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23 La siguiente lista explica cada derecho humano en un lenguaje sencillo. Para consultar el texto oficial en español, ver: <www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml>. ARTÍCULO 1: Desde el nacimiento, todas las personas son libres. Cada uno debe ser tratado de igual manera. Cada persona tiene razón y conciencia. Todos debemos actuar amigablemente con otras personas. ARTÍCULO 2: Toda persona puede exigir los siguientes derechos sin importar su: género; color de la piel; idioma; opiniones políticas; religión; riqueza o pobreza; grupo social; país de nacimiento; y situación del país, ya sea independiente o no. ARTÍCULO 3: Toda persona tiene derecho a la vida y a vivir en libertad y con seguridad. ARTÍCULO 4: Nadie tiene derecho de tratarle como esclavo y usted no debe esclavizar a persona alguna. ARTÍCULO 5: Nadie tiene derecho de torturarle. ARTÍCULO 6: Toda persona tiene derecho a estar protegida por la ley, en cualquier lugar o situación. ARTÍCULO 7: La ley es la misma para todos; debe aplicarse de la misma forma para todas las personas. ARTÍCULO 8: Toda persona debe poder solicitar ayuda legal cuando no se respeten los derechos que su país otorga. ARTÍCULO 9: Nadie tiene derecho de ponerle en prisión, mantenerle ahí o enviarle lejos de su país, de manera in- justa o sin una causa justificada. ARTÍCULO 10: Si usted debe ir a juicio, ese juicio debe ser conducido en público. Las personas que le juzguen no deben ser influenciadas por otras personas. la declaración universal de los derechos humanos en lenguaje sencillo INFORMACIÓN PARA MAESTROS

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La siguiente lista explica cada derecho humano en un lenguaje sencillo. Para consultar el texto oficial en español, ver: <www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml>.

ARTÍCULO 1: Desdeelnacimiento,todaslaspersonassonlibres.Cadaunodebesertratadodeigualmanera.Cadapersona tiene razón y conciencia. Todos debemos actuar amigablemente con otras personas.

ARTÍCULO 2: Toda persona puede exigir los siguientes derechos sin importar su: • género; • color de la piel; • idioma; • opiniones políticas; • religión; • riqueza o pobreza; • grupo social; • país de nacimiento; y • situación del país, ya sea independiente o no.

ARTÍCULO 3: Toda persona tiene derecho a la vida y a vivir en libertad y con seguridad.

ARTÍCULO 4: Nadietienederechodetratarlecomoesclavoyustednodebeesclavizarapersonaalguna.

ARTÍCULO 5: Nadietienederechodetorturarle.

ARTÍCULO 6: Toda persona tiene derecho a estar protegida por la ley, en cualquier lugar o situación.

ARTÍCULO 7: La ley es la misma para todos; debe aplicarse de la misma forma para todas las personas.

ARTÍCULO 8: Toda persona debe poder solicitar ayuda legal cuando no se respeten los derechos que su país otorga.

ARTÍCULO 9: Nadietienederechodeponerleenprisión,mantenerleahíoenviarlelejosdesupaís,demanerain-justa o sin una causa justificada.

ARTÍCULO 10: Siusteddebeirajuicio,esejuiciodebeserconducidoenpúblico.Laspersonasquelejuzguennodeben ser influenciadas por otras personas.

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ARTÍCULO 11: Usteddebeserconsideradoinocentehastaqueselepruebequeesculpable.Siseleacusadeuncri-men,ustedsiempretienederechoadefenderse.Nadietieneelderechodecondenarleocastigarleporalgo que no haya hecho.

ARTÍCULO 12: Usted tiene derecho a ser protegido si alguien trata de dañar su buen nombre, entrar a su casa, abrir su correo o molestarle a usted o a su familia.

ARTÍCULO 13: Usted tiene derecho a ir y venir como lo desee dentro de su país. Usted tiene derecho a dejar su país e ir a otro; y debe poder regresar a su país si así lo desea.

ARTÍCULO 14: Sialguienlecausadaño,ustedtienederechoabuscarasilo(refugioseguro)enotropaís.Ustedpuedeperder este derecho si ha cometido alguna violación grave contra los derechos humanos.

ARTÍCULO 15: Toda persona tiene derecho a pertenecer a un país (nacionalidad) y nadie puede quitarle injustamente la nacionalidad o su derecho a cambiar de la misma, si así lo desea.

ARTÍCULO 16: Tan pronto como una persona llega a la edad de contraer matrimonio, él o ella tiene derecho a casarseytenerunafamilia.Nielcolordesupielnielpaísdedondevenga,nisureligióndebenserimpedimentos para hacer esto. Los hombres y mujeres tienen los mismos derechos cuando se casan ytambiéncuandoseseparan.Nadiedebeforzaraunapersonaacasarse.Elgobiernodesupaísdebeproteger a su familia y a sus miembros.

ARTÍCULO 17: Toda persona tiene derecho a poseer cosas y nadie tiene derecho a quitárselas arbitrariamente.

ARTÍCULO 18: Toda persona tiene derecho a profesar su religión libremente, a cambiarla y a practicarla solo o acom-pañado de otras personas.

ARTÍCULO 19: Toda persona tiene derecho a pensar lo que desee y decir lo que quiera; y nadie debe prohibirle hac-erlo. Toda persona tiene derecho a compartir sus ideas con cualquier persona — incluidas las perso-nas de cualquier otro país.

ARTÍCULO 20: Toda persona tiene derecho a organizar reuniones pacíficas o a tomar parte en reuniones de una formapacífica.Nadietienederechodeforzarleaperteneceraalgúngrupo.

ARTÍCULO 21: Usted tiene el mismo derecho que cualquier otra persona a tomar parte en los asuntos políticos de su país. Usted puede hacer esto al pertenecer al gobierno directamente o al elegir a los políticos que ten-gan las mismas ideas que usted tiene. Los gobiernos deben ser elegidos periódicamente y el voto debe sersecreto.SeledebePromovervotarytodoslosvotosdebensercontadosporigual.

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ARTÍCULO 22: La sociedad en la que usted viva debe ayudarle a desarrollarse y aprovechar al máximo todas las venta-jas (cultura, trabajo, seguridad social) que sean ofrecidas a usted y a toda persona en su país.

ARTÍCULO 23: Toda persona tiene derecho a trabajar, a ser libre de elegir su trabajo y a recibir un salario que le permitavivirysostenerasufamilia.Siunhombreyunamujerhacenelmismotrabajo,ambosdebenobtener el mismo pago. Todas las personas que trabajan tienen derecho a unirse para proteger y de-fender sus intereses.

ARTÍCULO 24: Las jornadas de trabajo no deben ser muy largas, porque toda persona tiene derecho a descansar y debe poder tomar vacaciones periódicas pagadas.

ARTÍCULO 25: Usted tiene derecho a tener lo que necesite para que usted mismo y su familia no se enfermen; no padezcan hambre; tengan ropa y una casa; y reciban ayuda si sale a trabajar, si está enfermo, si es anciano, si su esposa o esposo está muerto, o si no puede ganarse la vida por alguna otra razón que usted no pueda resolver. Tanto una madre que va a tener un bebé, como su hijo, deben recibir ayuda especial. Todo niño o niña tiene los mismos derechos que cualquier otro niño, sin importar si sus padres están o no casados.

ARTÍCULO 26: Usted tiene derecho de ir a la escuela; todas las personas deben poder ir a la escuela. La educación pri-maria debe ser gratuita. Usted debe poder aprender una profesión o destreza o continuar sus estudios tanto como lo desee. En la escuela, usted debe poder desarrollar todos sus talentos. Usted debe apren-derallevarsebienconotraspersonas,sinimportarsuraza,religiónoantecedentes.Suspadrestienenderecho a escoger cómo y qué se les enseña en la escuela.

ARTÍCULO 27: Toda persona tiene derecho a participar en las artes y ciencias de su comunidad, así como en cualquier beneficioqueresultedeellas.Sutrabajoartístico,literarioocientíficodebeserprotegidoydebepoderbeneficiarse de él.

ARTÍCULO 28: Para asegurar que sus derechos sean respetados, debe establecerse un “orden” que pueda protegerlos. Este “orden” debe ser local y mundial.

ARTÍCULO 29: Toda persona tiene deberes hacia su comunidad. La ley debe garantizar sus derechos humanos. Debe Promover que cada persona respete a las otras y sea respetada.

ARTÍCULO 30: Ningunasociedadopersonaencualquierlugardelmundodebeactuardemaneraquedestruyalosderechos que se indican en esta declaración.

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Esta actividad ha sido adaptada de ABC: Teaching Human Rights—Practical activities for primary and secondary schools (Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. 2004. Nueva York y Ginebra: Naciones Unidas. pp. 43–44 y 102–109.) Esta lista (adaptada en parte de la Asociación Mundial para la Escuela como Instrumento de Paz en la Universidad de Ginebra) explica cada derecho humano en lenguaje sencillo. Para el texto oficial en español, ver: <www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml#a11>.