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SEÑOR JUEZ DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES DE GUAYAQUIL LUÍS ARTURO CUESTA FARFÁN, de estado civil casado, de 62 años de edad profesión chofer profesional, domiciliado y residente en esta ciudad de Guayaquil, ante Usted comparezco con la siguiente demanda: Primero.- Designación del Juez La designación del Juez ante quien se propone esta demanda queda hecha. Segundo.- Demandante Mis nombres, apellidos y demás generales de ley quedan también indicados. Tercero.- Demandado Los nombres y apellidos de la demandada son ESTEFANÍA VICTORIA VERA DELGADO, con cédula de identidad 092735189-0, domiciliada en la ciudad de Guayaquil, en la Parroquia Tarqui, Cdla. Mapasingue Este, avenida 5ta y callejón segundo, Mz 2A(83), Villa N° 09. Cuarto.- Antecedentes Mediante contrato escrito de arrendamiento, la señora ESTEFANÍA VICTORIA VERA DELGADO, viene ocupando, desde hace más tres meses, el departamento 1, de la Villa N° 09, ubicada en la ciudad de Guayaquil, en la Parroquia Tarqui, Cdla. Mapasingue Este, avenida 5ta y callejón segundo, Mz 2A(83), inmueble de mi propiedad, por la pensión de arrendamiento mensual de CIENTO DIEZ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA pagaderos por adelantado. La prenombrada inquilina, señora ESTEFANÍA VICTORIA VERA DELGADO, ha incurrido en la FALTA DE PAGO DE LA PENSIÓN DE ARRENDAMIENTO por más de dos meses, pues adeuda desde el 12 de abril del 2012 hasta la fecha (28 de julio de 2012). Quinto.- Petición o Demanda Con los antecedentes indicados y al amparo de la norma consignada en el literal a) del Art.30 de la Ley de Inquilinato vigente, acudo ante su Señoría y en juicio verbal sumario demando a la

Señor Juez de Inquilinato y Relaciones Vecinales de Guayaquil

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Demanda de inquilinato Ecuador

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SEÑOR JUEZ DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES DE GUAYAQUIL

LUÍS ARTURO CUESTA FARFÁN, de estado civil casado, de 62 años de edad profesión chofer profesional, domiciliado y residente en esta ciudad de Guayaquil, ante Usted comparezco con la siguiente demanda:

Primero.- Designación del Juez La designación del Juez ante quien se propone esta demanda queda hecha.

Segundo.- DemandanteMis nombres, apellidos y demás generales de ley quedan también indicados.

Tercero.- DemandadoLos nombres y apellidos de la demandada son ESTEFANÍA VICTORIA VERA DELGADO, con cédula de identidad 092735189-0, domiciliada en la ciudad de Guayaquil, en la Parroquia Tarqui, Cdla. Mapasingue Este, avenida 5ta y callejón segundo, Mz 2A(83), Villa N° 09.

Cuarto.- AntecedentesMediante contrato escrito de arrendamiento, la señora ESTEFANÍA VICTORIA VERA DELGADO, viene ocupando, desde hace más tres meses, el departamento 1, de la Villa N° 09, ubicada en la ciudad de Guayaquil, en la Parroquia Tarqui, Cdla. Mapasingue Este, avenida 5ta y callejón segundo, Mz 2A(83), inmueble de mi propiedad, por la pensión de arrendamiento mensual de CIENTO DIEZ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA pagaderos por adelantado.La prenombrada inquilina, señora ESTEFANÍA VICTORIA VERA DELGADO, ha incurrido en la FALTA DE PAGO DE LA PENSIÓN DE ARRENDAMIENTO por más de dos meses, pues adeuda desde el 12 de abril del 2012 hasta la fecha (28 de julio de 2012).

Quinto.- Petición o DemandaCon los antecedentes indicados y al amparo de la norma consignada en el literal a) del Art.30 de la Ley de Inquilinato vigente, acudo ante su Señoría y en juicio verbal sumario demando a la arrendataria, señora ESTEFANÍA VICTORIA VERA DELGADO, para que en sentencia usted se sirva disponer:a.- Declarar terminado el contrato escrito de arrendamiento cuya copia está debidamente inscrita en el Juzgado Tercero de Inquilinato y Relaciones Vecinales de Guayaquil, con fecha 12 de abril del 2012.b.- Ordenar la inmediata desocupación y entrega del inmueble arrendado.c.- El pago de las pensiones vencidas y las que en lo posterior se vencieren, hasta la total entrega del inmueble arrendado.

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d.- Reclamo expresamente el pago de costas, incluyendo los honorarios de mi abogado defensor, que usted lo regulará con la norma pertinente.

Sexto.- Fundamento LegalLa presente demanda la fundamento en lo dispuesto en la Ley de Inquilinato en suTÍTULO VII, DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, artículo 30 literal a: “Art. 30.- CAUSALES DE TERMINACION.- El arrendador podrá dar por terminado el arrendamiento y, por consiguiente, exigir la desocupación y entrega del local arrendado antes de vencido el plazo legal o convencional, sólo por una de las siguientes causas:

a) Cuando la falta de pago de las dos pensiones locativas mensuales se hubieren mantenido hasta la fecha en que se produjo la citación de la demanda al inquilino;”

Séptimo.- Trámite y CuantíaEl trámite que debe darse a la presente causa, es el verbal sumario, acorde a lo dispuesto en el art. 42 de la Ley de Inquilinato y en el propio contrato.La cuantía en razón de la materia, según lo señalado el Art. 59 ibídem, es de seiscientos sesenta (660) dólares de Estados Unidos de América.

Octavo.- Citaciones y NotificacionesA la señora ESTEFANÍA VICTORIA VERA DELGADO, se la citará con la presente demanda y providencia respectiva, en la ciudad de Guayaquil, en la Parroquia Tarqui, Cdla. Mapasingue Este, avenida 5ta y callejón segundo, Mz 2A(83), Villa N° 09.Recibiré notificaciones que me correspondan en el casillero judicial Nº 3539 (Corte Provincial de Justicia), del Sr. Ab. Manuel Arévalo Rivera, profesional a quien autorizo para que a mi nombre y representación suscriba cuanto escrito fuere necesario en defensa de mis intereses.Acompaño la certificación de fijación de persona de arrendamiento conferida por la Oficina de Registro de Arrendamiento del Municipio de Guayaquil y el contrato de arrendamiento respectivo debidamente inscrito en el Juzgado Tercero de Inquilinato de este cantón.

Firmo con mi abogado.

f.)……………………………………………….. f.)………………………………………………… LUÍS ARTURO CUESTA FARFÁN AB. MANUEL ARÉVALO RIVERA C.I.: 0100866014 Matrícula No. 92-2010-87