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S243 Programa Nacional de Becas

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Secretaría de Educación Pública Subsecretaría de Educación Superior Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior

III Informe Trimestral

Julio - Septiembre de 2016

Programa Presupuestario S243 Programa Nacional de Becas

Octubre 2016

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Presentación

De conformidad con el Artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, fracción X

que señala:

La Coordinación Nacional de Becas para la Educación Superior (CNBES) reporta a la H. Cámara de Diputados el

III Informe Trimestral del ejercicio fiscal 2016 referente a la entrega de subsidios a través del Programa Nacional

de Becas bajo los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad a los

que se encuentra sujeto, y el importe de los recursos como instancia ejecutora del Programa.

Objetivos generales del Programa

Contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población para

la construcción de una sociedad más justa, mediante el otorgamiento de becas y/o apoyos a los/as estudiantes

y personal académico del Sistema Educativo Nacional.

Objetivos específicos de los anexos del Programa operados por la Coordinación Nacional de Becas de

Educación Superior

I. Otorgar becas a estudiantes de educación superior para fomentar el ingreso, permanencia y egreso y

continuación de estudios de la población estudiantil.

II. Otorgar becas a jóvenes en contexto y situación de vulnerabilidad agravada por el embarazo y la

maternidad temprana.

III. Otorgar becas a recién egresados del tipo educativo superior para obtener el grado académico.

IV. Favorecer el desarrollo de las actividades académicas de los estudiantes.

V. Otorgar becas al personal académico y al personal con funciones de dirección para fortalecer su

formación profesional y superación académica.

VI. Reducir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en el acceso, permanencia y conclusión

de los estudios de todos los tipos educativos en instituciones públicas.

Población Objetivo

El programa se dirige a estudiantes, recién egresados/as, personal académico y profesores/as

investigadores/as y personal con funciones de dirección (directores/as) de instituciones del sistema educativo

nacional de todos los tipos educativos, especificándose en los anexos y en las convocatorias de cada una de las

becas las características sociales, económicas y académicas de la población a la cual van dirigidas, estableciendo

criterios para la igualdad de género, sin distinción de condición física, social, cultural o étnica, incluyendo en todo

momento una perspectiva de género evitando las desigualdades económicas, culturales y sociales entre mujeres

y hombres.

El Programa Nacional de Becas, se encuentra sujeto al ACUERDO número 16/12/2015 por el que se emiten

las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016, publicado el 30 de

diciembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación. Éste a su vez, está conformado por diferentes anexos

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correspondientes a distintos niveles educativos. La Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior opera,

del programa en mención Beca de Beca de Beca para la

Beca para Beca o Apoyo para la Beca Beca

de Beca de 11 Movilidad Internacional Beca de Movilidad

Beca para Estudios de Especialidad, Maestría, Doctorado y Estancias Posdoctorales , Beca

para la Profesionalización para la atención de contingencias o planes a nivel nacional o

. Cada una de ellas tiene una población objetivo y requisitos particulares, los cuales son:

Anexo 2: Beca de manutención.

Estudiantes inscritos/as en instituciones del sistema educativo nacional de educación superior, que

estén inscritos/as en una IPES en un programa de licenciatura o TSU provenientes de hogares cuyo

ingreso sea igual o menor a cuatro salarios mínimos per cápita vigentes al momento de solicitar la beca,

según la zona geográfica a que pertenezcan.

Anexo 3: Beca de Capacitación.

Estudiantes, docentes y egresados/as de una IPES propuestos por su escuela, o asociaciones o

instituciones con los cuales la SEP haya celebrado instrumentos jurídicos que se encuentren vigentes, a

fin de que realicen actividades, talleres, congresos, cursos o diplomados, por un periodo no mayor a un

año, encaminados a su formación continua y que respondan a las necesidades del país. Los/as

egresados/as no deberán tener tres años o más como egresados/as al momento de solicitar la beca.

Anexo 4: Beca para la Continuación de Estudios.

Estudiantes regulares inscritos/as en instituciones del sistema educativo nacional de los tipos educativos

superior. Esta beca es exclusiva para los/as estudiantes hijos/as de militares de las Fuerzas Armadas

Mexicanas, en activo, desaparecidos o caídos en cumplimiento del deber que se encuentren cursando la

Licenciatura o TSU.

Anexo 5: Becas para Prácticas.

Estudiantes regulares inscritos/as en instituciones públicas de educación superior inscritos/as en los dos

últimos años de licenciatura o los dos últimos cuatrimestres de técnico superior universitario en una

IPES, o que hayan terminado de cursar sus asignaturas (materias) hasta dos años antes de solicitar la

beca, y que tengan el propósito de aplicar los conocimientos adquiridos y fortalecer su formación

profesional mediante prácticas profesionales, estadías o residencias profesionales en los sectores

productivo o social.

Anexo 7: Beca o Apoyo para la Titulación.

Estudiantes de una institución pública que hayan concluido o estén por concluir sus estudios de

educación superior, cuando el plan de estudios así lo permita y que deban realizar su tesis o cualquier

otro trabajo escrito profesional que los lleve a la consecución del grado correspondiente.

Anexo 8: Beca Salario.

Estudiantes mexicanos/as inscritos/as en una IPES que se encuentren cursando la licenciatura o TSU y

que participen en proyectos que contribuyan a mejorar el entorno comunitario o social en el que viven;

dicho proyecto deberá estar reconocido por una IPES y podrán relacionarse con actividades de cambio

climático, cuidado del medio ambiente y desarrollo sustentable, sanidad, nutrición, derechos humanos y

cuestiones de género, servicios y planeación urbana, atención a grupos en situación de vulnerabilidad.

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Anexo 9: Beca Servicio Social.

Estudiantes de educación superior de licenciatura o TSU o egresados/as con no más de un año de haber

concluido el plan de estudios correspondiente que se encuentren inscritos/as en un programa de servicio

social reconocido por la institución pública en la que realizan sus estudios o que les interese participar en

la divulgación de la ciencia.

Anexo 10: Beca de Excelencia.

Estudiantes regulares inscritos/as en una institución de educación superior del sistema educativo

nacional que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

desempeño académico sobresaliente o ser estudiante sobresaliente con una trayectoria regular.

privadas, nacionales o extranjeras, como consecuencia de su desempeño académico,

participación en algún concurso o evento similar en los ámbitos académico, científico y/o de la

investigación, o haber sido propuesto por asociaciones o instituciones de reconocido prestigio

en los ámbitos académico, científico y/o de la investigación con los cuales la SEP haya celebrado

instrumentos jurídicos para tal efecto.

Podrán participar los/as estudiantes hijos/as de militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, en activo

o caídos en cumplimiento del deber que se encuentren cursando la educación superior.

Así mismo, sólo podrán participar estudiantes inscritos/as en programas de licenciatura o TSU.

Anexo 11: Beca de Movilidad Internacional.

Estudiantes regulares inscritos/as en instituciones de educación superior, que deseen realizar estudios

parciales o complementarios de licenciatura, TSU, posgrado o estancias de capacitación e investigación

en acciones de movilidad, en una institución de educación superior extranjera con las que se tenga

formalizado un convenio de colaboración, o bien otros instrumentos de cooperación establecidos entre

las instancias ejecutoras con instituciones educativas o del sector empresarial, asociaciones o redes para

la movilidad estudiantil.

Anexo 12: Beca de Movilidad Nacional.

Estudiantes del tipo educativo superior que se encuentren inscritos/as en un programa de movilidad

impulsados, avalados o reconocidos por la instancia ejecutora, con el objetivo de que puedan realizar

sus estudios por periodos de hasta un año.

Existe la posibilidad de renovación de acuerdo con las condiciones establecidas y la disponibilidad

presupuestal del ejercicio correspondiente.

Anexo 13: Becas para Estudios de Especialidad, Maestría, Doctorado y Estancias Posdoctorales

Estudiantes regulares de tiempo completo que se encuentren inscritos/as en alguna de las instancias

ejecutoras de la beca dentro de alguno de los programas académicos de posgrado, especialidad,

maestría o doctorado o bien que realizarán una estancia posdoctoral.

Asimismo, podrán participar aquellos/as estudiantes que no cuenten con becas o con el apoyo de

programas de financiamiento externos a las instancias ejecutoras para estudiar cursos propedéuticos;

o bien los/as estudiantes que se encuentren bajo los siguientes supuestos:

Estudiantes y egresados/as mexicanos/as de una IPES que hayan sido aceptados/as para realizar

una especialidad, maestría o estancia en el extranjero, la cual contribuya al desarrollo del país.

Alumnos/as regulares inscritos/as en algún programa de maestría de una IPES.

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Anexo 15: Beca para la Profesionalización Docente

Docentes en activo del tipo educativo superior de las diferentes instancias ejecutoras que cumplan los

requisitos establecidos para el otorgamiento de esta beca a fin de que mejoren, fortalezcan y

complementen su formación profesional.

Anexo 16. Beca para la atención de contingencias o planes a nivel nacional o regional.

Estudiantes y/o docentes, personal académico y profesores/as investigadores/as y personal con

funciones de dirección (directores/as) de instituciones del sistema educativo nacional de todos los tipos

educativos, inscritos/as en instituciones públicas de educación que sean identificados/as como parte

de un programa implementado por el Ejecutivo Federal por si solo o en coordinación con las Entidades

Federativas, en atención a las acciones previstas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y/o en

el Programa Sectorial de Educación 2013-2018 y que serán definidas en los convenios, convocatorias

o en cualquier otro instrumento jurídico que se suscriba entre las instancias ejecutoras, entidades

federativas, e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras que se encuentren interesadas

en participar en el otorgamiento de la misma.

Población Atendida

El Programa se dirige a estudiantes, recién egresados/as y/o docentes, personal académico y profesores/as

investigadores/as, investigadores/as y personal con funciones de dirección (directores/as) de instituciones del

sistema educativo nacional de educación superior, especificándose en los anexos y en las convocatorias de cada

una de las becas las características sociales, económicas y académicas de la población a la cual van dirigidas,

estableciendo criterios para la igualdad de género, sin distinción de condición física, social, cultural o étnica,

incluyendo en todo momento una perspectiva de género evitando las desigualdades económicas, culturales y

sociales entre mujeres y hombres que, solicitan la beca, cumplen con los requisitos estipulados en las

convocatorias de las modalidades de la beca solicitada y resultan seleccionados para ser beneficiarios por el

Programa Nacional de Becas.

Tabla 1

POBLACIÓN OBJETIVO Y POBLACIÓN ATENDIDA DE LOS ANEXOS OPERADOS POR LA

CNBES, DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS POR ESTADO, CICLO ESCOLAR 2015-2016*

ESTADO POBLACIÓN

OBJETIVO

POBLACIÓN

ATENDIDA

PORCENTAJE DE LA

POBLACIÓN ATENDIDA

AGUASCALIENTES 14,625 3,976 27.19%

BAJA CALIFORNIA 13,860 3,118 22.50%

BAJA CALIFORNIA SUR 6,328 2,506 39.60%

CAMPECHE 6,777 4,510 66.55%

CHIAPAS 33,406 19,534 58.47%

CHIHUAHUA 32,569 24,477 75.15%

COAHUILA 19,844 6,480 32.65%

COLIMA 8,117 4,201 51.76%

DISTRITO FEDERAL 152,919 93,738 61.30%

DURANGO 15,457 4,757 30.78%

GUANAJUATO 30,851 21,110 68.43%

GUERRERO 25,517 11,986 46.97%

HIDALGO 40,046 23,680 59.13%

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JALISCO 47,099 17,332 36.80%

MEXICO 80,545 32,358 40.17%

MICHOACÁN 32,696 14,604 44.67%

MORELOS 3,354 1,737 51.79%

NAYARIT 12,695 3,528 27.79%

NUEVO LEON 18,891 7,851 41.56%

OAXACA 34,881 24,495 70.22%

PUEBLA 44,898 26,287 58.55%

QUERETARO 19,327 7,321 37.88%

QUINTANA ROO 11,035 7,527 68.21%

SAN LUIS POTOSI 10,694 5,210 48.72%

SINALOA 51,561 12,667 24.57%

SONORA 34,499 15,629 45.30%

TABASCO 25,087 9,255 36.89%

TAMAULIPAS 34,351 15,916 46.33%

TLAXCALA 9,669 3,474 35.93%

VERACRUZ 67,273 34,835 51.78%

YUCATÁN 19,898 14,282 71.78%

ZACATECAS 19,275 11,034 57.25%

TOTAL 978,044 489,415 50.04% Fuente: Padrón de solicitudes y beneficiarios del ciclo escolar 2015-2016. Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior

*Cifras al 06 de octubre de 2016.

Tabla 2

POBLACIÓN ATENDIDA DE LOS ANEXOS OPERADOS POR LA CNBES, DEL PROGRAMA

NACIONAL DE BECAS POR ESTADO Y POR SEXO, CICLO ESCOLAR 2015-2016*

ESTADO SEXO

TOTAL H %H M %M

AGUASCALIENTES 1,673 42.08% 2,303 57.92% 3,976

BAJA CALIFORNIA 1,374 44.07% 1,744 55.93% 3,118

BAJA CALIFORNIA SUR 1,011 40.34% 1,495 59.66% 2,506

CAMPECHE 2,041 45.25% 2,469 54.75% 4,510

CHIAPAS 10,009 51.24% 9,525 48.76% 19,534

CHIHUAHUA 10,271 41.96% 14,206 58.04% 24,477

COAHUILA 2,831 43.69% 3,649 56.31% 6,480

COLIMA 1,696 40.37% 2,505 59.63% 4,201

DISTRITO FEDERAL 40,211 42.90% 53,527 57.10% 93,738

DURANGO 2,137 44.92% 2,620 55.08% 4,757

GUANAJUATO 9,483 44.92% 11,627 55.08% 21,110

GUERRERO 5,091 42.47% 6,895 57.53% 11,986

HIDALGO 10,078 42.56% 13,602 57.44% 23,680

JALISCO 7,513 43.35% 9,819 56.65% 17,332

MEXICO 13,190 40.76% 19,168 59.24% 32,358

MICHOACÁN 7,128 48.81% 7,476 51.19% 14,604

MORELOS 674 38.80% 1,063 61.20% 1,737

NAYARIT 1,496 42.40% 2,032 57.60% 3,528

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S243 Programa Nacional de Becas

Nezahualcóyotl 127, piso 9, Col. Centro Histórico, Del. Cuauhtémoc, Ciudad de México, CP. 06010

t. (55) 36 01 10 00, ext. 65758 www.sep.gob.mx

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NUEVO LEON 3,044 38.77% 4,807 61.23% 7,851

OAXACA 10,789 44.05% 13,706 55.95% 24,495

PUEBLA 11,458 43.59% 14,829 56.41% 26,287

QUERETARO 3,150 43.03% 4,171 56.97% 7,321

QUINTANA ROO 3,369 44.76% 4,158 55.24% 7,527

SAN LUIS POTOSI 2,067 39.67% 3,143 60.33% 5,210

SINALOA 4,401 34.74% 8,266 65.26% 12,667

SONORA 6,408 41.00% 9,221 59.00% 15,629

TABASCO 3,896 42.10% 5,359 57.90% 9,255

TAMAULIPAS 6,730 42.28% 9,186 57.72% 15,916

TLAXCALA 1,480 42.60% 1,994 57.40% 3,474

VERACRUZ 15,663 44.96% 19,172 55.04% 34,835

YUCATÁN 7,425 51.99% 6,857 48.01% 14,282

ZACATECAS 4,559 41.32% 6,475 58.68% 11,034

TOTAL 212,346 43.39% 277,069 56.61% 489,415

Fuente: Padrón de beneficiarios del ciclo escolar 2015-2016, Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior

*Cifras al 06 de octubre de 2016.

solicitantes deben de comprobar que él/ella o su familia se encuentra en el padrón de beneficiarios/as de

PROSPERA Programa de Inclusión Social y/o que debe realizar un gasto mensual igual o mayor a 500 pesos para

trasladarse a la Institución Pública de Educación Superior a la que se encuentra inscrito(a), se reporta lo siguiente:

Tabla 3

POBLACIÓN OBJETIVO Y POBLACIÓN ATENDIDA DEL COMPLEMENTO DE LA BECA DE

MANUTENCIÓN: "TRANSPORTE", POR ESTADO.

CICLO ESCOLAR 2015-2016*

ESTADO POBLACIÓN

OBJETIVO

POBLACIÓN

ATENDIDA

PORCENTAJE DE LA

POBLACIÓN ATENDIDA

AGUASCALIENTES 9,633 2,650 27.51%

BAJA CALIFORNIA 10,932 2,233 20.43%

BAJA CALIFORNIA SUR 4,495 1,173 26.10%

CAMPECHE 5,152 1,018 19.76%

CHIAPAS 26,196 9,253 35.32%

CHIHUAHUA 16,984 5,363 31.58%

COAHUILA 13,475 670 4.97%

COLIMA 4,732 100 2.11%

DISTRITO FEDERAL 117,341 33,796 28.80%

DURANGO 10,160 2,982 29.35%

GUANAJUATO 22,001 12,154 55.24%

GUERRERO 15,629 6,594 42.19%

HIDALGO 30,979 5,783 18.67%

JALISCO 27,962 872 3.12%

MEXICO 58,445 22,321 38.19%

MICHOACAN 23,183 8,682 37.45%

MORELOS 1,593 979 61.46%

NAYARIT 7,450 973 13.06%

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S243 Programa Nacional de Becas

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ca

NUEVO LEON 12,534 3,545 28.28%

OAXACA 24,421 15,165 62.10%

PUEBLA 23,298 7,592 32.59%

QUERETARO 12,034 2,871 23.86%

QUINTANA ROO 8,402 3,140 37.37%

SAN LUIS POTOSI 6,744 1,575 23.35%

SINALOA 30,036 3,328 11.08%

SONORA 22,479 5,640 25.09%

TABASCO 17,549 5,459 31.11%

TAMAULIPAS 22,485 1,908 8.49%

TLAXCALA 7,121 1,784 25.05%

VERACRUZ 45,210 4,942 10.93%

YUCATAN 14,127 8,790 62.22%

ZACATECAS 12,171 7,509 61.70%

TOTAL 664,953 190,844 28.70% Fuente: Padrón de solicitudes y beneficiarios del ciclo escolar 2015-2016, de conformidad con el ACUERDO 16/12/2015 por el que se emiten

las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016. Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior

*Cifras al 06 de octubre de 2016.

Tabla 4

POBLACIÓN ATENDIDA DEL COMPLEMENTO DE LA BECA DE MANUTENCIÓN,

"TRANSPORTE", POR ESTADO Y POR SEXO. CICLO ESCOLAR 2015-2016*

ESTADO SEXO

TOTAL H %H M %M

AGUASCALIENTES 1,085 40.94% 1,565 59.06% 2,650

BAJA CALIFORNIA 975 43.66% 1,258 56.34% 2,233

BAJA CALIFORNIA SUR 450 38.36% 723 61.64% 1,173

CAMPECHE 535 52.55% 483 47.45% 1,018

CHIAPAS 4,883 52.77% 4,370 47.23% 9,253

CHIHUAHUA 2,500 46.62% 2,863 53.38% 5,363

COAHUILA 244 36.42% 426 63.58% 670

COLIMA 45 45.00% 55 55.00% 100

DISTRITO FEDERAL 15,834 46.85% 17,962 53.15% 33,796

DURANGO 1,369 45.91% 1,613 54.09% 2,982

GUANAJUATO 5,490 45.17% 6,664 54.83% 12,154

GUERRERO 2,789 42.30% 3,805 57.70% 6,594

HIDALGO 2,806 48.52% 2,977 51.48% 5,783

JALISCO 387 44.38% 485 55.62% 872

MEXICO 9,251 41.45% 13,070 58.55% 22,321

MICHOACAN 4,327 49.84% 4,355 50.16% 8,682

MORELOS 384 39.22% 595 60.78% 979

NAYARIT 488 50.15% 485 49.85% 973

NUEVO LEON 1,402 39.55% 2,143 60.45% 3,545

OAXACA 6,710 44.25% 8,455 55.75% 15,165

PUEBLA 3,494 46.02% 4,098 53.98% 7,592

QUERETARO 1,268 44.17% 1,603 55.83% 2,871

QUINTANA ROO 1,432 45.61% 1,708 54.39% 3,140

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SAN LUIS POTOSI 659 41.84% 916 58.16% 1,575

SINALOA 1,264 37.98% 2,064 62.02% 3,328

SONORA 2,233 39.59% 3,407 60.41% 5,640

TABASCO 2,362 43.27% 3,097 56.73% 5,459

TAMAULIPAS 822 43.08% 1,086 56.92% 1,908

TLAXCALA 776 43.50% 1,008 56.50% 1,784

VERACRUZ 2,393 48.42% 2,549 51.58% 4,942

YUCATAN 4,777 54.35% 4,013 45.65% 8,790

ZACATECAS 3,132 41.71% 4,377 58.29% 7,509

TOTAL 86,566 45.36% 104,278 54.64% 190,844

Fuente: Padrón de beneficiarios del ciclo escolar 2015-2016, de conformidad con el ACUERDO 16/12/2015 por el que se emiten las Reglas de

Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016. Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior

*Cifras al 6 de septiembre de 2016.

Montos máximos por beneficiario

Modalidad Tipo y monto de apoyo

Manutención

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n), o en el instrumento jurídico respectivo. Se otorgará una cantidad adicional a los/as estudiantes que requieran

trasladarse por medio de transporte público, de su lugar de residencia a la

escuela y realicen un pago por este concepto, así como a aquellos que tengan

un promedio de 9.0 (nueve) o su equivalente en una escala de 0 (cero) a 10

(diez) o más en el ciclo inmediato anterior.

La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se

emita (n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Capacitación

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n), o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad de los pagos será las previstas en la(s) convocatoria(s) que

se emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Continuación de

Estudios

El tipo, monto y concepto serán definidos el previsto en la(s) convocatoria(s) que se emitan, o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Prácticas

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emita, o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad de los pagos será prevista en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo

Titulación

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emita, o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Salario La beca es económica y el monto de la beca se otorgará de conformidad con

los montos, características y plazos que se definan en los Estados de la

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República Mexicana participantes y en la(s) convocatoria(s) que se emita, o

en el instrumento jurídico respectivo

La periodicidad de la beca será definida de conformidad con las

características que se definan en los Estados de la República Mexicana participantes y en la(s) convocatoria(s) que se emita(n), o en el instrumento

jurídico respectivo.

Servicio Social

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n), o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Excelencia

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se emitan, o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad de los pagos será las previstas en la(s) convocatoria(s) que

se emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Movilidad Internacional

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n), o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Movilidad Nacional

El tipo, monto y concepto serás definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emitan, o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Estudios de Especialidad,

Maestría, Doctorado y

Estancias Posdoctorales

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n), o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Profesionalización

Docente

El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se

emitan, o en el instrumento jurídico respectivo.

La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se

emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.

Atención a

contingencias o Planes a

nivel nacional o regional

No aplica

Fuente: ACUERDO número 16/12/2015 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016.

Acceso equitativo a grupos sociales y equidad de género

Dentro del Programa existen diferentes modalidades de becas cuyos beneficios se otorgan a los solicitantes que

cumplen con los requisitos correspondientes, entre ellos grupos sociales en razón de su vulnerabilidad y

marginación. Las convocatorias emitidas de conformidad con los anexos operados por la Coordinación Nacional

de Becas de Educación Superior estipulados en el programa, están dirigidas a estudiantes, recién egresados/as

y/o docentes, personal académico y profesores/as investigadores/as, investigadores/as y personal con

funciones de dirección (directores/as) de instituciones del sistema educativo nacional de educación superior.

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En los mencionados anexos, se externa el apoyo de manera diferenciada a los estudiantes de la educación

superior pública, incentivando su formación, permanencia, egreso oportuno. De manera general, se prioriza el

desempeño académico y además, de conformidad con el Anexo 13 del Presupuesto de Egresos de la Federación,

el programa participa en las acciones para la igualdad entre mujeres y hombres.

Criterios de selección

Para la asignación de las becas otorgadas por la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior, se

consideran los siguientes criterios:

Anexo 2: Beca de manutención

Ser alumno/a inscrito/a en algún servicio educativo o en una institución del sistema educativo nacional

en la que solicite la beca.

Provenir de un hogar cuyo ingreso sea igual o menor a cuatro salarios mínimos mensuales per cápita

vigentes al momento de solicitar la beca.

No haber concluido estudios del tipo educativo superior ni contar con un certificado de ese tipo

educativo, salvo en el caso de las becas para el transporte, toda vez que se trata de un apoyo que busca

cubrir los gastos del beneficiario/a en esta materia.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n),

o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con Entidades Federativas, asociaciones o

instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

Registrar su solicitud de beca, en los tiempos establecidos y a través del medio que se determine en las

convocatorias, durante los periodos para el registro de aspirantes a una beca.

Solicitantes que sean de nuevo ingreso, no requieren demostrar un promedio.

Ser mexicano/a.

Estar inscrito/a en un programa de licenciatura o TSU en una IPES.

Ser estudiante regular, salvo:

o Aquellos/a que están inscritos/as, o su familiar en primer grado, en el Registro Nacional de Víctimas.

o En el caso de licenciatura, los que estén inscritos/as en los primeros dos años del plan de estudios.

o En el caso de TSU, los que estén inscritos/as en el primer año del plan de estudios.

Para el caso de licenciatura contar con un promedio mínimo de 8.0 (ocho) a partir del quinto semestre

o su equivalente y, para TSU, a partir del tercer cuatrimestre.

Postular su solicitud en el SUBES.

Los/as estudiantes podrán recibir un monto adicional por cualquiera o por ambos de los siguientes

conceptos, deberán:

o Para transporte, comprobar que él/ella o su familia se encuentra en el padrón de beneficiarios/as

de PROSPERA Programa de Inclusión Social y/o que debe realizar un gasto mensual igual o mayor a

500 pesos para trasladarse a la institución educativa.

o Para alto rendimiento demostrar haber obtenido un promedio igual o superior a 9.0 (nueve) y menor

de 10 (diez), o su equivalente en una escala de 0 (cero) a 10 (diez), en el ciclo inmediato anterior

(año, semestre o cuatrimestre, según el plan de estudios), salvo los/as alumnos/as de nuevo ingreso

para quienes se tomará en cuenta el promedio general obtenido en sus estudios del tipo educativo

medio superior.

Anexo 3: Beca de Capacitación

No estar recibiendo algún beneficio económico otorgado para el mismo fin por cualquier

dependencia de la administración pública centralizada.

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Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se

emita(n), o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con asociaciones o instituciones

públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo al tipo de beca de que se trate.

Registrar su solicitud de beca a través del medio que se determine en las convocatorias, durante los

periodos para el registro de aspirantes.

Ser alumno/a regular, docente o egresado/a en una IPES.

Ser propuesto/a por su IPES o por un organismo público gubernamental, asociación o institución de

reconocido prestigio en los ámbitos académico, científico y/o de la investigación, con el cual la SEP

haya celebrado un instrumento jurídico para tal efecto.

Para alumnos/as contar con un promedio general mínimo de 8.0 (ocho) de calificación o su

equivalente en una escala de 0 (cero) a 10 (diez).

No haber realizado anteriormente el curso por el que se registra para solicitar la beca.

Postular su solicitud a través del SUBES.

Anexo 4: Beca para la Continuación de Estudios:

No haber concluido estudios del tipo educativo al que aplica ni contar con un certificado o título

profesional de ese tipo educativo o superior.

No contar con algún beneficio equivalente de tipo económico o en especie otorgado para el mismo

fin por otro organismo público del Gobierno Federal al momento de solicitar la beca y durante el

tiempo en que se reciba sus beneficios.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se

emita(n), o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con asociaciones o instituciones

públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo al tipo de beca de que se trate.

Ser mexicano/a.

Ser menor de 26 años.

Ser descendiente, en primer grado, de un (a) integrante de las Fuerzas Armadas.

Los/as hijos/as de militares desaparecidos/as o fallecidos/as en combate en contra del crimen

organizado, requerirán contar con calificación mínima aprobatoria de 6.0 (seis) o su equivalente en

una escala de 0 (cero) a 10 (diez) en el ciclo escolar precedente.

Los/as hijos/as de militares en activo, requerirán contar con calificación de 8.0 (ocho) o su

equivalente en una escala de 0 (cero) a 10 (diez) en el ciclo escolar precedente.

Postular su solicitud en el SUBES.

Anexo 5: Beca para Prácticas

Ser alumno/a regular de la institución en la que solicite la beca o en su caso, haber finalizado

satisfactoriamente las asignaturas del plan de estudios en una IPES durante los últimos dos años antes

de solicitar la beca.

No haber concluido estudios del tipo educativo al que aplica ni contar con un certificado de ese tipo

educativo.

No estar recibiendo algún beneficio económico otorgado para el mismo fin por dependencia de la

administración pública centralizada.

En caso de ser alumno/a, haber cubierto los créditos exigidos para la realización de la práctica (definidos

en el plan de estudios de las instituciones en que esté inscrito/a).

Haber sido aceptado/a para el desempeño de la práctica en alguno de los programas reconocidos por

la institución pública en la que el/la alumno/a curse sus estudios.

Contar CURP y una cuenta de correo electrónico vigente.

Contar con un promedio mínimo general de 8.0 (ocho) de calificación o su equivalente en una escala de

0 (cero) a 10 (diez).

Postular su solicitud a través del SUBES.

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Anexo 7: Beca o Apoyo para la Titulación

Haber cursado y aprobado el 100% o todas las asignaturas del programa de estudios, excepto en

aquellos planes de estudio en los que se requiera cursar alguna asignatura relacionada con el proceso de

titulación; o bien haber concluido dichos estudios durante el ciclo escolar inmediato anterior a la fecha

de cierre de la convocatoria respectiva.

No haber obtenido el grado académico al momento de solicitar la beca.

No haber recibido ni estar recibiendo algún beneficio económico otorgado para el mismo fin por

dependencia u organismo del Gobierno Federal.

Que el tema de tesis, o cualquier otro trabajo escrito profesional, haya sido aceptado por la institución

pública en la que el/la alumno/a haya cursado sus estudios y que dicha institución expida una carta en

la que indique la aceptación del método de titulación elegido por el alumno/a. (Excepto CINVESTAV).

Registrar su solicitud de beca a través del medio que se determine en las convocatorias, durante los

periodos para el registro de aspirantes a una beca.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n),

o bien en los instrumentos jurídicos que celebren cada una de las instancias ejecutoras con asociaciones

o instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo al tipo de beca de que se trate.

Mujeres que concluyeron su carrera, pero suspendieron su proceso de titulación por causa del embarazo

y cuidados maternos posteriores al parto, por un periodo máximo de dos años.

Ser alumno/a o egresado/a de licenciatura o TSU de una IPES.

Postular su solicitud a través del SUBES.

Anexo 8: Beca Salario

Ser alumno/a de un programa de estudios en una institución de educación pública.

No contar con algún tipo de beneficio económico para el mismo fin otorgado para su educación al

momento de solicitar la beca y durante el tiempo en que se reciba sus beneficios, excepto aquellos que

se otorguen como reconocimiento a la excelencia académica o aquellos otorgados por la institución por

concepto de inscripción, y demás que se establezcan en estas Reglas de Operación y convocatorias.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n),

o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con asociaciones o instituciones públicas o

privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo al tipo de beca de que se trate.

Ser mexicano/a

Ser estudiante de licenciatura o TSU en una IPES.

Participar mínimo 4 horas semanales en un proyecto de contribución social al entorno reconocido por la

IPES, por un tiempo mínimo de un semestre.

Postular su solicitud a través del SUBES.

Anexo 9: Beca Servicio Social

Ser alumno/a regular de la institución en la que solicite la beca, o ser egresado/a hasta con un año de

haber concluido el plan de estudios correspondiente avalado por la IPES.

No estar recibiendo algún beneficio económico otorgado para el mismo fin por dependencia u organismo

del Gobierno Federal.

Haber cubierto los créditos exigidos para la realización del servicio social (definidos en el plan de estudios

de las instituciones en que esté inscrito/a).

Haber sido aceptado/a para el desempeño del servicio social en alguno de los programas reconocidos

por la institución pública en la que el/la alumno/a curse sus estudios.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n),

o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con asociaciones o instituciones públicas o

privadas, nacionales o extranjeras.

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Contar con un promedio mínimo general de 8.0 (ocho) de calificación o su equivalente en una escala de

0 (cero) a 10 (diez).

Contar con la aceptación para realizar el servicio social.

Postular su solicitud a través del SUBES.

Constancia de aceptación del servicio social.

Contar CURP y una cuenta personal de correo electrónico vigente.

Constancia de la IPES de aceptación de servicio social.

Anexo 10: Beca de Excelencia

Estar inscrito/a en una institución del sistema educativo nacional superior y ser estudiante regular (no

adeudar materias).

No estar disfrutando de otra beca o apoyo económico para el mismo fin otorgado por algún organismo

público o privado. En caso de que el (la) alumno (a) cuente con algún beneficio equivalente de tipo

económico o en especie otorgado para su educación por organismo público o privado, deberá renunciar

a este apoyo para ser sujeto de asignación de una beca en este programa.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n),

o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con asociaciones o instituciones públicas o

privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo al tipo de beca de que se trate.

Contar con CURP.

Haber obtenido durante el ciclo escolar inmediato anterior un promedio general de 10 (diez) de

calificación o su equivalente en una escala de 0 (cero) a 10 (diez) o haber obtenido algún

reconocimiento académico otorgado por instituciones públicas, nacionales o extranjeras, como

consecuencia de su participación en algún concurso o evento similar en los ámbitos académico, científico

y/o de la investigación, o haber sido propuesto por asociaciones o instituciones de reconocido prestigio

en los ámbitos académico, científico y/o de la investigación.

Postular su solicitud a través del SUBES.

Anexo 11: Beca de Movilidad Internacional

Ser alumno/a regular o personal académico y/o directivo en activo/a de la institución en la que solicite

la beca.

No haber concluido estudios del tipo educativo superior ni contar con un certificado de conclusión de

ese tipo educativo.

Contar con el nivel de la lengua extranjera que acredite lo solicitado por la institución receptora, en caso

de que vaya a un país de lengua extranjera.

No haber recibido algún tipo de apoyo económico por parte del Gobierno Federal para realizar una

estancia de movilidad en el mismo tipo educativo en los últimos 3 años.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n),

o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con asociaciones, instituciones, organizaciones u

organismos públicos privados, nacionales, extranjeros, bilaterales, multilaterales o internaciones, de

acuerdo al tipo de beca de que se trate.

No haber recibido una beca por parte de la DGRI para realizar una estancia de movilidad en el mismo

tipo educativo en el año inmediato anterior a la publicación de esta convocatoria.

Contar con un promedio general mínimo de 8.5 (ocho punto cinco) de calificación o su equivalente en

una escala de 0 (cero) a 10 (diez).

Haber sido aceptado/a en un programa de intercambio educativo, no mayor a un año, en una institución

de educación superior.

Postular su solicitud a través del SUBES.

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Anexo 12: Beca de Movilidad Nacional

Ser alumno/a regular de la institución en la que solicite la beca.

No haber concluido estudios del tipo educativo superior ni contar con un certificado de conclusión de

ese tipo educativo.

No estar recibiendo algún beneficio económico otorgado para el mismo fin por dependencia de la

administración pública centralizada.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n),

o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con asociaciones o instituciones públicas o

privadas, nacionales o extranjeras, de reconocido prestigio en los programas de movilidad, impulsados,

avalados y reconocidos por la SEP.

Contar con un promedio general mínimo de 8.5 (ocho punto cinco) de calificación o su equivalente en

una escala de 0 (cero) a 10 (diez).

No haber recibido algún tipo de apoyo económico por parte del Gobierno Federal para realizar una

estancia de movilidad en los últimos 2 años.

Haber sido aceptado/a en un programa de intercambio educativo, no mayor a un año, en una IPES.

Postular su solicitud a través del SUBES.

Anexo 13: Beca apara Estudios de Especialidad, Maestría, Doctorado y Estancias Posdoctorales

Cuando la solicitud de beca se realiza en línea, se deberá adjuntar la información que el sistema requiera.

En caso contrario se deberá presentar la solicitud debidamente formulada y acompañada de la

documentación requerida en el lugar indicado en la convocatoria.

Podrán participar alumnas/os inscritas/os en estudios de especialidad.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n).

No contar con una beca de manutención o equivalente a la que otorga el CONACyT o no recibir algún

pago por concepto de manutención por asuntos no relacionados con el desempeño académico.

No estar recibiendo algún beneficio económico otorgado para el mismo fin por dependencia u organismo

del Gobierno Federal.

En el caso de maestrías nacionales: estar inscrito/a en una IPES en un programa maestría cuya duración

no sea mayor a dos años y que no forme parte del Padrón del Programa Nacional de Posgrados de

Calidad del CONACyT.

Para maestrías en el extranjero:

o Ser mexicano/a.

o Ser estudiante o egresado/a de una IPES y propuesto por ésta para realizar una maestría en el

extranjero.

Postular su solicitud a través del SUBES.

Anexo 15: Beca para la Profesionalización Docente

Ser docente de escuelas públicas del tipo educativo superior.

Estar en activo en la institución en la que solicite la beca.

Participar en programas de formación profesional, de capacitación profesional o de actualización, que

contribuyan con su formación docente.

No estar recibiendo algún beneficio económico otorgado para el mismo fin por dependencia u organismo

del Gobierno Federal según lo establecido en la convocatoria de cada instancia ejecutora.

Cumplir con los requisitos que se establezcan en la(s) convocatoria(s) de cada instancia ejecutora que

para tal efecto se emita(n), o bien en los instrumentos jurídicos que celebre la SEP con asociaciones o

instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo al tipo de beca de que se trate.

Haber sido aceptado/a o encontrarse realizando algún programa de especialidad, maestría o doctorado

en su IPES de adscripción.

Postular su solicitud a través del SUBES

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Mecanismos de distribución, operación y administración

El procedimiento general para la solicitud, selección y asignación de una beca operada por la Coordinación

Nacional de Becas de Educación Superior es el siguiente:

Procedimiento general para la solicitud, selección y asignación de una beca

1 Convocatoria

Emitir y publicar la(s) convocatoria(s) o los

instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada

instancia ejecutora para brindarle información al usuario

sobre las características del apoyo y el medio para

adquirirlo (sólo aplica a las instancias ejecutoras que

emiten o publican convocatoria).

Instancias ejecutoras del

Programa.

2 Solicitud

Capturar la información que se requiera en la solicitud, a

través del medio que se determine en la convocatoria.

Integrar en el sistema electrónico de registro o bien de

manera física la documentación requerida en la

convocatoria respectiva y en los anexos de las presentes

Reglas de Operación, como parte de su expediente.

Aspirante.

3 Validación de

datos

Recibir, revisar y validar los documentos entregados por

los solicitantes para la conformación de los expedientes.

Instancias ejecutoras del

Programa, el Comité de

Becas o su equivalente.

4 Preselección

Elaborar una propuesta de asignación de becas conforme

los expedientes que hayan cumplido con los requisitos.

Realizar una confronta de padrones con otros Programas

sociales, a fin de evitar duplicidad en otorgamientos con

el mismo objetivo.

Instancias ejecutoras del

Programa.

5. Evaluación Evaluar las propuestas con base en los padrones

obtenidos por el sistema estadístico que determinen.

Instancias ejecutoras del

Programa y/o los Comités

de Becas o equivalentes.

6 Conformación

del padrón Asignar becas y emitir el listado de becarios/as.

Instancias ejecutoras del

Programa y/o los Comités

de Becas o equivalentes.

7. Notificación y

publicación de

resultados

Publicar el listado de beneficiarios/as por el medio que

cada una determine, brindando la atención oportuna de

aclaraciones.

Elaborar y remitir el listado de los/as beneficiarios/as a la

institución bancaria correspondiente conforme al

formato acordado con la misma para su pago.

Instancias ejecutoras del

Programa.

8 Asignación de

la beca

Disponer del recurso o del objeto de la beca monetaria o

en especie. Aspirante.

Fuente: ACUERDO número 16/12/2015 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016.

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III Informe Trimestral Julio Septiembre de 2016

S243 Programa Nacional de Becas

Nezahualcóyotl 127, piso 9, Col. Centro Histórico, Del. Cuauhtémoc, Ciudad de México, CP. 06010

t. (55) 36 01 10 00, ext. 65758 www.sep.gob.mx

Subsecretaría de Educación Superior

ca

Los anexos operados por la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior, del Programa Nacional de

Becas, cuentan con un padrón de solicitantes y beneficiarios en el cual se recopila información personal,

socioeconómica y académica de estos últimos. El padrón de beneficiarios es el instrumento de operación,

administración y seguimiento de las becas otorgadas. Además, esto asegura que todos los estudiantes

seleccionados cumplan con los criterios de elegibilidad dispuestos en los lineamientos de operación del Programa

para ser beneficiarios de la beca.

Mecanismos de seguimiento, supervisión y evaluación

Seguimiento

A través del Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH), se publica el avance de los

indicadores correspondiente a las metas establecidas para el Programa Nacional de Becas en el Presupuesto de

Egresos de la Federación del ejercicio fiscal 2016.

Supervisión

Se instrumentan acciones de supervisión para cada convocatoria. En particular la Coordinación Nacional de

Becas de Educación Superior valida la información de alumnos y docentes, por medio del registro de la ficha

escolar y ficha docente en el Sistema Único de Educación Superior por cada una de las Instituciones Públicas de

Educación Superior. Esta información deberá de ser permanentemente actualizada, informando también la

información necesaria para dar seguimiento a los catálogos de institución, plantel y carrera

Adicionalmente se valida la procedencia de todas y cada una de las solicitudes de becas, haciendo énfasis en la

documentación comprobatoria de los requisitos de elegibilidad del Programa.

Evaluación Interna

Las instancias ejecutoras del Programa podrán instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin

de monitorear el desempeño del Programa construyendo, para tal efecto, indicadores relacionados con sus

objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la MML. El procedimiento se operará considerando la

disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen.

Evaluación Externa

La SPEPE, en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento Interior de la SEP, designa a la Dirección

General de Evaluación de Políticas como la unidad administrativa ajena a la operación de los Programas que, en

coordinación con las UR, instrumentarán lo establecido para la evaluación externa de programas federales, de

acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el PEF para el ejercicio fiscal 2016, los Lineamientos Generales

para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de

Evaluación.

Asimismo, es responsabilidad de cada instancia ejecutora del Programa cubrir el costo de las evaluaciones

externas, continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en los programas anuales de evaluación de años

anteriores. En tal sentido y una vez concluidas las evaluaciones del Programa, éste habrá de dar atención y

seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora.

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Fuentes alternativas de financiamiento

Los montos de las becas se cubren conforme a la disponibilidad presupuestal del Programa Nacional de Becas,

mediante los mecanismos y en las fechas establecidas en las convocatorias.

Coordinación entre actores

Para evitar la duplicidad de ejercicios y reducir gastos administrativos, la Subsecretaría de Educación Superior y

la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior verifican que los anexos operados por esta

Coordinación Nacional, correspondientes al Programa Nacional de Becas no se contraponga, afecte o presente

duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos

otorgados y población objetivo. Es por eso que se toman las siguientes medidas:

a) Ninguna persona podrá recibir dos o más becas al amparo de la Coordinación Nacional de Becas de

Educación Superior, a excepción de la beca de excelencia o aquellas que persigan fines distintos.

b) En el caso de que un/a beneficiario/a se encuentre duplicado/a posterior a la publicación de resultados

de una convocatoria de padrones adicional, éste/a será dado de baja de la beca de menor beneficio

económico.

Temporalidad del otorgamiento

La duración de los apoyos otorgados por la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior, a través del

Programa Nacional de Becas, se establecerá conforme a las convocatorias correspondientes.

Obligaciones, suspensión, cancelación o reintegro de la beca

Obligaciones

I. Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con lo señalado en las presentes Reglas de Operación, los

anexos y documentos adicionales correspondientes y en su caso en la convocatoria(s) que se emita(n)

o en los instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia ejecutora.

II. Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información que le sea requerida por la instancia ejecutora.

III. Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las autoridades educativas, a las del plantel y al personal

de la instancia ejecutora correspondiente.

IV. Suscribir la documentación que determine la instancia ejecutora o en su caso la instancia normativa para

la formalización del otorgamiento de la beca.

V. Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el(los) documento(s) que formaliza(n) el

otorgamiento de la beca, conforme lo establecido en las presentes Reglas de Operación.

VI. Realizar, en caso de decidir participar, las actividades de contraloría social que determine cada una de

las instancias ejecutoras.

VII. Presentar ante las autoridades de la SES, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos

que hubiere presentado en las IPES que los postuló a las becas.

VIII. Presentar el documento que avale la conclusión del proyecto objeto de la beca dentro de los tiempos

especificados en la convocatoria.

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IX. Registrar de manera correcta la clabe interbancaria en el SUBES, en los plazos establecidos en las

convocatorias.

Suspensión

La suspensión de una beca no podrá ser mayor a los tiempos establecidos en la(s) convocatoria(s) de cada

instancia ejecutora. Los casos no previstos se someterán a consideración del Comité de Becas o su equivalente

en cada instancia ejecutora. En caso de suspensión, el Comité de Becas o su equivalente en cada instancia

ejecutora correspondiente informará a petición de la persona beneficiaria y en su caso el/la tutor/a

académico/a por escrito o por correo electrónico sobre la causa de su suspensión y las razones que la

fundamentan.

Cuando alguna beneficiaria del presente Programa se encuentre en estado de gravidez, en parto o puerperio no

le será suspendida la beca.

Cancelación

I. Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las presentes Reglas de Operación y en

la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en los instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada

instancia ejecutora.

II. Cuando el/la beneficiario/a renuncie a la beca y lo manifieste mediante un escrito dirigido a la instancia

ejecutora correspondiente del Programa o bien a la AEL correspondiente.

III. Fallecimiento del beneficiario/a.

IV. Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los anexos correspondientes de las presentes

Reglas de Operación.

V. De detectarse falsedad en la información exhibida por el/la beneficiario/a.

VI. Cuando alguna beneficiaria del presente Programa se encuentre embarazada, en parto o puerperio no

le será cancelada la beca.

Dependiendo del motivo de la cancelación de la beca, la instancia ejecutora podrá solicitar el reintegro de los

pagos realizados hasta ese momento, conforme al procedimiento que determine cada una.

En caso de que la instancia ejecutora o Comités de Becas identifiquen que el/la beneficiario/a entregó

información falsa para lograr la asignación de la beca, se dará parte a la autoridad competente para que proceda

conforme a derecho.

Reintegro

El reintegro de la beca será aplicable cuando la instancia ejecutora del Programa lo determine dentro de la(s)

convocatoria(s) que se emita(n) o en los instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia ejecutora,

ya sea de forma total o parcial, garantizando la devolución al erario federal. Los casos no previstos se someterán

a consideración del Comité de Becas o su equivalente en cada instancia ejecutora. En caso de reintegro, el

Comité de Becas o su equivalente en cada instancia ejecutora correspondiente, especificará el procedimiento

que deberá seguir el/la beneficiario/a para realizarlo.

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Recursos Financieros

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS

(S243)

DE ENERO A SEPTIEMBRE DE 2016

PRESUPUESTO 2016

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS S243 5,972,195,516.00

PRESUPUESTO AUTORIZADO 5,972,195,516.00

REDUCCIONES AL PRESUPUESTO

S.H.C.P. 550,000,000.00

REDUCCIÓN "SEMS" 450,000,000.00

S.H.C.P. 550,000,000.00

REDUCCIÓN SHCP (REINTEGROS HAITÍ) 44,430.10

PRESUPUESTO DISPONIBLE 4,422,151,085.90

PRESUPUESTO 2016

GASTOS DE OPERACIÓN 119,443,910.32

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS S243 (Subsidios) 4,302,707,175.58

4,422,151,085.90

PRESUPUESTO EJERCIDO AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016

GASTOS DE OPERACIÓN Nota (*) 1,006,549.01

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS S243 2,397,658,371.17

PRESUPUESTO EJERCIDO 2,398,664,920.18

OTROS PAGOS DE BECAS

TRANSFERENCIAS A OTRAS UR's (Adecuaciones) 244,397,595.00

PRESUPUESTO POR EJERCER

GASTOS DE OPERACIÓN 118,437,361.31

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS S243 1,660,651,209.41

T O T A L 1,779,088,570.72

Nota (*) Se aclara que en el rubro del Presupuesto Ejercido, en el renglón de Gastos de Operación, no se considera lo relativo al capítulo 1000, debido a que este no es operado por la Coordinación Nacional de Becas y presupuestalmente no contamos con

información.

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ANEXO

De conformidad al Artículo 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,

en el cual se establece que las dependencias y las entidades a través de su dependencia coordinadora de sector,

deberán enviar trimestralmente a la Cámara de Diputados, por conducto de las comisiones correspondientes,

turnando copia a la Secretaría y a la Función Pública, informes sobre el presupuesto ejercido entregado a los

beneficiarios a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como informes sobre el cumplimiento de las metas y

objetivos con base en indicadores de desempeño previstos en las Reglas de Operación, incluidos los

correspondientes a los convenios formalizados con las organizaciones a que se refiere el artículo 178 de este

Reglamento. Dichos informes se deberán presentar a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a la

terminación de cada trimestre, salvo en el caso de programas que operen en zonas rurales aisladas y de difícil

acceso, que cuenten con las autorizaciones de las Comisiones para remitir la información en un plazo distinto.

Aquellas dependencias y entidades que utilicen fideicomisos, mandatos o análogos para apoyar la entrega a los

beneficiarios de los recursos de los programas sujetos a Reglas de Operación, de conformidad con lo establecido

en las disposiciones aplicables, tendrán que incorporar en los informes previstos en el presente artículo, el avance

en el cumplimiento de la misión y fines conforme a lo dispuesto en las Reglas de Operación del programa, y a lo

siguiente:

I. Ingresos del periodo;

II. Rendimientos financieros del periodo;

III. Egresos del periodo y su destino;

IV. Disponibilidades o saldo del periodo, y

Al respecto se informa lo siguiente:

ANEXO 2. BECAS DE MANUTENCIÓN

Estado/ Institución I. Ingresos del

periodo

II. Rendimientos

financieros del

periodo

III. Egresos del

periodo y su

destino

IV. Disponibilidades

o saldo del periodo

AGUASCALIENTES $ 415,000.00 $3,218.26 $11,829,122.65 $ 5,116,087.14

BAJA CALIFORNIA $13,528,000.00 $200,939.47 $ 8,270,381.05 $ 6,777,877.06

BAJA CALIFORNIA SUR $12,000,000.00 $11,641.45 $ 7,702,681.41 $ 5,528,716.91

CAMPECHE $13,000,000.00 $33,262.46 $10,479,617.68 $ 5,772,507.78

COAHUILA ** ** ** **

COLIMA - $ 4,398.83 - $ 481,639.44

CHIAPAS * * * *

CHIHUAHUA ** ** ** **

DURANGO ** ** ** **

GUANAJUATO * * * *

GUERRERO ** ** ** **

HIDALGO - $ 524,191.41 $55,503,602.12 $38,465,503.70

JALISCO $ 19,536,000.00 $66,054.12 $35,844,858.62 $41,464,313.17

MEXICO **** **** **** ****

MICHOACAN - - - -

MORELOS *** *** *** ***

NAYARIT ** ** ** **

NUEVO LEON - $ 202,046.03 $7,913,993.50 $ 21,376,642.18

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OAXACA ** ** ** **

PUEBLA $19,819,540.00 $ 149,125.92 $57,711,467.97 $ 22,430,261.19

QUERETARO $28,000,000.00 $ 56,490.38 $24,018,987.00 $6,477,189.09

QUINTANA ROO $11,109,753.00 $ 36,251.95 $20,717,746.18 $8,343,256.72

SAN LUIS POTOSI ** ** ** **

SINALOA $53,228.33 $20,438.00 $7,195,329.43 $ 339,872.58

SONORA *** *** *** ***

TABASCO *** *** *** ***

TAMAULIPAS ** ** ** **

TLAXCALA - $ 73,460.41 $ 9,175,358.00 $ 6,904,250.01

VERACRUZ - $ 926,244.34 $85,207,117.06 $83,026,752.49

YUCATAN ** ** ** **

ZACATECAS ** ** ** **

ESCUELA NACIONAL DE

ANTROPOLOGÍA E HISTORIA

(ENAH)

** ** ** **

INSTITUTO POLITÉCNICO

NACIONAL (IPN) * * * *

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

METROPOLITANA (UAM) ** ** ** **

UNIVERSIDAD NACIONAL

AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM)

$95,167,160.00 $126,755.40 $80,990,321.04 $43,176,625.42

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA

NACIONAL (UPN) ** ** ** **

DIRECCIÓN GENERAL DE

EDUCACIÓN NORMAL Y

ACTUALIZACIÓN DEL

MAGISTERIO (DGENAM)

- $ 1,234.10 $ 5,544,244.00 $5,877,510.10

TECNOLÒGICO NACIONAL

DE MÈXICO (TNM) * * * *

* EL ESTADO/INSTITUCIÓN ENVIÓ INFORMACIÓN, MISMA QUE SE ENCUENTRA EN REVISIÓN POR LA CNBES.

** EL ESTADO/INSTITUCIÓN ENVIÓ INFORMACIÓN CON ERRORES, SE SOLICITÓ VALIDACIÓN Y CORRECCIÓN, NO HAY RESPUESTA. *** A LA FECHA EL ESTADO/INSTITUCIÓN NO HA ENVIADO INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A ESTE TRIMESTRE.

LA INFORMACIÓN FINANCIERA PRESENTADA, CORRESPONDE AL 2DO TRIMESTRE DE 2016, LO ANTERIOR YA QUE AL DÍA DE HOY LOS FIDEICOMISOS NO RECIBEN LOS ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS PARA PODER EMITIR SU INFORMACIÓN FINANCIERA CORRESPONDIENTE AL 2DO TRIMESTRE DE 2016.

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RECURSOS FEDERALES QUE RECIBEN UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR POR

CONVENIO

Programa

Universidad / Institución

I. Ingresos del

periodo

II. Rendimientos

financieros del

periodo

III. Egresos del

periodo y su

destino

IV.

Disponibilidades

o saldo del

periodo

Programa de Capacitación

Académica para Estudiantes y

Docentes miembros del cuerpo

directivo de Escuelas Normales

Públicas en Francia SEP-CRFDIES 2016.

Centro Regional de Formación

docente e Investigación educativa

del Estado de Sonora

$10,854,000.00 $510.20 $0.00 $10,854,510.20

Programa de Formación de

Ingenieros "MEXFITEC" México-Francia-Ingenieros-Tecnología

SEP-BUAP 2016-2017.

Benemérita Universidad

Autónoma de Puebla.

$32,932,384.00 $203,384.53 $5,177,865.50 $27,957,903.03

Programa de Formación de

Técnicos Superiores MEXPROTEC

SEP-UTM 2016-2017. Universidad Tecnológica

Metropolitana (Yucatán UTM)

* * * *

Programa de Posgrado-Mestría

Franco-Mexicano (segundo año de

la generación 2015-2017 y

primer año de la generación 2016-

2018) SEP-UNAM 2016. Universidad Nacional Autónoma

de México

$11,400,000.00 $0.00 $0.00 $11,400,000.00

SEP-BÉCALOS-SANTANDER

UNIVERSIDADES-UTR 2016.

Universidad Tecnológica el Retoño

*** *** *** ***

SEP-BÉCALOS-SANTANDER

UNIVERSIDADES-UPMH 2016. Universidad Politécnica

Metropolitana de Hidalgo

$26,722,575.00 $0.00 $0.00 $26,722,575.00

Programa Pedagógico "CUMEX

Petal" Generación 2014 (cuarto

semestre de la séptima

generación).

Consorcio de Universidades Mexicanas A.C.

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00

* La Universidad/Institución envió información, se encuentra en proceso de revisión. ** La Universidad/Institución envió información con errores, se solicitó su revisión y validación.

*** A la fecha la Universidad/Institución no ha enviado información correspondiente a este trimestre.

Respecto a la intervención en los artículos 69 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad

Hacendaria y al 177 del Reglamento a la Ley en mención, se informa que no es ámbito de competencia de esta

Coordinación Nacional reportar dato alguno.