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1. Introducción 2. Seguridad y Defensa Nacional 3. Soberanía y autodeterminación 4. Consejo de Defensa de la Nación. Integrantes 5. La Fuerza Armada Nacional. Estructura 6. Integración cívico militar 7. Conclusión Introducción La Seguridad de la Nación venezolana está fundamentada en el desarrollo integral y en la corresponsabilidad entre el Estado y sociedad Civil , condiciones que promueven el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económicos, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, correspondiéndole al Fuerza Armada Nacional como expresión militar del poder nacional en Venezuela , garantizar la independencia , soberanía nacional y el respeto a los más sublimes principios y valores expresados en el preámbulo y texto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como son el establecimiento de una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, que consolide la libertad , la independencia, la solidaridad , el bien común, la integridad territorial, la convivencia, el imperio de la ley y el mantenimiento de la paz. La Fuerza Armada Nacional como parte esencial e indisoluble del Poder Público Nacional, basada en los intereses y objetivos nacionales establecidos para el cumplimiento de las políticas correspondientes a la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo integral del país, da origen y formula el presente Concepto Estratégico Militar, con la finalidad de proporcionar la dirección estratégica para el funcionamiento y desarrollo de la institución. Seguridad y Defensa Nacional

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1. Introduccin2. Seguridad y Defensa Nacional3. Soberana y autodeterminacin4. Consejo de Defensa de la Nacin. Integrantes5. La Fuerza Armada Nacional. Estructura6. Integracin cvico militar7. ConclusinIntroduccinLa Seguridad de la Nacin venezolana est fundamentada en el desarrollo integral y en la corresponsabilidad entre el Estado y sociedad Civil, condiciones que promueven el goce y ejercicio de los derechos y garantas en los mbitos econmicos, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar, correspondindole al Fuerza Armada Nacional como expresin militar del poder nacional en Venezuela, garantizar la independencia, soberana nacional y el respeto a los ms sublimes principios y valores expresados en el prembulo y texto de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela como son el establecimiento de una sociedad democrtica, participativa y protagnica, multitnica y pluricultural, que consolide la libertad, la independencia, la solidaridad, el bien comn, la integridad territorial, la convivencia, el imperio de la ley y el mantenimiento de la paz.

La Fuerza Armada Nacional como parte esencial e indisoluble del Poder Pblico Nacional, basada en los intereses y objetivos nacionales establecidos para el cumplimiento de las polticas correspondientes a la defensa militar, la cooperacin en el mantenimiento del orden interno y la participacin activa en el desarrollo integral del pas, da origen y formula el presente Concepto Estratgico Militar, con la finalidad de proporcionar la direccin estratgica para el funcionamiento y desarrollo de la institucin.

Seguridad y Defensa NacionalLa Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformacin de las naciones, puesto que los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y proteccin a todas las personas que integran la nacin. En todo Estado y en particular en el Estado venezolano se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos.

La Seguridad Nacional est referida a las manifestaciones externas, que los sujetos integrantes de la nacin pueden percibir, y que se manifiesta en la sensacin de tranquilidad o de inseguridad de los ciudadanos, ya que depende de la percepcin por parte de la ciudadana de la sensacin de paz, peligro o amenaza para con la nacin, y por ende para con la seguridad de sus ciudadanos. La misma es parte inherente de la poltica de la nacin y est directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad.

En el mbito poltico la seguridad nacional es el objetivo principal, la meta, el fin, mientras que la defensa nacional es el medio, o uno de los medios, el ms destacado para lograr la seguridad. Se puede sealar el aspecto de la Seguridad como un aspecto psicolgico, como una actitud o un estado de conciencia, y que va a depender del grado de confianza y seguridad que el Estado transmita a sus nacionales.

Se puede definir la Seguridad de la Nacin como: La situacin, estado o condicin que se configura por medio de la garanta, goce y ejercicio efectivo de los derechos en los diversos mbitos de la vida nacional: social, econmico, cultural, poltico, militar, entre otros, por parte de la poblacin, la sociedad y dems entes que conforman el Estado.

La Seguridad de la Nacin se refiere principalmente a 3 aspectos:

1. La Seguridad del Territorio: cuyo fin es la preservacin del territorio nacional de la ocupacin, transito o invasin ilegal de otras personas o naciones que no estn debidamente autorizados para ingresar al pas.

2. La Seguridad de la Poblacin: que est referida a la proteccin de la colectividad de situaciones que amenacen o atenten contra su libertad, seguridad o bienestar.

3. La Seguridad de las Libertades: cuyo fin es la garanta del cumplimiento de las libertades internas y externas, a las que se tiene derecho por mandato constitucional.

De tal forma que la Seguridad es un elemento indispensable para el bienestar de la sociedad, de la colectividad, ya que protege los derechos de la nacin tanto en el mbito interno como externo.

Soberana y autodeterminacinAlude a la facultad del Estado de ejercer su autoridad por encima de cualquier otro en un territorio especfico y sobre una determinada poblacin. Por lo tanto, ningn Estado puede ejercer soberana donde lo hace otro. Este principio encuentra su expresin ms corriente en la idea de no injerencia de un Estado o de un conjunto de ellos en los asuntos internos del otro. A lo largo de la historia del pensamiento poltico los juristas se preguntaron por el individuo o el organismo en que resida la soberana. Originariamente, cuando el Estado tuvo carcter patrimonial, afirmaron que el soberano era el rey por designio de Dios. Ms tarde, aseguraron que Dios haba entregado la soberana al pueblo, pero que ste la delegaba en el monarca. Con el desarrollo de las formas institucionales republicanas y democrticas, se lleg a pensar que el depositario de la soberana es el mismo pueblo.

A partir de fines de la Segunda Guerra Mundial, la idea del derecho a la autodeterminacin de los pueblos fue desplazando progresivamente a la de soberana. Este concepto tiene dos aspectos. Por un lado, se define como "el derecho de un pueblo de elegir libremente su propio sistema poltico", econmico y social. Por otro lado, significa "el derecho de un determinado pueblo de constituirse en Estado o de unirse a otro ya existente.

Principio de Seguridad Nacional. Consejo de DefensaDispone la Constitucin que "La seguridad de la Nacin se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promocin y conservacin ambiental y afirmacin de los derechos humanos, as como la satisfaccin de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los mbitos econmico, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar".6 Igualmente se establece que la seguridad de la Nacin es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de sta y su defensa es responsabilidad de todos.

En la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, como consecuencia de la democracia social, participativa y protagnica se ha pretendido fundamentar la constitucin de la Milicia Nacional como componente de la Fuerza Armada Nacional como pretenda la derrotada propuesta de reforma constitucional presidencial8 o destinada a "complementar la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa Integral de la Nacin" como lo establece la nueva Ley Orgnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Es preciso puntualizar que en una sociedad democrtica la misin de la fuerza armada "no es dirigir la sociedad sino ejecutar la defensa nacional bajo los parmetros de los previamente delineado defendible por el sector civil gobernante".

En cuanto a la atencin de las fronteras, la Constitucin la considera prioritarias para la defensa nacional y establece una franja de seguridad de fronteras cuya amplitud, regmenes especiales en lo econmico y social, poblamiento y utilizacin sern regulados por la ley, protegiendo de manera expresa los parques nacionales, el hbitat de los pueblos indgenas all asentados y dems reas bajo rgimen de administracin especial.

Consejo de Defensa de la Nacin. IntegrantesSe crea el Consejo de Defensa de la Nacin, mximo rgano de consulta para la planificacin y asesoramiento para la defensa nacional. Le corresponde establecer el concepto estratgico de la Nacin. Lo preside el Presidente de la Repblica y lo conforman adems, el Vicepresidente Ejecutivo, el Presidente de la Asamblea Nacional, el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente del Consejo Moral Republicano y los ministros de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificacin, y otros cuya participacin se considere pertinente. Como se observa, este nuevo e importante rgano de rango constitucional est integrado exclusivamente por miembros del Poder Pblico Nacional siendo la mayora de designacin presidencial. La Ley Orgnica de Seguridad de la Nacin distingue entre miembros permanentes que son los antes sealados, adicionando el ministro del Ambiente y los miembros no permanentes que solo tienen derecho a voz y son de libre nombramiento y remocin por parte del Presidente del Consejo.

Atribuciones y organizacin del Consejo de Defensa de la NacinDe acuerdo a la Ley Orgnica, el Consejo de Defensa de la Nacin tiene las atribuciones siguientes:

1. Asesorar al Poder Pblico en la elaboracin de los planes de seguridad, desarrollo y defensa integral, en los diversos mbitos de la vida nacional.

2. Formular la poltica de seguridad.

3. Elaborar y actualizar el Concepto Estratgico de la Nacin. Sugerir lineamientos al Poder Pblico para la elaboracin y ejecucin de los planes que de l se deriven.

4. Constituir Comits de Trabajo Interinstitucionales y de Emergencia.

5. Fomentar la participacin activa y permanente del Poder Pblico y de la sociedad, en los asuntos relacionados con la seguridad de la Nacin.

6. Requerir de las personas naturales o jurdicas de carcter pblico y privado los datos, estadsticas e informaciones relacionados con la seguridad de la Nacin, as como su necesario apoyo.

7. Asegurar que los sistemas de inteligencia, proteccin civil y dems organismos de seguridad ciudadana del Estado e instituciones afines, remitan los datos, informaciones y estadsticas relacionadas con la seguridad de la Nacin.

8. Proponer al Presidente o Presidenta de la Repblica, intervenir aquellos rganos de seguridad del Estado, en cualquiera de sus niveles y espacios cuando las circunstancias lo ameriten.

9. Aprobar directivas para colaborar con la movilizacin y desmovilizacin total o parcial, en los diversos mbitos.

10. Asegurar que los integrantes del sistema de proteccin civil en sus diferentes niveles, programen y coordinen con el rgano respectivo, los recursos pblicos y privados necesarios, a fin de prevenir, mitigar, dar respuestas y recuperar los daos ocasionados por eventos de origen natural, tcnico y social, que obligatoriamente requieran del apoyo de las estructuras polticas, tcnicas, sociales y econmicas del Estado.

11. Fomentar la formacin de equipos multidisciplinarios especializados en seguridad y defensa, del sector pblico y privado.

El Consejo de Defensa de la Nacin cuenta con una secretaria general que cumple funciones permanentes como rgano de apoyo administrativo, tcnico y de investigacin, y est a cargo de un secretario de libre nombramiento y remocin del Presidente del Consejo de Defensa de la Nacin.

La Secretaria General est integrada por los Comits Coordinadores, el Centro de Evaluacin Estratgica, el Centro de Polticas y Estrategias, y una oficina administrativa.

Por otra parte, dispone la Constitucin que "El Ejecutivo Nacional se reserva la clasificacin y divulgacin de aquellos asuntos que guarden relacin directa con la planificacin y ejecucin de operaciones concernientes a la seguridad de la Nacin, en los trminos que la ley establezca".

La Fuerza Armada Nacional. EstructuraLa Fuerza Armada Nacional de la Repblica Bolivariana de Venezuela est integrada por alrededor de 155.000 a 250.000 combatientes activos, entre ellos, una creciente Milicia Nacional Bolivariana formada por cientos de miles de hombres y mujeres en capacidad de prestar servicios como reservistas. No obstante, esta cifra de efectivos activos se aproxima a 155.000 hombres y mujeres de primera lnea (incluyendo los ms aptos para ser llamados primero, entendindose por estos, aquellos hombres y mujeres en edades de 17 - 39 aos), distribuidos en cuatro (4) componentes de Tierra, Mar y Aire. Esto segn lo prescribe el Artculo 328 de la Constitucin Nacional y el Artculo n 29 de la Ley Orgnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Dichos componentes se complementan con la Milicia Nacional Bolivariana, la cual es un cuerpo especial de reservistas organizado por el Estado Venezolano, integrado por la Reserva Militar y la Milicia Territorial destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa Integral de la Nacin y garantizar su independencia y soberana.

Por tanto, los mencionados componentes que conforman la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son, a saber, los siguientes:

Ejrcito Nacional Bolivariano

Armada Nacional Bolivariana

Aviacin Militar Nacional Bolivariana

Guardia Nacional Bolivariana

Los principales roles cumplidos por la Fuerza Armada son la defensa de la soberana del territorio nacional, espacio areo, insular, el combate al trfico de drogas, bsqueda y rescate y proteccin civil en los casos de desastre. Todos los ciudadanos venezolanos varones tienen el deber legal de inscribirse en el registro militar al cumplir los 18 aos de edad, que es la mayora de edad en Venezuela, aunque la prestacin como tal del servicio actualmente es voluntaria. A parte del funcionamiento esencial de la seguridad y defensa de la Nacin con el funcionamiento de los cuatro (4) componentes y la Milicia Nacional, la Ley Orgnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana seala tambin el funcionamiento de la Guardia de Honor Presidencial de Venezuela en su artculo No. 8, as como su condicin de cuerpo encargado de la seguridad, custodia y proteccin del Presidente(a) de la Repblica as como sus familiares directos.

De este modo dos de los otros cuerpos especiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son los siguientes:

Milicia Nacional Bolivariana

Guardia de Honor Presidencial

FUNCIONES DE LA FUERZA ARMADA NACIONALSon funciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, las siguientes:

1. Asegurar la soberana plena y jurisdiccin de la Repblica en los espacios continentales, reas marinas y submarinas, insulares, lacustres, fluviales, reas marinas interiores histricas y vitales, las comprendidas dentro de las lneas de base recta que ha adoptado o adopte la Repblica; el suelo y subsuelo de estos; el espacio areo continental, insular y martimo; y los recursos que en ellos se encuentran;

2. Defender los puntos estratgicos que garantizan el desenvolvimiento de las actividades de los diferentes mbitos: social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental militar y econmico y tomar las previsiones para evitar su uso por cualquier potencia o extranjero;

3. Preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propsito de coadyuvar a la independencia, soberana e integridad del espacio geogrfico de la Nacin;

4. Participar en alianzas o coaliciones con las Fuerzas Armadas de otros pases para los fines de la integracin dentro de las condiciones que se establezcan en los tratados, pactos o convenios internacionales, previa aprobacin de la Asamblea Nacional;

5. Formar parte de misiones de paz, constituidas dentro de las disposiciones contenidas en los tratados vlidamente suscritos y ratificados por la Repblica Bolivariana de Venezuela previa aprobacin de la Asamblea Nacional;

6. Apoyar a los distintos niveles y ramas del Poder Pblico en la ejecucin de tareas vinculadas a los mbitos social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental, econmico y en operaciones de proteccin civil en situaciones de desastres en el marco de los planes correspondientes;

7. Contribuir en preservar o restituir el orden interno, frente a graves perturbaciones sociales, previa decisin del Presidente o Presidenta de la Repblica Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;

8. Organizar, planificar, dirigir y controlar el Sistema de Inteligencia Militar y Contrainteligencia Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;

9. Promover y realizar actividades de investigacin y desarrollo, que contribuyan al progreso cientfico y tecnolgico de la Nacin, dirigidas a coadyuvar a la independencia tecnolgica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;

10. Analizar, formular, estudiar y difundir el Pensamiento Militar Venezolano;

11. Participar en el desarrollo de centros de produccin de bienes y prestacin de servicios integrados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;

12. Formular y Ejecutar el Plan Estratgico de Desarrollo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de acuerdo con las lneas generales del Plan de Desarrollo Econmico y Social de la Nacin;

13. Participar y cooperar en las actividades de bsqueda y salvamento de conformidad con la ley y en ejecucin de los tratados vlidamente suscritos y ratificados por la Repblica Bolivariana de Venezuela;

14. La funcin meteorolgica que se lleve a cavo con fines de seguridad y defensa de la Nacin, as como la consolidacin y operacin de su red;

15. Prestar apoyo a las comunidades en caso de catstrofes, calamidades pblicas u otros acontecimientos similares;

16. La posesin y el uso exclusivo de armas de guerra, as como, regular, supervisar y controlar la fabricacin, importacin, exportacin, almacenamiento, trnsito, registro, porte, tenencia, control, inspeccin, comercio y posesin de otras armas, partes, accesorios, municiones, explosivos, artificios pirotcnicos y sustancias precursoras de explosivos, conforme a la ley respectiva.

17. Participar en la proteccin del patrimonio pblico en cualquiera de sus formas de manifestacin;

18. Fomentar y participar en las polticas y planes relativos a la geografa, cartografa, hidrografa, navegacin y desarrollo aeroespacial, que involucren la seguridad, defensa militar y desarrollo integral de la Nacin;

19. Participar en las operaciones que se originen como consecuencia de los estados de excepcin, que sean decretados de conformidad con la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y la ley;

20. Ejercer las competencias en materia de Servicio Civil o Militar, de conformidad con la ley;

21. Ejercer las actividades de polica administrativa y de investigacin penal de conformidad con la ley; y

22. Las dems que le atribuyan la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y la ley.

Integracin cvico militarLa unin de la Fuerza Armada Nacional (FAN) y el pueblo es el eje fundamental de la nueva doctrina militar para alcanzar la seguridad integral de la nacin, y es esa unidad cvico militar el principal cambio experimentado en el mbito castrense en los ltimos aos.

En la actual gestin del presidente de la Repblica, Hugo Chvez Fras, hay coincidencias entre voceros del Gobierno Nacional y sector militar en afirmar que la nueva concepcin de la defensa fundamentada en la unidad cvico militar ha pasado de la teora a la prctica en corto tiempo.

Lo que comenz con un cambio de doctrina en la Constitucin, hoy en da es una realidad con las activaciones de nuevas unidades militares con un criterio de trabajo con la poblacin y las autoridades civiles, como una demostracin del avance en la nueva doctrina militar.

Con la aprobacin de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela en 1999, la Fuerza Armada Nacional tuvo que reconsiderar sus principios doctrinarios en cumplimiento con el postulado de la corresponsabilidad, para posteriormente aprobar de la Ley Orgnica de la Fuerza Armada Nacional (Lofan).

Este cambio de doctrina busc romper viejos esquemas y patrones copiados de las grandes potencias como Estados Unidos y trabajar en una doctrina propia basada en nuestros principios.

Es decir, la doctrina del Libertador Simn Bolvar, Francisco de Miranda y la liberacin, el nacionalismo liberador, y de la unin del soldado con su pueblo.

Participacin popular y defensa integralEl artculo 322 de la Constitucin Nacional en el ttulo VII, de la seguridad de la Nacin, Captulo I, De las Disposiciones Generales establece las lneas fundamentales de la nueva concepcin de la defensa integral:

"La seguridad de la Nacin es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de sta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; tambin de las personas naturales y jurdicas, tanto de derecho pblico como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geogrfico nacional".

En complemento a este postulado, el artculo 326 seala que la seguridad de la Nacin se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia y solidaridad, entre otros.

En ms de una oportunidad el presidente de la Repblica, Hugo Chvez Fras, se ha dirigido a la nacin para explicar la defensa integral. Especficamente, en el programa Al Presidente del 20 de marzo del 2005, el Jefe de Estado invit al pueblo a 'asumir una actitud de defensa nacional integral a fin de preservar nuestra soberana ante naciones como Estados Unidos'.

Desde el ao 2004 se comenz a trabajar en la "ofensiva ideolgica del nuevo pensamiento militar venezolano, que debe partir de nuestras races, del pensamiento antiimperialista, unificador, patritico, igualitario, justiciero, fraterno y liberador'.

Esta doctrina militar incluye la cooperacin activa del pueblo en defensa de la soberana. Dicha doctrina tiene tres lneas:

1) Fortalecimiento del poder militar de la Nacin,

2) Profundizacin de la unin cvico militar (soldados y pueblo) y

3) Fortalecimiento y participacin popular en las tareas de la defensa nacional.

Preparados para conflictos asimtricosLas teoras de defensa evolucionan con el pasar del tiempo, y es por ello que en la actualidad la nueva doctrina militar estudia la guerra asimtrica o conflicto desigual.

Este nuevo pensamiento militar permitir a la FAN afinar estrategias para contrarrestar amenazas a la seguridad interna, con la participacin de la poblacin en diferentes reas. Con la promulgacin de la Lofan, los pensum acadmicos y los ejercicios militares comenzaron a incluir la participacin popular en las actividades de defensa integral. Es por ello, que se le ha dado importancia al fortalecimiento de la Reserva Nacional y de la Guardia Territorial.

La Lofan en su artculo 10 seala a la Reserva Nacional que est constituida por todos los venezolanos y venezolanas mayores de edad que no estn en servicio militar activo, que hayan cumplido con el servicio militar o que voluntariamente se incorporen a las unidades de reserva que al efecto sean conformadas.

La misin de la Guardia Territorial es preparar y mantener al pueblo organizado para operaciones de resistencia local, ante cualquier agresin interna y/o externa, as como la participacin en misiones especiales de defensa y desarrollo integral de la Nacin.

En el artculo 11 de la referida ley, se explica que la Guardia Territorial est constituida por los ciudadanos y ciudadanas que voluntariamente se organicen para cumplir funciones de resistencia local ante cualquier agresin interna o invasin de fuerzas extranjeras. Estos grupos deben ser debidamente registrados por la Comandancia General de la Reserva Nacional y de la Movilizacin Nacional, quedando bajo su mando y conduccin.

ConclusinEl Estado tiene la responsabilidad de establecer una poltica integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y martimos, preservando la integridad territorial, la soberana, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, econmico, social y la integracin. Atendiendo la naturaleza propia de cada regin fronteriza a travs de asignaciones econmicas especiales.

El Consejo de Defensa de la Nacin es el mximo rgano de consulta para la planificacin y asesoramiento del Poder Pblico en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nacin, su soberana y la integridad de su espacio geogrfico.

A tales efectos, le corresponde tambin establecer el concepto estratgico de la Nacin. Presidido por el Presidente o Presidenta de la Repblica, lo conforman, adems, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificacin, y otros cuya participacin se considere pertinente. La ley orgnica respectiva fijar su organizacin y atribuciones.

El concepto de desarrollo integral se encuentra en el Artculo 4 de la Ley Orgnica de Seguridad de la Nacin, estableciendo que: "El desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecucin de planes, programas, proyectos y procesos continuos de actividades y labores que acordes, con la poltica general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurdico vigente, se realicen con la finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la poblacin, en los mbitos econmico, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar." acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participacin de las instituciones pblicas y privadas, y las personas naturales y jurdicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberana, la integridad territorial y el desarrollo integral de la Nacin."

El llamado formulado, por el Presidente Hugo Chvez a todos los venezolanos y venezolanas a defender la paz, la independencia, la soberana y el espacio geogrfico del pas tiene su fundamento en esta Ley, establecido en sus artculos 5, 6 y 7

Otro documentoSeguridad y Defensa Integral La decisin de alcanzar la inclusin de toda supoblacinal pleno goce y disfrute de losderechos humanos y la vinculacin de estos derechos con unconceptointegral deSeguridady Defensa no es una decisin de sus gobernantes sino un mandato constitucional aprobado mediante consulta electoral, libre y soberana.Este mandato est contenido en el Artculo 322 de laConstitucinNacional, y seala lo que sigue:"La seguridad de laNacinescompetenciaesencial yresponsabilidaddelEstado, fundamentada en eldesarrollointegral de sta y su defensa es responsabilidad de todos los venezolanos y venezolanas; tambin de las personasnaturalesy jurdicas, tanto de derecho pblico como de derechoprivado, que se encuentren en el espacio geogrfico nacional."La Seguridad de laNacinvenezolana est fundamentada en eldesarrollointegral y en la corresponsabilidad entreel EstadoysociedadCivil, condiciones que promueven el goce y ejercicio de los derechos y garantas en los mbitos econmicos, social, poltico, cultural, geogrfico,ambientalymilitar, correspondindole alFuerzaArmada Nacional como expresin militar delpodernacional enVenezuela, garantizar laindependencia,soberana nacional y elrespetoa los ms sublimesprincipiosyvaloresexpresados en el prembulo ytextode la Constitucin dela RepblicaBolivariana de Venezuela como son el establecimiento de una sociedad democrtica, participativa y protagnica, multinica y pluricultural, que consolide lalibertad, la independencia, lasolidaridad, el bien comn, la integridad territorial, la convivencia, el imperio de laleyy elmantenimientode la paz. LaFuerzaArmada Nacional como parte esencial e indisoluble del Poder Pblico Nacional, basada en los intereses yobjetivosnacionales establecidos para el cumplimiento de laspolticascorrespondientes a la defensa militar, la cooperacin en el mantenimiento del orden interno y la participacin activa en el desarrollo integral del pas, da origen y formula el presente Concepto Estratgico Militar, con la finalidad de proporcionar ladireccin estratgicapara el funcionamiento y desarrollo de lainstitucin.este sentido, se promulgaron las Lneas Generales delPlande Desarrollo de la Nacin, que toman en consideracin elnuevorgimen de Seguridad Hemisfricacuyoatributo fundamental ser sucarcterintegral y multidimensional, el fortalecimiento de la Soberana Nacional y lapromocinde unmundomultipolar, a travs de laestrategiade pluralizacin, incorporando a la Fuerza Armada Nacional al desarrollo integral de la Nacin, mediante el desarrollo de un nuevomodelo que estimule lainteligenciacolectiva, el desarrollo econmico, la estabilidadpoltica, la integridad social, el desarrollo tecnolgico y la ocupacin eficiente del territorio y en el fortalecimiento de la defensa regional.Para el fortalecimiento de la defensa regional se desarrollarn iniciativas, particularmente con los pases vecinos, encaminadas a construir un marco estable de seguridad y cooperacin internacional, inspirados en intereses comunes, que permitan el fortalecimiento deinstitucionesregionales econmicas y hemisfricas militares. En virtud de la cual se hace necesario la promocin de una agenda que contemple los siguientes aspectos : La participacin en el desarrollo regional. La formulacin de nuevo concepto de defensa regional.Artculo 15. El Estado tiene la responsabilidad de establecer una poltica integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y martimos, preservando la integridad territorial, la soberana, la seguridad, la defensa, laidentidadnacional, la diversidad y elambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, econmico, social y laintegracin. Atendiendo lanaturalezapropia de cada regin fronteriza a travs de asignaciones econmicas especiales, una Ley Orgnica de Fronteras determinar lasobligacionesy objetivos de esta responsabilidad.Artculo 323. El Consejo de Defensa de la Nacin es el mximo rgano de consulta para laplanificaciny asesoramiento del Poder Pblico en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nacin, su soberana y la integridad de su espacio geogrfico.A tales efectos, le corresponde tambin establecer el concepto estratgico de la Nacin. Presidido por el Presidente o Presidenta de la Repblica, lo conforman, adems, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo deJusticia, el Presidente o Presidenta del ConsejoMoralRepublicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificacin, y otros cuya participacin se considere pertinente. La ley orgnica respectiva fijar suorganizaciny atribuciones.El concepto de desarrollo integral se encuentra en el Artculo 4 de la Ley Orgnica de Seguridad de la Nacin, estableciendo que: "El desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecucin de planes,programas,proyectosyprocesoscontinuos de actividades y labores que acordes, con la poltica general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurdico vigente, se realicen con la finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la poblacin, en los mbitos econmico, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar."acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participacin de las instituciones pblicas y privadas, y las personas naturales y jurdicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, lademocracia, la soberana, la integridad territorial y el desarrollo integral de la Nacin."El llamado formulado, por el Presidente Hugo Chvez a todos los venezolanos y venezolanas a defender la paz, la independencia, la soberana y el espacio geogrfico del pas tiene su fundamento en esta Ley, establecido de la siguiente forma en sus artculos 5, 6 y 7:Ante la situacin planteada el cumplimiento de la corresponsabilidad en la seguridad y defensa es un deber ciudadano. Alcanzar el pleno goce y disfrute de todos losderechos humanosno depende slo de las instituciones del Estado, sino de todos los que en estatierravivimos.La "Defensa Integral de la Nacin" sistematiza tres lneas deaccinestratgicas y acta sobre tres objetivos fundamentales.

LAS LINEAS DE ACCION ESTRATEGICA INVOLUCRAN:a) El fortalecimiento del componente militar de la nacin con: i) el incremento de los contingentes militares de tropas en todo el territorio nacional; ii) el mejoramiento ptimo de lacapacitacinde las tropas regulares y de los batallones de reservistas; iii) la configuracin dehiptesiscon la posibilidad de unteatrodeoperacionesmilitares en algunos puntos vitales de la nacin, como en lafronteraoccidental; iv) el ajuste y la actualizacin demateriales y equipos de las Fuerzas Armadas, y v) la compra de nuevo material deguerra, adecuado a las circunstancias de defensa nacional por tierra,aguayaire.b) La consolidacin y ampliacin de la unin cvico-militar, yc) La articulacin de la masiva participacin en la Defensa Integral de la Nacin, mediante el incremento de las Fuerzas de Reserva hasta llegar a los cien mil hombres y mujeres, incluyendo militares profesionales en retiro en tareas de organizacin popular para la defensa en cada barrio, en cada fabrica, en cada sitio donde haya un ncleo de patriotas dispuestos a organizarse para la defensa territorial.Hay, desde luego, en la nueva doctrina, un trasfondo conceptual que preve el establecimiento de nuevos cdigos y referentes que replanteen la accin militar alrededor de unparadigmaesencialmente "defensivo", dentro de una "guerra asimtrica" que incluye la definicin de centros de gravedad en todos los mbitos, el respeto a la institucionalidad y la obediencia al mando nico.La "guerra asimtrica" que combina formas regulares e irregulares (de accin guerrillera en el acumulado histrico de lasFARCenColombia), esta presente en la nueva concepcin defensiva y es de una absoluta vigencia y enormes potencialidades porque la ortodoxia militar que alienta la forma convencional de hacer la guerra, esta siendo relegada. Los conceptos de nacin enarmas, la doctrina de guerra de todo el pueblo y la unidad cvico-militar, estn abrindose paso en lateoray en la prctica.La "guerra asimtrica" debe lograr que el ser humano se convierta en el arma principal para sobreponerse a la debilidad tecnolgica, diluyendo as la asimetra estratgica positiva del enemigo, su mximo poder de fuego. Logrando la "asimetra de la voluntad", la modalidad mas temida de asimetra en el escenario de lasguerraspopulares modernas, como lo esta mostrando Manuel Marulanda y las FARC en su actual contraofensiva frente algobierno paramilitar de Uribe Velez.Punto clave en la "Defensa Integral de la Nacin" es el intercambio militar con otros pases, especialmente de Sudamrica, como elBrasil, con el que se estudia la adquisicin de nuevos aviones brasileos AMX Tucanos y de radares, lo cual se concretara en la visita del Presidente Lula a Caracas, el 13 de febrero del ao en curso.Es crucial el suministro de los mejores helicpteros de ataque y asalto disponibles en elmercadointernacional, los rusos MI-35 y el suministro de 90 mil fusiles de asalto Kalashnikov AK-47 junto con lanzacohetes RPG-47 y lanzagranadas, cuyo grandiosovalormilitar ha quedado comprobado por la resistenciaenIrakcontra la tropa imperialista. Todo ello para mejorar el parque militar y establecer un permanente intercambio tecnolgico que incluya elementos del parque aeronutico deChina,IndiayRusiay del navalespaol. A lo que se suma la constante identificacin demercadosalternativos detecnologablica y el desarrollo de la propiaindustriamilitar en correspondencia con el modelo de desarrollo endgeno.

LOS OBJETIVOS PUNTUALES DE LA "DEFENSA INTEGRAL DE LANACION" SE ORIENTAN A:a) la constitucin de Consejos Regionales y Locales de Seguridad, como instituciones decontrolde la reserva y decoordinacincon los organismos civiles; b) mejorar el stock de reservas alimentaras y de otra ndole para situaciones de emergencia; y c) el desarrollo de la industria militar venezolana.La Nueva Doctrina Militar gestada e impulsada por larevolucinvenezolana es un punto de referencia obligado para los pueblos latinoamericanos en su dura lucha contra los planes imperialistas de dominacin continental, mediante unaestructuraque se impone al resto de naciones a travs de la fuerza del chantaje y el control econmico.Artculo 328 establece el papel que debe desempear el sector militar en esa nueva concepcin de la Seguridad de la Nacin al sealar: "La Fuerza Armada Nacional constituye una institucin esencialmente profesional, sin militancia poltica, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberana de la Nacin y asegurar la integridad del espacio geogrfico, mediante la defensa militar, la cooperacin en el mantenimiento del orden interno y la participacin activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitucin y la ley." De las disposiciones de estos y otros artculos se desprenden claramente las responsabilidades establecidas para todos los venezolanos y quienes vivan en Venezuela en la Seguridad de la Nacin y la condicin que se requiere para cumplirla: la unidad cvico-militar. La accin conjunta cvico-militar se perfila como el factor determinante delprocesodecambiosocial diseado en la Constitucin Nacional.PROPUESTAS EN LA LEY ORGNICA DE LA FANPara adelantar las responsabilidades establecidas en los preceptos constitucionales, la Fuerza Armada Nacional requiere de un instrumento que le proporcione los lineamientos generales para su organizacin, ese es el cometido que cumplira la Ley Orgnica de la FAN, actualmente en discusin en la Asamblea Nacional.Conveniente es repetir una vez ms que elproyectode Ley Orgnica de la Fuerza Armada Nacional determina que la Fuerza Armada Nacional es la nica y principal institucin castrense de la Repblica Bolivariana de Venezuela, la cual se encuentra movilizada permanentemente a fin de garantizar la defensa de los intereses vitales nacionales, as como la de sus ciudadanos, su territorio y su gobierno constitucional. Bajo estos principios el objeto de la ley no ser otro que el establecer las disposiciones que rigen la organizacin, funcionamiento yadministracin, de la Fuerza Armada Nacional.Destacan como elemento de fortalecimiento de la institucin militar, dentro de la integracin cvico militar nacional y latinoamericana, el artculo 40 y el 179 del proyecto de Ley, los cuales son transcritos a continuacin: "El Comando Estratgico Operacional esla organizacinmilitar que planifica y conduce las operaciones militares especficas y conjuntas, en el marco de un teatro de operaciones para la defensa militar, la cooperacin en el mantenimiento del orden interno y la participacin activa en el desarrollo nacional"Para finalizar La democracia y el actual proceso exigen reglas claras para actuar y lneas para elcomportamientotico, elementos fundamentales para allanar el camino de la convivencia y la compresin entre los ciudadanos civiles y militares que tienen una responsabilidad comn: la seguridad y defensa de la Nacin.DESARROLLOQU ES SEGURIDAD Y DEFENSA

Seguridad es sinnimo de certeza, confianza, se interpreta como un ambiente estable predecible, donde no existan temores al dao o perjuicio a personas o sus bienes. Se relaciona con la confianza de los individuos dentro del ambiente social. La seguridad refleja orden, solidez, certeza, conviccin, garanta que se manifiesta en los distintos niveles: individual, grupal y social.

La defensa es la accin conjunta conformada por medidas coordinadas y planificadas sobre la base de una estrategia adoptada por el Estado para mantener la seguridad.

La seguridad y defensa nacional es un componente intrnseco del sistema poltico, al cual contribuye con aportes tendiente al fortalecimiento del poder, es decir, de la autoridad, a la preservacin de su potencial y a la solucin de conflictos que pueden interferir con el funcionamiento del Estado.

La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformacin de las naciones, puesto que los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y proteccin a todas las personas que integran la nacin. En todo Estado y en particular en el Estado venezolano se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos.

La Seguridad Nacional esta referida a las manifestaciones externas, que los sujetos integrantes de la nacin pueden percibir, y que se manifiesta en la sensacin de tranquilidad o de inseguridad de los ciudadanos, ya que depende de la percepcin por parte de la ciudadana de la sensacin de paz, peligro o amenaza para con la nacin, y por ende para con la seguridad de sus ciudadanos. La misma es parte inherente de la poltica de la nacin y esta directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad.

De tal forma que la Seguridad es un elemento indispensable para el bienestar de la sociedad, de la colectividad, ya que protege los derechos de la nacin tanto en el mbito interno como externo.La Seguridad Interna y Externa.

La Seguridad Externa: Esta referida a elementos polticos-militares, es un complemento de la seguridad nacional y tiene que ver con la forma en que cada nacin concibe la Seguridad de su territorio. Depende de 2 factores:

1. Las presiones que enfrenta el Estado.

2. La capacidad de las que dispone el Estado para actuar ante tales exigencias.En este tipo de seguridad llamada externa intervienen organismos de alcance mundial y regional como: La ONU (Organizacin Naciones Unidas), y La OEA (Organizacin de Estados Americanos). La poltica externa se configura cuando un Estado tiene intereses en un territorio en el cual no tiene ningn tipo de incidencia, es decir, donde sus instituciones no tienen ninguna importancia y por lo tanto son ineficaces. En este caso tiene solo dos opciones: el uso de la diplomacia o el uso de la guerra.Una vez definida la Seguridad Nacional es de suma importancia destacar el rol de la Defensa Integral, ya que es un elemento que es necesario para que se d la Seguridad de la Nacin

La Seguridad y Defensa tienen su fundamento jurdico en la Constitucin de la Republica Bolivariana de Venezuela, en el Titulo VII, referido a la Seguridad de la Nacin, y que va desde el artculo 322 hasta el 327. En este conjunto de artculos constitucionales se tocan aspectos relevantes tales como:

TITULO VIIDE LA SEGURIDAD DE LA NACION

Captulo IDisposiciones Generales

Artculo 322.

La seguridad de la Nacin es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de sta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; tambin de las personas naturales y jurdicas, tanto de derecho pblico como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geogrfico nacional.

Artculo 323.

El Consejo de Defensa de la Nacin es el mximo rgano de consulta para la planificacin y asesoramiento del Poder Pblico en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nacin, su soberana y la integridad de su espacio geogrfico. A tales efectos, le corresponde tambin establecer el concepto estratgico de la Nacin. Presidido por el Presidente o Presidenta de la Repblica, lo conforman adems, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificacin, y otros cuya participacin se considere pertinente. La ley orgnica respectiva fijar su organizacin y atribuciones.

Artculo 324.

Slo el Estado puede poseer y usar armas de guerra. Todas las que existan, se fabriquen o introduzcan en el pas pasarn a ser propiedad de la Repblica sin indemnizacin ni proceso. La Fuerza Armada Nacional ser la institucin competente para reglamentar y controlar, de acuerdo con la ley registro, control, inspeccin, comercio, posesin y uso de otras armas, municiones y explosivos.

Artculo 325.

El Ejecutivo Nacional se reserva la clasificacin y divulgacin de aquellos asuntos que guarden relacin directa con la planificacin y ejecucin de operaciones concernientes a la seguridad de la Nacin, en los trminos que la ley establezca.

Captulo II

Principios de Seguridad de la Nacin

Artculo 326.

La seguridad de la Nacin se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promocin y conservacin ambiental y afirmacin de los derechos humanos, as como en la satisfaccin progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los mbitos econmico, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar.

Artculo 327.

La atencin de las fronteras es prioritaria en el cumplimiento y aplicacin de los principios de seguridad de la Nacin. A tal efecto, se establece una franja de seguridad de fronteras cuya amplitud, regmenes especiales en lo econmico y social, poblamiento y utilizacin sern regulados por la ley, protegiendo de manera expresa los parques nacionales, el hbitat de los pueblos indgenas all asentados y dems reas bajo rgimen de administracin especial.

Elementos comunes entre Seguridad y Defensa Nacional:

1. La Poltica Exterior del Estado es uno de los elementos primordiales dentro del desarrollo de la seguridad y defensa de la nacin, ya que la misma debe seguir los lineamientos dictados por el ejecutivo nacional quien es el que da las directrices para establecer la poltica internacional y tambin quien traza el plan que se debe seguir para resguardar la integridad territorial de la nacin, y por ende la de todos los ciudadanos.

2. Las Fuerzas Militares o Fuerza Armada Nacional, la cual es la encargada de garantizar la independencia y soberana de la nacin, mediante la defensa militar. Y que sin duda es un elemento fundamental para la defensa integral de la nacin. 3. El Sistema Jurdico representado en el conjunto de principios, normas o reglas de tipo jurdico que regulan la conducta de los ciudadanos en la sociedad.

La Seguridad y Defensa Integral de la Nacin son elementos que se encuentran inmersos dentro de los fines esenciales del Estado, pero la consecucin de los mismos no es tarea exclusiva de los sujetos que ejercen la funcin de dirigir el pas, esta es una responsabilidad que involucra a todos los individuos que integran la nacin, a todos los venezolanos, puesto que la construccin y avance del Estado depende de la conjuncin de los esfuerzos de cada uno de los ciudadanos y del nivel de conciencia y patriotismo de cada individuo.

La decisin de alcanzar la inclusin de toda su poblacin al pleno goce y disfrute de los derechos humanos y la vinculacin de estos derechos con un concepto integral de Seguridad y Defensa no es una decisin de sus gobernantes sino un mandato constitucional aprobado mediante consulta electoral, libre y soberana.

La Seguridad de la Nacin venezolana est fundamentada en el desarrollo integral y en la corresponsabilidad entre el Estado y sociedad Civil, condiciones que promueven el goce y ejercicio de los derechos y garantas en los mbitos econmicos, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar, correspondindole al Fuerza Armada Nacional como expresin militar del poder nacional en Venezuela, garantizar la independencia, soberana nacional y el respeto a los ms sublimes principios y valores expresados en el prembulo y texto de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela como son el establecimiento de una sociedad democrtica, participativa y protagnica, multitnica y pluricultural, que consolide la libertad, la independencia, la solidaridad, el bien comn, la integridad territorial, la convivencia, el imperio de la ley y el mantenimiento de la paz.

La Fuerza Armada Nacional como parte esencial e indisoluble del Poder Pblico Nacional, basada en los intereses y objetivos nacionales establecidos para el cumplimiento de las polticas correspondientes a la defensa militar, la cooperacin en el mantenimiento del orden interno y la participacin activa en el desarrollo integral del pas, da origen y formula el presente Concepto Estratgico Militar, con la finalidad de proporcionar la direccin estratgica para el funcionamiento y desarrollo de la institucin.

este sentido, se promulgaron las Lneas Generales del Plan de Desarrollo de la Nacin, que toman en consideracin el nuevo rgimen de Seguridad Hemisfrica cuyo atributo fundamental ser su carcter integral y multidimensional, el fortalecimiento de la Soberana Nacional y la promocin de un mundo multipolar, a travs de la estrategia de pluralizacin, incorporando a la Fuerza Armada Nacional al desarrollo integral de la Nacin, mediante el desarrollo de un nuevo modelo que estimule la inteligencia colectiva, el desarrollo econmico, la estabilidad poltica, la integridad social, el desarrollo tecnolgico y la ocupacin eficiente del territorio y en el fortalecimiento de la defensa regional.

Para el fortalecimiento de la defensa regional se desarrollarn iniciativas, particularmente con los pases vecinos, encaminadas a construir un marco estable de seguridad y cooperacin internacional, inspirados en intereses comunes, que permitan el fortalecimiento de instituciones regionales econmicas y hemisfricas militares. En virtud de la cual se hace necesario la promocin de una agenda que contemple los siguientes aspectos:

La participacin en el desarrollo regional.

La formulacin de nuevo concepto de defensa regional.

Artculo 15. El Estado tiene la responsabilidad de establecer una poltica integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y martimos, preservando la integridad territorial, la soberana, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, econmico, social y la integracin. Atendiendo la naturaleza propia de cada regin fronteriza a travs de asignaciones econmicas especiales, una Ley Orgnica de Fronteras determinar las obligaciones y objetivos de esta responsabilidad.

El concepto de desarrollo integral se encuentra en el Artculo 4 de la Ley Orgnica de Seguridad de la Nacin, estableciendo que: "El desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecucin de planes, programas, proyectos y procesos continuos de actividades y labores que acordes, con la poltica general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurdico vigente, se realicen con la finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la poblacin, en los mbitos econmico, social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental y militar."

acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participacin de las instituciones pblicas y privadas, y las personas naturales y jurdicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberana, la integridad territorial y el desarrollo integral de la Nacin."

El llamado formulado, por el Presidente Hugo Chvez a todos los venezolanos y venezolanas a defender la paz, la independencia, la soberana y el espacio geogrfico del pas tiene su fundamento en esta Ley, establecido de la siguiente forma en sus artculos 5, 6 y 7:

Ante la situacin planteada el cumplimiento de la corresponsabilidad en la seguridad y defensa es un deber ciudadano. Alcanzar el pleno goce y disfrute de todos los derechos humanos no depende slo de las instituciones del Estado, sino de todos los que en esta tierra vivimos.

La "Defensa Integral de la Nacin" sistematiza tres lneas de accin estratgicas y acta sobre tres objetivos fundamentales.

LAS LINEAS DE ACCION ESTRATEGICA INVOLUCRAN:

a) El fortalecimiento del componente militar de la nacin con:

1) el incremento de los contingentes militares de tropas en todo el territorio nacional;

2) el mejoramiento ptimo de la capacitacin de las tropas regulares y de los batallones de reservistas;

3) la configuracin de hiptesis con la posibilidad de un teatro de operaciones militares en algunos puntos vitales de la nacin, como en la frontera occidental;

4) el ajuste y la actualizacin de materiales y equipos de las Fuerzas Armadas, y

5) la compra de nuevo material de guerra, adecuado a las circunstancias de defensa nacional por tierra, agua y aire.

6) La consolidacin y ampliacin de la unin cvico-militar.

7) La articulacin de la masiva participacin en la Defensa Integral de la Nacin, mediante el incremento de las Fuerzas de Reserva hasta llegar a los cien mil hombres y mujeres, incluyendo militares profesionales en retiro en tareas de organizacin popular para la defensa en cada barrio, en cada fabrica, en cada sitio donde haya un ncleo de patriotas dispuestos a organizarse para la defensa territorial.

LOS OBJETIVOS PUNTUALES DE LA "DEFENSA INTEGRAL DE LA NACION" SE ORIENTAN A:

a) La constitucin de Consejos Regionales y Locales de Seguridad, como instituciones de control de la reserva y de coordinacin con los organismos civiles; b) mejorar el stock de reservas alimentaras y de otra ndole para situaciones de emergencia; y c) el desarrollo de la industria militar venezolana.

La Nueva Doctrina Militar gestada e impulsada por la revolucin venezolana es un punto de referencia obligado para los pueblos latinoamericanos en su dura lucha contra los planes imperialistas de dominacin continental, mediante una estructura que se impone al resto de naciones a travs de la fuerza del chantaje y el control econmico.

Porque algunas fuerzas externas e internas, quieren ponerle la mano a los grandes recursos de nuestra patria Bolivariana.

Hoy Venezuela posee las mayores reservas probadas de petrleo a nivel mundial.

- Contamos con una granbiodiversidad.

- Contamos con grandes reservas de gas, y otros minerales, como el coltan, oro, diamante, hierro, bauxita etc.

- Los gobiernos imperialistas causantes de la crisis econmica mundial, eeuu, y sus ltimas acciones, estn dirigidos a socavar las bases de nuestro proceso para derrocar al presidente Chvez, y restaurar el modelo neoliberal, que entregue nuestra soberana, y profundice las desigualdades e incremente los niveles de pobreza y miseria.

- La inclusin en la lista de terrorista de algunos altos funcionarios civiles y militares.

- La inclusin en listas negras de Venezuela, como estados que no apoyan la lucha en contra del narcotrfico y el terrorismo.

- Las sanciones en contra de pdvsa.

- El bloqueo de eeuu en la venta de repuestos para los equipos militares.

- La decisin de la comisin interamericana de derechos humanos, en favor del fascista Leopoldo Lpez, desconociendo la decisin soberanade inhabilitacin por actos de corrupcin por parte de la contralora General de la Republica.

- El financiamiento por parte de organizaciones adscritas al departamento de estado USAID NED, a organizaciones estudiantiles venezolanas, como parte de la agenda conspirativa.

- La satanizacin de la revolucin y sus dirigentes por parte de los medios de la derecha en Venezuela, y a nivel internacional, (Globovision, Televen, Venevision, el Nacional, el Nuevo Pas,) las grandes cadenas privadas de comunicacin internacional (fox, CNN, BBC de Londres, new herals, the new york times el clarn, etc.)

Todas estas acciones adelantadas por el Imperialismo, constituyen parte del plan orquestado con la derecha oligrquica venezolana, en contra de nuestra Soberana, y nuestro proceso bolivariano.

En funcin de todo lo antes expuesto nos organizamos para defender nuestra soberana.

Nos preparamos para defender nuestra Patria de cualquier agresin externa o interna.

Seguiremos acompaando al Comandante Chvez en la construccin del Socialismo, que es igual a tener una patria libre.

Que viva la Revolucin Bolivariana.

Que Viva el Comandante Chvez.

La Defensa de la Nacin, es tarea de todo el Pueblo en su conjunto.