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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 173 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación Servicio de Conservación y Edificación Deficiente Departamento de Intervención en la Edificación ANUNCIO El director general de Ejecución y Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda por su resolución de fe- cha 23 de septiembre ha dispuesto lo siguiente: Primero.—Disponer en ejecución sustitutoria el saneamiento de los elementos de fachada con peligro de desprendimiento en la fin- ca número 32 de la calle del Vizconde de Matamala, de esta capital, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ordenanza de Con- servación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 22 de diciembre de 2003, en relación con lo dispuesto en el ar- tículo 170.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comu- nidad de Madrid. Dichas obras serán llevadas a cabo por “FCC Construcción, Sociedad Anónima”, empresa adjudicataria del Ayuntamiento por decreto de fecha 17 de diciembre de 2007 de la delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, bajo la di- rección facultativa de los técnicos municipales adscritos al Departa- mento de Intervención del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente. Segundo.—Significar a la propiedad de la finca número 32 de la calle del Vizconde de Matamala que no se avanza presupuesto al desconocerse el alcance de la actuación; por lo que una vez elabora- das las correspondientes certificaciones le será comunicado su im- porte para su ingreso en las Arcas Municipales (Sección de Liquida- ciones de Ejecución Sustitutoria) en los plazos que se señalen en el abonaré que le será debidamente notificado en su día por la citada Sección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 22 de diciembre de 2003. Tercero.—En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3, 4, 6, 7 y 9 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, se pone en conocimiento de la propiedad de la finca número 32 de la calle del Vizconde de Matamala que el res- ponsable de seguridad y salud de estas obras será doña Sonia Vaque- ro Vila, de “Applus Norcontrol, Sociedad Limitada Unipersonal”. Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo inter- poner contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposi- ción, ante la coordinadora general del Área de Urbanismo, en el pla- zo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modifi- cada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente. Con la presente publicación se consideran notificados los interesa- dos desconocidos o con domicilio ignorado a los efectos establecidos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administracio- nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 27 de enero de 2009.—El jefe del Departamento de In- tervención en la Edificación, Carlos Molina Arteche. (01/482/09) MADRID LICENCIAS Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Direccción General de Ejecución y Control de la Edificación ANUNCIO Por el presente se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Am- biental de la Comunidad de Madrid, en materia de actividades moles- tas, insalubres, nocivas o peligrosas, que la persona que se indica tie- ne solicitada licencia urbanística en la finca que, asimismo, se refiere: Expediente: 711/2006/18527. Titular: Hermanas Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús. Actividad: ampliación del complejo hospitalario. Emplazamiento: Doctor Esquerdo, número 83. Las personas que se consideran afectadas podrán examinar el expe- diente correspondiente en el plazo de veinte días a contar desde la fe- cha de publicación del presente anuncio, en la Unidad Técnica de Li- cencias IV del Departamento de Licencias de Edificios y Colonias Protegidas de la Coordinación General del Área de Urbanismo del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, así como formular por es- crito, que habrá de presentarse en el registro general del mismo o en cualquier otro registro de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú- blicas y del Procedimiento Administrativo Común, las observaciones que estimen pertinentes. En Madrid.—La jefa del Departamento de Licencias de Edificios y Colonias Protegidas, María Isabel Pérez Montero. (01/481/09) MADRID LICENCIAS Junta Municipal de Distrito de Chamartín ANUNCIO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 11 de la Ordenanza sobre la Evaluación Ambiental de Actividades, se somete al trámite de información pública duran- te el plazo de veinte días (contados a partir del siguiente al de publi- cación de este anuncio) las siguientes solicitudes de licencias urba- nísticas, junto con los proyectos técnicos que acompañan: Expediente: 105/08/04208. Solicitante: “Restaurante La Máquina, Sociedad Anónima”. Actividad/instalación: restaurante. Emplazamiento: paseo de la Castellana, número 260.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 173

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación

Servicio de Conservación y Edificación Deficiente

Departamento de Intervención en la Edificación

ANUNCIO

El director general de Ejecución y Control de la Edificación delÁrea de Gobierno de Urbanismo y Vivienda por su resolución de fe-cha 23 de septiembre ha dispuesto lo siguiente:

Primero.—Disponer en ejecución sustitutoria el saneamiento delos elementos de fachada con peligro de desprendimiento en la fin-ca número 32 de la calle del Vizconde de Matamala, de esta capital,al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ordenanza de Con-servación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificacionesde 22 de diciembre de 2003, en relación con lo dispuesto en el ar-tículo 170.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comu-nidad de Madrid. Dichas obras serán llevadas a cabo por “FCCConstrucción, Sociedad Anónima”, empresa adjudicataria delAyuntamiento por decreto de fecha 17 de diciembre de 2007 de ladelegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, bajo la di-rección facultativa de los técnicos municipales adscritos al Departa-mento de Intervención del Servicio de Conservación y EdificaciónDeficiente.

Segundo.—Significar a la propiedad de la finca número 32 de lacalle del Vizconde de Matamala que no se avanza presupuesto aldesconocerse el alcance de la actuación; por lo que una vez elabora-das las correspondientes certificaciones le será comunicado su im-porte para su ingreso en las Arcas Municipales (Sección de Liquida-ciones de Ejecución Sustitutoria) en los plazos que se señalen en elabonaré que le será debidamente notificado en su día por la citadaSección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.5 de laOrdenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso delas Edificaciones de 22 de diciembre de 2003.

Tercero.—En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3, 4,6, 7 y 9 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que seestablecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en lasobras de construcción, se pone en conocimiento de la propiedad dela finca número 32 de la calle del Vizconde de Matamala que el res-ponsable de seguridad y salud de estas obras será doña Sonia Vaque-ro Vila, de “Applus Norcontrol, Sociedad Limitada Unipersonal”.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo inter-poner contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposi-ción, ante la coordinadora general del Área de Urbanismo, en el pla-zo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo,ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en elplazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepciónde la notificación de la presente resolución de conformidad con lodispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modifi-cada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio decualquier otro que estime pertinente.

Con la presente publicación se consideran notificados los interesa-dos desconocidos o con domicilio ignorado a los efectos establecidosen el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 27 de enero de 2009.—El jefe del Departamento de In-tervención en la Edificación, Carlos Molina Arteche.

(01/482/09)

MADRIDLICENCIAS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Direccción General de Ejecución y Control de la Edificación

ANUNCIO

Por el presente se hace público en cumplimiento de lo dispuesto enel artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Am-biental de la Comunidad de Madrid, en materia de actividades moles-tas, insalubres, nocivas o peligrosas, que la persona que se indica tie-ne solicitada licencia urbanística en la finca que, asimismo, se refiere:

Expediente: 711/2006/18527.Titular: Hermanas Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús.Actividad: ampliación del complejo hospitalario.Emplazamiento: Doctor Esquerdo, número 83.Las personas que se consideran afectadas podrán examinar el expe-

diente correspondiente en el plazo de veinte días a contar desde la fe-cha de publicación del presente anuncio, en la Unidad Técnica de Li-cencias IV del Departamento de Licencias de Edificios y ColoniasProtegidas de la Coordinación General del Área de Urbanismo delÁrea de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, así como formular por es-crito, que habrá de presentarse en el registro general del mismo o encualquier otro registro de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común, las observacionesque estimen pertinentes.

En Madrid.—La jefa del Departamento de Licencias de Edificiosy Colonias Protegidas, María Isabel Pérez Montero.

(01/481/09)

MADRIDLICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Chamartín

ANUNCIO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002,de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid,y en el artículo 11 de la Ordenanza sobre la Evaluación Ambientalde Actividades, se somete al trámite de información pública duran-te el plazo de veinte días (contados a partir del siguiente al de publi-cación de este anuncio) las siguientes solicitudes de licencias urba-nísticas, junto con los proyectos técnicos que acompañan:

Expediente: 105/08/04208.Solicitante: “Restaurante La Máquina, Sociedad Anónima”.Actividad/instalación: restaurante.Emplazamiento: paseo de la Castellana, número 260.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 174 B.O.C.M. Núm. 48

Expediente: 105/07/4540.Solicitante: “Restaurantes y Bares José Luis, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: restaurante.Emplazamiento: calle Rafael Salgado, número 11.Expediente: 105/07/04187.Solicitante: “Nieves Tres, Sociedad Limitada” (“Restaurante Al-

dabá”).Actividad/instalación: restaurante.Emplazamiento: avenida de Alberto Alcocer, número 5.Expediente: 105/08/1003.Solicitante: “Copias Pradillo, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: reproducción de documentos.Emplazamiento: calle Marcenado, número 44.Expediente: 105/07/4288.Solicitante: “Mónaco Alimentaria, Sociedad Anónima”.Actividad/instalación: restaurante.Emplazamiento: avenida Pío XII, número 2.Expediente: 105/08/4281.Solicitante: doña Susana Pumarega Bas.Actividad/instalación: consultorio veterinario.Emplazamiento: calle Canillas, número 20.Expediente: 105/08/01543.Solicitante: “Cladere 33, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: bar especial.Emplazamiento: calle Clara del Rey, número 33.Expediente: 105/08/4481.Solicitante: “Teatrín Teatrán, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: sala multiusos.Emplazamiento: calle Profesor Waksman, número 10.Durante el período expresado podrán examinarse dichos docu-

mentos en el Negociado de Licencias de este Distrito (calle Prínci-pe de Vergara, número 142, primera planta), de lunes a viernes, enhorario de nueve a catorce (excepto la semana de San Isidro y losmeses de julio, agosto y septiembre, que será hasta las trece treintahoras), y presentarse alegaciones u observaciones por quienes seconsideren afectados.

En Madrid.—El secretario del Distrito, Jesús Grao del Pueyo.(02/778/09)

MADRID

LICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Chamartín

ANUNCIO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002,de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid,y en el artículo 11 de la Ordenanza sobre la Evaluación Ambientalde Actividades, se somete al trámite de información pública duran-te el plazo de veinte días (contados a partir del siguiente al de publi-cación de este anuncio) las siguientes solicitudes de licencias urba-nísticas, junto con los proyectos técnicos que acompañan:

Expediente: 105/08/03671.Solicitante: “Intralot Iberia, Sociedad Anónima”.Actividad/instalación: apuestas deportivas.Emplazamiento: calle López de Hoyos, número 91.Expediente: 105/08/5973.Solicitante: “Castellana Ming 74, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: restaurante espectáculo.Emplazamiento: paseo de la Castellana, número 74.Expediente: 105/08/5873.Solicitante: “Fraternidad-Muprespa”.Actividad/instalación: hospital de día.Emplazamiento: calle Madre de Dios, número 42.Expediente: 105/06/6489.Solicitante: “Café-Bar Jai Alai, Comunidad de Bienes”.Actividad/instalación: cafetería-restaurante.Emplazamiento: calle Joaquín Costa, número 7.

Expediente: 105/07/3391.Solicitante: “Boouffier, Sociedad Limitada Unipersonal”.Actividad/instalación: cafetería.Emplazamiento: calle Padre Francisco Palau y Quer, número 7,

planta baja.Expediente: 105/08/3037.Solicitante: “Nipón Taro, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: restaurante.Emplazamiento: calle Víctor Andrés Belaúnde, número 1, planta

baja.Expediente: 105/08/05398.Solicitante: “La Paninoteca d’E, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: bar.Emplazamiento: calle Balbina Valverde, número 28, planta baja.Expediente: 105/08/6513.Solicitante: “Desarrollos Hosteleros Temáticos, Sociedad Anónima”.Actividad/instalación: bar especial con actuaciones en directo.Emplazamiento: avenida Alberto Alcocer, número 32.Expediente: 105/08/5786.Solicitante: “Front Inversiones, Sociedad Anónima”.Actividad/instalación: bar-restaurante.Emplazamiento: calle Mauricio Legendre, número 6, planta baja.Durante el período expresado podrán examinarse dichos docu-

mentos en el Negociado de Licencias de este Distrito (calle Prínci-pe de Vergara, número 142, primera planta), de lunes a viernes, enhorario de nueve a catorce (excepto la semana de San Isidro y losmeses de julio, agosto y septiembre, que será hasta las trece y trein-ta horas), y presentarse alegaciones u observaciones por quienes seconsideren afectados.

En Madrid.—El secretario del Distrito, Jesús Grao del Pueyo.(02/1.482/09)

MADRID

LICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Retiro

Intentada sin efecto la notificación a los interesados, y de confor-midad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, se procede a la notificación pormedio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro deltexto en el Negociado de Licencias del Distrito de Retiro, avenida dela Ciudad de Barcelona, número 164:

Interesado: don Alberto Céspedes Fernández.Emplazamiento: calle Los Mesejos, número 14, planta baja.Expediente: 103/2007/05780.Fecha del decreto: 5 de mayo de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a in-gresar de 78,30 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retiradade la carta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcu-rrido el plazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía eje-cutiva.

Interesada: doña María del Rosario Bregel Serna.Emplazamiento: Calle Narváez, número 45, planta tercera, puer-

ta H.Expediente: 103/2008/00822.Fecha del decreto: 10 de junio de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando ser exacta.

Interesada: doña María Victoria Mondi Urquía.Emplazamiento: calle Estrella Polar, número 11, planta quinta,

puerta izquierda.Expediente: 103/2008/03412.Fecha del decreto: 12 de junio de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa por

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 175

prestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a ingre-sar de 130,10 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retirada de lacarta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcurrido elplazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva.

Interesada: “Rent a Car Valladolid, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Cerro de la Plata, número 1, planta baja.Expediente: 103/2007/02958.Fecha del decreto: 12 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a ingre-sar de 188,65 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retirada de lacarta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcurrido elplazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva.

Interesado: don Enrique Machín Justicia.Emplazamiento: calle Sánchez Barcáiztegui, número 19, planta

baja.Expediente: 103/2004/02929.Fecha del decreto: 18 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a de-volver de 22,56 euros.

Interesada: “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Amado Nervo, número 15, planta baja.Expediente: 103/2007/03311.Fecha del decreto: 21 de octubre de 2008.Contenido de la resolución: denegación de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a de-volver de 379,35 euros.

Interesada: doña Alicia Beatriz Alonso Aznar.Emplazamiento: calle Narciso Serra, número 9, planta tercera,

puerta 8.Expediente: 103/2008/01337.Fecha del decreto: 9 de junio de 2008.Contenido de la resolución: declaración de desistimiento de la li-

cencia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definiti-va de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultado unacantidad a devolver de 54,30 euros.

Interesada: “Koala Servicio y Mantenimiento, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Alcalde Sainz de Baranda, número 53.Expediente: 103/2008/00869.Fecha del decreto: 18 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: declaración de desistimiento de la li-

cencia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definiti-va de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando unacantidad a devolver de 233 euros.

Interesada: “Asesoramiento de Proyectos IAVE, Sociedad Limi-tada”.

Emplazamiento: avenida de Menéndez Pelayo, número 19, plan-ta baja.

Expediente: 103/2006/03676.Fecha del decreto: 17 de octubre de 2008.Contenido de la resolución: declaración de caducidad de la licen-

cia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definitivade la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando unacantidad a pagar de 98,42 euros, que deberá hacerse efectiva, previaretirada de la carta de pago y en los plazos indicados en la misma.Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, se exigirá envía ejecutiva.

Contra las expresadas resoluciones podrán interponer los recur-sos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el concejal-presiden-te de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día si-guiente a la recepción de la presente notificación, de conformidadcon la siguiente normativa:

Con carácter general: artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tribu-tos locales y restantes ingresos de derecho público: disposición adi-

cional quinta de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículo 108de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y ar-tículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Ha-ciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamacióneconómico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artícu-los 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribu-nal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento deMadrid, así como el procedimiento para la resolución de las recla-maciones de su competencia.

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante elórgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, conta-dos desde el día siguiente a la publicación de la presente (artículo 46de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cual-quier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común).

En Madrid.—Firmado.(02/1.385/09)

MADRIDLICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Retiro

Intentada sin efecto la notificación a los interesados, y de confor-midad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, se procede a la notificación pormedio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro deltexto en el Negociado de Licencias del Distrito de Retiro, avenida dela Ciudad de Barcelona, número 164:

Interesado: don Manuel Sánchez Villar.Emplazamiento: calle Játiva, número 2, planta primera, puerta B.Expediente: 103/2005/03780.Fecha del decreto: 12 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a ingre-sar de 58,15 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retirada de lacarta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcurrido elplazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva.

Interesado: don Roberto Herrera Álvarez.Emplazamiento: calle Játiva, número 2, escalera F, planta sexta,

puerta B.Expediente: 103/2004/05233.Fecha del decreto: 12 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando ser exacta.

Interesado: don Francisco Javier Chico Requena.Emplazamiento: calle Abtao, número 20, planta cuarta, puerta B.Expediente: 103/2008/04420.Fecha del decreto: 17 de octubre de 2008.Contenido de la resolución: declaración de actuación no sujeta a

licencia urbanística y aprobación de la liquidación definitiva de latasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando una canti-dad a devolver de 270,75 euros.

Interesada: “Emerald Dolphin, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Cavanilles, número 5, planta baja.Expediente: 103/2008/03174.Fecha del decreto: 15 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: declaración de desistimiento de la li-

cencia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definiti-va de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando unacantidad a devolver de 105 euros.

Interesada: doña Lourdes Alumbreros Pérez.Emplazamiento: calle Doctor Esquerdo, número 64, planta baja.Expediente: 103/2007/01243.Fecha del decreto: 7 de marzo de 2008.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 176 B.O.C.M. Núm. 48

Contenido de la resolución: desistimiento de la licencia urbanís-tica solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestació nde servicios urbanísticos, resultando una cantidad a in-gresar de 28,35 euros, que deberá hacerse efectiva, previa reitradade la carta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcu-rrido el plazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía eje-cutiva.

Interesada: “Altos del Mediterráneo, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Doctor Esquerdo, número 148.Expediente: 103/2007/01928.Fecha del decreto: 18 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: denegación de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando ser exacta.

Contra las expresadas resoluciones podrán interponer los recur-sos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el concejal-presiden-te de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día si-guiente a la recepción de la presente notificación, de conformidadcon la siguiente normativa:

Con carácter general: artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tribu-tos locales y restantes ingresos de derecho público: disposición adi-cional quinta de la Ley de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de RégimenLocal, y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regulado-ra de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de lareclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto enlos artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regulael Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamien-to de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las re-clamaciones de su competencia.

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante elórgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, conta-dos desde el día siguiente a la publicación de la presente (artículo 46de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cual-quier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común).

En Madrid.—Firmado.(02/1.359/09)

MADRID

LICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Retiro

Intentada sin efecto la notificación a los interesados, y de confor-midad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, se procede a la notificación pormedio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro deltexto en el Negociado de Licencias del Distrito de Retiro, avenida dela Ciudad de Barcelona, número 164:

Interesada: doña Mónica Santafé Martinena.Emplazamiento: avenida de Nazaret, número 3, planta quinta,

puerta A.Expediente: 103/2007/7075.Fecha del decreto: 4 de abril de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a ingre-sar de 76,40 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retirada de lacarta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcurrido elplazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva.

Interesado: don Ramón Oliver Ruiz.Emplazamiento: calle O’Donnell, número 22, escalera, planta

séptima, puerta izquierda.Expediente: 103/2006/10983.Fecha del decreto: 12 de junio de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a in-gresar de 76,75 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retiradade la carta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcu-rrido el plazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía eje-cutiva.

Interesada: doña Nilda Sibille Martina.Emplazamiento: calle Sirio, número 14, planta séptima, puerta A.Expediente: 103/2008/01975.Fecha del decreto: 14 de octubre de 2008.Contenido de la resolución: declaración de desistimiento de la li-

cencia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definiti-va de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando unacantidad a devolver de 100 euros.

Interesada: “Obrascampo Inmobiliaria, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Alcalde Sainz de Baranda, número 41,

planta primera, puerta 1.Expediente: 103/2007/02071.Fecha del decreto: 20 de noviembre de 2007.Contenido de la resolución: declaración de desistimiento de la li-

cencia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definiti-va de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando unacantidad a devolver de 284,51 euros.

Interesada: comunidad de propietarios de la calle Lope de Rueda,número 33.

Emplazamiento: calle Lope de Rueda, número 33.Expediente: 103/2005/04967.Fecha del decreto: 19 de febrero de 2008.Contenido de la resolución: declaración de desistimiento de la li-

cencia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definiti-va de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando unacantidad a devolver de 154,74 euros.

Interesada: comunidad de propietarios de la calle Doctor Castelo,número 21.

Emplazamiento: calle Doctor Castelo, número 21.Expediente: 103/2007/07094.Contenido de la resolución: requerimiento aporte documentación.

Interesada: “Iguanocuatro, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Valores, número 1, planta baja, puerta A.Expediente: 103/2008/01127.Contenido de la resolución: requerimiento aporte documentación.

Interesado: don Ángel Rodríguez Ortega.Emplazamiento: calle Sánchez Barcáiztegui, número 31, planta-

baja.Expediente: 103/2007/04631.Contenido de la resolución: requerimiento aporte documentación.

Contra las expresadas resoluciones podrán interponer los recur-sos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el concejal-presiden-te de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día si-guiente a la recepción de la presente notificación, de conformidadcon la siguiente normativa:

Con carácter general: artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tribu-tos locales y restantes ingresos de derecho público: disposición adi-cional quinta de la Ley de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de RégimenLocal, y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regulado-ra de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de lareclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 177

los artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regulael Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamien-to de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las re-clamaciones de su competencia.

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante elórgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, conta-dos desde el día siguiente a la publicación de la presente (artículo 46de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cual-quier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común).

En Madrid.—Firmado.(02/1.384/09)

MADRID

LICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Retiro

Intentada sin efecto la notificación a los interesados, y de confor-midad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, se procede a la notificación pormedio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro deltexto en el Negociado de Licencias del Distrito de Retiro, avenida dela Ciudad de Barcelona, número 164:

Interesada: “La Facultad del Arte, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Doctor Esquerdo, número 146.Expediente: 103/2006/06709.Fecha del decreto: 16 de octubre de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando ser exacta.

Interesada: “Jis Technology, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Doctor Esquerdo, número 140, planta baja.Expediente: 103/2008/04816.Fecha del decreto: 17 de octubre de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando ser exacta.

Interesada: doña Esperanza González Olmedillas.Emplazamiento: calle Játiva, número 2, planta quinta, puerta A.Expediente: 103/2008/03726.Fecha del decreto: 12 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a in-gresar de 62,15 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retiradade la carta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcu-rrido el plazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía eje-cutiva.

Interesado: don Antonio Jódar Martínez.Emplazamiento: calle Játiva, número 2, planta baja, puerta 2.Expediente: 103/2005/01537.Fecha del decreto: 15 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a in-gresar de 109,05 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retiradade la carta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcu-rrido el plazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía eje-cutiva.

Interesada: doña María Cristina Parga Román.Emplazamiento: calle Játiva, número 2, portal K, planta ático,

puerta A.Expediente: 103/2006/00290.Fecha del decreto: 17 de septiembre de 2008.

Contenido de la resolución: concesión de la licencia urbanísticasolicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a ingre-sar de 2,15 euros, que deberá hacerse efectiva, previa retirada de lacarta de pago y en los plazos indicados en la misma. Transcurrido elplazo de ingreso en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva.

Interesada: doña María del Carmen Pozo Blanco.Emplazamiento: calle Granada, núemro 11, planta tercera, puer-

ta F.Expediente: 103/2007/02367.Fecha del decreto: 17 de octubre de 2008.Contenido de la resolución: denegación de la licencia urbanística

solicitada y aprobación de la liquidación definitiva de la tasa porprestación de servicios urbanísticos, resultando una cantidad a de-volver de 113,40 euros.

Interesada: “Pidoleyuri, Sociedad Limitada”.Emplazamiento: calle Juan de Urbieta, número 23, planta baja.Expediente: 103/2008/03657.Fecha del decreto: 20 de noviembre de 2008.Contenido de la resolución: declaración de desistimiento de la li-

cencia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definiti-va de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando unacantidad a devolver de 389,55 euros.

Interesado: don Mario García Ruf.Emplazamiento: calle Juan de Urbieta, número 44, escalera B,

planta octava, puerta B.Expediente: 103/2004/10752.Fecha del decreto: 18 de septiembre de 2008.Contenido de la resolución: declaración de desistimiento de la li-

cencia urbanística solicitada y aprobación de la liquidación definiti-va de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, resultando unacantidad a devolver de 80,20 euros.

Contra las expresadas resoluciones podrán interponer los recur-sos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el concejal-presiden-te de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día si-guiente a la recepción de la presente notificación, de conformidadcon la siguiente normativa:

Con carácter general: artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tribu-tos locales y restantes ingresos de derecho público: disposición adi-cional quinta de la Ley de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de RégimenLocal, y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regulado-ra de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de lareclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto enlos artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regulael Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamien-to de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las re-clamaciones de su competencia.

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante elórgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, conta-dos desde el día siguiente a la publicación de la presente (artículo 46de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cual-quier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común).

En Madrid.—Firmado.(02/1.358/09)

MADRIDLICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Retiro

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ordenan-za sobre Evaluación Ambiental de Actividades y en el artículo 45 de

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 178 B.O.C.M. Núm. 48

la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Co-munidad de Madrid, en relación con el artículo 56.5 de la Ordenan-za Especial de Tramitación de Licencias Urbanísticas, se anuncia alpúblico que ha sido solicitada la licencia urbanística para el ejerci-cio de la actividad e instalación que se especifica, de acuerdo con elproyecto que, unido al expediente, se encuentra en tramitación deeste Distrito, pudiendo ser examinado en horario de nueve a catorcehoras, de lunes a viernes, dentro del plazo de veinte días hábiles, enel Negociado de Licencias del Departamento Jurídico del Distrito deRetiro, situado en la avenida de la Ciudad de Barcelona, núme-ro 162.

Emplazamiento: calle Los Mesejo, número 15.Titular: doña Ana María Manteiga Suárez.Actividad/instalación: taller reparación motos con exposición y

venta.Referencia expediente: 103/2007/5901.

Emplazamiento: calle Jesús Aprendiz, número 19.Solicitante: don Rafael Barriga Higuera.Actividad/instalación: bar de copas con actuaciones musicales en

directo.Referencia expediente: 103/2008/1969.

Emplazamiento: calle Fernán González, número 41.Titular: “Alder Retiro, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: centro de fisioterapia y rehabilitación.Referencia expediente: 103/2007/3355.

Emplazamiento: avenida del Mediterráneo, número 16.Solicitante: don Casildo Sagredo Fernández.Actividad/instalación: bar-restaurante.Referencia expediente: 103/2007/4848.

Emplazamiento: calle Cavanilles, número 17.Solicitante: don Khan Azad.Actividad/instalación: bar-restaurante.Referencia expediente: 103/2008/6538.

Emplazamiento: avenida de Menéndez Pelayo, número 19.Solicitante: “Tiendas 24 H, Sociedad Anónima”.Actividad/instalación: tienda de paso.Referencia expediente: 103/2008/1189.

Emplazamiento: calle Ibiza, número 68.Solicitante: “Alada 1850, Sociedad Limitada”.Actividad/instalación: cafetería.Referencia expediente: 103/2008/420.En Madrid.—La secretaria del Distrito de Retiro, Begoña Soria-

no Ortiz-Echagüe.(02/1.462/09)

MADRID

LICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Vicálvaro

Negociado de Licencias

Por doña Crescencia Serrano Cobo se ha solicitado licencia paranueva implantación de actividad de bar-cafetería con obra de acon-dicionamiento puntual de local en calle Minerva, número 89, lo-cal 2, tramitada en expediente número 119/2008/04438.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuado en elartículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambien-tal de la Comunidad de Madrid, a fin de que quienes se considerenafectados de algún modo por la instalación referida puedan formu-lar por escrito, que presentarán en cualquiera de los Registros delAyuntamiento de Madrid, las observaciones pertinentes durante elplazo de veinte días.

Madrid, a 26 de enero de 2009.—El secretario del Distrito, PD,del director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Ja-vier Corella Pla.

(02/1.939/09)

MADRID

CONTRATACIÓN

Junta Municipal del Distrito de Salamanca

Resolución de 4 de febrero de 2008, del gerente del Distrito deSalamanca, por el que se da cuenta, en cumplimiento del artícu-lo 138.2 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, de laadjudicación definitiva del contrato número 104/2008/2158, deno-minado “Programa de animación sociocultural y dinamización delos centros municipales de mayores del Distrito de Salamanca”.

El concejal-presidente del Distrito de Salamanca, por su decreto de22 de diciembre de 2008, adjudicó definitivamente a la empresa “Gru-po Educativo Escuelas Urbanas, Sociedad Limitada”, con cédula deidentificación fiscal B-81468811, el contrato denominado “Anima-ción y dinamización de los Centros Municipales de Mayores de Dis-trito de Salamanca”, cuyo inicio será el día 22 de enero de 2009, fina-lizando el 31 de diciembre de 2010 y por un precio de 254.224,42euros (IVA incluido).

Madrid, a 4 de febrero de 2009.—El gerente del Distrito de Sala-manca, José Fernández Sánchez.

(02/1.572/09)

MADRID

CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Usera

Resolución de 29 de enero de 2009, del gerente del Distrito deUsera, por la que se hace pública la adjudicación definitiva por pro-cedimiento abierto del contrato número 113/2008/8662, denomina-do “Contrato marco de las obras de reforma, reparación y conserva-ción del conjunto de edificios demaniales y patrimoniales adscritosa la Junta Municipal del Distrito de Usera 2009”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Usera.c) Número de expediente: 113/2008/8662.2. Objeto del contrato:a) Tipo del contrato: obras.b) Descripción del objeto: obras de reforma, reparación y con-

servación del conjunto de edificios demaniales y patrimonia-les adscritos a la Junta Municipal de Distrito de Usera.

c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio delicitación. BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDnúmero 275, de 18 de noviembre de 2008.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.c) Forma: oferta económica más ventajosa, atendiendo a una

pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación: importe total (impuesto sobre

el valor añadido incluido), 1.059,536 euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 29 de enero de 2009.b) Contratista: “UTE Ferrovial Servicios, Sociedad Anóni-

ma-Castillejos Compañía de Obras, Sociedad Anónima”.c) Nacionalidad: española.d) Importe de adjudicación (impuesto sobre el valor añadido in-

cluido): 1.059.536 euros, de acuerdo a un porcentaje de bajalineal al cuadro de precios del contrato del 35,30 por 100.

En Madrid, a 29 de enero de 2009.—El gerente del Distrito deUsera, Fernando de la Jara Ayala.

(02/1.890/09)

ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 112.3 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Lo-

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 179

cal, y 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porla que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Ha-ciendas Locales, se expone al público resumido por capítulos el pre-supuesto general, integrado por el del propio Ayuntamiento y los delos organismos autónomos; Ciudad Deportiva Municipal e Institutode Planificación y Gestión Ambiental, así como por los estados deprevisión de gastos e ingresos de la Sociedad Mercantil Promociónde Alcalá y EPE Alcalá Desarrollo, y estado de consolidación parael ejercicio 2009 y las condiciones para la contratación de las opera-ciones de crédito incluidas en el mismo, que ha resultado definitiva-mente aprobado al haberse desestimado por el Ayuntamiento Plenocon fecha 17 de febrero de 2009 las reclamaciones presentadas du-rante el plazo de exposición al público de su aprobación inicial, se-gún el siguiente detalle:

INGRESOSPresupuesto del Ayuntamiento de Alcalá de Henares

Capítulo Denominación Euros

1 Impuestos directos 74.605.0002 Impuestos indirectos 18.852.0003 Tasas y otros ingresos 19.868.0004 Transferencias corrientes 50.378.0005 Ingresos patrimoniales 8.471.0006 Enajenación de inversiones reales 2.575.0007 Transferencias de capital 4.765.0008 Activos financieros 50.0009 Pasivos financieros 7.936.000

Total estado de ingresos 187.500.000

GASTOS

Capítulo Denominación Euros

1 Gastos de personal 91.926.0002 Gastos en bienes corrientes y servicios 50.037.0003 Gastos financieros 5.900.0004 Transferencias corrientes 15.350.0006 Inversiones reales 14.481.0007 Transferencias de capital 795.0008 Activos financieros 1.014.0009 Pasivos financieros 7.997.000

Total estado de gastos 187.500.000

Capítulo Denominación Euros

3 Tasas y otros ingresos 1.910.4184 Transferencias corrientes 6.601.9065 Ingresos patrimoniales 38.320

Total estado de ingresos 8.550.644

Presupuesto del Organismo AutónomoCiudad Deportiva Municipal

INGRESOS

Capítulo Denominación Euros

1 Gastos de personal 5.768.7202 Gastos en bienes corrientes y servicios 2.298.4093 Gastos financieros 6.3654 Transferencias corrientes 436.1656 Inversiones reales 40.985

Total estado de gastos 8.550.644

GASTOS

Capítulo Denominación Euros

3 Tasas y otros ingresos 20.0004 Transferencias corrientes 747.0005 Ingresos patrimoniales 1.0007 Transferencias de capital 200.000

Total estado de ingresos 968.000

Presupuesto del Organismo AutónomoInstituto de Planificación y Gestión Ambiental

INGRESOS

Capítulo Denominación Euros

2 Gastos en bienes corrientes y servicios 766.9003 Gastos financieros 1004 Transferencias corrientes 1.0006 Inversiones reales 200.000

Total estado de gastos 968.000

GASTOS

Capítulo Denominación Euros

4 Transferencias corrientes 2.184.0005 Ingresos patrimoniales 150.000

Total estado de ingresos 2.334.000

ESTADOS DE PREVISIÓN SOCIEDADES MERCANTILESPromoción de Alcalá

INGRESOS

Capítulo Denominación Euros

1 Gastos de personal 296.5362 Gastos en bienes corrientes y servicios 2.005.9643 Gastos financieros 5006 Inversiones reales 31.000

Total estado de gastos 2.334.000

GASTOS

Capítulo Denominación Euros

4 Transferencias corrientes 1.999.0005 Ingresos patrimoniales 142.7257 Transferencias de capital 100.000

Total estado de ingresos 2.241.725

Ente Público Empresarial Alcalá Desarrollo

INGRESOS

Capítulo Denominación Euros

1 Gastos de personal 866.0902 Gastos en bienes corrientes y servicios 1.065.6354 Transferencias corrientes 60.0006 Inversiones reales 250.000

Total estado de gastos 2.241.725

GASTOS

INGRESOSEstado de consolidación

Capítulo Denominación Euros

1 Impuestos directos 74.605.0002 Impuestos indirectos 18.852.0003 Tasas y otros ingresos 21.798.4184 Transferencias corrientes 51.945.906

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 180 B.O.C.M. Núm. 48

Capítulo Denominación Euros

5 Ingresos patrimoniales 8.803.0456 Enajenación de inversiones reales 2.575.0007 Transferencias de capital 4.765.0008 Activos financieros 50.0009 Pasivos financieros 7.936.000

Total estado de ingresos 191.330.369

GASTOS

Capítulo Denominación Euros

1 Gastos de personal 98.857.3462 Gastos en bienes corrientes y servicios 56.173.9083 Gastos financieros 5.906.9654 Transferencias corrientes 5.883.1656 Inversiones reales 15.002.9857 Transferencias de capital 495.0008 Activos financieros 1.014.0009 Pasivos financieros 7.997.000

Total estado de gastos 191.330.369

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponer-se directamente recurso contencioso-administrativo, conforme de-termina el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales.

Alcalá de Henares, a 18 de febrero de 2009.—El alcalde (firmado).(03/5.873/09)

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de este Ayun-tamiento el acuerdo de aprobación del Plan General de Control Tri-butario, aprobado por decreto 1393/2009, de 16 de febrero, del te-niente de alcalde, delegado de Economía. Dicho documentocontiene las directrices generales que lo informan y se encuadra enla obligación que impone la Ley General Tributaria 58/2003, en suartículo 116, de elaborar un Plan de Control Tributario para el ejer-cicio de la potestad y funciones de comprobaciones e investigación.

En Alcobendas, a 17 de febrero de 2009.—El concejal-delegadode Economía, Agustín Martín Torres.

(03/6.053/09)

ALCOBENDAS

PERSONAL

Se hacen públicos los nombramientos que a continuación se detallan:Primero.—En cumplimiento de lo establecido en el artículo 62.b)

de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico, se hacen públicos los nombramientos como funcionarios decarrera:

— Una plaza de técnico de Gestión de Administración General.Administración General Grupo A. Subgrupo A2:� Funcionaria de carrera: doña Pilar Urieta Villar. Toma de

posesión: el día 9 de diciembre de 2008.— Una plaza de inspector de Servicios Municipales (OEP 2007).

Administración Especial/Servicios Especiales/Técnica auxi-liar. Grupo C. Subgrupo C1:� Funcionaria de carrera: doña Pilar Clemente García. Toma

de posesión: el día 3 de noviembre de 2008.— Dos plazas de policía local (OEP 2007). Administración Es-

pecial/Servicios Especiales/Policía Local. Grupo C. Subgru-po C2:� Funcionario de carrera: don Pedro Eduardo Alonso Mora-

les. Toma de posesión: el día 26 de enero de 2009.

� Funcionario de carrera: don Carlos Herrero Domínguez.Toma de posesión: el día 26 de enero de 2009.

— Una plaza de policía local (permuta). Administración Espe-cial/Servicios Especiales/Policía Local. Grupo C. Subgrupo C2:� Funcionario de carrera: don Alejandro López Cabornero.

Toma de posesión: el día 1 de diciembre de 2008.Segundo.—En cumplimiento de lo establecido en el artículo 104.3

de la Ley 7/1985, se hace público el nombramiento como personal deconfianza en el puesto que a continuación se especifica:

— Doña Ana María Pancorbo de Rato: subdirectora de RecursosHumanos (Patronatos Municipales).

Alcobendas, a 5 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, IgnacioGarcía de Vinuesa Gardoqui.

(03/4.857/09)

ALCOBENDAS

CONTRATACIÓN

Publicado el día 2 de febrero de 2009 anuncio del Ayuntamientode Alcobendas relativo al contrato de “Suministro e instalación deventanas practicables en el edificio municipal de plaza Mayor, nú-mero 1, Casa Consistorial de Alcobendas”, se anuncia la modifica-ción siguiente:

En el punto 13. Solvencia Técnica:Donde dice: “Haber ejecutado en los tres últimos años al menos

tres instalaciones anuales de importe igual o superior al de cada unode los colegios”; debe decir: “Haber ejecutado en los tres últimosaños al menos tres instalaciones anuales de importe igual o superioral del presente pliego”.

El pliego de condiciones completo se puede consultar en la pági-na web municipal: www.alcobendas.org

Presentación de ofertas: hasta las catorce horas del decimoquintodía natural a contar desde el siguiente de la publicación del presen-te anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 13 de febrero de 2009.—El alcalde, Ignacio Garcíade Vinuesa.

(01/562/09)

ALCOBENDAS

CONTRATACIÓN

Publicado el día 20 de febrero de 2009 anuncio del Ayuntamien-to de Alcobendas relativo al contrato de “Obras para la construcciónde un centro de salud en la parcela EG-08 del Arroyo de la Vega, deAlcobendas” (Fondo Estatal de Inversión Local), se anuncia la mo-dificación siguiente:

En el punto 6. Requisitos específicos del contratista: clasificación(grupos, subgrupos y categorías).

Donde dice: “Grupo R, subgrupo 1, categoría c”; debe decir:“Grupo K, subgrupo 1, categoría c”.

El pliego de condiciones completo se puede consultar en la pági-na web municipal www.alcobendas.org

Presentación de ofertas: hasta las catorce horas del decimotercerdía natural, a contar desde el siguiente de la publicación del presen-te anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 24 de febrero de 2009.—El alcalde, Ignacio Garcíade Vinuesa.

(01/700/09)

ALPEDRETE

CONTRATACIÓN

Por decreto de Alcaldía 307/2008, de 23 de diciembre, se adjudi-có definitivamente el contrato de servicios de “Colaboración inte-gral en la gestión recaudatoria del Ayuntamiento de Alpedrete”, loque se publica a los efectos del artículo 138 de la Ley 30/2007, de30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 181

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Alpedrete.b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación.c) Número de expediente: 18/08.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: servicios.b) Descripción del objeto: colaboración integral en la gestión re-

caudatoria.c) Fecha de publicación del anuncio de licitación en el BOLETÍN

OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID: 31 de octubrede 2008.

3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: anticipada.b) Procedimiento: abierto, con varios criterios de adjudicación.4. Precio del contrato:— Importe único por recibo expedido y distribuido: 1 euro, más

0,16 euros de impuesto sobre el valor añadido.— Comisión en cobros realizados mediante TPV: 1 por 100.— Retribución de los saldos de la cuenta operativa: media anual

del euríbor 1 día (EONIA), menos el margen de 1,75 puntosporcentuales, pagadero por meses y revisable cada mes.

— Precio fijo por recibo devuelto: 3 euros, más 0,48 euros deimpuesto sobre el valor añadido.

5. Adjudicación definitiva:a) Fecha: 23 de diciembre de 2008.b) Contratista: “Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona”

(“Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona”).c) Nacionalidad: española.d) Importe de la adjudicación:

— Importe único por recibo expedido y distribuido: 1 euro,más 0,16 euros de impuesto sobre el valor añadido.

— Comisión en cobros realizados mediante TPV: 1 por 100.— Retribución de los saldos de la cuenta operativa: media

anual del euríbor 1 día (EONIA), menos el margen de1,75 puntos porcentuales, pagadero por meses y revisablecada mes.

— Precio fijo por recibo devuelto: 3 euros, más 0,48 eurosde impuesto sobre el valor añadido.

En Alpedrete, a 28 de enero de 2009.—La alcaldesa, María Casa-do Nieto.

(02/1.495/09)

ALPEDRETE

OTROS ANUNCIOS

Resolución de Alcaldía.—A instancias de don José Luis MoñinoDvoraceck, propietario de la vivienda sita en el camino de la Esta-ción, número 20, cuarto 7, solicitando la baja de oficio en el padrónmunicipal de habitantes de doña Imane El Kharrazi y don YassinBourouis, porque no residen en ese domicilio; he resuelto dar debaja en el padrón municipal de habitantes a doña Imane El Kharra-zi y don Yassin Bourouis.

Alpedrete, a 30 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado).(02/1.615/09)

ARGANDA DEL REY

LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, deEvaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace públicoque por “Cristalerías Selarom, Sociedad Limitada”, se ha solicitadolicencia para la actividad de manipulado de vidrio en la calle Sego-via, número 20.—Expediente 346/2008.

Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a con-tar desde el siguiente de la inserción de este edicto en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afecta-do de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, anteel Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones perti-nentes.

Arganda del Rey, a 7 de enero de 2009.—La concejala-delegadade Desarrollo Económico y Empleo, Sonia Pico Sánchez.

(02/1.291/09)

ARGANDA DEL REY

LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, deEvaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace públicoque por “Metalistería Tecno Acero, Sociedad Limitada”, se ha soli-citado licencia para la actividad de taller de cerrajería en la calleAbedul, número 36.—Expediente 342/2008.

Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a con-tar desde el siguiente de la inserción de este edicto en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afecta-do de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, anteel Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones perti-nentes.

Arganda del Rey, a 7 de enero de 2009.—La concejala-delegadade Desarrollo Económico y Empleo, Sonia Pico Sánchez.

(02/1.285/09)

ARGANDA DEL REY

LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, deEvaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace públicoque por “Diocarnes, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licenciapara la actividad de comercio al por menor de carnes en la calle Ca-rrera Toledana, número 2, local.—Expediente 1/2009.

Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a con-tar desde el siguiente de la inserción de este edicto en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afecta-do de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, anteel Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones perti-nentes.

Arganda del Rey, a 23 de enero de 2009.—La concejala-delega-da de Desarrollo Económico y Empleo, Sonia Pico Sánchez.

(02/1.293/09)

ARGANDA DEL REY

LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, deEvaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace públicoque por “Cal de Castilla, Sociedad Anónima”, se ha solicitado licen-cia para la actividad de fábrica de cal (ampliación) en la antigua ca-rretera N-III, kilómetro 31.—Expediente 3.242.

Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a con-tar desde el siguiente de la inserción de este edicto en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afecta-do de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, anteel Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones perti-nentes.

Arganda del Rey, a 23 de enero de 2009.—La concejala-delega-da de Desarrollo Económico y Empleo, Sonia Pico Sánchez.

(02/1.277/09)

CAMARMA DE ESTERUELAS

OTROS ANUNCIOS

Tramitándose en este Ayuntamiento las siguientes bajas de oficioen el padrón municipal de habitantes solicitadas por terceras personas:

— Doña Bárbara Arqués Ortiz, con domicilio en la calle Colibrí,número 5.

— Don Sergio Muñoz Tomé, con domicilio en la calle Caminodel Molino, número 27-B.

— Don Jorge Muñoz Tomé, con domicilio en la calle Caminodel Molino, número 27-B.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 182 B.O.C.M. Núm. 48

— Doña Carmen Tomé López, con domicilio en la calle caminodel Molino, número 27-B.

— Don Maggic Candy Tembo, con domicilio en la calle LaLoma, número 56.

— Don Javier Alonso Martín, con domicilio en la calle Carnice-ría, número 7.

— Don Martín Vela Estrada, con domicilio en la calle Bodega,número 31.

— Don Cornel Viorel Mehedintu, con domicilio en la calle LasFuentes, número 1.

— Doña Andrea Cristina Preda, con domicilio en la calle LasFuentes, número 1.

— Doña Adnana Nicole Preda, con domicilio en la calle LasFuentes, número 1.

— Don Alexandru Alin Mehedintu, con domicilio en la calleLas Fuentes, número 1.

— Don Stelian Delea, con domicilio en la calle Las Fuentes, nú-mero 1.

— Don Pedro Escobar Prieto, con domicilio en la calle Empe-drada, número 25.

— Doña Rose Erabor, con domicilio en la calle Camino de Fres-no, número 2, bajo B.

— Don Osaretin Ugiagbe, con domicilio en la calle Camino deFresno, número 2, bajo B.

— Don Vasile Mariam Cartina, con domicilio en la calle Lopede Vega, número 1, portal, número 1, primero C.

— Don Vlad Marian Cartina, con domicilio en la calle Lope deVega, número 1, portal 1, primero C.

— Doña Ramona Ioana Stanciu, con domicilio en la calle Lopede Vega, número 1, portal 1, primero C.

— Doña Adelina Lorena Stanciu, con domicilio en la calle Lopede Vega, portal 1, primero C.

— Doña Carmen Ionescu, con domicilio en la calle Lope deVega, portal 1, primero C.

— Don Edward Harper Steffens, con domicilio en la calle PabloPicasso, número 3.

— Don Joan Luisse Steffens, con domicilio en la calle Pablo Pi-casso, número 3.

— Doña Sarah Lynn Steffens, con domicilio en la calle PabloPicasso, número 3.

— Don Timothy Edward Steffens, con domicilio en la calle Pa-blo Picasso, número 3.

— Don Michael Joseph Steffens, con domicilio en la calle PabloPicasso, número 3.

— Doña Daniela Paraschiv, con domicilio en la calle NuestraSeñora del Val, número 43.

— Don Eduardo Cuello Duval, con domicilio en la calle NuestraSeñora del Val, número 43.

— Doña María Teresa Santana Torres, con domicilio en la calleNuestra Señora del Val, número 43.

— Don Soocheol Jang, con domicilio en la calle Alfareros, nú-mero 2, segundo B.

— Don Yongjun Jang, con domicilio en la calle Alfareros, nú-mero 2, segundo B.

— Don Yongseok Jang, con domicilio en la calle alfareros, nú-mero 2, segundo B.

Y habiendo sido imposible la notificación a los interesados, sehace público para que los mismos, en el plazo de quince días conta-dos a partir de la publicación del mismo, manifiesten lo que creanoportuno en defensa de sus intereses de acuerdo con el artículo 59.4 dela Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Camarma de Esteruelas, a 3 de febrero de 2009.—La alcaldesa-presidenta, Consuelo Mendieta Coronado.

(02/1.805/09)

COLLADO MEDIANO

OFERTAS DE EMPLEO

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núme-ro 251, correspondiente al día 21 de octubre de 2008, se publicó laconvocatoria de una plaza de archivero/a para el Ayuntamiento de

Collado Mediano. Habiéndose detectado errores en las bases espe-cíficas que regirán dicho proceso selectivo, se corrigen de la si-guiente forma:

En la base primera, Objeto de la convocatoria, donde dice: “unaplaza de funcionario de la escala de Administración Especial, subes-cala Técnica, categoría Técnico Medio, grupo A2, denominada archi-vero/a”; debe decir: “una plaza de funcionario de la escala de Admi-nistración General, subescala Administrativa, grupo C1, denominadaarchivero/a.”

En la base segunda, Requisitos de los aspirantes, donde dice:“Para participar en el proceso selectivo de que se trata los aspiran-tes, además de reunir los requisitos generales, deberán estar en po-sesión de, o en condiciones de obtener, una de las siguientes titula-ciones académicas: diplomatura, licenciatura o doctorado enbiblioteconomía y documentación”; debe decir: “Para participar enel proceso selectivo de que se trata los aspirantes, además de reunirlos requisitos generales, deberán estar en posesión de, o en condicio-nes de obtener, el título de bachiller, formación profesional de se-gundo grado o equivalente”.

En la base tercera, Derechos de examen, donde dice: “Los dere-chos de examen serán 16 euros”; debe decir: “Los derechos de exa-men serán 22 euros”.

Collado Mediano, a 22 de enero de 2009.—La alcaldesa (firmado).(02/1.223/09)

COLLADO VILLALBA

CONTRATACIÓN

Anuncio del acuerdo adoptado por Junta de Gobierno Local, defecha 12 de febrero de 2009, convocando licitación para adjudicar la“Obra de mejora de infraestructuras: mejora de la movilidad urbanay seguridad vial en el barrio del Parque de La Coruña”, incluida enel Fondo Estatal de Inversión Local.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Collado Villalba.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General

(Contratación).c) Número de expediente: 08CON/09.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: “Obra de mejora de infraestructuras:

mejora de la movilidad urbana y seguridad vial en el barriodel Parque de La Coruña”, según características establecidasen el proyecto, que estará disponible en “Copistería Roal”, deCollado Villalba (teléfono 918 491 613).

b) Lugar de ejecución: Collado Villalba.c) Duración del contrato: siete meses contados a partir de la ad-

judicación, y concluir en, todo caso, antes del día 31 de di-ciembre de 2009.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: urgente.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación: 586.206,89 euros, con exclu-

sión del impuesto sobre el valor añadido, o su equivalente de680.000 euros, impuesto sobre el valor añadido incluido (16por 100).

5. Garantías:— Provisional: exento.— Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contra-

to, impuesto sobre el valor añadido excluido.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Registro General del Ayuntamiento de Collado Vi-

llalba.b) Domicilio: plaza de la Constitución, número 1.c) Localidad y código postal: 28400 Collado Villalba (Madrid).d) Teléfonos: 918 562 850, extensión 267, y 918 562 860.e) Telefax: 918 511 666 y 918 562 871.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: el

día de finalización del plazo de admisión de proposiciones.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 183

7. Clasificación del contratista:— Grupo G, subgrupo 6, categoría e.— Para las empresas no españolas de Estados miembros de la

Unión Europea será suficiente que acrediten su solvenciaeconómica, financiera y técnica conforme a los artículos 63 ysiguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumpla trece

días naturales a contar desde el día siguiente a la publicacióndel anuncio de licitación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, salvo que coincida en sábado o festi-vo, en cuyo caso sería el día siguiente hábil.

b) Documentación que integrará las ofertas: la establecida en lacláusula 13 y 14 del pliego de cláusulas administrativas par-ticulares.Además, habrá de aportarse justificante de ingreso de 20,68euros en concepto de tasa de presentación de plicas y tasa debastanteo de poder 20,68 euros.

c) Lugar: el indicado en el punto 6 de este anuncio.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener

su oferta (concurso): tres meses a partir de la fecha de aper-tura de proposiciones.

9. Apertura de las ofertas:a) Lugar: Ayuntamiento de Collado Villalba.b) Fecha: sexto día hábil siguiente al de la finalización del plazo

de admisión de proposiciones. Si fuera sábado, se trasladaráal siguiente día hábil.

c) Hora: a las doce.10. Gastos del anuncio: serán por cuenta del adjudicatario el impor-

te de los anuncios de licitación y adjudicación (máximo 2.000 euros).11. Los pliegos relativos a la convocatoria estarán disponibles

en la página web www.ayto-colladovillalba.org, así como en la Pla-taforma de Contratación del Estado y el proyecto en “CopisteríaRoal”, de Collado Villalba (teléfono 918 491 613).

12. Modelo de proposición: el establecido en el anexo I del plie-go de cláusulas administrativas particulares.

En Collado Villalba, a 13 de febrero de 2009.—El alcalde-presi-dente, José Pablo González Durán.

(01/493/09)

COLLADO VILLALBA

CONTRATACIÓN

Anuncio del acuerdo adoptado por Junta de Gobierno Local, defecha 12 de febrero de 2009, convocando licitación para adjudicar la«Obra de rehabilitación de parcela pública y reurbanización de la ca-lle Mirador de la Sierra de Madrid, en la urbanización “Mirador dela Sierra”, de Collado Villalba», incluida en el Fondo Estatal de In-versión Local.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Collado Villalba.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General

(Contratación).c) Número de expediente: 11CON/09.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: «Obra de rehabilitación de parcela

pública y reurbanización de la calle Mirador de la Sierra deMadrid, en la urbanización “Mirador de la Sierra”, de Colla-do Villalba», según características establecidas en el proyec-to, que estará disponible en “Copistería Roal”, de Collado Vi-llalba (teléfono 918 491 613).

b) Lugar de ejecución: Collado Villalba.c) Duración del contrato: siete meses contados a partir de la ad-

judicación, y concluir en, todo caso, antes del día 31 de di-ciembre de 2009.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: urgente.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación: 1.396.551,72 euros, con ex-

clusión del impuesto sobre el valor añadido, o su equivalente

de 1.620.000 euros, impuesto sobre el valor añadido incluido (16por 100).

5. Garantías:— Provisional: exento.— Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contra-

to, impuesto sobre el valor añadido excluido.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Registro General del Ayuntamiento de Collado Vi-

llalba.b) Domicilio: plaza de la Constitución, número 1.c) Localidad y código postal: 28400 Collado Villalba (Madrid).d) Teléfonos: 918 562 850, extensión 267, y 918 562 860.e) Telefax: 918 511 666 y 918 562 871.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: el

día de finalización del plazo de admisión de proposiciones.7. Clasificación del contratista:— Grupo G, subgrupo 6, categoría e.— Para las empresas no españolas de Estados miembros de la

Unión Europea será suficiente que acrediten su solvenciaeconómica, financiera y técnica conforme a los artículos 63 ysiguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumpla trece

días naturales a contar desde el día siguiente a la publicacióndel anuncio de licitación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, salvo que coincida en sábado o festi-vo, en cuyo caso sería el día siguiente hábil.

b) Documentación que integrará las ofertas: la establecida en lacláusula 13 y 14 del pliego de cláusulas administrativas par-ticulares.Además, habrá de aportarse justificante de ingreso de 20,68euros en concepto de tasa de presentación de plicas y tasa debastanteo de poder 20,68 euros.

c) Lugar: el indicado en el punto 6 de este anuncio.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener

su oferta (concurso): tres meses a partir de la fecha de aper-tura de proposiciones.

9. Apertura de las ofertas:a) Lugar: Ayuntamiento de Collado Villalba.b) Fecha: sexto día hábil siguiente al de la finalización del plazo

de admisión de proposiciones. Si fuera sábado, se trasladaráal siguiente día hábil.

c) Hora: a las doce.10. Gastos del anuncio: serán por cuenta del adjudicatario el

importe de los anuncios de licitación y adjudicación (máximo 2.000euros).

11. Los pliegos relativos a la convocatoria estarán disponiblesen la página web www.ayto-colladovillalba.org, así como en la Pla-taforma de Contratación del Estado y el proyecto en “CopisteríaRoal”, de Collado Villalba (teléfono 918 491 613).

12. Modelo de proposición: el establecido en el anexo I del plie-go de cláusulas administrativas particulares.

En Collado Villalba, a 13 de febrero de 2009.—El alcalde-presi-dente, José Pablo González Durán.

(01/494/09)

COLLADO VILLALBA

CONTRATACIÓN

Anuncio del acuerdo adoptado por Junta de Gobierno Local, defecha 12 de febrero de 2009, convocando licitación para adjudicar la“Obra de aparcamiento, ferial y zona deportiva en el barrio del Go-rronal, entre la calle Entrevías y la calle Formón, de Collado Villal-ba”, incluida en el Fondo Estatal de Inversión Local.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Collado Villalba.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General

(Contratación).c) Número de expediente: 10CON/09.

Page 12: Sede Oficial del Boletín de la Comunidad de Madrid | - III. … · 2009-02-26 · establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción,

JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 184 B.O.C.M. Núm. 48

2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: “Obra de aparcamiento, ferial y zona

deportiva en el barrio del Gorronal, entre la calle Entrevías yla calle Formón, de Collado Villalba”, según característicasestablecidas en el proyecto, que estará disponible en “Copis-tería Roal”, de Collado Villalba (teléfono 918 491 613).

b) Lugar de ejecución: Collado Villalba.c) Duración del contrato: siete meses contados a partir de la ad-

judicación, y concluir en, todo caso, antes del día 31 de di-ciembre de 2009.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: urgente.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación: 964.503,73 euros, con exclu-

sión del impuesto sobre el valor añadido, o su equivalente de1.118.824,33 euros, impuesto sobre el valor añadido incluido (16por 100).

5. Garantías:— Provisional: exento.— Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contra-

to, impuesto sobre el valor añadido excluido.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Registro General del Ayuntamiento de Collado Vi-

llalba.b) Domicilio: plaza de la Constitución, número 1.c) Localidad y código postal: 28400 Collado Villalba (Madrid).d) Teléfonos: 918 562 850, extensión 267, y 918 562 860.e) Telefax: 918 511 666 y 918 562 871.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: el

día de finalización del plazo de admisión de proposiciones.7. Clasificación del contratista:— Grupo G, subgrupo 6, categoría e.— Para las empresas no españolas de Estados miembros de la

Unión Europea será suficiente que acrediten su solvenciaeconómica, financiera y técnica conforme a los artículos 63 ysiguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumpla trece

días naturales a contar desde el día siguiente a la publicacióndel anuncio de licitación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, salvo que coincida en sábado o festi-vo, en cuyo caso sería el día siguiente hábil.

b) Documentación que integrará las ofertas: la establecida en lacláusula 13 y 14 del pliego de cláusulas administrativas par-ticulares.Además, habrá de aportarse justificante de ingreso de 20,68euros en concepto de tasa de presentación de plicas y tasa debastanteo de poder 20,68 euros.

c) Lugar: el indicado en el punto 6 de este anuncio.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener

su oferta (concurso): tres meses a partir de la fecha de aper-tura de proposiciones.

9. Apertura de las ofertas:a) Lugar: Ayuntamiento de Collado Villalba.b) Fecha: sexto día hábil siguiente al de la finalización del plazo

de admisión de proposiciones. Si fuera sábado, se trasladaráal siguiente día hábil.

c) Hora: a las doce.10. Gastos del anuncio: serán por cuenta del adjudicatario el

importe de los anuncios de licitación y adjudicación (máximo 2.000euros).

11. Los pliegos relativos a la convocatoria estarán disponiblesen la página web www.ayto-colladovillalba.org, así como en la Pla-taforma de Contratación del Estado y el proyecto en “CopisteríaRoal”, de Collado Villalba (teléfono 918 491 613).

12. Modelo de proposición: el establecido en el anexo I del plie-go de cláusulas administrativas particulares.

En Collado Villalba, a 13 de febrero de 2009.—El alcalde-presi-dente, José Pablo González Durán.

(01/495/09)

COLLADO VILLALBA

CONTRATACIÓN

Anuncio del acuerdo adoptado por Junta de Gobierno Local, defecha 12 de febrero de 2009, convocando licitación para adjudicar la“Obra de mejora de infraestructuras: redes viarias, saneamiento yalumbrado en el barrio de Las Suertes, de Collado Villalba”, inclui-da en el Fondo Estatal de Inversión Local.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Collado Villalba.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General

(Contratación).c) Número de expediente: 09CON/09.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: “Obra de mejora de infraestructuras:

redes viarias, saneamiento y alumbrado en el barrio de LasSuertes, de Collado Villalba”, según características estableci-das en el proyecto, que estará disponible en “CopisteríaRoal”, de Collado Villalba (teléfono 918 491 613).

b) Lugar de ejecución: Collado Villalba.c) Duración del contrato: seis meses contados a partir de la adju-

dicación, y concluir en, todo caso, antes del día 31 de diciem-bre de 2009.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: urgente.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación: 547.413,79 euros, con exclu-

sión del impuesto sobre el valor añadido, o su equivalente de635.000 euros, impuesto sobre el valor añadido incluido (16por 100).

5. Garantías:— Provisional: exento.— Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contra-

to, impuesto sobre el valor añadido excluido.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Registro General del Ayuntamiento de Collado Vi-

llalba.b) Domicilio: plaza de la Constitución, número 1.c) Localidad y código postal: 28400 Collado Villalba (Madrid).d) Teléfonos: 918 562 850, extensión 267, y 918 562 860.e) Telefax: 918 511 666 y 918 562 871.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: el

día de finalización del plazo de admisión de proposiciones.7. Clasificación del contratista:— Grupo G, subgrupos 3 y 4, categoría c.— Para las empresas no españolas de Estados miembros de la

Unión Europea será suficiente que acrediten su solvenciaeconómica, financiera y técnica conforme a los artículos 63 ysiguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumpla trece

días naturales a contar desde el día siguiente a la publicacióndel anuncio de licitación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, salvo que coincida en sábado o festi-vo, en cuyo caso sería el día siguiente hábil.

b) Documentación que integrará las ofertas: la establecida en lacláusula 13 y 14 del pliego de cláusulas administrativas par-ticulares.Además, habrá de aportarse justificante de ingreso de 20,68euros en concepto de tasa de presentación de plicas y tasa debastanteo de poder 20,68 euros.

c) Lugar: el indicado en el punto 6 de este anuncio.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener

su oferta (concurso): tres meses a partir de la fecha de aper-tura de proposiciones.

9. Apertura de las ofertas:a) Lugar: Ayuntamiento de Collado Villalba.b) Fecha: sexto día hábil siguiente al de la finalización del plazo

de admisión de proposiciones. Si fuera sábado, se trasladaráal siguiente día hábil.

c) Hora: a las doce.

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10. Gastos del anuncio: serán por cuenta del adjudicatario elimporte de los anuncios de licitación y adjudicación (máximo 2.000euros).

11. Los pliegos relativos a la convocatoria estarán disponiblesen la página web www.ayto-colladovillalba.org, así como en la Pla-taforma de Contratación del Estado y el proyecto en “CopisteríaRoal”, de Collado Villalba (teléfono 918 491 613).

12. Modelo de proposición: el establecido en el anexo I del plie-go de cláusulas administrativas particulares.

En Collado Villalba, a 13 de febrero de 2009.—El alcalde-presi-dente, José Pablo González Durán.

(01/496/09)

COLMENAR VIEJO

URBANISMO

El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 29 de enerode 2009 adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Parcial de IniciativaPrivada para el desarrollo del sector número 6: Alto Eugenio, del vi-gente PGOU, promovido por don Antonio Moreno Collado, en re-presentación de la Junta de Compensación del citado sector.

Segundo.—Ordenar la publicación de este anuncio en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y de las disposiciones nor-mativas de dicho Plan en cumplimiento de lo dispuesto en el artícu-lo 66 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumpli-miento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comuni-dad de Madrid, significando que contra dicho acto, que es definiti-vo en vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposiciónante este mismo órgano. Contra la resolución desestimatoria delmismo, expresa o por el transcurso de un mes desde la interposicióndel mismo, sin que hubiera recaído acuerdo al respecto, podrá inter-ponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Con-tencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, si laresolución fue expresa, o de seis si no lo hubiera sido (artículo 46 dela Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuiciode utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

NORMATIVA DEL PLAN PARCIAL S.U.P.-6ALTO EUGENIO (COLMENAR VIEJO)

TÍTULO I

Normas de carácter general

Artículo 1. Fundamento.—1. De acuerdo con lo dispuesto enel artículo 49 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Urbanismo de laComunidad de Madrid, en adelante Ley 9/2001, se redactan las pre-sentes Normas Urbanísticas para la regulación del planeamiento y laejecución de los actos de urbanización y edificación.

2. Las presentes Normas Urbanísticas desarrollan el PGOU deColmenar Viejo para el Suelo Urbanizable.

Art. 2. Ámbito de aplicación.—La presente normativa urbanísti-ca afectará a todas las actividades señaladas en el apartado anteriorque se realicen en el ámbito físico del Plan Parcial del Suelo Urbani-zable Programado (Sectorizado): SUP-6 Alto Eugenio, del PGOU.

Quedarán igualmente afectadas aquellas otras actividades urbani-zadoras o edificatorias que aún fuera del ámbito físico definido porel Plan Parcial, tengan por objeto la realización de las conexionesnecesarias con las redes de infraestructuras existentes o que en el fu-turo se proyecten.

Art. 3. Normas de interpretación.—En caso de discrepancia en-tre los distintos documentos que constituyen el Plan Parcial, se esta-blece el siguiente orden de prioridad en cuanto a su valor normativo:

1. Normas Generales del PGOU.2. Normativa Urbanística del Plan Parcial.3. Planos de Ordenación.4. Memoria, Plan de Etapas y Estudio Económico-Financiero.En cuanto a la situación y delimitación del dominio público de las

vías pecuarias, prevalecerá lo recogido en el plano de ordenación es-cala 1:1.500 titulado “Zonificación” del Plan Parcial. Si este plano

u otros del Plan contuviera discrepancias respecto a las clasificacio-nes y deslindes legalmente aprobados de las vías pecuarias, prevale-cerán estos últimos.

Art. 4. Corrección material de errores.—Cuando la base carto-gráfica que sirve de base al grafismo no coincida con la situaciónreal del viario existente o proyectado, su corrección y la del grafis-mo de ordenación basado en la misma será considerada correcciónmaterial de error, y podrá subsanarse por aprobación del Pleno Mu-nicipal.

Una vez aprobada, la corrección se incorporará al documento delPlan Parcial como anotación complementaria de la determinaciónque se interpreta.

Art. 5. Interpretación de concepto dudoso.—El Pleno Municipalpodrá aprobar la interpretación más adecuada a determinaciones delPlan Parcial que pudiesen ser ambiguas o para las que pudieren exis-tir dos o más acepciones diferentes. La interpretación oficial requeri-rá un informe del servicio municipal correspondiente, señalando laambigüedad o doble acepción posible existente, y la propuesta de in-terpretación. Una vez aprobada, la interpretación se incorporará aldocumento del Plan Parcial como anotación complementaria de ladeterminación que se interpreta.

TÍTULO II

Régimen del suelo

Art. 6. Normativa de aplicación.—En el ámbito del Plan ParcialSUP-6: Alto Eugenio, será de aplicación el:

— Título 2 de la Normativa General Urbanística, volumen II,del PGOU de Colmenar Viejo.

— Capítulo 2: Régimen del Suelo Urbanizable.— Capítulo 4: Sistemas Generales (Redes Supramunicipales y

Generales).Asimismo, será de aplicación cualquier otra legislación que pu-

diera sustituir, modificar o derogar cualquier normativa aplicable alpresente Plan Parcial, con respeto de los derechos adquiridos, en sucaso.

TÍTULO III

Régimen del Suelo Urbanizable

Capítulo 1

Régimen del suelo

Art. 7. Normativa general.—Excepto para lo expresamente defi-nido en la presente Normativa Urbanística, será aplicable el título 6,regulación del suelo urbanizable, del PGOU de Colmenar Viejo, ensu capítulo 1: condiciones generales del suelo urbanizable.

1. Áreas de reparto y delimitación de sectores.2. Derechos de propiedad en el desarrollo de Planes Parciales.3. Obligaciones y cargas del propietario.4. Plazo de ejecución del planeamiento.5. Sistema de actuación y condiciones de conservaciones: el sis-

tema de actuación será el de compensación, previa aprobación de lapetición del cambio del sistema establecido por el PGOU, tramitadoante el Ayuntamiento de Colmenar Viejo.

6. Ordenación y condiciones de uso y volumen de los sectores.7. Documentación.Art. 8. Condiciones de desarrollo.—El Plan Parcial SUP-6:

Alto Eugenio, podrá desarrollarse mediante los instrumentos urba-nísticos de planeamiento, gestión y ejecución que permita la legisla-ción vigente:

— Planes Especiales.— Estudios de Detalle.— Proyecto de Urbanización.— Proyecto de Reparcelación.— Proyecto de Edificación.Art. 9. Ejecución de la urbanización.—La ejecución de la urba-

nización atenderá al título 3: ejecución de la urbanización y edifica-ción del PGOU de Colmenar Viejo, en su capítulo 3: obras de urba-nización.

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1. Generalidades.2. Condiciones de urbanización de la red viaria.2.2. Aparcamiento.El Plan Parcial dispondrá plazas de aparcamiento de acuerdo con

la legislación urbanística LSCM y las específicas de cada uso seña-ladas por el PGOU.

Las plazas de aparcamiento sobre la red viaria pública deberáncumplir la Ley 8/1993, de 22 de junio, de promoción y supresión debarreras arquitectónicas, y su modificación por Decreto 138/1998,de 23 de julio, de la Comunidad de Madrid.

3. Condiciones de urbanización de áreas peatonales, áreas ajar-dinadas y áreas de equipamiento.

4. Condiciones de urbanización de las infraestructuras hidráulico-sanitarias. Además de estas, se cumplirán las especificaciones pro-pias para el Sector 6: Alto Eugenio, en el título 6: Suelo Urbaniza-ble, capítulo 4, apartado 3: especificaciones a la ordenación desectores urbanizables programados.

5. Condiciones de urbanización de las infraestructuras energéticas.6. Condiciones de urbanización del resto de infraestructuras.7. Requisitos medioambientales de cumplimiento para los ins-

trumentos de ejecución.Art. 10. Conservación de la urbanización.—La conservación

de la urbanización corresponderá a la Entidad Urbanística de Con-servación durante los diez años posteriores a la terminación de lamisma.

Art. 11. Obras de edificación.—Las obras de edificación en elámbito del Plan Parcial del Sector SUP-6: Alto Eugenio, atenderána las determinaciones del título 3, capítulo 4: obras de edificación,en sus apartados:

1. Tipos de obra.2. Determinación del tipo de obra de edificación.3. Instrumentos de edificación.4. Definición del tipo de obra.Art. 12. Licencias.—Para el régimen de licencias en el ámbito

del Plan Parcial, será de aplicación lo señalado en el título 3 de laNormativa general urbanística del PGOU de Colmenar Viejo en sucapítulo 1: licencias.

1. Preliminares.2. Licencias de parcelación y reparcelación.3. Licencias de urbanización.4. Licencias de obra.5. Licencias de primera ocupación.6. Licencia de apertura y funcionamiento de industrias y activi-

dades.Art. 13. Carreteras.—Cualquier actividad, instalación o cons-

trucción afectada por la delimitación del dominio público o protec-ción de la M-607 y M-625, deberán contar con la preceptiva autori-zación del órgano competente, en cumplimiento del Reglamentoque por Decreto 29/1993, de 11 de marzo, desarrolla la Ley 3/1991,de 7 de marzo, de Carretera de la Comunidad de Madrid.

TÍTULO IV

Régimen de los usos del suelo y la edificación

Art. 14. Usos del suelo y la edificación.—Será de aplicación laNormativa General Urbanística del Plan General de Colmenar Vie-jo, volumen II, para todo lo que no venga expresamente señalado enlas siguientes ordenanzas.

Los Proyectos de Edificación deberán incorporar las medidas rela-tivas a eficiencia energética de los edificios del Real Decreto 47/2007,de 19 de enero, que aprueba el Procedimiento básico para la certifica-ción de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.

TÍTULO V

Ordenanzas del suelo y la edificación

Art. 15. Ordenanza 1. Dotaciones comunitarias: equipamien-tos y centros públicos.—1. Ámbito de aplicación.

Es de aplicación a todas las zonas de Dotaciones y Equipamien-tos Públicos, bien sean Supramunicipales o Generales. Están grafia-das en el plano “Zonificación” con las siglas, EQRL y EQRG.

2. Uso y tipología.2.1. Uso característico.El uso característico será el de dotación comunitaria.En general, corresponde a edificios públicos y/o de uso colectivo

cuya tipología ofrece condiciones de programa y de diseño especí-ficas para cada una de las grandes categorías de usos dotacionales ycomunitarios: escolar o educativo, deportivo, sanitario-asistencial,sociocultural y recreativo, religioso y administrativo.

2.2. Usos complementarios.Los usos complementarios son los señalados a continuación.

CATEGORÍASUSOS GLOBALES GRUPOS

(USO PORMENORIZADO) SITUACIÓN

1.RESIDENCIAL 1.1. UNIFAMILIAR VIVIENDA DE GUARDERÍA 6. TRANSPORTE 6.1. Garaje

6.2. Edificio de aparcamiento COMCOM

7. DOTACIONES COMUNITARIAS

7.1. Uso Cultural, religioso y recreativo 7.2. Uso Deportivo 7.3. Sanitario y asistencial 7.4. Educativo 7.5. Administrativo Público

Cualquiera

8. ESPACIOS LIBRES

8.2. Jardín Privado (JP)

PRE = PREDOMINANTE.COM = COMPLEMENTARIO con máximo 50 por 100.100 = COMPLEMENTARIO 100 por 100.ESP/1 = COMPLEMENTARIO CON CONDICIONES ESPECÍFICAS.

a) Tipología: se corresponde con edificio exento en el interiorde la parcela y espacios libres en torno.

3. Tamaño y forma de la parcela.

No se especifica, si bien su situación y extensión serán adecuadaspara el cumplimiento de las previsiones de cada legislación especí-fica.

4. Posición de la edificación en la parcela.

4.1. Ocupación máxima.

La edificación sobre rasante y bajo rasante no podrá ocupar más deun 60 por 100 de la superficie de parcela. El Ayuntamiento, excep-cionalmente, podrá admitir mayor ocupación en razón de la utilidadpública del servicio a cubrir y de la funcionalidad de tal aumento.

4.2. Alineaciones y retranqueos.

La posición de la edificación en la parcela será libre, con las úni-cas limitaciones derivadas de las siguientes condiciones:

a) Que no queden medianerías al descubierto o que se preveacon certeza su cubrimiento por la futura edificación adosadade la parcela colindante.

b) Si se producen retranqueos de los linderos laterales, que talesretranqueos tengan como mínimo longitudes iguales a la mi-tad de la altura de la edificación, con un mínimo absoluto de 3metros.

c) Los retranqueos posteriores serán obligatorios y tendrán unancho mínimo de 3 metros.

5. Altura de la edificación.

La altura máxima será de 2 plantas y 8 metros al alero. El Ayun-tamiento podrá admitir mayores alturas en razón de la utilidad pú-blica del servicio a cubrir y de la funcionalidad de tal aumento, te-niendo en cuenta los efectos de la implantación del nuevo volumenen el ámbito de su localización.

6. Superficie máxima edificable.

— Parcela menor de 500 metros cuadrados: 2,0 metros cuadra-dos/metro cuadrado.

— Parcela entre 500 y 1.000 metros cuadrados: 1,5 metros cua-drados/metro cuadrado.

— Parcela entre 1.001 y 5.000 metros cuadrados: 1,0 metro cua-drado/metro cuadrado.

— Parcela igual o mayor de 5.000 metros cuadrados: 0,75 me-tros cuadrados/metro cuadrado.

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No obstante, si la actuación fuese declarada de interés público ysocial, y por razones funcionales justificadas, el Ayuntamiento podráadmitir hasta el doble de la edificabilidad del tipo correspondiente.

Art. 16. Ordenanza 2. Infraestructuras servicios públicos yenergéticos.—1. Ámbito y aplicación.

Corresponde a las parcelas destinadas al uso genérico de in-fraestructuras viarias y de servicios básicos, como los Centros deTransformación y otros análogos.

2. Uso y tipología.El uso característico es el de servicios públicos o privados.Corresponde a espacios cuya ubicación o dimensiones permite

suministrar servicios a los ciudadanos, con condiciones de progra-ma y de diseño específicas para cada uno de los servicios o in-fraestructuras de esta ordenanza. Incluye, entre otros, los serviciosde accesibilidad, red viaria y sus instalaciones de abastecimiento yservicio, servicios de abastecimiento y conducción de agua, limpie-za, etcétera.

Usos compatibles: únicamente aquellos necesarios para el funcio-namiento del servicio característico.

3. Implantación.La implantación de este tipo de servicios será subterránea. Sin

embargo, en caso de que por cuestiones técnicas esto no sea posible,se establecen los siguientes parámetros, recogidos a continuación.

4. Posición de la edificación en la parcela.La posición de la edificación en la parcela sobre rasante será libre,

con las únicas limitaciones derivadas de las siguientes condiciones:a) Ocupación máxima sobre rasante, 30 por 100.b) Que no queden medianeras al descubierto o que exista garan-

tía de su cubrimiento por la futura edificación adosada a laparcela colindante.

c) No será necesario respetar retranqueos a linderos.No obstante, el Ayuntamiento podrá admitir superar estos están-

dares por razón de la funcionalidad o legislación específica para ac-tuaciones de interés público. La ocupación máxima bajo rasante serádel 100 por 100 de la parcela.

5. Altura de la edificación.El número máximo de plantas se establece, con carácter general,

en una planta con una altura máxima de la edificación de 4 metros.El Ayuntamiento, excepcionalmente, podrá admitir mayores altu-

ras y mayor número de plantas en razón de la utilidad del servicio acubrir y de la funcionalidad de tal aumento.

6. Superficie máxima edificable.En las parcelas en que se requiera edificación, la superficie máxi-

ma edificable será la que corresponda a la aplicación del coeficien-te de edificabilidad de 0,2 metros cuadrados/metro cuadrado.

El Ayuntamiento, excepcionalmente, podrá admitir mayor edifi-cabilidad en razón de la utilidad pública del servicio a cubrir y lafuncionalidad de tal aumento.

7. Normativa específica.En cada caso se cumplirá la normativa legal sectorial reguladora

de cada sistema que corresponda, y cuyas disposiciones sustituirána las que fueran contradictorias a esta ordenanza.

Para los Centros de Transformación (o instalaciones energéticassimilares), que serán enterrados, se atenderá a las normas específi-cas de las compañías suministradoras, sin que quepa otro aprovecha-miento.

Art. 17. Ordenanza 3. Espacios libres y zonas verdes públi-cas.—1. Ámbito y aplicación.

Corresponde a las parcelas destinadas a las Redes Generales yLocales de Espacios Libres y Zonas Verdes grafiadas en el plano“Zonificación” como ZVRG y ZVRL, y con carácter transitorio a laparcela señalado con RSVPELP Vía Pecuaria Propuesta.

2. Uso y tipología.El uso característico es el de parque, jardines y paseos. Son espa-

cios públicos destinados a los usos de parques, jardines, áreas dejuego infantil, o plazas peatonales de estancia.

Esta ordenanza comprende:— Parque público: son los espacios destinados a parque y jardín

con plantaciones de arbolado y jardinería.

— Paseos y plazas peatonales: las áreas peatonales cuya funciónes garantizar las comunicaciones no motorizadas. Incluye lospaseos o carriles para bicicletas.

Los únicos usos compatibles autorizados son los de ocio y depor-te; y aparcamiento en un máximo del 10 por 100 de la parcela. Seautorizan otros usos públicos con carácter temporal según decisiónmunicipal.

La tipología es la de espacios mayoritariamente libres de edifica-ción, con vegetación o sin ella.

3. Tamaño y forma de la parcela.Son las indicadas en los planos de zonificación y gestión.4. Posición de la edificación en la parcela.La posición de las edificaciones permitidas sobre la parcela será

libre con las únicas limitaciones derivadas de la exigencia de man-tener al menos 6 metros a todos los linderos.

5. Altura de la edificación y construcciones permitidas.Se permiten pequeñas construcciones destinadas a quioscos, ca-

binas de teléfonos, templetes, etcétera.El número máximo de plantas será de una con una altura máxima

de edificación de 4 metros y una altura máxima de cumbrera de 7metros.

Los sótanos serán libres siempre que no sobresalgan por encimade la rasante natural del terreno y permitan la plantación de especiesvegetales en éste. Los sótanos sólo se podrán dedicar a garaje, apar-camiento e instalaciones, y no computarán a los efectos del consu-mo de la superficie máxima edificable.

6. Superficie máxima edificable.La superficie máxima edificable resultará de aplicar una ocupa-

ción máxima del 5 por 100 a la superficie de la parcela, con un máxi-mo de 100 metros cuadrados construido.

Art. 18. Ordenanza 4. Red de viviendas de promoción pública oviviendas de integración social VPP.—1. Ámbito y aplicación.

Corresponde a los terrenos con destino a la Red Supramunicipaldestinados a Viviendas de promoción pública y grafiados en los pla-nos de ordenación como RSPM-vis de propiedad pública.

2. Uso y tipología.Se corresponderá con su legislación específica.3. Condiciones de desarrollo.Para su desarrollo es necesaria la redacción de un Plan Especial

que fije las condiciones de ordenación de las viviendas y sus dota-ciones complementarias de acuerdo con su legislación específica.

Art. 19. Ordenanza 5. Vivienda Colectiva VCL/VCPP.—1. Ám-bito de aplicación.

Corresponden a todas las zonas con uso Residencial Colectivo deaplicación a las manzanas señaladas en el Plano “Zonificación”, conlas siglas:

Grado 1.o VCL: Vivienda Colectiva Libre que corresponde amanzanas 4, 5, 6, 7 y 16.

Grado 2.o VCPP (VCPB y VCPL): Vivienda Colectiva con Pro-tección Pública que corresponde a las manzanas 12 y 13.

2. Uso y tipología.Corresponde a edificios residenciales exentos, con espacio libre

en torno.2.1. Uso característico: Residencial Colectiva.Corresponde a edificios con viviendas superpuestas, con entrada

común desde la calle o espacio común.2.2. Usos Compatibles: los señalados en la tabla de usos al final

de esta ordenanza.3. Tamaño y forma de la parcela.No podrán producirse fragmentaciones del parcelario existente que

conduzcan a la formación de linderos frontales menores de 20 metrosni a superficies de parcela menores de 1.000 metros cuadrados.

4. Posición de edificación en la parcela.4.1. Ocupación máxima.La ocupación máxima sobre rasante de la parcela o polígono edi-

ficable por la edificación será del 60 por 100 de la superficie de lamisma.

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La ocupación máxima bajo rasante será del 80 por 100 de la parcela.4.2. Alineaciones y retranqueos.4.2.1. Retranqueos a linderos frontales y laterales.La edificación se podrá ajustar o no a la alineación oficial en los

linderos frontal y laterales.En caso de retranqueo frontal será obligatorio construir un cerra-

miento o valla de fábrica, de tratamiento similar al de la fachada re-tranqueada, y de al menos 0,60 metros de alto, para señalar la alinea-ción a vial.

En el caso de las parcelas 5, 6 y 12 (denominada 13 en el EstudioAcústico) el cerramiento de estas en su frente Este frente a la carre-tera M-625 (carretera de Guadalix), estará formado por cerramientoo valla de las características iguales a las mencionadas en el anteriorpárrafo, que cumplan las condiciones del plan general y al que se lesolapara en la cara interior de la parcela un cerramiento acústicotransparente fonoabsorbente de al menos 2 metros y con un máximode 2,40 metros de altura.

4.2.2. Retranqueos a lindero posterior.Será como mínimo de 4 metros.4.2.3. Adosamiento a linderos.Se permitirá el adosamiento de edificaciones entre parcelas colin-

dantes en cualquiera de su lindero lateral o posterior si existe acuer-do escrito entre los propietarios de las referidas parcelas.

4.3. Fondo y longitudes máximas de la edificación.No se fija fondo ni longitud máxima de fachada, que vendrán de-

terminados por los retranqueos mínimos exigidos a lindero posterior.La longitud máxima entre planos continuos de fachada será de 60

metros, la diferencia mínima de profundidad entre planos de seráde 75 centímetros.

4.4. Separación entre bloques.La separación mínima entre cada par de bloques, medida en cual-

quier dirección, será la semisuma de ambas alturas. En esta zona deseparación se permite la construcción de rampas de acceso rodado,accesos peatonales, chimeneas de humos o conductos de ventila-ción, cuerpos de instalaciones o accesos a garajes comunes cubier-tos adosados o no a fachadas y zonas ajardinadas.

4.5. Patios.Se estará a lo dispuesto en el apartado 2, Condiciones Generales,

de la Sección 1, Condiciones planimétricas y de volumen, del títu-lo 4, de los usos del suelo y la edificación, del volumen II, Norma-tiva General Urbanística, del Plan General. A continuación se haceun breve resumen indicativo, no sustitutivo, de las dimensiones mí-nimas de los patios (siendo H la altura en metros de la fachada másalta dando al patio):

Patios cerrados a los que den espacios destinados a la estancia depersonas (incluso cocinas): deberá poderse inscribir un círculo dediámetro 0,6 H. La superficie del patio será igual o mayor a la mitaddel cuadrado de H, con un mínimo de 3 metros de lado y 15 metroscuadrados de superficie.

Patios cerrados a los que den espacios no destinados a estancia depersonas: deberá poderse inscribir un círculo de diámetro 0,3 H, consuperficie igual o mayor a un sexto del cuadrado de H, con lado mí-nimo de 3 metros y superficie mínima 9 metros cuadrados.

5. Altura de la edificación y pendiente de cubierta.5.1. Número máximo de plantas sobre rasante. Altura máxima.El número máximo de plantas será de tres plantas (planta baja + dos

plantas de piso) + bajo cubierta.La altura máxima a cornisa será de 10,00 metros.5.2. Construcciones por encima de la altura.Solo se permitirán casetones de escalera para acceso a cubierta y

cuartos de máquinas de ascensores.5.3. Pendiente de la cubierta.La cubierta tendrá una pendiente máxima de 30 grados sexagesi-

males, admitiéndose en todos los casos la cubierta plana.6. Dotación de aparcamiento, cuartos de instalaciones y trasteros.Los edificios deberán contar con la dotación mínima de aparca-

miento establecida en el Plan General de Ordenación Urbana y Leydel Suelo de la Comunidad de Madrid.

Los garajes y cuartos de instalaciones situados en sótano y o se-misótano no computarán a efectos de edificabilidad.

Los trasteros no computarán a efectos de edificabilidad y podránsituarse en planta bajo cubierta, sótano y o semisótano. La superfi-cie del conjunto de los trasteros mas las zonas de distribución de losmismos no computarán a efectos de edificabilidad. La superficieconstruida de cada trastero será como máximo de 8 metros cuadra-dos por trastero. El número máximo de trasteros será de uno por vi-vienda.

7. Condiciones de jardines privados.En particular, los espacios destinados por el Proyecto de Edifica-

ción a Jardín Privado de Comunidad, o espacios de parcela que exis-tan entre y alrededor de la edificación principal, no podrán ser ocu-pados por edificación, salvo con edificios auxiliares (almacén, localcomunidad, garaje, jardinería, cenador, porche, etcétera) adecuadosa su función, de una planta y de superficie menor del 10 por 100 dela superficie de dicho Jardín Privado de Comunidad, con un máxi-mo absoluto de 20 metros cuadrados de edificación al servicio de laurbanización. La edificación auxiliar de dicho Jardín Privado de co-munidad no computará a los efectos del cálculo de la superficiemáxima edificable. En jardines privados asociados a una viviendano se permite ningún tipo de edificación, ni siquiera edificacionesauxiliares.

Se ajardinará al menos el 50 por 100 de la superficie correspon-diente a jardines privados, y puede ser ocupado bajo rasante.

8. Edificabilidades y número de viviendas.Grado 1.o VCL: Viviendas Libres.

Manzana n.º Superficie (m2s) Edificabilidad (m2c) N.º de Viv.Manzana 4 7.676,00 6.667,02 42 Manzana 5 13.952,73 12.449,28 79 Manzana 6 11.600,00 10.299,45 64 Manzana 7 6.123,87 5.524,77 35 Manzana 16 6.737,59 5.982,19 38 Total 46.090,19 40.922,71 258

Grado 2.o VCPP: Viviendas con Protección Pública.

Manzana n.º Superficie (m2s) Edificabilidad (m2c) N.º de Viv.Manzana 12 9.129,82 9.130,00 83 (VPP Básica Manzana 13 4.094,20 4.050,00 27 (VPP Limitado) Total 13.224,02 13.180,00 110

En caso de parcelación en las condiciones señaladas en el aparta-do 3, la edificabilidad y el número de viviendas resultante, será pro-porcional a su superficie, en relación con el total de la manzana enque se encuentra.

9. Usos compatibles.El Plan General fija que será el Plan Parcial el que establecerá el

régimen de usos complementarios y prohibidos, basados en el seña-lado en las ordenanzas tipo del capítulo 4, y en el de las áreas colin-dantes. Para ello recomienda una tabla de usos para los cuatro usosglobales asignados a Sectores Urbanizables Programados, dejandoque el propio Plan Parcial pueda variarla previa justificación y sucorrespondiente aprobación municipal, para determinadas zonas.

Las importantes cesiones de suelo sufridas en el sector han hechoque el uso mayoritario del mismo pase a ser el de vivienda colecti-va, por lo que parece lógico que, en aquellas manzanas donde se de-sarrolle este uso, los usos compatibles sean los siguientes:

CATEGORÍAS COMPATIBILIDAD DE USOS

USOS GLOBALES GRUPOS (USO PORMENORIZADO)

USO CARACTERÍSTICO DE LA MANZANA: VIVIENDA COLECTIVA

COL1.RESIDENCIAL 1.1. UNIFAMILIAR MIXTO

1.2. COLECTIVA -

PRE2. COMERCIO Y SERVICIOS

2.1. Comercio de barrio 2.2. Comercio de ciudad 2.4. Comercio escaparate 2.5. Servicios personales 2.6. Bares, cafeterías y rest.

ESP/4 en planta baja ESP/1 en planta baja COM en planta baja COM en planta baja COM en planta baja

3. OFICINAS 3.1. Despachos Profesionales

3.2. Locales de Oficinas

COM en planta baja y en planta primera

COM en planta baja y en planta primera

4. INDUSTRIA 4.3. Artesanía COM en planta baja

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 189

CATEGORÍAS COMPATIBILIDAD DE USOS

USOS GLOBALES GRUPOS (USO PORMENORIZADO)

USO CARACTERÍSTICO DE LA MANZANA: VIVIENDA COLECTIVA

COL5. ALOJAMIENTO 5.1. Hoteles

5.2. Residencias 100 100

6. TRANSPORTE 6.1. Garaje COM en planta sótano o semisótano y baja

7. DOTACIONES COMUNITARIAS

7.1. Uso Cultural, religioso y recreativo 7.2. Uso Deportivo 7.3. Sanitario y asistencial 7.4. Educativo 7.5. Administrativo Público

COM en planta baja

COM en planta baja COM en planta baja COM en planta baja COM en planta baja

8. ESPACIOS LIBRES

8.1. Suelo Libre de Uso Público (LUP) 8.2. Jardín Privado (JP) 8.3. Viario

100

100 100

9. SERVICIOS BASICOS

9.1. Seguridad y Defensa COM en planta baja

PRE = PREDOMINANTE.COM = COMPLEMENTARIO con máximo 50 por 100.100 = COMPLEMENTARIO 100 por 100.ESP/1 = COMPLEMENTARIO CON CONDICIONES ESPECÍFICAS.NOTAS A LAS CONDICIONES ESPECIALES DE COMPLEMENTARIEDAD DE

USOS.

1. Comercio de ciudad: uso complementario; pero en caso desuperar los 500 metros cuadrados de superficie de venta, para obte-ner licencia de apertura, deberá presentar un Informe de Accesibili-dad demostrando la viabilidad de la implantación sin causar perjui-cio a la fluidez del tráfico. El Ayuntamiento podrá denegar lalicencia si ese extremo no es razonablemente demostrado.

2. Se admite únicamente industria limpia, y talleres con las mis-mas condiciones, no contaminante en emisiones de ningún tipo.

3. Todos los usos complementarios indicados anteriormente seadmiten salvo que generase efectos negativos en el vecindario y sinposibilidad de solución.

4. Comercio de barrio: compatible en planta baja exclusiva-mente. La traducción de edificabilidades del uso global ResidencialColectivo a edificabilidad de Comercio se hará aplicando el coefi-ciente de homogeneización señalado en el apartado 7.7 de esta me-moria.

10. Balcones, cornisas y cuerpos volados.Se permiten salientes, balcones, cornisas y sobre cuerpos volados

abiertos o cerrados sobre la rasante de acera como máximo de 75centímetros respecto del paramento de fachada. La altura mínimasobre la rasante de la acera será de 3,00 metros. La superficie máxi-ma de vuelos por fachada será de un 50 por 100 respecto de la lon-gitud de cada una de las fachadas.

11. Plataformas de edificación.En el caso de edificaciones no alineadas a la rasante oficial se per-

mite la ejecución de plataformas de edificación.La diferencia de altura entre distintas plataformas será menor o

igual a 1,90 metros.Estas plataformas de edificación no sobresaldrán más de 1,90 me-

tros ni estarán enterradas más de 1,90 metros respecto a la rasanteoficial a la que encuentren alineadas.

La medición de la altura de la edificación se hará desde nivel desuelo de cada plataforma y en cada una de las fachadas.

En el caso de edificaciones no aplicadas a la rasante oficial.12. Medición de la altura de la edificación.La medición de la altura de los edificios se hará en función de lo

establecido en el Plan General de Ordenación Urbana para edifica-ciones alineadas a la rasante oficial.

La altura máxima a cornisa será de 10,00 metros.13. Medidas acústicas preventivas y correctoras.Deben respetarse las medidas acústicas preventivas y correctoras

recogidas en el anexo 4 “Informe Acústico” que se incluye en el pre-sente Plan Parcial.

En el caso de las parcelas 5, 6 y 12 (denominada 13 en el EstudioAcústico) se cumplirá la medida correctora número 3 del Infor-me Acústico, donde se dice que el cerramiento de estas en su frenteEste frente a la carretera M-625 (carretera de Guadalix), estará for-mado por un muro ciego de al menos 2 metros. Estos cerramientosserán de material fonoabsorbente en ambas caras, para evitar refle-xiones acústicas indeseadas al interior y en las edificaciones de fu-turos sectores ubicados al Este.

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Art. 20. Ordenanza 6. Vivienda Unifamiliar VUL/VULG.—1. Ámbito de aplicación.

Corresponden a todas las zonas con uso Residencial Unifamiliarde aplicación a las manzanas señaladas en el Plano “Zonificación”,con las siglas:

Grado 1.o VUL: Vivienda Unifamiliar Libre, correspondiente alas manzanas 1, 2, 3 y 8.

Grado 2.o VULG: Vivienda Unifamiliar Libre Grande en las man-zanas 9, 10 y 17.

2. Uso y tipología.La tipología será de edificación exenta (Residencial Unifamiliar

Extensiva), o pareada o agrupada o en hilera (Residencial Unifami-liar Intensiva), con o sin patio-jardín delantero y lateral, y con patio-jardín trasero.

En promociones conjuntas no se exigirá el patio-jardín trasero sien su lugar existe un espacio común a toda la promoción.

En esta ordenanza los planos de fachada de los edificios no adop-tan una posición necesariamente fija en relación con las alineacio-

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nes de la manzana, por lo que las trazas de las calles mantienen sec-ciones uniformes entre alineaciones e irregulares entre los planosdefinidos por las fachadas de las construcciones.

2.1. Uso característico: Residencial Unifamiliar.El Uso Residencial Unifamiliar es aquel asignado a una parcela

con una única vivienda, de forma que cada alojamiento familiarcuenta con su propio acceso independiente a vía pública, espacio li-bre público o espacio libre privado común a la urbanización. Puededarse en edificios unifamiliares aislados, pareados o agrupados. Noobstante, el acceso rodado puede hacerse al conjunto de edificacio-nes de la manzana, o de parte de ella, en entradas y salidas colecti-vas para varias unidades, bajo o sobre rasante.

2.2. Usos compatibles: los señalados en la tabla de usos al finalde esta ordenanza.

3. Tamaño y forma de la parcela.No podrán producirse fragmentaciones de las manzanas señala-

das en el Plan Parcial, que conduzcan a la formación de linderosfrontales menores de 7,00 metros, ni a la formación de parcelas desuperficie menor de 250 metros cuadrados en régimen libre de vi-vienda. En régimen de vivienda de protección pública, la parcela mí-nima será de 200 metros cuadrados.

No obstante, se admite reducir hasta un 30 por 100 la parcela mí-nima (pero no el frente mínimo) si se trata de una promoción unita-ria con un espacio común, cuya superficie equivalga al total de la re-ducción de parcelas. A estos efectos, se considerará espacio comúnel terreno destinado a dotación deportiva, de ocio o de jardín accesi-ble por todas las viviendas que se adscribiesen a esta fórmula decómputo, así como los accesos peatonales internos a la urbanización.

También, previo acuerdo documentado de la promoción, se per-mite la denominada “reparcelación tumbada”, con parcela común enproindiviso.

4. Posición de la edificación en la parcela.4.1. Ocupación máxima.La edificación no ocupará más del 60 por 100 de la superficie de

la parcela real, excluida la superficie de zona común. La ocupaciónbajo rasante no sobrepasará el mismo porcentaje de parcela real,más la superficie ocupada por rampas de acceso, salvo en caso depromociones unitarias de seis viviendas o más y con garaje proyec-tado con acceso común, en el que el uso de garaje se podrá ampliarhasta una ocupación máxima del 80 por 100 de la superficie total deparcelas y del 50 por 100 de la zona común, diseñado en cualquierposición en la manzana.

4.2. Alineaciones y retranqueos.El retranqueo de la edificación al lindero frontal y al lindero pos-

terior será como mínimo de 3 metros.Podrá edificarse adosado o en hilera previo acuerdo documenta-

do de la promoción. En caso contrario, los retranqueos de la edifica-ción a los linderos laterales serán como mínimo de 3 metros.

A estos efectos, el espacio común a varias parcelas no se conside-rará que forma linderos con el resto de la propiedad, ni con las edi-ficaciones.

En las actuaciones de edificación cuyo frente edificable a vía pú-blica o a espacio libre frontal sea superior a 35 metros, se diseñaráel tratamiento y la composición de los paramentos exteriores verti-cales del o de los frentes del edificio que den frente a espacios pú-blicos, diferenciándolos en varios tramos verticales. El desarrollolongitudinal horizontal de cada tramo diferenciado de fachada nosuperará los 30 metros.

5. Altura de la edificación y pendiente de cubierta.5.1. Número máximo de plantas sobre rasante. Altura máxima.El número máximo de plantas será de dos plantas (baja + una

planta) + bajo cubierta.La altura máxima a cornisa será de 7,00 metros.5.2. Pendiente de la cubierta.La cubierta tendrá una pendiente máxima de 30 grados sexagesi-

males, admitiéndose en todos los casos la cubierta plana.6. Dotación de aparcamiento y vados.Los edificios deberán contar con la dotación mínima de aparca-

miento establecida en el Plan General de Ordenación Urbana y en laLey del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Los garajes situados en planta sótano y semisótano no computa-rán a efectos de edificabilidad. En caso de garajes situados en plan-ta baja no computarán a efectos de edificabilidad los primeros 25metros cuadrados y la ejecución de estos será incompatible con laejecución de garajes en planta sótano o semisótano.

Los vados de entrada al aparcamiento de parcela cumplirán lo se-ñalado en el apartado 8.1, red viaria, de esta memoria.

7. Condiciones de jardines privados.En particular, los espacios destinados por el Proyecto de Edifica-

ción a Jardín Privado de Comunidad, o espacios de parcela que exis-tan entre y alrededor de la edificación principal, no podrán ser ocu-pados por edificación, salvo con edificios auxiliares (almacén, localcomunidad, garaje, jardinería, cenador, porche, etcétera) adecuadosa su función, de una planta y de superficie menor del 10 por 100 dela superficie de dicho Jardín Privado de Comunidad, con un máxi-mo absoluto de 20 metros cuadrados de edificación al servicio de laurbanización. La edificación auxiliar de dicho Jardín Privado de Co-munidad no computará a los efectos del cálculo de la superficiemáxima edificable. En jardines privados asociados a una viviendano se permite ningún tipo de edificación, ni siquiera edificacionesauxiliares.

Se ajardinará al menos el 50 por 100 de la superficie correspon-diente a jardines privados, y puede ser ocupado bajo rasante.

8. Superficie edificable.La superficie edificable del uso característico Residencial Unifami-

liar de cada manzana es la señalada en la tabla 7.6.3 de esta memoria.Grado 1.o VUL: Viviendas Unifamiliares Libres.

Manzana n.º Superficie (m2s) Edificabilidad (m2c) N.º de Viv.Manzana 1 2.000,00 1.145,93 7 Manzana 2 1.717,12 983,85 6 Manzana 3 3.339,30 1.913,29 12 Manzana 8 4.113,59 2.356,93 15 Total 11.170,01 6.400,00 40

Grado 2.o VULG: Viviendas Unifamiliares Libres Grandes.

Manzana n.º Superficie (m2s) Edificabilidad (m2c) N.º de Viv.Manzana 9 2.670,00 1.204,16 7 Manzana 10 4.750,00 2.142,23 12 Manzana 17 3.850,00 1.736,33 10 Total 11.270,00 5.082,71 29

En caso de parcelación en las condiciones señaladas en el aparta-do 3, la edificabilidad y el número de viviendas resultante, será pro-porcional a su superficie, en relación con el total de la manzana enque se encuentra.

9. Usos compatibles.

CATEGORÍAS COMPATIBILIDAD DE USOS USOS GLOBALES GRUPOS (USO

PORMENORIZADO)USO CARACTERÍSTICO DE LA

MANZANA: VIVIENDA UNIFAMILIAR UNI1.RESIDENCIAL 1.1. UNIFAMILIAR MIXTO

1.2. COLECTIVA PRE

-3. OFICINAS 3.1. Despachos

Profesionales COM

7. DOTACIONES COMUNITARIAS

7.1. Uso Cultural, religioso y recreativo 7.2. Uso Deportivo 7.4. Educativo

COM

COMESP/1

8. ESPACIOS LIBRES

8.1. Suelo Libre de Uso Público (ZV) 8.2. Jardín Privado (JP) 8.3. Viario

100

100 100

PRE = PREDOMINANTE.COM = COMPLEMENTARIO con máximo 50 por 100 de la superficie edificada.100 = COMPLEMENTARIO 100 por 100.ESP Equivalente a COM, cumpliendo las condiciones de la nota.ESP/1 = Solo para guardería infantil o jardín de infancia. Compatible al 100 por 100 en

parcela exclusiva y no compatible con el uso residencial.

10. Plataformas de edificación.En el caso de viviendas adosadas o pareadas se permite la ejecu-

ción de plataformas de edificación.La diferencia de altura entre distintas plataformas será menor o

igual a 1,90 metros.Estas plataformas de edificación no sobresaldrán más de 1,90 me-

tros ni estarán enterradas más de 1,90 metros respecto a la rasanteoficial a la que encuentren alineadas.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 192 B.O.C.M. Núm. 48

La medición de la altura de la edificación se hará desde nivel desuelo de cada plataforma y en cada una de las fachadas.

11. Medición de la altura de la edificación.La medición de la altura de los edificios se hará en función de lo

establecido en el Plan General de Ordenación Urbana y el Plan Par-cial del Sector.

La altura máxima a cornisa será de 7,00 metros.Medición de la altura en las parcelas 9, 10 y 17.Debido al gran desnivel existente en estas parcelas 9, 10 y 17 la

medición de la altura se hará exclusivamente en las fachadas corres-pondientes a la alineación oficial y la opuesta a esta y se cumplirá la

condición de que la altura medida a la rasante natural del terreno orasante virtual sea ≤ 7 metros.

La planta bajo cubierta tenga una altura ≤ a 1,2 metros en la fa-chada correspondiente a la alineación oficial, no condicionándoseesta en el resto de las fachadas.

Se aportarán planos topográficos y secciones donde se representela rasante natural del terreno.

12. Medidas acústicas preventivas.Deben respetarse las medidas acústicas preventivas recogidas en

el anexo 4 “Informe Acústico” que se incluye en el presente PlanParcial.

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Art. 21. Ordenanza 7. Servicios terciarios: comercio S. COM.—1. Ámbito de aplicación.

Corresponde al suelo destinado a Servicios y Comercio.2. Uso y tipología.Edificios exentos con espacios libres.2.1. Uso característico: comercio y servicios.2.1.1. Comercio de barrio.2.1.2. Comercio de ciudad.2.2. Usos compatibles: los señalados en la siguiente tabla de usos:

CATEGORÍASUSOS GLOBALES GRUPOS (USO

PORMENORIZADO) SITUACIÓN

2. COMERCIO Y SERVICIOS

2.4. Comercio escaparate 2.5. Servicios personales 2.6. Bares, cafeterías y rest.

En cualquier situación

3. OFICINAS 3.2. Locales de Oficinas En planta baja y 1ª 4. INDUSTRIA 4.3. Artesanía 6. TRANSPORTE 6.1. Garaje 7. DOTACIONES COMUNITARIAS

7.1. Uso recreativo 7.2. Uso Deportivo

En cualquier situación

8. ESPACIOS LIBRES

8.2. Jardín Privado (JP) 8.3. Viario

PRE = PREDOMINANTE.COM = COMPLEMENTARIO con máximo 50 por 100.100 = COMPLEMENTARIO 100 por 100.ESP/1 = COMPLEMENTARIO CON CONDICIONES ESPECÍFICAS.

3. Parcela mínima.La parcela mínima será de 500 metros cuadrados.4. Posición de la edificación.La ocupación máxima de la parcela por la edificación sobre ra-

sante será del 60 por 100 de la parcela.La ocupación máxima bajo rasante será del 80 por 100 de la parcela.La posición de la edificación en la parcela será libre, con las úni-

cas limitaciones derivadas de las siguientes condiciones:La edificación se ajustará a la alineación señalada en el plano de

zonificación en al menos un 70 por 100 de su longitud. Las media-neras que pudieran quedar a la vista al producir algún retranqueo encualquiera de los linderos, deberán tratarse como fachada.

5. Altura de la edificación.Se establece en dos plantas (bajo + primera) como número máxi-

mo de plantas, con las siguientes limitaciones:— Solo planta baja: altura de coronación 8 metros.— Planta baja y primera: altura de coronación 10 metros.Se autoriza la construcción de un elemento vertical de reclamo

comercial que no supere los 25 metros.6. Construcciones permitidas por encima de la altura.Se permitirán por encima de la altura los elementos propios de las

instalaciones del edificio y los carteles publicitarios del edificio; enningún caso sobrepasarán los 3 metros de altura y la solución pro-yectable debe integrarse en la del propio edificio, de forma que per-mita la protección visual de dichas instalaciones.

7. Edificabilidad.La edificabilidad máxima atribuida a la zona es de 7.287,27 metros

cuadrados.8. Dotación de garaje-aparcamiento.Los edificios deberán contar con la dotación mínima de garaje-

aparcamiento establecida en el Plan General de Ordenación Urbanay en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Art. 23. Ordenanza 8. Red supramunicipal vía pecuaria es-pacio libre protegido.—1. Las vías pecuarias se regirán por las de-terminaciones expresadas en el Plan General para las vías pecuariasy con carácter prioritario por la Ley 8/1998, de 15 de junio, de VíasPecuarias de la Comunidad de Madrid.

2. No discurrirán por las vías pecuarias vial alguno ni otrasobras de nueva creación, siendo en todo caso necesario la correspon-diente autorización previa solicitud expresa ante la Dirección Gene-ral de Agricultura y Desarrollo Rural.

3. Asimismo los cruces con viales deberán ser igualmente auto-rizados por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural.

4. El proyecto de urbanización incluirá una separata que debeser informada favorablemente por la Dirección General de Agricul-tura y Desarrollo Rural previamente a su aprobación.

Art. 24. Cumplimiento de estudios sectoriales.—Será de obliga-do cumplimiento para el Plan Parcial, y éste deberá realizar las adap-taciones necesarias producidas como consecuencia de la tramitacióny aprobación de los estudios sectoriales y complementarios exigidos.

Colmenar Viejo, a 6 de febrero de 2009.—El alcalde, José Maríade Federico Corral.

(02/2.392/09)

COSLADA

LICENCIAS

En este Ayuntamiento se han solicitado licencias de apertura porparte de:

Expediente 07/2380: “Freight Santa Ana, Sociedad Limitada”, ala actividad de almacén con oficinas de empresa de transportes en laCM Rejas, número 1, nave 15.

Expediente 08/1861: “Lambaesis, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, para la actividad de instalaciones generales ampliación de edi-ficio industrial para exposición, diseño gráfico y garaje en la aveni-da Jarama, número 17.

Expediente 08/2048: “Automóviles Benauto, Sociedad Limita-da”, para la actividad de depósito de vehículos a motor, control yventa en la calle Copérnico, número 18.

Expediente 08/2078: “Gamo Castel, Sociedad Limitada”, para laactividad de óptica en la calle Bolivia, número 9, posterior, local A.

Expediente 08/2087: “Servicios Empresariales Ader, SociedadLimitada”, para la actividad oficina en la calle Tierra de Barros, nú-mero 2, oficina 2.

Expediente 08/2088: “Rondinelli Paredes Mensajería ExpressDistribución y Logística, Sociedad Limitada”, para la actividad dealmacén y oficina para servicios de mensajería y distribución en laavenida Fuentemar, número 20, nave B24.

Expediente 08/2089: Doña Ana Beatriz Cabrera, para la actividadde peluquería y estética en la calle Oneca, número 14, local J.

Expediente 08/2093: Mingcong Wu, para la actividad de ventaalimentación con horno de pan congelado en la calle Océano Atlán-tico, número 3, local 1.

Expediente 08/2103: Shengguang Zhou, para la actividad de co-mercio polivalente con alimentación en la calle Doctor Fleming, nú-mero 15.

Expediente 08/2128: “Maccorp Exact Chanse, Sociedad Anóni-ma”, para la actividad de almacén de documentos y oficina en laavenida Fuentemar, número 20, nave C11.

Expediente 08/2129: “Fraikin Alquiler de Vehículos, SociedadAnónima”, para la actividad de alquiler de vehículos industriales enla avenida San Pablo, número 43.

Expediente 08/2137: “Integ Logistics, Sociedad Limitada”, parala actividad de servicios de mensajería, recadería y reparto en la ave-nida San Pablo, número 31, nave 4.

Expediente 08/2142: “Grupo Empresarial El Rincón del Henares,Sociedad Limitada Unipersonal”, para la actividad de bar restauran-te en la calle Miguel Peña, número 8.

Expediente 08/2149: “Safety Kleen España, Sociedad Anónima”,para la actividad de oficinas en la avenida San Pablo, número 28,planta baja.

Expediente 08/2155: don Antonio Alonso Montero, para la acti-vidad de cartelería y rotulación en la avenida Industria, número 38,nave C3.

Expediente 08/2157: “Sistemas de Seguridad 2010, Sociedad Li-mitada”, para la actividad de almacén en la avenida Fuentemar, nú-mero 20, nave B19.

Expediente 08/2164: don Enrique Gutiérrez Adán, para la activi-dad de ampliación garaje de vehículos propios con oficina en la ave-nida San Pablo, número 31, nave 8.

Expediente 09/0016: “A Priori Producción y Publicidad, Socie-dad Limitada”, para la actividad de taller de artes gráficas en la ave-nida Fuentemar, número 20, nave B20.

Expediente 09/0048: doña Genma Mora Garzón para la actividadde consultorio médico sanitario en la avenida Cañada, número 15.

Expediente 09/0077: “Zeno Dent, Sociedad Limitada”, para laactividad de clínica dental en la plaza Doctor Marañón, número 10,local.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 194 B.O.C.M. Núm. 48

Lo que se hace público para general conocimiento y al objeto deque quienes se consideren afectados de algún modo por las activida-des que se pretenden establecer, puedan hacer las observaciones per-tinentes dentro del plazo de veinte días, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, deEvaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, mediante escri-to a presentar en el Registro de Entrada del Ayuntamiento.

En Coslada, a 11 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, ÁngelViveros Gutiérrez.

(02/2.091/09)

EL BOALO

OFERTAS DE EMPLEO

La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión celebradael día 26 de noviembre de 2008, ha aprobado la convocatoria para laprovisión de plazas vacantes de la Oferta de Empleo Público queaparece publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID número 175, del 24 de julio de 2008, según las siguientes

BASES

1. CaracterísticasSe convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de auxiliar

administrativo, por oposición libre, perteneciente a la escala de Admi-nistración General, Subescala Auxiliar, Grupo C2 y complemento dedestino nivel 15, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2008.

2. Requisitos

Para poder participar en el proceso selectivo será necesario quelos candidatos reúnan, el día en que finalice el plazo de presentaciónde instancias, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuestoen el artículo siguiente.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de

la edad máxima de jubilación forzosa.d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del

servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o delos órganos constitucionales o estatutarios de las Comunida-des Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o espe-cial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejer-cer funciones similares a las que desempeñaban en el caso delpersonal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabili-tado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarseinhabilitado o en situación equivalente ni haber sido someti-do a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Es-tado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Se-cundaria o equivalente.

3. Solicitudes

1. Las instancias solicitando tomar parte en el correspondienteproceso selectivo se ajustarán, preferentemente, al modelo normali-zado establecido por el Ayuntamiento, que se facilitará en el mismo.

2. El plazo de presentación de solicitudes será hasta las catorcehoras del vigésimo día natural, contado a partir del siguiente al de lapublicación de extracto del anuncio de la convocatoria en el “Bole-tín Oficial del Estado”.

3. Se presentarán, adjuntando justificante de haber satisfecho losderechos de examen, en el Registro General del Ayuntamiento de ElBoalo, dentro del horario correspondiente, en el plazo indicado en elapartado 3.2, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de laLey de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común.

4. Los derechos de examen serán de 20 euros, se ingresarán enla cuenta 2038-2295-62-6000001939, debiendo indicar en el impre-so el nombre y apellidos del aspirante así como el concepto “Oposi-ción auxiliar administrativo”.

4. Admisión de candidatos

1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivasbastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reú-nen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria,referido siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para lapresentación de instancias, y que conste acreditado el abono de losderechos de examen.

2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazode un mes, se aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos,mediante resolución que se publicará en el tablón de anuncios delAyuntamiento.

El anuncio de la resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y contendrá la relación nominal delos candidatos excluidos, indicación de la causa, así como del lugardonde se encuentren expuestas las listas completas de aspirantes ad-mitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles parasubsanación y determinándose el lugar y fecha de comienzo de laspruebas.

La información que ha de hacerse pública, además de fijarse en eltablón de edicto podrá consultarse en la página web: www.elboalo-cerceda-mataelpino.org

5. Tribunal de selección

1. El tribunal calificador de las pruebas selectivas estará inte-grado por:

— Presidente: el interventor del Ayuntamiento.— Vocales: un funcionario de carrera designado por la Comuni-

dad de Madrid, un representante sindical de los funcionariosde este Ayuntamiento, un técnico designado por la Alcaldía,así como un funcionario de igual o superior categoría a la delas plazas convocadas.

— Actuará como secretario el de la Corporación o funcionarioen quien delegue.

Se designará un suplente cada uno de los miembros del tribunal.Todos los miembros y sus suplentes serán funcionarios, de igual

o superior categoría a las plazas de esta convocatoria.El tribunal se clasifica en la tercera categoría, conforme a lo pre-

ceptuado en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 demayo, de Indemnizaciones por Razón del Servicio.

2. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar par-te del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el ar-tículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo ala Alcaldía Presidencia; pudiendo ser recusados cuando concurranlas circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común.

3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia delpresidente y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, yla de la mitad, al menos, de los vocales.

4. El tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembrospresentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normascontenidas en las presentes bases y determinará la actuación proce-dente en los casos no previstos. Sus acuerdos solo podrán ser impug-nados por los intereses en los supuestos y formas establecidos en laLey de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

5. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos deasesores especialistas para todos o algunos de las pruebas señaladas,así como adoptará el tiempo y medios de realización de las pruebasde los aspirantes minusválidos, de forma que gocen de igualdad deoportunidades con los demás participantes.

6. Comienzo y desarrollo de las pruebas de selección

1. La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio delas pruebas selectivas se dará a conocer a través de su publicación enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablónde anuncios del Ayuntamiento de El Boalo, indicándose conjunta-mente en el mismo anuncio, el lugar donde se encuentran expuestaslas listas definitivas de admitidos.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 195

2. El tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspi-rantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistosdel documento nacional de identidad.

En la realización de las pruebas se garantizará, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

Si en cualquier momento del procedimiento selectivo llegase aconocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes carece de losrequisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de las mismas,previa audiencia del interesado, pasándose, en su caso, el tanto deculpa a la jurisdicción ordinaria, si se aprecia un comportamientodoloso.

3. Los aspirantes serán convocados para cada prueba en llama-miento único. La ausencia de un aspirante a cualquiera de las prue-bas en el momento de ser llamado, determinará automáticamente eldecaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en lossucesivos, quedando excluido en su consecuencia del procedimien-to selectivo; salvo en los casos de fuerza mayor, invocado con ante-rioridad y debidamente justificado, que será apreciado por el tribu-nal con absoluta libertad de criterio.

4. El tribunal podrá establecer que el desarrollo de pruebas pun-tuables (3.a, 4.a y 5.a) podrán agruparse (o dos de ellas) para su eje-cución de forma consecutiva en un solo día.

5. El orden de optación de los aspirantes, en aquellas pruebasque no se puedan realizar simultáneamente, se iniciará dando co-mienzo por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letrapreestablecida por el órgano competente de la Administración delEstado.

6. Una vez comenzados los procesos selectivos tanto las califi-caciones como las convocatorias para las sucesivas pruebas solo seharán públicos en el acceso al local donde se haya celebrado la prue-ba y/o en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y página web. Deno celebrarse las pruebas en el mismo día y de forma consecutiva,se hará pública la convocatoria con un mínimo de doce horas.

7. Antes del comienzo de cada ejercicio, el tribunal, establece-rá el tiempo de que dispondrán los opositores para realizar cada unade las pruebas.

7. Pruebas de selección1. Se establecen las siguientes pruebas:Primera. De carácter eliminatorio.—Consistirá en cumplimen-

tar un cuestionario tipo test de cincuenta preguntas, sobre materiaincluidas en el temario que se inserta al final de estas bases.

Segunda. De carácter eliminatorio.—Consistirá en un ejerciciode velocidad en la que habrá de mecanografiar literalmente un tex-to que facilitará el tribunal durante diez minutos.

Tercera. De conocimientos específicos.—Consistirá en desarro-llar por escrito, según determine el tribunal y durante el tiempo quese indique, dos tema completos extraídos al azar de entre los del te-mario y o bien contestar por escrito a cinco epígrafes de los com-prendidos en el temario, extraídos al azar.

Cuarta. De conocimientos generales.—Consistirá en realizar,por escrito, los siguientes ejercicios:

a) Escritura al dictado; en que se apreciará la corrección orto-gráfica, caligrafía y presentación.

b) Resolución de cálculos sencillos.Quinta. Práctico.—Consistirá en redactar, por escrito y a orde-

nador, documento o documentos de los usuales en una secretaríamunicipal, según establezca el tribunal, con las aplicaciones infor-máticas de Microsoft Word, Excel, o de manejo de Internet.

2. Calificación de de las pruebas:Primera.—Por cada respuesta acertada, 0,2 puntos; por cada res-

puesta errónea se restará 0,07 puntos y por respuesta en blanco, 0puntos. Ejercicio de carácter eliminatorio, para quien no alcance lamitad de la máxima puntuación. No obstante, a criterio del tribunaly de ser posible, podrán ser declarados aptos las mejores notas queno alcancen dicha puntuación, para garantizar que al siguiente ejer-cicio pase un mínimo de diez opositores.

Segunda.—Se requiere un mínimo de 250 pulsaciones por minu-to, previo descuento de tres pulsaciones por cada error. Quienes noalcancen dichos mínimos se declararan no aptos. No obstante, a cri-terio del tribunal, podrán ser declarados aptos las mejores notas queno alcancen dicho mínimo, para garantizar que a la siguiente prue-

ba pase un mínimo de cinco opositores. Los declarados aptos seasignarán puntuación de 0 a 10, en función de la velocidad desarro-llada, corrección y exactitud de lo copiado.

Tercera.—Se valorarán los conocimientos del tema, el nivel deformación general, la composición gramatical y la claridad de expo-sición; se puntuará cada tema independientemente hasta 10 puntos,y su suma se dividirá entre el número de temas. Esta prueba solo seráeliminatoria en caso de que en alguno de los temas se obtengan ceropuntos.

Cuarta.—Cada uno de los ejercicios se puntuará hasta 5 puntos.Para el ejercicio a), cada falta ortográfica restará 1 punto. Para cali-ficar el ejercicio b) Se asignarán puntos a razón de 5 dividido entreel número de cuestiones a resolver, y si una cuestión tuviese varioscálculos se puntuarán proporcionalmente.

Quinta.—Se valorará el conocimiento de los documentos, la com-posición y corrección, así como el manejo de los medios informáti-cos. Se calificará hasta 10 puntos. De ser varios los supuestos prác-ticos se ponderará la puntuación para cada uno de ellos.

Para evitar grandes diferencias entre en la puntuación asignadapor cada miembro del tribunal, cuando se asignen alguna puntuaciónque difiera en más o en menos de 3 puntos con la media de las de-más puntuaciones, esta no se tendrá en cuenta.

3. La calificación final de los aspirantes se determinará por lasuma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas, pre-via ponderación según sigue: nota del la primera prueba por 0,15, dela segunda por 0,25, de la tercera por 0,25, de la cuarta por 0,15 yde la quinta por 0,20.

Los eventuales empates se resolverán a favor de quien haya obte-nido mayor puntuación en las pruebas que más ponderan para la ca-lificación final.

8. Lista de aprobados y propuesta del tribunal1. La lista de calificaciones finales será expuesta en el tablón de

edictos del Ayuntamiento, y conforme a ella, en función de la ma-yor puntuación obtenida, el tribunal formulará propuesta de los can-didatos a nombrar para cubrir las vacantes; no pudiendo proponer unnúmero superior al de las plazas convocadas; siendo nula la pro-puesta que lo contravenga. No obstante, se puede proponer un me-nor número menor o declarar desierta la convocatoria si ningún opo-sitor alcanzase 5 puntos.

2. Los aspirantes que aprueben la oposición, y no resulten nom-brados, podrán pasar a formar parte de una bolsa o lista de espera deauxiliares administrativos, si así lo acuerda en su momento el órga-no competente, y ello con el objeto de cubrir eventuales necesidadesfuturas a causa de vacantes, bajas, vacaciones y otras situaciones si-milares al amparo de la legislación vigente y siempre que ademásexista crédito presupuestario para ello. Esta bolsa, en su caso, tam-bién podrá ser utilizada para el nombramiento como funcionarios in-terinos en los supuestos en que legalmente corresponda.

9. Presentación de documentos1. Los aspirantes propuestos presentarán en el Registro General de

este Ayuntamiento en plazo de veinte días naturales, contados des-de el siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, los do-cumentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidady requisitos exigidos en esta convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.b) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expe-

diente disciplinario del servicio de ninguna de las Adminis-traciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejerciciode funciones públicas.

c) Fotocopia debidamente compulsada del título de GraduadoEscolar, equivalente o superior.

d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defectofísico que imposibilite el normal ejercicio de la función a de-sempeñar.

2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Reglamenta-ción General para ingreso en la Administración Pública, quienesdentro del plazo indicado, salvo caso de fuerza mayor, no presenta-ran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no po-drán acceder a la contratación y quedarán anuladas todas sus actua-ciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido

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incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en laconvocatoria.

10. Toma de posesión1. Una vez aprobada la propuesta de nombramiento que formu-

le el tribunal calificador al órgano corporativo competente, los aspi-rantes incluidos en la misma deberán tomar posesión en el plazo detreinta días.

2. Para la toma de posesión, los interesados comparecerán antela Alcaldía del Ayuntamiento el día y la hora que a tal fin se les co-munique, en cuyo momento y como requisito previo a la toma de po-sesión, deberán prestar juramento o promesa que prescribe la legis-lación vigente y formular declaración jurada en los impresos alefecto establecidos, de las actividades que estuvieran ejerciendo.

3. Quienes sin causa justificada no acudan a la toma de pose-sión, salvo causa de fuerza mayor, en el día y la hora que a tal fin seseñale, se entenderá que renuncian a todos los derechos derivados dela convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.

11. NormativaEste proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el RealDecreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 30/1984, de 2de agosto; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se es-tablecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajus-tarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Adminis-tración Local; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico delEmpleado Público. Subsidiariamente el Real Decreto 364/1995, de 10de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración del Estado, así como otrasdisposiciones vigentes en la materia y a las normas de la presenteconvocatoria. En materia de procedimiento será de aplicación laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administra-tivos se deriven de aquella y de las actuaciones del tribunal, quepongan fían a la vía administrativa, podrán ser impugnadas en el pla-zo y forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TEMARIO

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberes fun-damentales. Su garantía y suspensión. La Jefatura del Estado. LaCorona. Funciones constitucionales del Rey. Las Cortes Generales.

2. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Lasfunciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las CortesGenerales.

3. El Poder Judicial: principios básicos. El Consejo General delPoder Judicial. La organización judicial española. El ministerio fiscal.

4. Organización territorial del Estado en la Constitución. Co-munidades Autónomas: antecedentes y concepto, constitución,competencias y organización. Estatutos de autonomía: concepto,contenido, proceso de elaboración y reforma.

5. Principios de actuación de la Administración Pública. Some-timiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del De-recho Administrativo.

6. La Administración Local: concepto y entidades que com-prende. Régimen Local español: evolución histórica. Principiosconstitucionales y regulación jurídica.

7. Régimen Local: El municipio (organización, competencias yregimenes especiales). La provincia (organización, competenciasregimenes especiales). Otras entidades locales. Relaciones interad-ministrativas. Municipios de gran población.

8. Organización necesaria de los entes locales: El alcalde y lostenientes de alcalde. El Pleno. Juntas de Gobierno.

9. Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales. Gru-pos políticos. Registro de intereses.

10. Funcionamiento del Pleno y requisitos de celebración de se-siones. Los debates y votaciones. Control y fiscalización por el Ple-no. Funcionamiento de la Junta de Gobierno. Órganos complemen-tarios de los entes locales. Las actas

11. Ordenanzas, reglamentos y bandos de las Entidades Locales.Clases de ordenanzas. Procedimiento de elaboración y aprobación.

12. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas: ámbito de aplicación, estructura y contenido. El acto adminis-trativo: concepto y clases, elementos, eficacia y validez, notifica-ción y publicación. El procedimiento administrativo: concepto,sujetos, principios, términos y plazos. Fases del procedimiento.

13. Procedimiento administrativo en el ámbito local: normasgenerales. Registro de documentos. Los expedientes. Interesados enlos expedientes, recusación y abstención. Comunicaciones y notifi-caciones (concepto, importancia, elementos y tipos de comunica-ción). El uso correcto del lenguaje administrativo. Manual de estilodel lenguaje administrativo.

14. Régimen jurídico: ejecutividad de los actos y acuerdos. Re-clamaciones y recursos. Impugnación jurisdiccional de actos yacuerdos por otras administraciones. Revisión de los actos y acuer-dos en vía administrativa.

15. Estatuto del vecino: derechos y deberes. Información y par-ticipación ciudadana.

16. La responsabilidad de la Administración Pública: responsa-bilidad por actuaciones de Derecho Público y de Derecho Privado.Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Admi-nistraciones Públicas. Responsabilidad de las Entidades Locales.

17. Los bienes de las entidades locales: concepto y clasifica-ción. El patrimonio. Conservación y tutela (inventario, administra-ción y prerrogativas). Disfrute y aprovechamiento (del dominio pú-blico y de bienes patrimoniales). Enajenación.

18. Actividades y servicios de las Corporaciones Locales: inter-vención administrativa en la actividad privada (licencias). Acciónde fomento. Formas de prestación de servicios. Actividades clasifi-cadas.

19. La contratación del sector público: disposiciones generales.Partes del contrato. Objeto, precio y cuantía. Garantías exigibles.Preparación de los contratos por las administraciones públicas. Se-lección del contratista y adjudicación de los contratos.

20. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos: Normasgenerales. Contrato de obras. Contrato de gestión de servicios públi-cos. Contratos de suministro. Contrato de servicios.

21. Población y demarcación territorial: el territorio. El padrón(vecinos, gestión, comprobación y revisión).

22. Recursos de las haciendas locales: enumeración. Los tribu-tos. Ordenanzas fiscales. Las tasas. Los impuestos.

23. Presupuesto y gasto público: los presupuestos. Tesorería delas entidades locales. La contabilidad. Control y fiscalización.

24. Personal al servicio de las administraciones públicas: clasesde personal. Derechos y deberes. Adquisición y pérdida de la rela-ción de servicios. Ordenación de la actividad profesional. Situacio-nes administrativas. Régimen disciplinario.

25. Personal al servicio de las entidades locales: la plantilla. Losfuncionarios de carrera (escalas y subescalas). Procedimiento de se-lección de los funcionarios de Administración Local. Los funciona-rios de habilitación estatal. Personal eventual y laboral.

26. Régimen urbanístico del suelo (clasificación del suelo). Pla-neamiento urbanístico. Ejecución del planeamiento.

27. Intervención en el uso del suelo: parcelación. Intervenciónmunicipal. Conservación y rehabilitación de construcciones y edifi-cios. Disciplina urbanística: inspección. Protección de la legalidad.Infracciones y sanciones.

28. El medio ambiente en la Comunidad de Madrid: evaluaciónambiental. Las contaminaciones. Espacios naturales protegidos. ElParque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares. Protección delarbolado urbano. Animales domésticos.

29. La atención al público: atención personalizada e informa-ción al ciudadano. Los servicios de información y reclamación admi-nistrativa: presentación de escritos y programa de quejas y sugerencias.Organización de la información administrativa: unidades, oficinas deinformación y atención al ciudadano y órganos colegiados. El progra-ma de cartas y servicios: definición, estructura y elaboración.

30. El archivo: concepto y caracteres. Sistema de clasificación.Funciones del archivo. Clases de archivo. Criterios de ordenación dearchivo. Especial referencia al archivo de gestión. El derecho de losciudadanos al acceso a archivos y registros.

31. Nuevas tecnologías: Concepto de informática. El ordenador(concepto, tipos, partes y funciones básicas). Introducción al siste-ma operativo (el entorno Windows). Procesadores de texto. Hojasde cálculo. Bases de datos. Las redes locales (Intranet). Elementos,

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sistema distributivo y tipología de una red. Internet (concepto, ca-racteres, funciones y el “software”). Navegadores y buscadores.

El Boalo, a 30 de enero de 2009.—La alcaldesa, Carmen DíazCarralón.

(02/1.857/09)

EL MOLAR

LICENCIAS

Se ha solicitado por don Luis Miguel González Oviedo, en repre-sentación de “Carpintería y Artesanía Sierra Norte”, licencia deapertura calificada para instalar garaje-aparcamiento en calle ElÁlamo, número 7, de este municipio.

Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 45 de laLey 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comu-nidad de Madrid, para general conocimiento y al objeto de que quiense considere afectado de algún modo por la actividad que se preten-de establecer pueda hacer las observaciones pertinentes dentro delplazo de veinte días desde la presente publicación mediante escritoa presentar en la Secretaría del Ayuntamiento.

En El Molar, a 10 de diciembre de 2008.—El alcalde, Emilio deFrutos Sebastián.

(02/22/09)

EL VELLÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del ar-tículo 17 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de lasHaciendas Locales, se halla expuesto al público el acuerdo de modi-ficación del tipo en la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes in-muebles de naturaleza urbana, que será de aplicación en el ejerci-cio 2009, adoptado en Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinariacelebrada el día 23 de enero de 2009.

Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 dela Ley citada podrán examinar el expediente y presentar las reclama-ciones oportunas contra la aprobación de dicha modificación de laordenanza con sujeción a las normas que se indican a continuación:

d) Plazo de exposición pública y de presentación de reclamacio-nes: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de pu-blicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

e) Oficina de presentación: Ayuntamiento.f) Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.En El Vellón, a 11 de febrero de 2009.—El alcalde, José García

Vela.(03/4.979/09)

EL VELLÓN

URBANISMO

El Pleno del Ayuntamiento de El Vellón, en sesión celebrada eldía 23 de enero de 2009, una vez transcurrido el período de exposi-ción pública sin que se hayan presentado alegaciones, adoptó, deacuerdo con el artículo 128 del Reglamento de Planeamiento, apro-bar definitivamente los siguientes proyectos:

— Aprobación del proyecto de urbanización del Proyecto deActuación Especial (PAE) para equipamientos municipales,zona de “El Vallejondo”, en El Vellón.

— Aprobación del proyecto de soterramiento de línea aérea demedia tensión, estudio de seguridad y salud del Proyecto deActuación Especial (PAE) para equipamientos municipales,zona de “El Vallejondo”, en El Vellón.

— Aprobación del proyecto de construcción de reordenación delacceso a la parcela “Navalengua”, desde la carretera M-122,punto kilométrico 3, en El Vellón.

El Vellón, a 11 de febrero de 2009.—El alcalde, José García Vela.(03/5.445/09)

FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno Municipal de Fuenlabrada (Madrid), reunido en sesiónordinaria de fecha 5 de febrero de 2009, ha aprobado, por unanimi-dad de la Corporación, conceder la Medalla de la Ciudad de Fuenla-brada al deportista fuenlabreño, don Fernando Torres Sanz, comoreconocimiento a sus extraordinarios valores deportivos y persona-les, a su trayectoria profesional, que le ha llevado a ser consideradointernacionalmente como uno de los futbolistas más importantes delmomento, y a su compromiso y fidelidad a Fuenlabrada.

En Fuenlabrada, a 9 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente,Manuel Robles Delgado.

(03/4.920/09)

FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno Municipal aprobó inicialmente los presupuestos genera-les para el ejercicio 2009, en sesión extraordinaria celebrada el 23 deenero de 2009.

Dentro del plazo legalmente establecido para ello han sido pre-sentadas alegaciones a dicha aprobación inicial, quedando estas re-sueltas por el Pleno Municipal, en sesión extraordinaria celebradael 23 de febrero de 2009.

Por ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Localesy artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, el expediente se conside-ra definitivamente aprobado y se procede a la publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los presupuestosgenerales del ejercicio 2009, resumidos por capítulos de cada uno delos presupuestos que lo integran y del consolidado.

En Fuenlabrada, a 23 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente,Manuel Robles Delgado.

(03/5.902/09)

FUENLABRADA

URBANISMO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada en fecha 5de febrero de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo.

Primero.—Estimar la iniciativa presentada por “I. Cinco, Socie-dad Anónima”, para desarrollar el Plan de Sectorización del SectorPAU-1 del Plan General de Fuenlabrada.

Segundo.—Exponer al público el documento de Avance del Plande Sectorización del Sector PAU-1 del Plan General de Fuenlabra-da, mediante la inserción de anuncios en el tablón de edictos delAyuntamiento, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,un periódico de los de mayor difusión y página web del Ayun-tamiento, durante el plazo de un mes, al objeto de que puedan for-mularse sugerencias o alternativas al planeamiento propuesto.

Tercero.—Remitir el documento de avance del citado Plan deSectorización a la Consejería de Medio Ambiente a fin de que emi-ta el preceptivo informe de análisis ambiental, tal y como estableceel artículo 56.3 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid,Ley 9/2001, de 17 de julio.

Fuenlabrada, a 11 de febrero de 2009.—El alcalde, Manuel Ro-bles Delgado.

(02/1.947/09)

LA SERNA DEL MONTE

URBANISMO

En cumplimiento de la sentencia número 332 del Tribunal Supe-rior de Justicia de Madrid, Sala de lo contencioso-administrativo(Sección Segunda) de Madrid, a 20 de febrero de 2007, se expone alpúblico a efectos de reclamación, por el período de quince días, lacesión derivada del acto del alcalde de 15 de diciembre de 1992, afavor del IVIMA, ratificado en la sesión de fecha 2 de julio de 2007,del solar sito en la calle Carlos Ruiz, número 32, de una superficie

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de 186 metros cuadrados), que linda: por frente, con la calle CarlosRuiz; izquierda, con la calle el Arroyo; derecha, con calle Delicias,y espalda, con don Francisco Hernán Lamela, propiedad del Ayun-tamiento, para la construcción de dos viviendas de protección ofi-cial, actualmente dicho solar tiene correspondencia con la calle De-licias, número 20, y calle Arroyo, número 15.

Lugar de reclamaciones: Ayuntamiento, en horas de oficina.La Serna del Monte, a 3 de febrero de 2009.—El alcalde, Francis-

co González Álvarez.(03/5.391/09)

MANZANARES EL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

Por decreto de Alcaldía de fecha 5 de febrero de 2009 se han apro-bado los períodos de cobranza de tributos para el presente ejerciciode 2009 que a continuación se indican, y que se hacen públicos parageneral conocimiento:

Primero.—Aprobar el siguiente calendario tributario para el ejer-cicio de 2009, en período voluntario (sin perjuicio de modificacio-nes producidas por cuestiones técnicas que serán debidamente pu-blicadas, en su caso):

1.o Período de cobro del impuesto sobre vehículos de tracciónmecánica: del 2 de marzo al 30 de abril de 2009.

2.o Período de cobro de la tasa de recogida de residuos sólidos:del 1 de julio al 31 de agosto de 2009.

3.o Período de cobro del impuesto sobre bienes de naturalezaurbana y rústica e impuesto de actividades económicas: del 1 de sep-tiembre al 30 de noviembre de 2009.

Transcurridos los plazos señalados, se procederá al cobro de losrecibos que no hayan sido satisfechos en período voluntario por lavía de apremio, con los incrementos en concepto de recargos, inte-reses y costas que procedan.

Lo cual dispongo y firmo en Manzanares el Real, a 5 de febrerode 2009.—El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.

(02/1.804/09)

MORATA DE TAJUÑA

LICENCIAS

Por don Julio Miguel García, en nombre y representación de lacomunidad de propietarios del edificio sito en la calle Poyales, nú-mero 21, se ha solicitado licencia para la instalación de la actividadde garaje para edificio de viviendas en la calle Poyales, número 21,de esta localidad.

A los efectos del artículo 30 del Reglamento de 30 de noviembre de1961, que regula de las actividades molestas, insalubres, nocivas y pe-ligrosas de la Comunidad de Madrid, y artículo 45 de la Ley 2/2002,de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 154, de 1de julio de 2002), se hace público para que quienes pudieran resul-tar afectados de algún modo por la actividad que se pretende esta-blecer puedan formular por escrito, ante este Ayuntamiento, las ob-servaciones que estimen oportunas durante el plazo de veinte días acontar desde el siguiente de la inserción del presente anuncio en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Morata de Tajuña, a 17 de octubre de 2008.—El alcalde-pre-sidente, Mariano Franco Navarro.

(02/14.611/08)

MÓSTOLES

OFERTAS DE EMPLEO

Resultando que en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, de fecha 23 de diciembre de 2008, se publicaron las basesespecíficas para proveer cinco plazas de cabo de Policía Local delAyuntamiento de Móstoles correspondientes a la oferta de empleopública del año 2008.

Resultando que el plazo de presentación de instancias solicitandotomar parte en el proceso selectivo ha finalizado, y a la vista del in-forme del Departamento de Recursos Humanos sobre la relaciónprovisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Considerando que el plazo de presentación de instancias solici-tando tomar parte en el proceso de selección ha finalizado.

Considerando que se debe dictar resolución declarando aprobadala relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, asícomo designación del tribunal de selección y el lugar, fecha y horade comienzo del proceso selectivo, según establece la base cuarta delas bases de la convocatoria (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, de 23 de diciembre de 2008)

Considerando el informe del Departamento de Recursos Huma-nos sobre relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Por todo lo expuesto vengo en resolver:Primero.—Declarar aprobada la relación provisional de candida-

tos admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para el acceso acinco plazas de cabo de Policía Local del Ayuntamiento de Mósto-les correspondientes a la oferta de empleo público del año 2008.

Candidatos excluidos (provisional)

N.º Apellidos y nombre D.N.I. Motivo de exclusión

11 García Gómez, Juan Carlos 53.042.653 1

15 González Moure, David 76.721.024 2

19 Morales Sánchez, Alberto 2.252.268 2

22 Pastor Utande, Roberto Carlos 53.425.148 1

N.º Motivo de exclusión Forma de subsanación

1 Anexo autorización pruebas médicas

Impreso oficial según anexo V de las bases de la convocatoria

2 No cumple requisito 2.2.2 bases

Segundo.—Que los aspirantes excluidos, así como los que no fi-guran en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondránde un plazo de cinco días hábiles (en base a lo establecido en el ar-tículo 50 de la Ley 30/1992), contados a partir del día siguiente a lapublicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, a fin de subsanar los defectos que haya motiva-do su exclusión o su no inclusión expresa.

Las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos se en-cuentran expuestas al público en el tablón de anuncios de este Ayun-tamiento.

La relación definitiva de los candidatos admitidos al proceso deselección se hará pública en el tablón de anuncios de este Ayun-tamiento.

Tercero.—Designar la composición nominal del tribunal de se-lección que será el siguiente:

Presidente:— Titular: don Juan Manuel Arribas Reyes.— Suplente: don Ángel Carlos Merchán Amor.Vocales:— Titular: don Juan Andrés Herrera Carmona.— Suplente: don Federico de la Fuente Lázaro.— Titular: don Pedro Luis Canales Rosado.— Suplente: don Félix Canales Rosado.— Titular: don Gregorio García López.— Suplente: don Miguel Alonso Gil.Vocal-secretario:— Titular: doña María Alicia Bernardo Fernández.— Suplente: doña Gema Cortés Pereira.Cuarto.—Designar para la reunión de constitución del tribunal de

selección el sexto día hábil (trasladándose dicho día al lunes si-guiente, si fuera sábado o festivo), contado a partir del día siguientea la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID. Dicha reunión se celebrará a las nueve horasen el salón de Plenos de la Casa Consistorial.

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Trasládese la presente resolución a los miembros del tribunal parasu conocimiento y a los efectos oportunos.

Móstoles, a 19 de febrero de 2009.—La concejal-delegada de Re-cursos Humanos (firmado).

(03/5.959/09)

MÓSTOLES

LICENCIAS

Por la presente se hace público que en virtud de lo establecido enel artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Am-biental de la Comunidad de Madrid (publicada en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 154, de 1 de julio), sesomete a trámite de información pública durante un período de vein-te días la solicitud instada por “Madrid Mil, Sociedad CooperativaMadrileña”, para la realización de obras consistentes en construc-ción de edificio de 131 viviendas VPPB, trasteros, locales, garaje ypiscina en la finca sita en la plaza del Sol, números 20, 21, 22 y 23(PAU-4, parcelas 64-65), de referencia expediente O21400/2008, aefectos de que dentro de dicho período quien se considere afectadopueda presentar las alegaciones que estime pertinentes.

Móstoles, a 19 de enero de 2009.—La jefa de Sección de Edifica-ción (PDF de 10 de noviembre de 2008), Eva Rosa Rodríguez Resino.

(02/1.227/09)

NAVAS DEL REY

PERSONAL

Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Navasdel Rey, en sesión plenaria celebrada el día 3 de febrero de 2009, lamodificación de la relación de puestos de trabajo para el ejerci-cio 2009, se expone al público por el plazo de quince días hábiles acontar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cualeslos interesados podrán examinar el expediente y formular, en sucaso, las reclamaciones pertinentes en los términos del artículo 169del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales.

Dicha documentación se encuentra a disposición de los interesa-dos en la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Navas delRey.

La relación de puestos de trabajo se considerará definitivamenteaprobada si durante el plazo citado no se hubiesen presentado recla-maciones.

En Navas del Rey, a 6 de febrero de 2009.—El alcalde-presiden-te, Jaime Peral Pedrero.

(03/3.402/09)

POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato Municipal de Cultura

Mediante decreto del presidente del Patronato Municipal de Cul-tura de 12 de febrero de 2009 queda convocada en régimen de con-currencia competitiva la concesión de subvenciones y ayudas a fa-vor de entidades culturales sin ánimo de lucro del PatronatoMunicipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón para el ejercicio 2009,con sujeción a las bases reguladoras publicadas en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agosto de 2008, lo quese hace público en el presente anuncio.

En el presupuesto de gastos del Patronato Municipal de Culturapara el ejercicio 2009, en el programa 45111, “Servicios Generales”,figura la partida 51 45111 48905, “Otras transferencias a asociacio-nes culturales y deportivas”, con una consignación de 120.000 eurospara atender al gasto de la presente convocatoria de subvenciones,cuyo crédito se retiene en Consejo Rector reunido en sesión ordina-ria el 4 de febrero de 2009 (Op.: 220090000114).

Podrán ser objeto de subvención económica del Patronato Muni-cipal de Cultura las actividades culturales de utilidad o interés socialrealizadas por asociaciones u otras entidades cuyo objeto social seala promoción y/o difusión de la cultura en sus variadas manifesta-ciones que se concretan en la base primera de las reguladoras de laconcesión de estas subvenciones.

Requisitos de los beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios lasasociaciones y/o entidades culturales sin ánimo de lucro que reúnanlos siguientes requisitos:

a) Que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Mu-nicipal de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento de Po-zuelo de Alarcón conforme a lo dispuesto en el artículo 236del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régi-men Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RealDecreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

b) Que las asociaciones y/o entidades solicitantes se hallen eldía de la fecha de la convocatoria al corriente de la obligaciónde modificación de datos que, en su caso, haya podido produ-cirse durante la vigencia de las mismas en cumplimiento delo dispuesto en el apartado 4 del citado artículo y Reglamento.

c) Que desarrollen su actividad principal y tengan su domiciliosocial en el término municipal de Pozuelo de Alarcón.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvencio-nes reguladas en estas bases las entidades en las que concurra algu-na de las circunstancias enumeradas en la base segunda de las regu-ladoras de la concesión de estas subvenciones publicadas en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agostode 2008.

El órgano competente para la instrucción será la Concejalía deCultura y vicepresidente del Patronato, y el órgano competente parala resolución será la Junta Rectora del Patronato Municipal de Cul-tura, ambos con sujeción a lo establecido en la base sexta de las re-guladoras de la concesión de estas subvenciones publicadas en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agostode 2008.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Pa-tronato Municipal de Cultura, en el del Ayuntamiento de Pozuelo deAlarcón o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días natu-rales a partir de la publicación de la convocatoria realizada median-te decreto del presidente del Patronato Municipal de Cultura en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Además, la con-vocatoria se publicará en los tablones de anuncios del Ayuntamien-to de Pozuelo de Alarcón y del Patronato Municipal de Cultura, enla página web del Ayuntamiento y en un medio de comunicación dedifusión local.

Las entidades interesadas habrán de presentar la siguiente docu-mentación por duplicado:

A) Solicitud en el modelo establecido en el anexo I de las pre-sentes bases, debidamente cumplimentada y firmada por elpresidente de la entidad correspondiente.

B) Fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad, si es laprimera vez que establece relación administrativa con el Pa-tronato, y, en todo caso, siempre que aquellos hubieren sidoobjeto de modificación.

C) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidaddel representante de la entidad solicitante.

D) Fotocopia compulsada del documento acreditativo de la ins-cripción de la entidad en el registro correspondiente a losefectos de adquisición de personalidad y capacidad jurídica yde obrar.

E) Certificado del secretario del acuerdo de solicitud adoptadopor la entidad, y de acreditación del presidente de la entidad,según modelo que se adjunta como anexo II.

F) Proyecto explicativo de los objetos, coste y financiación delprograma o actividad cultural para el que se formula la soli-citud, así como proyecto de las actividades realizadas o pre-vistas por la entidad para el año en curso y, en caso de ser laprimera vez que se efectúa solicitud al Patronato, memoria delas actividades culturales realizadas el año anterior.

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G) Presupuesto de ingresos y gastos previstos, indicando:a) El anual de la entidad para todo tipo de actividad.b) El relativo a la actividad para la que se solicita la subvención.

H) Declaración firmada por el responsable de la entidad solici-tante, habiendo constar el importe de otras subvenciones oayudas concedidas o solicitadas con que cuenta la entidadpara el proyecto presentado.

I) Declaración del beneficiario de quedar obligado a facilitarcuanta información le sea requerida por el Patronato referen-te a cualquier circunstancia o extremo relativo a la actividadsubvencionada.

J) Documentación acreditativa del cumplimiento de cualesquie-ra de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

K) El documento o declaración que se refiere en la base 2.3.Cuando la documentación presentada figure incompleta o falte al-

guno de los datos exigidos se requerirá a los interesados para que enel plazo de diez días subsanen los defectos o, en su caso, completenla documentación preceptiva, con indicación de que si así no se hi-ciere se le tendrá por desistidos de su petición, previa resolución quedeberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pozuelo de Alarcón, a 12 de febrero de 2009.—El presidente delPatronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón, Jesús Sepúl-veda Recio.

(03/4.906/09)

SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real De-creto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítuloprimero del título sexto del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regulado-ra de las Haciendas Locales en materia de presupuestos, en la Ofici-na de Planificación y Presupuestos, en horario de oficina, se hallanexpuestos al público a efectos de reclamaciones los documentos si-guientes:

— Presupuestos generales del Ayuntamiento para el ejerci-cio 2009.

Dicho documento ha sido aprobado por el Pleno de la Corpora-ción en su sesión extraordinaria del día 23 de febrero de 2009.

Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 170 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprue-ba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, podrán formular reclamaciones, con sujeción a las siguientesnormas:

a) Plazo de admisión de reclamaciones y exposición: quincedías hábiles desde la fecha de publicación de este anuncio enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación de reclamaciones: Registro Generaldel Ayuntamiento.

c) Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.San Fernando de Henares, a 23 de febrero de 2009.—El alcalde,

Julio Setién Martínez.(03/5.899/09)

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 7de enero de 2009, se publicó anuncio de exposición pública delacuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de este Ayun-tamiento para el ejercicio 2009.

Transcurrido el plazo legal de quince días, y no habiéndose pre-sentado reclamaciones o sugerencias, el acuerdo ha derivado en de-finitivo, siendo el resumen del presupuesto a nivel de capítulos el si-guiente.

ESTADO DE GASTOS

Capítulo Denominación Euros

A) Operaciones corrientes1 Gastos de personal 9.693.421,402 Gastos en bienes corrientes y servicios 10.716.855,883 Gastos financieros 328.000,004 Transferencias corrientes 689.800,00

B) Operaciones de capital6 Inversiones reales 3.606.600,009 Pasivos financieros 470.000,00

Total gastos 25.504.677,28

ESTADO DE INGRESOS

Capítulo Denominación Euros

A) Operaciones corrientes1 Impuestos directos 7.240.000,002 Impuestos indirectos 501.200,003 Tasas y otros ingresos 6.567.000,004 Transferencias corrientes 6.716.300,005 Ingresos patrimoniales 573.000,00

B) Operaciones de capital6 Enajenación inversiones reales 1.485.177,287 Transferencias de capital 1.422.000,009 Pasivos financieros 1.000.000,00

Total ingresos 25.504.677,28

Asimismo, la relación de puestos de trabajo de esta Corporaciónpara el ejercicio 2009 es la siguiente:

a) Funcionarios:— Habilitación nacional: secretario, interventor, tesorero.— Administración General: 3 jefes de Negociado, 2 técni-

cos de Gestión, 10 administrativos y 1 auxiliar adminis-trativo.

— Administración Especial: 2 arquitectos, 1 aparejador, 1delineante, 1 jefe de Servicio de la Brigada de Obras yServicios, 1 capataz, 7 plazas de oficios, 1 recaudador,1 técnico de Personal, 1 conductor, 1 vigilante-notifica-dor, 2 conserjes, 1 auxiliar de mantenimiento, 1 ayudan-te de mercado, 1 suboficial de Policía Local, 2 sargentosde la Policía Local, 9 cabos de la Policía Local y 37 poli-cías locales.

b) Laborales fijos: 106.c) Laborales temporales Ayuntamiento y servicios: 32.d) Laborales temporales Escuela-taller: 30.e) Taller de Empleo: 18.Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en los artícu-

los 150.1 y 150.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mar-zo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales.

San Lorenzo de El Escorial, a 13 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.

(03/4.971/09)

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

OFERTAS DE EMPLEO

Resolución aprobatoria de listas de admitidos/as y excluidos/as,composición del tribunal calificador y fechas de inicio de procesoselectivo.

Resolución de 13 de febrero de 2009, de la Alcaldía, por la que seaprueban las listas de admitidos/as y excluidos/as, composición deltribunal calificador y fechas de inicio proceso selectivo, de la con-

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 201

vocatoria aprobada por Junta de Gobierno Local de este Ayun-tamiento en fecha 26 de noviembre de 2008, para tomar parte enproceso selectivo para cubrir, en régimen laboral fijo, de una plazade archivero/a del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

Primero. Aprobar la relación de admitidos/as y excluidos/as a lacitada prueba selectiva, que queda expuesta al público en el tablónde anuncios municipal, plaza de la Constitución, número 3, de SanLorenzo de El Escorial.

Segundo. Publicar la relación de admitidos/as y excluidos/as,que figura como anexo a la presente resolución.

Tercero. Los aspirantes excluidos expresamente, así como losque no figuren en la relación de admitidos/as ni en la de exclui-dos/as, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a par-tir del siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar, si es po-sible, el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusiónexpresa.

De no presentarse reclamación o alegación alguna transcurrido elplazo de diez días hábiles, estas listas se considerarán aprobadas de-finitivamente.

ANEXO I

Relación de admitidos

Número. — Apellidos y nombre. — Número de identificación fiscal1. — Corregidor Torres, María Rosa. — 50414526-K.

Relación de excluidos/as y causas de exclusión

No hay excluidos.

ANEXO II

Composición del tribunal calificador

Presidente: titular, don Javier Montenegro Peña; suplente, donNicolás Jiménez Hernández.

Secretario: titular, don José Luis Pérez López; suplente, don En-rique de Couto Vargas.

Vocales:— Titular, doña Raquel Sánchez del Hoyo; suplente, doña Belén

Duque Fuentetaja.— Titular, don Miguel Ángel Gacho Santamaría; suplente, don

Alfonso Ruiz Cagigal.— Titular, doña Pilar Canales Palomo; suplente, don Luis Mar-

tín-Gamero Verdú.— Titular, don Ignacio Amigo Castro; suplente, don Javier Cor-

dero Cea.

ANEXO III

Días, hora y lugar de celebración de iniciodel proceso selectivo

Convocar al tribunal calificador para la valoración de méritos dela fase de concurso para el día 4 de marzo de 2009, a las once horas,en el Salón de sesiones del edificio Consistorial.

Convocar al tribunal calificador y a los aspirantes, en llamamien-to único, para la realización del primer ejercicio, el día 24 de marzode 2009, a las diez horas, en el Salón de sesiones del edificio Con-sistorial.

San Lorenzo de El Escorial, a 13 de febrero de 2009.—El alcal-de, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.

(03/4.972/09)

TORRELODONES

URBANISMO

Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 6 defebrero de 2009, se aprobó el anteproyecto de construcción y explo-tación de ampliación del tanatorio y cementerio de Torrelodones.

El citado anteproyecto y el Estudio de Impacto Ambiental se so-mete a información pública por el plazo de un mes, a fin de que pue-

dan formularse cuantas observaciones se consideren oportunas so-bre la ubicación y características de la obra, así como cualquier otracircunstancia referente a su declaración de utilidad pública.

Torrelodones, a 13 de febrero de 2009.—El alcalde, CarlosGalbeño González.

(02/2.100/09)

TRES CANTOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Por el presente se requiere a las personas que a continuación seexpresan, cuyo domicilio se desconoce o que no han sido halladasen el domicilio que figura en los documentos que constan en los ex-pedientes de gestión, para que comparezcan por sí o por mandatarioen el Departamento de Gestión Tributaria, plaza del Ayuntamiento,número 1, de nueve y treinta a trece y treinta horas, en el plazo dequince días, a contar desde el siguiente al de la inserción de esteanuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, alefecto de hacerse cargo de la notificación de la liquidación practica-da, advirtiendo que transcurrido dicho plazo sin comparecer, la no-tificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día si-guiente al del vencimiento del plazo señalado.

El plazo para interponer recurso de reposición ante el alcalde deeste Ayuntamiento será de un mes desde la fecha de notificación.

Número de liquidación. — Documento Nacional de Identidad. —Titular. — Período. — Domicilio. — Importe

CALICTC-Apertura Calicatas o Zanjas Terreno Pco.

800377572. — B81299968. — IBERASSETS PORTFOLIO SL. — 2008. — ALCO-BENDAS, 14 13 FC (28100-ALCOBENDAS). — 10,5 euros.

800378448. — B80837768. — SERVICIOS INMOBILIARIOS TREMON SL. — 2008. —PS CASTELLANA, 184 11 (28046 -MADRID). — 10,86 euros.

GRUATC-Tasa Recogida de Vehículos de la Vía Públ.

800375624. — 051653480B. — CALVO CAMPOS, FRANCISCO JOSE. — 2008. —CL HINOJOSA DEL DUQUE, 1 P02 C (28037-MADRID). — 65,11 euros.

800378399. — B83346924. — PAMPA SMART SL. — 2008. — CL BERGANTIN, 9(28220-MAJADAHONDA). — 65,11 euros.

800376430. — 003049347F. — RAMIRO GARCIA, M VISITACION. — 2008. — PLSECTOR PINTORES, 9 P04 D (28760-TRES CANTOS). — 65,11 euros.

800378366. — 070724371S. — JIMENEZ OLMEDO, MARTIN. — 2008. — CL PO-TASA, 20 02 A (28021-MADRID). — 65,11 euros.

800377380. — 050956967F. — RAMIREZ PEÑA, ANA CRISTINA. — 2008. — CLBUCAREST, 13 01 D (28022-MADRID). — 65,11 euros.

800375680. — 051455675Y. — LOBO CRESPO, MANUEL. — 2008. — CL JAEN, 3(28770-COLMENAR VIEJO). — 65,11 euros.

800376435. — 053539162S. — ALCANTARILLA GIL,MARIA VANESA. — 2008. CLJUAN DE VILLANUEVA 7 02 D,(28891-VELILLA DE SAN ANTONIO). — 65,11 euros.

800377309. — 013052137M. — RUIZ PARDO, AURELIO. — 2008. — PL SECTORPUEBLOS, 20 Esc 1 P05 B (28760-TRES CANTOS). — 65,11 euros.

800377709. — 030817372V. — GARCIA HERRERA BLANCO, GUSTAVO. — 2008. —CL TEOLOGO NUÑEZ DELGADILLO, 13 (14012-MADRID). — 65,11 euros.

800377356. — 002614304D. — LEBRATO MARTINEZ, ALBERTO. — 2008. — CLFERNAN GONZALEZ, 17 (28009-MADRID). — 65,11 euros.

IBIUL -Liquidaciones Impto Bienes Inmuebles Urbana.

800376187. — B81870727. — GP ASSOCIES SL. — 2008. — AV VIÑUELAS, 33(28760-TRES CANTOS). — 269,89 euros.

800376223. — B81268310. — PAFRUVER INVERSIONES, SL. — 2008. — CLGRAN VIA, 69 (28013-MADRID). — 12,36 euros.

800375202. — B64054158. — EGARA RECURSOS Y PROMOCIONES SL. — 2008. —CL GALILEO, 363 (08224-TERRASSA). — 20,76 euros.

800375201. — B64054158. — EGARA RECURSOS Y PROMOCIONES SL. — 2008. —CL GALILEO, 363 (08224-TERRASSA). — 20,76 euros.

800375181. — B64054158. — EGARA RECURSOS Y PROMOCIONES SL. — 2008. —CL GALILEO, 363 (08224 -TERRASSA). — 115,61 euros.

800376176. — 051481982R. — PINZON HERNANDEZ, CLAUDIA-PATRICIA. —2008. — AV OSA MAYOR, 302 (28023-MADRID). — 22,89 euros.

800376175. — 051481982R. — PINZON HERNANDEZ, CLAUDIA-PATRICIA. —2008. — AV OSA MAYOR, 302 (28023-MADRID). — 179,47 euros.

800375180. — B64054158. — EGARA RECURSOS Y PROMOCIONES SL. — 2008. —CL GALILEO, 363 (08224-TERRASSA). — 116,85 euros.

800376031. — 002542230V. — FERNANDEZ NUÑEZ, BEATRIZ. — 2008. — PLSECTOR FORESTA, 14 Esc 1 P01 J (28760-TRES CANTOS). — 28,57 euros.

800375185. — B58760067. — INROU, SL . — 2008. — CL RAMBLA DE EGARA, 323(08224-TERRASSA). — 115,61 euros.

800376007. — 053412864X. — JIMENEZ FOMBONA, FELIPE. — 2008. — PL SEC-TOR FORESTA, 14 Esc 1 P01 M (28760-TRES CANTOS). — 300,28 euros.

800376169. — 051849195L. — CABRERA NAVARRO, ESTEBAN. — 2008. — CLPARIS, 16 (28822-COSLADA). — 22,89 euros.

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 202 B.O.C.M. Núm. 48

800376170. — 051849195L. — CABRERA NAVARRO, ESTEBAN. — 2008. — CLPARIS, 16 (28822-COSLADA). — 22,89 euros.

800375147. — A45002136. — SANTURINO Y COMPAÑIA SA. — 2008. — CR SANROMAN, Esc SN (45600-TALAVERA DE LA REINA). — 206,1 euros.

800376201. — B81870727. — GP ASSOCIES SL. — 2008. — AV VIÑUELAS, 33(28760-TRES CANTOS). — 22,89 euros.

800376877. — 028599994T. — GOMEZ LOPEZ, FRANCISCO. — 2008. — CL FUE-GO, 12 P02 C (28760-TRES CANTOS). — 289,25 euros.

800376876. — 028599994T. — GOMEZ LOPEZ, FRANCISCO. — 2008. — CL FUE-GO, 12 P02 C (28760-TRES CANTOS). — 249,84 euros.

800376030. — 002542230V. — FERNANDEZ NUÑEZ, BEATRIZ. — 2008. — PLSECTOR FORESTA, 14 Esc 1 P01 J (28760-

800376008. — 053412864X. — JIMENEZ FOMBONA, FELIPE. — 2008. — PL SEC-TOR FORESTA, 14 Esc 1 P01 M (28760 TRES CANTOS). — 28,57 euros.

800375204. — B58760067. — INROU, SL . — 2008. — CL RAMBLA DE EGARA, 323(08224-TERRASSA). — 20,76 euros.

800376173. — B84430925. — PROSINOR XXI, PROYEC Y CONSTRUCC. DE FU-TURO,SL UNIPERSONAL. — 2008. — AV GATO, 130 (28410-MANZANARES ELREAL). — 12,36 euros.

800375170. — X0747869R. — LANDA VALLE, RAMON. — 2008. — CL VALEN-TIN MASIP, 10 (33013-OVIEDO). — 200,86 euros.

800375248. — X0747869R. — LANDA VALLE, RAMON. — 2008. — CL VALEN-TIN MASIP, 10 (33013-OVIEDO). — 28,39 euros.

800375267. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 20,76 euros.

800375269. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 20,76 euros.

800375268. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 19,23 euros.

800375266. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 20,76 euros.

800375208. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 20,76 euros.

800375193. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 113,25 euros.

800375194. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 119,84 euros.

800375138. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 206,97 euros.

800375209. — 004195817L. — SERRANO RUBIO, RUTH. — 2008. — PS PAR-QUES, 4 Esc 8 (28100-ALCOBENDAS). — 20,76 euros.

800376171. — B84430925. — PROSINOR XXI, PRO Y CONSTRUCC. DE FUTURO,SL UNIP. — 2008. — AV GATO, 130 (28410-MANZANARES EL REAL). — 186,99euros.

800375238. — A45002136. — SANTURINO Y COMPAÑIA SA. — 2008. — CR SANROMAN, Esc SN (45600-TALAVERA DE LA REINA). — 23,81 euros.

800375299. — 002061461V. — RODRIGUEZ IGLESIAS, PEDRO JOSE. — 2008. —PL SECTOR PUEBLOS, 3 (28760-TRES CANTOS). — 271,75 euros.

800375439. — B81993453. — GARDELABAR SL, UNIPERSONAL. — 2008. — CLLAUREL, 5 BJ (28100-ALCOBENDAS). — 43,49 euros.

800375438. — B81993453. — GARDELABAR SL, UNIPERSONAL. — 2008. — CLLAUREL, 5 BJ (28100-ALCOBENDAS). — 43,49 euros.

800375517. — B81993453. — GARDELABAR SL, UNIPERSONAL. — 2008. — CLLAUREL, 5 BJ (28100-ALCOBENDAS). — 273,28 euros.

800375551. — B81993453. — GARDELABAR SL, UNIPERSONAL. — 2008. — CLLAUREL, 5 BJ (28100-ALCOBENDAS). — 23,48 euros.

800375550. — B81993453. — GARDELABAR SL, UNIPERSONAL. — 2008. — CLLAUREL, 5 BJ (28100-ALCOBENDAS). — 23,48 euros.

800375530. — B81993453. — GARDELABAR SL, UNIPERSONAL. — 2008. — CLLAUREL, 5 BJ (28100-ALCOBENDAS). — 271,38 euros.

800375334. — 006547496V. — SANCHEZ BAENA, MARIA SONSOLES. — 2008. —CABALLERO DE LA MANCHA, 214 (28034-MADRID). — 457,73 euros.

800375386. — 006547496V. — SANCHEZ BAENA, MARIA SONSOLES. — 2008. —CABALLERO DE LA MANCHA, 214 (28034-MADRID). — 23,67 euros.

800375358. — 051681094W. — CASTILLO RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL. —2008. — CL TINTIN Y MILU, 12 (28042 -MADRID). — 286,17 euros.

800375357. — 051351560N. — JIMENEZ FRANCO, JUAN CARLOS. — 2008. — CLPOZUELO DEL REY, 101 (28223-POZUELO DE ALARCON). — 299,94 euros.

800375206. — A45002136. — SANTURINO Y COMPAÑIA SA. — 2008. — CR SANROMAN, Esc SN (45600-TALAVERA DE LA REINA). — 22,28 euros.

IVTM-Impuesto Vehículos Tracción Mecánica.

800373929. — 004069420F. — ROMERO MUÑOZ, ANGEL. — 2008. — CL OLI-VO, 27 CARAQUIZ (19185-MIÑOSA, LA). — 656,79 euros.

TLA-Tasa por Licencia de Actividad.

800378402. — B85136661. — GETRALDIS, SL. — 2008. — PL SECTOR ESCULTO-RES, 5 (28760-TRES CANTOS). — 1179,42 euros.

TLU-Tasa Licencias Urbanísticas.

800376810. — 007991105P. — SANCHEZ GARCIA, MARIO. — 2008. — CL VIOLE-TA, 20 (-TRES CANTOS). — 36,79 euros.

800376429. — A48555478. — IRU-ARRI SA. — 2008. — ZUGAZARTE, 56 (48930-GETXO). — 71,08 euros.

800378294. — H80654361. — CDAD PROPIETARIOS SECTOR EMBARCACIO-NES, 29. — 2008. — PL SCEMBARCACIONES, 29 (28760-TRES CANTOS). — 121,18euros.

VADOST-Entrada Vehículos Reserva de Vía Pública.

800376522. — A48555478. — IRU-ARRI SA. — 2008. — ZUGAZARTE, 56 (48930-GETXO). — 185,82 euros.

Tres Cantos, a 23 de enero de 2009.—El alcalde-presidente, JoséFolgado Blanco.

(02/1.334/09)

VALDEAVERO

RÉGIMEN ECONÓMICO

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del artícu-lo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al nohaberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición alpúblico, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo ple-nario de 19 de diciembre de 2008, sobre el expediente de modifica-ción de créditos 11/2008, en la modalidad de transferencia de crédi-tos entre partidas de distinto grupo de función, que se hace públicoresumido por capítulos:

RESUMEN POR CAPÍTULOS

Capítulo Denominación Baja(euros)

4 Transferencias a entidades sin ánimode lucro

2.000

4 Subvención Hermandad Nuestra SeñoraAngustias

7.000

3 Intereses préstamo 5.000Total 14.000

Capítulo Denominación Alta(euros)

2 Gastos en bienes corrientes y servicios 2.202,094 Transferencias corrientes 314,006 Mobiliario urbano 11.483,91

Total 14.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artícu-lo 171 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podráninterponer directamente recurso contencioso-administrativo en la for-ma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998,de 13 de julio.

En Valdeavero, a 3 de febrero de 2009.—El alcalde, Francisco Ja-vier Quintana Gundín.

(03/4.977/09)

VALDEMORO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de ex-posición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la orde-nanza municipal de convivencia ciudadana, cuyo texto íntegro sehace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-ladora de las Bases del Régimen Local.

El texto íntegro es el siguiente:

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1. Denominación, historia y situación.—La villa deValdemoro, según Thomas López, geógrafo del siglo XVIII, funda-ronla los moros y llamaronla “Valle del Miro”, si bien los primerosasentamientos humanos en nuestro municipio datan de la primeraedad del hierro.

Se han encontrado restos de yacimientos pertenecientes a la Edaddel Cobre, al imperio romano y a la etapa visigoda hasta el siglo VI.

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Con la repoblación cristiana, a partir del siglo XI, resurge nuestromunicipio y así, en una publicación sobre el Islam en la Comunidadde Madrid, se habla del significado del término Valdemoro como“Valle del Río Amargo”, por el sabor de sus aguas al atravesar terre-nos yesíferos.

El gentilicio de todo nacido en Valdemoro se denomina con la pa-labra “valdemoreño/a”.

Valdemoro está situada en la zona Sur de la Comunidad de Ma-drid, a 26 kilómetros de la capital en la autovía A-4, el término mu-nicipal ocupa una extensión de 64,2 kilómetros cuadrados, y limita:al Oeste, con Torrejón de Velasco; al Norte, con San Martín de laVega y Pinto; al Este, con Ciempozuelos y nuevamente con SanMartín de la Vega, y al Sur, con Esquivias y Seseña, estos últimospertenecientes a la provincia de Toledo y Comunidad de Castilla-LaMancha.

Las coordenadas geodésicas en la plaza de la Constitución, en elmismo centro urbano, se sitúa entre las coordenadas 3° 40′ y 34″ Wdel meridiano de Greenwich y a 40° 11′ y 29″ N del paralelo cero.

La altitud sobre el nivel del mar es de 615 metros.El código geográfico es 28161 y los códigos postales 28340,

28341, 28342 y 28343.

TÍTULO I

Normas generales

Capítulo IDisposiciones generales

Art. 2. Es objeto de la ordenanza establecer normas que favo-rezcan el normal desarrollo de la convivencia ciudadana, el buen usoy disfrute de los bienes de uso público, así como su conservación yprotección, en el ámbito de las competencias municipales.

Art. 3. Serán de aplicación las prescripciones de la presente or-denanza en todo el territorio que comprende el término municipal deValdemoro.

Todos los habitantes del municipio y las personas naturales y/ojurídicas que se encuentren o realicen actividades en el mismo, cual-quiera que sea su clasificación jurídico-administrativa, vendránobligados por las normas y disposiciones contenidas en la presenteordenanza.

Art. 4. Las competencias municipales recogidas en la ordenan-za serán ejercidas por los órganos municipales competentes, que po-drán exigir de oficio, o a instancia de parte, la solicitud de licenciaso autorizaciones; la adopción de las medidas preventivas, correcto-ras o reparadoras necesarias; ordenar cuantas inspecciones estimenconveniente, y aplicar el procedimiento sancionador, en caso de in-cumplimiento de la legislación vigente y/o de esta ordenanza.

TÍTULO II

División territorial. De las calles, vías y plazas públicas

Capítulo IDenominación, señalización y numeración de las calles

Art. 5. 1. Las vías públicas se distinguirán e identificarán conun nombre distinto para cada una de ellas, salvo que se distingan porel tipo de vía.

2. La denominación de las vías públicas será realizada de oficio.Competerá al Pleno previo informe de la comisión informativa.

Art. 6. La rotulación de las vías públicas tiene carácter de servi-cio público y podrá efectuarse mediante lápida, placa o aparato lu-minoso en proyección o transparencia, salvo en el casco históricoque deberá ajustarse a lo establecido en la ordenanza del casco his-tórico, que se fijará en cada esquina o chaflán como mínimo.

Art. 7. Tendrán la consideración de vías y espacios públicos:1. Las avenidas de circunvalación a la ciudad y las del interior.2. Las calles, callejones, travesías, plazas, plazuelas, paseos,

parajes, caminos, etcétera.3. Los parques, espacios interbloques o solares de propiedad

pública cuando se hallaren pendientes de utilización definida en elPlan General.

4. Las fuentes, arroyos, veredas, arbolados periféricos a la zonaurbana y parajes naturales del término municipal.

5. Casetas, arquetas, vallas de protección y, en general, aquellasinstalaciones que sobre suelo público sirvieren al bien general para

fines de servicios municipales, abastecimiento de agua, obras, etcé-tera.

Art. 8. 1. La numeración de las diversas fincas urbanas se rea-lizará de oficio, para lo cual se formulará el correspondiente proyec-to integrado por memoria, relación de números (antiguos y moder-nos, si procede) y plano parcelario de situación.

2. El elemento que incorpore el número deberá ser colocado porel propietario del edificio o solar, junto a la puerta principal; se ajus-tará al modelo o a los requisitos que fije la Administración Munici-pal y deberá ser conservado por aquel en todo momento en perfectoestado de visibilidad y limpieza.

La inexistencia en las fincas del correspondiente elemento indica-dor de la numeración o la discordancia entre el instalado y la nume-ración oficial vigente, así como la oposición u obstrucción a la co-locación, alteración o sustitución de los elementos de señalización yla falta de conservación y limpieza de los mismos será sometido aprocedimiento sancionador bajo la consideración de falta grave.

Art. 9. El edificio de cada casa ostentará en su fachada el núme-ro de orden que corresponda con relación al que figure al principiode la acera, para lo cual la numeración se someterá a las siguientesreglas:

Primera.—Tomando como referencia la plaza de la Constitución,se señalará con números pares las fincas del lado derecho o acera de-recha y los impares las situadas al lado izquierdo de menor a mayornúmero, según la proximidad al citado lugar de referencia.

Segunda.—Las fincas con entrada a dos o más vías tendrán encada una de ellas la numeración correspondiente.

Tercera.—Las fincas sitas en las plazas tendrán numeración co-rrelativa de impares y pares, salvo que alguno de los datos de la pla-za constituya tramo de otra vía pública, en cuyo caso las fincas sitasen este llevarán la numeración correspondiente de la vía de la queforme parte.

Cuarta.—Las fincas resultantes de la segregación de otra que yatuviera designada numeración conservarán el antiguo número,adoptando la nueva finca un sufijo alfabético correlativo, depen-diente del número de participaciones que se hicieran de la finca ma-triz. Todo ello, en tanto no se verifique una revisión general de la nu-meración de la vía.

Quinta.—Las fincas resultantes de la agregación de otras dos omás, que ya tuvieran asignada numeración, conservará unidos losantiguos números, mientras no se realice una nueva revisión.

Art. 10. Los edificios de servicio público, de entidades oficia-les, monumentos artísticos o los que reunieren algún interés históri-co, de fines sociales o información general, además del número queles corresponda, en su caso, podrán ostentar indicación de su nom-bre, destino o función.

La utilización del nombre de la villa y su escudo deberá contarcon la oportuna autorización municipal. Su uso indebido será consi-derado falta muy grave, según lo previsto en el cuadro de sancionesgenerales de esta ordenanza.

Art. 11. 1. Los propietarios de fincas están obligados a con-sentir las servidumbres administrativas correspondientes generadaspor la instalación en fachadas, verjas y vallas de elementos indica-dores de rotulación de la vía, numeración de fincas urbanas, normasde circulación o referencia de servicios públicos.

2. La servidumbre será gratuita pudiendo establecerse de oficio,mediante notificación al propietario afectado y sin más indemniza-ción que la de los desperfectos causados, con la obligación de la Ad-ministración Municipal o del concesionario del servicio, en su caso,de adaptar la servidumbre a las modificaciones o nuevas construc-ciones que se efectuaren conforme a las ordenanzas.

Art. 12. Cualquier actuación contra lo previsto en el presente tí-tulo será sancionado con la consideración de falta muy grave.

TÍTULO III

Fiestas civiles, religiosas, tradicionales y espectáculos

Art. 13. Serán fiestas civiles oficiales las señaladas por el Go-bierno de la Nación, las de carácter autonómico y las locales queacuerde el Ayuntamiento.

Art. 14. Serán fiestas religiosas todas las manifestaciones co-lectivas de los cultos religiosos en la vía pública.

Estos actos no se podrán celebrar en ningún caso sin la previaautorización del alcalde o concejal-delegado, bajo la consideración

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de falta muy grave, que señalará cuando proceda la zona o zonas enque se desarrollarán. Asimismo, en la solicitud por parte de los or-ganizadores se hará constar las medidas adoptadas para evitar mo-lestias y daños a personas y cosas.

A los efectos de regular el tráfico, el órgano municipal competen-te determinará la fijación de itinerario, fecha y horario de celebra-ción del acto, debiendo tomarse por la Policía Local las previsionesde orden y tráfico para su perfecto desarrollo.

Art. 15. Tendrán carácter de fiestas tradicionales:a) Los festejos patronales: festividad del Cristo de la Salud, pri-

mer domingo del mes de mayo después del día de la Cruz, yfestividad de la Virgen del Rosario, el día 8 de septiembre decada año. En caso de coincidir en domingo, será el día inme-diatamente posterior o anterior que determine la Corpora-ción.

b) Cualquier otro que haya obtenido el previo reconocimientocomo tal por este Ayuntamiento.

Art. 16. Serán fiestas civiles las manifestaciones cívicas, rome-rías, verbenas, festejos, bailes y cuantas actividades se autoricen porel Ayuntamiento y cuya celebración tenga lugar en los espacios dedominio público.

Estos actos no se podrán celebrar en ningún caso sin la previaautorización del alcalde o concejal-delegado, bajo la consideraciónde falta muy grave, que señalará cuando proceda la zona o zonas enque se desarrollarán, así como la situación de los puestos de venta,casetas y aparatos de feria y las horas de duración y actuación de or-questas, bandas y altavoces de toda índole. Asimismo, en la solici-tud por parte de los organizadores se hará constar las medidas adop-tadas para evitar molestias y daños a personas y cosas.

A los efectos de regular el tráfico, la Policía Local fijará las me-didas de orden para su perfecto desarrollo.

Art. 17. La tradicional costumbre de organizar el día de SanMarcos será mantenida por el espíritu festivo y tipismo valdemore-ño, siendo el Ayuntamiento quien cuidará de su organización dentrodel marco de colaboración y participación ciudadana para el mejordesarrollo de las actividades del día. Debiéndose en todo caso cui-dar y velar por la protección del parque previa y posterior a la cele-bración del acto.

Art. 18. Con el fin de salvaguardar la seguridad pública duran-te las fiestas patronales o tradicionales queda prohibida la expedi-ción de envases de vidrio con destino al exterior de los estableci-mientos públicos dedicados a la venta de bebidas, así como dealcohol y tabaco a menores, de conformidad con la legislación vi-gente.

Su incumplimiento será considerado falta muy grave, pudiéndoseproceder incluso a decretar el cierre del local.

TÍTULO IV

Derechos y obligaciones ciudadanas

Capítulo IDe los derechos

Art. 19. La condición de habitante del término municipal, suclasificación, sus derechos y deberes serán los señalados en las le-yes y reglamentos vigentes sobre la materia, así como los recogidosen la presente ordenanza.

Art. 20. Todas las personas empadronadas tienen derecho albuen funcionamiento de los servicios públicos y, en concreto, a queel Ayuntamiento, a través de los servicios municipales competentes,vigile activamente el cumplimiento de las normas municipales yotra normativa vigente sobre convivencia ciudadana, o tramite lasdenuncias que correspondan, contra las actuaciones que suponganinfracción a las mismas.

Art. 21. Todas las personas empadronadas tienen opción a par-ticipar de los servicios municipales en igualdad de derechos, obliga-ciones y beneficios concedidos con carácter general.

Igualmente tienen derecho todos los habitantes del término sinperjuicio de lo que a su favor establece a Legislación de RégimenLocal y los demás artículos de esta ordenanza:

1. A denunciar los abusos y atropellos de que sean objeto.2. A ser informado, previo requerimiento, de todos los asuntos

municipales de carácter general.

Capítulo IIDe los deberes y obligaciones

Art. 22. 1. En el término municipal, todas las personas estánobligadas a cumplir las normas de convivencia establecidas en lanormativa vigente y en las ordenanzas y reglamentos municipales,así como las resoluciones y bandos de la Alcaldía, bien por aplica-ción directa o reenvio de la legislación sectorial a nivel estatal o au-tonómico.

TÍTULO V

Las normas de convivencia y el cuidado de la vía pública

Capítulo IDisposiciones generales. La convivencia ciudadana

Art. 23. 1. El presente título regula el uso común y el privati-vo de las avenidas, espacios libres, paseos, calles, plazas, caminos,puentes, parques, jardines, fuentes y demás bienes municipales decarácter público del término de Valdemoro.

2. La función de policía de la vía pública se extenderá a los pa-sajes particulares utilizados por una comunidad indeterminada deusuarios y los vehículos de uso y/o servicio público.

Art. 24. Normas básicas de convivencia y de cuidado de la víapública.—Se prohíben las siguientes actividades:

a) Arrojar a la vía pública cualquier tipo de basura o residuoque, cuando sean de pequeña entidad, deberán arrojarse a laspapeleras.

b) Ejercer oficios o trabajos; lavar vehículos, así como realizarcambios de aceite u otros líquidos contaminantes; realizar re-paraciones o tareas de mantenimiento de cualquier clase en lavía pública.

c) Situar o dejar abandonado en la vía pública cualquier tipo deobjeto que suponga algún tipo de riesgo para las personas,afeen o ensucien el entorno u obstruya el tránsito peatonal y/orodado.

d) Sacudir prendas o alfombras por los balcones o ventanas a lavía pública.

e) Regar en los balcones y ventanas, cuando se produzcan dañoso molestias a otros vecinos. En caso contrario, el horario parael riego será entre las 6.00 y 8.00, por la mañana, y entre las23.00 y la 1.00, por la noche.

f) Acceder a las fuentes públicas y bañarse en las mismas, asícomo en los lagos de los parques, y arrojar cualquier objeto oproducto a los mismos.

g) Partir leña, encender fuego, arrojar aguas o cualquier tipo delíquido y evacuar necesidades fisiológicas en la vía pública.

h) Expender o servir cualquier tipo de bebidas alcohólicas paraser consumidas en la vía pública, a excepción de los momen-tos y lugares autorizados.

i) Jugar a la pelota y al balón en los lugares donde exista unaprohibición expresa.

j) Circular en bicicleta fuera de la calzada o de los carriles-bici,o con patines, monopatines, minimotos o útiles similares,fuera de los lugares expresamente autorizados y, en general,cualquier juego, deporte o actividad, cuando resulte molestoo peligroso para los transeúntes.

k) Fumar en los vehículos de transporte público y en los edifi-cios e instalaciones públicas y/o en los lugares expresamenteprohibidos por la legislación sectorial.

l) Acampar mediante tiendas de campaña, “rulots” o vehículos“loft” en todo el término municipal.

Capítulo IIMobiliario urbano, señalización vial y zonas de recreo

Art. 25. Instalación de mobiliario urbano, señalización vial yzonas de recreo.—1. Es de exclusiva competencia municipal lainstalación y mantenimiento en la vía pública de todo tipo de ele-mentos de mobiliario urbano y señalización vial, así como de árbo-les, jardines y parques públicos, sin perjuicio de los elementos exis-tentes en fincas particulares.

2. Los/las interesados/as en la instalación en la vía pública decualquier tipo de vallas publicitarias, señales informativas comer-

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ciales o industriales, de reserva de espacio o paso, o elementos demobiliario urbano, deberán contar con la preceptiva autorización mu-nicipal que establecerá los requisitos y condiciones de instalación.

3. La instalación de los elementos descritos en el apartado ante-rior, sin autorización municipal, será considerada como falta muygrave y pudiéndose proceder a su retirada inmediata por los servi-cios municipales, que repercutirán posteriormente su coste sobre elresponsable de dicha instalación.

Art. 26. 1. Todas las personas están obligadas a respetar elmobiliario urbano, así como el arbolado de la localidad, y las insta-laciones complementarias, como estatuas, verjas, fuentes, protec-ciones, farolas, postes, señales, papeleras, vallas y demás elementosdestinados a su embellecimiento, seguridad o utilidad, absteniéndo-se de cualquier acto que los pueda dañar, afear o ensuciar.

2. Las personas usuarias de las instalaciones públicas y zonasde recreo, jardines y parques de la localidad, deberán respetar sushorarios, evitar toda clase de desperfectos y suciedades, atender lasindicaciones contenidas en los letreros y avisos, y aquellas que lespuedan formular la Policía Local o el personal de otros serviciosmunicipales competentes.

Art. 27. Se prohíbe realizar cualquier actividad que pueda dañarel césped en los parques, parterres y plantaciones, salvo en los luga-res autorizados.

Capítulo III

Ornato público

Art. 28. Tendido de ropas y exposición de elementos domésti-cos.—1. Se prohíbe el tendido o exposición de ropas, prendas devestir y elementos domésticos en balcones, ventanas, antepechos,terrazas exteriores o paramentos de edificios situados hacia la víapública o cuando sean visibles desde esta. Las ropas que se sequenen los patios de luces serán colocadas de forma que no impidan laentrada de luz en las viviendas de los demás vecinos y suficiente-mente escurridas, para evitar mojar la ropa de otras coladas y, enningún caso, deberán sobrepasar la medianería.

2. Se prohíbe especialmente la colocación de macetas o cuales-quiera otros objetos que pudieran suponer riesgos para los transeún-tes, en los alféizares de las ventanas o balcones, cuando estas carez-can de la protección adecuada.

Art. 29. Cuidado de los lugares públicos y bienes de ornato opública utilidad.—Se prohíben las siguientes actividades:

a) Pintar, escribir, colocar carteles o avisos y ensuciar los bienesde ornato o pública utilidad como farolas, aceras, papeleras,vallas y cercados, tablones municipales, etcétera.Pegar carteles y colocar pancartas fuera de los lugares autori-zados, exceptuándose de dicha prohibición a los partidos po-líticos en períodos electorales. Los partidos políticos y enti-dades sociales con implantación en el municipio, cuandoorganicen actos de especial significación o relevancia para elconjunto de la ciudadanía, estarán obligados a solicitar auto-rización previa con cinco días de antelación, la cual incluirála fecha y duración del mismo, así como la utilización de cin-ta adhesiva para la colocación de cartelería y de bridas o cuer-das en el caso las pancartas, al objeto de facilitar la limpiezaposterior, que será inmediata una vez pasada la fecha del actoanunciado.Esta solicitud de autorización deberá ser contestada antes delas cuarenta y ocho horas siguientes a su presentación y sudenegación deberá ser motivada.En los períodos electorales, para la realización de los actosmencionados en este apartado, se estará a lo dispuesto en laLey Orgánica de Régimen Electoral General.

b) Tirar toda clase de octavillas y otros soportes publicitarios enla vía pública.

c) Colocar carteles, pancartas y elementos publicitarios simila-res, sin autorización municipal.

d) Hacer pintadas sobre elementos estructurales de la vía públi-ca, calzadas, aceras, mobiliario urbano, muros y paredes, aexcepción de las realizadas con autorización municipal.

Capítulo IVDe la seguridad

Art. 30. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 29.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protec-ción de la Seguridad Ciudadana, la tenencia y consumo público dedrogas será considerado falta grave y sancionado en la cuantía dehasta 600 euros.

Asimismo, constituyen infracciones graves a la seguridad ciuda-dana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes pú-blicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada altráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas,siempre que no constituya infracción penal, así como el abandonoen los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para suconsumo.

2. Igual sanción y procedimiento se aplicará a los siguientesapartados:

a) La exhibición de objetos peligrosos para la integridad físicade las personas con la finalidad de causar intimidación.

b) Desobedecer los mandatos de la autoridad o de sus agentes, dic-tados en directa aplicación de lo dispuesto en la Ley de Seguri-dad Ciudadana, cuando ello no constituya infracción penal.

c) Alterar la seguridad colectiva u originar desórdenes en lasvías, espacios o establecimientos públicos.

d) Todas aquellas que, no estando calificadas como graves omuy graves, en la Ley Orgánica 1/1992, constituyan incum-plimientos de las obligaciones o vulneración de las prohibi-ciones establecidas en dicha ley o en leyes especiales relati-vas a la seguridad ciudadana.

Capítulo VInfracciones

Art. 31. Infracciones.—1. Constituyen infracciones leves:a) El incumplimiento de alguna de las prohibiciones previstas

en los apartados a), d), e) f), i), y j) del artículo 24 de la pre-sente ordenanza.

b) Miccionar en la vía pública.c) Tirar petardos, cohetes, artificios pirotécnicos, bengalas,

etcétera, sin autorización, de conformidad con el Real Decre-to 230/1998, de 16 de febrero.

d) Tender o exponer ropas, prendas de vestir o elementos do-mésticos en balcones, ventanas, antepechos, terrazas exterio-res o paramentos e edificios situados hacia la vía pública ocuando sean visibles desde esta, salvo las excepciones con-templadas en esta ordenanza.

e) Proceder arrojar a la vía pública, chicles, escupir o cualquieracto incívico.

f) Causar molestias y falta de salubridad a terceros mediante larealización de barbacoas en patios y terrazas.

g) Colocar carteles, pancartas y elementos publicitarios simila-res, así como su colocación en parabrisas de vehículos de oc-tavillas y hojas sueltas, o dejar periódicos en paradas de au-tobuses, bancos u otro mobiliario urbano, sin autorizaciónmunicipal.

h) Verter agua u otros líquidos de las máquinas climatizadoras osimilares directamente a la vía pública.

i) El incumplimiento de alguno de los deberes u obligacionesestablecidas en esta ordenanza, cuando no estén expresamen-te calificadas como faltas graves o leves.

2. Constituyen infracciones graves:a) El incumplimiento de alguna de las prohibiciones previstas

en los apartados b), g), y k) de los artículos 24 de la presenteordenanza.

b) Realizar cualquier actividad que pueda dañar el césped o lasplantas en los parques, parterres y plantaciones, así comocualquier acción que pueda deteriorar las plantas, las flores olos frutos, o subirse al arbolado.

c) Arrojar objetos o productos a las aguas de las fuentes, estan-ques, lagos o lagunas.

d) Dañar el mobiliario urbano, así como la utilización de este confines particulares, que impidan u obstaculicen su uso público,incluida la modificación de su ubicación original; la utiliza-

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ción no autorizada por el Ayuntamiento de las bocas de riego;la utilización indebida o el cambio de la ubicación de los con-tenedores de residuos, salvo autorización expresa del Ayun-tamiento.

e) Colocar banderolas publicitarias, luminosas y similares sinautorización municipal.

f) El ejercicio de la mendicidad, incluso el encubierto medianteel ofrecimiento de supuestos servicios dentro del términomunicipal.

g) Cometer tres faltas leves en el plazo de doce meses.3. Constituyen infracciones muy graves:a) Los actos que supongan una perturbación relevante de la con-

vivencia que afecte de manera grave, inmediata y directa a latranquilidad o al ejercicio de derechos legítimos de otras per-sonas, al normal desarrollo de actividades de toda clase con-forme con la normativa aplicable o a la salubridad u ornatopúblicos, siempre que se trate de conductas no subsumiblesen los tipos previstos en el capítulo IV de la Ley Orgáni-ca 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la SeguridadCiudadana.

b) El impedimento del uso de un servicio público por otra uotras personas con derecho a su utilización.

c) El impedimento o la grave y relevante obstrucción al normalfuncionamiento de un servicio público.

d) Los actos deterioro grave y relevante de equipamiento, in-fraestructuras, instalaciones o elementos de un servicio pú-blico.

e) Los actos de deterioro grave y relevante de espacios públicoso de cualquiera de sus instalaciones y elementos, sean mue-bles o inmuebles, no derivados de alteraciones de la seguri-dad ciudadana.

f) Colocar en la vía pública objetos que obstruyan gravementeel tránsito peatonal y rodado y sin perjuicio de la aplicación,en su caso, de la normativa de seguridad vial.

g) Dañar de cualquier forma a los animales, o dañar gravementelas plantas, el arbolado o el mobiliario urbano.

h) Colocar macetas u otros objetos que pudieran suponer riesgopara los transeúntes en los alféizares de las ventanas o balco-nes, cuando estos carezcan de la protección adecuada, asícomo su arrojo a la vía pública.

i) Expender o servir cualquier tipo de bebida alcohólica para serconsumidas en la vía pública, a excepción de los lugares ymomentos autorizados.

j) Expender o facilitar el consumo de alcohol y tabaco a meno-res de dieciocho años.

k) Pintar, realizar “graffitis”, escribir o ensuciar los bienes de or-nato o pública utilidad, así como bienes públicos o privados.

l) Encender fuego, lumbres, quemar de barbechos, rastrojos,enseres y basuras en las vías y espacios públicos sin autoriza-ción municipal.

m) Cometer tres faltas graves en el plazo de doce meses.

TÍTULO VI

Normas sobre la limpieza de los espacios públicos

Capítulo I

Disposiciones generales

Art. 32. 1. El presente título tiene por objeto regular las acti-vidades dirigidas a limpieza de los espacios urbanos y la recogida delos residuos.

2. Se consideran como residuos urbanos o municipales los defi-nidos en la normativa vigente, en concreto lo dispuesto en el artícu-lo 4 de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comuni-dad de Madrid, y la Ley 10/1998, de 21 abril, de Residuos y lasDirectivas Comunitarias 61/156/CEE y 75/442/CEE.

3. A efectos de esta ordenanza tendrán carácter asimilable a losresiduos urbanos los industriales no peligrosos que se generan en unproceso de fabricación, transformación, utilización, consumo, lim-pieza o mantenimiento de una instalación o actividad industrial.

Capítulo IILimpieza de la red viaria y otros espacios urbanos

Art. 33. Personas obligadas a la limpieza.—1. Corresponde-rá a los titulares de los locales de negocios ubicados en planta bajala limpieza de la acera que corresponda a su parte de fachada por losresiduos propios derivados de su actividad.

2. La limpieza de las calles o espacios públicos que no sean dedominio público deberá llevarse a cabo por la propiedad, así comopatios de luces, patios de manzana, zonas comunes, etcétera.

3. La limpieza de solares y otros terrenos de titularidad privadaque se encuentren en suelo urbano corresponderá a la propiedad, sinmenoscabo del cumplimiento de otras obligaciones de carácter ur-banístico.

Art. 34. Ejecución forzosa y actuación municipal.—1. Ante elincumplimiento de las obligaciones de limpieza establecidas ante-riormente y con independencia de las sanciones a que hubiera lugar,el Ayuntamiento podrá requerir a la propiedad su realización a tra-vés del procedimiento de ejecución forzosa.

2. Transcurrido el plazo marcado sin ejecutar lo ordenado, lalimpieza se llevará a cabo por el Ayuntamiento, con cargo al obliga-do a través del procedimiento de ejecución subsidiaria.

Capítulo IIIMedidas a adoptar por determinadas actividades

Art. 35. Quioscos, terrazas y otras actividades de ocio.—1.Quienes estén al frente de quioscos o puestos autorizados en la víapública están obligados a mantener limpio el espacio en el que de-sarrollan su actividad y sus proximidades, durante todo el horario enque realicen la actividad, dejándolo limpio una vez finalizada esta.

2. La misma obligación corresponde a los/las titulares de cafés,bares, en cuanto a la superficie que se ocupe con mesas, veladores,sillas, etcétera, incluyendo la acera correspondiente a la totalidad dela longitud de la fachada.

3. Los/las titulares de los establecimientos deberán instalar porsu cuenta y cargo las papeleras necesarias para favorecer la recogi-da de los residuos que generen sus respectivas actividades.

Art. 36. Limpieza y cuidado de las edificaciones.—La propie-dad de las fincas, viviendas y establecimientos está obligada a man-tener limpia la fachada y las diferentes partes de los edificios quesean visibles desde la vía pública, de tal manera que se consiga unauniformidad estética acorde con su entorno urbano.

Art. 37. Limpieza de escaparates y otros elementos.—1.Cuando se realice la limpieza de escaparates, puertas, marquesinas,etcétera, de establecimientos comerciales, se tomarán las debidasprecauciones para no causar molestias a los transeúntes, ni ensuciarla vía pública, retirando los residuos resultantes.

2. Iguales precauciones deberán adoptarse para la limpieza debalcones y terrazas.

Art. 38. Carteles y anuncios en las fachadas.—1. La propie-dad o quienes detenten la titularidad de los inmuebles cuidarán demantener limpias sus paredes y fachadas de cualquier tipo de cartelo anuncio que no esté autorizado.

2. Únicamente se permitirá la colocación de carteles y anunciosque estén autorizados a través de la preceptiva licencia municipal.

3. El Ayuntamiento dispondrá de espacios reservados para suutilización como soportes publicitarios por las entidades políticas ysociales. El uso de estos espacios precisará de comunicación previay los solicitantes deberán indicar las circunstancias, motivos y dura-ción del período.

Capítulo IVInfracciones

Art. 39. Infracciones.—1. Constituyen infracciones leves:a) No cumplir ocasionalmente las obligaciones de limpieza de

la parte de la vía que les corresponda, establecidas para lospropietarios de los edificios o locales.

b) No cumplir ocasionalmente las obligaciones de limpieza dela parte de la vía o zona que les corresponda, establecidaspara los/las titulares de quioscos, puestos, terrazas veladores,etcétera.

c) No poner las debidas precauciones para evitar ensuciar la víapública y no causar molestias a los/las transeúntes, al realizar

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la limpieza de escaparates, puertas, marquesinas, etcétera, deestablecimientos comerciales.

d) No mantener limpias sus paredes y fachadas de cualquier tipode cartel o anuncio que no esté autorizado, la propiedad o ti-tularidad de los inmuebles.

e) El incumplimiento de alguno de los deberes u obligacionesestablecidas en esta ordenanza, cuando no estén expresamen-te calificadas como faltas graves o leves.

2. Constituyen infracciones graves:a) No cumplir reiteradamente las obligaciones de limpieza de la

parte de la vía que les corresponda, establecidas para la pro-piedad de los edificios o locales.

b) No cumplir reiteradamente las obligaciones de limpieza de la par-te de la vía o zona que les corresponda, establecidas para los/lastitulares de quioscos, puestos, terrazas veladores, etcétera.

c) Cometer tres faltas leves en el plazo de doce meses.3. Constituyen infracciones muy graves:a) No proceder a la limpieza de solares y otros terrenos de titula-

ridad privada que se encuentren en suelo urbano.b) Arrancar carteles o propaganda electoral de los espacios re-

servados como soportes publicitarios para las entidades polí-ticas y sociales.

c) Cometer tres faltas graves en el plazo de doce meses.

TÍTULO VII

Tratamiento de los residuos

Capítulo IResiduos

Art. 40. Recogida de residuos urbanos.—1. La recogida deresiduos urbanos o municipales será efectuada por los servicios mu-nicipales, con la frecuencia y horario necesarios, dándose la publi-cidad necesaria para conocimiento de los vecinos.

2. Ninguna persona física o jurídica podrá dedicarse a la reco-gida, transporte y/o recuperación de los residuos urbanos, sin la pre-via concesión o autorización municipal.

Art. 41. Locales para el almacenamiento de residuos.—Todanueva edificación, con más de una familia o destinada a usos no re-sidenciales, dispondrá, en aplicación de la normativa vigente, de unlocal y contenedores adecuados con la capacidad y dimensionesapropiadas para el almacenamiento selectivo de los residuos.

Art. 42. Residuos domiciliarios.—1. Se consideran residuosdomiciliarios los que proceden de la normal actividad doméstica, yaquellos asimilables, en aplicación de la normativa vigente.

2. El Ayuntamiento dispondrá, distribuidos por determinadaszonas, contenedores específicos para recogida selectiva, facilitandola recuperación de los residuos. No se cambiará de sitio sin autori-zación municipal los contenedores destinados a este fin. Esta opera-ción se realizará en caso necesario por el servicio de limpieza muni-cipal.

3. Se realizará una separación domiciliaria del residuo; deposi-tando en los contenedores de color amarillo los envases (plástico,metal, “brick”), el papel y cartón en los contenedores de color azuly el vidrio se depositará en contenedores de color verde y en el res-to de contenedores los residuos orgánicos.

4. El horario de utilización será durante el invierno desde las20.30 a las 23.00 horas, y en el verano de 21.30 a 23.00 horas, nun-ca antes o después. En todo caso cualquier variación se efectuaríamediante el correspondiente bando municipal.

Art. 43. Depósito de los residuos.—1. En los supuestos de quesu volumen lo haga necesario, las cajas de cartón y otros envases de-berán trasladarse por los interesados al punto limpio municipal, den-tro del horario habilitado al efecto o producirse la gestión directa porparte del productor a sus expensas.

2. La vecindad vendrá obligada a utilizar los contenedores ade-cuados a cada residuo, depositando exclusivamente los residuos só-lidos urbanos, con exclusión de líquidos, escombros, enseres, ani-males muertos, materiales en combustión, etcétera.

3. Los residuos se depositarán en el contenedor en bolsas deplásticos, herméticamente cerradas, aprovechando su capacidad,rompiendo los objetos que sea posible, antes de depositarlos.

4. Ningún tipo de residuos podrá ser evacuado a través de la redde alcantarillado.

Art. 44. Residuos comerciales e industriales.—1. En merca-dos, galerías de alimentación, supermercados, bares, restaurantes,etcétera, la retirada de los residuos se establecerá de manera espe-cial, estando obligados sus titulares al barrido y limpieza de las zo-nas de aportación.

2. Las personas y empresas productoras o poseedoras de resi-duos industriales están obligadas a realizar cuantas operaciones degestión marque la legislación vigente para cada tipo de residuos,como recogida, transporte, almacenamiento, clasificación, valora-ción y/o vigilancia.

3. Cuando así proceda por el volumen o tipo de residuo, la pro-piedad o titularidad de las industrias estará obligada a gestionar susresiduos asimilables a urbanos, por sí mismos y a sus expensas, porindicación expresa del Ayuntamiento.

Art. 45. Tierras y escombros.—1. Se prohíbe depositar en lavía pública toda clase de escombro o desechos procedentes de obrasde construcción y remodelación de edificios o de obras realizadas enel interior de los mismos.

2. Igualmente queda prohibido almacenar en la vía pública fue-ra de los límites de las vallas protectoras de las obras, material deconstrucción: arena, ladrillos, cemento, masa, etcétera.

3. Los residuos de construcción y demolición deberán ser ges-tionados por los productores, de acuerdo a la normativa vigente.

4. Los/las productores/as y transportistas de los residuos de de-molición y construcción están obligados a obtener las licencias quecorrespondan, así como los permisos para la producción, transportey eliminación de estos. Asimismo, deberán limpiar los posibles re-siduos que por su actividad pudieran verter en la vía pública.

5. El Ayuntamiento asume la recepción y gestión de los resi-duos generados por pequeñas obras de reparación domiciliaria rea-lizadas por los vecinos, que deberán transportarlos hasta el puntolimpio por sus propios medios. Este servicio no será aplicable a losresiduos de obras realizadas por empresas o profesionales.

Art. 46. Muebles, enseres y objetos inútiles.—1. Se prohíbedepositar en los espacios públicos muebles, televisores, cristales, es-pejos, cualquier objeto que pueda resultar peligroso al romperse yobjetos inútiles, salvo en los lugares, fechas y horarios autorizadospor el Ayuntamiento.

2. Incluso en dichos lugares y momentos, cuando la cantidad deresiduos a depositar así lo haga conveniente, según la valoraciónrealizada por los servicios municipales, el depósito deberá realizar-se por los interesados en el punto limpio, por sus propios medios ya su costa.

3. Fuera de los lugares y momentos autorizados, este tipo de ob-jetos podrán ser depositados en el punto limpio por los interesados,por sus propios medios y a su costa.

4. En dicho punto limpio se depositarán, además de los mueblesy enseres, pequeñas cantidades de escombros (cuatro sacos por usua-rio y día), neumáticos (previo pago de la tasa correspondiente), pilas,fluorescentes, baterías de coches, ordenadores, medicinas, aceites tan-to de vehículos como el domiciliario, radiografías, vidrio, metales, pa-pel y cartón, etcétera, siendo este servicio solo para particulares.

Art. 47. Restos vegetales.—1. Los restos vegetales del cuida-do de jardines generados por particulares, siempre que supongan pe-queña cantidad, podrán ser depositados en los lugares, recipientes ycontenedores destinados a los residuos sólidos urbanos, y de formaanáloga a estos.

2. Los restos de desbroces, podas, siegas, etcétera, de gran vo-lumen, deberán comunicarse antes de su producción a los serviciosmunicipales, que indicarán el procedimiento de eliminación, pu-diendo indicar su traslado por medios propios y a sus expensas alpunto limpio o a planta de tratamiento.

3. Los/las generadores/as de residuos vegetales, que lo sean deforma habitual y significativa, deberán disponer de contenedoresadecuados, quedando obligados a depositarlos y a retirarlos de loslugares indicados por el Ayuntamiento.

Art. 48. Abandono de vehículos.—1. Se prohíbe terminante-mente el abandono de vehículos en las vías y lugares públicos.

2. La autoridad municipal podrá presumir razonablemente queun vehículo se encuentra en situación de abandono en los siguientescasos:

a) Cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículohaya sido depositado tras su retirada de la vía pública por laautoridad competente.

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b) Cuando permanezca estacionado por un período superior aun mes en el mismo lugar y presente desperfectos que haganimposible su desplazamiento por sus propios medios o le fal-ten las placas de matrícula. En este caso, tendrá el tratamien-to de residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa co-rrespondiente.

En el supuesto contemplado en el apartado a) y en aquellosvehículos que, aun teniendo signos de abandono, mantengan la pla-ca de matriculación o dispongan de cualquier signo o marca visibleque permita la identificación de su titular, se requerirá a este, unavez transcurridos los correspondientes plazos, para que en el máxi-mo de quince días retire el vehículo del depósito, con la advertenciade que, en caso contrario, se procederá a su tratamiento como resi-duo sólido urbano.

3. La vecindad de Valdemoro podrá solicitar al Ayuntamientoque realice directa y gratuitamente los trámites oportunos para labaja en la Jefatura Provincial de Tráfico de los vehículos cuya titu-laridad ya no les interese, a excepción de aquellos que tuvieran car-gas pendientes que legalmente lo impidan, dando posteriormentecuenta al titular del vehículo.

Capítulo IIResiduos peligrosos

Art. 49. Los productores o poseedores de residuos peligrososestán obligados a la adopción de cuantas medidas sean necesariaspara asegurar que el transporte, tratamiento, eliminación o, en sucaso, aprovechamiento de los mismos, se realicen sin riesgo para laspersonas. En consecuencia, estos residuos deberán ser depositadosen vertederos de seguridad, siendo los propietarios de tales residuoslos únicos responsables de los posibles daños o perjuicios que losmismos puedan ocasionar.

Art. 50. Serán considerados residuos peligrosos aquellos que fi-guren en la lista de residuos peligros y aprobada en el Real Decre-to 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan con-tenido. Los que hayan sido calificados como peligrosos por laNormativa Comunitaria, en concreto la decisión 2087/151 CE sobrela Aplicación de los Directivas 2006/12 CE, relativa a los residuosy 91/689 CE relativa a los residuos peligrosos, y los que pueda apro-bar el Gobierno de la Nación de conformidad con lo establecido enla Normativa Europea o en Convenios Internacionales de los que Es-paña sea parte.

Los productores o poseedores de residuos peligrosos deberánadaptarse en cuanto a la gestión de los mismos a la Ley 10/1998,de 21 de abril, de Residuos, y 5/2003 de la Comunidad de Madrid.

En ningún caso se admitirá la mezcla y el depósito común en elmismo contenedor de residuos industriales con residuos asimilablesa residuos sólidos urbanos.

Una vez efectuado el vertido en las zonas especialmente habilita-das para tales residuos, se acreditará documentalmente esta circuns-tancia ante el Ayuntamiento.

Art. 51. Otros residuos.—1. Los residuos generados en el tér-mino municipal que no tengan la consideración de urbanos o muni-cipales deberán ser gestionados por sus responsables, atendiendo ala normativa legal que corresponda en cada caso.

Capítulo IIIInfracciones

Art. 52. Infracciones.—1. Constituyen infracciones leves:a) Depositar residuos domiciliarios y asimilables a urbanos sin

respetar los horarios establecidos.b) No barrer o limpiar las zonas de recogida de residuos, los titu-

lares de mercados, galerías de alimentación, supermercados,bares, restaurantes, etcétera.

c) El incumplimiento de alguno de los deberes u obligacionesestablecidos en este título, cuando no estén expresamente ca-lificados como faltas graves o muy graves.

2. Constituyen infracciones graves:a) Depositar los residuos domiciliarios o asimilables a urbanos

fuera de los lugares, recipientes y contenedores dispuestospor el Ayuntamiento.

b) Depositar en los contenedores líquidos, escombros y/o enseres.

c) Depositar en los espacios públicos muebles y objetos inútiles,fuera de los lugares, fechas y horarios autorizados por elAyuntamiento.

d) Evacuar cualquier tipo de residuo no autorizado a través de lared de alcantarillado.

e) Cometer tres faltas leves en el plazo de doce meses.3. Constituyen infracciones muy graves:a) Efectuar la recogida, el transporte y/o la recuperación de los

residuos urbanos, sin la previa concesión o autorización mu-nicipal.

b) Abandonar vehículos en las vías y lugares públicos.c) Abandonar en las vías o lugares públicos cadáveres de ani-

males, así como arrojarlos a los contenedores destinados a larecepción de residuos, incinerarlos o enterrarlos en lugaresno expresamente autorizados.

d) Depositar en los contenedores para residuos materiales encombustión.

e) Abandonar en la vía pública o en los contenedores los restosde desbroces, podas, siegas, etcétera, de gran volumen.

f) No realizar los productores o poseedores de residuos indus-triales, las operaciones de gestión a que les obligue la legis-lación vigente para cada tipo de residuos, como recogida,transporte, almacenamiento, clasificación, valoración y/o vi-gilancia.

g) Depositar en las vías o lugares públicos contenedores para es-combros o material de construcción, sin la preceptiva autori-zación municipal.

h) Verter en el alcantarillado residuos que pudieran causar ave-rías, atascos o mal funcionamiento de los mismos.

i) Cometer tres faltas graves en el plazo de seis meses.

TÍTULO VIII

Normas sobre la protección de la atmósfera frentea la contaminación por formas de energía

Capítulo I

Disposiciones generales

Art. 53. Los aspectos relativos a esta materia se regularán por loestablecido en las siguientes disposiciones:

— Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, y Real Decre-to 1513/2005, de 16 de diciembre, por los que se desarrolla laLey 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referentea zonificación acústica, objetivos de calidad y emisionesacústicas.

— Decreto 78/1999, por el que se regula el régimen de protec-ción contra la contaminación acústica de la Comunidad deMadrid.

— Ordenanza municipal para la prevención del ruido.— Ninguna actividad o fuente sonora, excluido el ruido ambien-

tal (tráfico o fuentes naturales), podrá transmitir a los espa-cios interiores adyacentes o colindantes niveles sonoros quesuperen a los que se indican a continuación:

Uso del recinto receptorNIVELES MÁXIMOS (db) (A9)

Diurno Nocturno

Sanitario y bienestar social 30 25Cultural y religioso 30 30Educativo 40 40Equipamiento para el ocio 40 40Hospedaje 40 30Oficinas 45 45Comercial 50 50Residencial habitable (1) 35 30Residencial servicios (2) 40 35

(1) Residencial habitable: incluye dormitorios, salones y despachos.(2) Residencial servicios: incluye cocinas, baños, pasillos y aseos.

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Capítulo II

Contaminación atmosférica por ruido

Art. 54. Ruidos que se regulan.—1. La producción de ruidosen la vía pública o en el interior de los edificios deberá ser manteni-da dentro de los límites que exige la convivencia ciudadana, sin per-juicio de la reglamentación especial vigente en materia de instala-ciones industriales.

2. Los preceptos de este artículo se refieren a los ruidos produ-cidos por:

a) El tono excesivamente alto de la voz humana o la actividaddirecta de las personas, ya sea en la vía pública o dentro de lapropia vivienda, en los locales públicos o vehículos de servi-cio público.

b) Sonidos producidos por los animales domésticos.c) Aparatos televisivos, receptores/reproductores de música e

instrumentos musicales o acústicos.

3. La intervención municipal impedirá que las perturbacionespor los ruidos especificados anteriormente excedan de los límites es-tablecidos en la presente ordenanza o en la normativa municipal es-pecífica.

Capítulo III

Ruidos relativos a la voz o actividad de las personas

Art. 55. Prohibiciones expresas.—1. En relación a los ruidosen el tono excesivamente alto de la voz humana o la actividad direc-ta de las personas, ya sea en la vía pública o dentro de la propia vi-vienda, en los locales públicos o vehículos de servicio público, que-da prohibido:

a) Cantar en tono excesivamente elevado o gritar a cualquierhora del día o de la noche y, en especial, desde las 22.00 ho-ras hasta las 8.00 horas en la vía pública.

b) Cantar o hablar en tono excesivamente elevado en el interiorde los domicilios particulares y en las escaleras y patios delos edificios y, en especial, desde las 22.00 hasta las 8.00 ho-ras del día siguiente.

c) Abrir y cerrar puertas y ventanas con estrépito, especialmenteen el período comprendido en el apartado anterior.

d) Cualquier otra clase de ruido evitable en el interior de las ca-sas, en especial desde las veintidós hasta las 8.00 horas, pro-ducido por obras en el domicilio, reparaciones materiales omecánicas de carácter doméstico, movimiento de muebles,animales domésticos o por otras causas.

e) Desde las 22.00 horas hasta las 8.00 horas, accionar cualquiertipo de aparato domésticos como lavadoras, abrillantadoras,aire acondicionado o similares cuando pueda causar ruido ex-cesivo.

2. Las prescripciones horarias anteriores será de aplicación aldescanso estival desde las 15.00 horas a las 17.00 horas, en el perío-do comprendido entre el 1 de junio al 15 de septiembre, exceptuan-do aquellas que se refieren a la realización de obras en el domicilio.

3. En domingos y festivos, estos períodos se modifican quedan-do los límites aplicables entre las 9.00 y las 22.00 horas y las 22.00y las 9.00. Asimismo, quedarán modificados en el período estivalentre el 1 de junio al 15 de septiembre, de 8.00 a 23.00 horas y de23.00 a 8.00 horas.

4. En los locales de trabajo se estará a lo dispuesto en cada casoal horario laboral autorizado a la empresa, así como a las medidascorrectoras que sobre el ruido se hayan señalado o se señalen al am-paro de las normas reguladoras de actividades molestas, insalubres,nocivas y peligrosas o de carácter medioambiental, así como lo dis-puesto en el Plan General.

5. En los lugares de esparcimiento público o de recreo (bares,cafés, restaurantes, discotecas, salas de baile, cines, teatros, etcéte-ra) se respetará en todo caso el horario de cierre establecido e, inde-pendientemente de ello, se adoptarán las medidas de insonorizaciónprecisas, quedando prohibidos los ruidos excesivos que transcien-dan al exterior de los locales.

Capítulo IVRuidos relativos a los animales domésticos

Art. 56. Respecto a los ruidos relativos a los animales domésti-cos, se prohíbe, bajo la consideración de falta grave, desde las 22.00hasta las 8.00 horas, o durante las horas de siesta desde las 15.00 a17.00 horas, dejar en patios, terrazas, galerías y balcones animalesque con sus ladridos, maullidos o sonidos, gritos y cantos perturbenel descanso de los vecinos. En las demás horas, también deberán serretirados por sus propietarios o encargados, cuando notoriamenteocasiones molestias a los demás ocupantes del inmueble o a los decasas vecinas.

Capítulo VRuidos relativos a instrumentos

y aparatos musicales o acústicos

Art. 57. Con referencia a los ruidos relativos a instrumentos re-productores e instrumentos musicales o acústicos, se establecen lassiguientes prevenciones y prohibiciones:

a) Los propietarios o usuarios de aparatos electrónicos, televi-sión, radio, reproductores y similares, instrumentos musica-les o acústicos en el propio domicilio deberán ajustar su vo-lumen o utilizarlos en forma que no causen un ruidoexcesivo. Incluso en horas diurnas, se ajustarán a los límitesestablecidos para las nocturnas cuando cualquier vecino lesformule esta solicitud por tener enfermos en su domicilio, opor cualquier otra causa notoriamente justificada.

b) Los ensayos y reuniones musicales, instrumentales o vocalesde baile o danza y las fiestas en domicilios particulares se re-gularán por lo establecido en el apartado anterior.

c) Se prohíbe en la vía pública, en vehículos de transporte públi-co y en zonas de pública concurrencia, como plazas, parques,entre otras, accionar aparatos electrónicos, instrumentos mu-sicales, acústicos, incluso desde vehículos particulares convolumen excesivo.

d) Se prohíbe emitir por altavoces, desde comercios o vehícu-los, mensajes publicitarios y actividades análogas, sin autori-zación municipal previa.

Capítulo VIInfracciones

Art. 58. Quien incumpliere lo establecido en este título será so-metido a expediente sancionador bajo la consideración de falta leveen las molestias causadas a la vecindad por cualesquiera de los rui-dos descritos anteriormente cuya notoriedad manifiesta no necesita-rá de acta de medición de ruidos expresa.

El resto de infracciones se adecuará de conformidad con lo estable-cido en Decreto 78/1999, por el que se regula el régimen de protec-ción contra la contaminación acústica de la Comunidad de Madrid.

Así como lo dispuesto en Real Decreto 1367/2007, de 19 de oc-tubre, y Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por los que sedesarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo re-ferente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisionesacústicas.

TÍTULO IX

Normas sobre la tenencia de animales domésticos

Capítulo IDisposiciones generales

Art. 59. Este título tiene por objeto regular la tenencia de ani-males y los derechos y obligaciones que se desprenden de la misma,que afecten a la tranquilidad, seguridad, salud pública e higiene depersonas y bienes, así como garantizarles la debida protección y cui-dados.

Art. 60. Estarán sujetas a la obtención de licencia municipal lassiguientes actividades:

a) Establecimientos hípicos, sean o no de temporada, con insta-laciones fijas o no, que alberguen caballos para la práctica dela equitación con fines deportivos, recreativos o turísticos.

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Los centros para el cuidado de animales de compañía y losdestinados a la reproducción, alojamiento temporal o perma-nente y/o suministro de animales para vivir en domesticidaden los hogares, fundamentalmente perros, gatos, aves y otrosdestinados a la caza y el deporte.

Art. 61. Los propietarios, proveedores de animales de compa-ñía, encargados de criaderos, establecimientos de venta, para elmantenimiento temporal de animales de compañía, clínicas veteri-narias, asociaciones de protección y defensa de los animales y ex-plotaciones ganaderas quedan obligados en los dispuesto en la pre-sente ordenanza, así como a colaborar con la autoridad municipalpara la obtención de los datos y antecedentes precisos sobre los ani-males con ellos relacionados.

Capítulo II

Definiciones

Art. 62.a) Animal doméstico de compañía: todo aquel mantenido por el

hombre principalmente en su hogar, por placer y compañía,sin que exista actividad lucrativa alguna.

b) Animal silvestre de compañía: todo aquel perteneciente a lafauna autóctona o foránea, que ha precisado un período deadaptación al entorno humano y que es mantenido por elhombre, principalmente en su hogar, por placer y compañía,sin que exista actividad lucrativa alguna.

c) Animal doméstico en explotación: todos aquellos que, adap-tados al entorno urbano, sean mantenidos por el hombre confine lucrativos, no pudiendo en ningún caso constituir un pe-ligro para la población circundante.

d) Animal abandonado: aquellos que no tengan dueño conoci-do, que circulen dentro del caso urbano o por la vía públicasin ser conducidos por ninguna persona. Y los que, estandoidentificados y una vez notificado al propietario su disposi-ción para su retirada de las instalaciones de la perrera sanitaria,no procedieran a su retirada en el plazo de diecinueve días.

Capítulo III

Sobre la tenencia de animales de compañía: del censo,inspección y vigilancia

Art. 63. Con carácter general se autoriza la tenencia de anima-les domésticos en las viviendas urbanas, siempre que las circunstan-cias de alojamiento en el aspecto higiénico lo permitan y que no seproduzca ninguna situación de molestia o peligro para los vecinos,para otras personas en general o para el mismo animal que no seanderivadas de su misma naturaleza.

Art. 64. Los propietarios, encargados y proveedores de anima-les de compañía están obligados al cumplimiento de lo dispuesto enla presente ordenanza, siendo responsables de los daños y perjuiciosque ocasionen. Estarán obligados a facilitar a los agentes de la Poli-cía Local y servicio de vigilancia y control de este Ayuntamiento lasvisitas domiciliarias convenientes para la inspección y determina-ción de las circunstancias mencionadas en el artículo anterior, siem-pre que se cuente con el consentimiento del titular o mediante la co-rrespondiente resolución judicial.

Art. 65. Los propietarios o poseedores de perros o gatos debe-rán cumplir las siguientes obligaciones:

a) El poseedor o adquirente de un perro o gato está obligado ainscribirlo en el censo de este Ayuntamiento, dentro del pla-zo máximo de tres meses desde su nacimiento o de un mesdesde su adquisición. El animal deberá llevar su identifica-ción censal de forma permanente.

b) A contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra laindemnización por los posibles daños que pueda ocasionar alas personas o bienes, en la forma que reglamentariamente seestablezca.

c) Si el animal hubiera fallecido, cedido, regalado o vendido de-berán notificarlo en el plazo de un mes a los servicios de vi-gilancia y control del Ayuntamiento para su baja en el censo.

d) Las desapariciones de animales deberán ser notificadas alRIAT, para hacer constar dicha incidencia y su posterior de-nuncia a la Guardia Civil.

Art. 66. Los animales que hayan causado lesiones a las perso-nas o a otros animales, así como todos aquellos que sean sospecho-sos de padecer rabia o haber sido mordidos por otro animal, deberánser sometidos inmediatamente a control veterinario oficial.

Las personas que hubieran sido mordidas deberán dirigirse inme-diatamente a los servicios médicos para que pueda sometérseles atratamiento. Asimismo, deberá presentarse la correspondiente de-nuncia ante la Policía Local o Guardia Civil, a los efectos legalesoportunos.

El período de observación del animal podrá ser domiciliario o enlas instalaciones de la perrera sanitaria del Ayuntamiento, según de-terminen los servicios veterinarios.

Art. 67. El propietario de un animal agresor tendrá la obligaciónde comunicarlo a los servicios veterinarios en el plazo de cuarenta yocho horas, al objeto de facilitar su control sanitario y al Ayun-tamiento. Transcurridas setenta y dos horas desde la notificaciónoficial al propietario sin que se haya cumplido lo dispuesto, las au-toridades municipales adoptarán las medidas oportunas o iniciaránlas trámites pertinentes para llevar el internamiento del animal asícomo para exigir las responsabilidades a que hubiere lugar.

Art. 68. Si el animal agresor fuera abandonado o sin identifica-ción, los servicios municipales o las personas agredidas, si pudieranrealizarlo, procederán a su captura e internamiento en el Centro Mu-nicipal de Acogida de Animales Abandonados a los fines indicados.

Los gastos que se generen por la retención y control de los anima-les, según se contempla en este artículo y en el anterior, serán satis-fechos por sus propietarios.

Art. 69. Anualmente deberán ser vacunados contra la rabia, deforma obligatoria, los perros, y recomendable, los gatos, en las fe-chas fijadas al efecto.

Art. 70. La autoridad municipal dispondrá, previo informe delos servicios veterinarios, el sacrificio sin indemnización alguna deaquellos animales a los que se hubiera diagnosticado rabia u otra en-fermedad zoonótica de especial gravedad para el hombre y cuandolas circunstancias así lo aconsejen.

Art. 71. Por razones de sanidad animal o salud pública el sacri-ficio será obligatorio, el cual se efectuará en cualquier caso de for-ma rápida, indolora y siempre en locales aptos para tales fines, bajocontrol y responsabilidad de los servicios veterinarios (según se re-coge el artículo 31 del Decreto 44/1991).

Capítulo IV

Normas especiales para perros

Art. 72. Son aplicables a los perros las normas de carácter gene-ral que se apliquen a todos los animales de compañía.

Art. 73. En las vías públicas, los perros deberán ir acompañadosy conducidos mediante correa, cadena y collar con la placa de iden-tificación censal. Tendrán que circular con bozal y sujetos con cade-na o correa no extensible de menos de 2 metros todos aquellos ani-males potencialmente peligrosos catalogados de conformidad con lodispuesto en la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el RégimenJurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y elReal Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que desarrolla laLey 50/1999.

Art. 74. Los perros que circulen sin cumplir las normas antesmencionadas serán recogidos por los servicios municipales, condu-cidos a la perrera sanitaria y mantenidos según los períodos que con-templa el artículo 29 del Decreto 44/1991, de 30 de mayo, abonan-do los gastos correspondientes por su recogida, manutención yatenciones sanitarias cuando sean recuperados por sus dueños.

Art. 75. Los conductores o encargados de los medios de trans-porte público podrán prohibir el traslado de animales, si consideranque pueden molestar, a excepción de los perros-guía que acompañena los deficientes visuales, según el Real Decreto 3250/1983, de 7 dediciembre.

Art. 76. Las normas para la circulación de perros lazarillo sonlas mismas que se disponen en el Real Decreto 3250/1983, de 7 dediciembre, y la Orden 527/1985, de 18 de junio.

Art. 77. Queda prohibida la entrada de perros y otros animalesen toda clase de locales destinados a la fabricación, venta, almace-naje, transporte o manipulación de alimentos, así como en mercadosy galerías de alimentación, excepto en el caso de los perros guía.

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Art. 78. Queda expresamente prohibida la entrada de perros yotros animales en locales o recintos de espectáculos públicos depor-tivos, culturales y sanitarios, así como la entrada de todo tipo de ani-males en vehículos destinados a la fabricación, venta, almacena-miento, transporte y manipulación de alimentos. Igualmente quedaprohibida la circulación o permanencia de perros en piscinas de uti-lización general y otros lugares en que habitualmente se bañe el pú-blico, excepto en el caso a que se refiere sobre los perros guías.

Art. 79. Los perros guardianes de solares, obras, locales, esta-blecimientos, etcétera, deberán estar bajo vigilancia de sus dueños opersonas responsables, en recintos donde no puedan causar daños apersonas o cosas ni perturbar la tranquilidad ciudadana, en especialen horas nocturnas. En todo caso deberá advertirse en lugar visibley forma adecuada la existencia del perro guardián. En los espaciosabiertos a la intemperie, se habilitará una caseta que proteja al ani-mal de las temperaturas externas.

Art. 80. Las personas que conduzcan perros u otros animalesdeberán impedir que estos depositen sus deyecciones en las aceras,calles, paseos, jardines y en general cualquier lugar dedicado al trán-sito de peatones o juegos infantiles, debiéndose realizar en los luga-res destinados al efecto.

Para el supuesto de que las deyecciones se han realizadas fuera delos lugares indicados se procederá a su retirada debiéndose introdu-cir de manera higiénicamente aceptable en bolsas de plástico y de-positados en los contenedores de residuos sólidos urbanos.

Capítulo V

Otros animales domésticos

Art. 81. Se prohíbe terminantemente dejar sueltos en espaciosexteriores toda clase de animales dañinos o feroces. Las caballeríaso ganado que marchan por la vía pública habrán de ser conducidosal paso de sus dueños y con las previsiones contenidas en el Real De-creto 13/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Circulación para la aplicación y desarrollo del Texto Ar-ticulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motory Seguridad Vial.

Art. 82. En caso de denuncia de cría doméstica de animales, laautoridad municipal decidirá lo que proceda en cada caso, según in-forme que emita el servicio veterinario como consecuencia de las vi-sitas domiciliarias que habrán de ser facilitadas por los ocupantes delas viviendas.

Cuando aquellos decidan que se incumplen las disposiciones zoo-sanitarias y todas aquellas que, en caso de declaración de epizootias,dicten las autoridades competentes, los dueños de los animales de-berán proceder a su desalojo, si no lo hicieran voluntariamente des-pués de ser requeridos para ello lo harán los servicios municipales,siendo los costes a cargo de los dueños de aquellos, sin perjuicio dela exigencia de la responsabilidad que procediese por la desobedien-cia a la autoridad.

Estas acciones se realizarán con el consentimiento del titular omediante la correspondiente resolución judicial.

Art. 83. Queda prohibido el abandono de animales vivos ymuertos. Los animales muertos serán considerados residuos biosa-nitarios y su gestión se realizará según el Decreto 61/1994, de 9 dejunio, capítulo I, artículo 3. Para la recogida por parte de los servi-cios municipales de animales muertos a particulares, deberán estosefectuar previamente el pago de las tasas correspondientes.

En todos los casos, el Ayuntamiento marcará las directrices parala recogida de animales muertos y su posterior eliminación, deacuerdo en todo momento con la legislación vigente.

Art. 84. En relación a la fauna queda prohibido dar muerte, da-ñar, molestar o inquietar a los animales, incluyendo su captura envivo y la recolección de sus huevos o crías. Queda igualmente prohi-bida la posesión, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos,o de sus restos.

Únicamente podrá permitirse la tenencia, comercio y exhibiciónpública en los supuestos expresamente previstos en la normativa vi-gente en el estado español, Disposiciones de la Unión Europea yTratados y Convenios Internaciones suscritos por España.

Capítulo VIEstablecimientos de cría, venta,

mantenimiento temporal de animales de compañía

Art. 85. El emplazamiento de dichos establecimientos tendrá encuenta el suficiente alejamiento del núcleo urbano en los casos enque se considere necesario y que las instalaciones no ocasionen mo-lestias a las viviendas próximas, debiendo cumplir en todo momen-to con la legislación vigente correspondiente.

Los establecimientos de venta de animales silvestres cumpliránademás lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 2/1991, de 14 de fe-brero, para la Protección y Regulación de la Fauna y Flora Silvestrede la Comunidad de Madrid.

Capítulo VIIInfracciones

Art. 86. Las infracciones de las normas de esta ordenanza seclasificarán en leves, graves y muy graves.

1. Serán consideradas infracciones leves:a) No circular los perros sujetos con cadena, correa y con la pla-

ca de identificación censal.b) Introducir o mantener perros en establecimientos públicos in-

cumpliendo la prohibición existente en su entrada.c) No advertir en lugar visible la existencia de perros guardianes.d) La permanencia de animales en terrazas, patios, solares, jardi-

nes o cualquier otro lugar acotado, siempre que este acto supon-ga un riesgo para la salud o molestias para otras personas.

e) La no recogida por los propietarios de los perros de las deyec-ciones depositadas fuera de los lugares autorizados.

f) El incumplimiento de alguno de los deberes u obligacionesestablecidos en la ordenanza, cuando no estén expresamentecalificados como faltas graves o muy graves.

g) No impedir que los perros puedan intimidar a las personasque circulan por las calles y en especial el hecho de no evitarque los mismos puedan sacar la cabeza por encima de la can-cela o que los mismos puedan sacar la cabeza entre los barro-tes de las verjas de las viviendas.

2. Serán consideradas infracciones graves:a) No circular los perros provistos de bozal y sujetos con correa

no extensible de menos de 2 metros cuando su peligrosidad,naturaleza y características lo hagan necesario o cuando así loordene la autoridad.

b) El no impedir los propietarios de los perros que los mimosdepositen sus deyecciones en espacios o lugares en parques ojardines públicos destinados a juegos o actividades infantiles.

c) La falta de medidas higiénico-sanitarias acordes para el man-tenimiento del animal.

d) Trasladar perros en los lugares destinados a pasajeros en losvehículos de transporte público, siempre y cuando haya habi-do una prohibición expresa por parte del conductor de dichotransporte.

e) No dar inmediata cuenta a las autoridades sanitarias compe-tentes, cuando se haya sufrido la mordedura de un perro.

f) Abandonar a los animales en viviendas desalquiladas, sola-res, terrazas, jardines, o cualquier lugar acotado.

g) La permanencia de animales en terrazas, patios, jardines ocualquier otro lugar acotado de las 22.00 a 8.00 horas.

h) La cría doméstica de aves de corral, conejos, palomas, cer-dos, cabras y animales análogos dentro del caso urbano.

i) Reincidencia de infracciones leves3. Se considerarán infracciones muy graves:a) Transportar perros en vehículos particulares de forma que se

perturbe la actuación del conductor o se comprometa la segu-ridad del tráfico.

b) No proceder a su inscripción en el censo, carecer del segurode responsabilidad civil correspondiente.

c) Permitir la entrada o permanencia de perros en locales ovehículos destinados a la fabricación, venta, alimentación,transporte o manipulación de alimentos.

d) Introducir o mantener perros en locales o recintos de espec-táculos públicos, deportivos y culturales y en piscinas o luga-res de baño público.

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e) No facilitar el dueño de un perro que haya mordido a una per-sona los datos que le requiera la persona agredida a las auto-ridades competentes.

f) No cumplir las prescripciones de carácter sanitario que deter-minen las autoridades como no proceder a su vacunación re-glamentariamente, ni proceder al sacrificio en los supuestoscontemplados en la presente ordenanza.

g) Dejar sueltos en espacios exteriores animales dañinos o feroces.h) No proporcionar o facilitar a un animal el tratamiento ade-

cuado, cuando presuntamente padezca tipo de enfermedad oepizootía.

i) Abandonar animales muertos.j) Verter azufre o cualquier otro veneno en la vía pública con la

intención de evitar que los animales hagan sus necesidades fi-siológicas.

k) La reincidencia en infracciones graves.Se considerarán igualmente infracciones las contempladas en la

Ley 1/1990, de Protección de Animales Domésticos, y la Ley 2/1991,de Protección y Regulación de la Flora y Fauna Silvestre de la Co-munidad de Madrid, y la legislación sectorial aplicable.

Art. 87. En lo referente a los animales potencialmente peligro-sos se estará a lo dispuesto en la Ley 50/1999, de 23 de diciembre,sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencial-mente Peligrosos; Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por elque se desarrolla la Ley 50/1999; Decreto 30/2003, de 13 de marzo,por el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decre-to 1570/2007, de 30 de noviembre, por el que se modifica el RealDecreto 287/2002.

TÍTULO X

Sobre protección de medio natural y zonas verdes

Capítulo IDisposiciones generales

Art. 88. De conformidad con la Ley 2/2002, de 19 de junio, deEvaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y laLey 97/2006, de evaluación de los efectos de determinados planes yprogramas en el medio ambiente y, en especial, la Ley 42/2007, delPatrimonio Natural y la Biodiversidad, este título por objeto, el con-tenido de la regulación de la implantación, conservación, uso y dis-frute de los distintos elementos instalados en ellas en orden a su me-jor preservación como ámbitos imprescindibles para el equilibriodel ambiente urbano.

Así como lo dispuesto en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, deProtección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad deMadrid.

Art. 89. 1. A los efectos de esta ordenanza, se consideran zo-nas verdes los espacios destinados a la plantación de arbolado y jar-dinería conforme a las determinaciones en el Plan General.

2. En cuanto definición y clases de zonas verdes, se estará a loestablecido en el Plan General que distingue parques, suburbanos,urbanos y deportivos, cuñas verdes, jardines, áreas ajardinadas y pa-sillos verdes.

3. En todo caso, serán consideradas como zonas verdes, a losefectos de esta ordenanza, las plazas y pequeños jardines públicos,los jardines en torno a monumentos o en isletas viarias, las alinea-ciones de árboles en aceras y paseos y las jardineras y elementos dejardinería instalados en las vías públicas.

4. Igualmente, estas normas serán de aplicación en lo que lesafecte, a los jardines y espacios verdes de propiedad privada.

5. Y aquellos que por virtud del planteamiento en el futuro sedestinen a estos fines.

Capítulo IIImplantación de nuevas zonas verdes

Art. 90. 1. Las nuevas zonas verdes se ajustarán, en su locali-zación a lo establecido en el Plan General, en sus instalaciones, a lasnormas específicas sobre normalización de elementos constructivosy en su ejecución al pliego de condiciones técnicas generales paralas obras.

2. La nuevas zonas verdes mantendrán en lo posible aquelloselementos naturales como la vegetación original existente, cursos de

agua o zonas húmedas, configuraciones topográficas del terreno ycualquier otro que conforme las características ecológicas de lazona, los cuales servirán de soporte a los nuevos usos, pudiendoconvertirse, en casos específicos, en condiciones principales diseño.

Art. 91. 1. En cuanto a la plantación, las nuevas zonas verdesdeberán cumplir las siguientes normas:

a) Se respetarán todos los elementos vegetales a que se hace re-ferencia en el artículo anterior.

b) Para las nuevas plantaciones se elegirán especialmente vege-tales de probada rusticidad en el clima de Valdemoro, cuyafutura consolidación en el terreno evite gastos excesivos deagua para su mantenimiento.

c) No se utilizarán especies que en ese momento estén declara-damente expuestas a plagas y enfermedades con carácter cró-nico y que, como consecuencia, puedan ser foco de infección.

d) Las plantas que se utilicen deberán encontrarse en perfectoestado sanitario, sin golpes ni magulladuras que puedan re-sultar infectados. Su tamaño deberá ser el adecuado para undesarrollo óptimo del vegetal, sin desequilibrios orgánicosque provoquen enfermedades en el mismo o vuelcos por de-bilidad del sistema radicular.

e) Cuando las plantaciones hayan de estar próximas a edifica-ciones, se elegirán aquellas que no puedan producir por su ta-maño o porte una pérdida de iluminación o soleamiento enaquellas, daños en la infraestructura o levantamiento de pavi-mentos o aceras.

2. En cualquier caso, los promotores con carácter previo debe-rán formular consultas a los servicios municipales relacionados conla implantación de zonas verdes.

Capítulo IIIConservación de zonas verdes

Art. 92. Todos los propietarios de zonas verdes están obligadosa mantenerlas en buen estado de conservación, siendo por su cuen-ta los gastos que ello ocasione.

Art. 93. Los árboles y arbustos que integran las zonas verdes se-rán podados adecuadamente en la medida en que la falta de esta ope-ración pueda suponer un detrimento en el vigor vegetativo, un au-mento de la susceptibilidad al ataque de plagas y enfermedades o unpeligro por la caída de ramas secas.

Art. 94. 1. Los riegos precisos para la subsistencia de los ve-getales incluidos en cualquier zona verde deberán realizarse con uncriterio de economía de agua, en concordancia con una manteni-miento sostenible del sistema que favorece la resistencia de las plan-tas a períodos de sequía, a los empujes del viento, a los ataques decriptógamas, etcétera.

2. La zona verde que posea recursos propios de agua será rega-da con dichos recursos siempre que eso sea posible.

Art. 95. 1. Todo propietario de una zona verde queda obliga-do a realizar los oportunos tratamientos fitosanitarios preventivos,por su cuenta, en evitación de plagas y enfermedades de las plantasde dicha zona verde.

2. En caso de que una plaga o enfermedad se declare en lasplantas de una zona verde, el propietario deberá dar a las mismas ya su cargo el correspondiente tratamiento fitosanitario, en el plazomáximo de ocho días, debiendo en caso necesario proceder a supri-mir y eliminar dichas plantaciones de forma inmediata.

Art. 96. Los jardines y zonas verdes públicos y privados debe-rán encontrarse en todo momento en un estado satisfactorio de lim-pieza y ornato, así como libres de maleza espontánea, en un gradoen que no puedan ambas causas ser infección o materia fácilmentecombustible.

Art. 97. Cuando en la realización de obras se pueda afectar a laszonas ajardinadas, se evitará dañar a los sistemas tanto radicularescomo aéreos de los elementos vegetales existentes, debiendo serprotegido por parte de la empresa realizadora de las obras el troncoejemplar.

Si existiera la obligatoriedad de eliminar dichos elementos, serealizará con la previa autorización de los servicios técnicos muni-cipales de forma que se facilite la cicatrización de los tejidos vege-tales efectuando un corte limpio. Se debe restituir al finalizar lasobras correspondientes la zona ajardinada a su estado primitivo, re-parando cualquier elemento que hay sido dañado.

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Capítulo IVUso de las zonas verdes

Art. 98. Los lugares a que se refiere la presente ordenanza, porsu calificación de bienes de dominio y uso público, no podrán serobjeto de privatización de uso en actos organizados que por su fina-lidad, contenido, características o fundamento presuponga la utiliza-ción de tales recintos con fines no públicos, en detrimento de su pro-pia naturaleza y destino.

Art. 99. Cuando por motivos de interés se autoricen en dichoslugares actos públicos, se deberán tomar las medidas previsoras ne-cesarias para que la afluencia de personas a los mismos no cause da-ños o deterioros en las plantas y mobiliario urbano. En todo caso, ta-les autorizaciones deberán ser solicitadas con la antelaciónsuficiente para adoptar las medidas precautorias necesarias, siendoresponsabilidad pecuniaria de los promotores.

Art. 100. 1. Los usuarios de las zonas verdes y del mobiliariourbano instalado en las mismas deberán cumplir las instruccionesque sobre su utilización figure en los indicadores, anuncios, rótulosy señales existentes.

2. En cualquier caso deberán atender las indicaciones que for-mulen los agentes de la autoridad y vigilantes medioambientales.

Capítulo VVertidos en explotaciones agrícolas

Art. 101. La utilización de lodos de depuradora y otros abonosen las explotaciones agrícolas en el término municipal se realizarade conformidad con el Decreto 193/1998, de 20 de noviembre, porel que se regula, en la Comunidad de Madrid, la utilización de lodosde depuradora en agricultura y previo autorización y conocimientodel Departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Val-demoro.

Art. 102. 1. En todo caso, se prohíbe bajo la consideración defalta muy grave la utilización o aplicación de:

a) Los lodos residuales de fosas sépticas y de otras instalacionessimilares para el tratamiento de aguas residuales y los lodosde estaciones depuradoras distintos de los contemplados en elartículo 2.1 del Decreto 193/1998.

b) Lodos tratos en praderas, pastizales y demás aprovechamien-tos a utilizar en pastoreo directo por el ganado, con una ante-lación menor de tres semanas respecto a la fecha de comien-zo del citado aprovechamiento directo.

c) Lodos tratados en cultivos hortícolas frutícolas durante su ci-clo vegetativo con la excepción de los cultivos de árboles fru-tales, o en un plazo menor de diez meses antes de la recolec-ción y durante la recolección misma, cuando se trate decultivos hortícolas o frutícolas cuyos órganos o partes vege-tativas a comercializar y consumir en fresco estén normal-mente en contacto directo con el suelo.

d) La aplicación o depósito de lodos deshidratados a menos de 2kilómetros de los núcleos de población y a menos de 50 me-tros de pozos u otros sistemas de abastecimiento.

2. La aplicación de lodos en la agricultura con incumplimiento delo dispuesto en el Decreto 193/1998 será considerado vertido ilegal.

Capítulo VIInfracciones

Art. 103. 1. Constituyen infracciones leves:a) Caminar por zonas ajardinadas acotadas.b) Pisar el césped de carácter ornamental, introducirse en el mis-

mo y utilizarlo para jugar, reposar o estacionarse sobre él.c) Atar a los mismos columpios, escaleras, herramientas, sopor-

tes de andamiaje, ciclomotores, bicicletas, carteles o cual-quier otro elemento, trepar o subir a los mismos.

d) El incumplimiento de alguno de los deberes u obligacionesestablecidas en esta ordenanza, cuando no estén expresamen-te calificadas como faltas graves o leves.

2. Constituyen infracciones graves: con carácter general para labuena conservación y mantenimiento de las diferentes especies ve-getales de las zonas verdes no se permitirán los siguientes actos:

a) Toda manipulación realizada sobre los árboles y plantas.b) Cortar flores, ramas o ejemplares completos.

c) Talar o podar árboles situados en espacios públicos sin auto-rización municipal expresa.

d) Apear árboles sin autorización municipal expresa. En todocaso, previo al apeo de árboles, los servicios técnicos muni-cipales realizarán una valoración del ejemplar según acuerdode la Consejería de Cooperación de 7 de noviembre de 1991,BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de di-ciembre de 1991. La recaudación por este concepto será in-vertida en las zonas verdes del municipio. Dicha valoraciónno será necesaria en el caso de ejemplares que representen unpeligro importante para los bienes y personas. Así como lodispuesto en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protec-ción y Fomento del Arbolado Urbano en la Comunidad deMadrid.

3. Constituyen infracciones muy graves:a) Aclarar, quemar, arrancar o partir árboles, pelar o arrancar

sus cortezas y clavar puntas.b) Depositar, aun de forma transitoria, materiales de obra sobre

los alcorques de los árboles, o verter en ellos cualquier clasede productos tóxicos.

c) Arrojar en zonas ajardinadas basuras, residuos, cascotes, pie-dras, papeles, plásticos, grasas o productos cáusticos o fer-mentables, o cualquier otro elemento que pueda dañar lasplantaciones.

d) Encender fuego, cualquiera que sea el motivo, en lugares queno están expresamente autorizados y no tengan instalacionesadecuadas para ello.

Capítulo VII

Protección de la fauna

Art. 104. Para la buena conservación y mantenimiento de las di-ferentes especies de animales existentes en el medio natural, cursode agua, zonas verdes, estanques y demás, no se permitirán, con ca-rácter general, los siguientes actos:

a) Cazar cualquier tipo de animal, así como espantar o inquietara las aves o animales, perseguirlos o tolerar que los persiganperros u otros animales domésticos. Con la excepción de lasautorizaciones que se puedan emitir por parte del Ayun-tamiento o autoridad ambiental competente.

b) Pescar, inquietar o causar daños a los peces, así como arrojarcualquier tipo de objetos y desperdicios a los pozos, lagos, es-tanques, fuentes, etcétera, con excepción de las autoriza-ciones que se puedan emitir por parte del Ayuntamiento oautoridad ambiental competente.

c) La tenencia y/o uso de utensilios o armas destinados a la caza,sin la correspondiente autorización administrativa.

d) La alteración de los lugares de cría, alimentación, refugio, in-vernada, etcétera, así como cualquier alteración física o quí-mica de sus hábitats que repercuta en la distribución, cuantíay salud de las poblaciones así como los equilibrios dentro delos ecosistemas.

e) La introducción de cualquier individuo de cualquier especieanimal en todo tipo de ecosistemas del medio natural, rústi-co, agrícola, cursos de agua, parques y jardines, sin autoriza-ción expresa por el Ayuntamiento o por la administraciónambiental competente.

Art. 105. Solamente se realizarán actuaciones sobre los nivelesde población de una especie animal en los casos que por motivos desalud pública, o que por descompensación de los equilibrios entreespecies animales en los ecosistemas adquieran la condición del fe-nómeno de plaga. Esto será debidamente contrastado por especialis-tas y por los servicios técnicos municipales. Los trabajos consistiránen reducir las poblaciones a sus niveles de equilibrio dejando siem-pre un nivel mínimo en la población que asegure el equilibrio eco-lógico, estas medidas serán supervisadas por los servicios técnicosmunicipales sin perjuicio de las competencias de otras Administra-ciones. Se podrá exigir la colaboración de los ciudadanos, colecti-vos y agentes económicos del municipio en la realización de estasactuaciones, según la gravedad y el alcance del problema, en la for-ma que la Alcaldía estime conveniente.

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Art. 106. Quien incumpliere lo establecido en este capítulo serásometido a expediente sancionador baja la consideración de faltamuy grave.

Capítulo VIII

Protección de la flora

Art. 107. En el presente capítulo se estará a lo dispuesto a los si-guientes artículos y en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protec-ción y Fomento del Arbolado Urbano en la Comunidad de Madrid.

Art. 108. Obras.—En cualquier trabajo público o privado en elque las operaciones o paso de vehículos y maquinaria se realicen amenos de dos metros de los árboles, previamente al comienzo de lasobras, deberán protegerse los troncos en una altura no inferior a lostres metros desde el suelo, con tablones, protectores metálicos, ais-lamientos, etcétera, a fin de evitar cualquier deterioro o daño. Estasprotecciones se retirarán una vez finalizadas las obras y/o cuandohaya desaparecido el peligro.

Art. 109. Excavaciones.—En la apertura de hoyos, calicatas ozanjas en la vía pública o terrenos comunitarios y, en general, cual-quier remoción del pavimento o aceras en la vía pública que afectea espacios naturales o zonas verdes en general, al solicitar la licenciapara la obra es preceptivo el informe por parte de los servicios técni-cos municipales que corresponda, sobre lo oportuno de la obra y con-dicionando la licencia al cumplimiento de la presente ordenanza.

Independientemente de lo anterior, el promotor de las obras o, ensu caso, cualquier persona responsable de las mismas, deberá avisara los servicios técnicos municipales previamente al inicio de lasobras, para la adopción de medidas concretas que puedan serle exi-gidas.

Las excavadoras en calles con achura inferior a 3 metros y conexistencia de árboles deberán realizarse a una distancia mínima de 1metro del tronco del árbol. Si los acerados son de anchura superiora 5 metros, la distancia exigida será de 2 metros del tronco del árbolo aproximación máxima de una distancia igual a cinco veces el diá-metro del árbol medido a 1 metro de su base. Si no fuera posibleaplicar esta norma se requerirá la visita de inspección de los servi-cios técnicos municipales correspondientes, para adoptar una solu-ción “ex ante” que no deteriore el arbolado.

Cuando ineludiblemente en las excavaciones tengan que cortarseraíces importantes de grosos superior a 5 centímetros de diámetro, loscortes se efectuarán con herramientas cortantes, dejando cortes lim-pios y lisos, cicatrizando los mismos con productos desinfectantes.

La época de ejecución de las excavaciones que hayan de ocasio-nar ineludiblemente perjuicios al arbolado será, preferiblemente, ladel reposo del vegetal en nuestra climatología, generalmente paralas especies de hoja caduca, de noviembre a marzo.

En general, se deberán tomar las medidas necesarias para evitarcualquier caída, pérdida, daño o accidente del arbolado.

Art. 110. Arranque de árboles.—A efectos de arranque o me-noscabo de un árbol de la vía pública, tanto si se trata de obras de ur-banización, construcción de badenes, zanjas para la instalación deservicios o, en general, cualquier tipo de obra, deberá autorizarse de-bidamente por los servicios técnicos municipales.

Sin perjuicio de lo anterior, el responsable del arranque o menos-cabo en el arbolado deberá indemnizar a este Ayuntamiento, segúnel baremo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en elAcuerdo de 7 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comu-nidad de Madrid, por el que se aprueba el método de valoración delarbolado ornamental, Norma Granada, para su aplicación en el terri-torio de la Comunidad de Madrid.

Art. 111. Alcorques.—En acerados superiores a 3 metros de an-chura los alcorques estarán comprendidos entre 0,8 metros y 1 por 1metro, según el diseño del vial y la especie a plantar. Con esto sepretende facilitar la recogida del agua, tanto de riego como de llu-via. Se tendrá en cuenta que los alcorques o cualquiera de sus ele-mentos no supongan barrera arquitectónica para personas discapaci-tadas o disminuidas en su movilidad. En las aceras de anchurainferior para la plantación de especies arbóreas de pequeña porte, losalcorques serán como mínimo de 0,60 por 0,60 metros.

Art. 112. Quien incumpliere lo establecido en este capítulo serásometido a expediente sancionador bajo la consideración de faltamuy grave, y además de la sanción pecuniaria deberá abonar el cos-te e indemnización de la reparación del daño causado.

TÍTULO XI

Ocupación de la vía pública y espacios públicos

Capítulo ILicencias y autorizaciones

Art. 113. Actividades, instalaciones y tramitación de licen-cias.—1. Todas las actividades comerciales o industriales, asícomo las instalaciones o actuaciones de cualquier tipo, a ejercer oubicarse en el término municipal, precisarán, sin perjuicio de otrasexigibles, autorización o licencia municipal, conforme a la normati-va vigente.

Art. 114. La regulación del uso de la ocupación, sus fines, limi-taciones y condiciones generales y específicas se atendrán a lo dis-puesto en el presente título.

Art. 115. La licencias que autoricen la ocupación de la vía pú-blica se concederán en precario y sin prejuicio de terceros con me-jor derecho sin que se pueda deducir ni interpretar por nadie que setrate de un documento que garantice o consolide otro tipo de dere-chos referentes a actividades calificadas o usos urbanísticos.

Art. 116. Se determinarán los siguientes regímenes de ocupa-ción y del uso de la vía pública:

1. General. Aquel que solicitare, con carácter temporal y parafines legítimos.

2. Especial. Aquel en el que la especificidad, naturaleza y sin-gularidad de la ocupación pueda exigir una regulación determinadamediante bando, decreto de Alcaldía, convenio con otras Adminis-traciones o entidades.

Art. 117. Las ordenanzas fiscales fijarán anualmente qué ocu-paciones y qué cuantía han de abonar al Ayuntamiento en conceptode tasas y/o precios públicos. Su pago, con carácter previo a la ins-talación de los elementos que ocuparen la vía pública, así como lapresentación de la documentación exigida, será condición impres-cindible para conceder la autorización.

Art. 118. Se prohibirán todas las instalaciones susceptibles deser peligrosas, nocivas, insalubres, molestas o causen perjuicio ge-neral, pudiendo el Ayuntamiento ordenar el levantamiento de lasque aun habiendo sido autorizadas en primera instancia causarenproblemas definidos en este artículo, no detectados en la solicitud dela licencia o en los primeros momentos de su funcionamiento.

Art. 119. El incumplimiento reiterado de la normativa podrállevar al levantamiento de la instalación, cierre de la actividad, sinmenoscabo del pago de tasas y sin evitación de la instrucción del co-rrespondiente expediente sancionador.

Art. 120. El procedimiento y la obtención de la licencia muni-cipal se ajustará a lo establecido en las ordenanzas de tramitacióndel Plan General y la Ley 8/2007 del Suelo; Ley 9/2001 del Suelo dela Comunidad de Madrid, y la Ley 2/2002 de Evaluación Ambientalde la Comunidad de Madrid. Y con carácter supletorio en lo estable-cido en el Reglamento 1372/1986, de 13 de junio, de Bienes de lasEntidades Locales, y demás disposiciones vigentes.

Art. 121. La venta ambulante queda prohibida con carácter ge-neral en todo el término municipal de Valdemoro.

Igualmente, queda prohibida cualquier clase de venta ambulanteque no se ajuste a lo dispuesto en la ordenanza reguladora del mer-cadillo municipal y a la Ley 17/1997, de 8 de enero, reguladora dela Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid.

Las infracciones y sanciones se regirán por la legislación especí-fica y lo dispuesto con carácter supletorio en la presente ordenanza.

Capítulo IIMesas, veladores, sombrillas y demás elementos típicos

de las actividades temporales de hostelería

Art. 122. La ocupación de la vía y los espacios públicos me-diante mesas, veladores, sillas, toldos, sombrillas y todos aquelloselementos necesarios para obtener un aprovechamiento por parte departiculares, basado en la venta de bebidas y alimentos dentro de lasnormas que rigen la actividad hostelera, son el objeto del presentecapítulo.

Art. 123. La actividad referida será con carácter anual de formageneral. No obstante, para el período estival comprendido entre eldía 1 de mayo y 15 de septiembre, se podrá aumentar el número demesas y veladores previa autorización municipal.

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Art. 124. Para acceder al aprovechamiento mediante la ocupa-ción que se regula, el alcalde o en delegación la Junta de Gobiernoemitirá autorización que conllevará tanto el hecho de la ocupacióncomo el permiso de la actividad comercial hostelera.

Art. 125. Será condición indispensable que exista una actividadcomercial de hostelería funcionando habitualmente con licencia mu-nicipal ya fuere bar, pub, cafetería, restaurante o similar a partir dela cual se solicita la ocupación y se genera la actividad.

Art. 126. Todo solicitante ya persona física y jurídica, que de-see ocupar la vía pública para lo regulado en este capítulo aportarála documentación requerida por el órgano competente en forma yplazo que se fijará previamente.

Art. 127. La ocupación física de la vía y los espacios públicospara los fines previstos en este capítulo no podrán sobrepasar la lon-gitud de fachada del local cuyo propietario o responsable solicitarelicencia y/o el número de mesas concedidas.

Art. 128. Se respetarán siempre las servidumbres de paso, te-niendo especial atención de que la ocupación de las aceras permitael paso de carritos portabebés, así como de minusválidos.

Art. 129. El horario de cierre, al considerarse como anexas o ac-cesorias de bares, cafeterías, restaurantes, se regirán por el mismohorario de cierre que estos últimos.

Sin embargo, en atención a las posibles características sociológi-cas, medioambientales y urbanísticas concurrentes, dichos horariospodrán ser reducidos por el Ayuntamiento.

Art. 130. Queda terminantemente prohibido bajo la considera-ción de falta grave:

1. Instalar objetos peligrosos, tales como alambradas, termina-ciones metálicas en punta, instalaciones eléctricas aéreas y aquellasotras que a juicio de la autoridad municipal fueran susceptibles decausar daños a las personas.

2. Perturbar con ruidos, música, humos, molestias varias para elnormal desarrollo de la vida ciudadana y el derecho de los vecinosal descanso.

3. Expender bebidas y similares fuera del recinto autorizado opermitir a los usuarios la consumición alejada de los mismos.

4. Celebrar actuaciones musicales o de otra índole que no esténdebidamente autorizadas con anterioridad.

5. Instalar más mesas, sillas y elementos complementarios delos autorizados en la licencia.

6. Insertar publicidad en los veladores.7. Incumplir los horarios ordenados por la autoridad municipal.8. Ensuciar los alrededores con desperdicios provenientes de la

actividad y deteriorar o romper los bienes públicos colindantes.9. Permitir, por quien resultare responsable de la ocupación, ac-

tos incívicos, malos usos de las instalaciones públicas, gamberradaso desórdenes sin ponerlo de inmediato en conocimiento de la auto-ridad municipal.

Art. 131. Ante reiteradas faltas a lo dispuesto en este capítulo,la autoridad municipal podrá ordenar el precinto de la actividad einiciará el expediente sancionador.

De él se podrá desprender mediante resolución motivada la inha-bilitación de la persona responsable, a efectos de obtener nuevas li-cencias de ocupación para los fines que aquí nos ocupan.

Art. 132. Independientemente de lo que se establece en este ca-pítulo, el Ayuntamiento exigirá el cumplimiento de la normativa vi-gente en materia de protección al usuario y consumidor, normas sa-nitarias y de higiene, así como todas aquellas que le fuerenexigibles.

Capítulo IIIVallas

Art. 133. 1. Se considera obligatoria la instalación de vallasen todas las construcciones de edificios, obras exteriores, derribos,etcétera.

2. Cuando las necesidades del tránsito u otras circunstanciasimpidan la instalación de las vallas, estas serán sustituidas por puen-tes volantes o andamios.

3. Se establece la obligatoriedad de vallar y delimitar debida-mente los solares pertenecientes al casco urbano, así como tambiénserá obligación del propietario el mantener limpios y en adecuadoestado de ornato los mencionados solares, de tal forma que no repre-sente peligro a la sanidad y salubridad pública.

Art. 134. 1. En las construcciones y obras a que se refiere elpárrafo 1 del artículo anterior será también obligatoria, en su caso,la instalación de tolvas de carga y descarga de materiales y produc-tos para evitar daños a personas o cosas o para no dificultar o agra-var la circulación o el uso normal de la vía pública.

2. En todo caso, la valla o elemento protector tendrá la altura su-ficiente para impedir la caída de materiales o escombros en aceras ycalzadas debiendo estar señalizada convenientemente para garanti-zar la seguridad de los usuarios de la vía pública.

Art. 135. Las vallas se instalarán con materiales prefabricadosde fibrocemento u otros aglomerados de cemento, de fábrica o biencon estructura metálica y cumplirán lo prevenido en las normas ur-banísticas recogidas en el Plan General.

Art. 136. 1. No podrá ocuparse mayor superficie de la autori-zada: en caso de infracción, sin perjuicio de las multas que proceda.La Administración Municipal obligará al contratista de la obra a quela derribe y construya dentro de los límites autorizados y si así no lohiciere lo harán los servicios municipales mediante procedimientode ejecución sustitutoria a costa del infractor.

2. El propietario de la obra será responsable solidario de lasobligaciones establecidas en el párrafo anterior.

Art. 137. El peticionario de la licencia deberá declarar a la Ad-ministración Municipal el lugar de emplazamiento y las medidas delas vallas y tolvas de carga y descarga.

Capítulo IVContenedores. Instalación de contenedores

en la vía pública

Art. 138. En lo regulado en esta ordenanza con el nombre decontenedor se designará al recipiente normalizado especialmente di-señado para carga y descarga mecánica sobre vehículos de transpor-te especiales destinados a depósito de materiales inertes, o recogidade tierras o escombros procedentes de construcción o demolición deobras.

Asimismo, se deberá estar a lo dispuesto en la Orden 2690/2006,de 28 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenacióndel Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de cons-trucción y demolición en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 192, de 14 de agostode 2008).

Art. 139. Está sujeta a licencia municipal la colocación de con-tenedores en la vía pública.

1. Los contenedores situados en el interior acotado de las zonasde obra de la vía pública no precisarán de licencia aunque su utiliza-ción deberá ajustarse a las demás prescripciones de esta ordenanza.

2. Las licencias se concederán singularmente para obra deter-minada y será expedida previo pago de la correspondiente tasa esta-blecida en las ordenanzas fiscales.

3. La licencia por un solo contenedor será concedida para díasdeterminados y por un número de días naturales no superior a quin-ce. Para obras de importancia con frecuente intercambio de contene-dores, las licencias se otorgarán por el mismo período de tiempo deduración de la obra.

Art. 140. Los contenedores deberán estar pintados con coloresque destaquen su visibilidad y con caracteres indelebles deberán te-ner escrito el nombre y apellidos o razón social, el domicilio y el nú-mero de teléfono del servicio permanente del titular.

Una vez llenos, los contenedores deberán taparse inmediatamen-te con la lona, o cubierta amarrada que es preceptiva para su trans-porte ulterior.

Art. 141. Tanto la dimensión como colocación del contenedoren la vía pública estará sujeta para su depósito al visto bueno del de-partamento de la Policía Local.

Art. 142. Los contenedores solo podrán ser utilizados por el ti-tular de la licencia y ninguna otra persona que no sea autorizada poraquel podrá realizar vertido alguno en su interior.

Art. 143. 1. No se podrá verter los escombros que contenganmateriales inflamables, explosivos, nocivos, peligrosos, suscepti-bles de putrefacción, de producir olores desagradables o que porcualquier causa constituyan molestias serias para los usuarios de lavía pública o vecinos.

2. Cada vez que se interrumpa el llenado continuo, los contene-dores deberán cubrirse con lona de protección.

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3. Ningún contenedor podrá ser utilizado o manipulado demodo que su contenido caiga en la vía pública o pueda ser levanta-do o esparcido por el viento. En ningún caso excederá su contenidodel nivel más bajo de su límite superior.

Art. 144. Los contenedores deberán ser retirados de la vía pú-blica:

a) Al expirar el plazo por el que fue concedida la licencia.b) En cualquier momento, a requerimiento de la Administración

Municipal si existiera causa justificada.c) Para su vaciado tan pronto hayan sido llenados.Art. 145. 1. La instalación y retirada de los contenedores se

realizarán en horas en que en menor medida se dificulte el tránsitorodado, siempre dentro del horario comprendido entre las 8.00 y22.00 horas.

2. Al retirar el contenedor, el titular de la licencia dejará en per-fecto estado la superficie de la vía pública y completamente limpia.

3. En caso de haberse producido algún deterioro en el pavimen-to deberá comunicarlo inmediatamente al Ayuntamiento, notifican-do los datos del lugar y de la empresa.

Art. 146. El titular de la licencia será responsable de:a) Los daños que los contenedores causen a cualquier elemento

de la vía pública.b) Los que causen a terceros.c) Las obligaciones impuestas en esta ordenanza.No exonerarán de responsabilidad las acciones de terceros si el ti-

tular de la licencia no acredita haber empleado la diligencia necesa-ria para evitar la infracción.

Capítulo VPublicidad

Art. 147. La publicidad podrá adoptar las siguientes modalidades:a) Anuncios fijos y circulantes en los lugares y de las caracterís-

ticas que se determinen por este Ayuntamiento.b) Reparto de propaganda mediante buzonaje.c) Propaganda oral por medio de altavoces o amplificadores de

sonido colocados en lugares fijos o sobre vehículos desde lasdiez a las veinte horas.

Art. 148. Con la solicitud de la licencia deberá ser presentado eloriginal o reproducción del anuncio y lugar de ubicación. La Adminis-tración Municipal denegará las licencias a que se refiere este apartado,en cualquiera de sus modalidades, por motivos estéticos o urbanísticos,sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Capítulo VIInstalaciones para pruebas o espectáculos deportivos

Art. 149. Para la autorización de la ocupación de la vía públicacon destino a la instalación de cualquier estructura con fines lúdicoso deportivos precisarán comunicación previa, con la suficiente ante-lación, al órgano municipal competente que determinará la fijacióndel itinerario, fecha y hora de celebración de los actos, debiéndosetomarse por la Policía Local las previsiones de orden y tráfico parasu perfecto desarrollo.

Art. 150. No se permitirán en la vía pública instalaciones, jue-gos o diversiones que puedan constituir peligro para quienes lo prac-tiquen y peligro o molestias para los usuarios de la vía pública.

Capítulo VIIQuioscos o puestos fijos permanentes

Art. 151. La ocupación de la vía y los espacios públicos paraejercer mediante la instalación de quioscos, un determinado aprove-chamiento consistente en la venta de prensa diaria, revistas y, en ge-neral, aquel otro conjunto de productos que tradicionalmente se ex-penden en este tipo de instalación. Así como los quioscos para laventa de helados.

Art. 152. El Ayuntamiento concederá licencia de ocupaciónpara estas instalaciones y fines mencionados, teniendo en cuenta lasnecesidades municipales y las circunstancias socioeconómicas delos solicitantes.

Las autorizaciones, licencias o permisos que se concedan lo seránpara el hecho de la cesión de uso de la vía pública que permite la ocu-pación, tendiendo en cuenta la actividad que en ella se desarrolla.

Los fines serán lícitos, la venta se ajustará a las normativas de quedependa, con especial hincapié en las higiénico-sanitarias no pu-diéndose expender artículos no autorizados en la licencia de la acti-vidad.

Art. 153. La licencia permiso o autorización será con carácterpersonal e intransferible a persona física, vecino del municipio ymayor de edad.

Sin autorización municipal no se podrá vender, alquilar, arrendaro entregar a tercera persona el ejercicio de la actividad.

Art. 154. Los elementos físicos con los que se construya elquiosco deberán guardar, en la medida de lo posible, las indicacio-nes estéticas y de seguridad que por los servicios técnicos municipa-les se indiquen.

En todo caso no podrá realizarse instalación nueva o modifica-ción de las ya existentes sin el permiso expreso del Ayuntamiento.

Las instalaciones complementarias por servicios necesarios deluz, agua, etcétera, y sus acometidas se ajustarán a las disposicionesestablecidas por el Ayuntamiento.

Las dimensiones de la instalación deberán ser determinadas porlos servicios técnicos del Ayuntamiento, quienes podrán inspeccio-nar dicha instalación, así como la situación administrativa, sanitariay comercial del quiosco, pudiendo ante irregularidades probadas ytras los preceptivos requerimientos, elevar los correspondientes ex-pedientes sancionadores con la consideración de falta grave o muygrave.

Art. 155. En ningún caso la instalación del quiosco podrá servirde excusa para ampliar el perímetro de uso privativo concedido me-diante la colocación en aceras de cajones, caballetes, mostradores omesas. En caso de incumplimiento, los servicios municipales retira-rán dichos elementos a costa del concesionario.

Art. 156. Quien incumpliere lo establecido en este título serásometido a expediente sancionador bajo la consideración de faltagrave, con la excepción para la no posesión de licencia y constituirun peligro o molestias para los usuarios de la vía pública que será ca-lificadas como muy graves, pudiendo, aparte de las sanciones eco-nómicas y demás actuaciones administrativas y jurídicas, perder losderechos de licencia, y en consecuencia ser levantada su instalacióna su costa.

TÍTULO XII

Obras en la vía pública

Capítulo IDisposiciones generales

Art. 157. El presente título tiene por objeto regular la planifica-ción, ejecución, inspección y ocupación de las instalaciones paraconducciones en la vía pública de servicios públicos de suministrosde todas clases, y de las obras y condiciones necesarias para su esta-blecimiento, trazado, conservación, supresión, sustitución, modifi-cación o traslado.

Art. 158. También se tendrá presente en este título la ocupaciónde la vía pública con obras o materiales para cualquier actividad pri-vativa que no esté expresamente regulada por otra ordenanza o nor-ma de carácter municipal.

Art. 159. En este título se regula también la utilización de losespacios peatonales como paso de vehículos de transporte y maqui-naria de construcción. Se exceptúan los vehículos del servicio públi-co de limpieza y recogida de residuos sólidos, los vehículos deemergencias sanitarias, extinción de incendios, protección civil ypolicías, así como cualquier otro expresamente autorizado para ello.

Capítulo IITipos de obras

Art. 160. 1. Calas: se conceptuará cala toda obra de aperturade la vía pública o remoción del pavimento para investigar o repararaverías o desperfectos en las conducciones o instalaciones de losservicios.

2. Canalizaciones: se consideran canalizaciones todas las aper-turas, predominantes lineales, del suelo o pavimentos y que no seancalas.

3. Acometidas: se considerarán las obras de acometidas comolas conexiones a realizar desde un servicio existente en la vía públi-ca a las instalaciones de alimentación a los servicios, con una traza

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sensiblemente perpendicular a la fachada y siempre que no afectena calzada, en cuyo caso, se considerarán como canalizaciones.

4. Pasos de carruajes: las obras para la construcción o supresiónde pasos de carruajes consisten en el rebaje o levantado de los bor-dillos y la modificación de acera efectuada para permitir el accesode vehículos desde la calzada a un inmueble o parcela.

5. Instalaciones de superficie: este apartado comprende cual-quier elemento instalado sobre el pavimento con carácter permanen-te o provisional de la vía pública, tales como postes y carteles co-merciales, buzones, cabinas telefónicas, armarios, registros ysimilares.

Capítulo IIIModalidades de instalaciones

Art. 161. Las conducciones que discurren por vuelo, suelo osubsuelo de las vías públicas, se dispondrán enterradas, aéreas o ensuperficie.

1. Servicios enterrados: se considerarán servicios enterrados lastuberías y elementos que se colocan en el subsuelo para proteger oalojar cables o para canalizar gases o líquidos. Se distinguen los si-guientes tipos de redes: las conducciones de abastecimiento de agua,saneamiento y drenaje, conducciones de gas y canalizaciones eléc-tricas y de telecomunicaciones. Se implantarán en acera, calzada,zonas de tierra (viario, jardines o zonas de labor) o mediante perfo-ración dirigida. En la licencia se determinará la ubicación en funciónde las infraestructuras existentes y características de la vía o espaciodonde se prevea intervención.

2. Tendidos aéreos: se consideran los que discurren por el vue-lo de la vía pública apoyados sobre soportes. Quedan prohibidos ensuelo urbano. Tan solo se autorizaran, en casos muy justificados, li-cencias provisionales y a precario.

3. Instalaciones en superficie: son los elementos sobre el niveldel pavimento

Capítulo IVLicencias

Art. 162. Normas generales.—Toda obra o instalación o actua-ción a realizar en el vuelo, o subsuelo de la red viaria y de los espa-cios libres municipales de dominio y uso público, estará sometida ala obtención de la preceptiva licencia municipal o, en su caso, per-miso de urgencia, según la normativa aplicable en cada supuesto yconforme se establece en la Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo,y en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad deMadrid, así como lo dispuesto en la Ley 2/2002, sobre EvaluaciónAmbiental de la Comunidad de Madrid, y al pago de la exaccionesfiscales a que hubiere lugar conforme a lo establecido en las corres-pondientes ordenanzas.

A los efectos de régimen jurídico aplicable, los actos que tenganpor objeto realizar obras e instalaciones de servicios tendrán la con-sideración de obras o instalaciones menores según se define en elReglamento de Servicios de las Corporaciones Locales de 17 de ju-nio de 1955.

Art. 163. Derechos de propiedad y perjuicio a terceros.—Laslicencias se otorgarán a salvo del derecho de propiedad y sin perjui-cio de terceros. No podrá ser invocado dicho otorgamiento para tra-tar de excluir o disminuir en alguna de las responsabilidades civileso penales, que deben ser asumidos íntegramente por los titulares delas licencias o propietarios de las instalaciones, incluso en los querespecta a cualquier defecto técnico de la instalación.

Art. 164. Las entidades, empresas, compañías o particularesque necesiten efectuar roturas del pavimento, por insignificantesque sean, o realizar en el subsuelo obras de reparación o instalación,presentarán en las oficinas municipales los impresos facilitados porla misma, dirigidos al alcalde, con los siguientes datos:

a) Motivo de la obra, referido a las reparaciones o nuevas insta-laciones de elementos destinados a la explotación de servi-cios públicos, de agua, gas, electricidad, teléfono, etcétera.

b) Longitud y anchura de las calicatas, zanjas o remociones detierras que se precisen.

c) Clase y superficie de los pavimentos a que cada una afecte.d) Croquis acotado que defina la obra con relación a puntos fijos

y memoria descriptiva.

e) Proyecto original y las copias correspondientes cuando setrate de canalizaciones generales, estaciones subterráneas ypozos de ventilación.

Art. 165. Licencia de paso de carruajes.—El acceso de losvehículos a las fincas podrá efectuarse mediante pasos de carruajes,siempre que, previo informe de la Policía Local y de los serviciostécnicos, fueren autorizados.

Art. 166. En la solicitud se indicará el uso a que han de destinar-se y la clase de pavimento a que afectan, acompañado de croquisacotado de los anchos de acera y del hueco de la finca que haya deser utilizado, con señalamiento de las farolas, árboles, bocas de rie-go, registros y absorbederos que obstaculicen la construcción delpaso.

Una vez concedida la licencia el peticionario realizará las obras conlas indicaciones precisas de los servicios técnicos municipales. Delmismo modo se procederá cuando se trate de suprimir el acceso.

Art. 167. Los pasos de carruajes que se encuentre en mal esta-do, o cuyas obras hubieran sido ejecutadas por particulares sin ate-nerse a las prescripciones señaladas, podrán ser reconstruidos por elmunicipio a fin de evitar accidentes y molestias a los peatones, car-gando el importe del presupuesto que redacte el Departamento deObras y Servicios a los dueños de las respectivas fincas.

Art. 168. Los pasos de carruajes y vados se señalizarán con lasplacas homologadas de este Ayuntamiento, previo abono de las ta-sas correspondientes.

Art. 169. Permisos de urgencia.—En el caso de permisos de ur-gencia para la realización de calas urgentes necesarias para la repa-ración de averías producidas en las redes de las empresas de servi-cios de suministros compañías, la solicitud deberá contener almenos lo siguiente:

a) Impreso normalizado.b) Planos de localización de la avería a reparar.A los exclusivos efectos de este apartado se considerarán repara-

ción de averías aquellas actuaciones que se realicen para subsanarlos efectos producidos por un hecho como consecuencia de unaafectación imprevisible ocurrida en una instalación existente.

Capítulo VSeñalización y balizamiento de las obras en la vía pública

Art. 170. En este capítulo se establece las medidas que deberánadoptarse en cada ocasión para efectuar la señalización y el baliza-miento de todas las obras y trabajos que se ejecuten en la vía públi-ca dentro del término municipal por empresas particulares o cual-quier otra entidad, estableciendo las condiciones de su utilizacióntemporal.

Las medidas y condiciones establecidas son de propósito generaly definen unos mínimos a cumplir por todos los agentes operantesen el espacio público o de uso público. El director de las obras quesean de inversión municipal, el técnico designado para la inspeccióny control de las promovidas por particulares y las licencias que deobras que afecten al espacio de uso público podrán ampliar las de-terminaciones que se establecen y definir condiciones específicas enel ámbito afectando, cuando las circunstancias así lo requieran.

Art. 171. Toda ocupación de la vía pública exigirá la instalaciónde la señalización no solo del ámbito de la obra, sino también deaquellos lugares afectados directa o indirectamente por las obras otrabajos que se realicen, entre los que tienen especial relevancia lanecesaria, si se aprecia, de establecimiento de itinerarios alternati-vos para la totalidad o parte de la circulación que, en todo caso, de-berá ajustarse a lo dispuesto en la Ley sobre Tráfico, Circulación deVehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por Real Decreto Le-gislativo 339/1990, de 2 de marzo, y sus modificaciones, y a la or-denanza municipal de movilidad urbana.

Art. 172. No se podrán utilizar señales diferentes a las que au-toriza el vigente Código de Circulación y las Instrucciones de laDGC del Ministerio de Fomento y habrán de ser instaladas por la en-tidad o empresa que realice los trabajos.

Art. 173. Características generales de la señalización y baliza-miento.—1. Las señales deberán tener siempre las dimensiones es-pecificadas en las normas, y deberán ser siempre reflectantes.

2. Las señales se podrán colocar mediante trípodes o elementosde sustentación similares, a alturas inferiores a 1 metro, siempre queesté garantizada su perfecta visibilidad desde una distancia no infe-

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rior a la distancia de parada en función de la velocidad máxima au-torizada en la vía, debiendo estudiarse su precisa localización y acu-mulación para evitar la confusión y distracción al conductor quepueda producirse en la vía pública entre la señalización vial y otrostipos de mensajes o elementos urbanos. Si la señalización en posi-ción baja pudiera quedar oculta en alguna circunstancia para todos oalgunos de los usuarios, se instalará en poste elevado manteniendouna distancia mínima al suelo, medida desde el borde inferior de laseñal, de 2,20 metros. Esta disposición se empleará también en loscasos en que la situación de la señal sea en zona de uso específica-mente.

3. Se podrá exigir el diseño de otras señales de orientación y deindicación en paneles complementarios o carteles-croquis que refle-jen la situación real de los desvíos efectuados por motivo de lasobras. Esta cartelería tendrá el fondo de color amarillo y el mensajeen color negro, los números y letras a emplear corresponderán a laserie helvética con una altura mínima de 15 centímetros.

4. En las obras en las que la señalización provisional esté im-plantada durante las horas nocturnas, las señales y elementos de ba-lizamiento serán reflectantes, exigiéndose buena conservación delimpieza y deberán ir acompañados de elementos luminosos coloca-dos a intervalos de 10 metros. En los vértices del perímetro cercadose instalarán luces intermitentes de color ámbar. La instalación parael suministro eléctrico a todos los elementos luminosos que se em-pleen, se realizará a una tensión máxima de 24 voltios.

5. En función de las circunstancias que concurran en la obra sepodrá señalizar horizontalmente con marcas de color amarillo o na-ranja captafaros, las alteraciones que se produzcan sobre la situaciónnormal de la vía.

7. El recinto de la obra deberá estar completamente cerrado alpaso de personas y vehículos a la misma, de forma permanente, me-diante el vallado estable y continuo, en correcto estado de conserva-ción y pintura. Se garantizará el mantenimiento de esta medida deprotección.

8. Los elementos de balizamiento indicados en las Normas deCarreteras se consideran indicativos pudiéndose emplearse otrosque cumplan mejor las funciones a que se destinan, considerando eltipo de vía, duración de la obra y criterio de calidad visual y ambien-tal. En cualquier caso, las vallas a emplear tendrán la altura y longi-tud establecida en el Plan General. Quedan expresamente prohibi-dos como elementos de separación y/o protección, el uso de cuerdaso cordones. En el caso de que los pies de las vallas sobresalgan in-vadiendo el itinerario peatonal, se recomienda disponer de un zóca-lo o elemento longitudinal de 10 centímetros de altura que lo enmar-que y sirva para delimitar la banda de libre peatonal y también comoreferencia para los invidentes.

9. Se procederá a anular la señalización permanente, tanto ver-tical como horizontal, cuando no sea coherente tapando las señaleso borrando o pintando las marcas con pintura negra, mientras la se-ñalización de obra este en vigor.

Art. 174. En todos los puntos en que una vía pública pase decirculación libre a restringida, por que se lleve a cabo una actuaciónpor obra, se colocará una señal de “peligro de obras”, a ambos ladosde la vía.

La presencia de reducciones de sección en la calzada de una vía,a consecuencia de la ocupación para obras, se anunciará mediantelas correspondientes señales de “estrechamiento de calzada” y “ve-locidad máxima”, cuya limitación será de 20 kilómetros/hora.

Cuando se establezca una sección reducida o el corte de la vía seaimprescindible, se informará mediante señalización informativa deorientación e indicación (paneles complementarios o carteles-cro-quis) que anuncien el camino a seguir.

Estos requerimientos se entienden como los mínimos recomenda-bles, pudiéndose, en función del tipo de vía, duración de la obra yotros usos, aumentarse tanto en número como en dimensiones o ba-lizamientos luminosos.

Art. 175. Será obligatorio para todos los que realicen obras envía pública adoptar medidas de protección y seguridad de peatonesy vehículos que en cada caso se hagan necesarias, con independen-cia de las que sean precisas y obligatorias respecto del personal quese ocupe de los trabajos. Como mínimo aquellas consistirán en:

— Las zonas de paso se mantendrán bien iluminadas, en perfec-tas condiciones de orden y limpieza y sin existir barreras parapersonas con minusvalías. Se colocarán accesos provisiona-

les, pasos y/o pasarelas metálicas dotadas con defensas antiá-cidas para dar una correcta accesibilidad a los edificios y lo-cales, aparcamientos y establecimientos afectados.

— La seguridad y comodidad del tráfico peatonal por aceras seformalizará disponiendo de un pasillo de anchura no inferiora 1,20 metros próximo a fachada y longitudinalmente a ellasiempre que la longitud del paso sea inferior a 10 metros.Para longitudes mayores, el ancho mínimo del paso habrá deser de 1,50 metros.

— Cuando por motivos de la ocupación no se permitiese el an-cho mínimo de la acera establecido y sea preciso desviar eltráfico peatonal por la calzada, se delimitará en esta una zonacon un ancho mínimo de 1,50 metros aislada del tráfico devehículos mediante los elementos de separación y protecciónadecuados de tal manera que se garantice la seguridad de lospeatones. El estrechamiento de la calzada que como conse-cuencia de ello se produzca será señalizado y balizado deacuerdo con los propios contenidos de la presente ordenanza.

Art. 176. Las licencias para la ejecución de obras en la vía pú-blica establecerán las condiciones de las obras a ejecutar dentro delámbito señalado al efecto, sin interrupciones, con sujeción a lo dis-puesto en esta ordenanza y las condiciones esenciales que en la mis-ma se establezcan.

La licencia para la realización de obras podrá establecer, en vir-tud de esta ordenanza, la observancia de determinados plazos de ini-cio y finalización, la fijación de un calendario, horarios e intensida-des en el desarrollo de los trabajos y de sus modalidades deejecución, especialmente cuando perturben el tránsito de peatones yvehículos.

El Ayuntamiento denegará la licencia cuando, según criterio mu-nicipal, existan otras alternativas sobre el trazado o las condicionesde ejecución de la obra, que supongan una menor afectación a la via-lidad.

En la tramitación de la licencia para la ejecución de obras en lavía pública se recabará informe de la Concejalía de Tráfico en cuan-to se refiere a señalización, balizamiento y ordenación de la circula-ción.

El peticionario de la ocupación viene obligado y es responsabledel mantenimiento y buena visibilidad de la señalización verticalexistente en la calle y que quede afectada por la zona de obra, de-biendo comunicar a los servicios de la Concejalía de Tráfico asícomo de la Concejalía de Urbanismo las posibles modificacionesnecesarias.

Independientemente del tipo de ocupación o de vía en que esta serealice será obligatorio, una vez obtenida la licencia necesaria, co-municar a la Policía Local, al menos con setenta y dos horas de an-telación, el momento en que dará comienzo la ocupación para que setomen las medidas necesarias. En ningún caso podrá realizarse obraalguna que suponga una afección al tráfico rodado sin previamentehaber hecho la oportuna comunicación a la Policía Local. Incluso enlos casos más urgentes, se comunicará igualmente con la mayor an-telación posible.

Capítulo VIInspección municipal y control de calidad

Art. 177. 1. La Administración Municipal ejercerá la inspec-ción y vigilancia para velar por el cumplimiento de lo dispuesto enesta ordenanza. La inspección tendrá por objeto comprobar su for-ma de ejecución, tanto en lo relativo a sus características técnicascomo a la ocupación transitoria del suelo de la vía pública, a fin deque unas y otras se adapten a las condiciones de la licencia, y a lodispuesto en esta ordenanza. Asimismo, comprobará la reposiciónde los elementos urbanísticos dañados como consecuencia de laobras.

2. Con carácter permanente se comprobará el estado de conser-vación de las instalaciones en cuanto corresponda a la competenciamunicipal, dándose aviso a las empresas o entidades propietarias delas conducciones, de toda avería que observen en la vía pública.

3. Lo dispuesto en el párrafo anterior no releva a las empresasde su obligación de tener organizado su propio servicio para la vigi-lancia de las instalaciones y comprobaciones en las averías que seproduzcan.

Art. 178. Si las obras de reconstrucción o reparación las efectúael propio beneficiario, el Ayuntamiento para comprobar las densida-

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des alcanzadas en el relleno de zanjas y controlar la calidad de lospavimentos repuestos podrá realizar los ensayos que juzgue perti-nentes, estando el concesionario obligado a abonar el coste que, entodo caso, no superará la cuota del 4 por 100 del presupuesto de lasobras.

Capítulo VII

Traslado, modificación o supresión de las instalaciones

Art. 179. Las licencias se entenderán siempre subordinadas alas necesidades del municipio y otorgadas bajo condición de que lasinstalaciones deberán ser modificadas, trasladadas o suprimidas porlas compañías suministradoras de conformidad con los planes y pro-yectos municipales.

Cuando por razón de obras de urbanización o establecimiento deservicios públicos la Concejalía de Urbanismo exigiese trasladar,modificar o suprimir conducciones o instalaciones de un servicioexistente instalado correctamente según licencia concedida abonaráa la compañía afectada conforme a la normativa que fuera aplicable.Las entidades afectadas estarán obligadas a realizar las obras nece-sarias en la forma y plazos que señale la Administración Municipal.Si la modificación, supresión o traslado del servicio fuera a propues-ta de la compañía o aquel no correspondiente a licencia concedida,el importe íntegro de la misma será de su cargo.

Capítulo VIII

Conservación y reparación de instalaciones

Art. 180. En evitación de daños a los elementos de la vía pública,las compañías concesionarias de los servicios deberán mantener lasinstalaciones en perfecto estado de conservación, mediante el estrictocumplimento de las normativas técnicas vigentes en la materia.

Art. 181. Todos los daños que se ocasionen a elementos urba-nísticos como consecuencia de avería en las conducciones o negli-gente funcionamiento de las instalaciones deberán ser indemnizadospor la empresa propietaria.

Art. 182. Las empresas y entidades que tengan instalaciones enla vía pública deberán disponer de un retén permanente de personal,convenientemente dotado, suficiente para reparar inmediatamentelos desperfectos y averías que afecten a la vía pública.

Tan pronto la empresa concesionaria tenga conocimiento de cual-quier avería en las condiciones deberá desplazar al lugar en que sehaya producido, los elementos del retén que juzgue necesarios segúnla importancia de la avería, para repararla sin dilación, y proceder ensu caso a la adopción de las medidas urgentes de precaución nece-sarias para la seguridad pública.

Art. 183. Las tapas de acceso, registro y maniobra, así comotoda señalización tanto vertical como horizontal, existentes al iniciode la obra deberán reponerse en el plazo máximo de veinticuatro ho-ras de conocida su destrucción o desaparición, debiéndose adoptarentretanto las debidas condiciones de seguridad para los viandantes.

Capítulo IX

Infracciones

Art. 184. Se considera infracción administrativa de la presenteordenanza toda agresión de lo establecido en la misma. Asimismo,la realización de obras sin licencia o sin ajustarse a las condicionesde la misma se considerará infracción urbanística de acuerdo con lodispuesto en la Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo; la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, así como lodispuesto en la Ley 2/2002, sobre Evaluación Ambiental en la Co-munidad de Madrid.

Las infracciones a los efectos previstos en esta ordenanza se cla-sifican en leves y graves.

Se considerarán faltas leves:— Falta de limpieza y acopios fuera de la zona vallada.— La no colocación de placa o cartel en el que se indique el

nombre o razón social del titular de la licencia, dirección, te-léfono y número de licencia.

— Supera la longitud máxima autorizada de zanja abierta.

— Falta de limpieza de los elementos de protección de los pavi-mentos y su entorno inmediato.

— Ocupar mayor superficie de vía pública que la autorizadapara la realización de obras de edificación.

— El incumplimiento de alguno de los deberes u obligacionesestablecidos en esta ordenanza, cuando no estén expresamen-te calificadas como faltas graves o muy graves.

Se considerarán faltas graves:

— Delimitación incompleta, incorrecta y no permanente del va-llado de obra.

— No avisar con antelación el inicio de las obras al Departamen-to de Proyecto y Obras la Concejalía correspondiente.

— Superar los plazos máximos de apertura de zanjas y de reposi-ción de pavimentos, señalización viaria y mobiliario urbano.

— El retraso en la reposición de tapas y elementos de señaliza-ción desaparecidas o deterioradas.

— Cortes de tráfico en la vía pública no autorizados por la Poli-cía Local.

— La reiteración por dos veces en la comisión de faltas leves enun mismo período de autorización.

— Incumplimiento de las normas relativas a señalización de lasobras contenidas en este título relativas a señalización y bali-zamiento de obras en la vía pública.

— Deterioro de los elementos de protección de los pavimentospor daños o falta de conservación. Así como el atoramientodel alcantarillado público.

Se considerarán faltas muy graves:

— Incumplimiento de las condiciones sobre espesores y caracte-rísticas de los materiales para el relleno y pavimentación dezanjas prescritas en la ordenanza.

— La no existencia de accesos provisionales o pasos, dotados deelementos de protección, para dar un correcto servicio, sinbarreras urbanísticas, a los vecinos de los edificios, locales ygarajes del tramo afectado.

— La no presentación del acta de recepción de la obras o, en sucaso, de los documentos gráficos que definan la obra realizada.

— La reiteración por dos veces en la comisión de faltas gravesen un mismo período de autorización.

Art. 185. Se considerará responsable directo de las infraccionestipificadas en esta ordenanza al promotor, al constructor y al técni-co director de las mismas.

TÍTULO XIII

Piscinas públicas y privadas e instalaciones deportivas

Capítulo I

Disposiciones generales

Art. 186. El presente título tiene por objeto la regulación de lascondiciones higiénico-sanitarias de todas las piscinas de uso colec-tivo que tengan su ubicación en el término de Valdemoro, así comoel régimen de autorización e inspección de las mismas, sin perjuiciode lo que dispongan otras normas que, con carácter concurrente,puedan serles de aplicación, en concreto la Ley General de Sanidad(Ley 14/1986, de 25 de abril), regula la intervención pública en lasactividades públicas o privadas; la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Es-pectáculos Públicos y Actividades Recreativas; la Orden de 25 demayo de 1987, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por laque se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinaspúblicas; la Orden 31/1988, de 7 de marzo, de la Consejería de Sa-lud, por la que se modifican determinados artículos de la anterior, yla Orden 618/1994, de 21 de junio, de la Consejería de Salud, por laque se modifican determinados artículos de la Orden de 25 de mayode 1987, y el Decreto 80/1988, de 14 de mayo, por el que se regulanlas condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo.

Así como las normas general que habrán de regir en las piscinaspúblicas e instalaciones deportivas.

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Capítulo II

Autorizaciones y controles

Art. 187. Para la autorización sanitaria anual de la piscina seráobligatorio la solicitud previa ante la Concejalía de Salud, que debe-rá acompañarse con la documentación requerida al efecto dentro delplazo establecido, que con carácter general estará establecido entreel 28 de mayo y 18 de junio de cada ejercicio.

Art. 188. El libro de registro de Control Sanitario de Piscinas sedeberá entregar en la Concejalía de Salud. Se recuerda la obligato-riedad de cumplimentar diariamente los parámetros exigidos (PH,cloro y lectura de los contadores), y que dicho libro estará, en todomomento, a disposición de las autoridades sanitarias, pudiendo es-tas comprobar que los resultados analíticos efectuados por el titularse mantienen dentro de los límites establecidos en el anexo II de De-creto 80/1998.

Art. 189. La concesión de apertura de la instalación no presupo-ne que esta cumpla con todas las condiciones higiénico-sanitariasprevistas en la normativa. Para ello es necesario el cumplimiento yvigilancia continuada de las mismas.

Art. 190. Para el adecuado mantenimiento de las condicioneshigiénico-sanitarias de las piscinas será obligatorio:

1. Presentar la documentación preceptiva para obtener la auto-rización de apertura.

2. Cumplimentar diariamente en el Libro de Registro Oficial to-dos los parámetros exigidos por la normativa.

3. Realizar, por parte de la propiedad, un control analítico delagua de la piscina durante la temporada de apertura, que deberán re-mitir a la Concejalía de Salud de este Ayuntamiento antes del 15 deagosto.

Art. 191. Todas las piscinas quedarán incluidas en el censo deinstalaciones, sometidas a supervisión por parte de la Concejalía deSalud, y que las causas que pueden originar un cierre cautelar pre-ventivo entre otras son las siguientes:

— Ausencia de depuración y/o desinfección automática.— Condiciones higiénico-sanitarias muy deficientes.— Ausencia de socorrista y/o personal sanitario.— Ausencia de aseos, o aseos fuera de uso.— Ausencia de teléfono.Art. 192. Quien incumpliere lo establecido en estos capítulos

será sometido a expediente sancionador bajo la consideración de fal-ta muy grave, pudiendo, aparte de las sanciones económicas y de-más actuaciones administrativas y jurídicas, perder los derechos delicencia y, en consecuencia, ser precintada la instalación a su costa.

Capítulo III

Piscinas públicas e instalaciones deportivas

Art. 193. No podrán acceder a las instalaciones los menores deedad que no traigan autorización/documento firmado por su padre,madre o tutor legal eximiendo de responsabilidad al Ayuntamiento.

Art. 194. Todos los bañistas o usuarios de las instalaciones de-portivas deberán conservar la entrada hasta la salida. No podrán sa-lir de la instalación y volver a entrar salvo causas suficientementejustificadas, debiéndose dar cuenta de ello previamente al serviciode taquilla o personal encargado de las instalaciones.

Art. 195. Queda reservado el derecho de admisión a todas aque-llas personas que incumplan la normativa específica de cada insta-lación o que se encuentren en estado de embriaguez, porten cual-quier objeto susceptible de causar daño a personas o cosas, porten oconsuman cualquier tipo de drogas o sustancias psicotrópicas, ma-nifiesten evidente falta de aseo personal, sean alborotadores com-probados y provoquen o inciten cualquier desorden en la instalación.

Art. 196. El personal de la instalación está facultado para llamarla atención a los usuarios que incumplan la presente ordenanza y lasnormas específicas o que manifiesten un comportamiento poco res-petuoso hacia los demás usuarios, personal de la instalación o con lapropia instalación.

Art. 197. No podrá acceder a la piscina e instalaciones deporti-vas toda persona afectada por enfermedades contagiosas de transmi-sión hídrica o dérmica.

El personal médico estará facultado para determinar si un usuariopuede o no permanecer en la instalación en función de su estado fí-sico o psíquico.

Art. 198. El Ayuntamiento no se hace responsable de los obje-tos de valor que sean sustraídos a los usuarios, bien en los vestuarioso en la instalación deportiva.

Art. 199. En las piscinas climatizadas será obligatorio el uso detrajes de baño, gorro, chanclas de baño, así como recomendable lautilización de gafas de baño.

Asimismo, queda prohibido pararse en las corcheras, tirarse des-de los laterales de la piscina e invadir las calles destinadas a los cur-sos de natación.

Art. 200. Las pistas se alquilarán el misma día de juego, perso-nalmente y en la propia instalación.

El precio se abonará en el momento de la reserva, dicho importeno se devolverá en ningún caso. La reserva se realizará por dos ho-ras como máximo.

Art. 201. Todos los usuarios deberán utilizar el calzado y ves-tuario apropiado e imprescindible para la realización de la actividada desarrollar y comportase de forma cívica durante el tiempo quepermanezca en el ámbito de las instalaciones deportivas, aunque noesté participando activamente en competiciones en ese momento.

Art. 202. Con relación al uso del servicio de sauna queda prohi-bido:

a) El uso de cualquier dosificador de vapor.b) Sobrepasar los tiempos máximos de utilización.c) El acceso de personas con problemas cardiovasculares.d) El uso sin traje de baño o sin una toalla limpia.

Capítulo IVInfracciones

Art. 203. Las infracciones de las normas de esta ordenanza seclasificarán en leves, graves y muy graves.

Serán consideradas infracciones leves:a) Acceder a la piscina sin ducharse previamente.b) El uso de gafas de buceo, aletas, colchonetas, flotadores, ba-

lones o cualquier otro material similar.c) El acceso a la zona de playa con ropa y calzado de calle.d) El acceder con recipientes de cristal, bebidas alcohólicas, co-

mer en la zona de playa.e) El proceder a realizar saltos de agua, así como balanceos, to-

rres y empujones.f) No acceder a la zona de baño por los pediluvios.g) El acceso a la piscina infantil de mayores de seis años.h) Permanecer en los vasos una vez haya sonado la sirena.i) Depilarse o afeitarse en aseos, vestuarios y otros lugares de

las instalaciones.j) El incumplimiento de alguno de los deberes u obligaciones

establecidos en la ordenanza, cuando no estén expresamentecalificados como faltas graves o muy graves.

Serán consideradas infracciones graves o muy graves la reinci-dencia de tres faltas de grado inferior durante el mismo año.

TÍTULO XIV

Régimen sancionador

Art. 204. Procedimiento sancionador.—El procedimiento san-cionador de la ordenanza se regirá por lo establecido el Decre-to 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Regla-mento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por laAdministración de la Comunidad de Madrid. Así como lo dispuestoen la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Real De-creto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamen-to de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Lo establecido en esta ordenanza no impedirá la aplicación delrégimen sancionador previsto en las disposiciones sectoriales quecalifiquen como infracción las acciones u omisiones contempladasen la misma.

Art. 205. Responsabilidad.—La responsabilidad administrativaserá exigible tanto por comisión como por omisión, y el responsableadministrativo de la infracción lo será de las consecuencias o daños

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económicos causados. Tendrán la consideración de responsables delas infracciones:

1. Las personas que directamente, por cuenta propia o ajena,ejecuten actividad, actuación infractora o aquellos que ordenaran di-cha actividad cuando el ejecutor se vea obligado a cumplir dicha or-den. Excepto en los supuestos en que sean menores de edad o con-curra en ellos alguna causa legal de imputabilidad, en cuyo casoresponderán por ellos los padres, tutores o quienes tengan la custo-dia legal.

2. Las personas o entidades titulares o promotoras de las activi-dades o proyectos que constituyan u originen las infracciones.

3. Cuando las actuaciones constitutivas de infracción sean co-metidas por varias personas, conjuntamente, responderán todas ellasde forma solidaria.

4. Serán responsables solidarios de los daños las personas físi-cas o jurídicas obre las que recaiga el deber legal de prevenir las in-fracciones administrativas que otros puedan cometer.

5. La responsabilidad solidaria quedará referida estrictamentela pecuniaria debida de la multa impuesta, que podrá ser moderadapor la autoridad sancionadora.

Art. 206. Tipificación de infracciones.—Las infracciones seclasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo a su repercu-sión, coste de restitución, trascendencia por lo que respecta a la se-guridad de bienes y personas, a las circunstancias del responsable oresponsables, así como al grado de malicia, participación y benefi-cio obtenido, molestia producida o riesgo provocado, así como irre-versibilidad del daño o deterioro producido y a la reincidencia.

Art. 207. Sanciones.—1. Con carácter general se establecenlas siguientes sanciones a las infracciones a la ordenanza:

a) Para las infracciones leves: multa de 60 a 300 euros.b) Para las infracciones graves: multa de 301 a 1.202 euros.c) Para las infracciones muy graves: multa de 1.203 a 3.000

euros.2. Las cuantías reflejadas anteriormente podrán verse incremen-

tadas en los supuestos de infracciones específicas que supongan unaprevisión legal distinta a la limitación establecida por la disposiciónadicional única de la Ley 11/1999, de modificación de la Ley 7/1985,de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

3. Se establece una reducción del 30 por 100 sobre la cuantía dela sanción que se haya consignado correctamente en el acuerdo deinicio, siempre que dicho pago se efectúe durante los quince días há-biles siguientes a aquel en que tenga lugar la notificación. El abonoanticipado con la reducción señalada, salvo que proceda imponer elresarcimiento de daños, implicará únicamente la renuncia a formu-lar alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad dedictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interpo-ner los recursos correspondientes.

Art. 208. Resarcimiento e indemnización.—1. Si las conduc-tas sancionadas hubieran causado daños o perjuicios al Ayun-tamiento, la resolución del procedimiento podrá declarar:

a) La exigencia a la persona infractora de la reposición a su esta-do originario de la situación alterada por la infracción.Si el infractor no reparase el daño en el plazo que se haya fija-do en la resolución o no lo hiciese en la forma en ella estable-cida, el órgano competente podrá imponerle multas coerciti-vas, que serán reiteradas por lapsos de tiempo suficientes paracumplir lo ordenado. Estas multas serán independientes ycompatibles con las sanciones que se hubieran impuesto porla infracción cometida y con las sanciones que pudieran impo-nerse por el incumplimiento de la obligación de reparación.La cuantía de cada una de las multas coercitivas no superaráun tercio de la multa impuesta o que pudiera imponerse porla infracción cometida.

b) La indemnización por los daños y perjuicios causados, cuan-do su cuantía haya quedado determinada durante el proce-dimiento.

Art. 209. Abono de las sanciones.—1. Las sanciones deberánhacerse efectivas a los órganos de recaudación del Ayuntamiento,directamente o a través de entidades bancarias o de crédito concer-tadas.

2. Tanto el importe de las sanciones, multas coercitivas como elcoste de las ejecuciones subsidiarias, cuando proceda, serán exigi-bles en vía de apremio.

Cuando proceda la ejecución subsidiaria, el órgano ejecutor valo-rará el coste de las actuaciones que deben realizarse, cuyo importetambién será exigible cautelarmente en vía de apremio conforme alos artículos 97 y 98 de la Ley 30/1992.

3. En cuanto a la responsabilidad civil subsidiaria se estará a lodispuesto en la Ley de Régimen Local y demás disposiciones de ca-rácter general.

Art. 210. Sustitución de las sanciones por trabajos para la co-munidad.—Cuando el carácter de la infracción y/o el tipo de los da-ños producidos lo hagan conveniente y previa solicitud de los/las in-teresados/as, la autoridad municipal podrá resolver la sustitución dela sanción y/o indemnización por trabajos en beneficio de la comu-nidad, de naturaleza y alcance adecuados y proporcionados a la gra-vedad de la infracción.

La petición del expedientado interrumpirá el plazo para resolverel expediente.

Si la Administración Municipal aceptare la petición del expedien-tado se finalizará el expediente sancionador por terminación con-vencional, sin que la realización de los trabajos que se establezcansea considerada sanción ni suponga vinculación laboral alguna conel Ayuntamiento.

Art. 211. En aquellos casos en que exista riesgo grave e inme-diato para el medio ambiente, la Alcaldía-Presidencia podrá ordenarmotivadamente, en todo caso, la suspensión inmediata de la activi-dad o cualquier otra medida cautelar necesaria, sin perjuicio de lainiciación del correspondiente expediente sancionador que en sucaso proceda, siendo notificado a la Agencia de Medio Ambiente dela Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

La Alcaldía-Presidencia queda facultada para dictar cuantas órde-nes e instrucciones resulten necesarias para la adecuada interpreta-ción, desarrollo y aplicación de esta ordenanza.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. Los procedimientos iniciados con anterioridad a la en-trada en vigor de esta ordenanza se regirán por la normativa vigen-te en el momento de la comisión de la infracción.

Segunda. Las autorizaciones de carácter temporal concedidas conanterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente ordenanzase regirán por las condiciones expresadas en las licencias, autoriza-ciones o concesiones que, en cada caso, se hubieran otorgado.

Tercera. Los titulares de autorizaciones de carácter permanenteconcedidas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la pre-sente ordenanza dispondrán de un plazo de seis meses para adaptarlas instalaciones a lo establecido en la misma.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A la aprobación de esta ordenanza quedará derogada la ordenan-za municipal de convivencia ciudadana, aprobada por acuerdo ple-nario de 27 de marzo de 2001, así como cualquier otra disposiciónde igual o inferior rango, en cuanto se oponga a lo dispuesto en lapresente ordenanza.

DISPOSICIÓN FINAL

La aprobación, publicación y entrada en vigor de la ordenanza seproducirá de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Ré-gimen Local.

La ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-ad-ministrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribu-nal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contardesde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de con-formidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro re-curso que estime pertinente.

En Valdemoro, a 9 de febrero de 2009.—El alcalde, José MiguelMoreno Torres.

(03/4.679/09)

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VALDEMORO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Don Manuel Salguero Cornejo, concejal de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Valdemoro.Hago saber: Que habiéndose intentado por este Ayuntamiento notificar las denuncias por infracciones de tráfico a las personas o

entidades que se relacionan, y no habiendo sido posible realizar dichas notificaciones personalmente a los interesados, de acuerdo con lodispuesto en los artículos 58, 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 67, 72, 73, 75, 76, 77, 78, 79 y 84 del Real Decreto 339/1990,de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y ar-tículos 9, 10, 11, 12, 13 y 14 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancio-nador de dicha Ley, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de las mismas.

En el caso de que el conductor del vehículo en el momento de cometer la infracción no fuera el titular del mismo, se requiere a estepara que en el plazo de quince días hábiles lo identifique, presentando a tal efecto un escrito en el Registro General del Ayuntamiento deValdemoro, en el que conste el nombre y apellidos, número de DNI y domicilio del infractor.

Si incumpliese esta obligación sin causa justificada será sancionado pecuniariamente como autor de falta grave, cuya sanción se im-pondrá en su máxima cuantía, a tenor de lo establecido en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. En losmismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquel identifique, por cau-sa imputable a dicho titular. Por los menores de dieciocho años responderán solidariamente con él, estrictamente en cuanto a la pecuniariaderivada de la multa impuesta, sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden. Lo que le notifico para suconocimiento y efectos.

El presente edicto surtirá efectos de notificación de la denuncia en el supuesto de que usted fuera el conductor del vehículo, partici-pándole el derecho que le asiste, en este caso, de presentar las alegaciones en los plazos establecidos.

Iniciación: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 320/1994, se le comunica que con esta notificaciónde denuncia queda incoado el correspondiente procedimiento sancionador.

Instrucción: se le concede el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que alegue cuanto considere conveniente en su defensa y proponga las pruebas que es-time oportunas, quedando enterado que de las mismas se dará traslado al agente actuante para que emita su informe en el plazo de quincedías.

Caso de no presentarse alegaciones, esta notificación tendrá los efectos de propuesta de resolución, según señala el artículo 13.2 delReglamento de Procedimiento Sancionador, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo reglamento.

La presente denuncia podrá hacerse efectiva antes de que se dicte resolución del expediente sancionador, con una reducción del 30por 100 sobre la cuantía consignada en el boletín de denuncia por el agente o, en su defecto, en la notificación posterior de dicha denunciapor el instructor del expediente.

RELACIÓN DE RECIBOS-DENUNCIAS DE MULTAS

Nº EXPTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE IMPORTEDIRECCION FISCAL LOCALIDAD MATRICULAREFERENCIA MOTIVO NO NOTIF. EN EL ACTO

Ptos a retirar

LEG Art. Inf.

PALACIO*GARBIN,GREGORIO2008000325 150,00CL ANTONIO ZAMORA, 64 04 B MADRID -002944-GBH2008-P-93423055 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1EPROCONSUR LA MANCHA SL2008000488 310,00CL OLLERIAS, 18 CONSUEGRA -007504-FGX2008-P-95523272 Vehiculo estacionado.Conductor ausente LSV 072-003-2ASANCHEZ*GARCIA,JUAN PEDRO2008000541 150,00CL VIA TARLAZZI, 57 CALLE UMBERTO -002268-GCL2008-P-95510824 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1EVICAS EXPRESS SL UNIPERSONAL2008000841 310,00CL FEDERICO LOPEZ, 5 GUADALAJARA -005805-GDN2008-P-95513588 Vehiculo estacionado.Conductor ausente LSV 072-003-2ATECNOLOGIAS DE IMPRESION2008000933 120,00CL PLATINO, 1 MADRID -007125-FTC2008-P-00000652 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 023-7- YERISATRANS DOS MIL SL2008000974 310,00CL SAN JOSE, 15 VALDEMORO -009023-BYT2008-P-00000375 Vehiculo estacionado.Conductor ausente LSV 072-003-2ARAMOS*AGUILAR,ENRIQUE2008001364 90,00CL ARECHAUDIETA, 32 05 A MADRID -004732-DTM2008-P-00012972 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-8- MOLINA*RUIZ,MARIA2008001608 90,00CL LIBERTAD, 104 VALDEMORO -003951-CNX2008-P-00001424 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- JULIAN GARCIA MARTIN REPRESENTACIONE2008001610 310,00PJ DESCUBRIMIENTO DE AMERICA, 2 VALDEMORO -003770-FZB2008-P-00013773 Vehiculo estacionado.Conductor ausente LSV 072-003-2AALCOBENDAS*MONTESINOS,ANTONIO2008001632 90,00CL CATALUÑA, 16 02 A PINTO -005795-FDF2008-P-00013660 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- GONZALEZ*CID,CAROLINA2008001780 90,00AV MURCIA, 10 ALCANTARILLA -003265-DRL2008-P-00013129 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- GEUM URBANUM SLL2008001845 310,00CL LUIS HOYOS SAINZ, 176 MADRID -005503-GDC2008-P-00000451 Vehiculo estacionado.Conductor ausente LSV 072-003-2A

DEVERGARA SRL2008001874 310,00AV ANDALUCIA DE, 9 VALDEMORO M -005527-UW2008-P-00012820 Vehiculo estacionado.Conductor ausente LSV 072-003-2ASAAVEDRA*CALLE,LUIS2008001932 90,00CL TARRAGONA, 161 06 BARCELONA -003306-DLM2008-P-00006621 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 032-1-

MAYO*CABEZAS,OSCAR2008001953 90,00CL MIÑO, 15 LAGUNA DE DUERO -001208-DPP2008-P-00006660 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- MARINKOVIC*PALOMARES,IVAN2008001991 150,00CL VILLANUEVA PERALES, s/n MADRID -009652-CPW2008-P-84940504 Notificado en mano 2 ptosRGC 018-003-1ASANTISIMA*TRINIDAD,DOMINGA2008002001 90,00CL LOS ROBLES, 56 01 CUBAS DE LA SAGRA -005968-FYL2008-P-00006667 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- HOYAS*GUZMAN,IVAN2008002075 90,00CL VALENCIA, 5 03 A YUNCOS -002434-FWB2008-P-00000279 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1DDIAZ*MARTINEZ,FRANCISCO JAVIER2008002109 90,00CL ELOY GONZALO, 10 MADRID -000841-FYT2008-P-00001539 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- NIETO*PEREIRO,MARIA DEL MAR2008002239 150,00AV BELGICA, 79 LEGANES M -006457-YZ2008-P-00012527 Notificado en mano RGV 010-01-01ARUIZ*RUIZ,MARIA ELENA2008002317 90,00CL AGUSTINA DE ARAGON, 2 BAJ A VALDEMORO M -002884-YY2008-P-00012270 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- LOZANO*IGLESIAS,IVAN2008002404 90,00CL LA SAGRA, 13 04 A LEGANES -009819-CXH2008-P-00003202 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- CALVO*RAYO GALLEGO,JESUS2008002439 90,00CL FLORES DE LAS, 7 02 B VALDEMORO -006283-GFS2008-P-00003208 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- BELMONTE*GARROSA,MARCOS2008002496 90,00CL GLORIA FUERTES, 10 01 A TORREJON DE ARDOZ M -009006-XG2008-P-00004190 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- KUCI*KOSTA,HELIDON2008002531 150,00PS DE LA ROSA, 6 A TOLEDO -003123-ZKY2008-P-00012007 Notificado en mano 3 ptosRGC 018-002-2ADIAZ*ORGAZ,ESTHER2008002541 150,00CL GETAFE, 17 02 A PARLA -005520-FYG2008-P-00012012 Notificado en mano 3 ptosRGC 018-002-2APARDO*ESCAMEZ,GABRIEL2008002554 450,00CL SIERRA GUADARRAMA, 8 B 11 ALMERIA -008640-FND2008-P-00000638 Notificado en mano 6 ptosRGC 043-002-2AVELASCO*HERNANZ,ANDRES2008002581 150,00CL AV NTRA SRA VALVANERA, 117 MADRID M -002362-WU2008-P-00012437 Servicio preferente regulación tráfico 3 ptosRGC 018-002-2ANIESTO*GONZALEZ,MIGUEL FERNANDO2008002593 150,00CL DOCTOR MANZANARES, 18 01 B OCAÑA M -001147-UX2008-P-00006649 Notificado en mano RGC 117-001-1A-SPRYN,DYMYTRO2008002613 150,00CL PADRE BENITO MENNI, 7 02 B CIEMPOZUELOS M -006653-VK2008-P-00012331 Notificado en mano 3 ptosRGC 018-002-2AFABIAN*FRANCO,JOSE2008002631 150,00CL TENERIAS, 10 01 C VALDEMORO -001685-DZW2008-P-00001868 Otras circunstancias 3 ptosRGC 018-002-2AJIMENEZ*CALDERON,ENRIQUE2008002677 150,00CL ANA FRANK, 61 Portal 8 02 A VALDEMORO -006500-CJS2008-P-83290794 Servicio preferente regulación tráfico 3 ptosRGC 018-002-2ADIAZ*CIPUENTES,DAVID MAURICIO2008002683 150,00CL VISTALEGRE, 28 MURCIA -008307-CWT2008-P-00002557 Notificado en mano RGV 010-01-01APASTOR*MARTINEZ,PEDRO2008002791 60,00CL ALBACETE, 19 02 D GETAFE -008948-FDL2008-P-00001915 Notificado en mano RGV 026-01-1A

GHOUTI,HAMZA BEL2008002804 150,00CL TIA JAVIERA, 29 Portal 1 BAJ FUENLABRADA -006243-FMB2008-P-00000787 Notificado en mano RGC 001-02-1FSAN TELESFORO*NAVARRO,JUAN JOSE2008002835 120,00CL EMBAJADORES, 177 Portal H Atico A MADRID -001685-FCP2008-P-95802094 Notificado en mano RGC 091-002-M-CORTES*AZORES,MARIA JOSEFA2008002846 150,00PJ COLON, 2 Esc 1 04 A VALDEMORO -009866-CWP2008-P-95800164 Servicio preferente regulación tráfico 3 ptosRGC 018-002-2A

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 223

Nº EXPTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE IMPORTEDIRECCION FISCAL LOCALIDAD MATRICULAREFERENCIA MOTIVO NO NOTIF. EN EL ACTO

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LEG Art. Inf.

QUISBERT*FLORES,FREDPY2008002857 450,00CL MARIBLANCA, 5 03 DRC MADRID M -001830-YP2008-P-95793093 Notificado en mano 6 ptosRGC 044- -2AZAIRI,AMAR2008002862 150,00CL BARQUILLA, FINCA S/N TALAYUELA M -003989-UD2008-P-95800309 Notificado en mano 3 ptosLSV 011-003-2ASILVA*FERNANDEZ,CARMEN2008002869 150,00CL DOCTOR BARRAQUER, 23 VALDEMORO M -002282-PB2008-P-95801260 Vehiculo estacionado.Conductor ausente 2 ptosRGC 094-002-1CCARMENADO*ROCH,JOSE LUIS2008002889 90,00CL MONASTERIO DE MONTESCLAROS, 4 0 MADRID -005696-FFV2008-P-00012991 Notificado en mano OMC 025-4- GUADARRAMA*CASADO,JOSE ANTONIO2008002902 150,00CL CIUDAD DE BARCELONA, 218 07 MADRID -005736-DBN2008-P-00012481 Notificado en mano 3 ptosRGC 018-002-2ABRIHUEGA*HERREROS,FRANCISCO JOSE2008002903 150,00CL BENELUX, 4 Portal 4 02 B VALDEMORO M -005802-SJ2008-P-00000645 Notificado en mano RGV 015-004-1ABALLEN*SALINAS,CESAR AUGUSTO2008002954 300,00PJ COLON, 2 Esc 2 01 D VALDEMORO -001347-BTS2008-P-00001625 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-02G-1CAGUADO*SANCHO,CRISTINO2008002977 200,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 107 01 C VALDEMORO -000866-BYN2008-P-00013599 Notificado en mano RGV 010-01-0LOPEZ*SANCHEZ,JOSE2008002979 150,00CL SAN VICENTE DE PAUL, 22 Portal 2 05 A VALDEMORO -005112-DHY2008-P-00003227 Notificado en mano 3 ptosRGC 117-001-1ASANZ*CHECA,ANGEL2008002988 150,00CL RIO MANZANARES, 23 Portal 1 04 A VALDEMORO -006620-CCM2008-P-00012448 Servicio preferente regulación tráfico 3 ptosRGC 018-002-2ACOBO*NUÑEZ,MARIA YOLANDA2008002992 150,00CL PORTUGAL (DE), 47 VALDEMORO -008760-BGC2008-P-00001630 Notificado en mano OMC 003-3- COBO*NUÑEZ,MARIA YOLANDA2008002993 150,00CL PORTUGAL (DE), 47 VALDEMORO -008760-BGC2008-P-00003424 Notificado en mano 3 ptosRGC 117-001-1ASTEFAN,RODICA2008003026 90,00CL TRAV SAN JOSE, 6 ARGANDA DEL REY -002975-FDM2008-P-00012699 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- PONCE*ALVAREZ,ABEL2008003030 150,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 91 02 C VALDEMORO CO-005823-AW2008-P-00012850 Vehiculo estacionado.Conductor ausente 4 ptosRGC 065-001-1A

LKHAILI*REJRAJ,MOHAMED2008003031 150,00CL RIO DUERO, 11 05 B PARLA -009400-BMP2008-P-00002551 Notificado en mano 2 ptosRGC 101-001-3CMAESTRO,RODRIGO2008003054 90,00PJ COLON, 1 Esc 1 06 A VALDEMORO -007676-FSH2008-P-00002073 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2A

GONZALEZ*HERNANDEZ,OSIRIS ALBERTO2008003057 90,00PZ CONDE (DEL), 1 03 A VALDEMORO M -001215-YB2008-P-00002626 Notificado en mano OMC 025-3- SASU*MARIUS,AGUSTIN2008003058 90,00CL FLORES DE LAS, 3 03 A VALDEMORO -008488-BZX2008-P-00002076 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AGONZALEZ*HERNANDEZ,OSIRIS ALBERTO2008003059 1500,00PZ CONDE (DEL), 1 03 A VALDEMORO M -001215-YB2008-P-00002077 Vehiculo estacionado.Conductor ausente SOA 003-A-1CCALIN*MIHASCA,ADRIAN2008003065 90,00AV ANDALUCIA DE, 24 01 A VALDEMORO M -009347-OP2008-P-00012348 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2ARICO*CASARRUBIO,JUAN ANTONIO2008003069 450,00CL GUARDIA CIVIL (DE LA), 5 06 A VALDEMORO -001564-FVL2008-P-00012365 Notificado en mano 6 ptosRGC 042-001-2DMARIAN,COJOCEA2008003073 90,00PZ ROMANO (DEL), 2 03 IZD VALDEMORO -008088-FBX2008-P-00013016 Otras circunstancias RGC 154-00-2ALARA*LORENZO,JUAN2008003074 90,00CL ANA FRANK, 63 VALDEMORO -002879-BPC2008-P-00002079 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-13- PEDRAZA*GARCIA,MARIA TERESA2008003076 90,00CL JARDINES, 17 CIEMPOZUELOS -005151-FDK2008-P-00000459 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- SIMBAÑA*CHUSHIG,LUIS HUMBERTO2008003080 1500,00CL ALCALA, 300 03 D MADRID -003926-DVK2008-P-00013017 Notificado en mano SOA 003-A-1CCARBONERO*ESCOBAR,PEDRO2008003081 90,00PS ESTACION (DE LA), 8 Esc 8 03 C VALDEMORO M -001196-VT2008-P-00013019 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-FRUBIO*ALICARTE,CARLOS JOSE2008003082 200,00CL CRRG D VALDERRABANOS, 72 MADRID M -008744-ZK2008-P-00012484 Notificado en mano RGV 010-01-0BLANCO*ORTEGA,MIGUEL2008003085 150,00CL ELOY GONZALO, 8 04 A VALDEMORO -000763-CWT2008-P-00012997 Notificado en mano RGV 010-01-01AGARCIA*GARCIA,CESAR MIGUEL2008003097 150,00CL PORTUGAL (DE), 31 VALDEMORO -009318-DZX2008-P-00002124 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1ERUIZ*MUÑOZ,HILARIO2008003107 90,00CL OSA MAYOR, 1 B C VALDEMORO -006886-FPZ2008-P-00000237 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AFERNANDEZ*BLANCO,MIGUEL ANGEL2008003108 1500,00CM CAMINIO DE LAS CRUCES, 14 ARANJUEZ -002895-BXW2008-P-00002081 Notificado en mano SOA 003-A-1CDIAZ*LOPEZ,EVA ASUNCION2008003109 150,00CL GOBERNADOR, 73 ARANJUEZ -002895-BXW2008-P-00003851 Notificado en mano RGC 117-001-1A-FERNANDEZ*BLANCO,MIGUEL ANGEL2008003110 150,00CL LAS CRUCES ARANJUEZ -002895-BXW2008-P-00002082 Notificado en mano 3 ptosRGC 117-001-1ALOU,MINPING2008003118 150,00CL TENERIAS, 12 02 B VALDEMORO M -002949-ZB2008-P-00012996 Notificado en mano 3 ptosRGC 117-001-1AFERNANDEZ*ALHAMBRA,ANGEL RAMON2008003119 150,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 172 01 C VALDEMORO -004882-BYV2008-P-00002130 Notificado en mano RGV 012-00-1AMATURANA*ABOLAFIO,DAVID2008003120 150,00CL LILI ALVAREZ, 62 VALDEMORO -004051-DPZ2008-P-00000793 Notificado en mano RGV 010-01-01A

ROMERO*ECHEVERRI,MAURICIO2008003122 150,00CL SILVANA, 31 01 A MADRID -001878-CJC2008-P-00012487 Notificado en mano RGV 010-01-01AAGUADO*SANCHO,CRISTINO2008003124 600,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 107 01 C VALDEMORO -000866-BYN2008-P-00003471 Notificado en mano 6 ptosRGC 020-001-2A

OLIVEIRA DE*LOPES,ANTONIO JOSE2008003125 600,00CL SESEÑA, 1 02 VALDEMORO B -001739-MW2008-P-00002052 Notificado en mano 6 ptosRGC 020-001-2AGROSU,BOGDAN SEBASTIAN2008003126 600,00CL ESTRELLA DE ELOLA, 29 01 B VALDEMORO M -002103-PK2008-P-00012363 Notificado en mano 6 ptosRGC 020-001-2A

PEGUERO*BIDO,JULIO ALBERTO2008003128 600,00CL EXTREMADURA, 23 BAJ B VALDEMORO -001914-GBL2008-P-00012535 Notificado en mano 6 ptosRGC 020-001-2ALOPEZ*SANCHEZ,JOSE2008003132 600,00CL SAN VICENTE DE PAUL, 22 Portal 2 05 A VALDEMORO -005112-DHY2008-P-00003228 Notificado en mano 6 ptosRGC 020-001-2AALONSO*BRAVO,ROBERTO JAVIER2008003135 150,00CL GRECIA, 109 VALDEMORO M -001260-SX2008-P-00005001 Notificado en mano RGV 032-3-1AFERNANDEZ*BLANCO,MIGUEL ANGEL2008003140 150,00CM CAMINIO DE LAS CRUCES, 14 ARANJUEZ -002895-BXW2008-P-00003852 Notificado en mano RGV 010-01-01ANAVARRO*VARGAS,DOLORES2008003143 90,00CL BRDA LOS CARTEROS E27, 111 SEVILLA M -002193-SF2008-P-00003231 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 032-1- BERNAL*BARRIGA,SUSANA2008003149 90,00CL CUBA, 9 03 PARLA -003404-CTN2008-P-00004107 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- GARCIA*RODRIGUEZ,FRANCISCO JESUS2008003153 90,00AV ANDALUCIA DE, 28 04 D VALDEMORO A -009946-DC2008-P-00001934 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-17- ALAMO DEL*RIESCO,MARIA CRISTINA2008003155 90,00AV ANDALUCIA DE, 38 VALDEMORO -005804-DYS2008-P-00001936 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-17- BALLESTEROS*PEREZ,MARIA DEL ROSARIO2008003166 90,00CL CAPELLANES, 12 GETAFE -001616-DGP2008-P-00003426 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- CANO*LOPEZ,RAQUEL2008003167 90,00CL MAESTRO GARCIA MORCILLO, 12 02 C VALDEMORO M -001316-NM2008-P-00003177 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- SUMI*AKHYAR,MUSTAFA MEKKI2008003174 90,00CL ANTONIO VAN DE PERE, 37 BAJ A VALDEMORO -009486-DXX2008-P-00001636 Notificado en mano RGC 094-002-1DKOLOSSOVA,MARINA2008003179 90,00CL RAFAEL ALBERTI, 9 VILLAVICIOSA DE ODON -003285-CMG2008-P-00003512 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- SANCHEZ*PEREZ,JOSE MARIA2008003183 90,00CL JUPITER, 47 VALDEMORO -003993-BTT2008-P-00002858 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- SANCHEZ*PEREZ,JOSE MARIA2008003184 90,00CL JUPITER, 47 VALDEMORO -000577-DCP2008-P-00003247 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4-

RODRIGUEZ*BOBADA VAZQUEZ,RICARDO2008003189 600,00AV ANDALUCIA DE, 4 02 A VALDEMORO M -000290-YD2008-P-00003448 Notificado en mano 6 ptosRGC 020-001-2ATAPIA*CHAVIL,JOSE2008003190 150,00AV ANDALUCIA DE, 34 BAJ A VALDEMORO M -003431-MN2008-P-00002630 Notificado en mano RGV 010-01-01A

ALBERCA*PEREZ,JULIO2008003193 150,00CL GOYA, 13 BAJ D VALDEMORO M -004482-UM2008-P-00002894 Notificado en mano RGV 010-01-01AMUEDRA*COLL,JOAQUIN2008003195 90,00CL INFANTA ISABEL, 34 MADRID -000891-DVH2008-P-00003427 Notificado en mano OMC 025-5- ROMERO*NICOLAS,JESUS ALBERTO2008003198 90,00CL OSA MAYOR, 8 04 C VALDEMORO -009349-BBP2008-P-00003430 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- VELASCO*FERNANDEZ,PEDRO2008003201 90,00PJ DESCUBRIMIENTO DE AMERICA, 1 Esc 1 VALDEMORO M -000189-YM2008-P-00003513 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- RODRIGUEZ*FERNANDEZ,ELIO2008003202 90,00CL C PROGRESO, 196 02 IZD RUA (A) -004130-CHW2008-P-00003514 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- VICHKOVSKY,VITALIY2008003203 90,00CL FEDERICO MARIN (DE), 3 BAJ IZD VALDEMORO -003827-DPZ2008-P-00003515 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- RECUPERO*MARIA,ANGELES2008003207 90,00CL URB PARQUE OLIMPIA, 2 05 D CIEMPOZUELOS -005907-FFR2008-P-00001938 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AKASMI,MUSTAPHA2008003210 90,00PZ PIÑA (DE LA), 8 04 A VALDEMORO B -004040-VC2008-P-00003519 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- RODRIGUEZ*MALLO,HECTOR JOSE2008003211 90,00CL LAGO TIBIRIADES, 4 04 D PARLA -005127-CRN2008-P-00003474 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- GRANADOS*FABRIQUE,BENITO2008003214 150,00CL REAL, 10 02 E VALDEMORO -000150-BFZ2008-P-00003249 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 091-02-BTRILLO*CHAMORRO,MONICA2008003219 90,00GL UNIVERSO (DEL), 1 05 2 D VALDEMORO -007316-FYM2008-P-00002863 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- GARCIA*BLANCO,JOSE LUIS2008003224 90,00CL VICENTE ALEIXANDRE, 17 01 C VALDEMORO M -002186-XH2008-P-00003522 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- DELGADO*SERRANO,MANUEL2008003227 90,00CL BRETON DE LOS HERREROS, 2 VALDEMORO -001655-CCV2008-P-00003525 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- AVELLANO*CAMPILLO,GLORIA2008003228 90,00CL PARAGUAY (DEL), 17 VALDEMORO -004567-FFC2008-P-00003526 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-8- RODRIGUEZ*BAEZ,PEDRO PABLO2008003229 90,00CL CL AMOR HERMOSO, 50 01 B MADRID -004460-BHT2008-P-00003354 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- LORENTE*GONZALEZ,MARIA CARMEN2008003230 90,00CL ENRIQUE FUENTES, 23 MADRID M -006064-WV2008-P-00003527 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- VALOR*FERNANDEZ,ROCIO2008003239 90,00CL TIRSO DE MOLINA, 7 02 C GETAFE -000597-BKF2008-P-00003184 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- MONTECINOS*PINTO,WILSON2008003245 90,00CL DOCTOR BARRAQUER, 5 L 2 VALDEMORO -008558-CDG2008-P-00003855 Notificado en mano OMC 025-4- QUINTANAR*CEZON,JESUS ANTONIO2008003247 90,00CL DOCTOR BARRAQUER, 19 04 A VALDEMORO BA-002222-U2008-P-00003357 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-17- OCHIANU,LIVIU2008003250 90,00CL RIO MANZANARES, 31 03 D VALDEMORO M -008518-TL2008-P-00002956 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1D

CUELLAR*CESPEDES,OMAR2008003251 90,00CL BNENIFERRI, 75 06 IZD - MADRID -008044-DVW2008-P-00003361 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-17- GALLARDO*AGUADO,NOELIA2008003254 90,00CL AMPURDAN, 24 LEGANES -007689-BSF2008-P-00003362 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-17-

URQUIDI*UNZUETA,LUIS ALEJANDRO2008003256 90,00CL ESTRELLA DE ELOLA, 31 01 D VALDEMORO C -003577-BSF2008-P-00003364 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- HERNANDO*FELIPE,INES2008003259 150,00CL SAN JOSE, 12 03 D VALDEMORO M -003385-WF2008-P-96838576 Notificado en mano 3 ptosRGC 018-002-2A

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Nº EXPTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE IMPORTEDIRECCION FISCAL LOCALIDAD MATRICULAREFERENCIA MOTIVO NO NOTIF. EN EL ACTO

Ptos a retirar

LEG Art. Inf.

MOSESCU,GEORGIAN2008003260 150,00CL FLORES DE LAS, 5 04 A VALDEMORO M -002909-MF2008-P-96838060 Notificado en mano RGV 010-01-01AIZQUIERDO*MAESTRE,JESUS MANUEL2008003263 150,00CL TRIGO (DEL), 18 04 E VALDEMORO -003520-BKG2008-P-96838059 Notificado en mano 3 ptosRGC 117-001-1AIZQUIERDO*MAESTRE,JESUS MANUEL2008003264 150,00CL TRIGO (DEL), 18 04 E VALDEMORO -003520-BKG2008-P-96838047 Notificado en mano RGV 018-01-1BIZQUIERDO*MAESTRE,JESUS MANUEL2008003265 150,00CL TRIGO (DEL), 18 04 E VALDEMORO -003520-BKG2008-P-96838096 Notificado en mano 4 ptosRGC 056-002-1ACRISTON*MARINKOVICH,ALEJANDRO2008003269 150,00CL IRLANDA, 7 03 B ALCAZAR DE SAN JUAN -005587-FNZ2008-P-95802070 Notificado en mano 4 ptosRGC 003-001-1AAMBROSIO*CORDERO,EMILIO2008003281 90,00AV ESPAÑA (DE), 73 Portal 1 01 B VALDEMORO -005024-CHK2008-P-00012538 Notificado en mano OMC 025-5- EL*JADDANI,RACHID2008003282 90,00CL CL BENINAMET, 6 MADRID M -004122-VP2008-P-00013800 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1DVARGAS*MONTAÑA,JESUS2008003284 150,00CL RUIZ DE ALDA, 38 02 2 VALDEMORO -004549-FLK2008-P-00001878 Notificado en mano RGV 012-00-1AFONSECA*AYALA,JOSE LUIS2008003290 90,00CL POSEIDON, 87 VALDEMORO -004187-DTL2008-P-00001643 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- SUAREZ*ROALES,BARBARA2008003291 90,00PS ESTACION (DE LA), 3 03 B VALDEMORO -002329-BXX2008-P-00001644 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- SANEAMIENTOS DUVAL SL2008003292 90,00CL CARABIAS, 18 MADRID -008170-DFP2008-P-00001645 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- SANCHEZ*HAVTAN,SERGIO2008003293 90,00CL JUPITER, 67 VALDEMORO M -007098-TS2008-P-00001646 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- MOROCHO*CRUZ,GALO EDWIN2008003307 150,00CL REAL, 10 03 E VALDEMORO -007896-DTN2008-P-00012345 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGV 018-01-1BALEMAN*CERVANTES,JORGE ORLANDO2008003309 90,00CL CASTILLA LEON, 14 Portal 5 04 D VALDEMORO M -001671-PT2008-P-00003367 Notificado en mano OMC 025-12-

SHENGXU,YE2008003325 150,00AV DEL EJERCITO, 40 BAJ ARGANDA DEL REY -005968-DWM2008-P-00002963 Notificado en mano 3 ptosRGC 018-002-2ATORRES*MAROTO,DANIEL2008003329 90,00CL JERONIMO DEL MORAL, 98 CIEMPOZUELOS -008503-DCL2008-P-00000460 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-13-

ALDEA*RUIZ DE LA HERMOSA,NOEL JAVIER2008003330 150,00CL AFRODITA, 26 VALDEMORO -004635-DRV2008-P-00002751 Notificado en mano 3 ptosRGC 018-002-2AANDRADE*CUELLAR,JOHN FREDY2008003331 200,00UR JARDIN DEL MAR, 86 FASE X TORREVIEJA -009791-CVX2008-P-00001880 Notificado en mano RGV 010-01-0LINMARES*LUCAS,HUGO MIGUEL2008003333 90,00AV EUROPA DE, 122 03 B VALDEMORO 28-12-XO 04 062008-P-00012894 Notificado en mano RGC 154-00-2ARODRIGUEZ*RODRIGUEZ,FERNANDO2008003335 90,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 67 02 A VALDEMORO -006180-CRG2008-P-00002880 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- LOPEZ SERRANO*RODRIGUEZ,JESUS2008003337 90,00CL MARTE, 72 Esc 3 01 VALDEMORO -009535-BND2008-P-00002752 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- GAMBOA*MUDOZ,MARIA LUISA2008003353 90,00CL GENERAL MOLA, 18 TORREJON DE ARDOZ M -000543-YT2008-P-00001942 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- ROSA DE LA*MOTOS,JOSE2008003355 90,00CL RUIZ DE ALDA, 35 B B VALDEMORO M -000124-OC2008-P-00003188 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- SANCHEZ*GONZALEZ,JOSE MARIA2008003356 90,00CL FONSAGRADA, 3 MADRID -009160-CMN2008-P-00003189 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- COMHERRADIS SL2008003357 90,00CL LAS VACAS, 6 VALDEMORO -004538-BVF2008-P-00001946 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- LOMINCHAR*TORRES,DANIEL2008003365 90,00PZ FEDERICO GARCIA LORCA, 1 VALDEMORO VA-007609-U2008-P-00001260 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AGARCIA*LAZARRAGA,JOSE CARLOS2008003366 90,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 108 Esc 1 04 VALDEMORO -004648-FFW2008-P-00013695 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-8- LAKRAA*HAZMI,MOSTAPHA2008003383 90,00CL ARGOS, 13 MADRID -005509-BST2008-P-00001674 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AANDRADE*CUELLAR,JOHN FREDY2008003384 150,00UR JARDIN DEL MAR, 86 FASE X TORREVIEJA -009791-CVX2008-P-00003752 Notificado en mano RGC 009-1-2AANDRADE*CUELLAR,JOHN FREDY2008003385 60,00UR JARDIN DEL MAR, 86 FASE X TORREVIEJA -009791-CVX2008-P-00003753 Notificado en mano RGV 032-1-1APELAEZ*GARCIA,CESAR ENRIQUE2008003387 90,00CL CAMILO JOSE CELA, 1 ALCORCON -001459-BMG2008-P-00003622 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- PARDO*BARRIOS,RAQUEL2008003389 90,00CL AURORA BOREAL, 3 07 B VALDEMORO M -007698-ZG2008-P-00003624 Notificado en mano OMC 025-5- CHUGDEN*BEGAZO,JUAN CARLOS2008003391 60,00CL PARRA, 11 BAJ B TOMELLOSO -008918-CGN2008-P-00013272 Notificado en mano SOA 003-B-1BNAVARRO*CONDE,RAFAEL2008003408 150,00CL JUAN RAMON JIMENEZ, 4 ESQUIVIAS -000868-FCZ2008-P-00000794 Notificado en mano 3 ptosRGC 117-001-1AGUTIERREZ*EXPOSITO,FRANCISCO JAVIER2008003410 150,00CL ARGENTINA, 6 CIEMPOZUELOS -005490-FHV2008-P-00003190 Notificado en mano RGC 117-001-1A-FERNANDEZ*ALVAREZ,MARIA SAGRARIO2008003413 90,00AV ESPAÑA (DE), 20 02 C VALDEMORO M -003835-VT2008-P-00002088 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4-

CRESPO*VILLALOBOS,JULIO2008003414 90,00PS ESTACION (DE LA), 1 03 C VALDEMORO -005203-DZS2008-P-00002089 Notificado en mano RGC 154-00-2AFERNANDEZ*VAZQUEZ,JOSE2008003425 90,00CL CARMEN (DEL), 3 03 B VALDEMORO M -006878-WL2008-P-00003385 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2A

STEFAN,RODICA2008003429 90,00CL TRAV SAN JOSE, 6 ARGANDA DEL REY -002975-FDM2008-P-00007090 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- FERNANDEZ*PACHECO,MARIA TERESA2008003430 300,00CL POTES, 5 MADRID M -000230-XW2008-P-00004115 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-02G-1C

LENDINEZ*FERNANDEZ,DOLORES2008003434 90,00CL CASTILLA LEON, 14 Portal 2 01 B VALDEMORO -003256-CRF2008-P-00002092 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1DVLADYSLAV,BAKALO2008003438 60,00CL VILLAVERDE, 9 03 F PARLA -000147-BPK2008-P-00001665 Notificado en mano RGV 026-01-1AVLADYSLAV,BAKALO2008003439 60,00CL VILLAVERDE, 9 03 F PARLA -000147-BPK2008-P-00001666 Notificado en mano RGV 026-01-1AVLADYSLAV,BAKALO2008003441 150,00CL VILLAVERDE, 9 03 F PARLA -000147-BPK2008-P-00001668 Notificado en mano RGV 012-00-1AVLADYSLAV,BAKALO2008003442 150,00CL VILLAVERDE, 9 03 F PARLA -000147-BPK2008-P-00001669 Notificado en mano RGV 012-00-1ASUTO,IOAN2008003443 90,00CL SAN VICENTE DE PAUL, 19 02 F VALDEMORO -008416-BGR2008-P-00012891 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AQUISPE*XAURI,MANUEL JESUS2008003446 90,00CL RUIZ DE ALDA, 38 04 3 VALDEMORO C -000241-BST2008-P-00002889 Notificado en mano RGC 154-00-2AGARCIA*REDONDO,JUAN MANUEL2008003447 150,00CL SAN JOSE, 12 04 B VALDEMORO VA-005251-AC2008-P-00001751 Notificado en mano 3 ptosRGC 117-001-1ABLANCA*GALAN,DAVID2008003463 90,00AV DE LA UNION EUROPEA, 31 Esc A 02 ARROYOMOLINOS -005058-BPF2008-P-00004130 Notificado en mano OMC 025-5- GONZALEZ*FERNANDEZ,JOSE RAMON2008003468 60,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 105 02 B VALDEMORO -007041-BFD2008-P-00004125 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 171-00-1AZAPICO*NAVEIRA,ROSA PATRICIA2008003471 90,00CL DEP JUAN MATOS, 4 Esc 1 ALICANTE/ALACANT -009368-GCJ2008-P-00004121 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- PODOLA,VASYL2008003474 90,00CL FEDERICO MARIN (DE), 3 02 IZD VALDEMORO -009060-GDV2008-P-00013182 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- RODRIGUEZ*MONTORO,MANUEL2008003478 90,00CL GUIPUZCOA, 6 BAJ A DOS HERMANAS -007889-DWG2008-P-00001594 Notificado en mano OMC 025-2- SG DESIGN SKETCH SL2008003481 90,00CL BLANQUERS, 125 BANYOLES -007184-FBL2008-P-00002906 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5-

SENYUK,ARTUR2008003482 150,00CL HOSPITAL SAN JOSE, 41 03 C GETAFE -003502-CVJ2008-P-00012488 Notificado en mano RGV 011-019-1ASOARE,GELU2008003496 90,00CL HORNOS CALEROS, 11 03 IZD AVILA M -003865-YD2008-P-00004118 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12-

ROMASANTA*ROMERO,ANTONIO2008003499 90,00CL ARACENA PORTAL, 1 01 C SEVILLA -000975-CVD2008-P-00003479 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- DOMINGUEZ*SANCHEZ,MANUEL JULIO2008003502 90,00CL ANA FRANK, 90 Portal 4 01 D VALDEMORO -007003-FCD2008-P-00000797 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- GICA*TOMA,NATALIA2008003505 90,00PS ESTACION (DE LA), 3 Es 2 VALDEMORO -008755-GCR2008-P-00013696 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- CARAVACA*LARA,JOSE ANGEL2008003507 90,00CL MAESTRO GARCIA MORCILLO, 8 BAJ A VALDEMORO CR-006318-V2008-P-00003560 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-13- VARGAS*MONTAÑA,JESUS2008003508 150,00CL RUIZ DE ALDA, 38 02 2 VALDEMORO -004549-FLK2008-P-00013175 Notificado en mano RGV 012-00-1AGALAN*JIMENEZ,PILAR2008003510 90,00CL PRINCIPADO DE ASTURIAS, 14 Portal 1 0 VALDEMORO -006121-FSC2008-P-00000243 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- CANO*LOPEZ,GABRIEL2008003511 150,00GL SAN CRISTOBAL, 49 AN MARTIN DE LA VEG M -003855-VG2008-P-00004955 Notificado en mano RGV 010-01-01ANASSIHI,LUISA2008003512 150,00CL LIBERTAD, 89 Portal 6 01 D VALDEMORO -002465-DBV2008-P-00002914 Notificado en mano RGV 010-01-01AGOMEZ*SIERRA,GABRIEL AGUSTIN2008003516 90,00CL RUIZ DE ALDA, 35 BAJ A VALDEMORO -007929-CFF2008-P-00001702 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AIVANOV*YORDANOV,YORDAN2008003538 90,00PJ COLON, 1 Portal 3 04 C VALDEMORO -000060-CWR2008-P-00002003 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- MANSO*MOYO,SALVADOR2008003540 90,00CL PAN Y TOROS, 21 07 B MADRID M -004472-ZX2008-P-00002006 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-17- GRANADOS*NICOLAS,MARGARITA2008003542 90,00CL VIRGEN DE LA LUZ, 7 63 C COSLADA -001711-GGX2008-P-00002974 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1DCOMHERRADIS SL2008003546 150,00CL LAS VACAS, 6 VALDEMORO -004538-BVF2008-P-00003389 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1EOSEREDCHUK,DZHON2008003548 150,00CL PARAGUAY (DEL), 15 VALDEMORO -008381-BBX2008-P-00013287 Notificado en mano RGC 117-001-1A-FERNANDEZ*CAMACHO,BORJA2008003551 60,00CL PIO BAROJA, 3 Esc 2 02 A VALDEMORO C -008918-BLJ2008-P-00012899 Notificado en mano RGC 012-01-002MUÑOZ*VILCHES,VICTORIA EUGENIA2008003559 60,00AV JUAN CARLOS I, 83 Esc D 01 A LEGANES -003032-FKL2008-P-00003396 Notificado en mano RGC 057-01C-2AKASSOUM,MOHAMAD KAMAL2008003561 1500,00CL LEONARDO DA VINCI, 4 SESEÑA M -007434-VV2008-P-00002410 Notificado en mano SOA 003-A-1CMORENO*RETAMAR,FRANCISCO2008003565 90,00CL LILI ALVAREZ, 29 05 A VALDEMORO -007492-CXM2008-P-00003393 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- GARCIA*RAMA,NOELIA2008003566 90,00CL ALARCON, 15 02 A VALDEMORO -004309-DLV2008-P-00003394 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- ANTONESCU,GEORGEL2008003568 90,00CL RIO MANZANARES, 35 03 A VALDEMORO -008471-FBZ2008-P-00001597 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5-

GARCIA *LILLO,JOSEFA2008003570 150,00AV ESPAÑA (DE), 101 Portal 3 02 C VALDEMORO -000277-CJR2008-P-00003762 Otras circunstancias 3 ptosRGC 018-002-2AVALENTIN,SURDU2008003571 90,00CL LIBERTAD, 38 VALDEMORO M -009476-ST2008-P-00002975 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12-

COMENDADOR*TORRES,JESUS2008003578 90,00CL MATADERO, 2 04 C VALDEMORO -002992-BBK2008-P-00003193 Notificado en mano RGC 154-00-2AALBERCA*PEREZ,JULIO2008003579 60,00CL GOYA, 13 BAJ D VALDEMORO M -004482-UM2008-P-00002895 Notificado en mano SOA 003-B-1B

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 225

Nº EXPTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE IMPORTEDIRECCION FISCAL LOCALIDAD MATRICULAREFERENCIA MOTIVO NO NOTIF. EN EL ACTO

Ptos a retirar

LEG Art. Inf.

GOMEZ*RODADO,LUIS MANUEL2008003580 1500,00PZ MARTIN PESCADOR, 5 AN MARTIN DE LA VEG M -007664-IN2008-P-00013021 Notificado en mano SOA 003-A-1CRUIZ*GARCIA,LUIS MANUEL2008003581 1500,00CL LIBERTAD, 89 Portal 13 04 E VALDEMORO -000952-FDT2008-P-00007094 Notificado en mano SOA 003-A-1CRODRIGUEZ*SANCHEZ,CONSTANZA2008003589 90,00CL SAN ISIDRO, 2 01 D VALDEMORO M -003275-OU2008-P-00012213 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- PERELLO*JIMENEZ,BERNARDINO JOAQUIN2008003592 90,00CL JOSE MARIA PEMAN, 3 VALDEMORO MU-007942-CK2008-P-00012540 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- DIEZ*SANCHEZ,JOSE2008003595 96,00CL LIBERTAD, 51 02 3 VALDEMORO -004851-CKR2008-P-00000800 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1FMARTIN*VELASCO,NURIA2008003596 90,00CL RONDA DE LAS COMUNIDADES, 95 01 D VALDEMORO -003952-CHH2008-P-00012211 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- POVEDANO*GUTIERREZ,NOELIA2008003608 90,00CL ALEMANIA, 63 VALDEMORO -006214-FCB2008-P-00012544 Notificado en mano OMC 025-5- BENITO DE*NIETO,JESUS2008003610 150,00GL UNIVERSO (DEL), 1 Portal 4 03 C VALDEMORO -001815-FJY2008-P-00001685 Notificado en mano 3 ptosRGC 018-002-2AMORALES*GIGORRO,FCO JAVIER2008003613 90,00CL GUARDIA CIVIL (DE LA), 5 01 B VALDEMORO -001231-BNB2008-P-00003480 Notificado en mano OMC 025-4- MARTIN*MARTIN,CAROLINA2008003615 90,00CL ALARCON, 19 VALDEMORO -007116-CJG2008-P-00002899 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-17- PRADO DEL*SANZ,ARTURO2008003618 90,00CL DUQUE DE LERMA, 9 01 A VALDEMORO -004860-CNK2008-P-00003399 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- CASAMAR*DIAZ FLORES,SARA MARIA2008003622 90,00PZ PIÑA (DE LA), 2 VALDEMORO -009762-FWW2008-P-00002251 Notificado en mano OMC 025-5- GUTIERREZ*ALONSO,ALVARO2008003624 150,00CL FRESNOS, 3 ALPEDRETE M -001311-UT2008-P-00003327 Notificado en mano RGV 010-01-01AGOMEZ*GONZALEZ,JUAN JOSE2008003625 150,00CL VIRGEN DE ICIAR, 45 02 ALCORCON M -009098-PN2008-P-00003957 Notificado en mano RGV 010-01-01A

RECUPERO*FLORES,ESTEBAN MIGUEL2008003626 150,00CL GERONIMO DEL MORAL, 12 01 D CIEMPOZUELOS -005961-CRB2008-P-00002669 Notificado en mano RGV 010-01-01ACAÑAS*MARTINEZ,CARLOS JAVIER2008003636 300,00CL LIBERTAD, 26 BAJ A VALDEMORO M -008371-ZU2008-P-00002258 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 091-002-B+

LADERA*SORIANO,IGNACIO2008003644 90,00CL VEREDA DEL PRADO, 3 CIEMPOZUELOS -003199-BMB2008-P-00002913 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- ANDRADE*MOSQUERA,BOLIVAR ALEXANDR2008003646 90,00AV ANDALUCIA DE, 10 Portal 2 05 D VALDEMORO -008813-CFY2008-P-00007097 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-13- ABAJO DE*VALDERREY,JERONIMO2008003650 90,00CL AVDA PORTUGAL, 145 02 D RABADE LU-004989-T2008-P-00002632 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- TORRES*MONTADES,CARMEN2008003652 90,00CL VIRGEN DEL ROCIO, 30 PARLA TO-007291-AD2008-P-00003573 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-13- FRAILE*PALOMERO,JOSE2008003653 60,00CL MIGUEL HERNANDEZ, 1 01 C VALDEMORO -004026-CMW2008-P-00002158 Notificado en mano SOA 003-B-1BGRZESKOWIAK*BARTLOMIEJ,MARCIN2008003661 90,00CL AVDA REAL DE PINTO, 10 01 B MADRID M -002709-PX2008-P-00004952 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-13- CILLAN*GUERRA,CRISTINA2008003667 90,00CL NEPTUNO, 45 Esc B 02 C VALDEMORO -009401-FMZ2008-P-00012278 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- MARTIN*CORRALES,MARIA ISABEL2008003673 90,00CL ISABEL ALLENDE, 9 GETAFE -007985-DNP2008-P-00000688 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AFAJARDO*RINCON,ALEJANDRO AUGUSTO2008003679 90,00CL SAN VICENTE DE PAUL, 19 02 A VALDEMORO -009832-CGG2008-P-00002980 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- GONZALEZ*FERNANDEZ,JOSE RAMON2008003681 90,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 105 02 B VALDEMORO -007041-BFD2008-P-00002983 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-8- MATA*LOPEZ TOFIÑO,ANTONIO2008003685 90,00CL ANA FRANK, 65 02 B VALDEMORO -004474-CKB2008-P-00002984 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-8- CHECO*MORILLO,JOSE ANTONIO2008003692 150,00CL VIRGILIO, 15 01 G VALDEMORO M -005005-OP2008-P-00002144 Notificado en mano RGV 010-01-01AARGAÑAZ,FLAVIO ROBERTO2008003701 150,00CL FARO, 8 LEGANES -002221-DVT2008-P-00002305 Notificado en mano RGC 091-02-BMARTIN*MARTIN,FELIX2008003702 90,00CL LILI ALVAREZ, 48 01 VALDEMORO -006056-BVF2008-P-00003196 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-8- CHETAN,STELIAN2008003703 90,00CL SAN MARTIN DE LA VEGA, 21 03 A VALDEMORO -003379-CBV2008-P-00003197 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- INYECTADAS ROS ROSHER SA2008003704 90,00PS ESTACION (DE LA) VALDEMORO M -006752-ZK2008-P-00002306 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-8- GOMEZ*GUIJARRO,ALEJANDRO2008003710 90,00CL IBIZA, 4 04 A VALDEMORO M -008201-YN2008-P-00003903 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- GUERRA*BARRERA,FELIPE2008003720 90,00CL PUERTO DE CANENCIA, 8 MAJADAHONDA -006726-DBY2008-P-00012549 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-8- LIN,XIAOFENG2008003737 90,00CL BRAVO MURILLO, 68 MADRID M -006276-UT2008-P-00013027 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- CAVERO*SANCHEZ,SEBASTIAN2008003747 90,00CL DRAGONERA, 1 Portal 7 BAJ A VALDEMORO -003349-CSR2008-P-00001303 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10-

LORENZO*LORENZO,JOSE JAVIER2008003752 90,00CL SOLDADO ESPAÐOL SN, 2 01 B ALMERIA -001955-GGL2008-P-00003867 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- AVELLANO*CAMPILLO,GLORIA2008003753 90,00CL PARAGUAY (DEL), 17 VALDEMORO -004567-FFC2008-P-00003866 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 094-002-1D

CABEZAS*MONTERO,RAQUEL2008003754 90,00CL OLIMPICO FC FDEZ OCHOA, 5 ALCORCON -008352-CYJ2008-P-00003864 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2ASTEFANOVA*PLATCHKOVA,SILVIA2008003757 90,00CL ZULEMA, 16 03 B ALCALA DE HENARES -003788-DSK2008-P-00003860 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12-

ONEGA*PACIN,XOAN MANUEL2008003761 90,00AV ANDALUCIA DE, 8 05 C VALDEMORO -008537-CLY2008-P-00003856 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- PIN*YEPEZ,WILLIAM JHONNI2008003763 60,00CL LEONOR GONGORA, 17 03 DRC MADRID M -003693-NM2008-P-00002317 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 171-00-1ACOVACI,FLORIN2008003764 60,00CL ALEGRIA DE ORIA, 11 MADRID M -002374-NL2008-P-00002316 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 171-00-1APOP,LIVIA ELVIRA2008003768 90,00CL CRISTO DE LA SALUD (DEL), 29 03 E VALDEMORO M -008028-SY2008-P-00002657 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- ANDREU*ROCAMORA,JESUS2008003769 90,00AV ESPAÑA (DE), 101 Portal 5 01 D VALDEMORO -007719-GDS2008-P-00002453 Notificado en mano OMC 025-5- PELAEZ*CANO,MARI CARMEN2008003785 90,00CL EXTREMADURA, 31 GETAFE -008513-BMR2008-P-00001600 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-5- RAMBER GESTION DE LIMPIEZAS SOCIEDAD 2008003791 90,00CL SAHARA, 56 MADRID -006162-CLX2008-P-00002987 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AOLIYNYK,BOHDAN2008003797 90,00CL SANTA MARIA REINA, 3 04 C MADRID -002784-DDM2008-P-00002318 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- MENCIA*VILLAREAL,OSCAR2008003802 90,00CL PELAYO, 55 MADRID -003833-DXF2008-P-00003765 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- PEINADO*SORIANO,MARIA TERESA2008003806 90,00CL LIBERTAD, 45 04 4 VALDEMORO -006538-FFH2008-P-00003769 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- SAGERAS*ALEJANDRO,ANTONIO2008003807 90,00PJ COLON, 1 Esc 4 01 D VALDEMORO M -002343-ZT2008-P-00003905 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- PRADA*OCHOA,JOSUE2008003809 90,00CL CRISTO DE LA SALUD (DEL), 6 01 B VALDEMORO -002518-CRH2008-P-00003770 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- BAUTISTA*MARTIN,MIGUEL ANGEL2008003812 90,00CL ANA FRANK, 59 04 D VALDEMORO M -009860-PW2008-P-00003908 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- LARA*LORENZO,JUAN2008003813 90,00CL ANA FRANK, 63 VALDEMORO -002879-BPC2008-P-00002664 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12-

BRAVO*LERENA,MANUELA2008003818 90,00CL CRISTO DE LA SALUD (DEL), 6 04 G VALDEMORO -009325-DZX2008-P-00003913 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- GOMEZ*CAMBRONERO,LORO MANUEL2008003821 90,00CL PAISES BAJOS, 8 PINTO -002402-CCG2008-P-00002667 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2A

AGUILAR*JIMENEZ,DIANA2008003823 90,00AV ANDALUCIA DE, 12 Bl B 02 A VALDEMORO -000019-BXY2008-P-00002670 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2AROSSY BOUTIQUE SL2008003828 150,00CL HERMOSILLA, 58 MADRID -005189-DMJ2008-P-00003773 Servicio preferente regulación tráfico 3 ptosRGC 117-001-1AROSSY BOUTIQUE SL2008003829 150,00CL HERMOSILLA, 58 MADRID -005189-DMJ2008-P-00003774 Servicio preferente regulación tráfico 3 ptosRGC 117-002-ASANCHEZ*AVILA,CARLOS2008003830 150,00CL ERAS, 7 MADRID M -008194-VW2008-P-00012492 Notificado en mano RGV 010-01-01AUTIASHVILI,JEMALI2008003832 150,00CL DIAMANTE, 47 BAJ IZD MADRID M -002576-SU2008-P-00003728 Notificado en mano RGV 010-01-01AMARIANO*FERNANDEZ,MARIA CARMEN2008003836 60,00CL PORTUGAL (DE), 5 VALDEMORO -003287-FDC2008-P-96839556 Otras circunstancias RGC 043-001-2ASORIN,NETTE2008003846 10,00CL LIBERTAD, 26 04 D VALDEMORO M -008263-NY2008-P-96839167 Notificado en mano LSV 059-03-1AFERNANDEZ*FERNANDEZ,JUAN MANUEL2008003847 150,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 57 03 C VALDEMORO M -002166-ZB2008-P-96839313 Notificado en mano RGV 012-00-1AESCRIBANO*GONZALEZ,BONIFACIO2008003860 600,00AV ANDALUCIA DE, 28 05 B VALDEMORO -000713-DNC2008-P-00002675 Notificado en mano 4 ptosRGC 020-001-2CLABRADOR*TORREJON,PABLO2008003863 520,00AV MAR MEDITERRANEO (DEL), 195 VALDEMORO -002514-CNX2008-P-00003652 Notificado en mano 4 ptosRGC 020-001-2CLORO*JIMENEZ,SERGIO JUAN2008003864 90,00AV LOS ANGELES, 67 03 C GETAFE -006886-CZX2008-P-00003806 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- PASTRANA*LOPEZ,ALBERTO2008003871 90,00AV DE CUBA, 1 F 4 D PALENCIA -002149-FVG2008-P-00002468 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- ESCRIBANO*FERNANDEZ,TOMAS2008003872 90,00CL LUIS PLANELLES, 25 01 A VALDEMORO -004553-BYG2008-P-00002469 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- SANCHEZ*TORRES,ANTONIO DAVID2008003874 90,00CL LIBERTAD, 69 Portal 5 04 A VALDEMORO CO-002553-AH2008-P-00002471 Notificado en mano OMC 025-2- MORENO*QUINTANA,FEDERICO2008003875 90,00CL PRINCIPADO DE ASTURIAS, 6 03 A VALDEMORO -007880-CBS2008-P-00001306 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- JIMENEZ*JAEN,MARIA ESTELA2008003883 90,00CL COLEGIO, 1 01 3 VALDEMORO M -000351-WD2008-P-00012283 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- CABANILLAS*MATEOS,MANUEL ROMAN2008003886 90,00CL SEO DE URGEL, 3 FUENLABRADA -002122-GGV2008-P-00012221 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- AGUAYO*VIRGIL,JESUS2008003887 90,00PZ PIÑA (DE LA), 7 03 H VALDEMORO -009867-CJP2008-P-00000693 Vehiculo estacionado.Conductor ausente RGC 154-00-2ARUBIO*SOCILES,JAVIER2008003888 90,00CL FRANCISCO DEL PINO, 47 01 VILLAVERD MADRID -002609-FTD2008-P-00001754 Notificado en mano OMC 025-10- NOLIVOS*CARDENAS,JUAN CARLOS2008003890 90,00CL CANTABRIA, 1 02 A VALDEMORO -001684-DFV2008-P-00001756 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10-

GOURARI,YAHYA2008003892 90,00PZ ESPAÑA, 8 1 AÑOVER DE TAJO TO-007460-N2008-P-00003481 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12-

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009Pág. 226 B.O.C.M. Núm. 48

Nº EXPTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE IMPORTEDIRECCION FISCAL LOCALIDAD MATRICULAREFERENCIA MOTIVO NO NOTIF. EN EL ACTO

Ptos a retirar

LEG Art. Inf.

LEON*CHECA,SARA2008003903 90,00CL RUIZ DE ALDA, 38 03 4 VALDEMORO M -008794-JD2008-P-00001889 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-10- VACAS*RODRIGUEZ,OSCAR2008003904 96,00AV ANDALUCIA DE, 22 05 C VALDEMORO -001186-DSX2008-P-00003723 Notificado en mano RGC 091-2M-021FERNANDEZ*ARIAS,RAUL2008003905 90,00CL LIBERTAD, 39 03 6 VALDEMORO -006821-FVX2008-P-00007602 Notificado en mano OMC 025-4- VARGAS*FERNANDEZ,MANUEL2008003907 1010,00PJ DESCUBRIMIENTO DE AMERICA, 1 PortalVALDEMORO -006569-FZD2008-P-00003922 Notificado en mano SOA 003-A-1ASANCHEZ*BENITO,DAVID2008003909 90,00AV ANDALUCIA DE, 10 Portal 1 04 B VALDEMORO -007419-BWT2008-P-00007101 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-4- LOPEZ*BARRETO,IVAN NORBERTO2008003912 90,00CL MARQUESA DE VILLA ANTONIA, 3 VALDEMORO M -007212-UV2008-P-00003449 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-12- EL JAOUZI,MOHCINE2008003914 90,00CL GUARDIA CIVIL (DE LA), 21 Portal 3 05 D VALDEMORO -001869-DGR2008-P-00003545 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-13-

En Valdemoro, a 5 de enero de 2009.—El concejal de Seguridad Ciudadana, Manuel Salguero Cornejo.(02/1.271/09)

VILLA DEL PRADO

CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Villa del Prado.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: obras de rehabilitación del matadero

municipal y cambio de uso para biblioteca municipal y Cen-tro de Nuevas Tecnologías en el municipio de Villa del Pra-do (Madrid), obra financiada con cargo al fondo especial delEstado, para entidades locales.

b) Duración: ocho meses.3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: urgente.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación:— Importe total: 454.975 + 72.796 (IVA) = 527.771 euros a la

baja.5. Garantías:— Provisional: no se precisa.— Definitiva: 5 por 100 del precio de adjudicación.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Villa del Prado.b) Domicilio: plaza Mayor, número 1.c) Localidad y código postal: 28630 Villa del Prado.d) Teléfono: 918 620 002.7. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: a los trece días naturales, conta-

dos a partir del día siguiente al de la publicación de este anun-cio, hasta las catorce horas.

b) Documentación a presentar: la que se reseña en el pliego decondiciones particulares.

c) Lugar de presentación: Departamento de Tesorería.9. Apertura de las ofertas:a) Fecha: décimo día hábil, a contar desde la finalización del

plazo de presentación de propuestas, a las trece horas. A efec-tos de la finalización del plazo citado, el sábado será señala-do día inhábil, considerándose último día para la apertura eldía siguiente hábil posterior.

En Villa del Prado, a 24 de febrero de 2009.—La alcaldesa, Be-lén Rodríguez Palomino.

(01/693/09)

VILLA DEL PRADOCONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Villa del Prado.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: obras de construcción de un edificio

para la comisaría de Policía Local y el juzgado de paz en elmunicipio de Villa del Prado (Madrid), obra financiada concargo al fondo especial del Estado, para entidades locales.

b) Duración: ocho meses.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: urgente.b) Procedimiento: abierto.

4. Presupuesto base de licitación:

— Importe total: 431.034,50 + 68.965,50 (IVA) = 500.000 eurosa la baja.

5. Garantías:

— Provisional: no se precisa.— Definitiva: 5 por 100 del precio de adjudicación.

6. Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Ayuntamiento de Villa del Prado.b) Domicilio: plaza Mayor, número 1.c) Localidad y código postal: 28630 Villa del Prado.d) Teléfono: 918 620 002.

7. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: a los trece días naturales, conta-dos a partir del día siguiente al de la publicación de este anun-cio, hasta las catorce horas.

b) Documentación a presentar: la que se reseña en el pliego decondiciones particulares.

c) Lugar de presentación: Departamento de Tesorería.

9. Apertura de las ofertas:

a) Fecha: décimo día hábil, a contar desde la finalización delplazo de presentación de propuestas, a las trece horas. A efec-tos de la finalización del plazo citado, el sábado será señala-do día inhábil, considerándose último día para la apertura eldía siguiente hábil posterior.

En Villa del Prado, a 24 de febrero de 2009.—La alcaldesa, Be-lén Rodríguez Palomino.

(01/695/09)

VILLANUEVA DE LA CAÑADACONTRATACIÓN

Se ha detectado un error en el anuncio de licitación del contratopor lotes publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID número 39, de fecha 16 de febrero de 2009, en concreto enel lote 1, en cuanto a la clasificación requerida. En dicho anuncio fi-gura como clasificación la siguiente: “Lote 1. grupo C, subgrupos 2y 6, categoría C. Grupo J, subgrupos 1 y 5, categoría C”, siendo lacorrecta:

“Lote 1: grupo C, subgrupo 2, categoría C. Grupo J, subgrupo 5,categoría C”.

El plazo de presentación de ofertas, únicamente, para este loteserá de trece días naturales a contar desde la publicación del presen-te anuncio.

La apertura de plicas de todos los lotes que componen el expe-diente tendrá lugar el séptimo día hábil siguiente a la finalización delplazo de presentación de ofertas del lote número 1.

Villanueva de la Cañada, a 24 de febrero de 2009.—El alcalde,Luis Partida.

(01/706/09)

SAMPERE*BELTRAN,DAVID2008003899 90,00CL GUARDIA CIVIL (DE LA), 19 04 B VALDEMORO -000186-GGD2008-P-00003870 Vehiculo estacionado.Conductor ausente OMC 025-17-

GONZALEZ*GARCIA,DIANA2008003900 90,00CL ESTRIBO, 4 03 C VALDEMORO -006071-GCG2008-P-00003325 Notificado en mano OMC 025-10-

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JUEVES 26 DE FEBRERO DE 2009B.O.C.M. Núm. 48 Pág. 227

VILLAVICIOSA DE ODÓN

CONTRATACIÓN

Resolución del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón (Madrid),por la que se anuncia procedimiento abierto, según acuerdo de laJunta de Gobierno Local, de fecha 23 de febrero de 2009.

(Otras obras con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local se en-cuentran en la página web www.aytovillaviciosadeodon.es)

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrata-

ción.c) Número de expediente: 27/09.

2. Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: contratación de las obras de ejecu-ción de un centro cultural polivalente.

b) Plazo de ejecución: ocho meses desde la firma de comproba-ción del acta de replanteo, debiendo concluir antes del 1 deenero de 2010, según establece el Real Decreto Ley 9/2008.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: urgente.b) Procedimiento: abierto.

4. Presupuesto base de licitación: 2.335.763,08 euros a la baja,IVA incluido.

5. Garantía provisional: 60.407,67 euros.6. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación

del contrato, IVA excluido.7. Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Ayuntamiento. Servicio de Contratación.b) Domicilio: calle Puente, número 2.c) Localidad y código postal: 28670 Villaviciosa de Odón.d) Teléfono: 916 169 614.e) Fax: 916 164 234.f) Página web: www.aytovillaviciosadeodon.esg) Fecha límite de obtención de documentos e información: tre-

ce días naturales a partir del siguiente a la publicación de esteanuncio.

8. Requisitos específicos del contratista:

Solvencia económica-financiera y solvencia técnica y profesio-nal: lo señalado en la cláusula 14 del pliego de cláusulas administra-tivas particulares. Clasificación:

— Grupo C, subgrupo 2, categoría d).— Grupo I, subgrupo 6, categoría b).— Grupo J, subgrupo 1, categoría b).— Grupo K, subgrupo 9, categoría a).

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: trece días naturales a partir delsiguiente a la publicación del presente anuncio; si coincidie-ra el plazo señalado en sábado o festivo, se trasladará al pri-mer día hábil siguiente, en horario de ocho y treinta a trece ytreinta.

b) Documentación a presentar: Lo señalado en la cláusula 14 delPliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Ayuntamiento. Servicio de Contratación.2.o Domicilio: calle Puente, número 2.3.o Localidad y código postal: 28670 Villaviciosa de Odón.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: tres meses.

9. Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Ayuntamiento.b) Domicilio: plaza de la Constitución, número 1.c) Localidad: Villaviciosa de Odón.

d) Fecha: el cuarto día hábil, contado a partir del siguiente al dela finalización del plazo de presentación.

e) Hora: A las diez.

10. Gastos de anuncios: máximo 2.500 euros.Villaviciosa de Odón, a 23 de febrero de 2009.—El alcalde-pre-

sidente, José Jover Sanz.(01/701/09)

Ayuntamiento de El Tiemblo

OTROS ANUNCIOS

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, yhabiendo sido intentada notificación individual sin que haya sidoposible practicarla, se hace público lo siguiente:

El Ayuntamiento de El Tiemblo ha incoado expedientes sobreabandono de vehículo, fundamentándose en el tiempo de permanen-cia estacionado en la vía pública y en el estado de conservación delos mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 del RealDecreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se apruebael texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos aMotor y Seguridad Vial, y habiendo intentado su notificación a losque figuran como titulares/propietarios en la base de datos de la Je-fatura Provincial de Tráfico y que se relacionan a continuación, seprocede a notificar mediante edicto la siguiente relación.

Para que no se continúe con la tramitación de los expedientes de-berán aportar, en el plazo de quince días desde su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, fotocopia de lossiguientes documentos: permiso de circulación, tarjeta de inspec-ción técnica con ITV pasada, seguro obligatorio al corriente de pagoy último recibo pagado del impuesto de vehículos de tracción mecá-nica.

En caso de no aportar la documentación requerida en el plazo se-ñalado, se continuará la tramitación de los expedientes sobre aban-dono de vehículo, informando que el abandono de vehículos se con-sidera como abandono de residuos no peligrosos en la vía públicaque podrá ser sancionado con multa de 600 a 30.000 euros, de con-formidad con el artículo 35.1.b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril,de Residuos.

Se hace público para conocimiento de los interesados, advirtién-doles que los expedientes obran en las dependencias municipales,Ayuntamiento, plaza de España, número 1.

EDICTO NÚMERO 01/2009SOBRE VEHÍCULOS ABANDONADOS

Número de orden. — Matrícula. — Marca y modelo. — Color. —Titular. — Número de expediente

01. — 3179CDL. — Volkswagen Golf. — Blanco. — GabrielRobledo Tanarro, calle Padre Xifré, número 5, 28002 Madrid. —001/2008.

02. — M-5061-OX. — Citroën ZX. — Verde. — Mohamed ElAchachi, calle Cisneros, número 6, 28924 Alcorcón (Madrid). —002/2008.

03. — M-4800-HY. — Peugeot 309. — Rojo. — Mohamed ElBachir, calle Valencia, número 8, 28903 Getafe (Madrid). —005/2008.

04. — M-6811-KZ. — Renault 21. — Marrón. — Alfonso Pere-sagua Antón, avenida de Ferrol, número 24, 28029 Madrid. —011/2008.

05. — M-3400-EN. — Renault 18. — Verde. — Gabino FreireRodríguez, calle San Cristóbal, número 139, 28330 San Martín de laVega (Madrid). — 012/2008.

06. — M-6342-MK. — Nissan Vanette. — Marrón. — VíctorHugo López Navas, calle San Bruno, número 1, 28005 Madrid. —014/2008.

En El Tiemblo, a 20 de enero de 2009.—El alcalde, Rubén Rodrí-guez Lucas.

(02/1.016/08)