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SECRETO INDUSTRIAL Y CONFIDENCIALIDAD Aldo Ricardo Rodríguez cortés UN COMPENDIO DE PROPIEDAD INTELECTUAL new law books for a new law era. Lawgig

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SECRETO INDUSTRIAL Y CONFIDENCIALIDAD

Aldo Ricardo Rodríguez cortés

UN COMPENDIO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

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Lawgig

SECRETO INDUSTRIAL Y CONFIDENCIALIDAD

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Aldo Ricardo Rodríguez cortés

Todos los Derechos Reservados. © 2014 Primera Edición

Impreso en México

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A mi familia de las mañanas, como a mi equipo de trabajo.

Celina Bailón Georgina Bautista

Anais FonsecaUlises Torres

Gustavo Álvarez

Por su paciencia, cariño y entrega.

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I.- INTRODUCCIÓN.............................................................

1.- CAPÍTULO I. DEFINICIONES DE CONFIDENCIALI-DAD.........................................................................................

1.- Palabras clave........................................................... 2. Activo Intangible definición......................................

2. CAPÍTULO II. BASE HISTÓRICA.....................................

1. Base legal actual del Secreto Industrial en México.....

3. CAPÍTULO III. IMPORTANCIA DE LOS SECRETOS INDUSTRIALES O INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.....

1. Razones prácticas de la existencia del Secreto Indus- trial............................................................................... 2. Ventajas del secreto industrial...................................... 4. CAPÍTULO IV. IDENTIFICACIÓN DEL SECRETO DUSTRIAL...............................................................................

1. Reglas y excepciones.................................................. 1.1 Reglas..................................................................... 1.2 Excepciones de la regla............................................

5. CAPÍTULO V. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL COMO ACTIVO INTANGIBLE.............................................

1. Listado de Información considerable Secreto Indus- trial...............................................................................

6. CAPÍTULO VI. MEDIOS DE GENERACIÓN DE IN-FORMACIÓN CONFIDENCIAL...........................................

1. Laboral.....................................................................

7. CAPÍTULO VII. SABOTAJES, INGENIERÍA INVERSA, TERMINACIÓN DEL SECRETO INDUSTRIAL..................

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ÍNDICE

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8. CAPÍTULO VIII. CONTRATO DE CONFIDENCIALI-DAD.........................................................................................

1. Clasificación del contrato de confidencialidad.......... 2. Estructura recomendada del contrato.........................

9. CAPÍTULO IX. DELITOS E INCUMPLIMIENTOS RELACIONADOS CON EL SECRETO INDUSTRIAL.........

1. Delitos relacionados a la revelación de secretos in- dustriales.......................................................................

10. CAPÍTULO X. EL SECRETO INDUSTRIAL EN LOS NEGOCIOS, FRANQUICIAS, DISTRIBUCIONES Y CON-CESIONES...............................................................................

11. CAPÍTULO XI. SECRETO INDUSTRIAL. BASE LE-GAL MÉXICO.........................................................................

1. Ley de la Propiedad Industrial.................................... 2. Código Penal.............................................................. 3. Ley Federal del Trabajo..............................................

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INTRODUCCIÓN

Los secretos también son una parte de la comunicación en los negocios, la información es poder y el control de la misma pertenecen a quienes la poseen, por lo que el secreto industrial se convierte en una he-rramienta en los negocios y una ventaja competitiva en cualquier sector o industria.

Los secretos industriales o secretos comerciales como se les conoce en los demás países de habla hispana, es aquella información que tiene un impacto positivo o negativo en la empresa ya que brinda por un lado mejores procesos, fórmulas y técnicas de mercado, o puede ocultar información negativa.

La confidencialidad es vital para la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías ya que ellas tienen una inversión y como premio a ella la exclusividad por medio de su protección como propiedad intelec-tual o su celo y reserva como secreto industrial.

Los secretos industriales también tienen una contrafuerza, que es el espionaje industrial, el cual se lleva a cabo por personas contratadas para éste fin, este libro analiza dichas conductas y sus consecuencias, ci-viles, administrativas y penales.

El análisis de contratos, base histórica y su práctica desde un punto de vista económico componen el presente estudio.

11DEFINICIONES

CAPÍTULO I

DEFINICIONES DE CONFIDENCIALIDAD

13DEFINICIONES

CAPÍTULO I

DEFINICIONES DE CONFIDENCIALIDAD

La confidencialidad tiene muchas acepciones en el mundo del derecho, los negocios y la economía, “información es poder” y por ello existe cierta información “clasificada” la cual no debe estar al alcance de cualquier persona.

La Universidad de Harvard define: “La información es confi-dencial cuando su divulgación pueda causar una responsabilidad civil o penal, o dañar la capacidad financiera, la empleabilidad, la reputación o intereses de la persona expuesta o de la empresa.”1

Aquello que debe permanecer ignorado, desconocido u oculto por voluntad de la persona que a consecuencia de su revelación pueda sufrir una contrariedad o un perjuicio.2

Palabras claves

Pueden ser comunes en concepto las siguientes acepciones, que ellas son Secreto Industrial, Información Confidencial, Secreto Comer-cial, Información Clasificada , Información Reservada e Información Privilegiada.

A continuación definiré aquellas que resulten más importantes para éste estudio.

A) Secreto Industrial

Se considera Secreto Industrial a toda información de aplicación industrial o comercial que guarde una persona física o moral

1 Harvard Faculty of Arts and Sciences. “Departament of Economics” <http://economics.harvard.edu/faq/how-does-harvard-define-confidential-information-ci> (01 Agosto 2014)2 Hojas Instituto de investigaciones eléctricas

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con carácter confidencial, que le signifique obtener o mantener una ven-taja competitiva o económica frente a terceros en la realización de activi-dades económicas y respecto de la cual haya adoptado los medios o siste-mas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma.

La información de un Secreto Industrial necesariamente deberá estar referida a la naturaleza, características o finalidades de los produc-tos; a los métodos o procesos de producción; o a los medios o formas de distribución o comercialización de productos o prestación de servicios.

No se considerará Secreto Industrial aquella información que sea del dominio público, la que resulte evidente para un técnico en la ma-teria, con base en información previamente disponible o la que deba ser divulgada por disposición legal o por orden judicial. No se considerará que entra al dominio público o que es divulgada por disposición legal aquella información que sea proporcionada a cualquier autoridad por una persona que la posea como Secreto Industrial, cuando la proporcione para el efecto de obtener licencias, permisos, autorizaciones, registros, o cualesquiera otros actos de autoridad.3

La información, deberá constar en documentos, medios elec-trónicos o magnéticos, discos ópticos, microfilmes, películas u otros instrumentos similares.

B) Información Confidencial

Se considera Información Confidencial;

C) Secreto Comercial

3 Ley de la propiedad industrial Art. 82

I) Aquella que sea secreta en el sentido de que no sea, como cu-erpo o en la configuración, reunión precisa de sus componentes, generalmente conocida ni fácilmente accesible para personas in-troducidas en los círculos en que normalmente se utiliza el tipo de información en cuestión.

II) Tenga un valor comercial por ser secreta.

III) Haya sido objeto de medidas razonables, en las circunstan-

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Los Secretos Comerciales pueden ser principalmente de dos ti-pos: por una parte, los Secretos Comerciales pueden concernir a inven-ciones o procesos de fabricación que no satisfagan los criterios de patenta-bilidad y, por consiguiente, puedan protegerse únicamente como Secretos Comerciales. Este podría ser el caso de las listas de clientes o de procesos de fabricación que no sean lo suficientemente inventivos para que se les conceda una patente (aunque puedan gozar de protección como modelo de utilidad). Por otra parte, los Secretos Comerciales pueden concernir a invenciones que satisfagan los criterios de patentabilidad y, por consi-guiente, puedan ser protegidos por patentes. 6

D) Información Reservada

Información Reservada, aquella a la que sólo los agentes económi-cos con interés jurídico en el procedimiento pueden tener acceso. 7

Otra definición

Los documentos calificados de manera motivada como reserva

cias, para mantenerla, secreta, tomadas por la persona que legíti-mamente la controla.4

Otra definición.

Información Confidencial: Aquélla que de divulgarse pueda causar un daño o perjuicio en la posición competitiva de quien la haya proporcionado, contenga datos personales cuya difusión requiera su consentimiento, pueda poner en riesgo su seguridad o cuando por disposición legal se prohíba su divul-gación. 5

4 Argentina, Ley de confidencialidad sobre información y productos que es-ten legitimamente bajo control de una persona y se divulgue indebidamente de manera contraria a los usos comerciales honestos. Artículo 1.5 Ley Federal de Competencia Económica Artículo 3 6 Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. “¿Patentes o secretos comerciales?” <http://www.wipo.int/sme/es/ip_business/trade_secrets/patent_ trade. htm)> (01 Agosto 2014)7 Ley Federal de Competencia Económica Artículo 31

16 SECRETO INDUSTRIAL Y CONFIDENCIALIDAD

dos por el Consejo de Seguridad Nacional, por razones de de-fensa nacional, de conformidad y que son:

1) Los planes y órdenes de defensa nacional, militar, movilización, de operaciones especiales y de bases e instalaciones militares ante posibles amenazas contra el Estado. 2) Información en el ámbito de la inteligencia, específicamente los planes, operaciones e informes de inteligencia y contra inteli-gencia militar, siempre que existiera conmoción nacional. 3) La información sobre la ubicación del material bélico cuando ésta no entrañe peligro para la población. 4) Los fondos de uso reservado exclusivamente destinados para fines de la defensa nacional.5) Las informaciones expresamente establecidas como reservadas en leyes vigentes. 8

8 Código Penal Uruguay 9 Ley orgánica de transparencia y acceso a la información pública ecuador.

E) Información Privilegiada

Se considera Información Privilegiada la información o datos de carácter reservado que haya conocido en razón o en ocasión de su empleo.8

Aspectos comunes de las definiciones

De las anteriores definiciones podemos concluir que todas ellas tienen en común los siguientes aspectos;

a) Información b) Secreta c) Controlada o controlable d) Identificable e) Constituye un beneficio / tiene valor comercial f ) Privada o pública

Estas son casi en su totalidad coincidentes con la definición de activo intangible de la norma internacional de contabilidad la cual de-nomina así lo que es un activo intangible.

17DEFINICIONES

Activo Intangible Definición

Recursos intangibles tales como el conocimiento científico o tecnológico, el diseño e implementación de nuevos procesos o nuevos sistemas, las licencias o concesiones, la propiedad intelectual, los co-nocimientos comerciales o marcas (incluyendo denominaciones co-merciales y derechos editoriales). Otros ejemplos comunes de partidas que están comprendidas en esta amplia denominación son los programas informáticos, las patentes, los derechos de autor, las películas, las listas de clientes, los derechos por servicios hipotecarios, las licencias de pesca, las cuotas de importación, las franquicias, las relaciones comerciales con clientes o proveedores, la lealtad de los clientes, las cuotas de mercado y los derechos de comercialización.

No todos los activos descritos en el párrafo 9 cumplen la definición de activo intangible, esto es, identificabilidad, control sobre el recurso en cuestión y existencia de beneficios económicos futuros.