60
Sentencia Nº Córdoba, 5 de abril del año 2013. Y VISTA: Esta causa caratulada “L., M. I. V. abuso sexual gravemente ultrajante, coacción-coacción calificada, etc”, radicada en esta Excma. Cámara Sexta del Crimen, sec no 11, sala colegiada presidida por el Juez Alberto Crucella e integrada con los vocales jueces Julio Guerrero Marín y Daniel Ottonello, siendo día y hora para dar lectura integral a la sentencia dictada con fecha 22-03-13 con motivo de las audiencias de debate realizadas los días.18, 19, 21 y 22 de marzo del corriente mes y año en las que intervinieran la Fiscal de Cámara Maria Inés Ferreira, el defensor técnico de la encartada abogado N. M. ante la presencia de la actuaria A. S. A. de Pillado y de la imputada M. I. V. L., Que tiene tres hijos de la relación con su marido y que actualmente viven con él. No es adicta a las bebidas alcohólicas ni a las drogas. No ha padecido ni padece enfermedades venéreas o infectocontagiosas. Prio: 931.185 AG. a quien la acusación de fs. 496/523 le atribuye la comisión de los siguientes Hechos; Primero : Que en una fecha que no se puede establecer con exactitud pero presumiblemente ubicable hace dos años atrás, (en el año 2009), un día domingo de verano, siendo las 18.30 hs. en el domicilio sito en calle……., circunstancia en que sus tres hijos, B. (época en que la menor B. M. A. (de aproximadamente 12 años de edad- nacida el cinco de mayo de 1997), T. (de aproximadamente 9 años de edad) y M. A. (de aproximadamente cuatro años de edad), se encontraban viendo televisión en el living de la vivienda ubicada en el domicilio mencionado supra, es que la imputada, L., I. del V., progenitora de los menores, con la intención de agredir a sus hijos, tomó una botella de vino, llena y cerrada y le propinó un golpe en la cabeza con la botella, primero a B., luego a T. sin llegar a lesionarlos. Seguidamente la imputada, L. con la intención de causar un daño en el cuerpo de su hijo M. A., le propinó un golpe en la cabeza con una botella de vino. Como consecuencia de la conducta realizada por la imputada L., I. del V., su hijo M. A. sufrió una lesión de carácter leve un chichón en su cabeza.- Segundo: : Que en una fecha que no se puede establecer con exactitud pero presumiblemente ubicable hace dos años atrás, durante el año dos mil nueve, un día domingo de verano, época en que la menor B. M. A. contaba con 12 años de edad aproximadamente, siendo las 19.00 hs. aproximadamente (momentos después del hecho nominado primero) en el domicilio sito en calle ……..de esta Ciudad de Córdoba, en circunstancias en que B. M. A. hablaba por teléfono a la casa de su abuelo paterno, es que la imputada L., I. del V. progenitora de la menor, tomó un cuchillo tramontina, y con la intención de causar

Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

  • Upload
    vanminh

  • View
    230

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

Sentencia NºCórdoba, 5 de abril del año 2013. Y VISTA: Esta causa caratulada “L., M. I. V. abuso sexual gravemente ultrajante, coacción-coacción calificada, etc”, radicada en esta Excma. Cámara Sexta del Crimen, sec no 11, sala colegiada presidida por el Juez Alberto Crucella e integrada con los vocales jueces Julio Guerrero Marín y Daniel Ottonello, siendo día y hora para dar lectura integral a la sentencia dictada con fecha 22-03-13 con motivo de las audiencias de debate realizadas los días.18, 19, 21 y 22 de marzo del corriente mes y año en las que intervinieran la Fiscal de Cámara Maria Inés Ferreira, el defensor técnico de la encartada abogado N. M. ante la presencia de la actuaria A. S. A. de Pillado y de la imputada M. I. V. L., Que tiene tres hijos de la relación con su marido y que actualmente viven con él. No es adicta a las bebidas alcohólicas ni a las drogas. No ha padecido ni padece enfermedades venéreas o infectocontagiosas. Prio: 931.185 AG. a quien la acusación de fs. 496/523 le atribuye la comisión de los siguientes Hechos; Primero: Que en una fecha que no se puede establecer con exactitud pero presumiblemente ubicable hace dos años atrás, (en el año 2009), un día domingo de verano, siendo las 18.30 hs. en el domicilio sito en calle……., circunstancia en que sus tres hijos, B. (época en que la menor B. M. A. (de aproximadamente 12 años de edad- nacida el cinco de mayo de 1997), T. (de aproximadamente 9 años de edad) y M. A. (de aproximadamente cuatro años de edad), se encontraban viendo televisión en el living de la vivienda ubicada en el domicilio mencionado supra, es que la imputada, L., I. del V., progenitora de los menores, con la intención de agredir a sus hijos, tomó una botella de vino, llena y cerrada y le propinó un golpe en la cabeza con la botella, primero a B., luego a T. sin llegar a lesionarlos. Seguidamente la imputada, L. con la intención de causar un daño en el cuerpo de su hijo M. A., le propinó un golpe en la cabeza con una botella de vino. Como consecuencia de la conducta realizada por la imputada L., I. del V., su hijo M. A. sufrió una lesión de carácter leve un chichón en su cabeza.-Segundo:: Que en una fecha que no se puede establecer con exactitud pero presumiblemente ubicable hace dos años atrás, durante el año dos mil nueve, un día domingo de verano, época en que la menor B. M. A. contaba con 12 años de edad aproximadamente, siendo las 19.00 hs. aproximadamente (momentos después del hecho nominado primero) en el domicilio sito en calle ……..de esta Ciudad de Córdoba, en circunstancias en que B. M. A. hablaba por teléfono a la casa de su abuelo paterno, es que la imputada L., I. del V. progenitora de la menor, tomó un cuchillo tramontina, y con la intención de causar un daño en el cuerpo de su hija B., clavó el cuchillo en el brazo izquierdo de la misma - en reiteradas oportunidades. Como consecuencia de la conducta desplegada la imputada L., I. del V., causó a su hija B. lesiones de carácter leves en su brazo izquierdo a saber: dos cicatrices de 0,5 por 0,5 y de 1 cm por 1 cm en cara posterior del brazo izquierdo de carácter leve,con tiempo de evolución antigua. Tercero::Que el diecinueve de Junio de dos mil once, aproximadamente a las veintiuna horas (21:00 hs), en el domicilio sito en ………… de esta Ciudad, la incoada I. M. L. con la intención de causar un daño en el cuerpo de sus hijos, tomó una botella de vino, llena y cerrada que tenía sobre una repisa y con la botella le propinó un golpe en la cabeza de su hija B. M. A., y la botella se rompió por lo que la niña se lleno de vino, y luego tomó otra botella de vino y le propinó un golpe en la cabeza a su hijo T. A. en esas circunstancias los niños quedaron tirados en el piso. Que a consecuencia de su accionar, la

Page 2: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

imputada L. le provocó lesiones de carácter leves a sus hijos. A su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte superficial en la cabeza. Cuarto: Que el día diecinueve de Junio de dos mil Once, siendo las 23:45 hs aproximadamente en el domicilio sito en calle …. de esta Ciudad, en circunstancias que el Agente M. M. P. fue comisionado al lugar con motivo de una situación de violencia familiar, donde una mujer habría prendido fuego en su casa con sus hijos en el interior de la vivienda, en esas circunstancias es que la imputada I. del V. L. quien se encontraba en el interior de la vivienda situada en el mencionado domicilio, insultaba y quería que la policía se fuera y estando M. parado en la vereda, la imputada L. le arrojó con intención de agredirlo macetas de cerámica de color claro tamaño grande en dirección de Mayco Paz, impactando en la pierna sin llegar a lesionarlo .Quinto:Que en una fecha que no se puede precisar con exactitud pero presumiblemente ubicable en el mes de Junio, entre el día 20 y el 29 de Junio del año dos mil Once, un día de semana, a las 03.00 am horas aproximadamente, más precisamente en la habitaciones de la imputada, ubicada en la planta baja en el domicilio mencionado supra, la imputada L., I. del V., los hizo entrar a esa habitación a sus hijos B. M. y T., y una vez adentro, cerró la puerta con llave, la imputada sacó un bisturí de su cartera y le exigió a su hija B. M. A. que le clavara el bisturí en el brazo izquierdo de la imputada, frente a la negativa de su hija B., la imputada L. con la intención de intimidarla y doblegar la voluntad de su hija B., le manifestó: "que si ella no lo hacía, la imputada se lo clavaría a B.", tras lo cual tomó la mano de la niña y con fuerza e utilizando la mano de la menor, la imputada L. se clavó el bisturí en su brazo en reiteradas oportunidades. Sexto: Que el día 27 de Junio del año dos mil Once, en un horario aproximado entre las 02.00 am o las 03.00 am, en el domicilio sito en pasaje Lorenz 5830 de Barrio Los Fresnos de ésta Ciudad de Córdoba, (manzana 1, casa cinco) más precisamente en la habitación de la vivienda ubicada en la planta baja, perteneciente a la imputada L., I. del V., la imputada L., encerró en su habitación a su hija B., y en esas circunstancias, ejerciendo violencia física en contra de su hija B. M. A. de 14 años de edad, - toda vez que le propinaba golpes de puño, cachetadas y le tiraba de los cabellos, venciendo su resistencia la hizo acostarse en la cama y luego la obligó a bajarse el pantalón, tras lo cual, la imputada L., I. del V., con la intención de menoscabar la integridad sexual de su hija, con fines de venganza para con L. A. con la finalidad de luego denunciarlo por un abuso a su hija, tomó un aparato (aparentemente un especulo ó un elemento semejante), que sacó de su placard, y se lo introdujo mediante el uso de la violencia y en contra de la voluntad expresa de su hija B. en la vágina de la niña, y una vez adentro de la vagina, la imputada L. agrandaba el aparato con una tuerquita en el interior de la vagina de la menor. De esta forma la imputada L., I. del V. abusó sexualmente de su hija B. M. A., mediante un sometimiento gravemente ultrajante y como consecuencia de la conducta desplegada por la imputada L., I. del V., la menor presenta desgarro completo e himen desflorado en hora 8 y congestionado. Séptimo: El día 29 de Junio de dos mil Once siendo aproximadamente las 19:00 hs en circunstancias que la víctima L. E. A. ingresó al domicilio de la incoada I. M. del V. L. sito en calle Pasaje Lorenz 5830 de Barrio Los Fresnos de ésta ciudad, (manzana 1, casa cinco) y ahí la imputada I. L. cerró la puerta de ingreso con llave, sacó las llaves de la puerta y tomó una tijera en sus manos, (con una agarradera de plástico de color negra y roja y la otra agarradera quebrada, de unos 20 cm de largo) y en

Page 3: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

forma intimidante le manifestó a A. ( la victima) “quedate acá, quedate acá”. Que luego mantienen una discusión, donde la imputada intenta abrazar a A., quien logró sacarle la tijera. Que así las cosas, la imputada L. tomó una cuchilla y A. logró nuevamente sacársela. Que nuevamente la incoada I. L. tomó otra cuchilla de tipo carnicero, hoja ancha con punta media redonda pero filosa en corte, (tipo carnicero marca línea macao con hoja de metal color plateado de un solo filo de una longitud de 22 cm de largo por cinco cm de ancho) y comenzaron a forcejear con A. y es ahí cuando la imputada L. con la finalidad de causar un daño en el cuerpo de su esposo A. le propinó una puñalada en el pecho con la intención de lesionar su integridad física y produciéndole las siguientes lesiones de carácter leves: herida cortante por arma blanca en región precordial y fractura de quinta costilla (fs.262), por el cual se le atribuyeron 25 días de inhabilitación para el trabajo sin complicación, lesión que no puso en peligro la vida. Octavo: Que en un horario y día que no se puede precisar con exactitud pero presumiblemente ubicable después de las 20:30 hs del 29 de Junio del dos mil Once y hasta las 20:00 hs del día 30 de Junio del año dos mil Once en el domicilio sito en calle Hendrix Lorentz n° 5830, manzana uno, casa cinco, de Barrio Los Fresnos de esta Ciudad de Córdoba, la imputada I. L. le manifestó en forma intimidante a su hija B. M. A. “ ..que si se iban con él (refiriéndose a su padre) los iba a matarla a ellos y a su papá...” siendo esto trasmitido por los menores a su padre el día 30 de Junio del dos mil once a las 20 Hs, en el domicilio de los abuelos paternos sito en calle Alejo Bruix 5089 de Barrio Acosta de esta Ciudad de Córdoba . Y CONSIDERANDO: que según consta en autos el tribunal se planteó las siguientes cuestiones a resolver; como cuestión previa: ¿Si la declaración realizada en el debate por la imputada presenta contradicciones con las declaraciones prestadas por ella en la etapa investigativa corresponde incorporarlas por su lectura ó ello es inconstitucional? A dicha cuestión planteada los Jueces Alberto Crucella y Daniel Ottonello dijeron: la fiscalia atento las manifestaciones realizadas en el debate por M. I. del V. L. y en razón de surgir contradicciones-con las declaraciones prestadas anteriormente por la imputada en sede investigativa -las que hizo notar- solicitó la incorporación de las mismas. El defensor de la imputada se opuso a incorporar dichas declaraciones considerando se vulneraba el derecho de defensa en juicio y afectaba el espíritu del proceso penal ( juicio oral), la Fiscal sostuvo que acorde lo dispone el art 385 del C.de P.P correspondía la incorporación y ello no afectaba ninguna garantía constitucional por lo cual el pedido de inconstitucionalidad es inviable.-Entendemos que nuestra ley de forma es clara al respecto si el imputado se negare a prestar declaración o incurriere en contradicciones respecto de otras recibidas validamente durante la investigación preparatoria se autoriza que estas sean incorporadas al debate en ese momento o con posterioridad, incluso a pedido de parte....( ver C Procesal Penal .Cafferata Nores-Aida Tarditti, Tomo 2, Págs.194/195 ). Ergo, existiendo contradicciones sustanciales tal lo sostenido por el Ministerio Fiscal entre las primarias declaraciones de la imputada en la fiscalia de instrucción interviniente y las producidas en el debate nada obsta a su incorporación. Es más no creemos que con ello se pretenda vulnerar el derecho de defensa del encartado sino por el contrario se lo garantiza, y no existe vicio alguno en hacerlo cuando con ello se procura darle al acusado la oportunidad para aclarar lo antes dicho o permitirle demostrar que la contradicción no es tal. Por ello debe rechazarse el pedido de inconstitucionalidad solicitado por el defensor técnico

Page 4: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

correspondiendo incorporar las declaraciones prestadas por la imputada tal cual lo pidiera la fiscalia. Así votamos. A la cuestión previa el Juez Julio Ramón Guerrero Marin dijo: No comparto los argumentos vertidos por mis colegas preopinantes, porque, sencillamente efectuar la incorporación de una anterior declaración de un imputado, es violatorio del principio de defensa, al coartarse su estrategia defensiva. Permítaseme recordar que los principios tienen un sentido diferente: son normas sobre la aplicación de normas y su enunciación es conceptual. No prohíben, ni permiten, ni promueven una conducta específica, como lo hacen de un modo muy preciso las reglas y una de las tantas características que poseen es que pueden derrotar a normas jurídicas, haciéndolas no aplicables. Así voto. Primera: ¿Existieron los hechos y fue su autora responsable la acusada?; Segunda: ¿En su caso, cual es la calificación legal aplicable?; Tercera: ¿En su caso, cual es la pena que corresponde imponerle y debe condenársela en costas? A la primera cuestión el Juez Alberto Crucella dijo: I) la acusación de fs 496/523 le atribuye a M. I. del V. L., en calidad de autora, por el hecho nominado primero: la figura delictiva prevista en el art. 105 del CP en calidad de autor-Agresión Calificada-en función del art. 80 inc. 1 del CP, y Lesiones Leves Calificadas (art. 89 del CP en función del art. 92 del CP y 45 del CP). En cuanto al hecho nominado segundo, la figura delictiva prevista en el art. 89, en función del art. 92 del CP, Lesiones leves calificadas por el vínculo, en calidad de autor (art. 45 CP). En relación al hecho nominado tercero: la figura prevista en el 89 del CP en función del art. 92 del CP, Lesiones Leves calificadas reiteradas, en calidad de autora art. 45 del CP, por el hecho nominado cuarto: la figura prevista en el art. 105 agresión calificada en calidad de autora art. 45 del CP), por el hecho nominado quinto: la figura prevista en el art. 149 ter inc. 1 del CP, coacción calificada en calidad de autora (art. 45 del CP), Por el hecho nominado sexto: Abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo (art. 119 segundo párrafo en función del cuarto párrafo apartado b) del CP, en calidad de autora. (art. 45 del CP). Hecho nominado Séptimo: las figuras prevista en el art. 149 ter inc. 1° coacción calificada y lesiones leves calificadas (art. 89, en función del art. 92 del CP, en calidad de autora (art.45 del CP.), Por el hecho nominado Octavo: la figura prevista en el art. 149 bis segundo párrafo del CP -Coacción -, en calidad de autora (art. 45 del CP), todo en concurso real (art. 55 del CP). Los hechos que fundamentan la pretensión represiva hecha valer por el Ministerio Publico Fiscal fueron enunciados al comienzo del fallo mediante la trascripción de los relatos contenidos en el oficio requirente, a ellos me remito en honor a la brevedad y a los fines de evitar repeticiones inútiles cumplimentando así lo dispuesto por el art 408 inc. 1 del CPP; en cuanto los requisitos estructurales de la sentencia .II) Al ejercer su defensa material la imputada M. I. del V. L. en el debate declaro: “que niega todos los hechos que se le acusan, salvo el del cuchillo contra su marido en el cual ella se defendió de su ataque. Con relación a lo que dicen que le pegó con una botella a sus hijos, jamás lo hizo, sí les puede haber levantado la voz para retarlos pero jamás los lastimaría, con relación a que le clavó el cuchillo en el brazo, no es cierto, las marcas que tiene B. en sus brazos es porque se cortó con el alambre de púa en su casa, dice que B. pasó corriendo y se enganchó en el alambre, que su marido no quiso que la llevara al médico; con relación al hecho por el cual dice que le pego con una botella a sus hijos no es cierto, ama a sus hijos y jamás los lastimaría; respecto del hecho que dice que le arrojó un maceta a un

Page 5: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

policía no es cierto, dice que esta casada con L. A. desde hace diecisiete años y que lo primero que hicieron fueron las rejas de la casa, y en la parte de enfrente la casa está enrejada y es imposible pasar una maceta para arrojarla; jamás le pidió a su hija que le clave un bisturí, que las lesiones del brazo izquierdo son viejas y se las provocó su marido, cuando su hijo estaba enfermo ella se quedo con su hijo internada, él no se preocupó por sus hijos, cuando regresó se entero que el había llevado a su amante a su casa, que jamás quiso que su marido estuviera preso, siempre quiso la armonía familiar En cuanto al tema de la discusión dice que él le empezó a pegar que sacó una navaja y se la empezó a clavar, que ella se curó las heridas, y al día siguiente vino su hermano J., quien vió que tenia moretones y cortes , dice que su marido le prohibía que viera a su familia, agrega que fue al consultorio de la Dra. Nilda Moreno pero que nunca denuncio, para que él no tuviera problemas con la justicia porque era chofer y la amenazaba. Dice que la médica le puso un inyectable por la infección de las lesiones y que la atendió en calle Miguel Dalgueiro no recuerda el barrio En cuanto al hecho de su hija dice que quiere que se aclare, que jamás abuso de su hija, que B. le contó que su papá la había manoseado que se fue con sus hijos a hacer la denuncia y nunca la atendieron y decidió regresaría su casa, que no pudo regresar a la unidad judicial porque llevó a su hija la médico, dice que nunca quiso que llevaran preso a su marido, que siempre quiso que en su familia estuvieran juntos. Con relación al hecho de su marido, fue un accidente, dice que como su marido le quería llevar a sus hijos y lo increpó, él se enfureció, agarró un caño y le quería pegar en la cabeza entonces ella tomo un cuchillo y en el forcejeo le clavó el cuchillo en el pecho, tratando de defenderse. Dice que siempre quiso que estuvieran juntos, que se recomponga la relación con él, que quería que fuera a su casa con sus hijos. Esa noche se quiso llevar a sus hijos y B. le había contado del manoseo, dice que su hijos están mintiendo que están siendo manipulados e influenciados por su marido, dice que desde que conoció su marido hace 17 años, el controlaba todo, un día le pego a la salida del colegio y la llevo a un lugar y la tuvo allí tres meses, y la obligó a tener relaciones con él, que su madre denunció su desaparición. Dice que no va a contestar preguntas”. Luego en la audiencia de debate del 19-3-13 amplia su declaración y manifiesta: “quiere decir que como eran con ella. Desde que se casaron siempre actuó con violencia con golpes hacia ella, el común denominador eran los celos con los vecinos, nunca lo denuncio porque tenía miedo a que le quitara los chicos. Un día ella pidió un remis para ir a lo de su hermano y le dijo que esperara y salió el con un caño y le destrozo los vidrios del auto, de eso no hizo denuncia. Perdió un embarazo a raíz de los golpes, al mostrarle el evatest comenzó a pegarle patadas, diciendo que no era de él. Cuando se quedo embarazada nuevamente, le dio para una evatest y no hizo nada, y cuando se estaba sacando la ropa se subió arriba de ella, pegándole le abría las piernas y le seguía pegando, esa noche se sentó en el bidet y sintió que algo le caía y era el feto, él se aparece y le dice “que le paso”, se fijo y vio que era el feto, él lo levantó y lo tiró y tiró la cadena le dijo no es nada. Ella agarró sus dos hijos y se fue a atender con el Dr. Monjo quien le dio para hacerse una ecografía comprobando que efectivamente había un lugar donde estaba el bebe. En ese momento le hizo escuchar un latido del corazón y que había quedado un bebe porque eran mellizos y la mando a reposo Respecto del tema del puntazo fue el día del padre su marido fue a su casa y le dijo si ella quería ir y a los tres días B. lloraba, paso una semana y B. le dijo que le dolían los ovarios, se

Page 6: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

había indispuesto. Y ahí le dijo que el padre la manoseó cuando estuvo en la casa la otra vez, le pregunto y ella se quedo muda. Se fue a la comisaría a denunciar y a ver si la revisaban, si le había hecho algo. No le tomaron la denuncia en la seccional, entonces la llevo a tres hospitales y no la revisaron. A la Unidad Judicial de la mujer, a la clínica del Sol, B. allí le dijo al medico de la clínica del Sol que había tenido relaciones sexuales, cuando llegó a su casa estaba el auto de su marido en la puerta, abrió las rejas para sacar a sus hijos que se metieron en su pieza, cuando se dio vuelta estaba el dentro de la casa, el tiene una orden de restricción, le preguntó que hacía, y le dijo que quería los anteojos, busco los anteojos de contacto y él estaba sacando los tres chicos, discutieron y le dijo que era un degenerado, vio una 4x4 con sus cuñados, el viene para pegarle ella manoteo un cuchillo y solo quiso defenderse. Luego su cuñado A. entró rompiendo la puerta era su cuñado y el novio de M. V. y los dejaron entrar, a que se lo lleven, su cuñado la empujó a su hija y la amenazó, la insultó mientras su marido estaba en el piso Luego se dieron vuelta y se fueron, su marido decía que culpa de él. Ella hablaba al 107 y no venían, entonces lo ve que estaban en la camioneta, entonces su marido camino cinco pasos y lo cargaron en la camioneta. Agrega que ama a sus hijos, que jamás los lastimaría, es inocente, solo se hace cargo del puntazo de su marido y lo demás es incapaz de hacerles algo a sus hijos. Le han mostrado lo que es un especulo ¿preguntada si quería responder porque le ponen restricción a su marido? Dijo que si, porque el hacia doble vida, por los golpes que le propinaba, una vez hizo una exposición en la seccional 10 “. -En razón de haber contradicciones con sus declaraciones prestadas en sede instructora se incorporó por su lectura conforme lo dispone el art 385 del CPP la lectura de las mismas en las cuales la incoada había dicho:- (ver fs. 393/397 y fs. 426/430) que transcriben textual: “ todo es mentira lo que me están acusando, el tema del incendio fue un accidente que ocasionó mi hijo M. de 6 años jugando con una vela, y estando yo afuera con mis otros dos hijos B. y T. cambiando la cerradura de un puesto de choripan que yo tengo afuera estacionado porque se había ido mi marido y estaba viviendo con mi suegro y se había llevado todas las llaves entonces estaba cambiando las cerraduras del puesto choripan, cuando ingresamos a la casa vimos que había humo estaba incendiado el sillón, una mesa, había mucho humo atinamos a apagar el fuego, mis hijos me ayudaron a abrir la manguera y yo apagar el fuego, después de apagar el fuego fui a buscar mi hijo en la parte de arriba de la casa en su habitación, ahí logré sacarlo, lo bajé y el único que estaba metido adentro de la casa era M. de 6 años, mientras yo apagaba el fuego mi hija si llamo a mi marido para que vinieran a ayudarnos apagar el fuego, y vino con la policía mi marido y vio que estábamos apagando el fuego y ni siquiera entró, estaba todo abierto, la reja, el portón, las ventanas para que saliera el humo y pudiéramos respirar, después nos fuimos para el lado del patio a tomar aire fresco entró el policía para el lado del garage y lo que hizo fue levantar a mi hijo T. del brazo para dárselo a mi marido y ahí discutí con el policía porque lo agarraba así y lo trataba mal, fue cuando entre a mis hijos adentro de nuevo y cerré todas las puertas todo., ahí cayeron después mas seguridad, cayó el Eter, no se porque si estaba todo apagado y mis hijos estaban bien y después llame a un abogado porque me pedían ver los chicos y tengo ventanales les mostraba que estaban bien mis hijos, llame a un abogado que me dijo que no se los entregara a nadie, que se los mostrara por la ventana. A los dos días mi marido regreso a casa me ayudo a pintar toda la casa, pinto

Page 7: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

toda la casa, y me llegó una citación de Uds. y él quería ponerme un abogado de él para que me defendiera y se quedó en casa, después se volvió a ir de nuevo para la casa el padre de nuevo, fue cuando paso una semana, cuando B. lloraba y lloraba no me decía que le pasaba, después el día lunes me dice que le dolían mucho la parte de abajo, los ovarios, y ahí me comenta que fue el padre que la había toqueteado y violado y entonces la llevé a la clínica del Sol, ahí la controlaron la revisaron, me dieron unos estudios que le tenían que hacer, me atendió un médico de guardia en la Clínica del Sol, el médico de guardia le indicó una ecografía, el psicólogo y el de sangre, saqué los turnos, y quedaron guardados en una cartera en una billetera grande que mi hermano le entregó todo a mi marido, el nombre de mi hermano es J. E. L., (que la abogada se ofrece a traerlo como testigo). Después salimos de la clínica nos fuimos a mi casa, estaba mi marido esperándonos afuera, pidiéndome a ropa de él, los lentes de contactos, fue cuando yo discutí un poco de lo que le había hecho a mi hija, ingresé con mis hijos para darle ropa y los lentes de contacto, fue cuando él entro solo a casa para llevarme los tres chicos, me quería sacar los tres hijos me fui a discutir con él, el agarró el caño que tenemos atravesado en la puerta de la cocina, agarró una navajita que tenemos en la mesa, me empezó a dar en el brazo en la navaja y con el caño que tenía para darme lo sostenían mis hijos B. y T., ahí fue cuando empezamos a forcejear me estaba pegando con la navaja en el brazo y ahí agarré el cuchillo para defenderme y estábamos los cuatro forcejeando y fue cuando lo lastimé. Cuando me di cuenta que lo había lastimado llamé al 107, ocho veces más o menos no venían porque decían que tenía que venir primero la CAP para verificar si había un herido o no, ya estaban los hermanos de mi marido que viven a la vuelta afuera habían roto los vidrios, le dije a mi hija B. que abra la puerta para que entren a sacar a mi marido que lo vean que estaba herido así lo llevaban al médico, bueno entraron amenazaron a mis hijos y me amenazaron de muerte a mí, lo vieron al hermano lo dejaron tirado ahí y se fueron afuera, seguían tirando piedras todo eso, fue cuando llame tantas veces al 107 y no venían y decidí sacarlo a mi marido caminando y lo llevaron al Hospital San Roque. Cayo después el CAP le expliqué lo que había sucedido al policía y el Oficial me dijo que teníamos que ir a hacer una declaración me voy con él y lo hacen entrar al policía, el Fiscal, salió y le dijo que hasta que no supieran el estado de salud de su marido no le iban a tomar ninguna declaración y le quise decir lo de mi hija y no me quisieron tomar la denuncia hasta no saber como estaba él de salud, volví a mi casa con mis hijos y al día siguiente me detuvieron no pude hacer nada, no me dejaron declarar nada. A la pregunta de la abogada defensora de si el médico de guardia de la clínica del Sol la revisó ginecológicamente a su hija? La imputada contesta que si la revisó, la abogada defensora interrumpe y dice: Uds. me dijo otra cosa a mí, si no esta en condiciones de seguir declarando que no declaré pero que no contesté cualquier cosa. A la pregunta de la abogada defensora de que ocurrió concretamente en la clínica del Sol y si la derivaron a otro lado o algún ginecólogo? Dice que si me derivaron a la Calle Rondeau, algo de la mujer, y el ginecólogo el médico de guardia me dio unas órdenes para que las vea el ginecólogo y psicólogo y análisis de sangre. A la pregunta de si el médico de guardia de la clínica del sol la revisó a su hija ginecológicamente, dice que no la tocó porque no tienen permisos para tocarla, por ser menor de edad, y por lo que le había comentado yo al ginecólogo me dijo no la vamos a tocar hasta que no la vea bien el

Page 8: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

ginecólogo especialista. A la pregunta de si recuerda el nombre del médico de guardia, dice que no, que estaba todo anotado y quedó en la billetera mía, la abogada pregunta era billetera o monedero? Dice que monedero grande. A la pregunta de la abogada defensora de si se peleaba habitualmente con su marido? Contesta que si eran constantes las discusiones con él, todos los días. A la pregunta de la abogada defensora de si esas discusiones eran a los gritos o en baja voz? Dice que, yo soy de gritar y de hablar fuerte y si levantaba la voz cuando discutía con él. A la pregunta de la abogada defensora de si cuando discutía con su marido se ponía nerviosa? Si, nerviosa me ponía más que él me levantaba la mano, me pegaba, me agarraba de los pelos, muchas veces me he defendido con las agresiones que él me hacía. A la pregunta de la abogada defensora de porque venían las discusiones? Dice que no quería que hablara con los vecinos, no dejaba que me fuera a la casa de mi mamá ni que ellos vinieran a mi casa, cualquier cosa era un tema de discusión y el tema de pegar, me pegaba en el estómago. A la pregunta de la abogada defensora de si alguna vez su esposo le fue infiel? Si, me engaño con mi mejor amiga, caía a casa ella, vivía al lado, faltaban el respeto a mis hijos a mi casa, y cuando yo tenía internado a mi hijo me enteré que andaba con mi mejor amiga y se quedaban a dormir en casa, cuando yo estaba internada con mi hijo más chiquito. A la pregunta de la abogada defensora de si alguna vez agredió a sus hijos? Jamás, son lo primero y lo último por lo que daría la vida, así que jamás. A la pregunta de la abogada defensora de como se siente estando alejada de sus hijos? Me siento mal, muy afligida, no se como están, todo el tiempo ellos estaban conmigo, nunca se alejaban de mí. A la pregunta de la abogada defensora de su si marido sabía que ella lo estaba por denunciar por violación a su hija. Dice que su hijo más chico, T. de 11 años fue el que le avisó que yo lo estaba por denunciar por lo que le hizo a B. A la pregunta de la abogada defensora de que relación tiene T. con su padre? Dice que la relación con él es muy buena, cuando el llega de trabajar hace las cosas de la casa con el padre, hace las cosas con el padre, es muy compañero con él. A la pregunta de la abogada defensora de si cree que T. mentiría si su padre se lo dice? Dice que si, va a decir lo que diga el padre, son muy compañeros los dos. A la pregunta de la abogada defensora de que relación tiene B. con su padre? Dice que es poco difícil de decir tiene un carácter muy especial, es distante pero me cuenta las cosas, con él también contaba cosas, pero hasta una determinada situación, no era muy abierta con él. A la pregunta de la abogada defensora de si cree que sus hijos tienen miedo del padre? Ahora yo se perfectamente que se están manipulando que si le tienen miedo, los está manipulando mucho a los chicos. A la pregunta de que carácter tiene su marido? Es muy cambiante es agresivo y llega una persona y cambia el carácter totalmente. A la pregunta de la abogada defensora de si considera que su marido es capaz de mentir? Dice que si miente constantemente. A la pregunta de la abogada defensora de si su marido tiene personalidad manipuladora? Si es muy manipulador. A la pregunta de la S.F.I de como sabe que sus hijos están siendo manipulados? Dice que porque están declarando cosas falsas, la abogada defensora interrumpe y dice que ella le dijo que T. había declarado algo falso. Él les hablaba a mis hijos diciéndole que yo estaba loca, y yo siempre los he tratado bien a mis hijos"... En la última oportunidad de declarar a fs. 426/430 , efectúo ciertas manifestaciones que consideró útiles a su defensa las que se transcriben a continuación: "....respecto al hecho con la tijera, no hubo ninguna tijera, ese día yo regresaba

Page 9: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

del médico cuando la fui a hacer revisar a mi hija, él estaba queriendo entrar, cosa que llegaron ingresaron mis hijos y le pregunté que necesitaba y el me dijo que necesitaba los lentes de contactos, había ingresado solo, y se quiso llegar los chicos y le dije que no tocara los chicos, fue ahí que agarró el caño para pegarme y una navajita de la mesa para pegarme, en ningún momento agarré ninguna tijera, si no había ninguna tijera ahí. Cuando él me estaba pegando puntazos en el brazo fue cuando agarré el cuchillo tramontina y le di. Porque estábamos forcejeando con mis hijos y mi marido, porque mis hijos agarraban el caño para que no me pegaran y con el otro me pegaba puntazos en el brazo, y fue ahí cuando le di fue un momento de discusión. Fue en defensa propia porque me estaba llevando los chicos, y me había enterado de la violación de mi hija, todo eso. Con respecto al tema del policía yo ya había declarado que fue cuando agarró a mi hijo fuerte cuando habíamos salido de mi casa, y agarró a mi hijo para entregárselo al padre, fue ahí cuando discutí con ese hombre eso sí, pero no le arrojé a él una maceta sino se lo arrojé a mi marido que no hacía nada y estaba parado afuera que le pegó en la mano con la maceta y su marido demando a la empresa por la muñeca, diciendo que era un problema laboral y por eso sacó carpeta médica él después. Respecto al hecho noveno, eso es imposible, son todas mentiras, mis hijos estaban viviendo conmigo y mi marido estaba viviendo en la casa de mis suegros y en ningún momento nadie llamó por teléfono y menos se los daría a mi marido si esta viviendo en otro lado. A la pregunta de la abogada defensora de si los chicos se querían ir con el padre? No, en ningún momento y siempre se quedaron conmigo y querían quedarse conmigo. Nunca me dijeron que se querían ir con el papá, cuando le preguntaba si se querían ir con el padre me decían que no, me quedó con vos mami..." III) En el debate declararon M. S. V. -sobrina de L. E. A.- quien manifestó al Tribunal que ella es hija de K. A. y C. V. Que su mama tiene un hermano, tío de ella, que se llama L. A. que esta casado con I. L. y tienen tres hijos menores de edad, B. de 14 o 15, T. de 11 o 12 y M. de 6 o 7 años de edad. Que ellos se domicilian a la vuelta de su casa, que una noche alrededor de la 20 hs se hace presente su tío diciendo que I. se había encerrado con los chicos dentro de la casa y no le habría, por lo que ella le pregunto que había pasado y él le dijo que hacia unos días venían discutiendo por un puesto de choripan que el quería poner y ella no lo dejaba. Que minutos después regresa diciendo que salía humo de la casa y el llama a la policía desde la casa de ella. Que sale hacia la casa de ellos que queda a la vuelta y al llegar observa que desde la ventana de la planta alta salía humo y que en el piso del ingreso de la casa había agua mezclada con algo negro como si fueran cenizas. Que detrás de ella llega L. y le grita a I. que saliera, ella abre la puerta de ingreso y se asoma viendo que tenia todo el rostro manchado con negro y le grita “ salta la reja como lo haces siempre”, a lo que ella le dice que no lo haga temiendo le ocurriera algo peor. Que ante esto su primo T. abre la puerta sale de la casa y abre la reja y el portón que es corredizo y su tío lo abraza preguntándole si todo estaba bien a lo que el le dice que si y allí sale I. y comienzan a forcejear porque ella no quería que T. saliera de la casa. Que ella se acerco a I. y le pregunta si todo estaba bien- al verle la cara negra-y ella no le responde y la empuja, para luego ingresar con sus hijos a la casa no dejándolos salir. En ese momento se hace presente la policía y le piden a I. que dejara salir a los chicos, a lo que ella les gritó” los chicos son míos, yo les di la vida, yo se las quito” para seguido salir y cerrar el portón. Que todos le gritaban para que dejara salir a los chicos y ella

Page 10: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

escucha que le grita” vos no te metas pendeja porque te voy a prender fuego”. Que a todo esto los policías que estaban parados afuera y le gritaban que dejara salir los chicos, saliendo ella de la casa y arrojándoles una maceta Que ella luego se fue y se entero que mas tarde llegaron los bomberos y mas familiares de ella y que la convencieron que saliera de la casa Que I. fue siempre una persona agresiva hacia L. tanto física como psicológicamente . Que L. le contaba que no podía dormir y que muchas veces cuando se despertaba la veía que lo miraba fijo parada al lado de la cama. Que él le temía. Que en los últimos tiempos ella la notaba a I. muy nerviosa, alterada y se la pasaba todo el día en la computadora y no sabe que hacía. Que I. se automedicaba con pastillas de colores verdes y amarillas que a veces se la veía como sedada, como dormida. Que ella la veía a B. con ojos llorosos y tristes pero ella no le comentaba nada. Que sabe que I. la usaba a B. para que lo llamara a L. y era a la que más maltrataba psicológicamente porque sabía que L. adora a B. Que ella le tiene miedo a la imputada porque tiene una hija y teme que le pase lo mismo por eso no quería declarar en su presencia. Que es totalmente cierto lo que ella declarara en la fiscalía respecto a que la imputada maltrataba a los niños y le pegaba a su marido L. A. -Que ella se entero que lo habían denunciado a su tío L. E. A. porque supuestamente abusaba de su hija B., pero luego se entero que B. había dicho que quien abusaba de ella era su madre I. Que ella no habló del tema del abuso con B. porque su madre le dijo que no lo hiciera para evitar que B. se ponga mal. Que I. le gritaba mucho a los chicos y los trataba de mal modo, pero no puede asegurar si los golpeaba, si puede decir que ella le pegaba a él o sea I. a su marido L. y más de una vez los ha visto en violentas discusiones. Que más de una vez lo ha visto a su tío que llegaba a su casa en short o calzoncillos y decía que se había ido porque I. le quería pegar Que sabían discutir antes de ir al trabajar y como el padre de ella también es chofer de colectivo le prestaba ropa a L. ya que él no podía ir a su casa a buscar el uniforme. Que una noche L. llego a su casa todo bañado en sangre porque I. le había dado una puñalada en la pierna y otra vez lo apuñalo en el pecho. Que todos en la familia decían a L. que la denunciara, pero L. siempre le tuvo miedo a I. Que la acusada se la veía como una persona que pasaba mucho tiempo encerrada en su habitación llorando y como que ha veces no quería levantarse ni de la cama. L. E. A. -esposo de la imputada- pidió en la audiencia la exclusión del recinto de la imputada para declarar porque le tenia miedo y había ya sufrido demasiado.- Luego de alejada la imputada de la sala-por decisión de la mayoría del Tribunal-refirió que: esta casado con la imputada I. L. desde hace unos 15/16 años y que de dicha relación tuvieron tres hijos: B. A. L. de 14 años a la fecha de los hechos, T. A. L. de 11 años a la fecha de los sucesos y M. A. L. de 6 años a la fecha de los hechos. Que el 20 de junio del año 2011 realizó una denuncia de violencia familiar debido a que el 19/6/11 siendo alrededor de las 14 hs. mantuvo discusiones con su esposa y ésta lo hecho del casa por lo que se fue al domicilio de sus padres. Que cerca de las 20 horas recibe un llamado telefónico de su hija B. quien le dice “que fuera porque mi mujer le estaba pegando y estaba rompiendo las cosas” motivo por el cual él se va a la casa y antes de llegar se acerca a la comisaría 21 informando lo acontecido y solicitando un móvil policial. Que mientras esperaba la policía, observa a su hijo T. todo mojado y quien le dice que se fuera por que su mama esta muy enojada y había quemado la casa. Que llega la policía y él comenta lo sucedido y que al querer dialogar el uniformado, I. le grita que se fuera y acto seguido le tira una maceta a las piernas.

Page 11: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

Como la situación estaba muy complicada llaman a personal femenino quien trata de hablar a I. pero ella se pone más agresiva: Que había mucho olor a quemado. Que luego llegan los bomberos que trataron de ingresar pero I. se los impidió-Luego llegó el grupo ETER quienes no entraron porque I. gritaba que no lo iba a dejara pasar, entonces él se dirige a la unidad judicial no presenciando todo lo que paso después. Que dijo que su mujer tomaba mucha pastillas. Que en esa oportunidad el manifestó su voluntad de no promover acción penal pues no sufrió lesiones. Que con fecha uno de julio del 2011 compareció espontáneamente a la Fiscalía a manifestar que luego de prestar declaración en la unidad judicial 10 a las 20 horas fue a la casa de sus padres en Bo Acosta y allí estaban sus tres hijos esperándolo. Que los tres le dijeron que si no volvía a la casa iba a ser para quilombo de nuevo, que su mama los había amenazado que los iba a matar si se iban con él. Que se quedaron cerca de una hora y se fueron a la casa de la madre acompañados de S. M. A. –hermana de él-quien los dejo y le dijo que todo estaba bien. Que cerca de las 23 hs lo llama su esposa y le dice que vuelva a la casa que todo iba a estar bien que solo quería que volviera. Que él le dijo que no, que no podía seguir más y allí ella comenzó a gritar e insultarlo. Así insistió llamándolo como siete veces. Que luego le pasó con su hija B. quien el pide que vaya y él le explica que no iba a volver por lo que había sucedido la noche anterior. Que luego de eso fue a la unidad judicial a solicitar que alguien fuera a ver como estaban sus hijos dado el grado de alteración de su esposa. Que decide entonces instar acción penal por las lesiones sufridas. Que el 12 de julio del año nombrado declaró en la fiscalía manifestando que hacia como tres años que I. comenzó a ser muy violenta con él y con sus hijos, llegando a apuñalarlo a él tres veces en el brazo, en la pierna y en el pecho. Que la primera y segunda vez fue con un cuchillo tramontina y la tercera vez lo atacó con una cuchilla, provocándole la perforación de un pulmón, la fisura de una costilla, hecho que lo denuncio. Que a raíz de ello detuvieron a I. Que en otra oportunidad I. prendió fuego a la casa con sus hijos dentro y que fue para el día del padre. Que en otra oportunidad I. se cortó las venas y el regreso con ella porque le decía que si no volvía con ella iba a matar a su hijos. Que allí se entero del abuso de B. por parte de I. Que no tenía conocimiento de ello porque B. no se lo contó pero manifestó su voluntad de instar acción penal por dicho abuso como padre de la niña. Que hizo entrega de una tijera de cabo plástico de color rojo y negro con la cual I. lo amenaza, de una cuchilla de cabo de madera que L. tenía en la mano en el momento del hecho y luego toma una cuchilla de tipo carnicero con cabo blanco con el que lo apuñala, el que también entrega. También entregó un caño de hierro con el cual el rompe el vidrio de la ventana del comedor que da a la calle para llamar a su sobrino W. Que el 5 de agosto de dicho año aclaró en la fiscalia que los objetos quemados por el fuego eran propiedad de ambos porque fueron cosas que compraron después de casados. Manifiesto que cuando fueron a la calle Rondeau en la Unidad Judicial del Niño, cuando salió su hija B. se enteró del abuso hacia ella. Que su cuñada y B. entraron en la U.J de la Mujer y el Niño. Su cuñada N, la señora de su hermano, B. le comentó de que su señora le había introducido un aparatito de plástico en la parte de la vagina y lo hacía girar, eso fue lo que decía. Que B. le comentó que había sido un día anterior de que le clavó la puñalada y B. le dijo ayer que el mismo día que le pegó la puñalada a él. Que su mujer I. había ido a la U. de la. Mujer y el Niño a hacer una denuncia en contra de él Que luego lo llaman del centro que los fuera a buscar y él

Page 12: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

se fue a buscarlos al centro y cuando llegó en el auto- luego de una discusión- ahí fue cuando ella le pega la puñalada, y B. le contó que se habían ido a hacerle una denuncia a él pero no la habían podido hacer porque había mucha gente en la Unidad Judicial, y después de eso me pegó la puñalada. Que le preguntó a B. sobre el hecho del aparatito, su hija le contó que fue la noche antes de la puñalada, ella no quería hablar de nada. Agregó que su suegra hace magia negra y va mucha gente que trabaja en los hospitales que son enfermas y cosas así y le saben llevar muestras médicas y un montón de cosas en pago o agradecimiento y que su esposa I. hacía muñecos de tela y muchas veces hacía esos muñecos de tela cuando sus hijos estaban enfermos o internados. Que ella en los hospitales mientras cuidaba a M. vendía los muñecos a otras madres o a las enfermeras y en alguno de esos lugares puede haber adquirido el aparatito, pero la verdad es que él no sabe de dónde lo sacó. Dice que su mujer compraba botellas de alcohol para coleccionar, y cada vez que había una discusión en casa cuando volvía no veía más las botellas. El día del incendio en su casa, M. a los dos o tres días después le contó que ese día estaba viendo tele y se escondió entre medio de las camas porque la mami estaba re loca y ella quemó la casa y por eso él le preguntó a B. y a T. quién había prendido fuego a la casa y B. le dijo, la mami vino y me pegó con una botella en la cabeza hasta que se rompió la botella de vidrio con el vino adentro y le dijo que quedó tirada en el suelo y también le pegó a T. con otra botella de vino pero no le dijo que se rompió y M. estaba arriba y ella roció la mesa y el juego de living con alcohol y tiene encendedores, que es lo que usamos en la cocina o para el calefón y no sabe nada más porque cuando él llegó estaba la casa oscura y el agua salía para afuera y llegó Bomberos y Eter. Con relación al botellazo no sabe si se lesionaron sus hijos, el día del incendio no los pudo ver mucho, sólo a T. dos segundos porque no lo dejaba entrar I. a su casa. Que B. le contó que mucho tiempo atrás le pegó con una botella de vino en la cabeza y que también le pegó a los otros chicos, que les pegó a los tres y en una oportunidad lo encontré a M. con un chichón y cuando le pregunté a la madre me dijo que se había caído. Puede haber sido hace un año o un año y medio atrás porque le pegaba a los chicos y ahí me metía y se ponía loca. También su hija B. le contó que cuando I. lo había corrido una vez de su casa, los hacía que lo llamaran, pegándoles y que los chicos llamaran para que yo volviera y ahí se enteró por B. que dice que I. la hizo que llamara por teléfono entonces empezó a hincarla con el cuchillo en el brazo izquierdo con un cuchillo de cocina mango de madera marca tramontina, esto fue hace bastante tiempo pero no le dijo bien cuando había sido eso. Dije que después del incendio unos días después, cree que un martes lo llaman sus hijos para que volviera a su casa, y no recuerda si ese martes volvió a verlos y ahí le pidieron que se acercaran y le pidieron que vaya que su madre, pero él no quería hablar con ella y cuando llega ve que estaba I. con la mano vendada y ahí los chicos le contaron que la mami los mandó a comprar un bisturí y se quiso cortar las venas y ahí le dijo que estaba loca que hasta cuándo iba a hacer todas estas cosas y ahí I. le pidió que le diera una oportunidad y él la quiso llevar al médico y ella no quiso, cuando vuelven a la casa ve que tenía cortada las venas de la mano izquierda y ahí le dice que iban a salir adelante, que le iba a dar una oportunidad y que la iba a llevarla a un psicólogo. Que al siguiente día compramos pintura y empezamos a pintar y cuando termina de pintar ella dijo no ayudo más porque estoy cansada y ahí le dijo, andate si ya terminaste. Dijo que sólo le comentaron que mandó a los chicos a comprar un bisturí y no le contaron nada

Page 13: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

más. Después de pintar la casa empezó a hacer problemas de nuevo, que me vaya y le pidió a sus hijos que se olvidaran de él y ahí le dijo B. que no y ahí le dijo a T. y a B. que se fueran ellos a la habitación matrimonial y los encerró ahí y a la media hora salió I. con el brazo envuelto en una funda de almohada en la parte del antebrazo bañado en sangre. Que él le preguntó qué le pasó y ella se saca la funda y le dice: estas puñaladas que tengo acá me las pegaste vos, eso fue después del incendio y antes de que le clavara la puñalada, y después de ahí empezó el problema de nuevo, pero después él se encerró en una habitación de ellos con los chicos y se acostaron a dormir con los chicos. Al otro día le preguntó a B. y a T. qué había pasado para que la madre terminara con el brazo así y B. y T. le contaron que la loca le había dicho a B. que le pegara puñaladas, sino se las iba a pegar a ella. Y T. le dijo: la loca esa le dijo a B. que le pegara sino ella le pegaba a B., dice que estaba re loca. Que ratificaba todas sus declaraciones realizada en la fiscalía porque es toda la verdad. ADRIAN FRANCISCO MOLINARO (Perito de parte) dijo: que coincidía con la perito oficial que ni la mama ni la hija mostraban estados afectivos claros, mas bien es como que todo lo que paso fuera como natural, como lógico, una cosa sigue a la otra, y así se va llegando a un punta sin salida. La naturalización de la violencia pareciera afectar a todos los miembros de la familia....Respecto de la Sra. L. le parece dificultoso poder plantear el grado de lucidez y claridad que ha tenido al momento en que se entera de la infidelidad de su esposo, pero es claro que a partir de allí , lo que eran discusiones o peleas familiares se concierten en agresiones descontroladas por parte de ambos miembros de la pareja Respecto de B. considera que existe la posibilidad que haya sido manipulada por personas de su entorno lo cual no significa ello que B. mienta. OLGA SILVIA BARELLA (Medica Unidad Judicial de la mujer y el niño) dijo: ......... “en el informe realizado por ella a B. esta claro que el himen esta desflorado y que pudo serlo con un elemento romo duro y que el mismo es antiguo mas de diez días, no pudiendo precisar desde que tiempo atrás se pudo haber producido.”...... “Que el especulo es utilizado por los ginecólogos para exámenes y que se agranda con un tuerca”.... “que en el consultorio la menor identificó un espéculo que ella le mostró”. A. A. A. -hermano de L. A.- dijo que en el mes de junio de ese año siendo más o menos las 1930 hs. él se encontraba en el domicilio de su hermana ,y llega corriendo su sobrino W. D. de 26 años y muy nervioso le dice” vení tío , que L. esta peleando con la mujer “ que entonces salen corriendo hacia el domicilio de I. L. quien vive en calle L. Que cuando llegan a la puerta, las rejas estaban abiertas y la ventana que esta al costado de la puerta se encontraba roto el vidrio y había una maceta dada vuelta y la puerta de ingreso cerrada. Que grita y nos sale nadie grita “L., L.”. Y sale uno de sus sobrinos el de 11 años y le dice “ya viene tío ya viene mi papa. ” Que al no salir nadie se pone nervioso, porque conoce que I. se pone nerviosa y es agresiva, sale de nuevo su sobrino y le dice que se vaya y él le responde que quería hablar con L. Entonces el comenzó a llamar al 101.Que a los segundos sale su sobrina y le dice “entra tío mi papá esta herido”, que él no se animaba a entrar porque le tiene miedo a I.. Que ve a su hermano L. recostado en el piso con sus rodillas dobladas hacia delante y estaba muy blanco y tenia todo el torso ensangrentado Que su hermano en voz baja le decía que era un accidente a lo que le respondió tenés que hacer la denuncia. Que I. no quería que lo llevara. Que sale nervioso a buscar la camioneta que estaba a la vuelta y cuando vuelve la puerta estaba cerrada y él les grita que le abran y al no abrirle él se va en la camioneta a buscar la

Page 14: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

policía .Que encontró un móvil y le dijeron que ya iban a mandar la ambulancia, la que nunca llego. Que luego logra sacar a su hermano y trasladarlo en la camioneta al Hospital San Roque. Que esta acostumbrado a que su hermano le diga que estas agresiones de I. son accidentes porque ya paso otras veces y L. no hace la denuncia porque teme por la integridad de sus hijos Que llegaron al hospital y le dijeron que era una herida cortante que había tocado una costilla y que por muy poco no toco el corazón. LAURA BELTRAMINO (Perito Psicóloga Oficial) aclaró al tribunal los informes psiquiátricos practicados en las personas de M. L. y su hija B. A. Respecto a la imputada dijo: que tuvo cuatro entrevistas con la señora. Que en todas las oportunidades guardo una aparente calma. Su tono de voz fue amigable y se mostró dispuesta a colaborar. A pesar de ello se advierte que no dimensiona el nivel de agresión en que vivían. Sus relatos en relación a la violencia vivenciada son expuestas en forma desactivada. Respecto a la participación pasiva de los hijos en esta violencia no puede la imputada involucrarse, no es un tema que le genere angustia. Se la observa tan involucrada en “la pareja” que constituye con su esposo, que los hijos no logran alcanzar en su registro, la entidad de sujetos participativos desde el malestar, en la problemática. Se observa alteración en la mujer, cuando narra haber sido engañada por el esposo con una amiga. Su estructura psíquica infiere endeble, con un yo con escaso recursos para enfrentar la situación violenta con su pareja. Se encapsula en la situación con él, lo que la descontrola y le impide situarse en un registro de la realidad con protección hacia su persona y sus hijos. No mide consecuencias y se deja llevar en forma impulsiva sin control de la agresión. Este descontrol la llevarían a protagonizar actos desajustados, impulsivos y de alto contenido de violencia. En cuanto a B. M. A. que a la fecha de la pericia tenia 14 años, la niña se muestra tranquila, inclusive cuando narra hechos de alta violencia vivida en el hogar junto a sus padres. Pone a su madre en como el foco de las acciones físicas agresivas diciendo que se descontrolaba cuando su padre decidía retirase del hogar. Narra con detalles la situación donde su madre introduce un espéculo en su vagina con la intención de acusar al padre del abuso. La afectividad de B. se encuentra aplanada, utilizando la disociación como mecanismo útil para adaptarse a la violencia. Aparece un “yo” cargado y tenso, necesitando reforzar lo intelectual para verbalizar y sobreponerse a la carga emocional que conllevaría enfrentar la violencia. La situación desajustada de vinculación familiar habría impactado de tal forma en su psiquismo que no elabora ni analiza lo vivenciado. El abuso que denuncia de su madre es expuesto como un eslabón mas en la cadena de agresiones vivenciadas. No se encontraron en la niña elementos o características de fabulación confabulación o mitomanía. Observó que el daño psíquico de la niña esta relativizado por la cotidianeidad de las situaciones, generándose una acomodación a las situaciones de maltrato. Culmino su exposición la profesional explicando que en la obsesión de la encartada ella quiere apropiarse del objeto que le pertenece y su hijos también son objetos para lograr su fin, pega porque no responden a su llamado de amor. Sus relatos no pudieron ser mantenidos. Repite que no aparece una fuerte marca psíquica en B. porque esta se diluye ante semejante cadena de violencia. IV) la prueba se completa con la incorporada con conformidad de partes a saber: Prueba común para todos los hechos: Común para todos los hechos: Documental: Croquis ilustrativo del domicilio de la imputada (fs.91), Acta de allanamiento, detención de la imputada e inspección ocular del domicilio (fs.92/93),

Page 15: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

Fotografías tomadas por la Of. Sub Insp. Bolatti (fs.109/112), Acta de entrega de los menores (fs. 154, 297), Constancia de causas en Violencia Familiar (fs. 172, 273), Documental escrita por B. M. A., que la niña acompaña espontáneamente a la Fiscalía (fs.205/207), Acta de secuestro (fs. 252), Fotocopia simple de DNI y libreta de familia aportada por A. (fs. 298/300), Copia fiel del Acta Acuerdo remitido por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia – organismo de Protección de Derechos Gobierno de la Pcia. (fs. 303/304), Exposición informativa de B. M. A. en Cámara Gesell (fs.327/330), Croquis para allanamiento (fs. 338), Copia simple de acta que dispone la restricción absoluta contra la imputada y entrega de los menores a su progenitor perteneciente al Expte. “307129-L., I. M. del V. y otro - Solicita Homologación (fs. 342), Entrevista psicológica filmada de B. A. (fs. 292), Entrevista psicológica filmada de T. G. A. (fs. 343), Entrevista psicológica filmada de M. A. (fs. 354), Acta de allanamiento del domicilio con resultado negativo (fs. 348), Fotocopia simple aportada por la defensa de denuncia formulada por L., J. y exposición (fs. 400/403), Copias certificadas de los certificados de nacimiento de los menores (fs. 410, 420,.421, 422), Fotocopia fiel de las exposiciones n°313/11 y 314/11 realizadas en la Comisaría n° 12 (fs. 467/468), Certificado del actuario sobre la entrega del dibujo realizado por B. en Cámara Gesell y el dibujo (fs. 474/475), Copia fiel del acta de matrimonio y actas de nacimiento (fs. 478/480), Planilla prontuarial (fs. 107), Demás constancias de autos. Informativa: Informe del Registro Nacional de Reincidencias (fs 214, 546), Informe del departamento Centro de comunicaciones 101 (fs. 236/239), Informe dirección Bomberos (fs. 242/245), Informes técnicos: Informe médico de la imputada (fs.100), Informe psicológico de la Unidad Judicial de Violencia Familiar (fs. 155/156), Informe del servicio de psicología (fs. 195), Informe psicológico del Equipo de Violencia Familiar de la imputada (fs. 283/285), Informe médico de B. A. (fs. 350, 370), Informe médico de M. y T. A. (fs. 371), Informe psico-social de L. del Servicio Penitenciario (fs. 377), Informe sección Audio y Video Legal –transcripción de la Cámara Gesell de B. A. y dos DVDs (fs. 380/390), Informe social (fs. 525/528), Cuarto Hecho: Documental: Denuncia Formulada por A. L.E.(fs.7/9,.70/73), Certificado del actuario (fs. 30), Croquis (fs.58), Sexto Hecho: (abuso sexual) Documental: Entrevista psicológica filmada de B. A. (fs. 292), Certificado del actuario (fs. 355), Informativa: Informes técnicos: Informe médico de B. A. (fs. 294) , Séptimo Hecho: Documental: Denuncia Formulada por A. L.E.(fs.70/73), Acta de inspección ocular (fs.65), Certificado del actuario (fs. 80, 85), Informativa: Informe médico de L.E.A. (fs.164), Informe de la Sección Clínicas y Hospitales (fs. 177, 248/250, 262), copia ó fotocopia -en ambos debidamente certificada- de la historia clínica de fecha 29/06/2011, perteneciente a L.E.A., DNI n° 24.629.227, asistido con motivo de una herida corto punzante en tórax en el Hospital de San Roque de esta ciudad de Córdoba (fs. 586/591); copia certificada de los autos caratulados “L. I. M. del V. y otro - solicita homologación” (Expte. N° 307129) que se tramitan por ante el Juzgado de Familia de Cuarta Nominación, Secretaría siete (fs. 599) informes técnicos-científicos realizados con motivo del sumario nº844/11, coop. técnica nº 394.339 y 394.624 (fs. 585 ); declaraciones testimoniales de R. J. R. y de W. D., Pericial: Pericia psiquiátrica de la imputada (fs.33/35,117/119 y 315/317 y 323/325), Pericia psicológica elaborado por la Licenciada Beltramino a la imputada y a su hija B. A. e informe del perito de control (fs. 493/495, 534/536); Prueba común para todos los hechos: Común para todos los hechos :

Page 16: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

Testimonial: Oficial Subinspector Ana Bolatti (fs. 89/90, 108, 267), exposición informativa de B. M. A. (fs. 150, 200/204, 327/330-Cámara Gesell), exposición informativa de T. A. (fs. 151, 223/224, 391/392), exposición informativa de M. A. (fs.225), M., A. J.(fs.252), exposición de J. F. V. (fs. 271), exposición de K. A. V. (fs. 272), Oficial Subinspector Gastón Emiliano Vieyra (fs. 337, 347), N. Z. C. (fs. 345), J. E. L. (fs.412/413), F. H. C. (fs.416/417); Cuarto Hecho: Testimoniales: Sargento 1° Urbano C. Alberto (fs.21/22), A. Karina Marisa (fs.24), V. C. Adrián (fs. 25), Agente Vukovic Juan José (fs.57), Sgto. Bazan Mamani Mario Javier (fs. 146/147), Oficial Principal Martín Leonardo Carranza (fs. 167/168), Agente Mayco Martinez Paz (fs. 181/182), Sexto Hecho: (abuso sexual) Testimonial: Sub Insp. Victoria Valeria Arancibia (fs. 287), Agente A. Ezequiel Luz (fs.291), N. Z. C. (fs. 305) G. E. G. (fs. 367), Séptimo Hecho: Testimoniales: B., A. (fs.63/64), Agente Davia Juan Italo (fs.81), Agente Pablo C. Blando (fs. 145), 154), A. W. D. (fs. 158/159, 255, 268) y demás constancias de autos. V) Los elementos probatorios reseñados supra son lo suficientemente aptos como para llegar a una conclusión cierta que los hechos existieron tal cual lo describiera la acusación y que M. I. M. L. fue su autora responsable. Las posiciones exculpatorias asumidas por la encartada deslindando su responsabilidad acusando a sus hijos, a su marido y argumentando defensas de carácter legitimo han quedados desvirtuadas por la numerosa prueba que se analizará transformándola en mera excusa defensiva. DOY RAZONES; PRIMER HECHO: cuento con el relato claro y preciso de B.M.A. quien en lo que aquí interesa al ser interrogada en Cámara Gessell manifestó”....mi mamá nos pegaba hasta que mi papa volviera, siempre nos pegaba para que mi papá volviera, unas veces nos pegó con unas botellitas que ella tiene guardadas en la cabeza,…sí me lastimó,....sí , siempre que se peleaba con mi papa me pegaba , dos veces me reventó unas botellitas de vino en la cabeza ..”Días después la citada menor reitera ante la fiscalía interviniente “........otra vez también nos pego con botellas de vino ...esto fue hace como dos años aproximadamente, era verano creo que era domingo, yo tenia 12 o 13 años de edad, estábamos en la misma casa y fue en horas de la tarde como a las 18.30 hs estábamos viendo televisión en el living, los tres estábamos sentados y ahí se enojo porque mi papá no estaba en la casa y lo llamo y no quería venir y ahí fue al lado de la mesa que hay una pared donde están las botella de vino en una repisa .....y me pego con una botella en la cabeza, después con la misma botella le pego a T. pero no lastimo a ninguno de los dos y después le pego a M. que tenia unos cinco años y al si le dejo un chichón pero no fueron al médico...”Corroboran los dichos de la menor B.M.A lo manifestado por el menor T.A ....” mi mama...hace como un año atrás ...nos pego con una botella....” M.A. coincide con sus hermanos y dice..” la mama nos pego con unas botellas ......a mí me salió un chichón...tenia cinco años” El padre L.E.A. confirmo que B. le contó que le había pegado con una botella de vino en la cabeza , que les pego a los tres ....que lo encontró a M. y le vio un chichón ...que al preguntarle a la madre le dijo que se había caído” ..El relato de los testigos (hijos y padre) es coincidente consecuente y coherente y si a ello agrego que los informes periciales dicen que los niños no confabulan ni fabulan sus manifestaciones adquieran total sensación de verdad, ergo ello es más que suficiente como para dar por cierto tanto la materialidad de este hecho como la autoría por parte de la imputada. A mayor abundamiento destaco que T.A en la Unidad Judicial de la mujer y el niño refirió”....sí, mi mama nos pegaba con botella de

Page 17: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

vidrio...”.Sumo a ello la declaración de la perito oficial que afirma que B. no miente. Por último cabe acotar que si bien no se cuenta con informe médico ello es razonable dado el tiempo pasado entre la fecha del hecho y la revisación galena; así no solo lo indica la lógica y el sentido común, sino que además la libertad probatoria imperante en nuestra ley de forma a mostrado a través de los testigos mencionados la verdad real de lo acontecido. Por todo ello dejo fijado este hecho tal cual viniera descrito en la acusación originaria , a dicho relato me remito en honor a la brevedad y a los fines de evita repeticiones inútiles cumplimentando así lo dispuesto por el art 408 inc. 3 del CPP. SEGUNDO HECHO: cuento en este hecho con la exposición en Cámara Gessell realizada sobre la menor B. M. A., en la cual textualmente dijo: "....mi mamá nos pegaba para que mi papá volviera,....si, me lastimó, una vez me pegó con un cuchillo en el brazo y me dijo que le dijera a mi papá para que vuelva, Lic. Moreno: y te lastimó con un cuchillo?, Menor: si, Lic. Moreno: tenés las marcas?, Menor: si, mirá (se levanta la remera del brazo izquierdo y muestra) Lic. Moreno: y te llevaron al médico ese día? No, no me llevó médico ni nada porque dijo que la iban a llevar presa, pero fui a lo de mi tía S. pero no había nadie así que me volví...". Cuento también con la exposición de la menor B.M.A. por ante la Fiscalía de Instrucción quien con fecha 28.07.2011 relata textual: "....mi mamá me hizo llamar otra vez y mi papá no atendía el teléfono entonces lo llame a mi primo que vive al fondo de la casa de mi abuelo, y mientras yo hablaba por teléfono para decir que mi papá viniera sino mi mama nos iba a seguir pegando, mi mamá agarró un cuchillo del cajón de la cocina, es un cuchillo común para cortar la carne, marca tramontina, con mango de madera, son los cuchillos comunes para cortar la carne, y me lo clavó en el brazo izquierdo, me lo clavó en el brazo izquierdo, me lo clavó cinco veces, mientras yo hablaba con mi prima y gritaba, me salió sangre y me lastimó y todavía tengo las marcas pero no fui al médico ..." Sus dichos son corroborados , por su hermano-testigo presencial- T. A. de 11 años de edad, quien expone textual: ".......mi mamá ...a B., le pegó puñaladas en el brazo, fue el año pasado, ....mi mamá le había dicho que lo llame por teléfono a mi papá para que vuelva y siempre nos pega para que vuelva, y B. estaba hablando por teléfono y con una cuchilla le hacía eso, el brazo izquierdo, tenía ropa así que le paso la ropa y lo llamaba a mi papá pero no atendía ..." (fs.223/224).Avalan también los dichos de la víctima B.M.A, el testimonio de su padre - L.E.A. - quien dijo que: ".....su hija B. le contó que cuando I. lo había corrido una vez de su casa, y los hacía que me llamaran pegándoles y que los chicos llamaran para que yo volviera y a ahí se enteró que B., que dice que I. la hizo que la llamara por teléfono entonces empezó a hincarla con el cuchillo en el brazo izquierdo, con un cuchillo de cocina de mango de madera marca tramontina, esto fue hace bastante tiempo...cerca de un año atrás o más.." ( fs.221).Sumo a todo ello, la entrevista realizada con T. A. en la Unidad Judicial de la mujer y el niño, por la Licenciada Sabat, a quien el niño le relata textual: "..ella siempre nos pegaba .....una vez le pego una puñalada a mi hermana en el brazo...." (fs. 343). Cuento además con el testimonio de su prima M. S. V. quien ratificara en el debate sus manifestaciones primarias en fiscalia en la que declarara : "...que hace mucho tiempo, no sabe precisar con exactitud la fecha, cree que en horas del mediodía, estaba en su casa cuando recibe un llamado de B., su prima, quien la escuchó que estaba llorando y preguntaba por L. , si estaba en su casa, y ese día él no se encontraba en su casa..."( fs.270).Agrego al cuadro probatorio el dictamen efectuado por la

Page 18: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

Licenciada Beltramino en la persona de B. M. A., donde surge: ".. no encontrar elementos que determinen características de fabulación, confabulación o mitomanía..." , con lo cual, la credibilidad de B. M. A. es plena y su relato no encuentra fisura alguna, toda vez que en reiteradas oportunidades ( en Cámara Gessell, luego ante la Fiscalía, en la Unidad Judicial de la Mujer y el Niño y finalmente ante la Licenciada Beltramino), la niña en distintas ocasiones y a lo largo del tiempo declaró en forma coincidente sin incurrir en contradicción alguna. Sus dichos son apoyados por un testigo presencial, su hermano T. A. Como he dicho no hay en autos elemento probatorio alguno de suficiente relevancia jurídica que desvirtúe la versión de B.-como tampoco surgieron en el debate circunstancias que hagan presumir que la niña se pudiera alejar de la realidad por motivos de encono, animosidad o influencia familiar. Repárese que la niña en Cámara Gessell al serle preguntada si se comunicaba con la madre que estaba presa, contestó textual: "...una sola vez llamó a la casa de mi abuela, preguntó como estábamos, y ...me sentí un poco triste así porque después cuando terminé de hablar con ella empecé a extrañar, pero después al ratito se me paso ..." De lo que surge que la niña no tiene malas intenciones para con la madre, sino todo lo contrario. Finalmente, se suman lo informado por la Dra. Olga Silvia Barella- médica de la Unidad Judicial de la Mujer y el niño-, en su informe técnico médico N° 1182585, de fs.64/65, consigna textual: "...según refiere la menor que su madre hace 2 años le propinó tres cortes en el brazo con un cuchillo tipo tramontina..., y, concluye: se constatan dos cicatrices de 0,5 x 0,5 cm y de 1 cm, x 1 cm en cara posterior de brazo izquierdo.....". ( fs.350) y el informe de medicina Forense efectuado por el Dr. Héctor Uriarte sobre la persona de B. M. A. el que informa: antecedentes: "..dice que le pegaron en el brazo con un cuchillo hace dos años, no tuvo asistencia médica siempre le pega pero no quedaron cicatrices...exámen médico: :"..Dos cicatrices antiguas de 0,5 cn de diámetro de cara posterior externa de brazo izquierdo.."( fs.370). Por último, se encuentra acreditado en autos que la imputada es la madre de la víctima, B. M. A. ( partida de nacimiento fs.14- fs.410).- También, agrego el testimonio de Roberto Javier Rodríguez, quien a fs. 160, declara: "....que reviste la jerarquía de Sargento Ayudante de la policía prestando servicios en la Dirección de Bomberos precisamente en el Grupo Especial de Salvamento GES, que el día 19/06/11, es comisionado en calle Lorenz 5830 de Barrio Los Fresnos de esta Ciudad, a los fines de proceder a la reducción de una persona de sexo femenino que estaría alterada. ..que seguidamente entrevista al Sr. L. A., quien le manifestó ser el propietario de la vivienda que se encontraba en esos momentos en la puerta que el Sr. A. estaba atemorizado porque hace dos años atrás su esposa había lastimado en un brazo a su hija B. con un elemento cortante .." ( fs. 160/161), La pericia psicológica efectuada por la Licenciada Beltramino en la persona de la imputada L., quien dictamina : "....no mide consecuencias y se deja llevar en forma impulsiva sin control de la agresión..., no se evidencia pensamiento reflexivo, por lo que la descarga motora seria una posibilidad cercana para relajar el malestar.....este descontrol la llevarían a actuar actos desajustados, impulsivos y de alto contenido de violencia. ..." -(fs. 493/495)-.La prueba colectada e incorporada en este hecho es harto suficiente para concluir en la existencia material del hecho como en la participación punible por parte de la imputada.Por todo ello el relato trascrito en la acusación originaria se adecua a la verdad real de lo acontecido, al mismo me remito y tengo por cierto en honor a la brevedad y a los fines de evitar repeticiones

Page 19: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

inútiles cumplimentándose así lo dispuesto por el art 408 inc 3 del C.de P.P. TERCER HECHO : cuento en este hecho con las manifestaciones vertidas en Cámara Gessell por B. M. A., la que reza: "....siempre que se peleaba con mi papá nos pegaba con los vinos y eso, y dos veces me reventó una botella de vino en la cabeza..." ( fs. 104 vta.) Luego, B. en exposición receptada en la Fiscalía de instrucción, manifestó : "...que el mismo día del incendio en su casa, como a las 21 hs su mamá agarró una botella de vino, llena de vino, cerrada y le pegó en la cabeza con la botella y la botella se rompió en su cabeza, por lo que se llenó de vino ella, y creo que me hizo un tajito en la cabeza pero no fui al médico, no era profundo, era superficial el corte y nadie me revisó y después agarro otra botella de vino y me la rompió en la cabeza ...como a las 21 hs nos pegó con las botellas de vino, no recuerdo la marca del vino ..." ( fs. 201), Se suma el testimonio de T. A., "..mi mamá, el día que quemó la casa nos pegó con la botella, antes de que queme la casa, se rompió la botella, y nos mojamos y el piso estaba lleno de vino, y mi hermana tenía vidrio en la cabeza y yo nomás un chichón y estábamos parados y después que nos pegó estábamos en el piso.. mi mamá compró y colecciona tiene muchas, las tiene en los muebles así, como adorno.. ", El testimonio de su padre L.E.A., quien respecto de este suceso dijo: "...que su mujer compraba botellas de alcohol para coleccionar y cada vez que había una discusión en casa cuando volvía no veía más las botellas, y que B. le dijo, la mami vino me pegó con una botella en la cabeza hasta que se rompió la botella de vidrio con el vino adentro y le dijo que quedó tirada en el suelo y también le pegó a T. con otra botella de vino pero no le dijo si se rompió, y M. estaba arriba .."( fs. 220/22 srio. 844/) Cabe considerar, que si bien, de los informes médicos realizados de fecha 5 de Agosto del corriente año, por el Dr. Uriarte, ( fs. 370/371) no constatan lesión alguna, como lo expresara en el nominado primer hecho teniendo en cuenta el resto probatorio colectado y rescatando el sentido común y la experiencia se puede afirmar que un golpe propinado con una botella de vino, llena y cerrada es susceptible de causar una lesión, más en un lugar vital como la cabeza de un niño y en especial teniendo en cuenta el tiempo transcurrido entre el golpe recibido y la revisación médica, casi dos meses mas tarde. También cuento con la pericia psiquiatrica sobre la persona de la imputada L., el que en sus conclusiones reza: ".. la valoración conductual, desde el punto de vista social o jurídico, atento a las denuncias efectuadas sobre sus supuestas conductas, es posible inferior que se trata de una persona que reviste alta peligrosidad..". ( fs. 34/35). La encuesta ambiental realizada por el Agente A. Ezequiel Luz, quien a fs. 5 declara " ...efectuó una encuesta vecinal, a lo que los vecinos le manifestaron que la mujer del Sr. A. es una mujer trastornada y problemática..." ( fs. 5). Por otro lado, el dictamen efectuado por la Licenciada Beltramino en la persona de B. M. A. que como ya refiriera no encontró en B. elementos que determinen características de fabulación, confabulación o mitomanía . Con las pruebas colectadas ha queda probado como cierto tanto la existencia del hecho como la autoría responsable de la acusada y entonces el relato que viene en la acusación originaria se adecua a la verdad de lo sucedido. A dicho relato me remito en honor a la brevedad, cumplimentando así lo normado por el art 408 inc.3 del C de PP. CUARTO HECHO: en este suceso cuento en primer lugar con el testimonio del Agente Mayco Martín Paz, quien relata : "...que el diecinueve de Julio de dos mil once, se encontraba de servicio de guardia, y siendo aproximadamente la medianoche fueron comisionados por la central de radio para

Page 20: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

constituirse en el domicilio sito en calle Lorenz 5830 de B° Los Fresnos por una situación de violencia familiar donde la mujer habría prendido fuego en la casa con sus hijos en el interior, inmediatamente después se constituyeron en el lugar donde al llegar en el interior del domicilio se encontraba un sujeto masculino y uno femenino discutiendo, y del interior salía humo pero el fuego estaba extinguido, entrevistan al Sr. A. quien manifestó que en la fecha había discutido con su mujer por que no lo dejaba ver a sus hijos, y que creía que su esposa había prendido fuego intencionalmente...la mujer continuaba insultando y mientras él estaba parado sobre la vereda la mujer le arrojó en su dirección, desde el interior de la morada una maceta de cerámica o yeso, color marrón claro, de tamaño grande la cual impactó en los pies del dicente sin impactarlo..." ( fs 181). Su versión la corrobora L.E.A., quien declara en forma coincidente, cuando señala: "..que en eso llega un móvil policial donde el declarante le comenta lo acontecido y es que el uniformado presente trata de dialogar e ingresar al domicilio pero es repelido por I. quien comienza a gritarles que se fuera y acto seguido le tira una maceta al uniformado golpeándole en una de las piernas ..." ( fs.8).Cuento también con el testimonio de M. V. quien declara en forma similar a lo declarado por A., y que fue testigo presencial de que la imputada I. L. arrojó una maceta en dirección hacia donde estaban los policías y L.. La encuesta ambiental realizada por el Agente A. Ezequiel Luz, quien a fs. 5 declara : " ...efectuó una encuesta vecinal, a lo que los vecinos le manifestaron que la mujer del Sr. A. es una mujer trastornada y problemática..." ( fs. 291). Lo dicho es suficiente para dar por cierto la existencia del hecho y la participación en él de la encartada L.. Por lo cual debe tenerse por cierto el relato originario de la acusación al cual -me remito- en honor a la brevedad pues se adecua la verdad de lo acontecido. Cumplimento así lo dispuesto por el art 408 inc. 3 del C.P.P.- QUINTO HECHO: en este hecho cuento con la declaración efectuada por B. M. A. quien relata: "...hace poco, hace más o menos dos meses más o menos en mayo, era un día de semana, como a las 3 de la mañana, nos encerró en la pieza a los tres y sacó la llave y mi papá se quedó arriba, pero le dijo que no bajara porque si no lo iba a echar de la casa otra vez, y sacó de su cartera un bisturí es lo que usan los doctores, porque ella dos días antes de eso nos había mandado al T. y a mi a comprar un bisturí a la farmacia, pero no nos dijo para que era, salió un peso con cincuenta, y bueno sacó el bisturí de su cartera y me dijo: "...que se lo clavara para que ella fuera a la policía y dijera que fue mi papá el que se lo había clavado, y yo no lo quería hacer pero me dijo que si yo no lo hacía ella me lo iba a clavar a mí, y me lo da envuelto en un pedazo de tela para que yo no me cortara la mano, y me dijo que se lo clavara en el brazo izquierdo para que le quedara la marca, y yo lloraba que no lo iba a hacer y mi mamá me agarró la mano y ella con mi mano se lo clavaba y mi hermano T. estaba sentado en la cama llorando, yo frenaba mi brazo pero mi mamá con fuerza me agarraba mi brazo con su mano derecha y se lo clavaba en el brazo izquierdo como cinco veces, le salía mucha sangre y agarró un pedazo de funda y se lo envolvió en el brazo salió de la pieza y le dijo a mi papá que lo iba a denunciar diciendo que él le había calvado las puñaladas y mi papá le dijo que estaba loca que tenía que ir al médico para que la curaran pero no quiso ir ....." ( fs. 202/203 del sumario. 844/11). Se agrega, la declaración de T. A. quien relata textual "...mi mamá le había dicho a B. que le pegue puñaladas a mi mamá sino se las iba a pegar a ella, porque le quería echar la culpa a mi papá,...estábamos en la pieza de mi mamá, estábamos los

Page 21: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

tres, mi mamá había discutido con mi papá y mi papá estaba arriba en la pieza y mi mama nos llevó a la pieza de abajo de ella y ahí estaban los tres, que lo que quería que le clavara era chiquito, lo había pedido a mi hermana que lo compre en la farmacia y mi hermanita se lo tuvo que clavar en el brazo, fue antes del incendio, un día atrás creo que era, era una noche que nos habíamos encerrado y como a las 2 de la madrugada ..." (fs. 223).Con lo cual, cuento en este hecho con un testigo presencial de la coacción sufrida por B. M. A., testigo que corrobora lo expuesto por la víctima, y declara en forma conteste con la B: a pesar de su corta edad, por lo cual su credibilidad es total e inobjetable. Por último se suma, el testigo W.D. A., quien dijo : "...que por dichos de su tío, su tía I. L., le había pedido en una oportunidad a B. que le clavara un cuchillo en el brazo porque sino se la iba a clavar a ella, en el brazo ..." ( fs. 268). Sumo, el informe psicológico realizado en la Unidad Judicial de la Mujer y el Niño, por el Lic. Pegoraro, quien al entrevistar a B. M. A., narra sobre dos hechos puntuales, afirma que su madre la obligó a que la lesionara en el brazo con un cuchillo .., luego al entrevistar a T. A. describe: "...ratifica la autoría de su madre en las lesiones en el brazo de ella por parte de su hermana a pedido de su madre, comenta que su madre solía hablarles mal de su padre no a la inversa.."( fs. 155/156). Surge entonces que los menores en reiteradas oportunidades y frente a distintas personas, declararon siempre en forma conteste y sin incurrir en contradicciones. La pericia psiquiátrica realizada por dos peritos psiquiatras, en la persona de la imputada L. I. del V., concluyeron: ".... La imputada no padece alteraciones psicopatológicas manifiestas,. El examen actual y sus relatos, no ofrecen elementos psicopatológicos compatibles con insuficiencia, alteración morbosa o estado de inconciencia, que permitan suponer que a la fecha de comisión de los hechos le impidieran comprender la criminalidad del acto y dirigir sus actos..." (ver fs. 34). Finalmente, el informe médico N° 1179184, efectuado sobre la imputada L. I. M. del V., con fecha 02/07//2011, a fs. 100, que en el examen médico legal reza:...Equimosis en brazo derecho, heridas cortantes en antebrazo izquierdo antiguas ( fs.100). Por otro lado, repito lo expuesto en el dictamen efectuado por la Licenciada Beltramino en la persona de B. M. A., donde surge: "....a pesar de no encontrar elementos que determinen características de fabulación, confabulación o mitomanía..... B. se muestra tranquila, inclusive cuando narra hechos de alta violencia vivida en el hogar junto a sus padres, si bien intenta poner a su madre como el foco de las acciones físicas agresivas, la disculpa en sus narraciones alegando que se descontrolaba cuando su padre decidía retirarse del hogar, refiere que su madre los "usaba" para presionar al progenitor para que regrese al hogar..es así que según su relato, la Sra. L. les pegaba y los ponía al teléfono para que el progenitor escuchara sus llantos.." ( fs. 495).Las pruebas reseñadas son harto convincentes que el hecho existió y que la imputada fue su autora responsable, entonces el relato del oficio requirente se adecua a la verdad del hecho, por lo cual y para evitar repeticiones inútiles a él me remito y tengo por cierto , cumplimentando así lo dispuesto por el art. 408 inc .3 del Cd del PP SEXTO HECHO :a mayor abundamiento de lo manifestado en cuanto a la credibilidad de los relatos de B. en los sucesos anteriores y considerando que este hecho narra un ataque contra la integridad sexual de la niña comienzo examinando lo dicho por la víctima B. en sus distintas manifestaciones, pues sabido es que en este tipo de delitos, dichos relatos se transforman en la columna vertebral para llegar a la verdad real, es sin duda del análisis de

Page 22: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

éstos surgirá junto con las pericias y demás elementos probatorios la veracidad o no de sus dichos. Transcribo entonces textualmente lo acontecido en dicho acto procesal: Cámara Gesell -26-7-11- MENOR: B. M. A., 14 años de edad. LIC. MORENO: Vas a la escuela? MENOR: no, voy a empezar un acelerado y en cuatro años termino. LIC. MORENO: porque no vas? MENOR: porque dejé hace tres años. LIC. MORENO: Tenés 14 años, cuando cumplís?. MENOR: 5 de Mayo, Lic. MORENO: Cuando dejaste? Habías terminado primario? MENOR:si Lic. MORENO: donde terminaste primario? M: Gobernador José A. Ceballos, en barrio Ituzaingo. LIC. MORENO: y donde te anotaste secundario? MENOR: E. Raquena, del mismo Barrio. Lic. MORENO: con quien vivís? MENOR: por el momento?, en la casa de mi abuelo con mis tíos y los hijos de mi tío y la mujer. Lic. MORENO: Como se llama tu abuelo? MENOR: M. D. A. Lic. MORENO: es el papá de tu papa? MENOR: si. Lic. MORENO: cuantos años tiene tu abuelo? MENOR: no la sé, nunca le pregunté, esta jubilado de la Tamse, empresa de colectivos, como chofer. Lic. MORENO: Tu abuela? MENOR: murió hace tres años. Lic. MORENO: Como se llama tu tio? MENOR: el hermano de mi papá, mi tío, W. M. A.. LIC. MORENO: y los hijos? MENOR: L. de 12 años, otro hijo de seis años y una recién nacida. Lic. MORENO: allí vivís con alguien más? MENOR: con mis hermanos, M. L. A. L. y T.. Lic. MORENO: Antes con quien vivias? MENOR: con mi mamá y con mi papá. Lic. MORENO: desde cuando? MENOR: desde que a mi mamá la llevaron presa, luego viví en lo de mi abuela y a los cuatro días nos fuimos a vivir acá. Lic. MORENO: Cuando llevaron presa a tu mamá? MENOR: no me acuerdo, hace mucho. Lic. MORENO: mucho cuanto ? MENOR: primeros días de Julio. Lic. MORENO: como se llama tu mamá? MENOR: I. del V. L. (33 años). Lic. MORENO: Que hacía tu mamá? MENOR: ama de casa. Lic. MORENO: y el papá?, como se llama? MENOR: L.E.A.. MENOR: trabaja como chofer en Tamse. Lic. MORENO: igual al abuelo. MENOR: si.- Lic. MORENO: antes vivían con tu mamá y papa? MENOR: si, hasta que a mi mamá la llevaron presa. Lic. MORENO: que pasó porque la llevaron presa? MENOR: que había peleado con mi papá, por eso mi papá se había ido de mi casa, muchas peleas y mi mamá lo llamo a mi papá para que me vaya a buscar y mi mamá agarró una tijera y mi papá se la quiso quitar, y después agarró una cuchilla, y se la clavó en el pecho a mi papá, (mi papá paso y mi mamá cerró la puerta del frente). Lic. MORENO: y Uds. qué hacían cuando esto pasaba? MENOR: le sacábamos las cosas a mi mamá para que no le pegará a mi papá., se vivían peleando porque mi papá antes había salido con otra mujer y le seguía reclamando eso y eso eran las problemas. LIC. MORENO: y estaban juntos? MENOR: si. LIC. MORENO: te acordás cuando se separaron? MENOR: no me acuerdo. LIC. MORENO: alguno de los dos te habían dicho que empieces el colegio? MENOR: si, me decían que terminara. LIC. MORENO: y vos como te sentías? Que te pasaba? Vos que le decías? MENOR: mal me sentía. LIC. MORENO: hablaste con tu mamá? MENOR: no. Lic. MORENO: y con tu papá? MENOR: si con mi papá hablamos para que terminen los problemas, mi papá decía que era mi mamá no quería seguir adelante, porque se arreglaban pero después mi mamá seguía con lo mismo. LIC. MORENO: como era la mamá con Uds? MENOR: es buena madre, casi no hablamos con ella porque mi mamá vivía encerrada, en la pieza, en la computadora y se bañaba y se quedaba ahí.- LIC. MORENO: la mamá como es? MENOR: mi mamá casi nunca me abraza, es rara, es diferente, mi papá nos abraza. Lic. MORENO: y la abuela materna como es? Con vos? MENOR: nos trata bien con cariño. LIC. MORENO: tu mamá no es parecida a la

Page 23: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

mama de ella entonces? MENOR: no. LIC. MORENO: me decías que la mamá estaba encerrada y no hacía la comida., y la mamá busco atención medica con algún profesional por quedarse encerrada? MENOR: mi papá le dijo que tenían que hablar con un psicólogo pero mi mamá no quiso, pero los primeros días de julio la llevaron presa. LIC. MORENO: Están viviendo con tu tío W., abuelo y tu papa donde vive? MENOR: en la casa nuestra, pero está todo el día con nosotros y a la noche se va a dormir a la casa nuestra. LIC. MORENO: como te sentís con el papá? MENOR: bien, me siento feliz, a la tarde nos vamos a pescar. LIC. MORENO: tus hermanos van a la escuela. MENOR: si. LIC. MORENO: Tenés ganas de verla a mamá? MENOR: No. LIC. MORENO: se comunica la mamá con vos? MENOR: si hace mucho nos llamó. LIC. MORENO: como te sentiste cuando mamá llamo? MENOR: mas o menos, me sentí triste, después empecé a extrañar pero al ratito se me paso. LIC. MORENO: con el papá te paso algo que a vos no te gustó? MENOR: no. Lic. Moreno: Aparte de esta situación con la mamá te paso algo que no te guste? MENOR: mi mamá nos pegaba para que mi papá volviera, y dos días antes mi mamá me encerró en la pieza y no se que me puso y para que crean que mi papá me había violado, mi mamá me pegaba y me ponía una cosa que es para hacer unos análisis, me pegaba en la cara y me tiraba los pelos, decía que mi papá iba a cagar, para que yo denunciara que mi papá me había violado para que lo metieran preso. LIC. MORENO: te metió algo?, como? MENOR: mi mamá me había hecho sacar los pantalones, acostar en la cama, y me hizo quedar desnuda, era una cosita larga que tenía tuerquita que te iba agrandando. LIC. MORENO: dibuja en esta hoja como era ese aparatito. MENOR: dibuja. LIC. MORENO: me decís que era algo largo? Con una tuerquita que se iba agrandando? y donde lo tenía guardado? De donde lo sacó? MENOR: lo tenía en el placard de ella. LIC. MORENO: lo habías visto antes? MENOR: No., nunca lo vi, lo tenía guardado. LIC. MORENO: y donde te puso eso? MENOR: en la vagina, me dolió mucho cuando me lo puso yo le decía que me lo sacara y mi mamá me seguía pegando. LIC. MORENO: como estaba la mamá cuando hacía esto? MENOR: estaba nerviosa, estaba enojada. LIC. MORENO: El papá estaba en la casa? MENOR: no. LIC. MORENO: podrías explicar como estaba la mamá en ese momento? MENOR: estaba agachada. LIC. MORENO: tus hermanos donde estaban en ese momento? MENOR: mi mamá los había hecho ir a ver tele al living. LIC. MORENO: era de día? MENOR: no, eran las tres de la mañana. LIC. MORENO: pero estaban despiertos tan tarde? MENOR: si porque mi mamá nos pegaba y nos íbamos a dormir como a las 3 o 5 de la mañana, nos dejaba encerrados y no nos dejaba salir. LIC. MORENO: y el papá? MENOR: no estaba., se iba porque mi mamá le decía que se fuera sino lo iba a matar. LIC. MORENO: Cuando fue lo que paso con tu mamá? Que te puso eso? MENOR: dos días antes de que le pegara la puñalada a mi papá. LIC. MORENO: que otras cosas hizo? MENOR: Nos pegaba hasta que mi papá volviera, siempre nos pegaba para que mi papá volviera, unas veces me pegó con unas botellitas que ella tiene guardadas en la cabeza. LIC. MORENO: te lastimó? MENOR: si me lastimó, una vez me pegó con un cuchillo en el brazo y me dijo que le dijera a mi papá para que vuelva. LIC. MORENO: y te lastimó con cuchillo? MENOR: si. LIC. MORENO: tenés las marcas? MENOR: si, mirá. (se levanta la remera del brazo izquierdo y muestra.) LIC. MORENO: y te llevaron al médico ese día? MENOR: no, no me llevo medico ni nada porque dijo que la iban a llevar presa, pero fui a lo de mi tía S. pero no había nadie así que me volví. LIC. MORENO: como hiciste? MENOR: a las horas vino mi papá y me curó él y con

Page 24: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

unas vendas y se me curo solo. LIC. MORENO: y que le dijo tu papá a tu mamá por eso? MENOR: le dijo que era una loca, y ella le decía que él tenía la culpa porque no quería venir a mi casa. LIC. MORENO: Cuantos años tenías cuando empezaron conflictos? MENOR: cuando terminé primario, pero mi papá me dijo que de antes había problemas. LIC. MORENO: alguna otra más te paso? MENOR: si, siempre que se peleaba con mi papá me pegaba., dos veces me reventó unas botellitas de vino en la cabeza. LIC. MORENO: Tenés idea de donde sacó eso? MENOR: no, no tengo idea de donde lo sacó. LIC. MORENO: La mamá estudió algo? MENOR: no, para maestra jardinera pero no termino. LIC. MORENO: pero donde lo tenía? MENOR: lo tenía guardado en el placard y dijo que era para hacer análisis. LIC. MORENO: y tenés idea de donde puede haber sacado eso? MENOR: no, ni idea, decía que era para hacer análisis. LIC. MORENO: con la mamá te paso esto, y con el papá te paso algo? MENOR: no, con mi papá nunca me paso ni a mi ni a mis hermanos nada. LIC. MORENO: cuando fue lo de tu mamá te lastimó con el cuchillo? MENOR: hace dos años atrás. LIC. MORENO: ibas a la escuela? MENOR: no, no iba. LIC. MORENO: cuando la mamá te puso eso en la vagina, te lo puso en algún otro lado? MENOR: Ahí nada más, en la vagina. LIC. MORENO: me contaste que te bajó los pantalones y te hizo quedar desnuda, como se ponía ella?, MENOR: ella estaba agachada, (y muestra con unos lápices). LIC. MORENO: donde ocurría esto? MENOR: adentro de la habitación de mi mamá y cerró con llave. LIC. MORENO: y después que hizo? MENOR: me dijo que al otro día teníamos que ir a denunciar a mi papá, pero me llevo a la Unidad Judicial de la Mujer y el Niño, quiso hacer una denuncia pero estuvieron esperando mucho tiempo así que se fueron. LIC. MORENO: y vos como te sentías? MENOR: mal, me sentía, mi mamá me decía que tenía que ir a denunciar que mi papá me había hecho esto y que yo tenía que llorar delante de la persona a la que le dijera esto. LIC. MORENO: y después que hicieron? MENOR: Nos volvimos a mi casa. LIC. MORENO: como estaba la mamá cuando fueron a denunciar? MENOR: estaba tranquila. LIC. MORENO: vos? Que le decías?, MENOR: no le dije nada, porque se iba a enojar y me iba a pegar. LIC. MORENO: Estas cosas se las contaste a alguien? MENOR: no, LIC. MORENO: al papa le dijiste? MENOR: no, pero después se entero porque me citaron de la Unidad Judicial de la mujer. LIC. MORENO: le contaste a otra persona más? MENOR: no, no tengo amigos, LIC. MENOR: porque no tenés amigos? MENOR: porque vivo encerrada en mi casa. LIC. MORENO: al papá porque no le decías lo que estaba pasando? MENOR: porque mi mamá me decía que no le diga nada porque me iba a pegar. LIC. MORENO: Estas haciendo algún tratamiento por esto? MENOR: Si, fuimos a una Psicóloga que habló con mi papá como dos horas, pero quedamos en volver. LIC. MORENO: psicóloga de donde? MENOR: una que llamo mi papa que le cubre la obra social. LIC. MORENO: después de todo lo que hablamos, me querés decir algo mas? Querés agregar algo? MENOR NO. Luego el día 28-7-11 la menor B. ante la fiscalía interviniente señaló: “ mi mamá dijo cuando fuimos a la policía que había sido mi hermanito porque se había quemado mi casa, y mi mamá mintió en eso porque, el mismo día que mi mamá me reventó las botellas en la cabeza quemó mi casa, tiró alcohol color azul sobre la mesa del comedor que tenía puesto un mantel, el mantel se mojó y después prendió fuego con un encendedor, y después busco un trapo lo roció en alcohol y lo tiro en el sillón del living y con el mismo encendedor prendió fuego, y había unos muñecos que sacó del living de decoración y los tiro en el sillón, que yo ví cuando prendió fuego el sillón, mi hermano T. me

Page 25: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

contó que había hecho lo mismo en la mesa “. A la pregunta de la S.F.I que hacía mientras prendía fuego? decía que nos iba a matar a mi y a mis hermanos y que mi papá se las iba a pagar? A la pregunta de la S.F.I de si considera si fue un accidente lo del incendio? Dice NO fué un accidente, prendió fuego intencionalmente. A la pregunta de la S.F.I de que día fue que su mamá prendió fuego? dice que fue el mismo día que fue la policía a su casa, que después la policía llamo a los bomberos y al ETER, era de noche, como a las diez de la noche o mas tarde. Que mi papa estaba en la casa de mi abuelo, que cuando se prende fuego, estábamos T., M. y yo, pero M. estaba arriba viendo tele encerrado en la pieza, se prendió fuego nos quedamos como veinte minutos ahí adentro se prendió mucho fuego, pero había más humo que fuego, y como no podíamos respirar nos hizo salir afuera de la casa, al patio, y mi mamá había llamado antes de prender fuego a mi papá y le había dicho: " que si el no volvía a la casa, iba a prender fuego y nos iba a matar a nosotros", que yo escuché eso cuando lo llamó y T. también escucho, pero mi papá le dijo que no iba a volver más, porque mi mamá solo quería discutir con él, entonces ahí prendió el fuego, pero después de prender el fuego lo llamó de nuevo a mi papá y le dijo que era la última vez que se lo decía que si no volvía nos iba a matar, y mientras nos pegaba a T. y a mí con una cuchara de madera que tenía en su mano, y después le dijo a mi hermano T. que busque la manguera que estaba al frente de mi casa para apagar el fuego, y T. fue a buscar la manguera y le pidió que abriera el pico y entro mi mamá a apagar el fuego y se apagó, como a los cinco minutos llegó la policía con mi papá, a la pregunta de la S.F.I de si se quemaron muchas cosas, dice que si, el sillón, como tres sillas, la silla de la computadora y quedaron las paredes con hollín, y volvieron a pintar por eso, y al ratito llegó mi papá. Los llamados por teléfono en donde le decía a su padre que si no volvía los iba a matar a ellos, fue el mismo día del incendio. Mi mamá dijo a la policía que mi hermanito más chiquito se le había volcado unas esencias y que al él se le había producido el fuego y le pidió a M. que dijera lo mismo a la policía. A la pregunta de la S.F.I de donde sacó el encendedor su madre para prender el fuego, dice que lo sacó de la casa, era para prender las hornallas para cocinar. A la pregunta de la S.F.I de con respecto a cuando le pegó con las botellas en la cabeza, cuando fue eso? La menor dice: que el mismo día del incendio, en su casa, como a las 21 hs su mamá agarró una botella de vino, llena de vino, cerrada y le pegó en la cabeza con la botella, y la botella se rompió en su cabeza, por lo que se llenó de vino ella, y creo que me hizo un tajito en la cabeza pero no fuí al medico, no era profundo, era superficial el corte, y nadie me reviso, y después agarró otra botella de vino y se la rompió en la cabeza también al T., pero a él no lo lastimó, y se quedaron en el piso los dos, ella y T., sentados porque mi mamá no nos dejaba mover de ahí, nos decía que no nos moviéramos de ahí porque sino nos iba a seguir pegando., y M. estaba encerrado arriba viendo Tele, así que no vio cuando nos pego, hace poco le conté a mi papá que me empezó a preguntar., como a las 21 hs nos pegó con las botellas de vino, no recuerdo la marca del vino, y como a las 21:30 hs lo llamo a mi papa para decirle eso que sino venía nos iba a matar, y como mi papá le dijo que no iba a volver mi mamá se enojó y empezó a quemar la casa, mientras decía me las va a pagar. A la pregunta de la S.F.I de si era la primera vez que les pegaba con una botella en la cabeza? Dice que no, que otra vez también les pegó con las botellas de vino, eran todas llenas de vino porque le gustaba coleccionar botellas de vino, que fue unos días antes de que ella me pegara con el cuchillo en el brazo, y

Page 26: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

esto fue hace dos años aproximadamente, era verano, creo que era un domingo, yo tenía 12 o 13 años de edad, que estábamos en la misma casa viviendo, y fue en horas de la tarde como a las 18:30 hs más o menos, y ahí estábamos los tres viendo tele en el living, los tres cada uno en una silla, y ahí se enojó porque mi papá no estaba en la casa, y lo llamó y mi papá no quiso venir y ahí fue al lado de la mesa que hay una pared donde están todas las botellas de vino en una repisa, entonces cortó el teléfono con mi papá, y ahí fue agarró primero una botella con vino adentro y me pegó con la botella en la cabeza, pero no se rompió la botella porque era gruesa, y después con la misma botella le pegó a T., pero tampoco lo lastimo, y tampoco se rompió la botella y después le pegó a M. que tenía cinco años y a él le dejó un chichón, tampoco fueron al médico, pero si le contamos a mi papá, porque mi mamá lo llamo por teléfono después de que nos pegó y le contó por teléfono lo que nos había hecho, y después mi papá vino a mi casa para ver como estábamos, pero mi mamá no lo dejó que nos llevara al médico, le decía que no, porque no nos habíamos lastimado mucho y que se nos iba a curar solo. Que después que lo llamó a mi papá y le contó que nos había pegado con una botella en la cabeza, mi papá tardo en venir, entonces mi mamá me hizo llamar otra vez y mi papá no atendía el teléfono entonces lo llame a mi primo que vive al fondo de la casa de mi abuelo, y mientras yo hablaba por teléfono para decir que mi papá viniera sino mi mama nos iba a seguir pegando, mi mamá agarró un cuchillo del cajón de la cocina, es un cuchillo común para cortar la carne, marca tramontina con mango de madera, son los cuchillos comunes para cortar la carne, y me lo clavó en el brazo izquierdo, me lo clavó cinco veces, mientras yo hablaba con mi prima y gritaba, me salió sangre y me lastimó y todavía tengo las marcas, pero no fuí al médico por esto, y mi papá me curo cuando llegó con un algodón y con alcohol y me puso unas vendas con cinta. A la pregunta de la S.F.I de si intentó irse a vivir con su papá o a otro lado por estas cosas? Dice: no, porque mi mamá nos decía que si nos íbamos con él, nos iba a matar a nosotros y a mi papá, porque un montón de veces nos decía que si lo elegíamos a él, que nos iba a encontrar y que nos iba a matar a mi y a mi papá porque decía que ella iba a saber donde estábamos y nos iba a encontrar, y yo le creía, a la pregunta de la S.F.I de cuando les dijo que si lo elegían a su papá los iba a matar? Dice: que siempre nos dijo eso, siempre cuando estábamos en mi casa, desde hace dos años a la fecha, porque hace dos años que se separaron mas o menos, pero mi papá siguió viviendo con nosotros en mi casa, porque mi mamá le decía que si se llegaba a ir nos iba a matar, y fue eso hasta que le clavo la puñalada a mi papá en el corazón. Que el día que le clavó la puñalada estábamos con mi hermano T., ese día primero agarró una tijera, y mi papá se la quito a la tijera, y después busco un cuchillo también se lo quiso clavar y mi papá se lo sacó y mi mamá corrió a la cocina y busco uno más grande, una cuchilla con mango de plástico blanco, y se lo clavó, después de eso decidió irse a vivir a la casa de mi abuelo. Y T. y yo, viendo todo, y le decíamos que la terminara y que hablaran tranquilos. Una vez, hace como dos meses atrás, más o menos en mayo de este año, como las dos de la mañana, en mi casa, mi mamá y mi papá comenzaron a discutir que se iban a separar, y nosotros estábamos despiertos porque mi mamá se ponía a gritar y teníamos miedo, y mi hermano T. busco un colchón y se vino a mi pieza y también lo buscamos a mi hermanito de seis años y lo llevamos a la misma pieza, y escuchábamos desde ahí los gritos de mi mamá. Después mi mamá me llamó a mi y al T., a la pieza del lado de la mía que era donde estaban

Page 27: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

peleando, era la pieza de T. donde estaba discutiendo mi mamá y mi papá, entonces nos llamo a T. y a mi, y nos preguntó con quien íbamos a elegir estar? Y yo le dije que me iba a quedar con mi papá, y me dijo que si estaba segura con todo el daño que mi papá el había hecho a ella, y si lo seguía eligiendo, y yo le dije que si, y después me dijo que me fuera, y después nos dijo a mis hermanos que bajáramos, porque la pieza de ella esta abajo, y nos encerró en su pieza, que esta en la planta baja, donde esta la cocina y el living hay dos piezas más abajo una vacía y otra de ella, nos encerró en la de ella, cerró la puerta y cerró con llave y se guardó la llave, nos encerró en la habitación de ella. A la pregunta de la S.F.I de cuando fue esto? Dice que fue hace poco, más o menos hace dos meses, mas o menos en mayo, era un día de semana, porque mi papá trabaja de noche y como a las 4 am entraba a trabajar y ese día no fué, y ésto fué como a las 3 de la mañana que nos hizo bajar a mis hermanos y a mi y nos encerró en la pieza de ella, a los tres, y sacó la llave, y mi papá se quedó arriba, pero le dijo que no bajara porque sino lo iba a echar otra vez de la casa, y sacó de su cartera un bisturí, es lo que usan los doctores, porque ella dos días antes de eso nos había mandado al T. y a mi a comprar un bisturí a la farmacia, pero no nos dijo para que era, salió un peso con cincuenta, y bueno sacó el bisturí de su cartera, y me dijo: que se lo clavara para que ella fuera a la policía y dijera que fue mi papá el que se lo había dicho, y yo no lo quería hacer, pero me dijo: que si yo no lo hacía ella me lo iba a clavar a mí, y me lo dió envuelto en un pedazo de tela para que yo no me cortara la mano, y me dijo que se lo clavara en el brazo izquierdo para que le quedara la marca, y yo lloraba que no lo iba a hacer y mi mamá me agarró la mano y me agarró la mano y ella con mi mano se lo clavaba, y mi hermano T. estaba sentado en la cama llorando, yo frenaba mi brazo pero mi mamá con fuerza me agarraba mi brazo con su mano derecha y se lo clavaba en el brazo izquierdo como cinco veces, le salía mucha sangre y agarró un pedazo de funda y se lo envolvió en el brazo, salió de la pieza y le dijo a mi papá que lo iba a denunciar diciendo que él le había clavado las puñaladas, y mi papá le dijo que estaba loca que tenía que ir al médico para que la curaran, pero no quiso ir , y agarró un cuchillo de la cocina, y lo apuntó a mi papá (adelante mío y del T.) y le dijo que se fuera de la casa porque sino lo iba a matar), y mi papá le dijo que se fuera a acostar y que dejara de pelear porque ya estaba arto y nos subió a mi y al T. y nos dijo que fuéramos a dormir, y todos se fueron a dormir y mi papá se quedó a dormir en la pieza nuestra y mi mamá se quedó encerrada en la pieza de ella. Ella siempre lo echaba a mi papá y a la media hora lo volvía a llamar para que vuelva. Y al otro día lo echó, le dijo que se fuera lo apuntó con un cuchillo, a la mañana cuando se levantaron, también era un día de semana, eran como las 11 hs y escuche cuando le dijo eso a mi papá, y ahí mi papa se fue a vivir a lo de mi abuelo, ella estaba en la cocina y mi papá en el comedor, y a través de una ventana que tiene como una barra que divide la cocina del comedor, desde la cocina mi mama le decía eso a mi papá, y nosotros estábamos en el comedor con mi papá, pero después a los dos días volvió porque mi mamá nos hizo llamarlo para que vuelva por eso nos pegaba, y estaban así dos días se arreglaban y mi mamá después se acordaba de lo que había pasado, porque mi mamá esta enojada porque dice que mi papá salió con otra, pero eso paso como hace cuatro años atrás y desde entonces que esta con ese tema. Por el momento le dieron un papel a mi tío y mi tía (el hermano de mi papa y la esposa de él) que estamos a cargo de ellos, estoy mejor así, si tengo que elegir no volvería a vivir con mi mamá. A la pregunta de la S.F.I de

Page 28: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

si el día que su mamá agarro la tijera y lo apunto a su papa le manifestó algo?, ese día mi papá había ido a buscar unos lentes de contacto a mi casa, y ahí mi mamá le dijo que pasara porque ella no sabía donde los había dejado, mi papá paso y mi mamá cerró la puerta con llave, la puerta del frente y se guardo la llave en el bolsillo, y mi papá le dijo que abra la puerta que buscaba los lentes y se iba y mi mamá le dijo que no, que se quedara con nosotros sino le iba a pegar con la tijera, a la pregunta de la S.F.I de si escuchó cuando su madre le decía a su papá que se quedara? Dice que si, que si escuchó que su mamá lo apuntaba con la tijera y le decía que se quede, estaba con mi hermano viendo como peleaban, y ahí mi papá le sacó la tijera y mi mamá fue a buscar otro cuchillo, mi mamá no quería que el se vaya porque decía que ella no podía sola, y ahí agarro otro cuchillo se lo quiso dar y mi papá se lo quito y ahí fué cuando busco la cuchilla grande y se lo clavó. Pero cuando mi mamá estaba con la tijera mi papá agarró un caño y rompió un vidrio de la ventana grande que está al frente de mi casa, porque en el auto mi primo estaba esperando entonces mi papá desde esa ventana gritó a su primo que llamara a la policía, y mi primo, se fué hasta lo de mis tíos y les aviso que viven a la vuelta de mi casa, fué mi tío A. A. A., le dicen F., y mi tió C. V., fueron hasta mi casa y fueron mis primos, y le pidieron a mi mamá que lo dejaran llevar al médico y mi mamá no lo dejaba salir, no abría la puerta, y mi papá no se podía mover, y mi mamá le decía que se quedara ahí, primero se cayó al piso y mi mamá lo llevó a la pieza de ella, y lo dejó ahí y cuando vinieron mis tíos a gritar que los dejaran entrar para buscar a mi papá y mis tios empezaron a romper unas macetas para que mi mamá saliera afuera y ellos poder entrar, y entonces mi papá se quiso levantar para que mis tios dejaran de romper las cosas, él se podía mover pero despacito y se fue al sillón del living, y se quedo sentado ahí, y mi mamá decía que no lo iba a llevar al médico porque sino ella iba a denunciar y la iban a llevar presa. Después pasaron como cinco minutos y mi papá empezó a decir que no podía respirar y que llamaran a la ambulancia, y mi mamá llamó al hermano de ella para que lo llevaran porque tiene auto, y después mi tío le gritaba que lo dejara entrar sino iba a denunciar, y ahí mi mamá abrió la puerta y le dijo a mi papá que salga y le dijera a mi tío que se tranquilizara, y mi tío le dijo a mi papá que quería hablar con él y ahí mi tío lo subió a la camioneta y se lo llevó al medico, estuvo internado en el Hospital San Roque un día y le dieron el alta porque dicen que no tenían camillas y se fue a la casa de mi abuelo., que en el momento que mi mamá le clavó el cuchillo llamamos a la ambulancia, al 101, mi mamá nos dio el teléfono pero cuando llamábamos nos decían que tenían que hablar con un mayor, y cuando mi mamá hablaba, le decían que ya iban a ir, que esperáramos pero nunca llegó la ambulancia, y mi papá le decía que llame a la policía o ambulancia porque no podía respirar. En este acto espontáneamente B. dice que ella tiene anotado todo lo que paso en un cuaderno y acompaña el cuaderno para dejarlo en la Fiscalía, que lo escribió cuando le avisaron que tenía que venir a la Cámara Gessell, así que dos días antes de la cámara gessell decidió escribir todo lo vivido desde hace cuatro años, y lo aporta a esta Fiscalía, por lo que se le informa que se sacará fotocopias así ella conserva su cuaderno. A la pregunta de la S.F.I de si alguien le dijo que escriba eso en un cuaderno? Nadie me dijo, yo lo quise escribir para contar lo que había pasado. En su cuaderno incorporado la menor B. refiere:“ la violencia en mi casa comenzó hace 3 o 4 años atrás de mi madre hacia mi padre. Pero mucho tiempo antes ellos ya se llevavan mal desde que mi papá se había quedado sin trabajo hace como 8 años atrás, yo en

Page 29: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

esa época era chiquita. En los últimos 3 años mi mama se puso muy agresiva, lo empezó a correr a mi papá a cualquier hora de la noche. Después que lo corría lo llamaba diciendole que vuelva y habia veces que mi papá no quería volver. Y ella nos pegaba a mi y a mis 2 hermanos para que mi papa volviera, entonces el volvia. Estaban unos días bien y lo volvía a correr de nuevo. Hasta que un día lo llamamos por que ella nos estaba pegando y cuando el vino ella me pegó 5 puñaladas en el brazo y lo volvio a correr de la casa. Mi papa se fue iva a hacer una denuncia y como ella lo amenazo de que si el lo hacia nos iba a matar. Entonces mi papá no la denuncio nada. A los días siguientes volvio a la casa porque nosotros lo llamabamos llorando. Despues mi mamá le pidió a mi papa de que se separaran y que le pasara todo el sueldo por las amenazas que el sufria. Se lo tuvo que dar al 90% del sueldo. Por un tiempo estuvo calmada y de nuevo empezo la violencia a correrlo cuando ella quería y a obligarnos a mi y a mis hermanos a llamarlo por teléfono mientras nosotros hablabamos con el ella nos pegaba con lo que tenía a mano y el tenía que volver por las amenazas que sufria nuevamente, una de esas veces que mi papá volvio ella siempre lo corría con cuchillos- una vez llegaron del centro juntos, mi papa mi papa estaba guardando la moto, ella entro primera, se fue a la cocina sacó un cuchillo y cuando mi papa entro adentro de mi casa ella se aserco y le pegó una puñalada en la pierna -mi papa le dijo que estaba loca y el como pudo se arrastró al baño y ella lo iba persiguiendo con el cuchillo y le decía que lo bva a matar. En esa oportunidad el no fue al medico ni nada, al otro dia mi papa se escapo de la casa xq mi mamá no lo dejaba ir al medico xq tenia miedo de que el la denunciara, a los días siguientes , mi papa volvió xq ella nos habia pegado y lo había amenazado de que si no volvia nos iva a matar y así era siempre con cuchillos y luego lo llamaba porque lo amenazaba y nos pegaba justo cuando estabamos hablando por teléfono con el para que escuchara los gritos y el tenia que volver. Los ultimos 3 meses lo corría casi todos los días cuando el se iva a dormir subía al depto. de arriba donde el dormía y lo empezaba a insultar y a amagarle con cuchillos y que lo iba a matar. El día del padre, ella lo corrio de la casa y a la tarde lo llamo que si no volvía nos iba a matar a todos, mi papa vino con un patrullero y cuando el llego mi mama ya había quemado la casa y me había pegado a mi 2 botellazos en la cabeza y me las había roto, lo mismo hizo con mi hermano T.; M. se había subido arriba mientras ella estaba quemando la casa con alcohol vino la policía, despues llamaron a los Bomberos, mi mamá los insulto, les tiraba con cosas, vinieron los del Eter y ninguno de los tres hicieron nada .Dijieron que el loco era mi papa. A los 2 o 3 dias después mi papá volvió porque mi mama se había querido cortar las venas ya habia sido la tercera o cuarta vez que lo había intentado. Mi papa le pidió que por favor que se fuera a hacer tratar con un medico. Porque el veia que ella estaba mal. Ella nos pidió de que la ayudaramos. Después mi papá volvio, compro pintura, pinto la casa todo de nuevo, pasaron 2 dias o 3 y mi mama una noche empezo de nuevo con sus locuras y rompio todos los adornos de la casa, siempre que se enojaba con el rompía todo. Después de esa noche que ella rompio las cosas nuevamente. Despues del insendio ella nos pidio de que nos olvidemos de mi papa. Nos hizo bajar a la parte de abajo en mi casa, nos encerro ami y a mis hermanos en su pieza con ella y me obligó a que yo le pegara 5 puñaladas en el brazo y me dijo que si yo no hacía lo que ella me había pedido me las iba a pegar ella a mi. Despues salio de la pieza con nosotros y le dijo a mi papa que lo iva a denunciar de que el le había pegado las puñaladas en el brazo. Mi papá

Page 30: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

bajo del departamento y nos llevo ami y a mis hermanos a dormir a nuestras piezas y nos encerramos ahi, mi mama se quedo sola en su pieza que esta abajo, al otro día mi mama volvio a correr a mi papa de la casa y no lo dejaba entrar, el se tuvo que ir a la casa de mi abuelo de nuevo. Despues esa misma noche fuimos a la casa de mi abuelo con mi mama y eran como las (no se lee claramente la hora consignada) de la mañana y ella nos empezó a pegar al frente de mi papa, mi papa le dijo que nos dejara de pegar y hasta que mi papa salio afuera, mi mama nos hizo salir corriendo y tomar un taxi para volver a mi casa. Mi papa fue a la policía y vino un patrullero hasta que llego la policia, mi mama nos había vuelto a pegar con un palo, cuando llego la policía hablaban con ella y ella les decía que estabamos bien y se iban. Despues mi mamá llamo por telefono a la casa de mi abuelo y hablo con mi papa y le dijo que la fuera a buscar al medico porque M. estaba enfermo. Cuando mi papa fue a buscarnos ella empezo discutir con él, a insultarlo y mi papa le pedía que la terminara con las discusiones. Dejaron de pelear llegamos a mi casa y ella le pidio a mi papa que se quedara con nosotros, el le dijo de que no porque estaba cansado de las peleas y cuando entramos a mi casa mi papa le pidió los lentes de contacto. Ella le dio otros lentes, mi papa le dijo que esos no eran y mi mamá le dijo “ pasa y buscalos vos porque no se donde los habras dejado”.Cuando mi papa paso a buscar los lentes mi mamá cerro la puerta del frente de mi casa y lo empezo a correr por alrededor de la mesa con una tijera. Mi papa se la alcanzó a quitar y el agarro un fierro de atras de la puerta y rompio un vidrio de el ventanal que tenemos al frente para llamar a mi primo que estaba en el auto. Mi papa le dijo que llamara a la policia. Mi mama había ido corriendo a la cocina y había sacado una cuchilla yo y mi hermano T. hagarramos a mi papa para quitarle el fierro. Mi papa le pudo quitar la cuchilla a mi mama y ella volvio a correr a la cocina, saco otro cuchillo y se vino hacia mi papá donde yo y mi hermano T. lo teniamos diciendole que no pelearan mas. Mi mama vino y le pego con el cuchillo en el pecho a mi papa, el se callo al suelo le salia mucha sangre del pecho. Y mi mama le dijo que no le había querido pegar y dijo que si ella iba a la carcel, antes de eso nos mataba a todos. Llamamos un monton de veces a la ambulancia y nunca vino, mi primo habia ido a llamar a mis tios que viven a la vuelta de mi casa y que son hermanos de mi papa. Ellos vinieron y le pidieron a mi mama que dejaran que lo lleven al medico y mi mama a mi papa no lo dejaba salir de mi casa hasta que yo y mi mama ayudamos a mi papa a levantarse porque el no podía ni pararse, ni caminar. Se alcanso a escapar y le pidi a su hermano que por favor lo llevaran al medico.A la siguiente noche cuando a mi papa le dieron el alta y el se fue a la casa de mi abuelo, mi mamá lo llamó amenazandolo que si no volvia a mi casa, lo iva a denunciar de que el me había violado porque mi mama antes de pegarle las puñaladas a mi papa, ella había abusado sexualmente de mi, mi papa le dijo que estaba loca, ella empezo a gritar por telefono que lo iba a matar. Mi papa se fue de nuevo a la policia y le pidio que le mandaran un movil por las amenazas que habia sufrido, el policia que vino hablo con mi mama y le dijo que quería hablar con mis hermanos y conmigo a solas. El nos preguntó si mi mamá era la que había quemado la casa, si era violenta y si tomaba pastillas. Mi hermano T. y yo le dijimos que si, que ella había quemado la casa, que era violenta y que tomaba pastillas para dormir y adelgasar.”(copia textual, el “no se lee claramente la hora consignada me pertenece”). El análisis de la prueba precedentemente reseñada, me permite llegar a afirmar con certeza que el hecho ocurrió tal cual lo narra la

Page 31: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

acusación y que I. L. fue su autora responsable.- En efecto, cuento con la "noticia criminis" que da la Oficial Sub Inspectora Victoria Valeria Arancibia, la que reza : "....que en la fecha atendió un llamado telefónico en el cual una persona de sexo femenino que se negó a identificarse, manifestó que tiene una vecina de nombre B. M. A., de 14 años de edad, que vive con su padre de nombre L.E.A., y dos hermanos menores en el domicilio sito en calle Lorens n° 5036 de Barrio Los Fresnos. Que B. estaría siendo abusada sexualmente por su padre, quien además la habría amenazado para que no diga nada.." ( fs.1-2), en segundo lugar, cuento con la primera entrevista efectuada a la menor B. M. A. en la sede de la Unidad Judicial de la Mujer y el Niño de la que surge textual: "....que su madre es una persona violenta y que los golpeaba y maltrataba física y psicológicamente, que hace tres semanas, ....su madre la encerró en la habitación de ella y le dijo que lo "iba a hundir a su padre y le colocó en la vagina "un aparatito" (no sabe precisar que era), y se lo abría adentro de la vagina que a ella le dolía y luego le salió sangre...que además su madre le dijo que a eso se lo hacia para culparlo a su padre de que él abusaba de ella y poder meterlo preso..." ( fs.292). Se suma, el informe médico - ginecológico realizado sobre la persona B. M. A.: remisión general del consultorio al Sr. Jefe del Gabinete a B. A., de 14 años, relacionado a un hecho de abuso sexual, en circunstancias de menor refiere que su mamá le introdujo un objeto (especulo) en la vagina y la hizo sangrar para echarle la culpa de abuso al padre de la menor. ( fs. 293/294). Corrobora la existencia material del hecho, el informe médico n° 1182.585, cooperación técnica: 395514, el que informa: " conducta sexual agresor: según relata la menor hace alrededor de 3 semanas su madre, le colocó un especulo se corrobora que fue ese elemento mostrándole uno...y le dijo que se lo hacía para que su padre fuera preso, ...Refiere que le dolió mucho, que sangro durante tres días.. Descripción del himen: completo: No. Desflorado: si, Observaciones: El desgarro himenal objetivado en hora 8 es compatible con el relato de la menor en la que hace referencia a la introducción de un especulo por parte de su madre ...( fs.293/294). Con lo cual, la existencia material del hecho nominado sexto se encuentra totalmente acreditada. En relación a la participación punible de la imputada L. I. del V. en el hecho, cuento en primer lugar, lo que la niña B. refiere espontáneamente en el informe psicológico realizado sobre su persona por la Licenciada Liliana Granda de la Unidad Judicial de la Mujer y Niño, informe que reza textual: "...la menor..niega todo episodio de abuso sexual por parte de su padre E., ..que su madre es una persona violenta que los golpeaba y maltrataba física y psicológicamente, que hace tres semanas su madre la encerró en la habitación de ella y le dijo: que lo iba a hundir a su padre y le colocó en la vagina un "aparatito", y se lo abría adentro de la vagina, que le dolía y luego le salió sangre. Que además su madre le dijo: que eso lo hacía para culparlo a su padre de que él abusaba de ella y poder meterlo preso .." ( fs. 292). Se suma, la entrevista efectuada en Cámara Gessell a la menor B. M. A., cuya parte sobresaliente dice:"......mi mamá nos pegaba para que mi papá volviera, y dos días antes mi mamá me encerró en la pieza y no se que me puso y para que crean que mi papá me había violado, mi mamá me pegaba y me ponía una cosa que es para hacer unos análisis, me pegaba en la cara y me tiraba los pelos, decía que mi papá iba a cagar, para que yo denunciara que mi papá me había violado para que lo metieran preso. LIC. MORENO: te metió algo?, como? MENOR: mi mamá me había hecho sacar los pantalones, acostar en la cama, y me hizo quedar desnuda,

Page 32: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

era una cosita larga que tenía tuerquita que te iba agrandando ...", luego agrega "....LIC. MORENO: dibuja en esta hoja como era ese aparatito. MENOR: dibuja. LIC. MORENO: me decís que era algo largo? Con una tuerquita que se iba agrandando?, y donde lo tenía guardado? De donde lo sacó? MENOR: lo tenía en el placard de ella. LIC. MORENO: lo habías visto antes? MENOR: No., nunca lo vi, lo tenía guardado. LIC. MORENO: y donde te puso eso? MENOR: en la vagina, me dolió mucho cuando me lo puso yo le decía que me lo sacara y mi mamá me seguía pegando. LIC. MORENO: como estaba la mamá cuando hacía esto? MENOR: estaba nerviosa, estaba enojada. LIC. MORENO: El papá estaba en la casa? MENOR: no. LIC. MORENO: podrías explicar como estaba la mamá en ese momento? MENOR: estaba agachada..eran las tres de la mañana. LIC. MORENO: donde ocurría esto? MENOR: adentro de la habitación de mi mamá y cerró con llave. LIC. MORENO: y después que hizo? MENOR: me dijo que al otro día teníamos que ir a denunciar a mi papá, pero me llevo a la Unidad Judicial de la Mujer y el Niño, quiso hacer una denuncia pero estuvieron esperando mucho tiempo así que se fueron. LIC. MORENO: y vos como te sentías? MENOR: mal, me sentía, mi mamá me decía que tenía que ir a denunciar que mi papá me había hecho esto y que yo tenía que llorar delante de la persona a la que le dijera esto. LIC. MORENO: y después que hicieron? MENOR: Nos volvimos a mi casa. LIC. MORENO: como estaba la mamá cuando fueron a denunciar? MENOR: estaba tranquila. LIC. MORENO: vos? Que le decías?, MENOR: no le dije nada, porque se iba a enojar y me iba a pegar. LIC. MORENO: Estas cosas se las contaste a alguien? MENOR: no, LIC. MORENO: al papa le dijiste? MENOR: no, pero después se entero porque me citaron de la Unidad Judicial de la mujer....." ( fs.327/330 y 380/390). Sus dichos se corroboran con lo manifestado por su hermano T. A. en la entrevista con la Licenciada Daniela Sabat, en la Unidad judicial de la Mujer y el Niño, informe que relata textual: "....después la agarró a la B. y se encerró en la pieza con ella, ..yo escuchaba que B. gritaba y que mi mamá le pegaba...pero no vi nada de lo que paso porque cerro la puerta...cuando B. salió de la pieza se fue al baño para arreglarse..." ( fs. 58).Cuento también con el testimonio de C., Z. N., quien declara : "... que su sobrina B. M. había sido víctima de abuso no por su padre sino por su madre, que le había metido un objeto, su sobrina no le contó con detalles solo le confirmo que eso había pasado..." ( fs. 345), con lo cual, cuento con un testigo referencial del hecho, a quien la niña le confirma que la autora del hecho en contra de su integridad sexual fue su madre. También aparece como elemento probatorio el testimonio de G. E. G., médica que atendió a la menor B. M. A. y quien relata textual: "....en relación al examen practicado sobre la menor B. M. A., de 14 años de edad, manifiesta que dentro del interrogatorio, la misma refirió que su madre, I. L., le introdujo por la fuerza en la vagina, un aparato, que para ello le separó las piernas, que la declarante buscó un espéculo (material con el que se cuenta en el consultorio) y se lo exhibe a la menor quien manifiesta que así era el aparato que le fue introducido en la vagina .." ( fs. 367), De este testimonio surge la versión más cercana al hecho que dio la menor B., en la primera oportunidad -al ser revisada, y que luego a lo largo del tiempo la niña B. siguió declarando de igual forma sin incurrir en contradicción alguna que ensombrezca su declaración. (primero declaró ante la Licenciada en Psicología de la Unidad Judicial de la Mujer y el Niño, luego ante la Médica de la Unidad Judicial de la Mujer y el Niño, varios días después ante la Licenciada Moreno en Cámara Gessell, finalmente ante la Licenciada Beltramino), y

Page 33: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

siempre declaró en igual forma y sin contradicción alguna con lo cual su versión es totalmente creíble. Sabido es que el testimonio de un niño, y mucho más si existe la seria probabilidad que ha sido abusado sexualmente, no puede valorarse de la misma manera como se valora el testimonio de un adulto. B. ha declarado en todas y cada una de las oportunidades en idéntica forma, su versión es consecuente y de total credibilidad, pues es imposible que una adolescente repita en la forma que ella lo ha hecho en distintos lugares, en distintos tiempos, con distintas personas los acontecimientos si no lo hubiera así vivido. Por último, se suma la pericia psicológica efectuada por la Licenciada Beltramino, en la persona de B. M. A., quien en su dictamen reza textual: ".....B....narra con detalles la situación donde su madre le habría introducido un espéculo (según las descripciones que hace la niña) en su vagina, con la intención de acusar al padre de haberla abusado ....""....la situación desajustada de vinculación familiar habría impactado de tal forma en su psiquismo que no elabora ni analiza lo vivenciado, el "abuso" que denuncia por parte de su madre, es expuesto como un eslabón más en la cadena de agresiones vivenciadas, a pesar de no encontrar en esta instancia elementos que determinen características de fabulación confabulación o mitomanía ..., es aquí donde puede observarse el daño psíquico de la niña, ya que el ingreso a su psiquismo de los hechos estarían relativizados por la cotidianeidad de las situaciones, generándose un acomodación a las situaciones de maltrato.."Asimismo, cabe agregar la exposición informativa de T. A., en su parte más relevante: "....Interrogado sobre el hecho investigado dijo que en su casa en el domicilio calle Lorentz 5830 manzana uno, casa cinco de Barrio Ituzaingó, un día anterior que le pegó a mi papá con una cuchilla, como a la una de la mañana, estábamos despiertos porque no nos dejaba dormir mi mamá y después la encerró a mi hermana en la pieza, a B. la encerró en la pieza que está abajo, le dijo que pasara para adentro que estaba buscando un aparato no se, y a M. y a mi nos había dicho que nos quedemos ahí afuera viendo televisión, pero mi mamá le pegaba a mi hermana y mi hermana estaba llorando y gritando a la pregunta de porque le pegaba a su hermana? Dice que no sabe, ...a la pregunta de a que se refiere con que su mamá buscaba un aparatito porque no se entendió, dice que su mama´..buscaba un aparatito que era así ..y dice que lo vio cuando ella lo saco de la heladera, que estaba adentro de una bolsita transparente, al aparatito lo sacó mi mamá de la heladera y después la encerró en la pieza, a la pregunta de si el abre mucho la heladera? Dice que no, más o menos, cuando busco coca, dice que días anteriores ese aparatito estaba en el placard de ella, a la pregunta de si sabe porque gritaba su hermana? El niño dice: creo que la agarró de los pelos, porque cuando salió tenía todos los pelos despeinados y salió llorando y se entró al baño, y estuvo mucho tiempo en el baño, ..." ( fs. /392). Finalmente, cuento con la pericia siquiátrica de la imputada I. del V. L., la que concluye: .”.... El examen actual y sus relatos no ofrecen elementos psicopatológicos compatibles con insuficiencia, alteración morbosa, o estado de inconsciencia que permitan suponer que a fecha de comisión de los hechos le impidieran comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones.." ( fs. 315/317 y fs.323/324). La imputada L. comprendía lo que hacia en contra de la integridad sexual de su hija B. y no obstante lo hizo movida por rencor o venganza hacia su marido, así le manifestaba a la niña mientras la abusaba que su padre se la iba a pagar. En conclusión, los elementos de prueba colectados y analizados son índice elocuente tanto de la existencia del hecho como de

Page 34: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

la participación culpable de la imputada traída a proceso M. del V. I. L.. Por ello el relato trascrito en el oficio requirente se adecua a la verdad de lo ocurrido, a él me remito y tengo por cierto, para evitar repeticiones inútiles cumplimentando así lo normado por el art 408 inc. 3 del CPP_ HECHO SÉPTIMO: cuento en este hecho con la declaración del policía Balastegui Andrés, quien da la "noticia criminis" - a fs. 63, relata : “...que el día miércoles 29 de junio de 2011, siendo alrededor de las 20.26 hs en circunstancias en que patrullaban la jurisdicción son comisionados por la central de radio, para constituirse en el domicilio sito en calle Lorenz 5830 de Barrio Ituzaingó, lugar en donde se habría producido un hecho de violencia familiar, finalizando dicho altercado con un herido de arma blanca. Que por la frecuencia radial el declarante toma conocimiento que el herido era trasladado por un familiar hasta el Hospital San Roque sito en bajada pucará s/n de barrio Crisol Norte. Que se hace presente en dicho nosocomio logrando entrevistar al Jefe de guardia, el médico Pereyra Esquivel, MP13808, quien manifiesta que siendo las 20.45 hs ingresa un paciente de sexo masculino de alrededor de 36 años de edad, quien responde al nombre de L.E.A., el cual presenta una herida punzo cortante en su torso sobre su costado izquierdo, a quien se le asiste en sus primeros auxilios a los fines de estabilizarlo diagnosticándosele herida precordial en el lado izquierdo de alrededor de 3 cm de largo no pudiendo por el momento establecer su profundidad sino hasta luego de realizársele placas radiográficas....que L.E.A. quedo y permanece en observación en el Hospital San Roque a la espera de la realización de placas radiográficas, encontrándose el mismo en estado estable y conciente..", ( fs.63/64). Sumo al testimonio del agente Pablo C. Blando (fs. 145), quien relata : "...últimos días de junio siendo las 21 hs es comisionado por la central radial para constituirse en calle Bequerel esquina Lorenz de Barrio Los Fresnos, donde había una persona apuñalada, sin mayores referencias..al llegar al lugar domicilio cuyo frente presenta rejas (recuerda que en el frente había un carro de choripan), por frecuencia radial se informa que sobre la calle Bucetich de B° Ituzaingó en un control vehicular una camioneta color oscura trasladaba a una persona herida hacia un hospital, ..por lo que lo acompañaron hasta el Hospital San Roque.." (ver fs. 145). Corrobora lo expuesto por B., el Acta de Inspección Ocular de fs. 65, : "...el mismo presente una herida punzo cortante en su pecho lado izquierdo a la altura del corazón.." ( fs.65). Asimismo, cuento con el informe técnico médico N° 1181057, el que reza textual: " herida cortante suturada evolucionada, de 5 cm aprox, sobre hematoma evolucionado en región pectoral izquierda, con área costrosa en medio de la misma herida, fue asistido en el Hospital San Roque el día 28.06.11" (fs 164).Se agrega en este hecho el informe de cama caliente del Hospital San Roque el que se informa: " siendo las 21 hs ingreso por guardia, el Sr. A. L. , DNI: 24.629.227, con herida de arma blanca en región precordial y Fracturada de 5° Costilla Izquierda. ( fs.250). y finalmente cuento con el informe médico n° 1184397, el que relata: " paciente A. L. E., presenta: Herida por arma blanca en región precordial, a la altura de 5ta costilla, de carácter Leve, ( fs.262).- Cabe considerar que el damnificado L.E.A. instó acción penal por las lesiones sufridas a fs. (79 vta.) También cuento con el informe del departamento de comunicaciones de la policía de Córdoba 101, " Histórico del hecho: " fecha: 19.06.11, 22:32 hs, constancia móvil 5569. La misma habría herido al esposo con un arma blanca.." (ver fs.236/239). Finalmente, se suma el testimonio de L.E.A. de fs. 251, "..comparece a los efectos de hacer entrega de una tijera de cabo de plástico

Page 35: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

de color rojo y negro el cual falta una de las empuñaduras, con la cual I. L. lo amenazó, en el mismo acto hizo entrega de una cuchilla de cabo de madera que L. tenía en la mano al momento del hecho y luego L. tomó una cuchilla tipo carnicero con cabo de color blanca y lo apuñala a la altura del tórax, la cual también hace entrega espontánea. Asimismo, hace entrega de un caño de hierro con el cual el declarante rompe un vidrio de la ventana del comedor que da a la calle para llamar a su sobrino, W. ( fs. 251), Se suma el acta de secuestro (fs. 252). También cuento con la declaración de A. L. E., quien ratifico en el debate lo dicho anteriormente ante la fiscalia, oportunidad en la que había dicho : "....que en ese momento es cuando I. L., procede a cerrar la puerta de ingreso a la vivienda con llaves, y sacar las llaves de la puerta, que en ese momento es cuando nuevamente comienzan a discutir y es cuando I. toma una tijera en sus manos y comenzó a decirle "quedate acá, quedate acá ..."( 71/72). Sus dichos se corroboran por la testigo presencial B. M. A., a fs. 202 declara textual: "....que el día que le clavó la puñalada estábamos con mi hermano T., ese día primero agarró una tijera y mi papá se la quitó a la tijera, y después busco un cuchillo también se lo quiso clavar y mi papá se lo sacó y mi mamá corrió a la cocina y busco una más grande, una cuchilla con mango de plástico blanco, y se lo clavó, y T. y yo viendo todo le decíamos que la terminara y que hablaran tranquilos..." ( fs.202). Agrego la exposición que efectúa T. A., a fs. 224 quien relata textual: "...mi mamá cerró con tranca la puerta y vino con una tijera y mi papá se la quitó después vino con una cuchilla y se la quito y vino con otra mi mamá le pegó a él, y B. y yo estábamos hablando con mi papá..." ( fs.224) La prueba colectada ninguna duda deja de la existencia del hecho.. En relación a la participación punible por parte de la imputada L. , en primer lugar cuento con la declaración de L.E.A. - víctima - quien en su denuncia declara : " que el 29 de junio del cte año, siendo aproximadamente las 19 hs recibe un llamado telefónico de su esposa I. L., para que fuera a buscarla al medico, porque tenia que llevar a uno de sus hijos. Que le dijo a su sobrino W. D. A., para que lo acompañara, que luego de buscarla hasta el medico se dirigieron hasta el domicilio de I. con los tres hijos. Que cuando llegan descendió e ingresó a la vivienda, que en ese momento es cuando I. L., procede a cerrar la puerta de ingreso a la vivienda con llaves y sacar las llaves de la puerta, que en ese momento es cuando comienzan a discutir y es cuando I. toma una tijera en sus manos y comenzó a decirle: "quedate , quedate acá", y es cuando se dirige hacia donde estaba el dicente, que en ese momento rompe el vidrio de una ventana que se ubica al costado de la puerta, con su mano, a través de la cortina, por lo que no se corta, y le dice a su sobrino: "llama a la policía", que al mismo tiempo el dicente toma un fierro con el cual se traba la puerta y le dice: "no basta hay que ponerle punto final a esto no podemos vivir así, yo me voy a llevar a los chicos", que en ese momento I. quiere abrazar al declarante y logra sacarle la tijera. Que en ese momento I. toma rápidamente la cuchilla y él logra sacársela, que I. nuevamente toma una cuchilla tipo carnicero, de hoja ancha con punta media redonda pero filosa con cortes, comienza a forcejear con I., al mismo tiempo que los menores lo tomaban de los brazos para que no peleara más.. en ese momento le clava el cuchillo en el pecho a la altura de la costilla , expresando me diste..." ( fs. 71/72) Se suman todos los testigos presenciales y referenciales que señalan a la imputada I. del V. L. como la autora de las lesiones con el arma blanca en contra de A., todos los testigos son unánimes, no incurren en contradicción alguna, por lo que

Page 36: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

su credibilidad es plena. Así el testimonio de A. A. A. a fs. 77 que luego reitera su declaración en forma conteste a fs.148/149. La exposición informativa de B. M. A. a fs.200 quien relata textual: "....mi mamá ....eso fue hasta que le clavó la puñalada a mi papá en el corazón, que el día que le clavó la puñalada estábamos con mi hermano T., ese día primero agarró una tijera, y mi papá se la quito a la tijera, y después busco un cuchillo también se lo quiso clavar, y mi papá se lo sacó, y mi mamá corrió a la cocina y busco uno más grande, una cuchilla con mango de plástico blanco, y se lo clavó después de eso decidió irse a vivir a la casa de mi abuelo..." es testigo presencial del hecho, quien la señala a su madre - la imputada L. I. del V.. Se suma también el informe del departamento Centro de comunicaciones 101, el que reza textual: " Histórico del hecho: 29.06.11, siendo las 20:49 hs constancia móvil 5307, QTN, con la Sra. I. L. de 34 años a la unidad Judicial constancia móvil 5347, ..sería por una discusión de pareja y la misma le produce la herida, lo asiste Dr. Pereyra Esquivel MP 13808 Diag. Herida de arma Bca. Punzo cortante a la altura del tórax del lado izquierdo el mismo está estable.." ( fs.239).Agrego la exposición de T. A. a fs. 224, que relata textual: "..un día veníamos del médico porque mi mamá le había hecho eso a mi hermana, y mi mamá llamó a mi papá para que nos viniera a buscar entonces mi papá entro a la casa porque le había pedido lentes y mi mamá se los busco y eran otros entonces mi papá le pidió otros y ahí le dijo entonces andá vos a buscarlos y ahí mi mamá cerró con tranca la puerta y vino con una tijera y mi papá se la quitó después vino con una cuchilla y se la quito y vino con otra mi mamá y le pegó a él, y B. y yo estábamos hablando con mi papá ..." ( fs. 224).Por otro lado, cuento con el secuestro de la cuchilla, (ver fs.252), y con el testimonio de L.E.A. que "...hace entrega espontánea de una tijera de cabo de plástico de color rojo y negro el cual falta una de las empuñaduras, con la cual en el hecho oportunamente denunciado, su pareja I. L. lo amenazó, en el mismo acto hizo entrega de un cuchilla de cabo de madera que L. tenía en la mano al momento del hecho, y luego L. toma una cuchilla tipo carnicero con cabo de color blanca y lo apuñala a la altura del tórax, la cual también hace entrega espontánea..." ( fs. 251). Finalmente, cuento con los testimonios de K. A. V. (fs. 272), y de A. A. A. (fs. 77/78), a los que me remito en honor a la brevedad. Por último, se suma la pericia psicológica efectuada por la Licenciada Beltramino en la persona de la imputada I. M. del V. L., quien dictamina : ".....se observa alteración en la mujer cuando narra haber sido "engañada" por el esposo con aparición de otra mujer a quien menciona como una "amiga" de la familia......no mide consecuencias y se deja llevar en forma impulsiva sin control de la agresión....no se evidencia pensamiento reflexivo, por lo que la descarga motora sería una posibilidad cercana para relajar el malestar...ese descontrol la llevarían a actuar actos desajustados, impulsivos y de alto contenido de violencia .." ( fs. 493/495). Lo dicho es harto suficiente como para dejar sentado por cierto tanto la existencia del hecho como la participación culpable de la acusada, por lo cual el relato del oficio requirente se adecua a la verdad real de lo acontecido, entonces en honor a la brevedad, al mismo me remito dándolo por cierto y cumplimentando así lo normado por el art 408 inc.3 del Cd PP. HECHO OCTAVO: cuento en este hecho con la declaración testimonial de L.E.A., quien a fs. 79 de autos, el primero de julio del dos mil once, declara: ".. que en la fecha, a las 20:00 hs luego de prestar declaración en la Unidad Judicial 10, fue hasta la casa de sus padres en B° Acosta y estaban sus tres hijos allí esperándolo. Que los tres le dijeron que si no volvía a la

Page 37: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

casa iba a ser para quilombo de nuevo, que su mamá los había amenazado que los iba a matar si se iban con él..." (ver 79). Sus dichos se encuentran corroborados por el testimonio de B. la que declara : "....hace poco le conté a mi papá que me empezó a preguntar, como a las 21 hs nos pegó con las botellas de vino, no recuerdo la marca del vino, y como a las 21.30 hs lo llamo a mi papá para decirle eso que sino venía nos iba a matar ...". Entonces lo declarado por B. se encuentra corroborado por el testimonio de su padre y lo declarado por A. se confirma por la exposición que B. realizó a fs. 201. Como he señalado supra no surgió del debate ni obran en autos circunstancias que hagan presumir que B. y su padre se puedan haber alejado de la realidad por motivos de encono o animosidad o venganza, por un lado B. siempre manifestó quererla a su madre, con lo cual, no surge ninguna circunstancia que haga sospechar que la quiera perjudicar con sus declaraciones, y por su parte su marido A. tampoco la quiso perjudicar, y ello quedó demostrado cuando en un primer momento no quiso promover acción penal alguna por hechos sufridos en su contra. Finalmente cuento con el informe psicológico efectuado por el Licenciado José L. Bertomeu Luque a fs. 284, quien en su valoración psicológica preliminar, informa: 1. indicadores de riesgo, a partir de los datos suministrados en el sumario y de lo observado e inferido en la entrevista mantenida con la Sra. L. se visualizan los siguientes indicadores: vínculo de carácter conflictivo con su pareja el Sr. L.E.A. con presencia de violencia verbal, física como medio de resolución de los problemas..violencia de pareja en presencia de menores de edad (hijos), antecedentes judiciales de violencia familiar, 2). Peligrosidad: "..a partir de la entrevista mantenida se infiere que frente a situaciones de estrés continuo, de índole traumática en donde la conflictiva de la circunstancias la pueden llegar a desbordarla psicológicamente, esta tendería a tener dificultades en el control y manejo de los impulsos agresivos, aumentando la posibilidad de cometer actos de violencia familiar, en especial con su actual pareja .." ( fs. 285). La prueba colectada es suficiente para tener por cierto este hecho y como su autora culpable a la acusada. El relato contenido en la acusación primaria se adecua a la verdad de lo acontecido, entonces a él me remito teniéndolo por cierto y cumplimentando así lo dispuesto por el art 408 inc 3 del C de PP .Finalmente y en lo que hace a la posición exculpatoria de la acusada como lo referí al comienzo ha sido pulverizada por la Fiscalia, y es que la encartada en sus declaraciones ( tres en fiscalia y luego dos en el debate) no pudo sostener sus relatos, llegando por momentos a contradecirse en una misma declaración (fs 396). Destacando algunas contradicciones culpó a su hijo M. del incendio cuando toda la prueba le fue adversa, así también aludió a que le arrojo la maceta a su marido y no a la policía para después negarlo argumentando que nunca lo podría haber hecho porque su casa estaba toda enrejada, así también dijo que revisaron a B. en la Clínica del Sol y luego lo negó, así también dijo que el problema radicaba en los celos de A. cuando después nos cuenta que el motivo eran sus celos respecto a las actividades de su marido, así también dijo que su marido le impedía todo contacto con su familia cuando antes no había hablado de ello y los propios testigos por ella aportados nada dicen de eso. También dijo haber estado secuestrada por A. durante tres meses pero nunca radico denuncia alguna, también dijo que A. la quiso envenenar, también aludió que un día pidió un remis para ir a lo de su hermano y le dijo que esperara para luego salió A. y destrozó los vidrios al remis tampoco hubo denuncia de ello y si bien estos relatos

Page 38: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

bien escapan al contexto fáctico destacan la personalidad de la encartada. Dijo también que los chicos lo querían al padre pero luego dice que están influenciados porque le tienen miedo, así dijo haber sido lesionada primero por su marido con una navaja cuando lo apuñalara a A., pero la heridas que presentaba eran las lesiones antiguas, así también afirmó que sus hijos mienten y me pregunto ¿Todos mienten? ¿Todos pudieron hacerles creer esta cruel historia a los psicólogos actuantes,?; así también su propio hermano Jorge dice que los problemas aparecieron cuando ella sospechaba de la infidelidad de A., sin embargo ella se coloca en la postura de mujer que fue siempre golpeada, así también dijo que A. tenia una orden de restricción para no acercarse a la casa cuando nada de ello se probó , tampoco se comprobó- todo lo contrario-que las marcas que tenia B. en su brazo fueran de un enganche con alambres de púa de su casa. En resumen y como lo adelantara la postura defensiva de M. del V. L. no ha podido ser corroborada por prueba alguna todo lo contrario la fiscalia con la prueba aportada la destruyó transformándola en mera excusa defensiva.Así dejo contestada esta primera cuestión. A LA PRIMERA CUESTION PLANTEADA LOS JUECES JULIO RAMÓN GUERRERO MARIN Y ENRIQUE DANIEL OTTONELLO DIJERON: que se adherían en un todo a las manifestaciones del Juez Alberto Crucella votando en igual forma e idéntico sentido. A LA SEGUNDA CUESTION PLANTEADA EL JUEZ ALBERTO CRUCELLA DIJO: atento las respuestas dadas a la cuestión anterior la calificación legal que corresponde al obrar de M. I. del V. L. es la siguiente: Hecho primero; autora de Agresión calificada ( arts 45, 105 en función del 104, 2 párrafo en función del art 80 inc.1 del CP y Lesiones leves calificadas (arts 45 y 89 en función del 92 del CP); Hecho segundo : autora de Lesiones leves calificadas en función de los arts 45, 89 en función del art 92 del CP. Hecho tercero: autora de Lesiones leves calificadas en función de los arts 45, 89 en función del art 92 del CP. Hecho cuarto: autora de Agresión calificada en función de los arts 45, 105 en función del 104, 2 párrafo en función del art 80 inc.1 del CP, Hecho quinto: en la figura prevista en el art. 149 ter inc. 1 del CP, -Coacción calificada - en calidad de autora (art. 45 del CP), Hecho sexto: Abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo (art. 119 segundo párrafo en función del cuarto párrafo apartado b) del CP, en calidad de autora. (art. 45 del CP). Hecho Séptimo: en las figuras prevista en el art. 149 ter inc. 1° - Coacción calificada y Lesiones leves calificadas, art. 89, en función del art. 92 del CP, en calidad de autora, art.45 del CP..En este hecho no comparto lo manifestado por el defensor técnico en sus conclusiones finales pretendiendo encuadrar este hecho en la figura del art 34 inc.6 del CP, como bien lo sostuviera el Ministerio Publico Fiscal el obrar de la imputada no puede encuadra jamás en la denominada legitima defensa, toda vez que de modo alguno se dan los presupuestos para configurar dicha figura, surge ello en forma clara de la prueba reseñada supra y basta con mencionar-para desterrarla-que en ningún momento hubo agresión ilegitima como tampoco falta de provocación suficiente, respecto a lo primero, ocurrió todo lo contrario fue L. quien cerro la puerta con llave cuando A. se disponía a buscar unos lentes y es ella quien comienza la agresión con la tijera amenazándolo que se quedara ..para luego hacerlo con un cuchillo tramontina y finalmente agredirlo y lesionarlo con una cuchilla, respecto a lo segundo se acredito en autos fehacientemente que fue la imputada L. quien comenzó con las agresiones en contra de A., así lo muestra la prueba colectada .Hecho Octavo: en la figura prevista en el art. 149 bis segundo párrafo del CP - Coacción -, en calidad

Page 39: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

de autora (art. 45 del CP), todo en concurso real (art 55 del CP). Así dejo contestada esta cuestión. A LA SEGUNDA CUESTION LOS JUECES JULIO RAMÓN GUERRERO MARIN Y ENRIQUE DANIEL OTTONELLO DIJERON: que se adherían en un todo alo manifestado por el Juez Alberto Crucella votando en igual forma e idéntico sentido. A LA TERCERA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR JUEZ ALBERTO CRUCELLA: a los fines de determinar la sanción a aplicar a M. I. del V. L. tengo en cuenta a su favor que no registra antecedente penal alguno, en su contra la cantidad de hechos endilgados, la modalidad grave y perversa de los mismos, el perjuicio físico y psíquico causado a sus hijos .En efecto, M. I. del V. L. obsesionada por lograr retener a su lado a su marido lo maltrató y lo agredió pero lo incalificable de su conducta es que para lograr dicho fin utilizó a sus propios hijos causándoles daños de insondable gravedad y por ello la sanción a aplicarle debe ser severa. En razón que en el hecho nominado sexto M. I. del V. Ledesma ha sido encontrada autora responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vinculo tengo en cuenta lo resuelto por el T:SJ .en autos “ Espíndola, Carlos Francisco p.s.a abuso sexual calificado, etc.-Recurso de Casación” sala penal-sentencia No 100, 21/04/2010” respecto al marco punitivo elaborado por el Alto Cuerpo Provincial, lo que sumado a los otros siete hechos cometidos y acorde las reglas del concurso real, me convence como justa y equitativa fijarla la pena en DIECISIETE AÑOS DE PRISIÓN con accesorias de ley y costas( arts 5, 9,12, 29 inc.3 del CP y 550 y 551 del C.de PP). Asimismo corresponde ordenarle al Servicio Penitenciario se practique en la persona de M. I. del V. L. un tratamiento psicológico y/psiquiatrico conforme la problemática que presenta debiendo informar al tribunal interviniente bimestralmente su evolución. Vale reflexionar como lo hiciera en otros pronunciamientos judiciales sobre este flagelo de la violencia doméstica que parece no tener limites ni fronteras en la actual sociedad. Es que a pesar de los programas prevencionales lanzados por el estado provincial las estadísticas diarias asustan y desconciertan tanto a profesionales como especialistas del tema. Bueno es recordar el pensamiento de Rios-Bernardi aludiendo a una realidad de crisis de valores, que de a poco va minando a todo la sociedad destrozando parejas, quitando tranquilidad a los hijos y constituyendo verdaderas familias en riesgo advirtiéndonos que si no se interviene a tiempo los costos serán demasiado altos y los daños irreversibles. Corolario de esta violencia es que aquellos modelos enseñados de amor y contención han sido derrumbados ante los golpes y una generación esta creciendo en el dolor. He repetido en muchos fallos que difícil será erradicar esta lacra de la violencia familiar sin desterrar el perverso y vigente machismo social, pero no es menos cierto que cada caso judicial es como un caso medico-clínico y requiere de un diagnóstico y un tratamiento. Y en el caso que me ocupa las victimas de los maltratos es un hombre y en especial sus hijos. Mucho se ha escrito del maltrato de varones, sin embargo la terrible violencia sobre la mujeres y que diera justificadamente lugar a insertar la denominada violencia de género en nuestra legislación penal oculta esta otra realidad -por cierto mucho menor- pero que debe ser sin dudas atendible porque el hombre es parte de esa familia donde ocurre la violencia domestica y ésta ya se ha convertido en un problema de salud publica porque tiene efectos destructivos en los niños. Clarisa Voloschin, Profesora de la U.B.A refiere que “no suele haber cifras del maltrato en hombres, por que no hacen la denuncia y menos si son golpeados pues la norma que impera a en nuestra sociedad para los

Page 40: Sentencia numero:catedradeluca.com.ar/wp-content/uploads/2014/12/l.-m.-i... · Web viewA su hijo T. le ocasionó dolor y un chichón en la cabeza y a su hija B. le ocasionó un corte

hombres es el coraje.”. La sicología mayoritaria pareciera acordar que el hombre golpeado siente vergüenza profunda por su debilidad, su imagen masculina disminuida, la figura del “macho” le impide hablar pues ello implica no solo burlas hacia su persona sino que es difícil que la sociedad le crea . Ortega y Gasset decía que para solucionar un problema hay que comenzar por verlo, por ello no podemos ignorar que esta otra cara de la violencia familiar también existe y debe tratarse. Esta es sin duda la mejor manera de proteger a nuestros niños pues la violencia domestica , familiar o intra familiar comprende todos los actos violentos producidos en el seno del hogar y que se perpetra contra un miembro de la familia, y acá entra tanto la violencia contra la mujer, contra el hombre y por supuesto el maltrato infantil. Útil es recordar que toda violencia también se combate con orden, con respeto y con solidaridad con nuestros semejantes. Y nuestra sociedad está desorganizada, está intolerante, está ofuscada, está intransigente y todo ello se potencia en hombres y mujeres al llegar a sus hogares. Los padres -como primera célula social- debemos ayudar al Estado en sus medidas prevencionales contra la violencia y comprender que la justicia por muy salomónica que sea nunca resolverá nuestros conflictos y el de nuestros hijos mejor que nosotros mismos. Ya es hora que los niños dejen de pagar las facturas de los mayores. Así dejo contestada esta tercera cuestión. A LA TERCERA CUESTION LOS JUECES JULIO RAMÓN GUERRERO MARIN Y DANIEL ENRIQUE OTTONELLO DIJERON: que se adherían a lo manifestado por Juez Alberto Crucella votando en igual forma e idéntico sentido .Por todo ello, el Tribunal , por Unanimidad; RESUELVE: I.- Declarar a I. M. del V. L. autora penalmente responsable de: agresión calificada –hechos primero y cuarto- (arts. 45, 105 en función del 104 2° párrafo en función del art. 80 inc. 1 del CP); lesiones leves calificadas –hechos primero, segundo, tercero y séptimo- (art. 45, 89 en función del 92 del CP); coacción calificada y coacción –hechos quinto, séptimo, y octavo respectivamente- (arts. 45, 149 ter inc. 1 del CP; y 149 bis segundo párrafo del CP respectivamente); abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vinculo –hecho nominado sexto- (arts 45, 119 segundo párrafo en función del cuarto párrafo apartado b del CP), todos los hechos en concurso real (art. 55 del CP) e imponerle la pena de diecisiete años de prisión, con accesorias de ley y costas (arts.5, 9, 12, 29 inc. 3, del C. P. y arts. 550 y 551 del C.P.P.). II.- Ordenar se practique en la persona de I. M. del V. L. un tratamiento psicológico y/o psiquiátrico conforme a la problemática que presenta debiendo informar el Servicio Penitenciario de Córdoba al Tribunal interviniente bimestralmente su evolución. III.- Cumpliméntese con lo dispuesto por el art. 28 de la Ley provincial. 9283 de Violencia Familiar. Protocolícese y hágase saber.