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Seguro de Defensa Jurídica e Impago de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio

Seguro de Defensa Jurídica e Impago de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio

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Seguro de Defensa Jurídica e Impago de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio. Impago de Alquiler para el Propietario de Locales de Negocio, local comercial oficina/despacho. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Seguro de Defensa Jurídica e Impago  de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio

Seguro de Defensa Jurídica e Impago de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio

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Impago de Alquiler para el Propietario de Locales de Negocio, local comercialoficina/despacho

Porque actualmente el Mercado Inmobiliario está sometido a una gran tensión por los elevados precios, ya sea en propiedad o en régimen de alquiler.

Porque existe una gran conflictividad a la hora de arrendar un local de negocio a terceras personas, cada vez es más común la morosidad en el impago de la renta.

Porque es muy difícil el lanzamiento de los inquilinos morosos y recuperar el local de negocio y en muchas ocasiones, además, éste sufre múltiples desperfectos.

Porque todo ello queda suficientemente acreditado y de forma continuada en noticias de prensa.

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La protección legal del Arrendador:

Este seguro de Defensa Jurídica trata de proteger los intereses de los propietarios de locales de negocio alquilados a terceros cuando se producen situaciones de impago, daños al inmueble, o negativa a abandonarlo por parte del arrendatario conflictivo … si la solución no se consigue amistosamente, se puede recurrir a la vía judicial, evitando molestias innecesarias y costes jurídicos a los asegurados.

En definitiva, con este Seguro de Defensa Jurídica, los propietarios pueden hacer efectivos sus derechos sobre sus bienes.

Impago de Alquiler para el Propietario de Locales de Negocio, local comercialoficina/despacho

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Impago de Alquileres: Pago de rentas impagadas. Adelanto de rentas impagadas.

Defensa Jurídica: Defensa de los derechos relativos al local de negocio. Defensa y reclamación en contratos de arrendamiento. Defensa de los derechos de otros seguros. Defensa penal. Reclamación de daños. Reclamación en contratos de reparación y mantenimiento. Asistencia Jurídica Telefónica.

Actos vandálicos al continente.

Garantías

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Garantías

Pago de rentas impagadas :

Cobertura: Hasta 6 mensualidades de rentas de alquiler. Franquicia: 2 primeras mensualidades de renta impagada. Suma máxima asegurada: hasta 6.000 € de renta mensual.

Contratos de arrendamiento de locales ASEGURABLES:

Contratos sujetos a la L.A.U. Local destinado exclusivamente a uso comercial, oficina o

despacho.

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Indemnización por actos vandálicos al continente:

Queda garantizada la indemnización en caso de:

Deterioros inmobiliarios al continente causados por el inquilino.

Robo de continente por parte del inquilino. Cobertura: 3.000 €. Franquicia: 300 €.

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Plazo de carencia: Para las garantías contractuales se establece un plazo de carencia de 3 meses.

Límites para Gastos y Fianzas: Se garantiza un máximo de 3.000 € por siniestro.

Riesgos excluidos:

Los constituidos sobre un negocio en explotación, no regidos por la L.A.U.

Los constituidos sobre naves industriales o locales de uso industrial.

De duración inferior a 1 año.

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Requisitos del arrendatario del local ( persona jurídica ):

-La sociedad debe estar constituida desde hace al menos 2 años.

-Si no tiene dicha antigüedad, será necesario aportar un aval

personal y solidario suficiente ( persona física ).

-Estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con

la Seguridad Social.

-Sin incidencias de impago anteriores (registros de morosos).

-Se analizará de forma individualizada la situación económica

de cada sociedad.

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Documentación a aportar:

-CIF de la sociedad / NIF de los avalistas.

-Contrato de alquiler (o proforma)

-Para acreditar la fecha de inicio de la actividad: Modelos 036 ó 037 de Hacienda, o en su defecto, la Escritura de constitución o la inscripción

en el Registro Mercantil.

-Certificados actualizados que acrediten estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias (estatal y autonómica) y con la Seguridad Social.

-Declaración anual del Impuesto de Sociedades del último ejercicio y justificantes de pago de los ingresos a cuenta del mencionado impuesto efectuados en el ejercicio en curso.

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Prima Total Recibo Anual:

La Prima resultará de aplicar el 9,98% Renta Anual de Alquiler + Consorcio (1,12 €). (*) Se establece una Prima mínima de 500,00 €.

Precios válidos hasta 31/12/09.

Ejemplos de Tarificación: Renta mensual de 900 € (capital garantizado hasta 5.400 €): 1.078,96 €. Renta mensual de 1.500 € (capital garantizado hasta 9.000 €): 1.797,52

€. Renta mensual de 2.000 € (capital garantizado hasta 12.000 €): 2.396,32

€.