Sentencia Tribunal New York - Notilogía

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  • 7/24/2019 Sentencia Tribunal New York - Notiloga

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    TRIBUNAL DE DISTRITO DE ESTADOS UNIDOSDISTRITO SUR DE NUEVA YORK

    X

    ESTADOS UNIDOS DE AMRICA

    - contra -AUTO DE PROCESAMIENTO

    EFRAN ANTONIO CAMPO FLORES y SUSTITUTIVO

    FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, S2 15 Cr. 265

    Procesados

    X

    CARGO UNO

    El Gran Jurado imputa:

    1. Desde al menos aproximadamente el mes de octubre de

    2015 y hasta la fecha de este auto de procesamiento inclusive,

    en Venezuela y otras partes, y en un delito que comenz y se

    cometi fuera de la jurisdiccin de un Estado o distrito en

    particular de Estados Unidos, EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y

    FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los procesados, al menos

    uno de los cuales ser presentado y arrestado en el Distrito Sur

    de Nueva York y cuyo punto de entrada en los Estados Unidos ser

    en el Distrito Sur de Nueva York, y otros conocidos y

    desconocidos, con premeditacin y alevosa, maquinaron,

    conspiraron, actuaron en connivencia y acordaron entre s violar

    las leyes de substancias psicotrpicas y estupefacientes de

    Estados Unidos.

    2. Form parte y fue objeto de la conspiracin que

    EFRAN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE

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    FREITAS, los procesados, y otros conocidos y desconocidos,

    importaran hacia Estados Unidos y el territorio aduanero de

    Estados Unidos de un lugar fuera de esta zona una substancia

    controlada, en violacin del Ttulo 21, del Cdigo de Estados

    Unidos, Secciones 952(a) y 960(a) (1).

    Adems, form parte y fue objeto de la conspiracin que EFRAN

    ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los

    procesados, y otros conocidos y desconocidos, elaboraran y

    distribuyeran una substancia controlada, con la intencin y a

    sabiendas de que dicha substancia se importara ilegalmente

    hacia Estados Unidos y en aguas dentro de una distancia de 12

    millas [19,31 km] de la costa de Estados Unidos desde un lugar

    fuera de esta zona, en violacin del Ttulo 21, del Cdigo de

    Estados Unidos, Secciones 959(a) y 960(a)(3).

    La substancia controlada que EFRAN ANTONIO CAMPO FLORES y

    FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los procesados, conspiraron

    para (i) importar hacia Estados Unidos y el territorio aduanero

    de Estados Unidos de un lugar fuera de esta zona y (ii)

    elaboraron y distribuyeron, con la intencin y a sabiendas de

    que dicha substancia se importara ilegalmente hacia Estados

    Unidos y en aguas dentro de una distancia de 12 millas [19,31

    km] de la costa de Estados Unidos desde un lugar fuera de esta

    zona, consisti en cinco kilogramos y ms de mezclas y

    substancias con contenido de una cantidad detectable de cocana,

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    sus sales, ismeros pticos y geomtricos, y sales de

    ismeros, en violacin del Ttulo 21, del Cdigo de Estados

    Unidos, Seccin 960(b)(1)(13)(ii).

    Acto manifiesto

    5. Con miras a la conspiracin, y para efectuar los

    objetos ilegales de esto, se realiz el siguiente acto

    manifiesto, entre otros:

    a. En o aproximadamente en octubre de 2015, EFRAN

    ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los

    procesados, participaron en reuniones en Venezuela, con

    respecto a un despacho de cocana que se enviara a Estados

    Unidos, va Honduras. (Ttulo 21, Cdigo de Estados Unidos,

    Secciones 959(c) & 963; Ttulo 18, Cdigo de Estados Unidos,

    Seccin 3238.)

    ALEGATO DE DECOMISO6. Por haber cometido el delito relativo a substancias

    controladas que se imputa en el Cargo Uno de este auto de

    procesamiento, a EFRAN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO

    FLORES DE FREITAS, los procesados, les sern confiscados ante

    Estados Unidos, conforme al Ttulo 21, Cdigo de Estados Unidos,

    Secciones 853 y 970, todos y cada uno de los bienes derivados de

    cualesquier ganancias que obtuvieran directa o indirectamente

    como resultado del delito y todos y cada uno de los bienes que

    utilizaron o intentaron utilizar de alguna manera o parte para

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    cometer y facilitar la comisin del delito imputado en el Cargo

    Uno del presente auto de procesamiento.

    Disposicin de activos substitutos

    7. Si alguno de los bienes sujetos a decomiso antes

    descritos, a causa de cualquier accin u omisin por parte de

    EFRAN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE

    FREITAS, los procesados:

    a.

    no pueden localizarse tras haber ejercido

    la debida diligencia;

    b. se han transferido, vendido o depositado

    a un tercero;

    c. se han colocado allende la jurisdiccin del

    Tribunal;

    d. se han desvalorizado substancialmente, o

    e.

    se han mezclado con otros bienes que no

    pueden subdividirse sin dificultad,

    es la intencin de Estados Unidos, a tenor del Ttulo 21,

    Cdigo de Estados Unidos, Secciones 853(p) y 970, procurar la

    confiscacin de cualquier otro bien propiedad de los procesados

    hasta el valor de los bienes sujetos a decomiso antes

    mencionados. (Ttulo 21, Cdigo de Estados Unidos, Secciones

    853 y 970.)

    PREET BHARARA,Fiscal de Estados Unidos

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    TRIBUNAL DE DISTRITO DE ESTADOS UNIDOSDISTRITO SUR DE NUEVA YORK

    ESTADOS UNIDOS DE AMRICA

    contra

    EFRAN ANTONIO CAMPO FLORES y

    FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS,

    Procesados.

    AUTO DEPROCESAMIENTO

    SELLADO

    S2 15 Cr.

    (21 U.S.C. 959(c) y 963; y18 U.S.C. 3238.)

    PREET BHARARA

    Fiscal de Estados Unidos

    PETICIN FIEL

    Presidente del jurado