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Seminario N° 5 Ética profesional y responsabilidad legal Alumno: Mauricio Campos Docente: Dr. Matías San Martín

Seminario.05 ética

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Page 1: Seminario.05 ética

Seminario N° 5Ética profesional y

responsabilidad legal

Alumno: Mauricio Campos Docente: Dr. Matías San Martín

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Lex Artis Medica

“estado del arte medico”

El conjunto de normas o criterios valorativos que el medico en posesión de conocimientos, habilidades y destrezas debe aplicarlos diligentemente en la situación concreta de un enfermo y que han sido universalmente aceptadas por sus pares [1]

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No es posible aplicar la misma normativa en todos los casos, sino que estas deben adecuarse al caso en concreto. Se habla de Lex Artis Medica ad.hoc, cuando el medico a través de un proceso de deliberación aplica normas a cada situación clínica en particular.[1]

Artis Medica ad.hoc

Lex Artis Medica ad.hoc

Profesional

Circunstancias

Paciente

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¿Cuales son las principales causas de querellas Contra odontólogos?

Querellas sus

causas

Error efectivo

(negligencia )

Compañías de

Seguros

Publicidad Y Cine

Toma de conciencia

del paciente

Abogados especialist

as en acusación

Cambios en

Colegios

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•Forma de voluntad reprochable•No implica intencionalidad, pero conduce a un resultado o efecto no deseado•Esto debido a una actuación negligente, imprudente, con impericia o por inobservancia de reglamentos[2]

Delito Culposo

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Delitos Culposos

Negligencia

Imprudencia

Impericia

Inobservancia de reglamentos

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Conduce al resultado no deseado por falta de previsión ,o no consideración . Se omite o se deja de hacer algo que debió realizar

NEGLIGENCIA

Conduce a un resultado no deseado debido a una actuación temeraria ,exagerada , sin prever los peligros.

IMPRUDENCIA

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IMPERICIAConduce a un resultado no deseado debido a que se desconoce lo que debió hacerse

Incumplimiento de los reglamentos o deberes a cargo del profesional ,u órdenes o exigencias verbales o escritas ,dispuestas con fines de prevención de un daño por un superior responsable .

INOBSERVANCIA DE REGLAMENTOS

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Aspectos Jurídicos•Constitución política •Códigos:

PenalCivilProcesal Sanitario

•Leyes, Normas, Reglamentos y otros [2]

Marco Regulador Jurídico

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¿Qué es la Ficha Clínica?

Documento privado que comprende diversas secciones en que se consignan datos descriptivos, información sobre la naturaleza, curso y alternativas de la enfermedad, disquisiciones diagnósticas, indicaciones, propuestas y consideraciones sobre tratamiento y pronóstico. [3]

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¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente?

La justificación de la existencia del documento Ficha Clínica debe insertarse principalmente en el contexto de la beneficencia

la Ficha Clínica es un documento privado. Este documento le pertenece al médico o a la

institución de salud a cuyo cuidado se encuentra el paciente, pero la información contenida debe ser entregada libremente al paciente

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o Los elementos de juicio relacionados con la ficha clínica corresponden a aquellos elementos que sean útiles para el forense [10]. Estos elementos son :

¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?

Objetivos

Subjetivos

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Objetivos

Ficha Clínica

Modelos

Fotográficos

Ficha previa y acciones hechas al momento de un

examen

Libro de Registros de Extracciones, Urgencias y

acciones únicas

Libro de citas

Radiografías

Subjetivos

Exámenes Clínicos realizados sin dejar constancia

Reconocimiento personal de tratamientos efectuados

Reconocimiento de técnicas utilizadas y técnicas propia

Reconocimiento de rasgos fisonómicos

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Reforma Procesal Penal

Cambio en el Sistema Procesal Penal, donde se estableció un sistema gradual (territorial y temporal) para su entrada en vigencia desde el año 2000 al 2005

El nuevo sistema procesal penal tiene por objeto concretar los ideales de una justicia que resuelva los conflictos penales en forma rápida, eficiente,transparente, imparcial, accesible y con respeto a los derechos fundamentales de las personas.[5]

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Odontólogo y Reforma procesal

• Como ciudadanos podemos vernos afectados por un delito

Ciudadano

• Se asocia a la odontología legal. Ser participe de una investigación siendo perito

Forense

• Sufrir una querella en nuestra contra Clínico

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Etapas de investigación

1° Etapa: Inicio

Denuncia

De Oficio

Querella

2° Etapa: Investigación formalizada

3° Etapa: Intermedi

a

ProcedimientoAbreviado

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Etapas de investigación

4° Etapa: Juicio Oral

Condena

Recurso

Absolución

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Salidas AlternativasSuspensión del procedimiento

• Por parte del juez de Garantía cuando los delitos (cuasi-delito de lesiones o de homicidio), tienen una pena probable inferior a tres años y un día, y un imputado con irreprochable conducta anterior (caso de médicos y dentistas, generalmente).

Acuerdo reparatorio

• Donde el paciente y el profesional acuerdan cómo reparar el mal causado en el curso de un acto profesional (cuasi-delitos cometidos sin intensión). Cuando la reparación satisface al paciente, se pone término a la causa.

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¿ Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el

gremio odontológico?,

La Reforma Procesal NO se considera una amenaza para el odontólogo, esto principalmente a que permite obtener salidas abreviadas y agilizar el proceso

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Un profesional de la salud puede consignar la presencia de esta enfermedad sólo si el paciente lo autoriza, es decir, sería ilegal hacer una distinción especial en cualquier documento (ya sea ficha clínica, consentimiento informado, interconsultas, entre otros) si el paciente no lo permite.[6]

¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos (fichas clínicas, consentimientos informados, exámenes, etc.) que la persona

presenta VIH/SIDA?

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El artículo N° 5 de la ley 19.779

Artículo 5º.- El examen para detectar el virus de inmunodeficiencia humana será siempre confidencial y voluntario, debiendo constar por escrito el consentimiento del interesado o de su representante legal. El examen de detección se realizará previa información a éstos acerca de las características, naturaleza y consecuencias que para la salud implica la infección causada por dicho virus, así como las medidas preventivas científicamente comprobadas como eficaces. [7]

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¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? Cuales son las condiciones y como se realiza el

trámite?

Se entiende por Licencia Médica, el derecho que tiene el trabajador(a) de ausentarse o reducir su jornada de trabajo, durante un determinado lapso de tiempo, en cumplimiento de una indicación profesional certificada por un médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona, según corresponda. [9]

• Decreto Supremo N° 3, de Salud, de 1984 [8]

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La licencia médica que prescribe reposo total confiere al trabajador el derecho a ausentarse de su trabajo durante el tiempo que ella misma determina.

La que ordena reposo parcial confiere al trabajador el derecho a reducir a la mitad su jornada laboral, por el período que ésta señala.

El trabajador afecto a reposo parcial que tenga más de un empleador deberá realizar su jornada parcial de trabajo en la mañana o en la tarde, según se le indique en la licencia, en el empleo o empleos, en que presta sus servicios en el horario señalado.

Durante el período de este tipo de licencia médica, el trabajador no podrá presentar una licencia adicional extendida por otro profesional que también otorgue reposo parcial. [8]

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La Licencia Médica debe corresponder a la Jurisdicción de la COMPIN, es decir, el territorio o zona geográfica de competencia de la oficina o Sub Comisión.

El formulario debe contener todos los datos de las secciones A y C sin enmendaduras.[9]

¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? Cuales son las condiciones y como se realiza el

trámite?

Secciones

A) Responsabilidad del profesional que emite la Licencia

B) Uso exclusivo de Servicio de salud o Isapre

C) Responsabilidad del Empleador

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Formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal

Ética Profesional

Apego al Lex artix

Manejo Correcto con el Paciente

Consentimiento informado

Adecuada instalación

clínica

Realización Correcta de ficha Clínica

Correcto Actuar Clínico

Información adecuada

Derivar en caso de ser necesario

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Deberes y Derechos.

No abandonar el enfermo

Apego a Lex Artis

Respeto ético.

Mantener Secreto.

Instrucciones claras.

Derecho a información

verídica.

Respeto a instrucciones

médicas

Derecho a Honorarios

dignos

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1. Colegio medico de chile: Consideraciones sobre Lex Artis: Error y negligencia Médica (12/11/08)

2. Luis Ciocca Gómez, Responsabilidad legal y ejercicio de profesiones de la salud, Facultad de Odontología, Universidad de Chile.

3. Ricardo Vacarezza Y, Elena Núñez M. ¿A quién pertenece la Ficha Clínica? Rev Méd Chile 2003; 131: 111-114

4. Libro Dr Ciocca Odontología Legal y Forense 20105. Guía practica de la reforma procesal penal, Ministerio de Justicia6. ODONTOLOGIA Y REFORMA PROCESAL, Dr.Luis Ciocca G7. Ley Nº 19.779 Ley en prevención del virus de inmunodeficiencia

humana8. Decreto Supremo N° 3, de Salud, de 19841 Reglamento de

autorización de licencias medicas por las compin e intituciones de salud previsional

9. Sitio web de la Comision de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN http://salunet.minsal.gov.cl/portal/page?_pageid=1101,5508839&_dad=portal&_schema=PORTAL

10. Luis Ciocca Gómez, Elementos de odontología legal 1980

Bibliografía