimizantes en el FUD, con Unidad para Gestión y Restitución de Tierras.
Solicitan mediante comunicación escrita a las instituciones convocadas a aportar cualquier otra información relacionada con la situación de la zona que pueda ser útil para el desarrollo del CTJT.
La Ruta de Protección Colectiva se aplica cuando ha ocurrido o hay riesgo de que ocurra un desplazamiento masivo. Se usa para identificar y proteger derechos sobre la tierra de hombres, mujeres, infantes y adolescentes.
Su activación está bajo la responsabilidad de los CTJT y responde a lo establecido en la Ley 383 de 1997, Decreto 2007 de 2001, Decreto 250 de 2005 y demás normas complementarias. Así como la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.
En caso de riesgo de desplazamiento forzado la protección patrimonial tiene como objetivo dejar constancia con carácter preventivo de la existencia de las diferentes relaciones jurídicas de las personas con la tierra y de las actividades que estas desarrollan allí. Así como la garantía de sus derechos sobre la tierra.
El Alcalde o el Gobernador, quienes actúan como Secretarios Técnicos de los CTJT realizan la convocatoria al CTJT, deben asistir a este quienes tienen competencias en la protección patrimonial y miembros de las comunidades afectadas por el riesgo de desplazamiento forzado masivo. El plazo máximo para esta convocatoria es de 48 horas contadas desde que ocurrió el hecho.
En el CTJT se realiza el análisis situacional y se decide si hay o no motivos suficientes para emitir una declaratoria que permita proteger los derechos sobre las tierras y los territorios afectados. Este análisis incluye dinámica de la violencia, condiciones geoestratégicas de la zona, tensiones internas, afectaciones a territorios étnicos. En esta fase es fundamental la participación de las autoridades étnicas indígenas y negras.
Si se decide emitir la Declaratoria se debe consultar con las autoridades étnicas indígenas y negras la manera como se desarrollará en esos territorios la ruta de protección.
Su activación está bajo la responsabilidad de los CTJT y responde a lo establecido en la Ley 383 de 1997, Decreto 2007 de 2001, Decreto 250 de 2005 y demás normas complementarias. así como la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.
Propietario: es a quien reconoce el Estado legalmente como dueño de un predio y a quien le está permitido disponer libremente de él. Puede venderlo, arrendarlo, explotarlo, etc. siempre y cuando no vaya contra la Constitución, las leyes o los derechos de las otras personas. El propietario aparece identificado en el folio de matrícula inmobiliaria o certificado de tradición y libertad del predio. Se le llama titular del derecho de propiedad.
Tenedor: es aquella persona que realiza actividades sobre un predio, gracias a la autorización mediante un contrato verbal (de palabra) o escrito, celebrado entre ella y la persona a quien reconoce como dueña del predio. La tenencia se prueba mediante documentos.
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Ruta de atención por hecho victimizante
1.3. DESPOJO DE LA TIERRA
REGISTRO
Ministerio Público
PROTECCIÓN DE BIENES Y
PERSONAS
Alcaldía Municipal / Gobernador
Comité Territorial de
Justicia Transicional
Conexión: recibe la declaración de los hechos victimizantes en el FUD, con Unidad para Gestión y Restitución de Tierras.
Solicitan mediante comunicación escrita a las instituciones convocadas a aportar cualquier otra información relacionada con la situación de la zona que pueda ser útil para el desarrollo del CTJT.
La Ruta de Protección Colectiva se aplica cuando ha ocurrido o hay riesgo de que ocurra un desplazamiento masivo. Se usa para identificar y proteger derechos sobre la tierra de hombres, mujeres, infantes y adolescentes.
Su activación está bajo la responsabilidad de los CTJT y responde a lo establecido en la Ley 383 de 1997, Decreto 2007 de 2001, Decreto 250 de 2005 y demás normas complementarias. Así como la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.
En caso de riesgo de desplazamiento forzado la protección patrimonial tiene como objetivo dejar constancia con carácter preventivo de la existencia de las diferentes relaciones jurídicas de las personas con la tierra y de las actividades que estas desarrollan allí. Así como la garantía de sus derechos sobre la tierra.
El Alcalde o el Gobernador, quienes actúan como Secretarios Técnicos de los CTJT realizan la convocatoria al CTJT, deben asistir a este quienes tienen competencias en la protección patrimonial y miembros de las comunidades afectadas por el riesgo de desplazamiento forzado masivo. El plazo máximo para esta convocatoria es de 48 horas contadas desde que ocurrió el hecho.
En el CTJT se realiza el análisis situacional y se decide si hay o no motivos suficientes para emitir una declaratoria que permita proteger los derechos sobre las tierras y los territorios afectados. Este análisis incluye dinámica de la violencia, condiciones geoestratégicas de la zona, tensiones internas, afectaciones a territorios étnicos. En esta fase es fundamental la participación de las autoridades étnicas indígenas y negras.
Si se decide emitir la Declaratoria se debe consultar con las autoridades étnicas indígenas y negras la manera como se desarrollará en esos territorios la ruta de protección.
Su activación está bajo la responsabilidad de los CTJT y responde a lo establecido en la Ley 383 de 1997, Decreto 2007 de 2001, Decreto 250 de 2005 y demás normas complementarias. así como la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.
Propietario: es a quien reconoce el Estado legalmente como dueño de un predio y a quien le está permitido disponer libremente de él. Puede venderlo, arrendarlo, explotarlo, etc. siempre y cuando no vaya contra la Constitución, las leyes o los derechos de las otras personas. El propietario aparece identificado en el folio de matrícula inmobiliaria o certificado de tradición y libertad del predio. Se le llama titular del derecho de propiedad.
Tenedor: es aquella persona que realiza actividades sobre un predio, gracias a la autorización mediante un contrato verbal (de palabra) o escrito, celebrado entre ella y la persona a quien reconoce como dueña del predio. La tenencia se prueba mediante documentos.
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La Guajira
1.4. RUTA DE PREVENCIÓN EN PROTECCIÓN CONTRA EL RECLUTAMIENTO Y UTILIZACIÓN DE NNA - DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA
Identificación de la Amenaza:
Niño o niña, familia, comunidad, lideres,
docentes, organizaciones comunitarias y sociales,
gestores o promotores de instituciones
Recibir reporte:Personería, Comisarías de
Familia, Inspector, Autoridades municipales,
Policía de infancia y/o ICBF.
Notificar a:Equipo de Acción
Inmediata - EAI (ICBF, Secretarías de
gobierno, Ministerio Público, Policía de
Infancia) y/o Comité de Justicia Transicional.
Verificación y caracterización de la amenaza:
EAI, Personería, Comisaría de Familia,
Inspector de Policía de Infancia y Adolescencia
y/o ICBF.
Implementar medidas de protección:
Autoridades competentes (Defensoría de Familia, Comisaría de Familia o inspector de policía)
y/o ICBF.
Atención Humanitaria Inmediata por Alcaldia
y subsidiariamente UARIV
Garantía y/o restablecimiento
de derechos:Defensoría del pueblo, Comisaría de familia o Inspector de Policía, ordenan garantía de derechos a traves del
ICBF y del Sistema Nacional de Bienstar
Familiar - SNBF
ETAPA DE GESTIÓN: DURANTE
LA AMENAZA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN: EDUCACIÓN Protección en
entorno familiar y comunitario
Permanecer en el lugar de la amenaza
(sin traslado)
Con traslado para prote-ger derecho e integridad
Remite a personería para
declaración como víctima de
desplazamiento
Protección en medio
institucional
Protección en medio familiar
REGISTRADURÍA: DOCUMENTOS DE
IDENTIDAD
SECRETARÍA DE SALUD: AFILIACIÓN
A SALUD
ICBF: ALIMENTACIÓN
ATENCIÓN PSICOSOCIAL
FF.PP.:ACCIONES
DE CONTROL
SIN NÚCLEO FAMILIAR
CON NÚCLEO FAMILIAR
CONSEJO DE
POLÍTICA SOCIAL
13
Ruta de atención por hecho victimizante
Identificación de la Amenaza:
Niño o niña, familia, comunidad, lideres,
docentes, organizaciones comunitarias y sociales,
gestores o promotores de instituciones
Recibir reporte:Personería, Comisarías de
Familia, Inspector, Autoridades municipales,
Policía de infancia y/o ICBF.
Notificar a:Equipo de Acción
Inmediata - EAI (ICBF, Secretarías de
gobierno, Ministerio Público, Policía de
Infancia) y/o Comité de Justicia Transicional.
Verificación y caracterización de la amenaza:
EAI, Personería, Comisaría de Familia,
Inspector de Policía de Infancia y Adolescencia
y/o ICBF.
Implementar medidas de protección:
Autoridades competentes (Defensoría de Familia, Comisaría de Familia o inspector de policía)
y/o ICBF.
Atención Humanitaria Inmediata por Alcaldia
y subsidiariamente UARIV
Garantía y/o restablecimiento
de derechos:Defensoría del pueblo, Comisaría de familia o Inspector de Policía, ordenan garantía de derechos a traves del
ICBF y del Sistema Nacional de Bienstar
Familiar - SNBF
ETAPA DE GESTIÓN: DURANTE
LA AMENAZA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN: EDUCACIÓN Protección en
entorno familiar y comunitario
Permanecer en el lugar de la amenaza
(sin traslado)
Con traslado para prote-ger derecho e integridad
Remite a personería para
declaración como víctima de
desplazamiento
Protección en medio
institucional
Protección en medio familiar
REGISTRADURÍA: DOCUMENTOS DE
IDENTIDAD
SECRETARÍA DE SALUD: AFILIACIÓN
A SALUD
ICBF: ALIMENTACIÓN
ATENCIÓN PSICOSOCIAL
FF.PP.:ACCIONES
DE CONTROL
SIN NÚCLEO FAMILIAR
CON NÚCLEO FAMILIAR
CONSEJO DE
POLÍTICA SOCIAL
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La Guajira
1.5. MINAS ANTIPERSONAL
REGISTRO
Ministerio Público
Alcaldía / Personería
ALOJAMIENTO
ALIMENTACIÓN
Alcaldía MunicipalSecretaría Municipal
de Salud Secretaría de Salud Deptamental
Recibe la declaración de los hechos víctimizantes en el formato establecido y prioriza la atención
domiciliaria u hospitalaria. Emite certificación del hecho y reporta
al PAICMA, en el caso de accidentes
con MAP/MUSEEl municipio al que llega la
familia afectada deberá garantizar alojamiento temporal
mientras dura la atención en salud física y mental.
El acompañante de la víctima contará con apoyo alimentario durante la atención de la emergencia y atención hospitalaria
por parte de la administración municipal en trabajo conjunto con el ICBF.
Definen esquemas de seguridad y protección antes, durante y después de la emergen-cia. Ante la ocurrencia de un accidente, se notificará al PAICMA para que coordine con
la inspección general de las Fuerzas Militares la atención de la emergencia por presencia de minas antipersonal o municiones sin explotar.
El CTJT se asegurará de que los procesos de Restitución de Tierras contemplan la sospecha de presencia de minas antipersonal y municio-
nes sin explotar, como una condición para la viabilidad de estos procesos.
Garantizar los procesos de referencia y contrarreferencia en salud.
Atención prehospitalaria garantizada por el municipio. En su defecto contacto con el Centro Regulador de Urgencias para rápido
traslado de las víctimas.
Garantizar que el personal médico que hace presencia en los municipios
focalizados por el PAICMA cuente con formación en orientaciones básicas
para la atención inicial de heridos por artefactos explosivos.
Gestiona el acceso a los programas de Bienestar Familiar para los niños y niñas menores de cinco años escolarizados.
La administración municipal deberá solicitar apoyo de las autoridades departa-
mentales y nacionales para que se implementen programas de Bienestar
Familiar en los municipios, en caso de que no exista garantías de la continuidad laboral de los docentes afectados por los hechos
victimizantes.
Despliega estrategias de comunicación
preventiva en zonas de riesgo con apoyo
del PAICMA.
Alcaldía Municipal -Gobernación
Alcaldía Municipal -Gobernación -ICBF
Fuerzas Militares y de Policía -Alcaldía
Municipal
Unidad de Restitución de Tierras - Alcaldía Municipal -
Gobernación
Alcaldía Municipal Secretaría de Salud Municipal PAICMA
Alcaldía Municipal-Gobierno -ICBF
Alcaldía Municipal, Secretaría de Educación Municiapal -ICBF
Secretaría de Salud Municipal Departamental
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
SALUD, ACOMPAÑA-MIENTO PSICOSOCIAL
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO LIBRE
COMUNICACIONES
15
Ruta de atención por hecho victimizante
REGISTRO
Ministerio Público
Alcaldía / Personería
ALOJAMIENTO
ALIMENTACIÓN
Alcaldía MunicipalSecretaría Municipal
de Salud Secretaría de Salud Deptamental
Recibe la declaración de los hechos víctimizantes en el formato establecido y prioriza la atención
domiciliaria u hospitalaria. Emite certificación del hecho y reporta
al PAICMA, en el caso de accidentes
con MAP/MUSEEl municipio al que llega la
familia afectada deberá garantizar alojamiento temporal
mientras dura la atención en salud física y mental.
El acompañante de la víctima contará con apoyo alimentario durante la atención de la emergencia y atención hospitalaria
por parte de la administración municipal en trabajo conjunto con el ICBF.
Definen esquemas de seguridad y protección antes, durante y después de la emergen-cia. Ante la ocurrencia de un accidente, se notificará al PAICMA para que coordine con
la inspección general de las Fuerzas Militares la atención de la emergencia por presencia de minas antipersonal o municiones sin explotar.
El CTJT se asegurará de que los procesos de Restitución de Tierras contemplan la sospecha de presencia de minas antipersonal y municio-
nes sin explotar, como una condición para la viabilidad de estos procesos.
Garantizar los procesos de referencia y contrarreferencia en salud.
Atención prehospitalaria garantizada por el municipio. En su defecto contacto con el Centro Regulador de Urgencias para rápido
traslado de las víctimas.
Garantizar que el personal médico que hace presencia en los municipios
focalizados por el PAICMA cuente con formación en orientaciones básicas
para la atención inicial de heridos por artefactos explosivos.
Gestiona el acceso a los programas de Bienestar Familiar para los niños y niñas menores de cinco años escolarizados.
La administración municipal deberá solicitar apoyo de las autoridades departa-
mentales y nacionales para que se implementen programas de Bienestar
Familiar en los municipios, en caso de que no exista garantías de la continuidad laboral de los docentes afectados por los hechos
victimizantes.
Despliega estrategias de comunicación
preventiva en zonas de riesgo con apoyo
del PAICMA.
Alcaldía Municipal -Gobernación
Alcaldía Municipal -Gobernación -ICBF
Fuerzas Militares y de Policía -Alcaldía
Municipal
Unidad de Restitución de Tierras - Alcaldía Municipal -
Gobernación
Alcaldía Municipal Secretaría de Salud Municipal PAICMA
Alcaldía Municipal-Gobierno -ICBF
Alcaldía Municipal, Secretaría de Educación Municiapal -ICBF
Secretaría de Salud Municipal Departamental
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
SALUD, ACOMPAÑA-MIENTO PSICOSOCIAL
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO LIBRE
COMUNICACIONES
16
La Guajira
1.6 DELITOS SEXUALES
Crear noticia criminal.
REGISTRO
SALUD
Institución o
ciudadanos
Personería Municipal
Fiscalía
ATENCIÓN-REMISIÓN -
SALUD
Si la Institución o la persona conocen el caso antes de 72
horas de ocurrida la violencia o el abuso se remite a urgencias y se activa el protocolo de atención.
Se debe realizar la notifica-ción a la Fiscalía, ICBF y Sistema de Vigilancia en
Salud.
Si la institución o la persona conocen el caso antes de 72
horas de ocurrida la violencia.
Ordenar exámenes de carácter urgente
para VIH e ITS, Hepatitis, Embarazo.
Se notifica el caso a la Fiscalía, ICBF y
Sistema de Vigilancia en Salud.
Examen Médico legal sexológico.
Remitir al sector salud en caso de que no se le haya
prestado el servicio .
Se notifica a Fiscalía, ICBF Sistema de
Vigilancia en Salud.
Remisión a psicología,
psiquiatría y trabajo social.
Seguimiento de la atención en lo que respecta a salud.
Atención de urgencias.
Activación del protocolo de salud,
debe incluir la toma de muestras.
Informar a las autoridades a través de la línea 123 o a la línea 018000112440 del ICBF línea de atención de abuso sexual.
Orientar a la víctima sobre la declaración en el formato FUD de la Unidad de Víctimas.
Crear noticia criminal después del
conocimiento del caso.
Denuncia: es la información dada a la Fiscalía de la
ocurrencia de la posible violencia.
Esto puede hacerlo: a víctima directamente,
cualquier persona o institución que tenga
conocimiento del caso.
Remisión a Medicina Legal para la valoración médico legal, toma de
muestras.
Remisión al sector salud para la atención de
acuerdo con el caso.
Remisión a las autoridades
competentes.
Se avisa al ICBF para realizar la entrevista inicial y definir las medidas de protección y
acompañamiento / restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescen-
tes, valoración de la salud mental.
Medicina Legal
17
Ruta de atención por hecho victimizante
Crear noticia criminal.
REGISTRO
SALUD
Institución o
ciudadanos
Personería Municipal
Fiscalía
ATENCIÓN-REMISIÓN -
SALUD
Si la Institución o la persona conocen el caso antes de 72
horas de ocurrida la violencia o el abuso se remite a urgencias y se activa el protocolo de atención.
Se debe realizar la notifica-ción a la Fiscalía, ICBF y Sistema de Vigilancia en
Salud.
Si la institución o la persona conocen el caso antes de 72
horas de ocurrida la violencia.
Ordenar exámenes de carácter urgente
para VIH e ITS, Hepatitis, Embarazo.
Se notifica el caso a la Fiscalía, ICBF y
Sistema de Vigilancia en Salud.
Examen Médico legal sexológico.
Remitir al sector salud en caso de que no se le haya
prestado el servicio .
Se notifica a Fiscalía, ICBF Sistema de
Vigilancia en Salud.
Remisión a psicología,
psiquiatría y trabajo social.
Seguimiento de la atención en lo que respecta a salud.
Atención de urgencias.
Activación del protocolo de salud,
debe incluir la toma de muestras.
Informar a las autoridades a través de la línea 123 o a la línea 018000112440 del ICBF línea de atención de abuso sexual.
Orientar a la víctima sobre la declaración en el formato FUD de la Unidad de Víctimas.
Crear noticia criminal después del
conocimiento del caso.
Denuncia: es la información dada a la Fiscalía de la
ocurrencia de la posible violencia.
Esto puede hacerlo: a víctima directamente,
cualquier persona o institución que tenga
conocimiento del caso.
Remisión a Medicina Legal para la valoración médico legal, toma de
muestras.
Remisión al sector salud para la atención de
acuerdo con el caso.
Remisión a las autoridades
competentes.
Se avisa al ICBF para realizar la entrevista inicial y definir las medidas de protección y
acompañamiento / restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescen-
tes, valoración de la salud mental.
Medicina Legal
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La Guajira
1.6.1. DELITOS SEXUALES
PERSONERÍA FISCALÍA(CAIVAS, SAU, URI)
Comisaría de Familia Entidad de Salud (Hospital, IPS, EPS, Centro
de salud
FLUJOGRAMAS DE ATENCIÓN - Modelo
de Atención Integral en Salud para Víctimas de
Violencia Sexual - Ministerio de la Protección Social.
SEGUIMIENTO (Entre 2 y 4 semanas)
Entre 3 meses, 6 meses y 12
meses
ASALTO SEXUAL
ASALTO SEXUAL
EXPLOTACIÓN SEXUAL
COMERCIAL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
(ESCNNA)
Sospecha - exámenes - diagnósticos - tratamientos sobre el hallazgo (Embarazo, lesiones, VIH y otras ITS. Problemas de comportamiento y psicológicos, trastornos en la salud).
Diagnóstico. Primera ayuda en salud mental y manejo de situaciones que comprometan la vida.Asesoría para prueba de VIH (prueba rápida de anticuerpos).Profilaxis posexposición ITS - VIH antes de 72 horas a partir de la exposición.Prueba de embarazo/ anticoncepción de emergencia antes de 72 horas (a partir del momento del evento de VS).Toma de muestra forense para delito sexual (articulación INML del municipio).Remisión a atención en salud mental - urgencias.Activación de procesos de protección y acceso a justicia.Otras acciones en salud que requieran el caso.Orientación a la víctima / familia sobre procesos a seguir.
Orientar a la víctima sobre la declaración en el
formato FUD de la Unidad para la Atención y
Reparación Integral a las Víctimas. Recibe y tramita
la denuncia. Orienta y asesora legalmente a la víctima. Aboga por la
atención oportuna de las Víctimas. Ejerce control y
vigilancia para que las autoridades competentes cumplan sus funciones en la garantía de los derechos de las víctimas y vela para
que reciban atención y protección integral para el
restablecimiento de sus derechos.
Personería-Ley 1448 de 2011 Si la persona es víctima de
violencia sexual en el marco del conflicto armado, la Personería toma la declaración y remite a la
UARIV para la verificación y valoración de la misma y su
inclusión en el Registro Único de Víctimas, con el fin de iniciar la ruta de atención y reparación
de la víctima.
Crear noticia criminal después del conocimien-to del caso. Remite a la víctima al Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses y solicita
dictamen médicolegal. Orienta a la víctima sobre las acciones
legales a seguir. Remite a la víctima a las Entidades
de Salud para su atención. Inicia las
acciones judiciales para la investigación del
delito. Solicita y expide la orden de captura del
agresor a la Policía Judicial. Solicita medida de aseguramiento del agresor. Dicta medidas de protección provisio-
nales para la víctima.
Brinda información sobre los derechos de la víctima y
la ruta de atención. Recepciona las denuncias y
pone el caso en conocimiento de las
autoridades competentes. Orienta a la víctima en la
preservación de las pruebas. Acompaña a la
víctima a un Centro Asistencial o a un lugar que
le genere seguridad y protección. Brinda apoyo a las autoridades judiciales, Defensores, Personeros
Municipales, Comisarios de Familia e Inspectores de
Policía en las acciones policiales.
Cuando la víctima es un niño, niña o adolescente
menor de 14 años, se informa al ICBF para realizar la entrevista
inicial y definir las medidas de protección,
acompañamiento y restablecimiento de
derechos y valoración de la salud física y mental.
Abre proceso administra-tivo de restablecimiento de derechos. Remite la
víctima a la IPS para atención terapéutica y
psicosocial. Dicta medida de restablecimiento de
derechos. Coordina vinculación de la víctima
a los servicios del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
Realiza seguimiento del caso.
Práctica examen sexológico y remite los resultados a la entidad
solicitante. Recomienda otros exámenes o
actuaciones en materia de salud. Realiza
interconsulta. Recomienda valoración psiquiátrica y psicológi-ca. Realiza valoración
psiquiátrica y psicológica cuando las autoridades
las solicitan.
JUEZ DE GARANTÍAS. Ordena y legaliza la captura
del agresor. Conoce los delitos de violencia sexual ocurridos con ocasión del conflicto armado. JUEZ DE
FAMILIA. Ordena y legaliza la captura del agresor. Conoce
los delitos de violencia sexual. JUEZ CIVIL
MUNICIPAL O JUEZ PROMISCUO MUNICIPAL.
Ordena y legaliza la captura del agresor. Conoce los
delitos de violencia sexual .
Recibe la denuncia de la víctima y remite de oficio a la Fiscalía. Previene, garantiza,
restablece y repara los derechos de los niños, niñas,
adolescentes y demás miembros de la familia
víctimas de violencia sexual. Brinda a las víctimas
orientación e información acerca de trámites, derechos
y mecanismos y procedi-mientos para la atención,
protección y restablecimien-to de sus derechos. Solicita
examen sexológico al Instituto de Medicina Legal.
Otorga medidas de protección a la víctima.
Brinda información general sobre el proceso de atención, derechos en salud y
la elección del sexo del profesional que realizará la atención de la víctima. Brinda
asesoría en el proceso de consentimiento informado para los procedimientos clínicos
de la atención integral de urgencias, los procedimientos médicolegales y los
exámenes de VIH/SIDA. Si es NNA el consentimiento lo firman los padres o el custodio legal, si son renuentes a ello lo
firma el Defensor del ICBF. Realizar examen físico y mental completo, incluido un detallado examen genital y búsqueda
clínica de presunción y certeza de embarazo e ITS. Si es asalto sexual ocurrido
antes de 72 horas se realiza la profilaxis sindromática para ITS, VIH y Hepatitis B. Realiza la anticoncepción de emergencia.
Los médicos de urgencias, rurales o cualquier entidad de salud deben tomar las muestras en los casos de delitos sexuales
siguiendo los lineamientos de la cadena de custodia y entregarlas junto con cualquier
otro material probatorio a la Policía Judicial. Solicitar una interconsulta de urgencia /
consulta de urgencia con médico psiquiatra o psicólogo clínico que brinde a la víctima una intervención psicoterapéutica inicial. Remite a otros profesionales de la salud
para un abordaje integral. Realiza interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) producto de la violencia sexual. Notifica el
caso a la Fiscalía, ICBF y Sistema de Vigilancia en Salud.
Si el asalto sexual ocurre dentro de las 72 horas y el agresor es desconocido, se inicia el proceso de oficio. Si es un abuso
sexual ocurrido posterior a las 72 horas, el agresor puede ser conocido, se
inicia el proceso con denuncia formal o de
oficio.
Instituto Nacional de Medicina Legal y
Ciencias Forenses
La víctima de violencia sexual puede iniciar el acceso a la ruta de atención a través de la Personería, la Fiscalía, la Policía, el Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Comisaría de Familia o una Entidad de Salud.
POLICÍA (INSPECCCIÓN DE POLICÍA, POLICÍA DE
INFANCIA Y ADOLESCENCIA)
19
Ruta de atención por hecho victimizante
PERSONERÍA FISCALÍA(CAIVAS, SAU, URI)
Comisaría de Familia Entidad de Salud (Hospital, IPS, EPS, Centro
de salud
FLUJOGRAMAS DE ATENCIÓN - Modelo
de Atención Integral en Salud para Víctimas de
Violencia Sexual - Ministerio de la Protección Social.
SEGUIMIENTO (Entre 2 y 4 semanas)
Entre 3 meses, 6 meses y 12
meses
ASALTO SEXUAL
ASALTO SEXUAL
EXPLOTACIÓN SEXUAL
COMERCIAL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
(ESCNNA)
Sospecha - exámenes - diagnósticos - tratamientos sobre el hallazgo (Embarazo, lesiones, VIH y otras ITS. Problemas de comportamiento y psicológicos, trastornos en la salud).
Diagnóstico. Primera ayuda en salud mental y manejo de situaciones que comprometan la vida.Asesoría para prueba de VIH (prueba rápida de anticuerpos).Profilaxis posexposición ITS - VIH antes de 72 horas a partir de la exposición.Prueba de embarazo/ anticoncepción de emergencia antes de 72 horas (a partir del momento del evento de VS).Toma de muestra forense para delito sexual (articulación INML del municipio).Remisión a atención en salud mental - urgencias.Activación de procesos de protección y acceso a justicia.Otras acciones en salud que requieran el caso.Orientación a la víctima / familia sobre procesos a seguir.
Orientar a la víctima sobre la declaración en el
formato FUD de la Unidad para la Atención y
Reparación Integral a las Víctimas. Recibe y tramita
la denuncia. Orienta y asesora legalmente a la víctima. Aboga por la
atención oportuna de las Víctimas. Ejerce control y
vigilancia para que las autoridades competentes cumplan sus funciones en la garantía de los derechos de las víctimas y vela para
que reciban atención y protección integral para el
restablecimiento de sus derechos.
Personería-Ley 1448 de 2011 Si la persona es víctima de
violencia sexual en el marco del conflicto armado, la Personería toma la declaración y remite a la
UARIV para la verificación y valoración de la misma y su
inclusión en el Registro Único de Víctimas, con el fin de iniciar la ruta de atención y reparación
de la víctima.
Crear noticia criminal después del conocimien-to del caso. Remite a la víctima al Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses y solicita
dictamen médicolegal. Orienta a la víctima sobre las acciones
legales a seguir. Remite a la víctima a las Entidades
de Salud para su atención. Inicia las
acciones judiciales para la investigación del
delito. Solicita y expide la orden de captura del
agresor a la Policía Judicial. Solicita medida de aseguramiento del agresor. Dicta medidas de protección provisio-
nales para la víctima.
Brinda información sobre los derechos de la víctima y
la ruta de atención. Recepciona las denuncias y
pone el caso en conocimiento de las
autoridades competentes. Orienta a la víctima en la
preservación de las pruebas. Acompaña a la
víctima a un Centro Asistencial o a un lugar que
le genere seguridad y protección. Brinda apoyo a las autoridades judiciales, Defensores, Personeros
Municipales, Comisarios de Familia e Inspectores de
Policía en las acciones policiales.
Cuando la víctima es un niño, niña o adolescente
menor de 14 años, se informa al ICBF para realizar la entrevista
inicial y definir las medidas de protección,
acompañamiento y restablecimiento de
derechos y valoración de la salud física y mental.
Abre proceso administra-tivo de restablecimiento de derechos. Remite la
víctima a la IPS para atención terapéutica y
psicosocial. Dicta medida de restablecimiento de
derechos. Coordina vinculación de la víctima
a los servicios del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
Realiza seguimiento del caso.
Práctica examen sexológico y remite los resultados a la entidad
solicitante. Recomienda otros exámenes o
actuaciones en materia de salud. Realiza
interconsulta. Recomienda valoración psiquiátrica y psicológi-ca. Realiza valoración
psiquiátrica y psicológica cuando las autoridades
las solicitan.
JUEZ DE GARANTÍAS. Ordena y legaliza la captura
del agresor. Conoce los delitos de violencia sexual ocurridos con ocasión del conflicto armado. JUEZ DE
FAMILIA. Ordena y legaliza la captura del agresor. Conoce
los delitos de violencia sexual. JUEZ CIVIL
MUNICIPAL O JUEZ PROMISCUO MUNICIPAL.
Ordena y legaliza la captura del agresor. Conoce los
delitos de violencia sexual .
Recibe la denuncia de la víctima y remite de oficio a la Fiscalía. Previene, garantiza,
restablece y repara los derechos de los niños, niñas,
adolescentes y demás miembros de la familia
víctimas de violencia sexual. Brinda a las víctimas
orientación e información acerca de trámites, derechos
y mecanismos y procedi-mientos para la atención,
protección y restablecimien-to de sus derechos. Solicita
examen sexológico al Instituto de Medicina Legal.
Otorga medidas de protección a la víctima.
Brinda información general sobre el proceso de atención, derechos en salud y
la elección del sexo del profesional que realizará la atención de la víctima. Brinda
asesoría en el proceso de consentimiento informado para los procedimientos clínicos
de la atención integral de urgencias, los procedimientos médicolegales y los
exámenes de VIH/SIDA. Si es NNA el consentimiento lo firman los padres o el custodio legal, si son renuentes a ello lo
firma el Defensor del ICBF. Realizar examen físico y mental completo, incluido un detallado examen genital y búsqueda
clínica de presunción y certeza de embarazo e ITS. Si es asalto sexual ocurrido
antes de 72 horas se realiza la profilaxis sindromática para ITS, VIH y Hepatitis B. Realiza la anticoncepción de emergencia.
Los médicos de urgencias, rurales o cualquier entidad de salud deben tomar las muestras en los casos de delitos sexuales
siguiendo los lineamientos de la cadena de custodia y entregarlas junto con cualquier
otro material probatorio a la Policía Judicial. Solicitar una interconsulta de urgencia /
consulta de urgencia con médico psiquiatra o psicólogo clínico que brinde a la víctima una intervención psicoterapéutica inicial. Remite a otros profesionales de la salud
para un abordaje integral. Realiza interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) producto de la violencia sexual. Notifica el
caso a la Fiscalía, ICBF y Sistema de Vigilancia en Salud.
Si el asalto sexual ocurre dentro de las 72 horas y el agresor es desconocido, se inicia el proceso de oficio. Si es un abuso
sexual ocurrido posterior a las 72 horas, el agresor puede ser conocido, se
inicia el proceso con denuncia formal o de
oficio.
Instituto Nacional de Medicina Legal y
Ciencias Forenses
La víctima de violencia sexual puede iniciar el acceso a la ruta de atención a través de la Personería, la Fiscalía, la Policía, el Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Comisaría de Familia o una Entidad de Salud.
POLICÍA (INSPECCCIÓN DE POLICÍA, POLICÍA DE
INFANCIA Y ADOLESCENCIA)
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La Guajira
2. RUTAS POR RESPONSABLES
COMPONENTES
ATENCIÓN DE EMERGENCIA
AMENAZAS
¿QUIÉN? ¿QUÉ?
REGISTRO
Ministerio Público recibe declaración en el fud.
secretaría de Gobierno MuniciPal
la víctiMa inforMa sobre las situaciones o hechos que afectan su vida, libertad, seGuridad y/o inteGridad y solicita aPoyo Para Protección. el fun-cionario deberá inforMar sobre el diliGenciaMiento del forMulario de ins-criPción al ProGraMa de Protección de la unidad nacional de Protección, el cual se encuentra en la PáGina web www.unP.Gov.cco. adicionalMente, el solicitante de Protección deberá anexar: fotocoPia de su cédula, fotocoPia de las denuncias instauradas y deMás docuMentos que contribuyan con el análisis de su caso.
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
entidad que recibe la solicitud de
Protección
reMite la solicitud a la unidad nacional de Protección. (lo Puede hacer taMbién directaMente el Peticionario). se realiza vía correo electrónico a_ [email protected] / [email protected]/ [email protected] // corresPondencia a: cra. 58 no. 10-51 boGotá, d. c.
alcaldía MuniciPal / Gobernación - Policía nacional
coordina con entidades del MuniciPio acciones necesarias Para reducir o MiniMizar Procesos que vulneren los derechos huManos fundaMentales.
alcaldía MuniciPal / Gobernación - fuerza Pública
Garantiza Protección efectiva a Personas aMenazadas, en Particular a la Población en situación de desPlazaMiento.
unidad nacional de Protección
recePción de la solicitud de Protección. contacto inicial con el solicitante y caracterización del caso. la solicitud es enviada al cuerPo técnico de recoPilación y análisis de la inforMación (ctrai). en esta etaPa se realiza trabajo de caMPo Para verificación de la inforMación con entidades coMPe-tentes y entrevista Personal al solicitante.
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
unidad nacional de Protección
el estudio “in situ” es Presentado ante el GruPo de valoración PreliMinar (GvP), este órGano eMitirá un concePto sobre la situación del riesGo del so-licitante, el cual Puede ser: ordinario, extraordinario y extreMo de acuerdo con la Ponderación del riesGo Mediante el instruMento estándar Para dicha valoración, aProbado Por la corte constitucional.
unidad nacional de Protección
este resultado es Presentado en últiMa instancia ante el coMité de eva-luación de riesGos y recoMendaciones de Medidas (cerreM); este órGano recoMendará al director de la unidad nacional de Protección las Medidas que el caso aMerita de conforMidad con el resultado del estudio técnico de nivel de riesGo.
unidad nacional de Protección
finalMente, la secretaría técnica del cerreM coMunicará de Manera escrita el resultado frente al caso, Mediante correo certificado.
21
Ruta de atención por hecho victimizante
COMPONENTES
ATENCIÓN DE EMERGENCIA
AMENAZAS
¿QUIÉN? ¿QUÉ?
SALUD, ACOMPAÑAMIENTO
PSICOSOCIAL
secretaría de salud MuniciPal - secretaría de
Gobierno
en caso de requerirse se realizará aPoyo Psicosocial al GruPo faMiliar de la Persona aMenazada.
SEGUIMIENTO
coMité territorial de justicia
transicional - subcoMité
de Prevención, Protección y
Garantía de no rePetición
recibe inforMes de iGlesias, orGanizaciones de Mujeres, onG y orGanisMos internacionales sobre situaciones de riesGo en el territorio y estos son ana-lizados en el Marco de los subcoMités de Prevención, Protección y Garantía de no rePetición.
COMPONENTES RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE DELITOS SEXUALES EN NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES ASOCIADOS AL CONFLICTO ARMADO
¿QUIÉN? CASO INMEDIATO SOSPECHA
REGISTRO
institución o
ciudadanos
inforMar a las autoridades a través de la línea 123 o a la línea 018000112440 del icbf línea de atención de abuso sexual.
inforMar a las autoridades a través de la línea 123 o a la línea 018000112440 del icbf línea de atención de abuso sexual.
Personería MuniciPal
orientar a la víctiMa sobre la declaración en el forMato fud de la unidad de víctiMas.
SALUD salud
atención de urGencias.si la institución o la Persona conocen el caso antes de 72 horas de ocurrida la violencia o el abuso se reMite a urGencias y se activa el Protocolo de atención.
activación del Protocolo de salud, debe incluir la toMa de Muestras exiGidas.
se debe realizar la notificación a la fiscalía, icbf y siste-Ma de viGilancia en salud.
si la institución o la Persona conocen el caso antes de 72 horas de ocurrida la violencia o el abuso.
se notifica el caso a la fisca-lía, icbf y sisteMa de viGilancia en salud.
ordenar exáMenes de carácter urGente Para vih e its, hePatitis, eMbarazo.
se notifica a fiscalía, icbf sisteMa de viGilancia en salud.
reMisión a PsicoloGía, Psiquiatría y trabajo social.
seGuiMiento de la atención en lo que resPecta a salud.
22
La Guajira
COMPONENTES RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE DELITOS SEXUALES EN NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES ASOCIADOS AL CONFLICTO ARMADO
¿QUIÉN? CASO INMEDIATO SOSPECHA
REGISTRO fiscalía
crear noticia criMinal desPués del conociMiento del caso.
crear noticia criMinal.
denuncia: es la inforMación dada a la fiscalía de la ocu-rrencia de la Posible violencia.
se avisa al icbf Para realizar la entrevista inicial y definir las Medidas de Protección y acoMPañaMiento / restable-ciMiento de derechos de niños, niñas y adolescentes, valoración de la salud Mental.
esto Puede hacerlo la víctiMa directaMente, cualquier Per-sona o institución que tenGa conociMiento del caso.
reMisión a las autoridades coMPetentes.reMisión a Medicina leGal Para la valoración MedicoleGal, toMa de Muestras.
reMisión al sector salud Para la atención de acuerdo con el caso.
ATENCIÓN - REMISIÓN -
SALUD
Medicina leGal
exaMen MedicoleGal sexoló-Gico.
exaMen MedicoleGal sexolóGico.
reMitir al sector salud en caso de que no se le haya Prestado el servicio.
reMitir al sector salud en caso de que no se le haya Prestado el servicio.
COMPONENTES
RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE DELITOS SEXUALES EN ADULTAS/OS ASOCIADOS AL CONFLICTO ARMADO
¿QUIÉN? CASO INMEDIATO SOSPECHA
REGISTRO institución o ciudadanos
inforMar a las autoridades a través de la línea 123 o centros de atención inteGral a víctiMas de violencias se-xuales (caivas), coMisarías de faMilia o entidad resPon-sable en el orden MuniciPal.
inforMar a las autoridades a través del 123, caivas o uri.
SALUD salud atención de urGencias
si la institución o alGuna Persona conoce el caso antes de 72 horas de ocurrida la violencia o el abuso se reMite a urGencias y se activa el Proto-colo de atención.
23
Ruta de atención por hecho victimizante
COMPONENTES
RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE DELITOS SEXUALES EN ADULTAS/OS ASOCIADOS AL CONFLICTO ARMADO
¿QUIÉN? CASO INMEDIATO SOSPECHA
SALUD salud
activación del Protocolo de salud, debe incluir la toMa de Muestras exiGidas.
notificación a la fiscalía - siGviGila.
notificación a la fiscalía - siviGila
si la institución o alGuna Persona conoce el caso Pasadas las 72 horas de ocurrida la violencia o el abuso se reMite a:
ordenar exáMenes de carácter urGente Para vih e its, hePatitis, eMbarazo.
se notifica a fiscalía, sisteMa de viGilancia en salud.
reMisión a PsicoloGía, Psiquiatría y trabajo social.
seGuiMiento de la atención en lo que resPecta a salud.
REGISTRO fiscalía
crear noticia criMinal des-Pués del conociMiento del caso que Puede ser obtenido Por:
crear la noticia criMinal.
denuncia: es la inforMación dada a la fiscalía de la ocu-rrencia de la Posible violen-cia.
esto Puede hacerlo la víctiMa directaMente, cualquier Per-sona o institución que tenGa conociMiento del caso.
reMisión a Medicina leGal Para la valoración Medicole-Gal, toMa de Muestras.
reMisión al sector salud Para la atención de acuerdo con el caso.
crear la noticia criMinal.
ATENCIÓN - REMISIÓN -
SALUD Medicina leGal
exaMen MedicoleGal sexoló-Gico.
exaMen MedicoleGal sexolóGico.
reMitir al sector salud en caso de que no se le haya Prestado el servicio.
reMitir al sector salud en caso de que no se le haya Prestado el servicio.
24
La Guajira
COMPONENTESATENCIÓN DE EMERGENCIA
DESPLAZAMIENTO FORZADO
¿QUIÉN? ¿QUÉ?
REGISTRO
Ministerio Público recibe declaración de hechos victiMizantes en el forMato es-tablecido Por la unidad de atención y reParación inteGral a las víctiMas. usa anexo 5 del fud Para censo eventos Masivos.
Personería MuniciPal y secretaría de Gobierno
elaboran el censo de la Población afectada y el acta. esPecifica eleMentos de tieMPo, Modo y luGar.
Ministerio Público orienta y reMite Para la Prestación de servicios requeridos Por la Población afectada.
Ministerio Público orienta sobre las solicitudes de Protección de Personas, Gru-Pos o faMilias víctiMas de la violencia, y las Gestiona ante las instancias y entidades que Puedan brindar este tiPo de aPoyo.
Ministerio Público inforMa, divulGa y caPacita sobre los derechos y deberes de la Población afectada.
Ministerio Públicoorienta a la Población acerca de incluir la Pérdida de los bienes y el deterioro o afectación de los MisMos en la declaración.
reGistraduría MuniciPal docuMenta y reGistra a la Población afectada (reGistro civil, tarjeta de identificación y cédula de ciudadanía).
ALOJAMIENTO
alcaldía MuniciPal - secretaría de Planeación MuniciPal
identifica infraestructura de alberGues. si los hay verifica el estado en que se encuentran. establece estrateGias Para Pre-vención de la violencia sexual e intrafaMiliar.
alcaldía MuniciPal - secretaría de Planeación MuniciPal
en los casos en los que no hay alberGues elabora el inventario de Posibles sitios, adelantando las adecuaciones requeridas, (de tiPo sanitario, infraestructura, eléctricas y disPosición de aGua Potable, adeMás de la resPectiva señalización del luGar, dotación de cocinas coMunitarias y bodeGa).
alcaldía MuniciPal define con anticiPación la estrateGia de adMinistración del al-berGue y oPeración del MisMo, teniendo en cuenta el enfoque diferencial, en esPecial Para los baños y duchas.
alcaldía MuniciPal - secretaría de Planeación MuniciPal
certifica Por Parte de la secretaría de Planeación, que los alberGues no se encuentran ubicados en zona de riesGo de de-sastres naturales.
ALIMENTACIÓN
alcaldía MuniciPal - icbf suMinistra aliMentos Perecederos y no Perecederos, Procu-rando se ajusten a los hábitos aliMenticios de la Población (coMPonente diferencial étnico, etario y de Género).
alcaldía MuniciPal - icbf dota de eleMentos Para el servicio de aliMentación coMunitario (ollas, calderos, coMbustible – Gas o leña – cuchillos, cu-charones, Gorro, delantal, taPabocas, etc.).
alcaldía MuniciPal - icbf elabora las Minutas aliMenticias.
alcaldía MuniciPal - icbf adMinistra racionalMente los aliMentos.
alcaldía MuniciPal - icbf verifica y controla fechas de venciMiento de los aliMentos no Perecederos.
25
Ruta de atención por hecho victimizante
COMPONENTESATENCIÓN DE EMERGENCIA
DESPLAZAMIENTO FORZADO
¿QUIÉN? ¿QUÉ?
SALUD, SANEAMIENTO
BÁSICO Y ACOMPAÑAMIENTO
PSICOSOCIAL
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
señaliza y divulGa rutas Para acceder a centros Médicos Por Parte de la Población afectada o en riesGo.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
caPacita en PriMeros auxilios a las coMunidades.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
establece el núMero de aMbulancias con las que se disPone y su estado, así coMo los Profesionales con los que cuenta Para la atención.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
identifica inMediataMente se conozcan los hechos victiMizantes, las Personas heridas y que requieran atención Psicosocial Para que sean valorados urGenteMente.
SALUD, SANEAMIENTO
BÁSICO Y ACOMPAÑAMIENTO
PSICOSOCIAL
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
valora MedicaMente, en atención General y atención de ur-Gencia.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
realiza briGadas Médicas de atención y Prevención de enfer-Medades en los luGares de alberGue (consulta, Medicación, reMisión y jornadas de Prevención).
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
diaGnostica las condiciones de saneaMiento básico en alber-Gues.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
identifica e iMPleMenta el funcionaMiento de sisteMas de sa-neaMiento, disPosición de desechos, trataMiento de vectores y niveles de contaMinación.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
realiza seGuiMiento, control y forMación Para la ManiPulación de aliMentos, Manejo de residuos sólidos, letrinas, Potabiliza-ción de aGua y control de vectores.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
Garantiza el acceso y consuMo de aGua Potable a la Población afectada.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
orienta y caPacita en hiGiene Personal.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
valora nutricionalMente a la Población infantil y vulnerable.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud MuniciPal
coordina y Garantiza la asistencia Psicosocial a la Población afectada.
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO LIBRE
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación MuniciPal
identifica los Menores de edad en edad escolar.
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación MuniciPal
vela Porque no se utilicen los esPacios educativos coMo luGa-res de alberGue.
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación MuniciPal
Garantiza el acceso al sisteMa educativo a la Población afec-tada en edad escolar.
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación MuniciPal
Garantiza el acceso a los ProGraMas de bienestar faMiliar de los Menores de 5 años y Menores escolarizados.
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La Guajira
COMPONENTESATENCIÓN DE EMERGENCIA
DESPLAZAMIENTO FORZADO
¿QUIÉN? ¿QUÉ?
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO LIBRE
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación MuniciPal
solicita aPoyo de las autoridades dePartaMentales y nacionales Para que se iMPleMenten ProGraMas de bienestar faMiliar en los MuniciPios, en caso de que no exista Garantía de la continuidad laboral de los docentes afectados Por los hechos victiMizan-tes.
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación MuniciPal
dota de Material didáctico Para docentes y aluMnos, orientado a Mejorar la calidad de la educación.
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación MuniciPal
suMinistra el Material didáctico, jueGos, balones, entre otros, Para el desarrollo de actividades de ocuPación del tieMPo libre.
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación MuniciPal
orGaniza y realiza jornadas de inteGración, recreación y lúdica.
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
fuerza Pública y adMinistración MuniciPal
define esqueMas de seGuridad y Protección antes, durante, desPués de la eMerGencia y esPecialMente en los luGares de alberGue.
Ministerio Público caPacita en dd hih a la Población afectada o en riesGo y a los MieMbros de la fuerza Pública Presentes en la zona.
fuerza Pública y adMinistración MuniciPal
caPacita en Medidas Preventivas y autocuidado.
secretaría de Gobierno MuniciPal identifica, orienta y reMite si es el caso, frente a la Protección de bienes.
secretaría de Gobierno MuniciPal identifica, orienta y reMite si es el caso, a Personas que re-quieran Protección.
secretaría de Gobierno MuniciPal identifica, orienta y reMite si es el caso, a Personas que re-quieran Protección frente a riesGos coMo violencia sexual o violencia étnica, entre otras.
secretaría de Gobierno MuniciPal inforMa en el sector judicial sobre la ocurrencia de los delitos victiMizantes.
COMUNICACIONES
alcaldía MuniciPal / Gobernación elabora las notas de Prensa y/o boletines inforMativos.
alcaldía MuniciPal / Gobernación divulGa las rutas de atención en caso de eMerGencias.
alcaldía MuniciPal / Gobernaciónorienta a las entidades del sisteMa y coMunidad sobre el Ma-nejo de Medios.
RETORNOS Y REUBICACIONES
alcaldía MuniciPal / Gobernación - coMité territorial de justicia
transicional
verifica las condiciones Para el retorno: voluntariedad, seGu-ridad y diGnidad.
alcaldía MuniciPal / Gobernación - coMité territorial de justicia
transicional
realiza la forMulación del Plan de retorno, una vez se Produz-can las condiciones del MisMo.
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Ruta de atención por hecho victimizante
COMPONENTES
ATENCIÓN DE EMERGENCIA
MINAS ANTIPERSONALES Y MUNICIONES SIN EXPLOTAR Y ARTEFACTOS EXPLOSIVOS
IMPROVISADOS
¿QUIÉN? ¿QUÉ?
REGISTRO
Ministerio Público recibe la declaración de los hechos victiMizantes en el forMato establecido. anexo 07.
alcaldía / PersoneríaeMite certificación del hecho y rePorta al PaicMa, en el caso de accidentes con MaP/Muse.
Ministerio Público Garantiza la toMa de la declaración Por este hecho victiMizante Priorizando atención doMiciliaria u hosPitalaria.
ALOJAMIENTO alcaldía MuniciPal - Gobernación
el MuniciPio al que lleGa la faMilia afectada deberá Garantizar alojaMiento teMPoral Mientras dura la atención en salud física y Mental.
ALIMENTACIÓN alcaldía MuniciPal - Gobernación - icbf
el acoMPañante de la víctiMa contará con aPoyo aliMentario du-rante la atención de la eMerGencia y atención hosPitalaria Por Par-te de la adMinistración MuniciPal en trabajo conjunto con el icbf.
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
alcaldía MuniciPal - Gobernación
si se tiene conociMiento Previo sobre los riesGos de accidentes con MaP, Muse, la adMinistración MuniciPal deberá ProMover re-des de coMunicación caMPesina, correGiMiental y veredal Para la Prevención.
COMUNICACIONES alcaldía MuniciPal - Gobernación
Gestionar con el Ministerio de coMunicaciones y/o con la eMPresa Privada Medios de coMunicación, teléfonos, radios u otros, si se identifica su necesidad Para la Garantía de una atención PrehosPi-talaria y hosPitalaria oPortuna.
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO
LIBREalcaldía MuniciPal - icbf
cuando aMbos Padres y/o cuidadores han sido afectados Por el accidente con MaP o Muse el icbf reGional / centro zonal se hace carGo de la Protección de los niños, niñas y adolescentes.
SALUD, ACOMPAÑAMIENTO
PSICOSOCIAL
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud
MuniciPal - aPoya PaicMa
Garantizar que el Personal Médico que hace Presencia en los Mu-niciPios focalizados Por el PaicMa cuente con forMación en orien-taciones básicas Para la atención inicial de heridos Por artefactos exPlosivos.
SALUD, ACOMPAÑAMIENTO
PSICOSOCIAL
alcaldía MuniciPal - secretaría MuniciPal de
salud - secretaría de salud dePartaMental
atención PrehosPitalaria Garantizada Por el MuniciPio. en su de-fecto contacto con el centro reGulador de urGencias Para ráPido traslado de las víctiMas.
secretaría de salud MuniciPal - dePartaMental
Garantizar los Procesos de referencia y contrarreferencia en salud.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud
MuniciPal - aPoya PaicMa
los MuniciPios adelantan las Gestiones ante el PaicMa Para llevar a cabo el Proceso de forMación - Gestión.
alcaldía MuniciPal - secretaría de salud
MuniciPal - aPoya PaicMa
los MuniciPios adelantan Proceso de forMación en PriMer resPon-diente - Para los MieMbros de los orGanisMos de socorro y la coMunidad.
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La Guajira
COMPONENTES
ATENCIÓN DE EMERGENCIA
MINAS ANTIPERSONALES Y MUNICIONES SIN EXPLOTAR Y ARTEFACTOS EXPLOSIVOS
IMPROVISADOS
¿QUIÉN? ¿QUÉ?
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO
LIBRE
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación
MuniciPal
identifica niños, niñas en edad escolar que fueron afectados direc-ta o indirectaMente Por el accidente MaP o Muse.
alcaldía MuniciPal - secretaria de educación
MuniciPal - icbf
cuando los niños y niñas de los GruPos faMiliares afectados se encuentren en condiciones físicas y eMocionales Para Mantener la vinculación a instituciones educativas, el icbf conjuntaMente con la secretaría de educación MuniciPal y/o dePartaMental adelanta-rán las Gestiones Para Garantizar la vinculación y PerManencia de los MisMos en el sisteMa educativo.
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación
MuniciPal -
brinda aPoyo en últiles escolares a los niños, niñas y adolescentes en edad escolar cuyos Padres hayan sido afectados Por el acci-dente Por MaP o Muse y que se encuentren iMPosibilitados Para desarrollar actividades econóMicas que PerMitan Mantener estos Gastos.
alcaldía MuniciPal - secretaría de educación
MuniciPal - icbf
Gestiona el acceso a los ProGraMas de bienestar faMiliar Para los niños y niñas Menores de cinco años escolarizados.
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO
LIBRE
alcaldía MuniciPal - Gobernación - icbf
la adMinistración MuniciPal deberá solicitar aPoyo de las auto-ridades dePartaMentales y nacionales Para que se iMPleMenten ProGraMas de bienestar faMiliar en los MuniciPios, en caso de que no exista Garantía de la continuidad laboral de los docentes afec-tados Por los hechos victiMizantes.
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
fuerzas Militares y de Policía - alcaldía MuniciPal
definen esqueMas de seGuridad y Protección antes, durante y des-Pués de la eMerGencia.
fuerzas Militares y de Policía - alcaldía MuniciPal
ante la ocurrencia de un accidente, se notificará al PaicMa Para que coordine con la insPección General de las fuerzas Militares la atención de la eMerGencia Por Presencia de Minas antiPersonal o Municiones sin exPlotar.
EDUCACIÓN Y MANEJO DEL TIEMPO
LIBRE
alcaldía MuniciPal - Gobernación - aPoya PaicMa
la adMinistración MuniciPal en el Marco del ctjt deberá iMPulsar un Proceso de forMación en erM de acuerdo con los estándares establecidos Para ello desde la Mesa nacional de acción inteGral contra Minas antiPersonal.
PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
unidad de restitución de tierras - alcaldía MuniciPal
- Gobernación
el ctjt se aseGurará de que los Procesos de restitución de tierras conteMPlan la sosPecha de Presencia o la Presencia de Minas an-tiPersonal y Municiones sin exPlotar, coMo una condición Para la viabilidad de estos Procesos.
29
Ruta de atención por hecho victimizante
COMPONENTES
ATENCIÓN DE EMERGENCIA
MINAS ANTIPERSONALES Y MUNICIONES SIN EXPLOTAR Y ARTEFACTOS EXPLOSIVOS
IMPROVISADOS
¿QUIÉN? ¿QUÉ?
COMUNICACIONES
alcaldía MuniciPal - Gobernación
elabora árbol telefónico Para Mantener contacto con el PaicMa y las otras entidades que hacen Parte del sisteMa.
alcaldía MuniciPal - Gobernación
desPlieGa estrateGias de coMunicación Preventiva en zonas de ries-Go con aPoyo del PaicMa.
alcaldía MuniciPal - Gobernación
orienta a las entidades del sisteMa y coMunidad sobre el Manejo de Medios.
RUTA DE PREVENCIÓN DE RECLUTAMIENTO Y UTILIZACIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PREVENCIÓN URGENTE - ÁREA URBANA
ETAPA ACCIÓN RESPONSABLES COADYUVA TIEMPOS
ANTE
S DE
LA
AMEN
AZA
1. alistaMiento y PrePa-ración institucional.
equiPo de acción inMediata - (eai) (icbf, secretaría de Gobierno, Ministerio Público, Policía de infancia, autoridad coMPetente y/o fiscalía).
acciones PerManentes.
2. iMPleMentación de las rutas de Prevención teMPrana y urGente.
entes territoriales (Goberna-ción y alcaldías)
entidades del nivel na-cional del sisteMa na-cional de bienestar faMi-liar - (snbf).
acciones PerManentes.
ETAPA ACCIÓN RESPONSABLES COADYUVA TIEMPOS
DURA
NTE
LA A
MEN
AZA
1. recibir los rePortes de las aMenazas.
Personería y/o autoridad coM-Petente (defensor de faMilia, coMisaría de faMilia o insPector de Policía).
autoridades dePartaMen-tales, Ministerio Público y todas las autoridades y servidores Públicos atendiendo, orientando y reMitiendo a autoridad coMPetente.
disPonibilidad PerMa-nente.
2. verificar los rePor-tes y PriMeras accio-nes de Protección.
Personería MuniciPal, autoridad coMPetente y/o Policía de infan-cia y adolescencia.
autoridades deParta-Mentales, secretaria de Gobierno y/o orGanisMos huManitarios.
hasta 36 horas des-Pués de conociMiento de la aMenaza.
3. Garantizar seGuri-dad Para la verifica-ción de las aMenazas o rePortes.
secretaría de Gobierno y fuerza Pública.
autoridades dePartaMen-tales.
hasta 36 horas des-Pués de conociMiento de la aMenaza.
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La Guajira
ETAPA ACCIÓN RESPONSABLES COADYUVA TIEMPOS
DURA
NTE
LA A
MEN
AZA
4. verificar el estado de derechos de los niños, niñas y adoles-centes afectados Por la aMenaza.
autoridades coMPetentes (de-fensoría de faMilia, coMisaría de faMilia o insPector de Poli-cía), y/o Personería MuniciPal.
inMediata y/o Paralelo a la atención inMedia-ta.
5. adoPtar las Medidas adMinistrativas Para ProteGer los derechos de los niños, niñas y adolescentes afecta-dos.
autoridades coMPetentes (de-fensoría de faMilia, coMisaría de faMilia o insPector de Policía)
desde el conociMiento del caso y dentro de los 4 Meses siGuientes.
6. entidades que Pue-den coMPleMentar las Medidas de Protección de los niños, niñas y adolescentes afecta-dos.
todas las autoridades Públi-cas, incluidos los funcionarios de Gobernaciones y alcaldía, así coMo funcionarios del snbf o del snariv en el nivel territo-rial.
sociedad y faMilia Por PrinciPio de corresPonsa-bilidad.
inMediato y seGún ór-denes de la autoridad coMPetente.
7. traslado y Protec-ción de la(s) faMilia(s) de los niños y niñas afectados.
entes territoriales MuniciPales. subsidiariaMente Gober-nación y nivel nacional.
de Manera inMediata y dentro de los 3 Meses de ocurridos los he-chos.
8. otras entidades a las que se Puede acu-dir Para Garantizar los derechos de los niños, niñas y adoles-centes aMenazados.
articular con rutas de res-tableciMiento de derechos del icbf y a través del snbf. ruta de atención y reParación de la unidad inteGral Para la atención a las víctiMas.
oficina de Paz de la Gober-nación del cesar, Pastoral social, y orGanisMos hu-Manitarios coMo Por ejeM-Plo cicr.
desde el conociMiento del caso y dentro de los 4 Meses siGuientes.
9. reGistro y seGui-Miento del caso.
reGistro: unidad de víctiMas. seGuiMiento: icbf a través del centro zonal a carGo y Mi-nisterio Público a través de la defensoría del Pueblo reGional.
PerManente.
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Ruta de atención por hecho victimizante
ETAPA ACCIÓN RESPONSABLES COADYUVA TIEMPOS
DESP
UÉS
DE C
ONJU
RADA
LA
AMEN
AZA
1. articulación con ruta de atención y re-Paración inteGral a las víctiMas.
Personería MuniciPal, ente te-rritorial y autoridad coMPetente (defensor de faMilia, coMisaría de faMilia o insPector de Poli-cía).
de Manera inMediata y dentro de los 3 Meses de ocurridos los he-chos.
2. asistencia Psicoso-cial.
ente territorial (alcaldías o dePartaMentos). a través de las iPs y/o convenios.
unidad inteGral Para la atención a las victiMas (uariv).
Por deManda y valora-ción con concertación con faMilia y cuidado-res.
3. ¿qué entidad se en-carGara de Poner en conociMiento de las autoridades judiciales el delito de recluta-Miento y utilización?
autoridades coMPetentes que tenGan el conociMiento del caso.
todas las autoridades Públicas.
reMitir a fiscalía o Policía judicial de Manera inMediata o Paralelo a la atención inMediata.
4. articulación con rutas de Prevención teMPrana o Prevención urGente.
equiPo de acción inMediata - (eai) y entes territoriales (Go-bernación y alcaldías).
PerManente y seGún focalización.
3. CONCEPTOS BÁSICOS
A continuación se presentan algunos conceptos básicos que facilitarán el proceso de comprensión, análisis, diseño e implementación de los planes de contingencia1. El conocimiento de los mismos, facilitará a los Comités Territoriales de Justicia Transicional unificar el lenguaje para la construcción de los mismos.
Accidente por Minas Antipersona: Por Mina Antipersonal se entiende todo “Artefacto explosivo concebido para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, y que en caso de explosionar tenga la potencialidad de incapacitar, herir y/o matar a una o más personas. Por accidente se entiende un acontecimiento indeseado causado por minas antipersonal o municiones sin explotar que causa daño físico y/o psicológico a una o más personas”2. Nota: Las minas diseñadas para ser detonadas ante la presencia, proximidad o contacto con un vehículo que se encuentran equipadas con dispositivos antimanipulación, no son consideradas como Minas Antipersonal (MAP) por el hecho de estar equipadas con ese dispositivo.”
Actos de terrorismo: Todo acto intencionado que por su naturaleza o contexto pueda perjudicar grave-mente a un país o a una organización internacional tipificado como delito según el Derecho nacional.
1 En la elaboración de estos conceptos se tuvo en cuenta la Bitácora Diaria de Eventos y el Índice de Riesgo de Victimización de la Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias.
2 Glosario Nacional Básico General de términos Acción Integral contra Minas Antipersona. Observatorio de Minas del Programa Presi-dencial de DDHH y DIH – Vicepresidencia de la República.
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La Guajira
Figuran entre estos: atentados contra la vida de una persona que puedan: causar la muerte; atentados contra la integridad física de una persona; el secuestro o toma de rehenes; causar destrucciones ma-sivas a una instalación gubernamental o pública, a sistemas de transporte o a infraestructuras, el apo-deramiento de aeronaves y de buques o de otros medios de transporte colectivo o de mercancías; la fabricación, tenencia, adquisición, transporte, suministro o utilización de armas de fuego, explosivos o armas nucleares, biológicas o químicas; la participación en las actividades de un grupo terrorista, in-cluido el suministro de información o medios materiales, o mediante cualquier forma de financiación de sus actividades, con conocimiento de que esa participación contribuirá a las actividades delictivas del grupo.
Para que estos actos constituyan actos terroristas deberán llevarse a cabo con el objetivo de intimidar gravemente a una población; obligar indebidamente a los Gobiernos o a una organización internacio-nal a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo; o desestabilizar gravemente o destruir las estructuras políticas fundamentales, constitucionales, económicas o sociales de un país o de una organización internacional”.
Accidente e incidente por Minas Antipersona y municiones sin explotar: Por in-cidente se entiende un acontecimiento relacionado con minas antipersonal o municiones sin explotar, que puede aumentar hasta un accidente o que tiene el potencial para conducir a un accidente”.
Amenazas: Se entenderá la amenaza como la eventual ocurrencia de acciones o sucesos relaciona-dos con el conflicto armado interno, que tengan la potencialidad de causar daño a la población civil y a sus bienes, ocasionados por agentes exógenos a la misma, en determinado tiempo y lugar. En estas circunstancias se toman en consideración, entre otros, la presencia de grupos armados en el territorio y los hechos ya ocurridos que han vulnerado los derechos de la población, que pueden contribuir a establecer la magnitud de la amenaza3.
Ataques a bienes civiles: Toda acción que afecta de manera directa los bienes que, por su natu-raleza, ubicación, destinación o utilización no constituyen una contribución efectiva a la acción militar. En esta categoría se incluyen los ataques a la infraestructura eléctrica, de comunicaciones, petróleos, viales y todos aquellos ataques contra bienes e inmuebles públicos y particulares.
Ataques indiscriminados: Son todos aquellos que no están dirigidos contra un objetivo militar concreto y en los que los grupos armados emplean métodos o medios de combate cuyos efectos no son posibles de limitar.
Ataque a las instalaciones de las Fuerzas Militares: Es la acción sorpresiva, dirigida específicamente contra batallones, guarniciones y garitas militares, entre otros, por parte de grupos armados irregulares.
3 Documento Índice de Riesgo Victimización. Conceptos Fundamentales. Resumen Ejecutivo, 2012. Elaboración Conjunta Sub-dirección de Prevención y Atención de Emergencias - Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas - OCHOA y Universidad Santo Tómas.
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Ruta de atención por hecho victimizante
Ataque a las instalaciones de la Policía Nacional: Es la acción sorpresiva por parte de grupos irregulares dirigida específicamente en contra de estaciones, inspecciones, vehículos y puestos de policía con el fin de aniquilar su resistencia.
Ataques a los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil: Son aquellos dirigidos a atacar, destruir, sustraer o inutilizar los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, tales como los alimentos y las zonas de producción y cultivo, las cosechas, el ganado, las instalaciones y reservas de agua potable y las obras de riego.
Ataques a obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas: Esta categoría incluye los ataques contra obras o instalaciones que contienen fuerzas peligrosas, presas, diques o centrales nuclea-res, que puedan producir la liberación de aquellas fuerzas y causar, en consecuencia, pérdidas importantes en la población civil.
Atentados en el marco del conflicto armado: Es todo acto que se realiza de forma intencional y de manera violenta, por un grupo armado organizado al margen de la ley contra otra u otras personas o grupos, instituciones, lugares u objetos con el fin de ocasionar un daño de gran magnitud como la muerte en el caso de las personas o la destrucción de objetos y lugares.
Capacidad: Son los recursos, habilidades, conocimientos y demás fortalezas que pueden tener las personas, instituciones, con los que cuenta una sociedad, un grupo o una comunidad, para prevenir, atender y enfrentar una amenaza.
Combates: Es toda aquella confrontación armada que se desarrolla en el territorio nacional y que implica el enfrentamiento entre las Fuerzas Militares y/o de Policía y los grupos armados ilegales y/o bandas criminales.
Contingencia: “El concepto de contingencia implica redes de eventos interrelacionados entre sí, que varían en razón de configuraciones funcionales dinámicas. No es un acontecimiento aislado, ni se limita al reforzamiento, sino que es un sistema o proceso de acontecimientos de causas y efectos recíprocos estruc-turados en distintos niveles jerárquicos, y como tal debe analizarse, aun cuando a nivel operativo siga siendo necesario fragmentar cada episodio temporal-situacional”4.
Conflicto armado interno: Según el Derecho Internacional Humanitario “son enfrentamientos arma-dos prolongados que ocurren entre fuerzas armadas gubernamentales y las fuerzas de uno o más grupos armados, o entre estos grupos, que surgen en el territorio de un Estado (Parte en los Convenios de Ginebra). El enfrentamiento armado debe alcanzar un nivel mínimo de intensidad y las partes que participan en el conflicto deben poseer una organización mínima”5.
4 Montgomery, W. El Quehacer conductista, hoy: Ensayos de interpretación teórica y práctica. Lima: Ediciones de la Revista Peruana de Filosofía Aplicada. 2005
5 Documento ¿Cuál es la definición del conflicto armado según el Derecho Internacional Humanitario? Elaborado por el Comité Interna-cional de la Cruz Roja – Documento de Opinión. Año 2008.
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La Guajira
Delitos contra la libertad e integridad sexual: Es toda conducta que agreda la libertad o integridad sexual de una persona. Entre estas conductas se encuentra el abuso sexual, agresión sexual, acceso carnal violento, corrupción de menores, coacción a la prostitución, entre otros.
Derecho Internacional Humanitario: El Derecho Internacional Humanitario es un sistema creado con el fin de garantizar los derechos de las personas en situaciones de conflicto, su objetivo es el de limitar los medios y métodos de combate para, entre otros aspectos, proteger a la población civil y evitar la crueldad innecesaria dentro de las acciones bélicas.
Desaparición forzada: La desaparición forzada implica la privación de la libertad de una perso-na cualquiera sea su forma, seguida del ocultamiento y la negativa a reconocer dicha privación o de dar información sobre su paradero. En algunos casos, la desaparición es un fenómeno temporal con el objetivo de sembrar terror que puede culminar con la liberación de la víctima, en otras ocasiones, la retención ha sido sólo el paso previo a su asesinato, seguido de la desaparición del cadáver con lo que se dificulta esclarecer el paradero de la persona y quiénes fueron responsables de su muerte.
El delito de desaparición forzada siempre arranca con el secuestro o retención de la víctima; en este sentido, implica la selección y rapto de la víctima que es trasladada a un lugar clandestino donde en algunos casos es torturada o violentada sexualmente antes de ser liberada o asesinada6.
Desplazado: “Es víctima del desplazamiento forzado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional, abandonando su localidad de residencia o actividades económicas ha-bituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de las violaciones a las que se refiere el artículo 3o de la presente ley (infracciones al DIH y graves y manifiestas violaciones a los derechos humanos)”7.
Despojo de tierras: “Es toda actuación mediante la cual se posibilita que un bien salga del patri-monio de una persona, ya sea por circunstancias de hecho, negociaciones, acciones administrativas o judiciales que se revisten con una apariencia de legalidad, todo ello a través del aprovechamiento de la situación de violencia generalizada en una zona”8.
Enfoque diferencial: “El principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con ca-racterísticas particulares en razón de su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad. Por tal razón, las medidas de ayuda humanitaria, atención, asistencia y reparación integral que se establecen en la presente ley, contarán con dicho enfoque. El Estado ofrecerá especiales garantías y medidas de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones contempladas en el artículo 3° de la presente Ley tales como mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores, personas
6 Tomado de la Política Nacional de Defensa de la Libertad Personal. Ministerio de Defensa Nacional. Pág. 41.
7 Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Artículo 60, parágrafo 2.
8 Mecanismos de restitución de tierras, Guía para la PoblaciónVíctima de Despojo o Abandono. Acción Social y Proyecto Pro-tección de Tierras y Patrimonio, pág. 9. 2010.
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Ruta de atención por hecho victimizante
en situación de discapacidad, campesinos, líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defen-sores de derechos humanos y víctimas de desplazamiento forzado”9.
Emergencia: Es la alteración en el funcionamiento de una sociedad en donde se afectan las personas, la economía, los sistemas sociales, el medio ambiente, que puede ser causada por sucesos naturales, por la actividad humana o por la combinación de ambas, cuyas acciones de respuesta pueden ser manejadas con los recursos localmente disponibles. Para efectos de esta guía metodológica se entenderán como emer-gencias humanitarias aquellas provocadas por la acción violenta explícita o no de los actores armados en confrontación abierta.
Emboscada: Es el acto ejercido por un grupo armado irregular contra una patrulla o unidades en mo-vimiento del Ejército Nacional o la Policía Nacional de manera sorpresiva y contundente. La intensidad del ataque es superior a la respuesta esperada.
Escenario de riesgo: Es un evento o cadena de eventos que pueden ocurrir en un momento y lugar determinado y que constituyen la base de presunciones o hipótesis de comportamiento del riesgo sobre las que se planifica.
Extorsión: La extorsión consiste en el constreñimiento que se hace a una persona con el fin de hacer, tolerar u omitir alguna cosa para a obtener provecho ilícito o cualquier utilidad ilícita o beneficio ilícito, para sí o para un tercero. Es un delito que afecta la libertad tanto como la propiedad y la integridad física. Se debe considerar como una de las múltiples formas de coaccionar la libertad individual. Tiende a presentar permanencia en el tiempo y puede adoptar formas esporádicas, intermitentes o continuas10.
Homicidios: Es la acción de quitar la vida por parte de un actor armado en el marco del conflicto a una persona protegida, incluye la población civil en poder de la parte adversaria, los heridos, enfermos o náufra-gos puestos fuera de combate, el personal sanitario o religioso, los periodistas en misión o corresponsales de guerra acreditados, los combatientes que hayan depuesto las armas por captura y quienes antes del comienzo de las hostilidades fueran considerados como apátridas o refugiados.
Homicidio colectivo o masacre: “El homicidio colectivo es la acción mediante la cual resultan muertos bajo las mismas condiciones de modo, tiempo y lugar un grupo de personas a manos del mis-mo perpetrador. La Policía Nacional considera homicidio colectivo la concurrencia de “homicidios de un grupo de 4 o más personas”; “Para que sea catalogado como homicidio colectivo se requiere que el ilícito sea cometido en el mismo lugar, a la misma hora, por los mismos autores y en personas en estado de indefensión”.
Hostigamiento: Es todo aquel acto ejercido por un grupo armado contra un adversario a efectos de pro-ducir un ataque sorpresivo sin el objetivo de producir enfrentamientos posteriores. La intensidad del ataque es inferior a la capacidad de respuesta del adversario.
9 Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Artículo 13.
10 Tomando de la Política Nacional de Defensa de la Libertad Personal. Ministerio de Defensa Nacional. Pág. 34.
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La Guajira
Intimidaciones: Se entenderán las intimidaciones como la ocurrencia de presiones de carácter psicológico, social y comunitario, perpetradas por parte de grupos armados en el territorio na-cional de forma explícita e implícita a través de panfletos amenazantes, pasquines, grafitis o por medio de la presencia directa de algún miembro de la organización ilegal, para imponer puntos de vista asociados a las voluntades de estos grupos y generar temor en la población civil individual y/o colectivamente considerada.
Incursión a población: Se entenderá como incursión a población la operación transitoria y de dimensiones limitadas por parte de grupos armados en el territorio controlado por el adversario, con el fin de provocar allí disturbios, desorganización, destrucción o recabar información.
Paro armado: Es la acción en la que un grupo armado obliga por medio de amenazas a la pobla-ción civil a interrumpir alguna actividad colectiva (como desplazarse de un municipio a otro) con el fin de ejercer presión ante la misma comunidad o el Estado.
Pillaje: Apropiación sistemática y violenta de bienes muebles de propiedad pública o privada, efec-tuada por los miembros de las fuerzas armadas en perjuicio del Estado adverso o de los heridos, los enfermos, los náufragos o los prisioneros de guerra.
Prevención: La prevención de violaciones de derechos humanos e infracciones al DIH es una obligación permanente del Estado colombiano consistente en adoptar, en el marco de una política pública integral y diferencial, todas las medidas a su alcance para que, con plena observancia de la Constitución y de las normas, se eviten daños contra los derechos de todas las personas, grupos y comunidades sujetos a su jurisdicción; se promueva su respeto, protección y garantía; y, ante even-tuales violaciones se investiguen los hechos, se establezca la verdad, se sancione penal, adminis-trativa y disciplinariamente a los responsables, se repare integralmente a las víctimas y se les brinde garantías de no repetición.
Prevención temprana: acción orientada a identificar las causas que generan las violaciones de dere-chos humanos y/o las infracciones al DIH y adoptar medidas para evitar su ocurrencia.
Prevención urgente: momento en el que, ante la inminencia de una violación de derechos huma-nos y/o infracción al DIH, adopta acciones, planes y programas orientados a desactivar las amenazas contra los mencionados derechos para mitigar los efectos de su ocurrencia. En este momento de la prevención es donde se encuentra la Prevención urgente.
Garantías de no repetición: En tanto las violaciones y las infracciones ya han sido consumadas, se deben definir programas y proyectos que eviten la repetición de las violaciones de derechos humanos o infracciones al DIH, en donde el tema de retornos y reubicaciones se vuelve central.
Protección: La protección es un mecanismo preventivo ante un posible riesgo. Según el Minis-terio del Interior y la Unidad Nacional de Protección “las medidas de protección son acciones que
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Ruta de atención por hecho victimizante
emprende o elementos físicos de que dispone el Estado con el propósito de prevenir riesgos y proteger los derechos a la vida, integridad, libertad, y seguridad personal de los protegidos”11.
Reclutamiento o vinculación de niños, niñas y adolescentes a actividades relacio-nadas con grupos armados: “El reclutamiento se puede definir como el involucramiento perma-nente de niños, niñas y adolescentes con los grupos armados al margen de la Ley y la utilización como su involucramiento transitorio o esporádico. Ambas conductas son violatorias de los Derechos Humanos de la infancia y los grupos armados las realizan a través de actos de sustracción, captación, transporte, traslado, amenaza, rapto, fraude, engaño, abuso del poder, abuso de una situación de vulnerabilidad, uso de la fuerza o de otras formas de coacción, ofrecimiento de pago o beneficios, entre otras”12
Retén ilegal: Es toda aquella acción llevada a cabo en la que grupos al margen de la ley, establecen un puesto fijo o móvil que sirve para controlar, vigilar o realizar acciones de guerra contra la población civil (secuestros, homicidios, pillaje, etc.) o tropas de las Fuerzas Armadas o la Policía (emboscadas, hostiga-miento, etc.).
Secuestro exprés: Se caracteriza por ser de corta duración. Busca obtener de la víctima todo el dinero posible ya sea de sus cuentas bancarias o del dinero disponible en efectivo que su familia reúne en un espa-cio entre unas pocas horas y un máximo de un par de días. A veces, este tipo de secuestro se deriva de otro acto delictivo como el robo de un auto con violencia con sus ocupantes a bordo13. En ocasiones, el hecho delictivo puede terminar con el asesinato del secuestrado como consecuencia del nerviosismo y la falta de experiencia de los delincuentes.
Munición sin explotar: se refiere a la “Munición explosiva que ha sido cargada, su fusible colocado, armada o, por el contrario, preparada para su uso o ya utilizada. Puede haber sido disparada, arrojada, lan-zada o proyectada, pero permanece sin explotar debido ya sea a su mal funcionamiento, al tipo de diseño o a cualquier otra razón”14.
Secuestro: Delito contra la libertad de las personas. Consiste en su apoderamiento, privación de la liber-tad o retención en contra de su voluntad, por medio de la violencia, intimidación o engaño para obtener un provecho, extorsionar o forzar la voluntad ajena.
Riesgo: El riesgo en general se entenderá como la probabilidad de que una amenaza en un lugar y tiempo determinado se convierta en un desastre, esta probabilidad se construye en función de dos dimensiones componentes: la primera es la amenaza, referida a la naturaleza explícita (evidente y generadora) del evento
11 Decreto 4912 de 2011. "Por el cual se organiza el Programa Prevención y Protección de los Derechos a la Vida, la Libertad, la Integridad y la Seguridad de Personas, Grupos y Comunidades del Ministerio del Interior y de la Unidad Nacional de Protección".
12 Documento Conpes 3673 de 2010 “Política de Prevención del Reclutamiento y Utilización de Niños, Niñas, Adolescentes por Parte de los Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley y de los Grupos Delictivos Organizados.
13 Definición tomada de la Política Nacional de Defensa de la Libertad Personal. Ministerio de Defensa Nacional. 2011-2014.
14 Glosario Nacional Básico General de términos Acción Integral contra Minas Antipersona. Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersona – Vicepresidencia de la República.
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La Guajira
causal; la segunda es la vulnerabilidad de naturaleza intrínseca (específica y particular) al objeto de estudio, al elemento expuesto. Es así, como el riesgo puede medirse a partir de la valoración de la manera como los factores implícitos o endógenos del sujeto, grupo o comunidad (vulnerabilidad), le predisponen o hacen susceptible de sufrir un daño, a partir de un fenómeno potencialmente deses-tabilizador (amenaza)15.
Secuestro colectivo: Se trata de un secuestro perpetrado sin la selección previa de las vícti-mas. Por el contrario, el “plagio” se realiza en forma indiscriminada y luego se procede a indagar la capacidad económica de los secuestrados. Este tipo de secuestro se realizaba mediante retenes ilegales en carreteras, instalados por grupos terroristas. Esta modalidad también se puede presentar con selección previa de las víctimas, en su sitio de trabajo o actividad y vulnerabilidad a la que está expuesto por su ubicación geográfica. No siempre el móvil es económico, sino que puede darse con fines publicitarios o propagandísticos16.
Tortura: Todo acto por el cual se inflijan intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin, en particular, de obtener de ella o de un tercero informa-ción o una confesión; castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que haya cometido; intimidar o coaccionar a esa persona o a otras.
Víctimas: “Se consideran víctimas a aquellas personas que individual o colectivamente hayan su-frido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de in-fracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno”17.
Vulnerabilidad: La vulnerabilidad se entiende como un conjunto de características de un sujeto, grupo o comunidad que los predispone o hace susceptibles a sufrir daño a partir de la ocurrencia de un fenómeno desestabilizador. Se establece con base en la existencia o no de capacidades para anti-cipar, sobrevivir, resistir y recuperarse del impacto de la concreción de una amenaza. Para el IRV la vulnerabilidad hace referencia al grado de fragilidad y/o exposición de la población de un municipio, que la hacen susceptible de ser víctima de infracciones al DIH o graves y manifiestas violaciones a los derechos humanos en el marco del conflicto armado interno; se analiza con fundamento en las condiciones demográficas, socioeconómicas, institucionales, comunitarias y geográficas del muni-cipio y su población18.
15 Documento Índice de Riesgo de Victimización. Conceptos Fundamentales. Resumen Ejecutivo, 2012. Elaboración conjunta Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas – OCHA y Universidad Santo Tomás.
16 Tomado de la Política Nacional de Defensa de la libertad personal. Ministerio de Defensa Nacional, pág. 33.
17 Ley 1448 de 2011. Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Artículo 3.
18 Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias, IRV Documento en construcción, Versión mayo 3 de 2012
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Ruta de atención por hecho victimizante
4. DIRECTORIO4.1 ALCALDÍAS MUNICIPALES
Municipios Teléfonos
albania 7775110 / 7775168
barrancas 7748105/ 3012412575
dibulla 7200315
distracción 7756226
fonseca 7755813/3014718773
hatonuevo 7759209/ 7759240/ 3004857969
la jaGua del Pilar 5705997/ 5706015/ 3116656728
Maicao 7268930/ 7267101 /3014235516
Manaure 7178050/ 7178134/3014694895/3158800425
Molino 7788725/ 7788020/ 3006422300
riohacha 7270606
san juan del cesar 7740000/ 7740291/3157551160/3013712531
uribia 7177025/7177255
uruMita 7778040
villanueva 772032/ 772115/ 772128/ 3172227222
4.2. SECRETARÍAS DE SALUD MUNICIPAL
Municipios Teléfonos
albania 7775110 / 7775168
barrancas 7748105/ 3012412575
dibulla 7200315
distracción 7756226
fonseca 7755813/3014718773
hatonuevo 7759209/ 7759240
la jaGua del Pilar 5705997/ 5706015
Maicao 7268930/ 7267101
Manaure 7178050/ 7178134
40
La Guajira
Municipios Teléfonos
Molino 7788725/ 7788020
riohacha 7270606
san juan del cesar 7740000/ 7740291
uribia 7177025/7177255
uruMita 7778040
villanueva 772032/ 772115/ 772128
4.3. E.S.E. HOSPITALES DEL DEPARTAMENTO
Municipio Nombre del Hospital Teléfono Direcciónalbania e.s.e. hosPital san rafael de albania calle 5 # 3-05 centro
barrancas e.s.e. hosPital nuestra señora del Pilar de barrancas 7748026 calle 11 # 10-56
dibullae.s.e. hosPital santa teresa de jesús de ávila de di-bulla
calle 6 kra. 10 vía la Punta
distracción e.s.e. hosPital santa rita de cassia calle 12 # 10-66
fonseca e.s.e. hosPital san aGustín de fonseca 7756084 calle 15 # 21-31
hatonuevoe.s.e. hosPital nuestra señora del carMen de hato-nuevo
7759397 calle 15 # 12-31
la jaGua del Pilar e.s.e. donaldo saúl Morón Manjarrez calle 6 # 2-23
Maicao e.s.e. hosPital san josé de Maicao 7241000 calle 11 # 20-45
Manaure e.s.e. hosPital arMendo Pabón lóPez de Manaure 7178211 calle 1# 5-73
Molino e.s.e. hosPital san lucas del Molino 7788584 calle 9 # 4ª-84
riohacha e.s.e. hosPital nuestra señora de los reMedios 7287931 kra. 15 calle 11ª esquina
san juan del cesar e.s.e. hosPital san rafael de san juan del cesar 7740686 calle 3 sur kras. 4 y 5
uribiae.s.e. hosPital nuestra señora del PerPetuo socorro 7177033 transv. 8 # 6-45
e.s.e. hosPital de nazareth kra. 17 # 11ª-43
uruMita e.s.e. hosPital santa cruz de uruMita 7778098 kra. 9 nº 8-16
villanueva e.s.e. hosPital santo toMás de villanueva 7772051 calle 14 n 13-27
4.4. SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL
Oficina Cargo ProfesiónNombre y Apellido
Teléfono Correo
desPacho
Profesional esPecializado de aPoyo desPacho
enferMera Martha Mulato 3002406448 [email protected]
41
Ruta de atención por hecho victimizante
Oficina Cargo ProfesiónNombre y Apellido
Teléfono Correo
coMunicacionesjefe de
coMunicaciones
coMunicador social
wiGberto PiMienta [email protected]
salud Pública
viGilancia ePideMiolóGica
ePideMióloGa leslie bruzon 3007868392 [email protected]
ProMoción y Prevención
enferMera alicia soto 3165796867 [email protected]
vectores coordinador josé ricardo
bonivento
3005561034/3164537108/3213945332
zoonosis coordinador obed daza 3014587682 [email protected]
laboratorio coordinadora bacterióloGa ethel Mendoza 3013707696 [email protected]
viGilancia y control de
MedicaMentos
Profesional esPecializado
quíMico farMacéutico
carlos antonio García
3012318799 [email protected]
crue coordinadora inGrid herrera 3173883686 [email protected]
salud oral coordinador víctor sMith 3015065930
recursos huManos
coordinadora Martha sabino [email protected]
4.5. EPS DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA
Domicilio EPS - SRepresentante
Legal / Coordinador Region al
Dirección Teléfono Email
barranquilla cajacoPi jaiMe Mejía cra. 46 n° 53 - 24 [email protected]
boGotá huManavivirnidia Peña Martínez/josé
María ibarra solanocalle 76 n° 11 - 52 5460920
boGotá Mutual serGalo de jesús viana
Muñozcra. 1 nº 41-56 6502525 [email protected]
boGotá solsalud juan bernardo ariza cra. 5 nº 26-07 [email protected]
Maicao anas wayuubeda MarGarita suárez
aGuilarcra. 16 n° 16 - 31 726 02 86 [email protected]
Maicao coosaludjuan carlos Gnecco
arreGocéscra. 12 nº 26b 97 4236010
Mocoa selvasalud
jaiMe arturo redondo cardona(aGente
interventor)cra. 4 nº 8 - 26 35663122
42
La Guajira
Domicilio EPS - SRepresentante
Legal / Coordinador Region al
Dirección Teléfono Email
Montería coMfacor dulMis curvelo GáMez cra. 9 nº 12-01 3007397124
PoPayán
asociación indíGena del
cauca
ranGel yule zaPe/luzMila curvelo aMaya
calle 1 bis nº. 4-81 8 202993 [email protected]
riohacha salud vidaliliana Patricia socarrás baute
cra. 15 n° 2-62 [email protected]
riohacha coMParta jessica villalobos calle 10 n° 11-153 [email protected]
riohacha a.M.b.u.quibdó juana María berMúdez calle 13 nº 12a-31 [email protected]
riohacha caPrecoMcésar ballesteros
Garcíacra. 15 n° 14-20 7274500
riohacha coMfaMiliar luis Medina roMero calle 13 n° 8-176 7273619 [email protected]
valleduPar dusakawi enoc clavijo franco calle 16a nº 4-63 [email protected]
4.6. INFORMACIÓN SOBRE ENLACES MUNICIPALES DE VÍCTIMAS Y SECRETA-RÍAS DE GOBIERNO DONDE AÚN NO HAN SIDO DESIGNADOS ENLACES
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónico
1 Guajirasecr.
Gobierno
Misael arturo velásquez Granadillo
3157182179misael.velasquez@laguajira.
gov.co / [email protected]
2 albaniasecr.
Gobierno robert carlos Menco llerena
3126223010 [email protected]
3 barrancassecr.
Gobierno keith solano díaz 3012065320 [email protected]
4 dibullasecr.
Gobierno yuliana alMazo
Padilla3205736349 [email protected]
5 distracciónsecr.
Gobierno Marco fidel
solano Mercado3006679734 3004879576 [email protected]
43
Ruta de atención por hecho victimizante
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónico
6 el Molinosecr.
Gobierno
hader alexánder astaíza
Granadillo 3017549711 [email protected]
7 fonsecasecr.
Gobierno carlos enrique Pardo andrade
3145251875 [email protected]
8 hatonuevosecr.
Gobierno josé robles
Gutiérrez3156708274 [email protected]
9la jaGua del
Pilar
secr. Gobierno
lenin sierra Manjarrez
3016636863 [email protected]
10 Maicaosecr.
Gobierno yusty lóPez
bolívar3008754149 3135462237 [email protected]
11 Manaure secr.
Gobierno randall hoyos
vanGrieken3114210022
[email protected] / gobierno@manaure-laguajira.
gov.co
12 riohachasecr.
Gobierno blas quintero
Mendoza3114110272
[email protected] / blasquimen5@
yahoo.es
13san juan del
cesar
secr. Gobierno
María auxiliadora aMaya orteGa
3185479066 [email protected]
14 uribiasecr.
Gobierno rubén alMazo
Monroy3116843027
15 uruMitasecr.
Gobierno ledys MarGarita
julio MurGas3157186992 [email protected]
16 villanueva secr.
Gobierno María virGinia
Muñoz3015709765
4.7. ENLACES MUNICIPALES DE VÍCTIMA DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónico
4 albania enlace MPal.aurelio Molina
marelvis carrillo cantillo - 3002368063 - [email protected]
44
La Guajira
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónico
5 dibulla enlace MPal.erotida Mejía
Mendoza3003379237
monica patricia cuisman moreno - 3017188403 - [email protected]
1 el Molino enlace MPal.Maribel García orteGa
6 Maicao enlace MPal.
susana del carMen cordero raMírez
2Manaure -
uribiaenlace MPal.
erika arzuaGa ochoa
3012936801 [email protected]
7Manaure -
uribiaenlace MPal.
erika arzuaGa ochoa
3012936801 [email protected]
3 riohacha enlace MPal. disnay freile [email protected]
8san juan del
cesar
enlace MPal. - director de
la uMata
arMando arMando
daza saloMé
9 uruMita enlace MPal.yelenis arias
benjuMea3006917058
10 villanueva enlace MPal.deycy leonor
castro Peñaloza
3004456077 [email protected]
4.8. REGISTRADURÍAS
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónicoCorreo
electrónico 2
1 albania reGistrador
benjaMín González carrillo
2 dibulla reGistradorharold wilson
Peñalver
3 barrancas
45
Ruta de atención por hecho victimizante
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónicoCorreo
electrónico 2
4 distracción
5 el Molino
6 fonseca
7 hatonuevo
8la jaGua del
Pilar
9 Maicao reGistradorbasilio lindao
Pana
10 Manaure
11 riohacha reGistradorilfred MiGuel
carrillo Pérez3012229300 3215053421
12san juan del
cesar
13 uribia
14 uruMita
15 villanueva
16 riohacha director icbf
leandro saMPayo verGara
17 riohacha icbfnolenis
Mendoza3017756323 3135857506
18 riohacha icbf adalGiza vidal7275929 ext. 550031
19 riohachaGestori de
datos - icbf
juan carlos Guette raMírez
20 riohacha
sec. desarrollo econóMico
dPtal.
josé arMenta ríos
21 riohachasec. Gobierno
dPtal.
Misael arturo velásquez Granadillo
22 riohacha
sec. vivienda y aMbiente
dPtal.
hernán jaraMillo
Pinto
Edificio La Loteria
23 riohacha
sec. Planeación
dPtal.
césar arisMendy Morales
46
La Guajira
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónicoCorreo
electrónico 2
24 riohacha
sec. educación
dPtal.
alfredo duarte
25 riohachasec. salud
dPtal.juan josé
orozco
26 riohacha
sec. educación
MPal.
alejandro rutto Martínez
27 riohacha
sec. Planeación
MPal.
jhon dilber Maestre
28 riohachasec. salud
MPal.
adriana arreGocés
ariño
29 riohacha batutaarianne robles
ducat3012423402
[email protected] cll. 32 # 14 b - 24
30 riohacha batuta
víctor huGo GuzMán lenGua
3103520005cll. 12 # 6 - 35 Ed. Santa Rita ii
Ins. Educ. Nue-vo Horizonte
31 riohachacoMfaGuajira
- viviendanubia barros
32 riohachacoMfaGuajira
- viviendarocío aníbal 3103664391
33 albania alcaldePinto Pérez
oneida rayeht3215902685 7775110
34 barrancas alcaldefiGueroa brito
javid sadet316234542 7748893
35 dibulla alcaldesilvia osPino
berMúdez3006605991 7270255
36 distracción alcaldebrito brito
jacob arnaldo3015207263 7756226
37 el Molino alcalde
zabaleta lóPez josé fernando
*3006422300
38 fonseca alcaldeMoscote Pana josé Manuel
3007879612 [email protected]
47
Ruta de atención por hecho victimizante
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónicoCorreo
electrónico 2
39 hatonuevo alcalde
PalMezano rivero reiner
leonardo 3004857959 7759240
40la jaGua del
Pilar alcalde
soto durán waldin
3013330617 - 3116656728
41 Maicao alcalde
Pulido rodríGuez euríPides
3012123108 [email protected]
42 Manaure alcalde
freyle MenGual
francisca beatriz
3114179619 [email protected]
43 riohacha alcalde
ceballos sierra rafael
ricardo
3156720726 [email protected]
44san juan del
cesaralcalde
orozco Guerra carlos julio
césar
3013712531 [email protected]
45 uribia alcalde
foMinaya GiacoMetto abel josé
32153939067177255 - 7177025
46 uruMita alcaldebarros sauritt
cicerón3165577788 7778040
47 villanueva alcalde
GóMez ovalle claudia Patricia
3014045594 [email protected]
48 Maicao
facturación - hosPital
san josé de Maicao
rina solano Galván
49 Maicao
Gerente hosPital
san josé de Maicao
orlando ruiz Pérez
50 riohacha incoder
juan carlos Monroy barliza
3175009117 Pin [email protected]
51 riohacha incoder enith Mejía 3004364057
52 riohacha
Gerente banco
aGrario
androcles oviedo jiMénez
48
La Guajira
No. Municipio EntidadNombre y Apellido
Celular Celular 2 Correo electrónicoCorreo
electrónico 2
53 riohachacoMisaría de
faMilia
obdulia torres Moreu
54 riohacha
coMisaría de faMilia - trab. social
lesbya suárez [email protected]
55Manaure -
uribiaenlace MPal.
erika arzuaGa ochoa
alcaldia - se-cret. Gobierno
3012936801 3147785556
56san juan del
cesarenlace MPal.
arMando arMando daza
saloMé
5. Fuentes1. En la elaboración de estos conceptos se tuvo en cuenta la Bitácora Diaria de Eventos y
el Índice de Riesgo de Victimización, de la Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias.
2. Glosario Nacional Básico General de Términos Acción Integral contra Minas Antiperso-nal. Observatorio de Minas del Programa Presidencial de DD. HH. y DIH - Vicepresiden-cia de la República.
3. Tomado del apartado 3 del artículo 1o de la Posición Común 2001/931/PESC.
4. Documento Lista de la UE de personas, grupos y entidades sujetos a medidas específi-cas para combatir el terrorismo. 22 de diciembre de 2010.
5. Documento Índice de Riesgo de Victimización. Conceptos Fundamentales. Resumen Ejecutivo, 2012 Elaboración conjunta Subdirección de Prevención y Atención de Emer-gencias Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas - OCHA y Universidad Santo Tomás.
6. Montgomery, W. El Quehacer conductista, hoy: Ensayos de interpretación teórica y prác-tica. Lima: Ediciones de la Revista Peruana de Filosofía Aplicada. 2005.
7. Documento ¿Cuál es la definición del conflicto armado según el Derecho Internacional Humanitario?. Elaborado por el Comité Internacional de la Cruz Roja – Documento de Opinión. Año 2008.
8. Tomado de la Política Nacional de Defensa de la Libertad Personal. Ministerio de Defensa Nacional. Pág. 41.
9. Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Artículo 60, parágrafo 2.
49
Ruta de atención por hecho victimizante
10. Mecanismos de restitución de tierras, guía para la población víctima de despojo o abandono. Acción Social y Proyecto Protección de Tierras y Patrimonio, página 9. 2010.
11. Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Artículo 13.
12. Tomado de la Política Nacional de Defensa de la Libertad Personal. Ministerio de Defensa Na-cional. Pág. 34.
13. Decreto 4912 de 2011, “por el cual se organiza el Programa Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades del Ministerio del Interior y de la Unidad Nacional de Protección”.
14. Documento Conpes 3673 de 2010, “Política de Prevención del Reclutamiento y Utilización de Niños, Niñas y Adolescentes por parte de los Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley y de los Grupos Delictivos Organizados.
15. Definición tomada de la Política Nacional de Defensa de la Libertad Personal. Ministerio de Defensa Nacional. 2011-2014
16. Glosario Nacional Básico General de Términos Acción Integral contra Minas Antipersonal. Pro-grama Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal - Vicepresidencia de la República.
17. Documento Índice de Riesgo de Victimización. Conceptos Fundamentales. Resumen Ejecutivo, 2012. Elaboración conjunta Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas - OCHA y Universidad Santo Tomás.
18. Tomado de la Política Nacional de Defensa de la Libertad Personal. Ministerio de Defensa Na-cional, Pág. 33.
19. Ley 1448 de 2011. Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Artículo 3o.
20. Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias, IRV Documento en construcción, Ver-sión mayo 3 de 2012.
21. Guía metodológica, formulación, implementación de planes de contingencia para atención de emergencia humanitaria en el marco del conflicto armado colombiano.
Carrera 66 No. 24-09Tel.: (571) 4578000
www.imprenta.gov.co