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UNIVERSIDAD NACIONAL INPEC DE COLOMBIA “Diseño, valoración e implementación de instrumentos científicos para el proceso de valoración, clasificación y seguimiento en el tratamiento penitenciario de la población condenada en los establecimientos de reclusión del orden nacional consistente en sus dos primeras etapas: “Caracterización de escenarios y gestiones de los consejos de evaluación y tratamiento (CET)” y “Definición de marcos conceptuales por área disciplinar” ESTADO DE ARTE: SEGURIDAD Bogotá, Diciembre 2008

Seguridad

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UNIVERSIDAD NACIONAL INPEC DE COLOMBIA

“Diseño, valoración e implementación de instrumentos científicos para el proceso de valoración, clasificación y seguimiento en el tratamiento

penitenciario de la población condenada en los establecimientos de reclusión del orden nacional consistente en sus dos primeras etapas: “Caracterización de escenarios y gestiones de los consejos de evaluación y tratamiento (CET)” y

“Definición de marcos conceptuales por área disciplinar”

ESTADO DE ARTE:

SEGURIDAD

Bogotá, Diciembre 2008

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 2

TABLA DE CONTENIDO

Página

INTRODUCCIÓN 4

SEGURIDAD 5

CLASIFICACIONES DE SEGURIDAD 8

CLASIFICACIONES DE SEGURIDAD SEGÚN SU NATURALEZA 8

CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD SEGÚN SUS INSTRUMENTOS 10

CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD SEGÚN SU ENFOQUE 12

CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD POR SU LUGAR DE

COBERTURA 13

CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD SEGÚN SU FUNCIÓN 13

CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD POR SU FORMA 14

CLASIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD SEGÚN SU CAMPO DE

APLICACIÓN 15

SEGURIDAD PENITENCIARIA 19

SEGURIDAD FÍSICA APLICADA A LOS ESTABLECIMIENTOS DE

RECLUSIÓN 20

ESTRUCTURA FÍSICA PENITENCIARIA, SEGURIDAD Y

TRATAMIENTO 23

CRITERIOS GENERALES DE SEGURIDAD EN LOS

ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN. 36

UBICACIÓN. 37

APARIENCIA DEL ESTABLECIMIENTO 37

TAMAÑO 37

TECNOLOGÍA 38

ALOJAMIENTOS 39

SALÓN DE PERMANENCIA DE LOS INTERNOS 40

DUCHAS Y BAÑOS 41

SECTOR DE ADMISIONES Y REMISIÓN 41

ADMINISTRACIÓN 41

OTROS CRITERIOS 42

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 3

CONVIVENCIA Y SEGURIDAD: CÁRCEL DISTRITAL 42

LA NUEVA INFRAESTRUCTURA DE LA CÁRCEL DISTRITAL 44

ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA CÁRCEL DISTRITAL 47

MODELO PEDAGÓGICO Y ACTIVIDADES PARA LOS RECLUSOS 49

TRATAMIENTO PENITENCIARIO Y SEGURIDAD 50

MODELO DE TRATAMIENTO EN COLOMBIA Y SU RELACIÓN

CON EL CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA (CCV) 50

INFORME DEL PERSONAL DEL CUERPO DE CUSTODIA Y

VIGILANCIA EN EL MARCO DEL TRATAMIENTO PENITENCIARIO 53

SITUACIÓN DE UNA PERSONA. 55

SÍNTESIS EXPLICATIVA. 55

COMPETENCIAS LABORALES - PERFIL DEL FUNCIONARIO DEL

CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA EN EL CONSEJO DE

EVALUACIÓN Y TRATAMIENTO 55

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 4

ESTADO DEL ARTE DE LA SEGURIDAD EN EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO

Introducción

Hablar de tratamiento penitenciario implica hacer referencia a la función y

finalidad de la pena que según el artículo 9 Código Penitenciario y Carcelario (Ley

65 de 1993) que afirma “la función tiene una función protectora y preventiva, pero

su finalidad fundamental es la resocialización”; para que sea posible la aplicación

de un adecuado tratamiento la seguridad se constituye en un elemento

fundamental y por ende del Cuerpo de Custodia y Vigilancia según el artículo 113

del C. P. C. (Ley 65 de 1993) encargado de:

“… mantener y garantizar el orden, la seguridad, la disciplina y los programas de resocialización en los centros de reclusión, la custodia y vigilancia de los internos, la protección de sus derechos fundamentales y otras garantías consagradas en la Constitución Política, en los pactos, tratados y convenios internacionales de derechos humanos, suscritos y ratificados por Colombia y en general asegurar el normal desarrollo de las actividades de los centros de reclusión”.

En este orden de ideas el presente documento pretende hacer un estado del

arte sobre el área de Seguridad aplicada al tratamiento penitenciario y una

definición de la participación e informe del funcionario de esta área en el Consejo

de Evaluación y Tratamiento (CET), para la elaboración de un estado del arte se

requirió identificar cuáles son las definiciones y clasificaciones de seguridad

aplicables al ámbito penitenciario, para ello se acudió a la realización de una

búsqueda documental rigurosa.

Como siguiente elemento, se entrevistó al Dr. Hugo Acero, Subsecretario de

Seguridad y Convivencia del periodo administrativo de Antanas Mockus, periodo

en el cual se realizó la modernización de la Cárcel Distrital, con el fin de obtener

información que diera cuenta de los elementos tanto físicos como estructurales

que en su momento se tuvieron en cuenta para el proceso de modificación de la

cárcel, es así como se vislumbra la importancia de la estructura física y cómo esta

puede ser un elemento que aporta al tratamiento penitenciario, por ello se inicia la

búsqueda documental sobre lo trabajado en diferentes países sobre estructura

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 5

física penitencia, elementos de seguridad en la estructura física e influencia de

estos en el tratamiento.

Los elementos que se aportan en adelante son producto de una revisión

documental de material bibliográfico producido como fruto de la experiencia

penitenciaria no solo en Colombia sino en otros países como Estados Unidos y

Argentina.

Para realizar una contextualización del desempeño del Cuerpo de Custodia y

Vigilancia al interior del Consejo de Evaluación y Tratamiento, se realizó una visita

al Establecimiento Carcelario Modelo EC. Bogotá, con el fin de entrevistar al

funcionario del Cuerpo de Custodia y Vigilancia para conocer el proceso que se

lleva a cabo para rendir el informe desde el área de seguridad, en esta visita el

funcionario de Custodia que participa en el CET aportó el formato que es utilizado

para la realización del informe (ver anexo 1), a partir del formato empleado en

este momento se hace un esbozo general sobre las características del informe del

personal de seguridad en el marco del tratamiento penitenciario.

De igual manera era necesario definir el perfil del funcionario del Cuerpo de

Custodia y Vigilancia que participaría en el Consejo de Evaluación y Tratamiento,

por ello se realizó una visita a la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique Low

Murtra, con el fin de determinar las áreas de capacitación y competencias

formadas en la escuela de los funcionarios encargados de la seguridad en los

establecimientos de reclusión, esta información permitió determinar el perfil del

funcionario de Cuerpo de Custodia y Vigilancia que participará en el CET.

La seguridad es un estado de tranquilidad, orden y paz; es un sistema de

combinación de métodos, procedimientos, técnicas y elementos que pretenden y

puede variar en sus clasificaciones, en este documento se encuentra inicialmente

una definición, funciones y elementos fundamentales de la seguridad, sus

clasificaciones según su naturaleza en seguridad pública y privada; según sus

instrumentos en seguridad física, lógica y psicológica; según su enfoque en

seguridad blanda y dura; por su lugar de aplicación en seguridad rural y urbana;

según su función en seguridad informal, institucional y social; por su forma en

seguridad blanca, integral y plana y finalmente según su campo de aplicación en

seguridad humana.

En segunda instancia se define la seguridad penitenciaria haciendo hincapié en

la seguridad física aplicada a los establecimientos de reclusión y cómo la

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 6

estructura física penitenciaria se relaciona con la seguridad y el tratamiento, en

este mismo apartado se hace referencia a los criterios generales de seguridad en

los establecimientos de reclusión tales como: ubicación, apariencia del

establecimiento, tamaño, tecnología, alojamientos, salón de permanencia de los

internos, duchas y baños, sector de admisiones y remisión.

En un tercer apartado se habla de Convivencia y Seguridad y cómo estos

conceptos fueron aplicados en la Cárcel Distrital de Bogotá en su proceso de

modernización, haciendo referencia a la nueva infraestructura de la Cárcel

Distrital, organización interna y modelo pedagógico y actividades para los

reclusos.

Finalmente se presenta el modelo de tratamiento penitenciario en Colombia y

su relación con el Cuerpo de custodia y Vigilancia, más específicamente sus

funciones dentro del CET, el informe que debe presentar y el perfil del funcionario

que participará.

Seguridad

La palabra seguridad se origina “del latín secur-tas, la cual se deriva del

adjetivo securus –de secura– que en su sentido más general significa estar libre

de cuidados” (La Rotta, 2002, p. 563); en el lenguaje común la seguridad es

entendida como “una cualidad de los sujetos que están libres de amenazas o de

agresiones a su individualidad” (Orozco, 2006, p. 163), el diccionario de la Real

Academia de la Lengua Española (2007) como adjetivo “seguro” lo define como

“libre y exento de todo peligro, daño o riesgo, cierto, indubitable y en cierta

manera infalible; firme, constante y que no está en peligro de faltar o caerse;

desprevenido, ajeno de sospecha”. En este sentido la seguridad es una palabra

polisémica1.

La seguridad es un estado de tranquilidad, orden y paz; es un sistema de

combinación de métodos, procedimientos, técnicas y elementos que pretenden: a)

proporcionar al individuo un estado de confianza y bienestar, b) ofrecer medidas

preventivas y preservativas tendientes a crear dispositivos para impedir que se

concrete una amenaza, c) contrarrestar el peligro, comprender el desacuerdo o la

                                                            1 Pluralidad de significados de una palabra o de una expresión.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 7

idea contraria: armonizar, d) entender los conflictos tomando en consideración la

idea de pertenencia y e) suministrar apoyo contra eventualidades que implican

amenaza.

Para mantener en una sociedad un estado de tranquilidad, orden y paz, es

necesario acudir a las tácticas de poder, a la normativa, a la forma y a la

disciplina; de aquí que la seguridad se conciba como el producto de la

racionalización de ciertas prácticas, disciplinas y formas de ejercer el poder y de

combinar lo individual con los social, entonces la seguridad también es la

sumisión a las reglas y el orden. En un sentido pedagógico, la seguridad es la

enseñanza de un sistema coherente de creencias donde la regla prescribe las

acciones que constituyen la alternativa para sobrevivir y cuya meta es crear un

contexto de tranquilidad.

Según La Rotta (2002) las funciones básicas de la seguridad son:

a) Percepción o atención selectiva para reconocer la amenaza, proteger

la vulnerabilidad y administrar el riesgo.

b) Prevención al cotejar las circunstancias observadas con las

experiencias, teniendo en cuenta las múltiples posibilidades de

interpretación.

c) Protección al poner a prueba los límites en los sucesos, que permiten

los hábitos y las creencias, e interpretar los hechos con una visión

proactiva, actuando para evitar lo indeseable y encontrar lo bueno.

d) Preservación al acondicionar y beneficiar el buen estado de la vida,

evitando las alteraciones. (p. 567)

La seguridad se constituye sobre unos elementos fundamentales:

a) Actitud: disposición física y emocional para aprender, crear, participar,

asumir, y reaccionar.

b) Estado: condición, orden o jerarquía de una persona u objeto.

c) Método: conjunto de reglas y ejercicios prácticos para enseñar o aprender.

d) Estrategia: solución como producto de una mezcla entre la percepción y el

razonamiento.

e) Sentimiento: frente a la manera de actuar justa o errónea, benévola y con

decoro.

f) Experiencia: aplicación de las mejores prácticas (lecciones aprendidas).

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 8

g) Actividad: conjunto de procedimientos, acciones o tareas racionales,

producto de la capacidad de obrar con diligencia, eficacia y prontitud.

h) Cultura: expresiones generadoras y reguladoras de las relaciones de las

personas consigo mismas y con los demás para la formulación de

adecuados estilos de vida.

i) Necesidad: motivación de los individuos para direccionar su

comportamiento hacia la satisfacción de una carencia.

j) Conjunto de medidas: poder ejercido a través de la norma para controlar la

disciplina y la individualidad.

Clasificaciones de seguridad

En su polisemia la seguridad cuenta con varias clasificaciones según su

naturaleza, sus instrumentos, su enfoque, su lugar de cobertura, su función, su

forma y su campo de aplicación (ver figura 1).

Figura 1.

Clasificaciones de seguridad.

Clasificación de la Seguridad

Naturaleza

Pública

Privada

Instrumentos

Física

Lógica

Psicológica

Enfoque

Dura

Blanda

Lugar de Aplicación

Rural

Urbana

Función

Informal

Institucional

Social

Forma

Blanda

Integral 

Plana

Aplicación

Humana

Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).

Clasificaciones de seguridad según su naturaleza

Según la naturaleza u origen de la seguridad y quien se encarga de

proporcionarla, esta se clasifica en pública o privada (ver figura 2)

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 9

Figura 2.

Clasificaciones de seguridad según su naturaleza.

• Regulación por normas• Compromiso• Confrontación• Control• Convivencia

SEGURIDAD PÚBLICA

• Realidad• Investigar• Adecuar• Tranquilidad

SEGURIDAD PRIVADA

Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).

Seguridad pública.

Su función es conservar el orden público, la vida, la libertad y los bienes de los

ciudadanos sin sobrepasar la norma dentro del marco de la norma. Está

constituida por los organismos establecidos en la Constitución y las Leyes, que

incluyen a las fuerzas del orden, de la justicia y los cuerpos de investigación. La

política de seguridad pública tiene las siguientes responsabilidades:

a) Regular por medio de la norma los actos y conductas de los individuos y de la

población.

b) Reconocer el compromiso frente a la norma de disciplina y la de regulación.

c) Confrontar los movimientos de rebeldía y disidencia.

d) Controlar el crimen.

e) Establecer el marco de convivencia ciudadana: lo permitido y lo prohibido.

Seguridad privada.

Aplicación de medidas activas y pasivas que por propia iniciativa toman los

particulares, con el fin de limitar o neutralizar las amenazas que pesan

individualmente sobre ellos. Los propósitos de la seguridad privada incluyen:

a) Responder a una realidad real y sentida.

b) Estudiar e investigar las factibilidades antes de introducir nuevos proceso.

c) Adecuar la protección a la naturaleza y escala de la amenaza.

d) Proporcionar tranquilidad al protegido.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 10

Clasificación de seguridad según sus instrumentos

Para proporcionar seguridad es nec3esario el empleo de algunos instrumentos,

por ello la seguridad se clasifica en física, lógica y psicológica (ver figura 3).

Figura 3.

Clasificación de seguridad según sus instrumentos.

Seguridad según sus instrumentos

Física:

Activa

Pasiva

Humana

Lógica

Procesos

Psicológica:

Directos

Indirectos

Manejo de Información

Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).

Seguridad física.

Organización de elementos tangibles, diseñados con el objeto de detectar,

resistir y disuadir los posibles ataques. Este concepto también incluye los

Dispositivos Electrónicos Portátiles (PED por su significado en inglés)2, que

transmiten energía electromagnética y están incorporados a un sistema de

protección.

El diseño de la seguridad física exige conocer las condiciones, características,

especificaciones técnicas, parámetros y criterios de la relación costo/beneficio. La

instalación requiere conocer la estructura, funcionalidad, los factores críticos y la

adecuación al modus operandi, la agresividad y la accidentalidad.

La seguridad física se clasifica en:

a) Activa: seguridad electrónica, iluminación, transporte, comunicaciones y

seguridad canina o con gansos.

b) Pasiva: elementos estáticos (espacios, formas y figuras de protección).

c) Humana: personas.

                                                            2 Portable Electronic Devices

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 11

Seguridad lógica.

Es la práctica de procesos de regulación de la vida como la disciplina, el orden,

la organización o el poder, que ejercen para permitir o prohibir conductas. Traza

parámetros, procedimientos y criterios para generar normalidad y control.

Así mismo da reglas, patrones de pensamiento, procedimientos para el uso de

los métodos y la ciencia, dando una dirección definitiva con un objetivo concreto.

Trata de uniformar las capacidades de las ocupaciones, imponiendo códigos para

actos y conductas individuales e instituciones homogéneas, para que cada

individuo conozca lo permitido y lo prohibido.

Seguridad psicológica.

Empleo de los procesos mentales superiores como la memoria, atención,

percepción y lenguaje para generar situaciones de tranquilidad y orden que

confluyan en una cultura de seguridad con el fin de prevenir y preservar

produciendo comportamientos de auto-cuidado y coherencia de roles y

responsabilidades de los habitantes.

Por medio de la cultura de seguridad se pretende sensibilizar y concientizar a

los individuos para generar actitudes y cambios cognitivos, conductuales y

emocionales que incremente la percepción de seguridad

La seguridad psicológica funciona a través de elementos disuasorios:

a) Directos: mediante la demostración de poder o rechazo.

b) Indirectos: mediante la generación de valores y moral.

c) De manejo de información: opera sobre el ambiente en tres dimensiones:

1) posibilitar la conciencia de tener una imagen social que eleva la moral y

estimula la confianza en la propia capacidad. 2) crear una dinámica de

circulación de ideas que conviertan el contexto en asociado para la

prevención. 3) debilitar la voluntad agresiva del transgresor demostrándole

que se posee suficiente información sobre él, sobre sus planes y sobre sus

movimientos, o restándole apoyo social.

El manejo de información tiene impacto sobre los elementos directos e

indirectos.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 12

Clasificación de seguridad según su enfoque

Según la orientación o enfoque que se da a los procedimientos para

proporcionar seguridad, se puede clasificar en seguridad blanda o dura (ver figura

4).

Figura 4.

Clasificación de seguridad según su enfoque.

Seguridad según el enfoque

Seguridad

BlandaSeguridad 

Dura

Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).

Seguridad blanda.

En su esencia se basa en la convicción, el conocimiento, el análisis de la

realidad, el auto-reconocimiento y el comportamiento conforme a las normas; es

la seguridad centrada en la observación del detalle, la prudencia, la cortesía, la

discreción, las buenas maneras como la disciplina, la sinceridad, la sencillez, y la

sobriedad; la fortaleza se encuentra en la moral, en lo ético, en la bondad, en el

control de lo emocional, en el manejo de la amabilidad y en la actitud interior de

los individuos. En la seguridad blanda prevalece más que la norma, la actitud del

individuo frente al cumplimiento de la misma.

Seguridad dura.

Es la seguridad caracterizada por la intimidación, su disuasión agresiva o

respuesta violenta pude darse de manera física, lógica o psicológica. Se basa en

la fuerza, lo brusco, lo rígido, lo inflexible.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 13

Clasificación de seguridad por su lugar de cobertura

La seguridad ha sido concebida para cubrir no sólo a los habitantes de las

grandes urbes, esta también ha sido pensada para cubrir los lugares apartados

rurales (ver figura 5).

Figura 5.

Clasificación de seguridad por su lugar de cobertura

Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).

Seguridad rural.

Es la práctica de prevención, protección y preservación de la vida en el campo;

tanto de las personas como de los elementos de la naturaleza.

Seguridad urbana.

Es la seguridad que se presenta en las ciudades, tiene como fin proteger la

vida, libertad y bienes de la comunidad, así como velar por el ornato, la seguridad,

el tráfico y el tránsito.

Clasificación de seguridad según su función

Proporcionar seguridad exige que los procedimientos empleados ayuden al

cumplimiento de las funciones que organizacionalmente le sean atribuidas a la

seguridad, por ello la seguridad puede ser informal, institucional o social (ver

figura 6).

Seguridad informal.

Son las prácticas de prevención que presentan algunos ciudadanos de manera

esporádica y espontánea, cuya respuesta no es de tipo profesional u oficial sino

ocasional ante circunstancias emergentes.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 14

Figura 6.

Clasificación de seguridad según su función.

Seguridad según su función

Social

Institucional Informal

Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).

Seguridad institucional.

Es la protección que ofrecen personas jurídicas o institucionales creadas para

defender la moral público conservar la autoridad del estado, es un tema específico

de ayuda a la ciudadanía.

Seguridad social.

Organización e infraestructura estatal que presupuestalmente asegura una

serie de prestaciones y beneficios sociales y sanitarios a la población, está

constituida por el sistema de previsión social ejercido por las instituciones a cargo

del estado.

Clasificación de seguridad por su forma

Hablar de seguridad implica hablar de procesos, visiones, ideologías y

conceptos, en este orden de ideas se habla de seguridad blanca, integral y plana

(ver figura 7).

Seguridad blanca.

Está basada en el razonamiento de pensamientos religiosos que orientan el

estilo de vida, tales como la piedad y la virtud; la seguridad blanda se refiere a las

creencias, la ética y la moral empleando una actitud concientizadora que no

emplea la represión en su aplicación.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 15

Figura 7.

Clasificación de seguridad por su forma.

Seguridad blanca

Seguridad integral

Seguridad plana

Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).

Seguridad integral.

Es producto de la unión del conocimiento, con la experiencia y la actitud tanto

del protector como del protegido de percibir, prevenir, proteger y preservar,

generando un ambiente de tranquilidad y paz en aspectos humanos, legales,

sociales, económicos y técnicos.

Seguridad plana.

Da a conocer determinados parámetros de conducta, sin estimular o reprimir al

individuo o a la sociedad.

Clasificación de la seguridad según su campo de aplicación

La seguridad ha sido aplicada en diferentes campos dando nominaciones

específicas a estos tipos de seguridad, entre ellos: seguridad humana, seguridad

industrial, seguridad personal, seguridad bancaria, seguridad portuaria, seguridad

aeroportuaria, seguridad residencial, seguridad comercial, seguridad ambiental,

seguridad nuclear, seguridad informática y, seguridad de la información, por

considerar de especial importancia para el trabajo que se realiza en este

documento, se desarrollará específicamente la seguridad humana.

Seguridad humana.

Concepto basado en las personas, con el cual se busca garantizar los recursos

alimentarios, sanitarios, ambientales, económicos y políticos de la persona y la

sociedad.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 16

El concepto de seguridad humana fue desarrollado por la Organización de

Naciones Unidas en 1994, el cual se encuentra inmerso en el paradigma

“desarrollo humano sostenible” diseñado por la misma organización a principios

de los años 90. Los cambios que empiezan a presentarse en el mundo a finales

de la década de los años 80 y la finalización de la guerra fría permitieron el

cuestionamiento de lo que hasta entonces se entendía por desarrollo.

En 1991 la ONU empieza a modificar el concepto de desarrollo económico que

hasta entonces había regido al mundo y construye un nuevo concepto al que

denomina desarrollo humano sostenible, entendiendo que esta modalidad de

desarrollo “no sólo suscita un crecimiento económico, sino que también distribuye

equitativamente los beneficios, regenera el medio ambiente en lugar de destruirlo

y fomenta la autonomía de las personas en lugar de marginarlas” (ONU, 1994).

En este orden de ideas, la noción de Seguridad Humana, se fundamenta en el

reconocimiento por el respeto a la vida y a la dignidad de todos los seres

humanos lo que incluye los siguientes componentes.

a) Seguridad económica: ingreso básico asegurado como producto de un

trabajo productivo y remunerado.

b) Seguridad alimentaria: todos, en todo momento, tengan acceso tanto físico

como económico al alimento.

c) Seguridad en salud: protección frente a las enfermedades y a la muerte

prematura.

d) Seguridad ambiental: persistencia de un medio físico y natural saludable.

e) Seguridad personal: representada fundamentalmente por la seguridad

respecto de la violencia física, cualquiera sea su procedencia y destino.

f) Seguridad de la comunidad: identidad cultural y un conjunto de valores que

den seguridad a las personas.

g) Seguridad política: la sociedad respeta los derechos humanos

fundamentales.

Es claro que el concepto de seguridad humana hace énfasis en las personas,

lo cual conlleva, a su vez a una resignificación del concepto de seguridad, que

estaban centrados en la defensa de la nación y de sus valores fundamentales, de

cara a los enemigos externos e internos que amenacen seriamente la integridad

del Estado. Bajo esta doctrina, el sujeto amenazado no era el ciudadano, y lo

relegaba así, a un segundo plano en su derecho a desenvolverse diariamente,

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 17

libre de amenazas a su vida o a sus bienes. El llamado es entonces a reentender

la seguridad desde la dimensión del ciudadano, esto es, la persona considerada

en tanto individuo y ser social (Salinas, M. Hoecker, L. 2002).

El Informe Mundial de Desarrollo Humano de la Organización de Naciones

Unidas de 1994 (PNUD, 2004), precisa que:

“Al hablar de seguridad o seguridad pública hacemos alusión a una dimensión más amplia que la mera supervivencia física. La seguridad es una creación cultural que hoy día implica una forma igualitaria (no jerárquica) de sociabilidad, un ámbito compartido libremente por todos. Esta forma de trato civilizado representa el fundamento para que cada persona pueda desplegar su subjetividad en interacción con los demás. De esta manera, está en juego no sólo la vida de la persona individual, sino igualmente la de la sociedad”

En esta línea, se puede asegurar que la razón de ser de la seguridad, según el

libro Políticas Públicas de Seguridad, de la Fundación Esquel (1994) es “el

ejercicio de la ciudadanía, basada en el desarrollo humano, el respeto y la

dignidad de la persona y la construcción de relaciones de confianza entre los

ciudadanos y entre éstos y las instituciones”, de tal forma que les permita ejercer

libremente sus derechos y cumplir con sus deberes. Este planteamiento tiene

implícitos dos elementos claves, el primero, entender la seguridad como “el sello

distintivo de una vida sin temor” (Red de seguridad humana, 1999) y el segundo,

la estrecha relación con el concepto de bienestar como “la búsqueda de una vida

donde las necesidades están satisfechas”. (Red de seguridad humana, 1999)

En Colombia, el derecho a la seguridad que tienen los ciudadanos, lo garantiza

el Estado, a través de las responsabilidades que la Constitución Nacional de 1991

delegó en cabeza del Presidente de la República, los gobernadores y los alcaldes.

En la tabla 1, se resumen los artículos en los que se expresa esta delegación,

observando en estos, como en el resto de la Constitución, la ausencia del

concepto de seguridad ciudadana y en su lugar, el de orden público.

Comúnmente, el concepto de orden público es equiparado al marco del

conflicto armado, sin embargo es importante resaltar que en Colombia, éste es

asumido como el orden de lo público, que puede ser alterado no sólo por acción

de los grupos armados al margen de la ley, sino por acciones del narcotráfico, de

la delincuencia organizada o común, e inclusive por hechos de corrupción. En

este sentido, se parte de reconocer que a los ciudadanos hay que garantizarles la

seguridad en todos los espacios donde el desarrollo humano se vea amenazado

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 18

por efectos de las actividades delincuenciales y violentas, ya sean estos los

delitos considerados menores o aquellos que atentan en contra de la estabilidad

institucional y el desarrollo.

Tabla 1.

Artículos de la Constitución Nacional de 1991 en los que se expresa la

responsabilidad de la seguridad en el Presidente de la República, los

gobernadores y los alcaldes.

Artículo Descripción Artículo 189. Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del

Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: (…) 2. Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la República. 3. Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado. 4. Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente. 5. Proveer a la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia y la honra de la Nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso del Senado, o hacerla sin tal autorización para repeler una agresión extranjera; y convenir y ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al Congreso.

Artículo 296. Para la conservación del orden público o para su restablecimiento donde fuere turbado, los actos y órdenes del Presidente de la República se aplicarán de manera inmediata y de preferencia sobre los de los gobernadores; los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes.

Artículo 303. En cada uno de los departamentos habrá un gobernador que será jefe de la administración seccional y representante legal del Departamento; el gobernador será agente del Presidente de la República para el mantenimiento del orden público (…)

Artículo 315. Son atribuciones del alcalde: (…) 2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante.

Artículo 330. De conformidad con la Constitución y las leyes, los territorios indígenas estarán gobernados por consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades y ejercerán las siguientes funciones: (…)

6. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.

Nota: Elaborado a partir de: Acero, H. (2005).

Se debe entonces entender, que los delitos y hechos violentos,

independientemente de su magnitud, terminan afectando a los ciudadanos en su

vida cotidiana y a partir de ello, las autoridades territoriales deben orientar y

emprender sus acciones para que de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 19

Nacional, sea el Estado el garante de la seguridad y la convivencia pacífica,

entendida ésta como el vivir con el otro bajo el precepto de la protección de la

libertad individual y de la de los demás, donde se establecen reglas mínimas que

se deben respetar y cumplir todas las personas para propender por una sana y

armónica interacción humana.

Recogiendo los planteamientos anteriores, es posible afirmar que en la

búsqueda de la seguridad ciudadana, es requisito fundamental que se

desarrollen, de manera paralela y simultánea, acciones concernientes al orden de

lo público y al fortalecimiento de la convivencia pacífica y armónica, lo anterior, en

perspectiva del desarrollo social y humano. Esta afirmación implica, el diseño y

desarrollo de estrategias que van desde el ámbito preventivo hasta el ámbito del

control y la coerción propios de un Estado de derecho. Este recorrido, se traduce

en acciones orientadas a la reconstrucción del tejido social y el fortalecimiento de

la cultura ciudadana hasta la instalación y mejoramiento de los equipamientos de

seguridad, defensa y justicia, entre otros.

Teniendo en cuenta el sentido polisémico de la seguridad, esta puede ser

aplicada a diferentes campos, dando cabida a un sinfín de clases de seguridad

entre ellas: seguridad industrial, seguridad personal, seguridad bancaria,

seguridad portuaria, seguridad residencial, seguridad comercial, seguridad

informática, seguridad de la información y seguridad penitenciaria, entre otras. Ya

que la seguridad penitenciaria es uno de los elementos fundamentales del

presente documento esta será abordada en un capítulo separado.

Seguridad penitenciaria

La seguridad penitenciaria hace referencia a la aplicación de métodos,

procedimientos, técnicas y elementos diseñados para disuadir, detectar, denegar,

demorar, aceptar o reaccionar con respecto a la amenaza en el ambiente

penitenciario, entendido este como todos los establecimientos de reclusión ya

sean, cárceles, penitenciarías, cárceles y penitenciarías especiales, reclusiones

de mujeres, cárceles para miembros de la Fuerzas Pública, colonias, casa-

cárceles, establecimientos de rehabilitación y demás centros de reclusión que se

creen en el sistema penitenciario y carcelario.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 20

Los establecimientos de reclusión son centros de privación de libertad que

persiguen dos fines para la administración de justicia y para la seguridad, según

afirma Acero, H (2004):

“En primer lugar, constituyen la salvaguarda de la sociedad de aquellas personas que han infringido la ley penal y puesto en peligro la vida, integridad o propiedad de otro sujeto y del Estado mismo, y en segundo lugar, es el espacio donde se lleva a cabo un proceso de readaptación o resocialización de los sujetos que han quebrantado la ley penal.”

Para el cumplimiento a cabalidad de los fines, los establecimientos deben

contar con unas condiciones físicas, de seguridad, de equipamiento y de logística

para el desarrollo de las gestiones y funciones administrativas.

Seguridad física aplicada a los establecimientos de reclusión

Las condiciones físicas de los establecimientos de reclusión han cambiado

según los objetivos y fines que se persigan mediante la privación de la libertad.

Las cárceles y prisiones convencionales, según la disposición de sus

alojamientos, sector clave en los edificios carcelarios y penitenciarios, guardan

una característica en común: la alineación de celdas o dormitorios, sean

exteriores o interiores, a lo largo de un corredor con lo cual la vigilancia es

ejercida en forma intermitente; un ejemplo antiguo, de establecimiento de

reclusión, es la casa de San Miguel en Roma cuya estructura agrupa una serie de

celdas exteriores en línea que brinda individualmente a los internos condiciones

higiénicas, de ventilación e iluminación.

La casa San Miguel estaba orientada al internamiento de jóvenes, pretendía el

aislamiento nocturno y el trabajo diurno en interacción con otros bajo la regla del

silencio; las celdas eran exteriores y se hallaban ubicadas en tres niveles a ambos

lados de un área rectangular que contaba con un altar en uno de sus extremos,

está área poseía unas ventanas para la iluminación. Según (Dubbini, 1986)

“El esquema general del edificio era similar a la nave de una iglesia a la cual se le adosaron bloques de celdas a ambos lados. De esta forma la sala, que durante el día servía de lugar de trabajo, a la hora de la misa se transformaba en capilla, pudiendo los internos seguir la celebración desde la ventana interior de las celdas”

Otro ejemplo de arquitectura se da en las penitenciarías de Filadelfia y de

Pentonville en Inglaterra, que se componen de corredores con celdas a ambos

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 21

lados que van a converger a un punto de observación central, manteniendo en

común la alineación de celdas ya sean interiores o exteriores, lo cual genera una

vigilancia intermitente (García, 1959). Por su parte la prisión de Auburn cuya

arquitectura consistió en ubicar un edificio, de dos filas de celdas alineadas “back

to back” en forma de “espina de pescado”, dentro de otro edificio que incluía el

anterior, también generó una vigilancia intermitente.

La realización de una vigilancia intermitente implica que el guarda debe hacer

recorridos por los pasillos con el fin de vigilar el comportamiento de los internos, lo

que permite que estén sin vigilancia durante los intervalos de tiempo de cada

recorrido; otra forma de vigilancia se da cuando el guardia se ubica en los puestos

de control, que por lo general se encuentran ubicados detrás de las barreras

físicas que les proporcionan seguridad, lo que reduce enormemente la posibilidad

de vigilancia del comportamiento del interno debido a la distribución interna de las

celdas. (Ver figura 8)

White (1935) afirma que “Los espacios que normalmente no permanecen bajo

vigilancia continua requieren mayor protección que aquellos comúnmente bajo

observación, dado que brindan una excelente oportunidad para que los internos

desarrollen conductas no permitidas”.

Figura 8.

Modelo lineal de vigilancia intermitente.

Nota: figura empleada por García, C. (2002).

La reunión de personas en un espacio físico delimitado, en especial en el

ambiente carcelario y penitenciario permite que surja la interacción de individuos

con características especiales de comportamientos culturales y sociales, que

terminan en la creación de subculturas con característica y códigos particulares.

Al interior de esas subculturas se encuentran elementos que se relacionan

directamente con la privación de la libertad tales como; la lucha por el liderazgo,

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 22

violencia, conductas desviadas, consumo de sustancias no permitidas, motines y

fugas, entre otros.

Las características de las relaciones en los establecimientos de reclusión,

mencionadas anteriormente, favorecen la inseguridad aunado a ello la estructura

física propicia aun más inseguridad debido a:

a) La distribución de las celdas a lo largo de corredores brinda a los internos la

oportunidad de presentar comportamientos violentos y destructivos sin que

la guardia lo perciba.

b) La vigilancia intermitente deja a los internos sin vigilancia por largos

periodos de tiempo, aun cuando la presencia de los guardias sea

permanente.

c) Sobrepoblación en las celdas y en el establecimiento de reclusión en

general, propiciando comportamientos agresivos y violentos.

d) Exceso de barreras físicas que dificultan la comunicación entre los

profesionales encargados del tratamiento y los internos, lo que obstruye la

ejecución de un adecuado tratamiento penitenciario.

En el ambiente penitenciario y en especial en el referente a seguridad, puede

ser frecuente encontrar una definición negativa del interno, que corresponde a

que estos desarrollarán comportamientos violentos e impredecibles, afirmación

que no se puede validar en general para la población interna. En este orden de

ideas estos prejuicios son el fundamento para el diseño de los establecimientos

de reclusión conforme a algunos erróneos parámetros como:

a) Todos los internos desarrollarán comportamientos violentos e

impredecibles.

b) Los internos pueden generar comportamientos violentos que minimicen la

guardia, por lo que las instalaciones físicas deben amortizar las falencias

del personal de la guardia.

c) Los establecimientos de reclusión recepcionan “lo peor” de la sociedad, por

lo que durante el tiempo de su internamiento desarrollarán comportamientos

violentos y destructivos, por esto las instalaciones físicas de los

establecimientos y sus equipamientos deben ser resistentes a los ataques y

casi indestructibles.

d) “Los establecimientos se construirán al menor costo posible. El alto valor de

los materiales y equipos de seguridad generarán un edificio caro por lo que

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 23

su abaratamiento se producirá mediante la reducción de superficies,

generalmente la destinada a los programas de tratamiento y a mejorar las

condiciones de vida intramuros” (Nagel, 1973)

A lo largo de las diferentes modificaciones y adaptaciones físicas de los

establecimientos de reclusión, se ha hablado de la construcción de

establecimientos para un número determinado de grupos pequeños conformados

por 20 o 30 internos, este principio se conoce como “principio del pequeño grupo”

e influye en la formulación de la Unidad Funcional (Nelson, 1988a).

La American Correctional Association (1990) afirma que:

La Unidad Funcional (Functional Unit Management) consiste en la subdivisión de la población penal en unidades semi autónomas. Sus principios son los siguientes: a) Cada unidad agrupa un número pequeño de internos, idealmente

menos de 150. b) Los internos son alojados en ella la mayor parte de su permanencia en

la institución. c) Los internos de cada unidad funcional son supervisados por un equipo

interdisciplinario asignado a la misma y cuyas oficinas se encuentran dentro de la unidad.

d) Los miembros del personal tienen autoridad para tomar decisiones en lo que al tratamiento de los internos allí alojados respecta, dentro de los lineamientos establecidos por la administración.

e) La asignación de los internos a cada unidad se basa en las necesidades de los internos, en lo que concierne a la supervisión, seguridad y programas ofrecidos.

Estructura física penitenciaria, seguridad y tratamiento

Los cambios en la seguridad física concretamente referida a la construcción, de

los establecimientos de reclusión, a lo largo de la historia, especialmente hasta los

años 60´s han presentado algunas modificaciones, entre ellas:

a) Las celdas ya no son elemento principal del establecimiento, pues no se

busca el internamiento solitario ni aislado, se ha pasado a una concepción

de dormitorio. De igual manera el tratamiento adopta la formación

profesional, el trabajo productivo, las actividades deportivas, e intervención

terapéutica que hacen que el establecimiento sea mucho más que un

conjunto de celdas; lo anterior confluye en una clasificación y movimiento de

los internos en condiciones de supervisión que generan establecimientos

especializados o sectorización de la estructura dentro de un mismo

establecimiento.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 24

b) Existe una predilección por los establecimientos pequeños, aun cuando el

elemento económico esté en contra de este principio.

c) El énfasis no se acentúa de manera tan marcada en la seguridad, hay una

tendencia a reemplazar los muros exteriores por mallas y alambrados que

permiten una mayor iluminación, las plantas físicas en un bloque único se

han desplazado por conjuntos de bloques pequeños. Se emplea la

tecnología para hacer que los dispositivos de seguridad se disimulen hasta

el punto de ser casi imperceptibles, con el fin de crear un ambiente de

apariencia normal.

d) Se presenta una preferencia por la construcción de celdas individuales con

ventanas al exterior, servicios sanitarios incluidos, asignación de una mayor

superficie a los espacios para el desarrollo de tratamiento, tales como aulas,

talleres o zonas deportivas (Johnston, 1961).

Resulta interesante analizar cómo Johnston en 1961 presenta tendencias

recientes, para la época, en la construcción de los establecimientos de reclusión

que hoy en día se aprecian fácilmente y sobresalen como característica en los

establecimientos.

Es importante tener en cuenta que el elevado número de internos de las

instituciones de reclusión dificulta el empleo del principio de pequeño grupo.

A finales de los años 50 se propuso la construcción de tres unidades

funcionales, de 400 internos, que se encontraban alrededor de un campo

deportivo, contando también con áreas comunes, cocina, servicios y talleres entre

otros. Cada una de las tres unidades funcionales se consideró como una

institución autónoma pequeña, cuyos sectores administrativos se encontraban

comunes al centro del edificio y los bloques de alojamientos dispuestos en forma

radial en ambos extremos (U.S. Federal Bureau of Prisons, 1960).

En 1968 el sistema de unidades funcionales fue implementado por el Federal

Bureau of Prisons inicialmente en los programas de tratamiento para la

recuperación de adictos a las drogas y posteriormente se empleó en las

instituciones correccionales.

Las unidades funcionales presentan como ventaja propiciar en los internos la

conformación de grupos homogéneos que desarrollan una identidad común entre

ellos y con el personal de tratamiento, lo que incrementa la frecuencia de

contactos y brinda mejores y mayores elementos para la realización de una

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 25

clasificación y tratamiento más individualizado. Además existe una mayor

observación y vigilancia de los internos, lo que facilita una mejor evaluación y

revisión de los programas de tratamiento, permitiendo la detección temprana de

problemas y mejora de la calidad de vida de internos, personal de tratamiento y

guardia.

El Federal Bureau of Prisons decide 1969 la construcción de tres centros

correccionales metropolitanos en Nueva York, San Diego y Chicago, el entonces

director Norman Carlson dispuso que las instalaciones se construyeran con el

concepto de unidades funcionales y que el diseño tanto físico como de seguridad

redujera al mínimo el empleo de elementos que recordaran a los internos que se

encontraban en un centro de reclusión con el fin de lograr un ambiente normal y

más humano, es decir, eliminando o reduciendo rejas, abarrotes y equipos anti

vandalismo y reemplazándolos por terminaciones, mobiliario y equipamiento de

características convencionales.

De igual manera se contempló la estructuración de cuartos individuales para

los internos, elemento que garantizaría la privacidad y la protección personal y

facilitaría el control por parte de la guardia. El diseño perseguía un doble objetivo:

primero promover en los internos una conducta positiva y segundo reducir los

costos de construcción y mantenimiento (Nelson, 1988b).

Los establecimientos que se construyeron se distanciaron del concepto

tradicional de reclusiones, las celdas fueron diseñadas como habitaciones

vinculadas a salas de estar, se emplearon acabados en madera, sanitarios de

porcelana, ventanas con vista al exterior y mobiliario liviano. El perímetro de

seguridad se limitaba a una sólida envolvente perimetral, lo que permitía una

relativa movilidad con libertad al interior del establecimiento.

En el centro correccional de Chicago, el personal de la guardia encargado de

custodiar las instalaciones se componía en un 20% de mujeres, y en el desarrollo

de sus funciones se veían abocados a interactuar directamente con los internos,

situación que anudada a las modificaciones físicas que incluyeron mobiliario

común, instalaciones sanitarias y terminaciones convencionales reflejó resultados

exitosos, logrando un alto grado en la seguridad y en la protección tanto de

internos como del personal de tratamiento y la guardia.

Este diseño y estilo de administración fue denominado “nueva generación” o

“Modelo Podular de Supervisión Directa”, el término “podular” fue propuesto para

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 26

diferenciarlo de “modular” y el término cárceles de “nueva generación” aplica a los

diseños que distribuyen celdas en torno a un espacio central, se debe hablar de

“nueva generación” únicamente cuando se combine el diseño arquitectónico

“podular” (ver figura 9) con el régimen de supervisión directa (Nelson, 1983).

Figura 9.

Modelo “Podular” de Supervisión Directa

Nota: figura empleada por García, C. (2002).

El empleo del Modelo Podular de Supervisión Directa produjo un incremento en

la privacidad y un prisma en la visión de opciones para las relaciones entre los

internos, el personal de tratamiento y la guardia; el aspecto informal del ambiente

fue percibido positivamente por los internos y por el personal; se evidenció un

mayor cuidado por las instalaciones y el vandalismo y los graffitti fueron casi

inexistentes (Wener & Olsen, 1980).

Respecto a la estructura física del módulo podular, este es conformado por

celdas alrededor de un espacio central multipropósito, que se convierte en el

espacio de interacción de los internos y de estos con la guardia; junto con las

celdas se encuentran otros salones, que son empleados para el tratamiento.

El contorno del establecimiento de reclusión es el único que conforma las

barreras físicas, desplazando así la multiplicidad de espacios con divisiones

rigurosas, facilitando una mayor movilidad de los internos y una mejor interacción

con la guardia, lo que reduce la posibilidad de enfrentamientos.

La estructura interior del establecimiento busca reducir al mínimo los efectos de

prisionización, mediante el empleo de elementos como: la iluminación natural,

empleo de colores y nuevos diseños (ver figura 10).

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 27

Figura 10.

Contraste de condiciones de iluminación y empleo de colores en establecimientos

de reclusión.

Nota: fotografías empleadas por García, C. (2008).

Por cada unidad que compone el establecimiento se emplea un número entre

48 y 64 celdas, según García (2002):

“Para la población penal general el número mínimo estaría en el orden de los 36 internos, si se toma como base una adecuada relación guardia-interno desde el punto de vista económico. Por otra parte parecería que el número máximo se encuentra en 72 internos, considerando como tope en el cual un agente puede desempeñarse con cierta efectividad”.

Las celdas del módulo podular deben ser individuales, con sanitarios en su

interior y puerta con una ventana pequeña que permite una visión restringida del

interior sin llegar a vulnerar la privacidad del interno.

El espacio central multipropósito o salón de permanencia de los internos tiene

la altura de dos niveles, bastante iluminación natural y amplias ventanas con vista

al exterior (ver figura 11).

El diseño del salón de permanencia busca crear espacios para propiciar en los

internos la conformación de grupos homogéneos que desarrollan una identidad

común entre ellos según sus características culturales o actividades de

preferencia.

El puesto de trabajo del guardia está compuesto por un escritorio, asignándole

un espacio pero sin barreras físicas entre él y los internos; desde su escritorio el

guardia tiene posibilidad de vigilar todos los lugares del pabellón.

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Figura 11.

Salón de permanencia de los internos.

Nota: fotografías empleadas por García, C. (2008).

A pesar del éxito del Modelo Podular de Supervisión Directa en los Centros

Correccionales Metropolitanos; en el sistema federal se resistieron a emplear el

modelo, aunque la estructura física fue empleada, se modificó ubicando un

guardia en un punto estratégico que le permitiera a la guardia tener una visión

completa del área de permanencia de los internos, teniendo un parecido con el

modelo “panóptico” de Bentham en el que la guardia ejercía una vigilancia

indirecta, al encontrarse separados de los internos por barreras físicas.

Las ventajas de este modelo Podular de Supervisión Directa modificado

respecto del modelo lineal (vigilancia intermitente) se presentan en la protección

de la guardia frente a eventuales ataques de los internos y en las mejores

condiciones de vigilancia; sin embargo a diferencia del modelo de Supervisión

Directa, la orientación del modelo modificado es reactiva, esto significa que los

internos mantienen la iniciativa dentro las instalaciones y, la guardia y el personal

de tratamiento, que sólo pueden realizar una observación pasiva de las

actividades, tienen la posibilidad de intervenir indirectamente en la disuasión de

conflictos.

Complementario a lo anterior, la ubicación de barreras físicas hace que los

grupos de celdas sean de un número menor y como resultado, su construcción

sea más costosa, debido a que un entorno reactivo requiere que las instalaciones

y el mobiliario, sean construidos para resistir al vandalismo; las condiciones de

seguridad que deben cumplir el puesto de la guardia, el equipamiento de

comunicaciones y mandos a distancia que deben ser empleados para el

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 29

adecuado funcionamiento del modelo podular modificado, conocido como “Modelo

Podular de Supervisión Remota”.

Como crítica al Modelo Podular de Supervisión Directa se afirma que este debe

ser empleado con internos de comportamientos no violentos ni vandálicos, por lo

que se dice que no puede ser empleado en establecimientos con internos que

requieran un nivel alto de seguridad en cuanto a las instalaciones.

A finales de los 70´s en el Condado de Contra Costa, California, se inició la

construcción de una cárcel, para la cual adoptaron el Modelo Podular de

Supervisión Directa, empleado en Chicago, teniendo en cuenta la evaluación

post-ocupacional realizada por el Centro Correccional Metropolitano de Chicago,

que tenía las siguientes observaciones:

a) Creación de más espacios abiertos para la recreación.

b) Los alojamientos deben incluir un mayor número y diversos espacios para el

uso de los internos.

c) Eliminar el uso de celdas dobles y alojamientos colectivos.

d) Evitar la construcción de edificios en altura debido al cuello de botella que

significa el empleo de ascensores. (Wener, Frazier y Farbstein, 1985)

La cárcel del condado de Contra Costa fue habilitada en enero de 1981, tiene

una capacidad para 383 internos y cuenta con la estructura de una planta irregular

de cuatro pisos, una superficie de 10.200 m2, nueve sectores de alojamiento, un

área de ingreso, oficinas administrativas y servicios de soporte.

La construcción de la cárcel incorporó mejoras respecto de los anteriores

centros de reclusión, la cárcel de Contra Costa fue sometida a una evaluación

tanto por parte de los internos como del personal de tratamiento y guardia,

arrojando los siguientes resultados según Wener, Frazier y Farbstein, 1985.

a) El modelo arquitectónico podular y el régimen de supervisión directa pueden

ser empleados en la construcción de otros establecimientos de reclusión,

obteniendo resultados satisfactorios.

b) La aplicación del modelo podular de supervisión directa redujo los

comportamientos violentos y mejoró las condiciones higiénicas del

establecimiento.

c) Los internos, el personal de tratamiento y la guardia reportaron mejoras en

las condiciones de vida.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 30

Después de análisis realizados a los establecimientos de reclusión que

emplean el modelo podular de supervisión directa, se han realizado algunas

modificaciones entre ellas, según Wener, 1995:

a) Celdas sin instalaciones sanitarias, esta modificación aplica cuando se

tienen internos de conducta predecible, el interno tiene acceso al servicio

sanitario comunitario por medio de un botón que libera la cerradura de la

celda. La modificación, se ha sugerido, también sea empleada en

instituciones semi-abiertas cuyo fundamento de tratamiento sea la

autodisciplina, en esta modificación los internos tienen la llave de su celda.

Estas modificaciones tienen ventajas económicas en la construcción de los

establecimientos.

b) Empleo del diseño arquitectónico “campus plan” (ver figura 12), que se

caracteriza por manejar una escala urbana, espacios verdes, ambientes

distendidos, recorridos naturales, y uso de sistemas de seguridad

computarizados, con el fin de reducir la dependencia de los internos del

personal de la guardia.

Figura 12.

Campus plan.

Nota: fotografías empleadas por García, C. (2008).

El empleo del diseño podular de supervisión directa ha sido empleado en

Canadá, Reino Unido, Israel, Australia, Nueva Zelandia, Argentina y Francia bajo

el nombre de “sécurité dynamique” (García, 1997).

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Según García (1995) para el adecuado funcionamiento del modelo podular de

supervisión directa, es necesario tener en cuenta los siguientes elementos:

“Amplia movilidad del interno dentro del módulo, alto grado de interacción interno-

guardia, preciso sistema de clasificación de los internos, adecuado cumplimiento

del reglamento y personal debidamente capacitado”.

Las ventajas del modelo podular según (García 2002) son:

a) La guardia se encuentra en permanente contacto con los internos,

ejerciendo una acción positiva en orden a guiar las acciones de los internos

y a controlar su comportamiento, lo cual produce una reducción de

incidentes.

b) Se genera una atmósfera de trabajo en equipo al no existir barreras físicas

entre los internos y la guardia, facilitando la comunicación interpersonal y

reduciendo el sentimiento “ellos y nosotros”3.

c) Teniendo en cuenta la estructura del edificio, resulta factible el empleo de la

iluminación y la ventilación natural.

d) Generalmente se puede acceder al pleno de instalaciones4 de las celdas

desde el salón central o desde el exterior, lo que facilita las labores de

mantenimiento.

e) Al permanecer el personal dentro del módulo podular durante las 24 horas,

la observación de los internos es permanente, por lo que nunca quedan sin

supervisión.                                                             3 El síndrome “Nosotros Vs. Ellos” se presenta como un elemento que sesga el comportamiento de los funcionarios del aparato judicial frente a los infractores de la ley, agudizando el conflicto que ya de hecho se presenta por la necesidad de seguridad de los funcionarios; generalmente se encuentra en los funcionarios que su motivación de trabajo es ayudar a las demás personas y marcar la diferencia; aunque esa es una motivación apropiada e incluso loable no contribuye a la adopción de conductas que le ayuden a sobrevivir en su trabajo, no obstante ese razonamiento determina quienes son “nosotros”, el término define al ciudadano perfecto sin antecedentes judiciales, no violento, educado, maduro, responsable y psicológicamente legítimo, probablemente con un núcleo familiar adecuado, estables en sus relaciones y con un comportamiento manejado por un fuerte sentido de la moral. Los funcionarios consideran que “nosotros” están limitados por la ley, por las políticas nacionales y por un código de ética. Los funcionarios también consideran que los infractores de ley que encuentran a menudo en su trabajo “ellos” tienen un comportamiento delictivo violento, destructivo, tienen un bajo o ningún nivel de educación, con talento para las relaciones interpersonales, se cuidan de ser manejados por el pánico, tienen enojo, miedo, provienen de familias descompuestas, permanecen intoxicados, tienen motivaciones suicidas, se cuidan de no tener sentimientos de culpa o remordimiento, son proclives al empleo de la violencia física y tiene un historial delincuencia. Los funcionarios consideran que “ellos” desafían abiertamente la autoridad, oponen resistencia a cualquier norma y desprecian cualquier principio ético (Bell, 2001). 4 Se denomina “pleno de instalaciones” al conducto por donde corren las cañerías de alimentación de agua, electricidad, comunicaciones y desagües cloacales. Comúnmente se trata de un espacio en forma triangular que se ubica entre dos celdas de forma de abastecer los servicios de ambas.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 32

f) La generación de un ambiente más normal transmite un mensaje positivo,

favoreciendo conductas razonables y permitiendo emplear materiales

adecuados para mejorar las calidades del entorno y reducir los niveles de

ruido.

g) Dado que el guardia es el responsable del lugar y “su” sector le pertenece,

los internos asumen el rol de “visitantes”, tratando con cuidado los

elementos y velando por la limpieza. El incumplimiento de estos aspectos

resulta en el inmediato apartamiento del interno a un sector de mayor rigor

disciplinario, con la consiguiente pérdida de beneficios.

h) Una de las principales casusa de violencia en las cárceles es la lucha

interna por el liderazgo, pues en cada sector sólo puede haber un líder, éste

debe ser necesariamente el guardia. En principio el guardia no tiene otra

seguridad que su propia autoridad, por lo que debe basar su relación con

los internos mediante el empleo de técnicas fundadas en la

intercomunicación personal.

i) La ausencia de liderazgos negativos en el sector trae una convivencia más

normal, por lo que los internos no sienten la necesidad de autoprotegerse,

lo que a su vez reduce la fabricación de armas con ese fin.

j) En general resulta menos costosa la construcción y operación. El empleo de

mobiliario y equipamiento comercial permite prescindir de instalaciones

“antivandalismo” característica de los entornos carcelarios.

k) Se pueden realizar importantes economías de personal mediante la

reducción de los movimientos dentro del establecimiento. Esto se logra

colocando determinados espacios a los cuales deben acceder los internos,

tales como: patios, zonas de visitas, consultorios, zonas de entrevistas, etc.

en las inmediaciones de la unidad habitacional.

Nelson en 1984 (Nelson 1988b) elaboró los principios y dinámicas del régimen

de supervisión directa, tomando como fundamento de la supervisión directa el

cambio de mentalidad del régimen penitenciario y de la metodología de

conducción del establecimiento y asignando a la guardia un papel activo y directo

en la supervisión de los internos.

Nelson (1988b) emplea el término de supervisión directa para referirse a una

metodología que se fundamenta en el contacto directo y personal de los guardias

y los internos, eliminando las barreras físicas y permitiendo a los guardias el

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empleo de técnicas de disuasión de comportamientos conflictivos o violentos,

mediante la anticipación y prevención.

Nelson (1988b) plantea los siguientes principios y dinámicas del modelo

podular de supervisión directa:

1. Efectivo control: los internos deben estar bajo control constante por la

institución, no pueden ser dejados nunca sin supervisión, no deben existir

zonas de las instalaciones que estén fuera de la vigilancia de la guardia. El

contorno o perímetro del establecimiento debe ofrecer las condiciones de

seguridad necesarias, con el fin de ser proporcionar a los internos mayor

flexibilidad en la movilidad al interior del establecimiento; es importante que la

población de internos sea distribuida en grupos manejables.

2. Efectiva supervisión: La guardia debe estar en contacto directo con los

internos durante todo el tiempo excepto en horas de la noche cuando los

internos se encuentren en sus celdas; dentro de los módulos la guardia no

debe estar separada de los internos por barreras físicas, deben ejercer un

liderazgo positivo; la protección tanto de los internos, la guardia y el personal

de tratamiento debe hacerse mediante el empleo de técnicas de gestión de

grupos humanos y no a través del empleo de la fuerza o las barreras físicas.

3. Personal competente: para el adecuado funcionamiento de un

establecimiento con un modelo podular de supervisión directa, se debe hacer

una adecuada y cuidadosa selección de la guardia y el personal de tratamiento,

con un marcado perfil de liderazgo, pues el liderazgo del personal es

determinante en el adecuado funcionamiento del modelo y contribuye a la

capacitación permanente de los internos.

4. Protección de los internos, de la guardia y personal de tratamiento: el

establecimiento a través de su diseño y supervisión debe garantizar la

protección e integridad de los internos, de la guardia y personal de tratamiento,

no se debe tolerar ningún tipo de indisciplina, siempre es posible una rápida

intervención por parte de la guardia en el sector de las celdas. Hay que evitar

las clásicas reacciones tanto de internos como de la guardia cuando se convive

en un ambiente inseguro.

5. Economía operativa: un ambiente normal reduce la exigencia del empleo

de materiales de seguridad y antivandalismo que tradicionalmente se han

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 34

empleado en los establecimientos de reclusión, produciendo una reducción en

los costos de construcción.

De igual manera se reducen los costos operativos, primero teniendo en cuenta

la prolongada vida útil de los establecimientos y segundo por la reducción de

comportamientos destructivos y vandálicos que reduce el rubro que se emplea

por concepto de mantenimiento y cambio de equipos.

6. Comunicación efectiva: Este principio se fundamenta en que una

administración eficaz depende de una adecuada comunicación, por ello la

guardia debe ser entrenada en proporcionar una comunicación clara y efectiva,

de igual manera serán dotados con herramientas que les faciliten dicha

comunicación.

Teniendo en cuenta que la supervisión directa se basa en el permanente

contacto de los internos con la guardia, estos últimos deben ser capacitados en

técnicas de comunicación interpersonal; de igual manera es muy importante

que la comunicación de los guardias (personal operativo) con los comandantes

(personal directivo) se realice empelando técnicas modernas de transmisión de

la información, dejando de lado la tradicional comunicación mediante

memorandos.

7. Clasificación y orientación: se debe emplear una adecuada clasificación

que agrupé a los internos de acuerdo a sus características y se enmarque en

los principios de la ley; la adecuada clasificación es factor de éxito de cualquier

régimen penitenciario, esta determina que internos no cumplen con las

condiciones necesarias para hacer parte del régimen de supervisión directa.

Usualmente el 5% de la población interna requiere ser separada en un sector

de régimen más riguroso, debido a su inadaptabilidad.

El modelo considera que los internos son personas adultas normales y como tal

deben ser tratados mientras cumplan las reglas, por eso los internos son

informados a cerca de las conductas que son o no aceptadas y durante su

proceso de ingreso al establecimiento son informados y orientados sobre las

expectativas que de ellos se espera en el establecimiento.

8. Trato justo y equitativo: los internos deben recibir un trato acorde con los

principios legales, tanto la guardia como los profesionales de tratamiento deben

desempañar sus funciones de acuerdo al sistema; la guardia durante su

proceso de desarrollo de liderazgo inherentemente debe desarrollar la

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 35

capacidad de un trato equitativo a los internos pues cuando un interno es

tratado injustamente, este comportamiento se magnifica durante la reclusión.

9. Perroncello (1997) adicionó un último principio que denominó, aceptación

del modelo afirmado que “el personal penitenciario y muy especialmente el

personal ejecutivo deben aceptar el modelo, sentirse parte de él y que éste les

pertenece como condición previa a su aplicación”.

Si bien es cierto que para el adecuado funcionamiento de un establecimiento

de reclusión debe tenerse en cuenta la estructura y seguridad física, estos

elementos no son suficiente para garantizar ni el funcionamiento adecuado del

sistema penitenciario ni el adecuado tratamiento de los internos; por ello es

importante que desde el momento mismo en que se concibe la construcción de un

establecimiento de reclusión se tengan en cuenta un abordaje integral para la

planificación y materialización del mismo.

Según Garavano (1998), el siguiente listado agrupa una serie de elementos

que deben tenerse en cuenta para la planificación integral de un instituto

penitenciario:

a) Determinación de la necesidad: elaboración del Plan Maestro.

b) Objetivo del establecimiento.

• Su integración dentro del sistema penitenciario.

• Población penal a alojar.

i. Características y perfil.

ii. Evolución de la población penal.

iii. Promedio diario de los internos a alojar.

iv. Tiempo de estadía de los internos en el establecimiento.

v. Cantidad de ingresos y egresos de internos.

c) Principios operativos a aplicar.

• Organización del establecimiento.

• Relaciones funcionales de los espacios.

• Planta de personal.

d) Proceso de elaboración del Programa Operativo.

• Definición de la metodología operacional del establecimiento.

• Definición de los objetivos del establecimiento.

• Establecer la estructura organizativa.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 36

• Establecer la clasificación de los internos: perfiles y subdivisión de la

población penal.

• Determinar el nivel de seguridad del establecimiento.

• Estipular los programas de tratamiento a implementar.

• Definición de los procedimientos y normas operativas.

• Determinación de la planta de personal: este aspecto es

frecuentemente subestimado en el diseño de un instituto

penitenciario. Pero resulta de fundamental importancia determinar la

planta de personal antes y durante la realización del proyecto y no

después.

De igual manera Garavano (1998) plantea las siguientes consideraciones para

la formulación de un programa de necesidades penitenciarias:

a) Elaboración de diagramas funcionales, globales y por áreas.

b) Elaboración de los escenarios previstos para cada uno de los sectores.

c) Establecer los lineamientos del diseño.

d) Prever las posibilidades de crecimiento.

e) Definir los niveles de equipamiento.

f) Determinar los locales y las superficies

Criterios generales de seguridad en los establecimientos de reclusión.

Como se ha comentado a lo largo del documento los establecimientos de

reclusión velan no sólo por la seguridad del personal interno y de los funcionarios

del mismo sino también por realizar un adecuado tratamiento a quienes se

encuentran internados, estos dos procedimientos van de la mano, pues desde la

seguridad se deben ofrecer los criterios requeridos en el establecimiento para

garantizar la protección de los individuos y la creación de un ambiente que facilite

la realización del tratamiento adecuado.

En este orden de ideas el establecimiento de reclusión debe facilitar la

resocialización de los internos mediante la promoción de la integración del interno

con la comunidad y el empleo de estructuras con una visión menos

institucionalizada y más residencial; para que este proceso sea más fácil de llevar

a cabo se formulan los siguientes criterios.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 37

Ubicación

Tanto las penitenciarías como las cárceles deben ser construidas en lugares de

fácil acceso a los familiares de los internos y al personal que labora en la

institución; en el caso de las cárceles, estas deben estar ubicadas en sectores

con vías rápidas a las sedes judiciales donde se encuentren a disposición los

internos.

Es importante que ubicación del establecimiento no se vaya a convertir en el

futuro en un problema urbano, por ello es necesario disponer legalmente que no

se pueda construir (ningún tipo de construcción) a menos de 500 metros lineales

a la redonda del perímetro del establecimientos de reclusión. En otras palabras,

debe existir un plan de ordenamiento perimetral en razón de la seguridad de los

establecimientos y de los ciudadanos vecinos de la institución (Acero, 2004).

Apariencia del establecimiento

La apariencia del establecimiento debe alejarse de la imagen tradicional de los

centros de reclusión, evitando la presencia excesiva de muros, abarrotes, largos

corredores; el empleo de estos elementos de seguridad pueden ser evitados

mediante el empleo de materiales que creen en el establecimiento una apariencia

con un ambiente normal, claro está sin afectar la seguridad de las instalaciones.

Por ejemplo en el caso de ventanas a los exteriores el empleo de rejas y

abarrotes se puede emplear vidrio de seguridad que brinda unas mejores en el

ambiente en cuanto a las condiciones de iluminación, otorgando así una mejor

calidad de vida a los internos y al personal de guardia y tratamiento y crea un

mejor ambiente de trabajo.

Tamaño

El elevado número de internos en los establecimientos de reclusión produce un

ambiente tenso y estresante que genera una propensión tanto en los internos

como en la guardia a presentar comportamientos violentos y se constituye en un

inconveniente para realizar un adecuado tratamiento.

Teniendo en cuenta que el periodo de vida de un establecimiento de reclusión

es prolongado, debe hacerse una expansión del tamaño de los sectores del

establecimiento tales como: celdas o alojamientos, espacios para la realización de

tratamiento y áreas de servicios.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 38

Acero (2004) considera que con base en la experiencia adquirida en proyectos

carcelarios, es recomendable un proyecto modular con una sola administración

que puede controlar y garantizar la seguridad de cuatro o seis unidades de

reclusos, independiente una de la otra, cada una con 200 0 250 internos.

La seguridad de las unidades de reclusión brota del sistema de control de los

internos, lo cual es posible en la medida que las grandes poblaciones previstas se

subdividan en unidades manejables ya que se presentan dificultades para

administrar de manera adecuada, unidades carcelarias con altos volúmenes de

población y donde la relación guardias, personal administrativo y personal de

resocialización e internos sea baja, es decir que por cada uno de los funcionarios,

especialmente guardias, haya un alto número de internos.

Tecnología

El empleo de la tecnología es un elemento muy importante de seguridad en un

establecimiento, como se mencionó anteriormente, se emplea la tecnología para

hacer que los dispositivos de seguridad se disimulen hasta el punto de ser casi

imperceptibles, con el fin de crear un ambiente de apariencia normal, lo que

genera un mejoría en el ambiente y en la economía del establecimiento. Entre los

dispositivos se encuentra:

a) Circuito Cerrado de Televisión: ayuda a mejorar las condiciones de

seguridad, a través del empleo video grabadoras aporta un respaldo

operativo en eventos y situaciones de emergencias. Se emplea en el

perímetro del establecimiento, en los accesos y otros puntos sensibles.

b) Detectores de metales: es indispensable en los establecimientos, en el

control de accesos.

c) Comunicaciones: 1) Establecer una red de comunicaciones económica, que

permita mantener el contacto de los administrativos y la guardia, en casos

tales como cuando se realizan movimientos de internos fuera de las

instalaciones carcelarias y de menores. 2) Contar con equipos que permitan

la transferencia de información confidencial en forma segura. 3) Manejo de

bases de datos de reclusos, con archivos centralizados para mayor

veracidad y como método de respaldo. 4) Correo virtual, confiable y seguro,

para instrucciones directivas y para novedades. 5) Teleconferencias, con los

directores de los Centros (agilidad y economía), difusión de reglamentos. 6)

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 39

Reducción al máximo de documentos en papel 7) Sistemas de

comunicación multicanal para asegurar información permanente de

actividades de las zonas y sus riesgos. (Acero2006).

d) Detección de incendios (Norma de contra-incendio): han ocurrido varios

incendios en los establecimientos de reclusión, por ello este es un elemento

adicional a tener en cuenta en el diseño de la institución junto con el empleo

de un adecuado sistema de detección y manejo de incendios, una

adecuada selección de materiales de construcción y un diseño de salidas

de emergencia.

e) Otros dispositivos de seguridad: detectores de movimiento, perimetral y

local; detectores de gas, detección de apertura de puertas, cierres

electromagnéticos, lectores de tarjetas, barreras infrarrojas, botones de

pánico, máquinas de rayos X, sistema de sonido externo e interno, consolas

de exclusas, seguridad electrónica perimetral, registro digital del recluso

(huella digital, fotografía, datos), registro digital de visitantes, contratistas y

funcionarios (huella digital, fotografía, datos), inspección electrónica de

personal y materiales para su ingreso, control de acceso a áreas sensibles

(armerillo), sistemas independientes y autónomos de energía e iluminación

en zonas críticas que aseguren su normal operación en casos de

emergencia.

Alojamientos

Las celdas o alojamientos deben ser diseñados para una sola persona, según

las disposiciones de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de

las Naciones Unidas, persiguiendo el objetivo de permitir al interno contar con un

espacio propio que le otorgue un grado de dignidad y protección ante las

agresiones y además que facilite la tarea de vigilancia de los guardias. Es

importante que cada interno tenga un espacio físico delimitado, ya que esta

delimitación evita los conflictos entre los internos (García 2008), la separación

puede ser física, visual o acústica (Ver figura 13).

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 40

Figura 13.

Separaciones de celdas.

Nota: fotografías empleadas por García, C. (2008).

García (2008) establece en cuanto a las superficies que la recomendación más

baja es de 5 mts2, de igual manera dependiendo el número de horas de

permanencia del interno en la celda recomienda: hasta de 10 horas de 6 a 6.5

mts2 y más de 10 horas de 7 a 8 mts2.

Cada celda debe contar con una cama, una superficie para escribir, una silla y

un espacio que le permita al interno almacenar y mantener en orden sus

pertenencias, de igual manera debe contar con puerta con una ventana pequeña

que permite una visión restringida del interior sin llegar a vulnerar la privacidad del

interno y brinde unas adecuadas y suficientes condiciones de iluminación

(Garavano 1988).

Salón de permanencia de los internos o patios

Aledaño a las celdas debe estar el salón de permanencia de los internos,

donde desarrollaran las actividades programadas como parte del tratamiento, este

espacio contará con una buena iluminación natural. La conformación de patios

totalmente encerrados sobre sí mismos, con capacidad de 200 a 250 internos,

controlados por un único punto de guardia con visibilidad sobre todos los espacios

garantiza mayor seguridad.

El guardia se puede desplazar al nivel superior (lugares de las celdas) durante

el día, periodo durante el cual los internos permanecen en los patios (primer piso)

y donde desarrollan sus tareas. En la noche, una vez los internos están en sus

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 41

celdas, el guardia puede movilizarse en los niveles altos para comprobar que

todos los internos descansan y no hay problemas de seguridad.

Por ningún motivo debe haber celdas en el primer piso pues éste se destinará a

la estadía permanente de los internos durante el día y del cual solo salen

exclusivamente los que se lo merezcan por su buen comportamiento para realizar

actividades en otras áreas de la cárcel y los que tengan que realizar diligencias

judiciales (Acero2006).

Duchas y baños

En la zona de las celdas deben encontrarse las duchas, cada ducha contará

con una división para garantizar la privacidad y evitar las agresiones entre los

internos, la proporción manejada por duchas es de una para ocho internos. En el

caso en que los sanitarios no se encuentren al interior de las celdas se ubicarán

también en espacios que aseguren la privacidad, con la misma proporción de 1 a

8, con buena ventilación. Los internos siempre tendrán acceso a los sanitarios y el

agua potable.

Sector de admisiones y remisión

La recepción y el sector de remisiones el primer sector con el cual los internos

tienen contacto con el establecimiento de reclusión lo que de una u otra manera

les puede llegar a generar estrés, por ello es necesario que estos espacios deban

tener una apariencia de orden y agradable, que brinde una percepción de

seguridad tanto a internos como al personal y a los visitantes.

En la recepción los internos son informados a cerca de las conductas que son o

no aceptadas y durante su proceso de ingreso al establecimiento además son

informados y orientados sobre las expectativas que de ellos se espera en el

mismo.

Administración

Construcción de unidades modulares controladas por una sola administración,

las cuales, eventualmente, pueden depender de un Sub-Director o responsable

del funcionamiento de la unidad, con total autoridad sobre todas las personas que

accedan al lugar, incluyendo visitas, guardias, trabajadores técnicos, internos, etc.

Igualmente, es necesario proponer un manejo transparente del movimiento dentro

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 42

de la institución, con circulaciones separadas para los distintos elementos

involucrados, internos, visitantes, mantenimiento, suministros, excedentes, etc.

(Acero2006).

Estas unidades permiten agrupar a los internos por grados de peligrosidad y

similitud de delitos, ejercer mejor control individualizado, permitir el tratamiento

progresivo dentro del establecimiento y brindar servicios de readaptación. Se

debe hacer hincapié en que debe evitarse el movimiento de internos dentro de la

institución y la mezcla de diferentes grupos de peligrosidad.

Otros criterios

Se hace necesario capacitar al personal de seguridad existente en materia de

seguridad carcelaria, formulación y aplicación de manuales de procedimientos. El

control, administración y automatización centralizada de los sistemas de

seguridad debe hacerse por terceros, con el fin de mejorar la operación y control

de los establecimientos (Acero 2004).

Otro aspecto de seguridad tiene que ver con el cumplimiento de las normas

contenidas en los códigos de incendio como por ejemplo National Fire Protection

Association (NFPA) 101, u otras normas locales, que exigen el planteamiento de

medios de evacuación seguros, con distancias críticas de recorrido y llegada y

sistemas que aseguren la apertura pronta de las puertas de celdas por parte de la

guardia en caso de emergencia.

Convivencia y Seguridad: Cárcel Distrital

La Cárcel Distrital fue creada mediante el acuerdo 19 del 17 de mayo de 1934,

expedido por el Consejo de Bogotá, durante la alcaldía de Hernando de La Calle.

Desde su creación hace parte de la estructura de la Secretaría de Gobierno

Distrital, a través de la dirección de la Cárcel Distrital, la cual hace parte de la

Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana (Decreto

367 de 2001).

De acuerdo con el Código Penitenciario y Carcelario (ley 65 de 1993) artículo

17:

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 43

“Corresponde a los departamentos, municipios, áreas metropolitanas y al Distrito Capital de Bogotá la creación, la fusión o la supresión, la dirección y organización, la administración, el sostenimiento y la vigilancia de las cárceles para las personas preventivamente y condenadas por contravenciones que impliquen privación de la libertad, por orden de autoridad policiva”

También se prevé que “el INPEC ejercerá la inspección y vigilancia de las

cárceles de las entidades territoriales” por lo tanto de la Cárcel Distrital de Bogotá.

En este sentido, aunque la Cárcel Distrital depende orgánicamente de la Alcaldía,

no por eso deja de estar bajo la vigilancia del INPEC, institución nacional

responsable de los asuntos carcelarios y penitenciarios.

Desde su creación, en 1934 y durante un largo periodo, hasta su

transformación algo reciente, la cárcel ha enfrentado, en general, desafíos muy

similares a los que ha padecido el sistema carcelario nacional, según Alcaldía

Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C. (1997) tales como:

a) Obsolescencia y ambigüedad de la cultura carcelaria,

b) Deficiencias en la gestión y administración del sistema,

c) Corrupción en la guardia penitenciaria,

d) Insuficiencia del presupuesto tanto de funcionamiento como de inversión,

e) Acelerado incremento de la población carcelaria,

f) Lentitud en el desarrollo de procesos carcelarios,

g) Falta de representación jurídica para reclusos de bajos ingresos

económicos,

h) Las condiciones de infraestructura disponible limitan la aplicación de los

criterios de clasificación del personal interno señalados por la ley.

De igual manera Martín y Ceballos (2004) plantean las siguientes situaciones:

a) Primero: se caracteriza por la carencia, deficiencia o escasez de los

servicios básicos penitenciarios como la alimentación, la atención médica, la

higiene y la asistencia jurídica.

b) Segundo: la infraestructura era poco adecuada y se presentaban índices de

hacinamiento y promiscuidad, así como las restricciones en las relaciones

familiares por las carencias de espacios e instalaciones adecuadas.

c) Tercero: los problemas asociados con el maltrato físico a detenidos y

familiares, el consumo de sustancias no permitidas muy generalizado y un

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 44

régimen interno inadecuado de sanciones y de trabajos “forzados” y muchas

veces discriminatorios.

d) Cuarto: carencia de los programas carcelarios, principalmente en lo

relacionado con la falta de trabajo adecuado; bajos ingresos; talleres

anticuados; falta de materia primas, herramientas e implementos de trabajo,

y carencia de implementos deportivos y alternativas recreacionales y

culturales.

La nueva infraestructura de la Cárcel Distrital

Durante la primera administración de Antanas Mockus se destinó una inversión

de 16.000 millones de pesos (5,5 millones de dólares) para ampliar la Cárcel con

el propósito de que la ciudad tuviera una mayor y adecuada infraestructura

carcelaria. Los motivos que guiaron esta decisión fueron básicamente el no

aceptar condiciones de hacinamiento en instituciones distritales y mejorar la

infraestructura relacionada con delitos de impacto mayor, como el hurto (Martín y

Ceballos 2004).

Se construyeron dos modernas edificaciones unidas por un puente (ver figura

14), en la primera de ellas, de cuatro pisos, se encuentra el área administrativa, el

alojamiento de la guardia y el área social, con casino, gimnasio y una zona de

esparcimiento para los funcionarios; en la segunda edificación se encuentra el

reclusorio, el cual cuenta con seis pabellones, incluido uno para mujeres, con 44

celdas de protección y seguridad y capacidad total de retención de 1180 personas

(ver figura 15).

Cada pabellón se encuentra dotado de una cancha múltiple para microfútbol,

baloncesto y voleibol, una zona de comedores, lavaderos y baños, los pabellones

se encuentran vinculados a un gran pasillo central con servicios comunes y de

circulación para el personal de la cárcel y para los visitantes que remata en un

área de talleres y de trabajo que presta servicios programados para los internos

de cada patio. El área de reclusión puede contar con celdas de aislamiento y

seguridad (ver figuras 16 y 17)

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 45

Figura 14.

Fachada externa Cárcel Distrital.

Nota: fotografía empleada por Acero, H (2006).

Figura 15.

Maqueta de la Cárcel Distrital.

Nota: fotografía empleada por Acero, H (2006).

Cada módulo de celdas (patios) se vuelca sobre sí mismo de manera

independiente con capacidad, cada uno, para 200 internos que se distribuyen en

50 celdas, las cuales cuentan con un planchón en concreto que hace las veces de

cama y con servicios sanitarios. Solo durante la noche los presos pueden acceder

a las celdas. Durante el día, unos permanecen en el patio en actividades varias y

otros van a la zona de talleres.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 46

Figura 16.

Corte longitudinal por área de patios.

Nota: figura empleada por Acero, H (2006).

Figura 17.

Corte longitudinal por cuerpo central de servicios

Nota: figura empleada por Acero, H (2006).

Acero (2006) afirma que “cada patio es una herradura en concreto y acero sin

visibilidad hacia el exterior que se vuelca sobre sí mismo, siendo casi imposible

acceder a la cubierta protegida por cuatro garitas con visibilidad de 360” (ver

figura 18).

La cárcel cuenta además, con un sistema de vigilancia y seguridad que

garantiza un óptimo control interno y externo de las instalaciones, equipada con

un circuito cerrado de televisión (CCTV), 96 cámaras, control de acceso,

detención de intrusos y monitoreo técnico, detección perimetral, detección de

incendios y sistema de perifoneo. Para garantizar la seguridad en las remisiones

de internos, el equipo de transporte está compuesto por dos furgones y una

camioneta, apoyados por dos motocicletas, suficientemente dotados con

armamento y elementos de seguridad para la guardia. Por otra parte la cárcel

tiene un auditorio, que es un espacio adecuado y equipado para realizar

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 47

actividades culturales, conferencias, conversatorios y cine-foros, con una

capacidad para 140 personas (Martín y Ceballos 2004).

Figura 18.

Vista superior de la Cárcel Distrital

Nota: figura empleada por Acero, H (2006).

Organización interna de la Cárcel Distrital

La Cárcel Distrital depende de administrativamente de la Alcaldía Mayor de

Bogotá (Decreto 368 de 2001), Secretaría de Gobierno, específicamente de la

Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, elemento

que la hace diferente al resto de cárceles del país, las cuales en su mayoría

dependen del INPEC. El centro de reclusión cuenta con un reglamento interno

compilado en la Resolución 066 del 12 de julio de 2002, expedido por la dirección

de la Cárcel Distrital, en consonancia con la ley 65 de 1993 (Alcaldía Mayor de

Santa Fe de Bogotá, D.C. 1997).

Para garantizar el cumplimiento de su misión institucional, la cárcel está

organizada en grupos internos de trabajo, así:

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 48

a) El primero de ellos es el grupo administrativo encargado de atender las

necesidades operativas que demanda la institución y desarrollar actividades

de planeación y ejecución presupuestal.

b) El segundo grupo es el de seguridad, el cual se encarga de organizar el

personal para garantizar la eficiente prestación de los servicios de custodia

y vigilancia y tomar las medidas de seguridad pertinentes.

c) El tercer grupo es el de atención integral, el cual está integrado por un

equipo interdisciplinario que desarrolla las labores relacionadas con el tema

jurídico y también cumple las labores de atención e intervención integral a

los internos, entre ellos: psicología, asistencia social, capacitación y

ocupación en talleres, coordinación de actividades asistenciales de

entidades externas y universidades, entre otras.

La misión de la cárcel es contribuir a mejorar la seguridad y convivencia en

Bogotá, a través del cumplimiento de las decisiones judiciales privativas de la

libertad, en materia de delitos de menor entidad, y promoviendo espacios

pedagógicos para la reflexión y el aprendizaje del ciudadano. Su visión se resume

en ser un potencial humano interdisciplinario con formación humanística,

comprometido con una gestión administrativa eficiente, en función de la

convivencia pacífica de la comunidad carcelaria, a fin de propender por un saldo

pedagógico y valorando normas para convivir en la ciudad.

Al igual que en todas las cárceles del país, en la Cárcel Distrital, se ingresa por

orden judicial. El proceso administrativo interno empieza con la reseña, la cual

consiste en una ficha biográfica que se les abre a todos los internos, en esta ficha

se describen las características morfológicas, acompañada de fotografía y huellas

dactilares. Es un proceso manual, las cartillas se guardan en fólderes o

legajadores que, a partir del momento de la reseña, contendrán toda la historia

carcelaria del individuo; manualmente se adiciona a ella todas las peticiones de

remisión, las diligencias judiciales, las notificaciones, las enfermedades, los

permisos por buena conducta, las sanciones por mala conducta o por violaciones

del régimen disciplinario. Los trabajos que desarrolla, las horas de trabajo, las

horas de estudio, etc. todo para ser compilado y tenerse en cuenta para conceder

resoluciones de favorabilidad.

Desde su fundación, las características de la Cárcel Distrital de Bogotá están

referidas a la reclusión en ella de contraventores, sindicados o imputados de

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 49

delitos menores. Éstos en general suponen que no afectan de manera

considerable el tejido social, pero son objeto de tratamiento punitivo por parte del

Estado y tradicionalmente han estado tipificados en los códigos penales y de

policía, y demandan un tratamiento sancionatorio, consistente en la privación de

la libertad y con medidas relativamente cortas en el tiempo.

La Cárcel Distrital al igual que otras cárceles del país, está dividida en patios y

el número de patios está determinado por el tipo de delito: menos graves en el

patio 1, más graves en el patio 6, por ejemplo. Pero también los patios están

numerados atendiendo a la peligrosidad de los reclusos: de bajo perfil patio 1, o

de alto perfil patio 6. Por otro lado la cárcel cuenta con una biblioteca con cuatro

ambientes para desarrollo de actividades como lectura, audio lectura, multimedia

y juegos de lógica y concentración (Martin y Caballos 2004).

Modelo pedagógico y actividades para los reclusos

La función social fundamental de la Cárcel Distrital es interrumpir la trasgresión

de normas, lo cual es posible si se concibe que la institución carcelaria gira en

torno a una finalidad básica: promover el respeto por las normas. La atención e

intervención integral que se realiza sobre los internos están puestas en la

promoción de una cultura de respeto a las normas, de manera que el paso de los

internos por el establecimiento se manifiesta en un avance en la comprensión de

la racionalidad del orden regulativo, y en el desarrollo de unas disposiciones

favorables a un comportamiento social respetuoso de los derechos de todas las

personas.

Se trata de un proceso educativo, limitado en el tiempo, centrado en propiciar

interacciones en las cuales sea posible reflexionar sobre las normas y participar

en la construcción de una convivencia razonada. A través de un proceso de

reflexión-acción sobre la regulación de la convivencia, en un marco de aplicación

de la acción comunicativa, la Cárcel Distrital contribuye a la necesidad de

interrumpir el circuito de la trasgresión de normas (Martin y Caballos 2004).

Los talleres se apoyan en personal interdisciplinario y en profesionales en

formación que realizan su práctica profesional, basándose en los términos de

referencia dados por la universidad; para la ejecución del programa educativo de

la cárcel. Para la ocupación, capacitación y enseñanza de los internos con los

talleres de: ebanistería, lavandería industrial, taller de rancho, panadería, taller de

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 50

juegos (billar y ping-pong, esparcimiento dirigido), taller laboratorio de vida

(recorrido de un laberinto en el que se encuentran diseñadas las etapas de la

vida, el interno logra reconocer la importancia de vivir responsablemente)

(Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá D.C. 1997).

También hay un programa de formación juvenil en el que participan los internos

entre los 18 y 26 años, en tres módulos: nivelación escolar, acompañamiento

psicosocial y formación técnica; los talleres se apoyan en un modelo pedagógico

que fue diseñado por la Cárcel Distrital, en coordinación con la Secretaría de

Gobierno, ya que según (Martin y Caballos 2004) “se consideró que el modelo

pedagógico propuesto por el INPEC, y que fue aplicado en la Cárcel Distrital

antes del proceso de modernización física, debía ser adaptado a las realidades de

los internos”.

Con el modelo pedagógico propuesto se busca unificar todas las actividades de

atención e intervención que se dirigen a los internos, desde un mismo marco

filosófico y desde unos principios teóricos y prácticos, con el objetivo de evitar que

se desarrollen actividades formativas, educativas, laborales, recreativas, lúdicas o

de cualquier otro tipo sin atender a los objetivos que defina el modelo; el modelo

pedagógico permite definir una atención y una intervención basada en pensar

coherente, actuar consecuente y lograr una dinámica consistente en el tiempo.

La Cárcel Distrital cuenta con una emisora a la cual tienen acceso los internos,

quienes intervienen directamente y en forma programada hacia los pabellones. En

esta se encuentra un espacio de participación y difusión de los diferentes asuntos

propios de la institución, como adelantar campañas de promoción y prevención de

la salud; crear espacios narrativos; emitir videos, audio, libros y música;

promocionar el ingreso a talleres; motivar acciones reflexivas; abarcar los temas y

problemáticas que afectan al interno; entre otros.

Tratamiento penitenciario y seguridad

Modelo de tratamiento en Colombia y su relación con el Cuerpo de Custodia y Vigilancia (CCV)

La administración penitenciaria en los diferentes países, tradicionalmente ha

sido liderado por personal de las fuerzas armadas evidenciándose esta situación

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 51

en que la experiencia de los directores de las instituciones penitenciarias y

carcelarias se encuentra ligada con la formación en las fuerzas armadas, en

contraposición se hace necesario que se incremente el liderazgo civil en la

dirección de los establecimientos y la administración de los sistemas

penitenciarios con el fin de garantizar los derechos humanos de los internos y

desarrollar las funciones penitenciarias en un marco ético que impida el abuso de

poder por parte de las autoridades del establecimiento.

En Colombia se emplea el sistema penitenciario progresivo, este sistema es de

origen europeo Jiménez (2001). Según el código penitenciario y carcelario de

Colombia (Ley 65 de 1993) en su artículo 142 el objetivo del tratamiento

penitenciario es “preparar al condenado, mediante su resocialización para la vida

en libertad”, este tratamiento es progresivo y en la medida de lo posible ser

individualizado.

El sistema de tratamiento progresivo en Colombia está compuesto por las

siguientes fases (ver figura 19):

a) Observación, diagnostico y clasificación del interno.

b) Alta seguridad: comprende el periodo cerrado, no se trabaja fuera del

penal, hay restricción de las comunicaciones.

c) Mediana seguridad

d) Mínima seguridad

e) De confianza

En el Sistema Penitenciario Colombiano, según el artículo 113 del Código

Penitenciario y Carcelario (Ley 65 de 1993), es el Cuerpo de Custodia y Vigilancia

el encargado de:

“… mantener y garantizar el orden, la seguridad, la disciplina y los programas de resocialización en los centros de reclusión, la custodia y vigilancia de los internos, la protección de sus derechos fundamentales y otras garantías consagradas en la Constitución Política, en los pactos, tratados y convenios internacionales de derechos humanos, suscritos y ratificados por Colombia y en general asegurar el normal desarrollo de las actividades de los centros de reclusión”

Page 52: Seguridad

Seguridad y Tratamiento Penitenciario 52

Figura 19.

Fases del tratamiento penitenciario colombiano

Nota: figura elaborada por el autor.

Para la adecuada aplicación del tratamiento del sistema progresivo existe la

participación del Consejo de Evaluación y Tratamiento cuyas funciones se

encuentran claramente definidas en la resolución 7302 de 2005 en los artículos 9,

10, 11, 12 y 13; es importante tener en cuenta que dentro de los funcionarios del

CET se encuentra el funcionario del Cuerpo de Custodia y Vigilancia, cuya

funciones según el Plan de Acción y sistema de Oportunidades es:

“el encargado de garantizar un adecuado comportamiento en comunidad, propendiendo por un clima amable y el desarrollo de relaciones interpersonales adecuadas –de liderazgo y subordinación-, en los espacios de comunes de alojamiento, trabajo y educación. Para cumplir con esta función, desarrolla las siguientes actividades: • Constatar la programación e informar a los diferentes estamentos sobre

las actividades que realizan los internos en cada uno de los espacios del establecimiento.

• Cumplir con el reglamento del régimen interno, trabajando en un marco de disciplina, acatamiento de órdenes y respeto a las figuras de autoridad.

• Supervisar el desempeño de los internos en los frentes laborales, en los programas sugeridos para el tratamiento integral, y en todo tipo de actividades que generen información básica para la intervención”

En este momento es muy importante hacer la salvedad que no se encontró

información documental que corroborara que en algún país se vincula el personal

de Custodia y Vigilancia con el tratamiento penitenciario, es más en algunos

países como Estados Unidos, Australia, Inglaterra y Gales se han privatizado los

establecimientos de reclusión, proceso que no desvincula de la privatización a la

guardia, para no ir más lejos en la Cárcel Distrital el Bosque y en la Reclusión de

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 53

Mujeres de la ciudad de Barranquilla actualmente la seguridad es contratada con

la empresa privada, obteniendo hasta el momento adecuados resultados.

Si bien es cierto no hay información al respecto, es importante aclarar que el

proceso que viene desarrollando el INPEC de vincular al Cuerpo de Custodia y

Vigilancia al tratamiento penitenciario no es equívoco, siempre y cuando no se

pierda de vista que la función principal de estos funcionarios es velar por la

seguridad del establecimiento y todo lo que ello implica, por eso esa participación

más allá de la participación en la construcción de un informe interdisciplinario

debe estar encaminada a la participación como ente ejemplarizante de las

conductas de convivencia y seguridad que deben reinar en el régimen al interior

del establecimiento.

Informe del personal del Cuerpo de Custodia y Vigilancia en el marco del tratamiento penitenciario

Uno de los pasos de mayor importancia en lo que refiere al concepto que debe

realizar el Cuerpo de Custodia y Vigilancia consiste en proporcionar al Consejo de

Evaluación y Tratamiento CET su apreciación profesional pertinente al

comportamiento relacionado con aspectos de seguridad de los internos, de tal

manera que integrado a las visiones de los otros profesionales permita obtener

una visión integral de la problemática del sujeto.

En este orden el Cuerpo de Custodia y Vigilancia debe reorientar su proceso

evaluativo e incorporar nuevos elementos que admitan efectuar una estimación

orientada a establecer las circunstancias y necesidades en materia de seguridad

del privado de la libertad, pero además que le permitan establecer el grado de

supervisión que requiera el interno y así mismo le permita tener un punto de

partida para sugerir el tipo y modalidad de tratamiento que más favorece.

Es de anotar que el proceso de evaluación, requiere el uso de diversas

técnicas de recolección de información que permiten disminuir el sesgo

atribucional propio del sujeto, que lo lleva a ser subjetivo, dado que permite

triangular la información, generando a su vez estándares científicos que permiten

que se cumpla con dos criterios importantes: la contrastabilidad y la verificabilidad

de los resultados.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 54

En este orden, a continuación se describen algunas técnicas de recolección de

información que pueden ser utilizadas para proporcionar el concepto técnico del

Cuerpo de Vigilancia y Custodia:

Tabla No. 2.

Técnicas de recolección de información.

Técnica de recolección de información Uso

Entrevista semiestructurada

Generalmente la entrevista en esta área busca ser desarrollada con el interno. Tiene como objetivo identificar factores de riesgo criminógeno, factores protectores, comportamientos de riesgo y características del actuar.

Observación de pautas conductuales y relacionales

En este apartado se evalúa el manejo del poder del interno, la interiorización de normas, la capacidad de adaptación a los diferentes espacios sociales y el manejo de autoridad, capacidad de liderazgo y toma de decisiones.

Estudio del expediente Esta busca realizar la identificación de problemas disciplinarios o de convivencia que ha tenido durante su estancia en el establecimiento penitenciario.

Aplicación de pruebas seleccionadas

Se realiza la aplicación de pruebas si es considerado pertinente.

Nota: Elabora por el autor a partir de diferente autores.

Ahora bien, producto del proceso de evaluación se efectúa el concepto técnico

que el documento que se elabora con el fin de conocer las características de los

internos en cuanto a su aprehensión de normas y cumplimiento de directrices de

convivencia y seguridad, a partir de la evaluación que se realiza se posibilita la

toma de decisiones por parte del Consejo de Evaluación y Tratamiento en cuanto

a la medidas y el programa al que debe ser vinculado el infractor.

Es así que el concepto debe reflejar las necesidades de los individuos

evaluados y servir como base en el establecimiento del plan de atención e

intervención individual del interno a fin de disminuir la probabilidad de

reincidencia o la presentación de comportamientos que atente contra la seguridad

del centro penitenciario, del mismo sujeto o de sus compañeros.

En este orden la elaboración de dicho concepto debe obedecer a un proceso

estandarizado que se lleva a cabo en la construcción del informe, con el fin de

obtener los datos suficientes, relevantes y pertinentes en esta área de evaluación,

orientando el proceso de toma de decisiones

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 55

Para efectos de este estudio se indicará la metodología en términos generales

a seguir en la construcción del informe.

El proceso de construcción del informe, busca seguir las características del

método científico en los que se posibilite la formulación y comprobación de

hipótesis y de esta manera el plan a seguir con el privado de la libertad, en el

particular de lo relacionado a los aspectos de convivencia y seguridad. A

continuación se explicará cada una de las partes que comprende la metodología.

El informe constituye una de las partes más importantes del proceso evaluativo,

dado que debe denotar la técnica científica de forma clara, coherente y completa,

dando respuesta a los interrogantes que en materia de seguridad y convivencia

se solicitan, pero además, es el espacio donde el profesional de la seguridad

debe escribir solo aquello que está seguro de poder sustentar de manera precisa

y con respaldo teórico - empírico. En este se debe mencionar de forma detallada y

en orden cada uno de los pasos que se llevaron a cabo para la recolección y

análisis de información, así como la manera como se llega a conclusiones de la

evaluación. Es importante mencionar los tiempos invertidos y el número de

observaciones que se desarrollaron para obtener el resultado.

En términos generales debe contener los siguientes aspectos:

Situación de una persona.

Se suele indagar sobre la reincidencia del sujeto en un medio carcelario y los

antecedentes de su comportamiento en cuanto a faltas o sanciones disciplinarias

a las que haya sido objeto.

Síntesis explicativa.

El profesional de la seguridad emite como resultado del estudio, la valoración.

Esta síntesis deberán seguir los criterios de precisión de términos, claridad

expositiva y argumentativa.

Competencias laborales - Perfil del funcionario del Cuerpo de Custodia y Vigilancia en el Consejo de Evaluación y Tratamiento

Este proceso requiere, entonces de un profesional en seguridad con un perfil

particular como a continuación se denota. Por un lado, este personal debe reunir

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 56

aquellos aspectos propios del personal de seguridad que demanda el INPEC; de

otro lado, están las competencias específicas para el trabajo dentro de los CET.

Entre los primeros, se puede diferenciar aquellos aspectos, cualidades o

competencias que el personal de guardia y custodia debe poseer con antelación

al ingreso a la carrera de guardia y que, de hecho, permiten acceder a dicha

carrera. En segundo lugar, están las competencias que se pueden adquirir a lo

largo del curso básico de formación de guardias, el cual los aspirantes deben

superar satisfactoriamente para quedar nombrados en el cargo.

Funcionario de Cuerpo de Custodia y Vigilancia. Tal como lo expresa el artículo

117 de la ley 65 de 1993 (Código Penitenciario y Carcelario), este cuerpo es de

carácter civil y permanente, integrado por personal uniformado, jerarquizado con

régimen y disciplina especial, encargado de velar por la seguridad, vigilancia y

disciplina de los establecimientos carcelarios y penitenciarios, que se encuentra

conformado por oficiales y suboficiales.

En este orden, el funcionario que conceptué para Consejo de evaluación y

tratamiento debe ser un oficial, preferiblemente capitán o mayor con conocimiento

en seguridad y formación universitaria en una ciencia social como derecho,

sociología, psicología, antropología, psiquiatría, entre otras.

En este mismo orden debe tener habilidades y conocimientos en el área de la

seguridad, lo que implica manejo de comportamientos de riesgo que atenten

contra la convivencia, predicción de daño potencial sobre sí mismo o sobre la

comunidad. Y en sus características personales es primordial contar con una

persona que exhiba estabilidad emocional, manejo de poder, liderazgo y

formación ética que le permitan responder a las exigencias del cargo. De forma

específica, tenemos:

1. Competencias previas al ingreso a la carrera de guardia: A partir de

convocatorias que el INPEC ha realizado por medio de la Comisión

Nacional del Servicio Civil para el ingreso a la carrera de personal de

custodia y vigilancia (por ejemplo, la convocatoria CNSC-CM- 01 DE 2008),

los aspirantes deben poseer:

a) Aptitud físicoatlética (Art.2.1.1.2): resistencia aeróbica y capacidad

óptima del organismo para metabolizar el óxigeno en la sangre.

b) Personalidad: se mide personalidad general, mediante la prueba MMPI-2

y una entrevista grupal, aunque no se específica que aspectos

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 57

específicos de personalidad interesa medir y que niveles se consideran

óptimos en los aspirantes.

c) Pruebas de inteligencia: se tiene en cuenta el razonamiento verbal,

numérico, mecánico y espacial y rapidez y exactitud perceptiva.

d) Uso del lenguaje: ortografía y uso adecuado del lenguaje (detección de

errores sintácticos, de puntuación, y uso de letras mayúsculas.

e) Memoria visual.

f) Como aspectos complementarios, de acuerdo a entrevistas realizadas a

personal docente de la Escuela Penitenciaria Nacional (Acosta, D.

Comunicación Personal, 9 de marzo del 2009) se sugiere tener en

cuenta la estabilidad psicosocial de la familia del aspirante y evaluar el

posible consumo de drogas).

g) Valores: De acuerdo al decreto 407 DE 1994, se espera del personal

penitenciario y carcelario que su desempeño en el cargo se ajuste a una

serie de principios que implican, en términos prácticos la interiorización

de valores como:

• Igualidad, imparcialidad y protección

• Naturaleza del servicio penitenciario y carcelario nacional

• Oposición a la corrupción

• Respeto a la ley, obediencia y armonía

• Respeto a la dignidad humana

• Cumplimiento de la ley

2. Competencias resultantes de la formación recibida en el Curso de

Dragoneantes: para aspirar al nombramiento como dragoneante, el

aspirante debe superar con éxito este curso que reúne materias de

psicología, seguridad, tratamiento y desarrollo, administración penitenciaria,

ética y metodología de la investigación, entre otros aspectos. Además de

ello, el/la aspirante debe superar asignaturas de preparación física,

prácticas y otras asignaturas extracurriculares y electivas.

Posteriormente, los dragoneantes que cuenten con un título universitario de

pregrado pueden acceder al curso para oficiales y, superado éste, pueden

entrar a hacer parte del CET.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 58

3. De acuerdo al diagnóstico de miembros de los CET llevados a cabo para

este proyecto, se destacan como cualidades que deben reunir los miembros

de los CET, sin diferenciar por cargo o profesión, las siguientes:

a) Resistencia a la frustración

b) Resistencia al trabajo bajo presión

c) Tolerancia, honestidad, compromiso y responsabilidad, entre otros

valores

d) Interés por escuchar y aprender de las personas

Los miembros dragoneantes de lo CET entrevistados en el marco del

diagnóstico de este cuerpo colegiado, tienden a indicar que su trabajo no se

relaciona con las familias o las redes sociales de los internos/as. Frente a ello,

consideramos que las oportunidades de visitas de familiares y amigos que recibe

el personal interno pueden constituir oportunidades para el personal de guardia y

custodia para recabar información de estas fuentes de apoyo social - información

útil para las funciones de los CET-, ya que ingreso, permanencia y egreso de las

visitas al establecimiento está a cargo básicamente del personal de custodia y

vigilancia.

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Seguridad y Tratamiento Penitenciario 59

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