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Edición No 91 Año VIII - septiembre de 2014 Edición No 91 Año VIII - septiembre de 2014 Edición No 91 Año VIII - septiembre de 2014 Registro Civil: para toda la vida Identificación

Septiembre de 2014

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Registro Civil: Identificación para toda la vida

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Edición No 91 Año VIII - septiembre de 2014Edición No 91 Año VIII - septiembre de 2014Edición No 91 Año VIII - septiembre de 2014

RegistroCivil: para toda la vida

Identificación

ContenidoContenidoContenido222 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

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33 En breve

Nuestros NIños

Cada niño cuenta, cada colombiano cuenta

Agenda

Nuestras redes

Agosto en imágenes

Registraduría en el mundo

Nuestra Identidad

Regístralo al nacer

Hagamos visible su labor

Nuestra Identidad

Nuestra Identidad

Nuestra Identidad

Nuestra Identidad

Nuestra identidad

Nuestra IdentidadNuestro Talento Humano

Nuestro Medio Ambiente

Nuestro Compromiso Ético

¿Por qué es tan importante el registro civil para los colombianos?

Registro civil de nacimiento: primer requisito enla identificación nacional

Un pacto conyugal con beneficios

Registro de defunción: el final del ciclo de la vida

Se adelantan seminarios de registro civil en Nariño y Chocó

Diligencie bien el registro civil y no se gane problemas

Y usted, ¿qué conoce acerca del registro civil?

Medio ambiente, un compromiso de todos

Psicólogos y científicos revelan los secretos del amor

Registraduría participa en la VI Conferencia sobre Justicia Electoral en Cancún, México

Cerca de 500 mil registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción se han expedido en 2014

¿SIGEP?

3 Editorial Registraduría en cifras

El registro civil y sus tres pilares

Taller de PublicacionesRegistraduría Nacional del Estado Civil

Impresión

Esteban Alberto Rodríguez Hernández

Diseño y Diagramación

Coordinador Grupo Publicaciones

Jorge Andrés Villamíl Vargas

Marcelo Geraldino BerríoJair Caballero Mojica

BLIÚ CP AE RDE

OMBL IO AC

Carlos Ariel Sánchez TorresRegistrador Nacional del Estado Civil

Edwin González CaldasJefe de Comunicaciones y Prensa

Redactores

Editores

Fotografía

Jazmín Hurtado Hoyos

Karis Andrea Cabrales Muñoz

Juan Sebastián Vergara Perdomo

Jorge Mario Restrepo García

Alejandra del Pilar Castellanos Torres

Liliana Moreno Hernández

Camilo Hurtado Romero

Adriana Ayala Calderón

Paola Mejía Melendez

ISSN 2226-3814

Consulte las ediciones anteriores de “Nuestra Huella”, en:

e-mail: [email protected]

calle 26 # 51 - 50 piso 2

Tel.: 2 20 08 85

Bogotá - Colombia

www.registraduria.gov.co/Informacion/nuestra_huella.htm

ContenidoContenido

EditorialEditorialEditorial 333www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

El registro civil y sus El registro civil y sus tres pilarestres pilaresEl registro civil y sus tres pilaresP

osicionar nuestro sistema de identificación a nivel mundial y convertirlo en uno de los más importantes y reconocidos por fuera del país, no ha sido tarea fácil. Tanto la tarjeta de

identidad, como la cédula de ciudadanía, se han modernizado con la consigna de identificar de mejor manera a los colombianos.

Pero como instrumento que deja constancia del estado civil de cualquier ciudadano se encuentra el registro civil, que desde hace unos años se ha modernizado, fortaleciendo sus procedimientos e individualizando a cada colombiano con mayor seguridad y pocos trámites. Tres partes fundamentales en el proceso de cualquier persona están consagrados en estos documentos: el nacimiento, el matrimonio y la muerte.

Como soporte del proyecto de modernización adelantado por la Registraduría Nacional del Estado Civil se puede destacar que a la fecha se grabaron cerca de 19 millones de registros civiles y se digitalizaron 52 millones, cifra que ha permitido que sea sencillo poder acceder a la búsqueda de estos documentos.

Hasta el momento, el Servicio Nacional de Inscripción tiene en su base de datos, 45 millones 534 mil 840 registros civiles de nacimiento, 4 millones 884 mil 267 registros civiles de defunción y 3 millones 71 mil 572 de matrimonio.

Al digitalizar esta información, el ciudadano tiene acceso inmediato a través de la web del lugar en el que se encuentra inscrito el registro civil, haciendo la aclaración que no todos los documentos que están en folio o tomo y que se localizan en las notarías correspondientes, están grabados en el sistema.

Como aporte a la consolidación y modernización, se puso a disposición de la ciudadanía el aplicativo de consulta del lugar de inscripción de registro civil, decisión que permite identificar el sitio donde fue registrada una persona. La consulta está habilitada para los registros civiles de nacimiento y matrimonio, lo cual permite buscar los documentos por diferentes criterios (nombres y apellidos, número de identificación, serial, etc.).

Recientemente y con el objetivo de mantener actualizada en tiempo real la información de los registros civiles de defunción – inscritos en las notarías del territorio nacional – , la Registraduría puso a disposición un aplicativo que permite el reporte de la información de los registros de defunción de los cuales se tengan noticias, esta información es cargada directamente al sistema.

El aplicativo permite el reporte de datos relacionados con las defunciones de hospitales, funerarias, cementerios y entidades competentes que reciban información de personas fallecidas, el

cual es validado por la entidad para efectos de inscripciones oficiosas de las defunciones.

Estos logros nos permiten trabajar en la ejecución de distintas medidas de seguridad afines a los parámetros con los que cuenta hoy en día la cédula de ciudadanía y la tarjeta de identidad.

Como característica de seguridad para el suministro de copias de registro civil, se implementó un adhesivo de seguridad que va en cada copia expedida por la Registraduría. Actualmente se encuentra en estudio un proyecto para la implementación de papel de seguridad en la inscripción y expedición de registros civiles.

Los avances anteriormente expuestos, acoplados con el cambio en el Estatuto de Registro Civil, norma que fue expedida hace más de 40 años, se convierten en la muestra de modernización que adelanta la entidad.

Vale recordar que en el 2010, a través del Artículo 118 de la Ley 1395, se logró eliminar el requisito de territorialidad en la inscripción del registro civil, disposición que le facilitó el trámite de manera clara, a quienes por distintas circunstancias no podían trasladarse a su lugar de origen.

Algo no menos importante tiene que ver con el “derecho a la identidad” del que gozan todos los niños, consagrado en el Código de la Infancia y Adolescencia, expedido en 2006, que viene ligado a la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por Colombia.

Es así como todos los niños y niñas colombianos tienen derecho a tener un registro civil de nacimiento desde sus primeros minutos de vida. Debido a esto como la entidad avanzó en la ejecución de una estrategia para que tanto clínicas como hospitales tengan un software de registro civil en sus áreas de parto. A la fecha, unos 518 mil registros han sido expedidos por los centros asistenciales inscritos en los 32 departamentos a nivel nacional.

Cada una de estas implementaciones nos ha hecho fuertes y consientes de la responsabilidad que como entidad, tenemos a la hora de registrar los procesos más importantes en la vida de un ciudadano.

Avanzar diariamente en la seguridad del documento, establecer estrategias de inscripción y expedición que le hagan la vida más sencilla al colombiano en sus trámites, son dos de las tareas que se trabajan de manera regular para consolidar al registro civil como la historia misma de cada uno de los habitantes a nivel nacional.

Por: Carlos Ariel Sánchez TorresRegistrador Nacional del Estado CIvil

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co444

¿Cuál es la prueba legal de la existencia jurídica de los ciudadanos que tienen derechos y obligaciones? La respuesta es una sola: el

registro civil. Para ello, al momento de nacer, al contraer matrimonio y al morir, el Estado debe tener conocimiento de la existencia, de los hechos y actos del ciudadano.

La modernización tecnológica que inició la Registraduría en el 2000, incluyendo la información del registro civil, ha permitido que la entidad cuente con herramientas avanzadas para que el sistema de identificación nacional sea uno de los mejores de la región.

El sistema de registro civil y el de identificación trabajan en conjunto, ya que para identificar a las personas se hace necesario realizar la consulta en la base de datos de registro civil, validando la información consignada en este documento, y efectuando finalmente la expedición de tarjetas de identidad y cédulas de ciudadanía.

El registro civil, la tarjeta de identidad y la cédula de ciudadanía son los documentos públicos que prueban legalmente la existencia de una persona, la individualiza y le permite acceder a los beneficios que otorga el Estado.

¿Por qué es tan importante el ¿Por qué es tan importante el registro civilregistro civil paraparalos colombilos colombianos?anos?

¿Por qué es tan importante el registro civil paralos colombianos?

Un poco de historiaDesde el 1 de enero de 1987 la Registraduría Nacional del Estado Civil asumió gradualmente la función del registro civil, según lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley 96 de 1985 y el artículo 217 del Decreto 2241 de 1986.

Posteriormente, el Decreto 1028 de 1989 asignó las funciones del Servicio Nacional de Inscripción (SNI) a la Registraduría Nacional del Estado Civil. En el mismo sentido, el artículo 266 de la Constitución Política de 1991 puso en cabeza del Registrador Nacional del Estado

Civil, la dirección y organización del registro civil.

En desarrollo del mandato constitucional, el Decreto 1669 de junio de 1997 suprimió la División Legal de Registro del Estado Civil que tenía la superintendencia de Notariado y Registro y ordenó trasladar sus funciones a la Registraduría Nacional.

Luego mediante la Resolución 5296 de noviembre de 2000, se autorizó a los notarios para prestar el servicio de registro del estado civil de manera compartida con los registradores de todo el país.

A partir del 1 de febrero de 2000 y con base en la Resolución 0146 del 18 de enero del mismo año, se adoptó el Número Único de Identificación Personal (Nuip), compuesto por 10 caracteres algunos de los cuales identifican la oficina donde se inscribió el nacimiento.

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad 555www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Registro civil de nacimiento:Registro civil de nacimiento:Registro civil de nacimiento:El registro civil de nacimiento es el documento que le permite al Estado

colombiano reconocer derechos y deberes a las personas. Constituye

la base de la identificación para todos y con él, nace la vida jurídica de

los colombianos.

De acuerdo al Decreto Ley 1260 de 1970, deben inscribirse los

nacimientos ocurridos en el territorio nacional y en el exterior, si el

nacido tiene padre o madre colombiano.

Los artículos 48 y 49 de este mismo Decreto, indican que la inscripción

del registro civil de nacimiento debe efectuarse dentro del mes

siguiente al nacimiento.

Registro civil de matrimonio:Registro civil de matrimonio:Registro civil de matrimonio:El matrimonio es un acto que afecta el estado civil de las personas, y para legalizar la existencia ante el Estado, el único documento público que lo respalda es el registro civil.

Se deben registrar matrimonios religiosos y civiles celebrados ante un juez o un notario. El Decreto 1260 de 1970, indica que cualquier persona que tenga cédula de ciudadanía puede solicitar la inscripción del matrimonio. Según la norma, a los 30 días siguientes de la celebración del matrimonio, debe realizarse la inscripción.

Registro civil de defunción:Registro civil de defunción:Registro civil de defunción:El registro civil de defunción es el documento mediante el cual se acredita legalmente el fallecimiento de una persona.

El artículo 73 del Decreto Ley 1260 de 1970, indica que, cuando se trata de muerte natural, el registro del fallecimiento debe registrarse dentro de los dos días siguientes al momento en el que se tuvo noticia del hecho. Si luego de dos días no se ha inscrito la defunción, sólo se podrá proceder mediante orden impartida por el inspector de policía. Cuando se trata de una muerte violenta, no existe un plazo determinado para registrarse ya que debe esperarse la orden judicial.

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El nacimiento de un niño llena de satisfacción y alegría un hogar, la llegada de este nuevo ser representa el compromiso de los padres por garantizar un buen

porvenir para el menor. En este sentido, el registro civil de nacimiento es el primer paso que deben tener en cuenta los nuevos padres para empezar con pie derecho su labor.

El registro civil de nacimiento es el único documento público que legalmente prueba la existencia de una persona. Es además la base para la identificación de los colombianos, pues con él se identifica una persona desde que nace hasta que cumple siete años, cuando debe tramitar su tarjeta de identidad.

¡No hay excusas para no adelantar la inscripción!El primer documento de identificación de un colombiano puede ser solicitado por los padres del recién nacido, sin embargo, ellos no son los únicos habilitados para hacer la solicitud.

Bisabuelos, abuelos o los parientes mayores más próximos al recién nacido tienen el visto de presentarse para inscribir al menor. Así mismo, el director del establecimiento público o privado en el que ocurrió el nacimiento o el defensor de familia, cuando se trate de menores de 18 años en proceso de restablecimiento de derechos, están autorizados para adelantar la inscripción al registro civil de nacimiento.

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Registro civil Registro civil de nacimiento: de nacimiento: Registro civil de nacimiento:

La inscripción al registro civil de nacimiento es el ingreso a los beneficios que otorga el Estado. Este documento da al recién nacido acceso a derechos como la salud, la educación, entre otros.

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad 777www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

presenciaron el nacimiento, o que hayan tenido noticia directa y fidedigna de su ocurrencia.

Si se solicita el trámite 30 días después del nacimiento de una persona, es necesario presentar alguno de los siguientes documentos:

• Certificado de nacido vivo

• Copia de las partidas parroquiales, respecto de las personas bautizadas en la iglesia católica, anexando certificación autentica de la competencia del párroco que celebró la ceremonia del bautismo.

• Anotaciones de origen religioso, correspondiente a las personas de otros credos, anexando certificación acerca de la celebración de convenio de derecho público interno entre la iglesia y el Estado colombiano.

• Declaración de dos testigos hábiles que hayan presenciado el nacimiento o que hayan tenido noticia directa y fidedigna de su ocurrencia.

Dichas declaraciones deben ser rendidas, bajo juramento y personalmente ante el mismo funcionario de registro civil o notario por quienes hayan presenciado, asistido o tenido noticia directa del nacimiento.

Las condiciones geográficas tampoco pueden ser excusa para no adelantar el trámite, pues con la aprobación del artículo 118 de la Ley 1395 en 2010, las personas pueden registrarse en cualquier parte del país y no solo en el lugar de nacimiento ya que “Todos los actos, hechos y providencias que deban inscribirse en el registro civil o que afecten el mismo, podrán inscribirse en cualquier oficina autorizada para cumplir con la función de registro civil del territorio nacional o en los consulados de Colombia en el exterior.”

En este sentido, usted podrá registrar a un menor de edad en Registradurías municipales, auxiliares y/o especiales, notarías, consulados y en algunas clínicas y hospitales que disponen de un convenio con la entidad para adelantar la inscripción a pocas horas del nacimiento.

¿Qué tener en cuenta para adelantar el registro?Entre más rápido se lleve a cabo el proceso de inscripción al registro civil de nacimiento, el bebé tendrá rápido acceso a los beneficios que ofrece el Estado. Es recomendable adelantar este proceso días después del nacimiento presentando los siguientes documentos:

• Certificado de nacido vivo.

• Declaración de dos testigos hábiles que

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Una vez tenga el documento, usted debe verificar que los datos de la inscripción sean correctos, la ortografía de los nombres del menor y la identificación de los padres del recién nacido.

Tenga en cuenta que del correcto diligenciamiento del registro civil de nacimiento dependen los futuros documentos que sean expedidos por un colombiano, pues este primer documento es la base para tramitar la tarjeta de identidad y posteriormente la cédula de ciudadanía.

Estadísticas de registro civil de nacimiento La coordinación de soporte técnico para registro civil e identificación informó que el promedio mensual de registros civiles de nacimiento es de 70.993.

Entre el 1 de junio de 2013 y el 31 de diciembre del mismo año, los departamentos de Cundinamarca, Atlántico, Valle, Bolívar, Santander, Meta, Córdoba y Antioquia fueron los que registraron la mayor cantidad de inscripciones.

Bogotá tuvo la inscripción de 6.208 registros, Malambo 2.275, Cali 1.996, Barranquilla 1.955, Cartagena 1.152 y Bucaramanga 1.112 registros.

Los corregimientos de El Encanto, La Victoria y Puerto Alegría en el departamento de Amazonas son los de menor cantidad de niños inscritos en el registro civil de nacimiento, seguido de Jericó, Antioquia y Busbanza en el departamento de Boyacá.

De la sala de parto al registro civilEl “derecho a la identidad” del que gozan todos los niños, consagrado en el Código de la Infancia y Adolescencia, expedido en 2006, que viene ligado a la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por Colombia, es pieza clave en el fortalecimiento del proceso de registro civil.

Conforme a ello, todos los niños y niñas colombianos tienen derecho a tener un registro civil de nacimiento, desde sus primeros minutos de vida. Es así como la entidad avanzó en la ejecución de una estrategia para que tanto clínicas como hospitales cuenten con un despliegue de software de registro civil en los centros hospitalarios. Desde el 2008 hasta la fecha, unos 518 mil registros han sido expedidos por los centros asistenciales inscritos en los 32 departamentos a nivel nacional.

Cundinamarca es el departamento con mayor número de registros civiles inscritos desde 2008. En esta zona del país,

167.416 bebés han pasado de la sala de parto a los brazos de un funcionario que les ha proporcionado el

documento con el cual obtienen uso de sus derechos y deberes consagrados en la constitución nacional.

En la lista siguen los departamentos de Casanare (32.627), Córdoba (30.001) y Tolima (25.573) que se han destacado por hacer uso del sistema.

La entidad ha venido haciendo un esfuerzo para que en los hospitales y clínicas que cuenten con este sistema, un funcionario del centro médico diligencie el serial de registro civil de nacimiento, el cual es revisado por el Registrador del municipio o de la localidad.

Cuando el Registrador firma el registro civil, éste adquiere plena validez y a partir de ese momento al bebé se le asigna un número único de identificación personal (Nuip), sistema de identificación compuesto por 10 números que permite que los colombianos tengan un único número para todos sus documentos desde el registro civil de nacimiento, la tarjeta de identidad hasta la cédula de ciudadanía.

Es así como, ahora, la Registraduría va al ciudadano y a través de de las estaciones de registro en clínicas y hospitales se registran los niños sin que los padres dilaten el proceso.

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El Registro Civil de Nacimiento es la base de la identificación, para que los bebés puedan acceder a servicios de salud, educación y

demás beneficios que ofrece el Estado.

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad101010 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

La legalización de una unión entre contrayentes ante el Estado colombiano está determinada por el registro civil de

matrimonio, que corresponde a este documento legal que expiden las Registradurías distribuidas a lo largo y ancho del territorio nacional, así como notarías, consulados y aquellas inspecciones de policía que están autorizadas para realizar la inscripción de este hecho.

En Colombia, los matrimonios se efectúan por dos vías: sea religioso, el cual llevan a cabo aquellas personas que profesan un culto, credo o religión y cuya unión se efectúa dentro de los parámetros que enmarca dicha creencia. La Ley 25 de 1992 en su artículo primero establece que "tendrán plenos efectos jurídicos los matrimonios celebrados conforme a los cánones o reglas de cualquier confesión religiosa o iglesia que haya suscrito para ello concordato o tratado de Derecho Internacional o convenio de

Derecho Público Interno con el Estado colombiano.”

También se expresa que "los acuerdos de que trata el inciso anterior solo podrán celebrarse con las confesiones religiosas e iglesias que tengan personería jurídica, se inscriban en el registro de entidades religiosas del Ministerio de Gobierno, acrediten poseer disposiciones sobre el régimen matrimonial que no sean contrarias a la Constitución y garanticen la seriedad y continuidad de su organización religiosa.”

Asimismo, está el matrimonio por vía civil, el cual se realiza ante un juez o un notario y cuya protocolización se hace ante el segundo.

¿Qué función cumple el registro civil de matrimonio?La inscripción del matrimonio a través del registro civil, será la prueba legal de la existencia de la unión conyugal civil o religiosa ante el Estado. Su existencia jurídica servirá para demostrar ante las autoridades administrativas o judiciales que se está casado o se posee algún vínculo matrimonial.

A través de este documento se pueden adelantar procesos como:•Sustitución de pensión.•Divorcios.•Cesación de los efectos civiles del matrimonio.•Solicitar cualquier auxilio o beneficio al que tenga derecho el conyugue.

Actualmente la legislación colombiana establece que el registro civil de matrimonio podrá ser solicitado por ambos contrayentes o por un ciudadano, quien deberá presentar su cédula de ciudadanía amarilla con hologramas, para hacer efectivo el trámite.

Por norma, los matrimonios deben ser registrados dentro de los 30 días siguientes a la celebración de éste. Aún así, si los contrayentes no efectuaron el registro dentro del plazo establecido, se podrá hacer posteriormente sin que sobre ellos recaiga cualquier tipo de multa o sanción.

En Colombia, aquellas personas que optan por contraer matrimonio, sea por la vía civil o religiosa, deben hacer la inscripción de éste a través del registro civil, que es el documento legal que prueba la existencia de dicha unión.

Un pacto Un pacto Un pacto conyugal conyugal conyugal con beneficioscon beneficioscon beneficios

Documentos a tener en cuentaDocumentos a tener en cuentaDocumentos a tener en cuentaRegistro civil de matrimonio religioso: aquellas personas que optaron por esta vía, para la inscripción del matrimonio deberán presentar la partida eclesiástica autenticada acompañada de la certificación de competencia del párroco que la celebró. Para el caso de matrimonios no católicos, se adjuntará el acta religiosa expedida por la iglesia o congregación donde se haya realizado la unión.

Registro de matrimonio por vía civil: se debe contar con la escritura de protocolización de la diligencia judicial o administrativa.

Ingrese a la página web de la Registraduría www.registarduria.gov.co, y haga clic sobre el banner “consulte aquí la oficina donde se encuentra su registro civil.”

Al ingresar, el servidor lo dirigirá automáticamente a un enlace en el que deberá seleccionar el botón “ingrese usuario público”. Usted podrá usar los filtros de búsqueda con las siguientes opciones: nombres/apellidos, documento (Nuip-NIP), todos los criterios y serial.

Al finalizar el proceso anterior, el usuario será remitido al sistema de consulta. En este punto se

deberán diligenciar los datos personales y después ingresar a la opción , “Buscar registro civil”es allí donde se dará respuesta a los campos que habilite la aplicación.

Si usted seleccionó previamente la opción , “Buscar registro civil”el sistema le abrirá la pantalla de consulta de acuerdo a su solicitud:

•Registro civil de nacimiento: el número de identificación personal, NIP o el Número Único de Información Personal (Nuip); nombres y apellidos, sexo serial del registro; fecha de inscripción, oficina de registro y tipo de registro civil.

•Registro civil de matrimonio: información de los contrayentes con relación al Número de Identificación Personal (Nip) o el Número Único de Información Personal (Nuip); nombres apellidos y sexo. Adelante

aparecerá la información del registro, tales como: serial, fecha de inscripción, oficina de registro y tipo de registro civil.

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5 Automáticamente usted podrá ver en su pantalla, la información que le permitirá recordar el lugar donde se inscribió su registro civil de nacimiento o matrimonio.

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05 DE JUNIO DE 1995

BARAHONA

CABALLERO

JAIR

FRANCISCO

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Cinco pasos útiles para la consulta web del lugar de ubicación de su registro civil de matrimonio o nacimiento

A través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil los colombianos pueden www.registraduria.gov.co,consultar el lugar dónde está registrado su nacimiento o matrimonio.

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Registro de defunción: el Registro de defunción: el Registro de defunción: el

¿Sabe usted cuál es el documento que acredita legalmente el fallecimiento de un ciudadano? ¿Tiene conciencia de la importancia de tramitar

este registro?

En el registro de defunciones se inscriben las muertes que ocurran en el territorio nacional, las defunciones de colombianos por nacimiento o por adopción, y las de extranjeros residentes en el país, que ocurran fuera de éste. Esto siempre y cuando así lo solicite el interesado que acredite el hecho o las sentencias judiciales ejecutoriadas que declaren la presunción de muerte por desaparecimiento.

Cuando un ciudadano fallece, el artículo 1 del Decreto 1536 de 1989 establece que la inscripción en el registro civil de defunción se debe hacer en un plazo de dos días. Los encargados del registro civil deben enviar a la Registraduría Nacional, por medio de los Registradores Municipales y Especiales, una copia auténtica de los registros de defunción dentro de los cinco primeros días

de cada mes. Es aquí donde se cancelarán las cédulas de las personas fallecidas.

Estas son las causas de las muertes registradas en el registro civil de defunción:

Fallecimiento por causa natural: es certificado por un médico en los dos primeros días de la muerte. En caso de que en el lugar del fallecimiento no se encuentre ningún médico, se debe acudir a un inspector de policía con dos testigos que hayan presenciado el hecho y explicar por qué no se certificó la muerte en los dos días hábiles, para que de esta manera se pueda registrar el fallecimiento.

Fallecimiento por muerte violenta: es aquel que no tiene término de registro ya que las autoridades deben realizar la investigación, es certificado por orden judicial y la autoridad encargada ordena la defunción.

Presunción de muerte: es cuando una persona desaparece y sus familiares asumen que ha muerto. El único documento que deben presentar para certificar este fallecimiento es una sentencia judicial que se profiere dos años después de la desaparición.

El registro civil de defunción está compuesto por un original y dos copias: el original se queda en la oficina de registro, la primera copia está destinada a la Dirección Nacional de Registro Civil de la Registraduría Nacional y la segunda copia es para el usuario.

El registro civil de defunción es el último El registro civil de defunción es el último acto del estado civil de la persona. acto del estado civil de la persona. Aunque usted no lo tenga en cuenta, es Aunque usted no lo tenga en cuenta, es necesario registrar la muerte. necesario registrar la muerte.

El registro civil de defunción es el último acto del estado civil de la persona. Aunque usted no lo tenga en cuenta, es necesario registrar la muerte.

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Así afecta el registro civil de defunción la vigencia de la cédula Para realizar la cancelación de la vigencia de la cédula se debe contar con un registro civil de defunción que se

solicita ante una Registraduría o notaría. Este documento a su vez se sustenta en el certificado de defunción expedido por el médico, en una orden judicial expedida por el juez o fiscal, o en la declaración de dos testigos.

La cédula de ciudadanía de un colombiano está vigente en las bases de datos de la Registraduría, mientras no exista inscrito un registro civil de defunción. Una vez se registra una muerte, el documento de identidad del ciudadano es dado de baja en las bases de datos de la entidad.

Con este documento, la Registraduría Nacional, luego

final del ciclo de la vida final del ciclo de la vida final del ciclo de la vida de verificar en las bases de datos del sistema de identificación, informa a los ciudadanos sobre el estado de una cédula de ciudadanía expedida por la entidad. Esta puede estar “vigente”, “cancelada por muerte”, o con “pérdida de derechos políticos”, entre otras novedades, dependiendo de las circunstancias de cada persona.

El certificado de vigencia de la cédula se usa especialmente para acceder a pensiones, empleo, o para demostrar que la persona tiene vigentes sus derechos ciudadanos, caso en el cual así se certificará.

El registro de defunción se refleja en el censo electoralLa depuración del censo electoral es una labor permanente que se adelanta todos los días y no sólo en época preelectoral, ya que las normas vigentes y los procedimientos internos de la Registraduría prevén que en el Archivo Nacional de Identificación (ANI) se reflejen todas las defunciones de los colombianos.

Hoy en día, con base en la información que reposa en el Archivo Nacional de Identificación, se actualiza el censo electoral. Esto quiere decir que el ANI y el Censo Electoral son dos bases de datos diferentes, pero la actualización del ANI impacta las altas y bajas en el censo.

De acuerdo con el artículo 74 del Decreto 1260 de 1970, cuando una persona fallece, le corresponde este deber a una de las siguientes personas:

• El cónyuge sobreviviente.

• Los parientes mayores más próximos.

• Las personas que habiten en la casa donde ocurrió el fallecimiento.

• El médico que atendió al difunto en su última enfermedad.

• La funeraria que atienda su sepultura.

• Cuando la defunción ocurre en un establecimiento público o privado, esta será denunciada por el director o administrador del mismo.

• La autoridad de policía que encuentre el cadáver de una persona desconocida o que no sea reclamado.

Quién debe denunciar la defunción de un ciudadanoQuién debe denunciar la defunción de un ciudadanoQuién debe denunciar la defunción de un ciudadano

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Se adelantan Se adelantan seminarios seminarios de de registro civilregistro civilen Nariño y Chocóen Nariño y Chocó

Se adelantan seminarios de registro civilen Nariño y Chocó

Prepararse y actualizar conocimientos con la intención de prestar un mejor servicio, ese es el objetivo primordial de cada uno de los

funcionarios que pertenece a la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Para la Registraduría a nivel nacional, los registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción, no representan un simple papel. Por esta razón, desde la Dirección Nacional del Registro Civil, se han venido aprovechando espacios para avanzar en procesos de socialización y capacitación, que les sirvan a los funcionarios para mejorar en los procesos, que en materia de registro civil, se adelantan actualmente.

Todo esto con el fin de establecer un lenguaje común y generar acuerdos y compromisos con diferentes sectores y agentes, que permitan realizar acciones conjuntas y coordinadas que garanticen un excelente servicio para los colombianos. Chocó y Nariño son dos departamentos que han encontrado la oportunidad de especializarse en temas de registro.

En el ChocóCon el fin de retroalimentar y capacitar a los Registradores y funcionarios de otras entidades, Fernando René Rivas Pachón y Jaime Gabriel García Mosquera, Delegados Departamentales del Chocó, participaron en una capacitación que tuvo como temas principales, el diligenciamiento de certificado de nacido vivo y de defunción, los cuales rigen a nivel nacional para personas nacidas y fallecidas a partir del primero de enero de 1998.

La capacitación, que tuvo lugar el pasado 28 y 29 de agosto, se llevó a cabo en el Sena de la ciudad de Quibdó, y estuvo dirigida a funcionarios de las Registradurías Municipales, ICBF, hospitales y notarios del departamento.

Jornadas de capacitación actualizan a Jornadas de capacitación actualizan a Registradores, notarios y funcionarios Registradores, notarios y funcionarios que manejan registro civil en el ICBF y que manejan registro civil en el ICBF y hospitales. hospitales.

Jornadas de capacitación actualizan a Registradores, notarios y funcionarios que manejan registro civil en el ICBF y hospitales.

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad 151515www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Durante el evento se contó con la participación del Dr. Fridole Ballén Duque, Registrador Delegado para el Registro Civil y la Identificación y el Dr. Carlos Alberto Monsalve Monje, Director Nacional de Registro Civil.

Temas jurídicos y técnicos sobre el registro civil, fueron expuestos por los funcionarios de oficinas centrales, Ludys Emilse Campo y Carlos Alberto Martínez; en la parte técnica, la inducción estuvo a cargo de Edgar Darío Pinto Espinoza y Luz Clemencia Rozo.

La Dra. Daylester Vaca Mena del Departamento Administrativo Nacional (DANE), trató el tema de “Sensibilización en Estadísticas Vitales”.

Registradores Especiales y Municipales encargados de la función de registro civil, al igual que funcionarios de la Superintendencia de Notariado y Registro, la Unión Colegiada de Notarios, y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), estuvieron al tanto de estas charlas.

El seminario buscó fortalecer y actualizar temas concernientes al registro civil de nacimiento, matrimonio y defunción. Durante el evento se explicó la normatividad vigente del registro civil, así como el mejoramiento de competencias laborales y calidad en los procesos asociados al registro civil mediante talleres de casos prácticos.

Para el Delegado de Chocó, Fernando René Rivas, el registro civil es la razón de ser de la

identificación de los colombianos. Aclaró que es el instrumento tanto legal como administrativo, por medio del cual el Estado reconoce los derechos y los deberes de los colombianos frente a la sociedad y la familia. Además resaltó la importancia de actualizar a los Registradores y demás funcionarios en inducciones como mecanismos esenciales de un trabajo óptimo.

¿Cuáles son los problemas más frecuentes que se dan en registro civil? Es una pregunta que se hace constantemente en estos talleres. Los Delegados Jorge Elías Lasso y Fernando Rivas dicen que en estos espacios se habla mucho de las correcciones de registro civil (año, mes, día) por enmendaduras o por equivocación, o el numero de cédula de testigos equivocado; también se hace énfasis en la falta de firma de quien actualiza el registro y las consecuencias de falta de interpretación en la normatividad del registro civil.

“Las correcciones de registro civil por enmendaduras o por equivocación en el número de cédula o testigos equivocados, son los problemas más frecuentes que se dan en el registro civil de nacimiento, por lo cual es necesario refrescar todos los conocimientos sobre estos temas en nuestros funcionarios”, afirmó.

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad161616 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

El taller de registro civil que se adelanta en PastoRegistradores, notarios y otros funcionarios registrales en el departamento de Nariño participan del seminario de registro civil en el mes de septiembre, en la ciudad de Pasto.

El proceso de registrar la vida civil de los colombianos constituye una parte importante de la misión que constitucionalmente le fue confiada a la Registraduría Nacional del Estado Civil y se materializa con la expedición del registro civil.

Los Delegados Departamentales de Nariño, Lucio Franco Bravo y Jaime Ecdivar Santander Alvear, creen que el objetivo de estas charlas responde a poder implementar un sistema de capacitación permanente que permita el intercambio de experiencias y buenas prácticas registrales y de identificación en el departamento, asegurando la capacidad técnica y operativa de los funcionarios de los registros civiles.

Durante los seminarios se habla principalmente de los tres registros civiles que existen en Colombia: registro civil de nacimiento, registro civil de matrimonio y registro civil de defunción. Así mismo se hace énfasis en la importancia de cada uno de estos y en el adecuado diligenciamiento de los formatos.

Tanto Lucio Bravo como Jaime Santander, argumentan que el registro civil es el instrumento, tanto legal como administrativo, por medio del cual el Estado reconoce los derechos y los deberes de los colombianos frente a la sociedad y la familia.

“Estos procesos de capacitación se han venido abarcando progresivamente al personal de todas las delegaciones. La Dirección de Registro Civil siempre es consciente de que se requiere de formación en todos los trabajadores para que ellos se encuentren actualizados en el manejo de los procesos”, destacó el Delegado de Nariño, Lucio Franco Bravo quien resalta que “hay un avance importante en este sentido, ya que contamos actualmente con 64 Registradurías en el departamento que deben estar coordinadas en el manejo de todos los procesos de registro civil”.

Estos eventos de aprendizaje sirven para refrescar conocimientos en cuanto al diligenciamiento y elaboración oportuna de estos instrumentos de identificación y legalización. También se busca fortalecer el mejoramiento en el servicio y propender por una inscripción confiable, que concrete la garantía fundamental de la personalidad jurídica, así como el ejercicio de derechos y el goce de beneficios otorgados por el Estado.

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad181818 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Diligencie bien el registro civil y no se gane problemas

1. Datos de la Oficina de Registro – Clase de Oficina: se marca con una x la clase de oficina a la cual se está informando. Además se debe inscribir el número, código y lugar de la oficina que realiza el registro.

2. Datos al inscrito al registro civil: nombres y apellidos completos, fecha y lugar de nacimiento del inscrito al registro civil; sexo, grupo sanguíneo con factor RH del inscrito y el tipo de documento antecedente (certificado de nacido vivo o la declaración bajo juramento de dos testigos).

3. Datos de la madre: nombres y apellidos de la madre del inscrito, clase y número de documento de identificación y su nacionalidad.

4. Datos del padre: nombres y apellidos del padre del inscrito, clase y número de documento de identificación y su nacionalidad.

Los registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción, son documentos fundamentales en la vida jurídica de los colombianos. Por esto, su diligenciamiento debe hacerse de

manera correcta y precisa.

Las personas que realizan la inscripción en dichos registros deben verificar los datos y confirmar que no existan inconsistencias, pues

esto evita que posteriormente se deban hacer trámites engorrosos y que tomen tiempo.

¡Consejo! Leer muy bien los registros civiles antes de salir del lugar de inscripción para contrastar la información. Es el momento más oportuno para realizar cualquier cambio.

Al casarse Al casarse Al casarse

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Al nacer Al nacer Al nacer

5. Datos del declarante: nombres y apellidos de la persona que declara el nacimiento, clase y número de documento de identificación y su firma.

6. Datos de los testigos en el caso de tener la declaración juramentada: nombres y apellidos de los testigos, clase y número de documento de identificación y la firma.

7. Fecha de inscripción: año, mes y día de la inscripción al registro civil de nacimiento, junto con el nombre y firma del funcionario que autoriza.

8. Espacio de notas: se anotan novedades al momento de diligenciar el registro civil y la inscripción de actos relativos al estado civil de las personas, especialmente las legitimaciones, adopciones, entre otros.

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad 191919www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Diligencie bien el registro civil y no se gane problemas1. Número serial: número con el que se identifica la inscripción del matrimonio para efecto de control de archivo.

2. Datos de la oficina de registro: en la clase de oficina se marca con una x el lugar donde se realiza el trámite. En el código se escribe el número que posee cada oficina de registro.

3. Datos del matrimonio: En este espacio van los datos del lugar de la celebración de la unión. El país, el departamento, el municipio, la fecha de la celebración, la clase de matrimonio y el tipo de documento que se aporta.

4. Datos de los contrayentes: nombre completo y número de identificación de cada uno de los esposos.

5. Datos del denunciante: nombre de la persona mayor de edad que solicita el registro.

6. Fecha de inscripción: año, mes y día de la inscripción del registro de matrimonio; también el nombre y firma del funcionario que autoriza.

7. Capitulaciones matrimoniales: acuerdos que celebran los esposos antes de contraer matrimonio, relativos a los bienes que aportan al vínculo; donaciones y concesiones que quiera hacer la pareja en un presente o futuro.

8. Hijos legitimados por el matrimonio: nombre de los menores que hayan nacido antes de la unión.

9. Providencias: se anotan providencias que afecten el matrimonio como separaciones, cesación de efectos, nulidades.

10. Espacio para notas: novedades al momento de diligenciar el registro civil y la inscripción de actos relativos al estado civil de las personas, especialmente las legitimaciones, adopciones, entre otros.

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4. Datos del denunciante: apellidos y nombres de quien informó la muerte de la persona. Documento de identificación (clase y número) y firma.

5. Primer testigo: apellidos y nombres de la persona que presenció la muerte. Documento de identificación (clase y número) y firma del testigo.

6. Segundo testigo: apellidos y nombres de la persona que presenció la muerte. Documento de identificación (clase y número) y firma del segundo testigo.

7. Fecha de inscripción: año, mes y día de la inscripción del registro civil de defunción. Nombre y firma del funcionario que autoriza.

8. Espacio de notas: en caso de que se deba corregir algún dato del registro, se diligenciará otro registro civil de defunción, y en esta casilla se hará la observación de que el nuevo serial remplazará al anterior.

9. Presunción de muerte: nombre y lugar del juzgado que presentó la sentencia. Año, mes y día en que se declaró la sentencia. Se marca con una x si el documento presentado fue judicial (muerte violenta) o certificado médico (muerte natural). Nombre completo del funcionario que certificó la muerte, ya sea médico o juez.

1. Datos de la oficina de registro: en la clase de oficina se marca con una x el lugar en el que se realiza el trámite. En el código se escribe el número de la oficina encargada de realizar el registro.

2. Datos del inscrito: apellidos y nombres completos de la persona fallecida. Documento de identificación (clase y número): registro civil de nacimiento, tarjeta de identidad, cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o pasaporte con su número. Sexo (en letra): masculino o femenino.

3. Datos de la defunción: lugar de defunción (país, departamento, municipio, corregimiento y/o inspección de policía). Fecha (año, mes, y hora exacta del fallecimiento). Número de certificación de defunción (dado por el médico, en caso de muerte natural o por un juez por muerte violenta).

Al morirAl morirAl morir

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad202020 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Y usted, ¿qué conoce acerca del registro civil?

¿Qué es el registro civil?El registro civil es el instrumento, tanto legal como administrativo, por medio del cual el Estado reconoce la personalidad jurídica, los derechos y los deberes de los colombianos frente a la sociedad y la familia.

¿Cuáles son los requisitos para realizar la inscripción al registro civil de nacimiento? Los requisitos para realizar la inscripción son:

• Acudir a cualquier Registraduría, Notaría, Consulado o Inspección de Policía con el niño, para tomarle las huellas.

• Si el bebé tiene un mes de nacido o menos, llevar el certificado de nacido vivo expedido por el centro hospitalario.

• Si no se cuenta con el certificado de nacido vivo, se debe hacer declaración bajo juramento de dos testigos que tengan noticia o hayan presenciado el nacimiento.

• Si el niño tiene más de un mes de nacido, se deben presentar alguno de los anteriores documentos, o la partida de bautizo.

• La inscripción en el registro civil es gratuita.

¿Cuántos tipos de registro civil existen?En la actualidad existen tres tipos de registro civil. El primero y con el que se nace a la vida jurídica es el registro civil de nacimiento; en segundo lugar está el registro civil de matrimonio con el que se legaliza esta unión frente al Estado, y por último el registro civil de defunción con el que se acredita el fallecimiento de una persona.

¿Quiénes deben solicitar la inscripción al registro civil de nacimiento? Según el Decreto 1260 de 1970 en el artículo 45, la

inscripción en el registro la deben realizar el padre o la madre del recién nacido. Sin embargo, también lo pueden realizar los abuelos, bisabuelos o tatarabuelos (ascendientes), los parientes mayores más próximos, el

director o administrador del establecimiento público o privado en que haya ocurrido el nacimiento, la persona que haya recogido al recién nacido abandonado, el director o administrador del establecimiento que se haya hecho cargo del recién nacido o el propio interesado mayor de 18 años.

¿Dónde se debe realizar la inscripción al registro civil de nacimiento? Actualmente es posible realizar la inscripción al

registro civil de nacimiento en cualquier Notaría, Registraduría o Consulado, independiente de la fecha y el lugar en el que se haya ocurrido. El artículo 118 de la Ley 1395 de 2010 eliminó el requisito de la territorialidad para acceder al registro civil y facilita este trámite para cientos de colombianos de escasos recursos, o habitantes de zonas apartadas.

Nuestra IdentidadNuestra IdentidadNuestra Identidad 212121www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Si nunca fui registrado, ¿qué debo hacer? Si después del mes de nacido aún no se ha realizado el trámite, se debe acudir a la Registraduría con el

certificado de nacido vivo expedido por el centro hospitalario, o la declaración bajo juramento de dos

testigos que tengan noticia o hayan presenciado el nacimiento, en cualquier lugar del país.

¿Cómo puedo solicitar una copia del registro civil de nacimiento? Usted debe consignar el valor de la copia que tiene un costo de 5 mil 850 pesos en el Banco Popular o el Banco Agrario, y acudir con la consignación a la Registraduría

donde esté registrado. Es importante que el ciudadano exija el adhesivo de seguridad en el registro civil para garantizar un adecuado recaudo y seguimiento del dinero depositado.

¿Quién debe registrar el matrimonio? El matrimonio puede ser registrado por cualquier persona que tenga cédula de ciudadanía.

¿Qué diferencia hay entre registrarlo en la Notaría o en la

Registraduría? Ninguna. Las Notarías, los Consulados y varias

inspecciones de policía están autorizadas para realizar la inscripción del registro civil

de matrimonio, que también se puede adelantar en cualquier Registraduría del país.

¿Qué pasa si no se registra el matrimonio? Si el matrimonio no es registrado no hay manera de probar

legalmente su existencia, lo cual puede ser determinante en procesos de sucesiones, sustituciones

pensionales y otros.

¿Qué matrimonios se deben registrar? Todos los matrimonios católicos, civiles y de otros cultos con personería jurídica inscritos ante el Ministerio del Interior.

De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 25 de 1992, "Tendrán plenos efectos jurídicos los matrimonios celebrados conforme a los cánones o reglas de cualquier confesión religiosa o iglesia que haya suscrito para ello concordato o tratado de derecho internacional o convenio de derecho público interno con el Estado colombiano.

"En tales instrumentos se garantizará el pleno respeto de los derechos constitucionales fundamentales".

¿Cuáles son los requisitos esenciales del registro civil de matrimonio? Los requisitos esenciales

del registro civil de matrimonio son: nombres de los contrayentes, fecha, lugar de contrato; despacho, parroquia o

sacerdote que lo celebró.

¿Qué es el registro civil de defunción? Es el documento legal a través del cual el Estado colombiano acredita el fallecimiento de una persona.

El artículo 1 del Decreto 1536 de 1989 establece un plazo de dos días, si fue por muerte natural, para hacer la inscripción en el registro civil de defunción. El artículo 69 del Código Electoral ordena a los encargados del registro civil enviar a la Registraduría Nacional del Estado Civil, por medio de los Registradores, copia auténtica de los registros civiles de defunción dentro de los cinco primeros días de cada mes para cancelar las cédulas de las personas fallecidas.

¿Cómo está compuesto el registro civil de defunción? El registro civil de defunción está compuesto por un

original y dos copias: el original se queda en la oficina de registro, la primera copia está destinada a la Dirección Nacional de Registro Civil de la Registraduría Nacional y la segunda copia es para el usuario.

¿Qué plazo tengo para registrar el matrimonio después de que éste se celebra? Por norma, los

matrimonios se deben registrar dentro de los 30 días siguientes a la celebración del mismo. Sin embargo, si no se registró dentro de ese término, el trámite se puede realizar posteriormente sin multas o sanciones.

Registraduría en cifrasRegistraduría en cifrasRegistraduría en cifras 232323www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Inscripción Inscripción NacimientoNacimientoInscripción Nacimiento

Inscripción Inscripción MatrimonioMatrimonioInscripción Matrimonio

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EneroEneroEnero

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MarzoMarzoMarzo

MarzoMarzoMarzo

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AbrilAbrilAbril

AbrilAbrilAbril

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MayoMayoMayo

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RegistraduríaRegistraduría

NotaríaNotaría

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1.9131.913

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4.3804.380

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16.53916.539

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432.009432.009

10.02610.026

42.03542.035

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1.6211.621

2.0202.020

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3.9743.974

13.80013.800

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7.9957.995

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3.0563.056

1.7231.723

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8.4908.490

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4.1344.134

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1.0791.079

4.0514.051

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5.2765.276

11.37611.376

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290.712290.712

60.12760.127

350.839350.839

290.712

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16.38616.386

11.92411.924

28.31028.310

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31.661

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Cerca de 500 mil registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción se han expedido en 2014

Total 38.568Total 38.568Total 38.568

Registro civil de nacimiento en clínicas y hospitales (2014)Registro civil de nacimiento en clínicas y hospitales (2014)Registro civil de nacimiento en clínicas y hospitales (2014)

38.568 bebés han recibido registro38.568 bebés han recibido registrocivil en clínicas y hospitales, en 2014civil en clínicas y hospitales, en 2014

38.568 bebés han recibido registrocivil en clínicas y hospitales, en 2014

Registro civil de nacimiento Registro civil de nacimiento Registro civil de nacimiento

Registro civil de matrimonioRegistro civil de matrimonioRegistro civil de matrimonio

Registro civil de defunciónRegistro civil de defunciónRegistro civil de defunción

AmazonasAmazonasAmazonas

454545

AntioquiaAntioquiaAntioquia

2.2462.2462.246

1.8431.8431.843

242424

AraucaAraucaArauca

835835835

268268268

1.0581.0581.058

845845845

985985985

2.2792.2792.279

587587587

1.2371.2371.237

424242

1.0191.0191.019

12.55312.55312.553

132132132

124124124

2.7002.7002.700

1.1951.1951.195

280280280

692692692

923923923

323232

452452452

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727272

2.6672.6672.667

964964964

1.4791.4791.479981981981

444

AtlánticoAtlánticoAtlántico

San AndrésSan AndrésSan Andrés

BogotáBogotáBogotá

BolívarBolívarBolívar

BoyacáBoyacáBoyacáCaldasCaldasCaldas

CaquetáCaquetáCaquetá

CasanareCasanareCasanare

CaucaCaucaCauca

CesarCesarCesar

CórdobaCórdobaCórdoba

CundinamarcaCundinamarcaCundinamarca

ChocóChocóChocó

GuainíaGuainíaGuainía

GuaviareGuaviareGuaviare

HuilaHuilaHuila

La GuajiraLa GuajiraLa Guajira

MagdalenaMagdalenaMagdalena

MetaMetaMeta

NariñoNariñoNariño

Norte deNorte de

SantanderSantander

Norte de

Santander

PutumayoPutumayoPutumayo

QuindíoQuindíoQuindío

RisaraldaRisaraldaRisaralda

SantanderSantanderSantander

SucreSucreSucre

TolimaTolimaTolimaValleValleValle

VaupésVaupésVaupés

VichadaVichadaVichada

Nuestro Talento HumanoNuestro Talento HumanoNuestro Talento Humano242424 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

¿SIGEP?¿SIGEP?¿SIGEP?¿Qué es el SIGEP?, tal vez es el cuestionamiento que todos

los servidores públicos de la Registraduría Nacional, nos hemos realizado durante los últimos días, sin embargo, este

no es un concepto nuevo y ajeno a nosotros en los últimos años.

No obstante, para contextualizarnos, SIGEP es el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público, el cual corresponde al Sistema General de Información Administrativa del que trata la Ley 909 de 2004, definido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, como la Herramienta tecnológica que servirá de apoyo a las entidades en los procesos de planificación, desarrollo y la gestión del recurso humano al servicio del Estado.

El Departamento Administrativo de la Función Pública es la entidad encargada de la administración del SIGEP, pero es obligación de las entidades, el registro y la veracidad de la información reportada en los subsistemas de organización institucional, servicio al cliente y recursos humanos; en este último subsistema existe una responsabilidad compartida entre los servidores públicos y el jefe de recursos humanos de cada entidad.

SIGEP

Alta Dirección

Jefes deRecursos Humanos

Servidores Públicos

DAFP

JefesControl Interno

Fuente: DAFP, Agosto 2014

Nuestro Talento HumanoNuestro Talento HumanoNuestro Talento Humano 252525www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Dentro del proceso de implementación programada por el DAFP , la Registraduría Nacional ha desarrollado por intermedio de la Gerencia del Talento Humano, pruebas piloto durante el 2012 y 2013, periodos durante los cuales se realizó un cargue masivo de los servidores públicos de la sede central, en el modulo de Hoja de Vida y el diligenciamiento de la declaración de bienes y rentas del subsistema de recursos humanos, buscando la adaptación del sistema a las necesidades de la entidad por su carácter especial; igualmente, durante agosto de 2013 en la ciudad de Bogotá, la Registraduría y el DAFP capacitaron a los encargados de talento humano de cada una de las circunscripciones electorales, sobre el diligenciamiento en línea de las hojas de vida y declaración de bienes y rentas.

Finalmente y en concordancia a las directrices del DAFP, que en cumplimiento de la Ley 1712 de 2014 que habla de la transparencia de la información y de la obligatoriedad de las instituciones de publicar los datos y facilitarlos a todos los ciudadanos, estableció el plazo para la actualización de las hojas de vida de los servidores del nivel central y desconcentrado. Debido a esto el Registrador Nacional expidió las circulares 230 y 234 de agosto de 2014, mediante las cuales invitó a cumplir con el deber que tenemos todos los servidores públicos de realizar el registro y/o actualización del módulo de hoja de vida.

1. Departamento Administrativo de la Función Pública

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Nuestro Medio AmbienteNuestro Medio AmbienteNuestro Medio Ambiente262626 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Medio ambiente, un compromiso de todosL

os instrumentos electrónicos que usamos en la oficina y el hogar son actualmente parte

fundamental del desarrollo de las actividades diarias del ser humano, fomentando de manera considerable la generación de nuevos aparatos para lograr cubrir la necesidad de consumo de la sociedad lo cual, de manera paralela, aumenta exponencialmente la cantidad de basura electrónica que ingresa a la cadena de desechos.

Según un estudio realizado por la Asociación Nacional de Industriales (ANDI), América Latina genera al año aproximadamente 120 mil toneladas de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, entre los que se encuentran neveras, televisores, planchas, computadores, celulares, memorias USB y pilas. Estos, en su mayoría van a dar a los rellenos sanitarios y solo entre el 1,5% y el 3% se reciclan.

Por su parte, el Centro Nacional de Tecnologías más limpias y el Instituto Federal Suizo estiman que una persona puede desechar al año de tres a cuatro pilas, de una a dos bombillas, un electrodoméstico, un aparato electrónico, una batería, un cartucho de impresión y un teléfono celular.

Estos aparatos vitales para la sociedad actual, están compuestos por químicos muy tóxicos tales como plomo, cadmio, mercurio, arsénico y níquel. Estos componentes pueden causar daños cerebrales y hepáticos en el ser humano; los mismos que al ser expuestos al ambiente y mezclarse con los lixiviados (líquido producido por descomposición de desechos), se filtran en el subsuelo llegando a cuerpos de agua y poniendo en riesgo animales y plantas.

Para entender lo que estos elementos pueden generar, veamos las siguientes cifras:

Un teléfono celular que termina en un botadero de basura puede contaminar 132 mil litros de agua.

Una pila alcanina que entre en contacto con fuentes de agua puede contaminar 3 mil litros de agua.

Al quemar el plástico en el que se dejan los residuos se generan dioxinas y furanos, sustancias altamente peligrosas para la piel y el sistema respiratorio, además de las emisiones que contribuyen al calentamiento global.

Un computador portátil contiene en promedio nueve sustancias químicas tóxicas, entre las que se encuentran plomo, arsénico, cobalto y mercurio.

Un televisor LCD de 32 pulgadas contiene ocho miligramos de mercurio, los cuales pueden llegar a contaminar ocho metros cúbicos de agua.

¿Cómo reciclar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos?¿Cómo reciclar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos?¿Cómo reciclar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos?La mejor manera de contribuir con el cuidado del medio ambiente es el reciclaje ya que reutilizar algunos aparatos disminuye la probabilidad de sacrificar la naturaleza. Tenga en cuenta algunas recomendaciones para un reciclaje efectivo:

Reducir en lo posible su uso, tener solo los necesarios.

Reutilizarlos para darles una vida más larga. Si aún funcionan los aparatos, pueden ser donados.

Reciclarlos: si el aparato no funciona y se compra uno nuevo, entregar, donar o vender el aparato que no está en uso. Algunos establecimientos los reciben y los arreglan para venderlos nuevamente.

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Por: Fanny Pulecio Antolinez - PsicólogaGrupo de Desarrollo Integral del Talento HumanoEmail: [email protected]ólogos y

cien�ficos revelan los secretos del amor

Sigmund Freud creía que el amor era la mitad de la vida de una persona. Suponía que alguien gozaba de buena salud psíquica si estaba en condiciones de amar y de trabajar. Más allá del

psicoanálisis, no existe modelo o línea de pensamiento que hoy pueda oponerse a la idea de que, en definitiva, el amor es el motor de la vida.

De padres e hijos, entre los amigos y miembros de la comunidad. Existen distintos tipos de amor, pero el amor de pareja es el que, además de proyectarnos compartiendo la vida junto a otra persona, facilita o enmarca otro de los objetivos esenciales: los hijos.

Dejando de lado toda la literatura romántica, la ciencia encuentra que el amor es una emoción compleja, una construcción hipotética

determinada por cientos de conexiones, posibilidades e interpretaciones. Un sentimiento que, muy a a pesar del mercadeo, tiene sus bases orgánicas en el cerebro y no precisamente en el corazón. Estamos genéticamente

programados para amar y los genes se activan gracias a la química cerebral: la oxitocina despierta las primeras instancias de la seducción, el encuentro y la permanencia.

Más allá de los flechazos de cupido, directo al cerebro que también late de amor, es saludable entender que este sentimiento es una construcción en el tiempo constituida por etapas, instancias o momentos.

Según pasan los añosHay que contemplar los tiempos históricos, sociales y culturales. Recién avanzado el siglo XX fue posible pensar en vínculos de más de 20 años. El avance de la medicina y la prolongación de la vida suponen relaciones de una extensión inimaginable.

La psiquiatra Cecilia Kurganoff dice que “crecimos pensando en el amor según los cuentos de la infancia. Blanca Nieves, Cenicienta, La Bella Durmiente, todas esperaban un príncipe azul joven, bello, rico y poderoso. Con el tiempo hemos comprobado entre otras cosas, que el príncipe azul se destiñe con el primer lavado.”

Está claro que no nacimos para estar solos, también que cada persona sabe cómo y hasta dónde configura o puede habilitar una relación de amor en pareja. Puede decirse que el amor es una elección con las mejores intenciones.

Auténtico y “duradero”. El amor de pareja debe generar un ámbito de protección y de cuidado. Ayuda saber que hay conflictos y crisis, que el amor implica placer y disfrute, que en los diferentes momentos de la vida, la pareja busca cosas distintas, y que realizar los ajustes necesarios puede ser la base para la continuidad.

Parece ser que el amor dura en tanto en cuanto elijamos y sepamos transitar el camino hacia el bienestar físico y emocional de uno, del otro, de los dos, siempre teniendo en cuenta que el amor es una decisión y que mientras se decida amar, se construirá día a día la relación.

Fuente:Eduardo Chaktoura- El Tiempo- 7 de diciembre del 2011.

¿Qué es el amor de pareja y por qué es necesario? ¿Dura poco o mucho? Expertos lo explican.

Registraduría en el mundoRegistraduría en el mundoRegistraduría en el mundo282828 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Registraduría par�cipa en la VI ConferenciaRegistraduría par�cipa en la VI Conferenciasobre Jus�cia Electoral en Cancún, Méxicosobre Jus�cia Electoral en Cancún, México

Registraduría par�cipa en la VI Conferenciasobre Jus�cia Electoral en Cancún, México

La Conferencia Iberoamericana sobre Justicia Electoral busca reunir experiencias y conocimientos de los distintos procesos electorales a nivel regional.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México y el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral, IDEA Internacional, extendieron una

invitación a la Registraduría Nacional del Estado Civil para participar en la VI Conferencia Iberoamericana sobre Justicia Electoral, que se llevó a cabo en Cancún, México.

Al evento realizado del 27 al 30 de agosto, asistió en representación de la entidad, el Registrador Nacional del Estado Civil, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, quien participó activamente en este espacio que tuvo como tema principal “La Justicia Electoral como Garante de la Integridad de la Elecciones”.

Con la participación de miembros de organismos electorales, la conferencia es un espacio para analizar e intercambiar experiencias y conocimientos de los procesos electorales que se realizan en cada país, y está dedicada principalmente a los temas referentes a la justicia electoral.

Entre los temas abordados en las diferentes mesas de trabajo, paneles y conferencias, se enfatizó en las contribuciones de la justicia electoral a la protección de los derechos políticos de las personas en situación de vulnerabilidad y a la igualdad de género,

la transparencia en los resultados electorales, la ética de las prácticas electorales judiciales y la prevención de las disputas electorales.

El Registrador Nacional del Estado Civil participó en la mesa de este último tópico “prevención de disputas electorales: opiniones consultivas y cultura de la legalidad”, en compañía de representantes de tribunales electorales de México, Chile, Honduras, Jamaica y Guatemala.

A esta conferencia también asistieron representantes de las organizaciones electorales de Bolivia, Ecuador, Costa Rica, Paraguay, Argentina, Brasil, Panamá, Uruguay, Venezuela, Perú, República Dominicana, Sudáfrica, El Salvador, Nicaragua, Puerto Rico y Estados Unidos.

La V Conferencia Iberoamericana de Justicia Electoral, se desarrolló durante los días 2, 3 y 4 de octubre de 2013, en Santo Domingo, República Dominicana. Esta estuvo organizada por el Tribunal Superior Electoral de República Dominicana e IDEA Internacional, con el auspicio del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (México) y el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional.

Así pasó agostoAsí pasó agostoAsí pasó agosto 292929www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

El Meci como gran oportunidad para la El Meci como gran oportunidad para la familia Registraduríafamilia Registraduría

El Meci como gran oportunidad para la familia Registraduría

Registraduría presenta en Corea del Registraduría presenta en Corea del Sur proceso electoral colombianoSur proceso electoral colombianoRegistraduría presenta en Corea del Sur proceso electoral colombiano

El Modelo Estándar de Control Interno (Meci) ha sido implementado adecuadamente por entidades como la Registraduría Nacional del Estado Civil, algo que ha permitido un gran avance en la eficiencia y eficacia de los procesos.

Este modelo al igual que otras importantes normas, se apropió a tal punto que la Registraduría ha logrado cumplir de manera importante con las normas y los balances que allí se consagran.

El pasado 15 de agosto, en la Delegación de Antioquia, se realizó la actualización del MECI con la participación de los servidores de la delegación y empleados de la Registraduría Especial de Medellín.

Una comisión de la Registraduría Nacional del Estado Civil liderada por el doctor Altus Alejandro Baquero Rueda, Gerente del Talento Humano, se trasladó a la ciudad de Incheon en Corea del Sur, para participar del encuentro “Election Management Body Capacity Building Program”, organizado por la Asociación Mundial de Organismos Electorales.

Los representantes de la Registraduría y funcionarios de órganos electorales de países como Malí, Uzbekistán, Kazajistán, Bielorrusia y Kenia, participaron en intensos debates sobre los procesos electorales, sistemas de votaciones, desarrollo económico, tecnología y comunicaciones en las jornadas democráticas.

MedellínMedellínMedellín

MetaMetaMeta CundinamarcaCundinamarcaCundinamarca

San AndrésSan AndrésSan Andrés

En San Andrés la Delegada Zoila Marial Álvarez Rangel, efectuó la actualización del Meci, el miércoles 20 de agosto de 2014, desde las 2:00 pm hasta las 4:00 pm.

En la Delegación del Meta, se socializó el MECI a través del vídeo de la Jefe de Planeación, Martha Vianey Díaz y diapositivas de soporte.

Funcionarios de la Delegación de Cundinamarca estuvieron presentes a la actualización del MECI realizada por la oficina de Planeación.

Nuestras RedesNuestras RedesNuestras Redes303030 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Nuestras RedesNuestras RedesNuestras Redes 313131www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Nuestros NiñosNuestros NiñosNuestros Niños323232 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

Sofía Pontón MarulandaSofía Pontón Marulanda6 meses6 meses

Sobrina de Tomás Rico MarulandaSobrina de Tomás Rico MarulandaGerencia del Talento HumanoGerencia del Talento Humano

Oficinas Centrales Oficinas Centrales

Sofía Pontón Marulanda6 meses

Sobrina de Tomás Rico MarulandaGerencia del Talento Humano

Oficinas Centrales

Luciana, Valery y Anthonella Granada MolinaLuciana, Valery y Anthonella Granada Molina2 meses2 meses

Hijas de Ayari Molina DíazHijas de Ayari Molina DíazDelegación DepartamentalDelegación Departamental

de Guanía de Guanía

Luciana, Valery y Anthonella Granada Molina2 meses

Hijas de Ayari Molina DíazDelegación Departamental

de Guanía

Valeria y Sebastían Hurtado SandovalValeria y Sebastían Hurtado Sandoval1 año, respectivamente1 año, respectivamente

Sobrinos de Jazmín Hurtado HoyosSobrinos de Jazmín Hurtado HoyosOficina de Comunicaciones y Prensa Oficina de Comunicaciones y Prensa

Oficinas CentralesOficinas Centrales

Valeria y Sebastían Hurtado Sandoval1 año, respectivamente

Sobrinos de Jazmín Hurtado HoyosOficina de Comunicaciones y Prensa

Oficinas Centrales

Juan Diego Puerto WilliamsonJuan Diego Puerto Williamson4 años4 años

Hijo de Andrea Williamson SánchezHijo de Andrea Williamson SánchezGrupo de Registro y ControlGrupo de Registro y Control

Oficinas CentralesOficinas Centrales

Juan Diego Puerto Williamson4 años

Hijo de Andrea Williamson SánchezGrupo de Registro y Control

Oficinas CentralesSamuel León TolosaSamuel León Tolosa

1 Año1 AñoHijo de Diana Katherine Tolosa Suárez Hijo de Diana Katherine Tolosa Suárez Registraduría Delegada en lo ElectoralRegistraduría Delegada en lo Electoral

Oficinas Centrales Oficinas Centrales

Samuel León Tolosa1 Año

Hijo de Diana Katherine Tolosa Suárez Registraduría Delegada en lo Electoral

Oficinas Centrales

Camilo FuentesCamilo Fuentes2 meses2 meses

Nieto de José Arcenio Fuentes FuentesNieto de José Arcenio Fuentes FuentesRegistrador EspecialRegistrador Especial

Gachetá, CundinamarcaGachetá, Cundinamarca

Camilo Fuentes2 meses

Nieto de José Arcenio Fuentes FuentesRegistrador Especial

Gachetá, Cundinamarca

Santiago Páez CaroSantiago Páez Caro6 años6 años

Hijo de Santiago Páez RamírezHijo de Santiago Páez RamírezOficina CAICOficina CAIC

Oficinas CentralesOficinas Centrales

Santiago Páez Caro6 años

Hijo de Santiago Páez RamírezOficina CAIC

Oficinas Centrales

Sharon Saray Munar HerreraSharon Saray Munar Herrera2 meses2 meses

Hija de Leidy Katherine Herrera Gómez y Hija de Leidy Katherine Herrera Gómez y Oscar Eduardo Munar FlórezOscar Eduardo Munar Flórez

Oficina de Novedades y Oficina de Gestión ElectoralOficina de Novedades y Oficina de Gestión ElectoralOficinas CentralesOficinas Centrales

Sharon Saray Munar Herrera2 meses

Hija de Leidy Katherine Herrera Gómez y Oscar Eduardo Munar Flórez

Oficina de Novedades y Oficina de Gestión ElectoralOficinas Centrales

La frase, cifra, imagen, hace 43 añosLa frase, cifra, imagen, hace 43 añosLa frase, cifra, imagen, hace 43 años 333333www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

La Frase

La Cifra

Hace 43 años

La imagen

“La importancia de garantizar el registro civil de los colombianos constituye la base fundamental de la identidad de la población y se convierte en requisito indispensable para que los ciudadanos puedan acceder a los beneficios que ofrece el Estado”, dijo el Registrador Nacional del Estado Civil, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres, en el Seminario –Taller de Registro Civil, realizado en Ibagué, Tolima, el 22 de julio de 2014.

de nacimiento, matrimonio y defunción

se han expedido en 2014

El Espectador. 12 de octubre de 1971. Biblioteca Gustavo Ardila Duarte de la

Registraduria Nacional de Estado Civil.

501.832 registros civiles

Agenda

Agenda septiembreAgenda septiembreAgenda septiembre343434 www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

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Atlántico: Jornada de Identificación en Barranquilla

Caqueta: Registraduría Nacional inicia jornadas de documentación para población vulnerable en municipio de Novia Celeste

Antioquia: Registraduría Nacional continúa jornadas de documentación para población vulnerable en el municipio de Briceño

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Altos del Rosario

Caqueta: Registraduría Nacional inicia jornadas de documentación para población vulnerable en municipio de Tres Esquinas del Caguán

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Caquetá: Envío Resolución de Testigos Electorales para la Elección de Alcalde en Milán

Caquetá: Escrutinios Departamentales, en caso de apelación para Elección de Alcalde en Milán

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Antioquia: Escrutinios departamentales, en caso de apelación para la atípica de Alcalde de Yolombó

Caquetá: Modificación de Candidatos por muerte para Elección de Alcalde en Milán

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Caquetá: Postulación Testigos Electorales y Publicación de Listas de Jurados de Votación para Elección de Alcalde en Milán

Caqueta: Registraduría Nacional inicia jornadas de documentación para población vulnerable en municipio de Tres Esquinas del Caguán

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Atlántico: Jornada de Identificación en Barranquilla

Caqueta: Registraduría Nacional inicia jornadas de documentación para población vulnerable en municipio de Novia Celeste

Antioquia: Registraduría Nacional continúa jornadas de documentación para población vulnerable en el municipio de Yarumal

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Altos del Rosario

Antioquia: Vence modificación de candidatos a la Alcaldía de Yolombó en caso de muerte

Magdalena: Escrutinios Departamentales, en caso de apelación en municipio de Remolino

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Altos del Rosario

Antioquia: Postulación de testigos electorales y publicación de listas de jurados para elección atípica de Alcalde de Yolombó

Agenda

Agenda septiembreAgenda septiembreAgenda septiembre 353535www.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.cowww.registraduria.gov.co

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Caqueta: Registraduría Nacional inicia jornadas de documentación para población vulnerable en municipio de Unión de Losada

Antioquia: Registraduría Nacional continúa jornadas de documentación para población vulnerable en el municipio de Yarumal

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Altos del Rosario

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Caquetá: Inmunidad Miembros de la Comisión escrutadora y claveros para la Elección de Alcalde en Milán

Caquetá: Ley Seca para Elección de Alcalde en Milán

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Caquetá: Acreditación de Testigos Electorales para Elección de alcalde en Milán

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Antioquia: Inmunidad Miembros de la Comisión escrutadora y claveros para la Elección de Alcalde en Yolombó

Caquetá: Designación de Comisiones Escrutadoras y Designación de Jurados de Votación para Elección de Alcalde en Milán

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Antioquia: Ley Seca para Elección de Alcalde en Yolombó

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Hatillo de Loba

Antioquia: Día de la elección de Alcalde de Yolombó e inician escrutinios municipales y auxiliares

Caquetá: Día de la Elección, los Miembros de las comisiones Escrutadoras deben asistir a la Sede e inician Escrutinios Municipales y Auxiliares

Caqueta: Registraduría Nacional inicia jornadas de documentación para población vulnerable en municipio de Unión de Losada

Antioquia: Registraduría Nacional continúa jornadas de documentación para población vulnerable en el municipio de Yarumal

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Altos del Rosario

Antioquia: Registraduría Nacional continúa jornadas de documentación para población vulnerable en el municipio de Yarumal

Antioquia: Feria de Servicio al Ciudadano en el municipio Caucacia

Bolívar: Registraduría inicia jornadas de identificación para población vulnerable en el municipio de Altos del Rosario

Antioquia: Acreditación testigos electorales para la elección de Alcalde de Yolombó

Antioquia: Envio de Resolución de Testigos Electorales para Elección Alcalde en Yolombó