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Incorrecta acumulación de plazas en la Ofertas de Empleo Público 2015 del
SERMAS
1. Introducción y exposición 1 1.1. Plazas Convocadas 1 1.2. Nota de corte estipulada 2 1.3. Plazas Acumuladas 3
2. Categorías con listados correctos 9
3. Recurso de alzada y respuesta 10
4. Respuesta al escrito de la Presidenta de la Comunidad de Madrid 12
5. Tratamiento de posibles incidencias del proceso selectivo. 13
6. Solicitud 14
7. Anexos 15
Plataforma de afectados por la incorrecta acumulación de plazas de la OPE 2015 del SERMAS.
Madrid 31/03/2017
En cambio, al analizar los listados publicados de aprobados de la fase de oposición, hemos
detectado que estas plazas se han sumado erróneamente en la fase de oposición, es decir, antes de
lo que corresponde. Por ejemplo, en la categoría de Fisioterapeuta:
● Plazas convocadas para el turno libre: 57.
● Aspirantes máximos que pueden superar la fase de oposición del turno libre: 57+57=114
● Aspirantes que aparecen publicados como aprobados: 164.
● Plazas no cubiertas por promoción interna y que han de acumularse al turno libre: 26.
● Plazas totales turno libre (propias + acumuladas): 57+26= 83
Suponemos dos posibles motivos por los que se haya aprobado erróneamente a más
aspirantes en la fase de oposición de los que permiten las bases:
A. Confusión en el punto “7.2.f)” con el término “plazas convocadas”:
Creemos que el Tribunal y/o la Administración han podido interpretar el término
“plazas convocadas” como la suma de las plazas correspondientes al turno de la propia
convocatoria más las acumuladas de los otros turnos.
Según esta teoría, el número de plazas convocadas para Fisioterapeuta sería 83 en
lugar de 57, con lo que se podría aprobar hasta un 100 por 100 más de esas plazas; es decir,
166 (83+83), un número próximo a los 164 aspirantes que aparecen en la lista de aprobados.
Pero lo que es evidente, es que el término “plazas convocadas” hace referencia sólo
a las plazas convocadas para ese turno libre, es decir, en la convocatoria individual y no a las
que se acumulen a posteriori procedentes de las otras. Véase el apartado 1.1. de este
dossier.
B. Momento en el que se decide acumular las plazas:
Debido a que la especificación del momento en el que deben acumularse las plazas
no existía en la anterior convocatoria OPE 2012 (5) y a que en los acuerdos publicados con los
listados de aprobados de la fase de oposición se cita textualmente el punto 1.2. de las bases,
pero se omite la frase contenida en el mismo “Esta acumulación se realizará, en su caso, en
el momento de elección de destino por parte de los aspirantes aprobados por el turno libre”;
pensamos que el Tribunal Calificador y/o la Administración han podido pasar por alto esta
cuestión y la relevancia que tiene para el correcto desarrollo del proceso, lo que podría
explicar esta acumulación prematura de las plazas.
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Al no tener en cuenta la frase final del párrafo en sus alegaciones, el resto de la justificación de
la respuesta tiene un error de base.
Sólo hay referencia a la petición de suspensión del proceso y no a la de rectificación de los
listados.
Hablan de la importancia del interés general, lo cual es también nuestra preocupación, ya que
de no haber rectificación a tiempo, el caso queda expuesto a la interposición de un juicio
contencioso-administrativo, con costas a expensas de la propia Administración, que puede
enfrentarse al pago de indemnizaciones y atrasos para aquellos aspirantes que deberían haber
superado el proceso selectivo conforme a las bases, pero se ven perjudicados por un desafortunado
incidente administrativo en la publicación de unos listados.
Esta situación es fácilmente subsanable a tiempo con la anulación de los listados de aspirantes
que han aprobado la fase de oposición, y la publicación de los listados corregidos.
En esta oposición, el Tribunal Calificador de la categoría Fisioterapeuta en turno libre ya
publicó de oficio una corrección de errores de la plantilla de respuestas al detectar un error material
en la pregunta 11 (13) de Fisioterapeuta en Turno Libre, por lo que entendemos que la rectificación
de oficio de estos listados es igualmente posible y accesible.
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5. Tratamiento de posibles incidencias del proceso selectivo.
A. Aspirantes empatados en la fase de oposición:
a. Se da en las categorías de Facultativo Medicina Física y Rehabilitación y Facultativo Neumología: el corte está en el primer aspirante que cumple el criterio de “hasta un
100 por 100 más que plazas convocadas”, añadiendo los que empatan con él.
B. Que hubiera renuncia de alguno de los aspirantes:
a. En este caso siempre sigue habiendo más aspirantes que plazas ofertadas. Por
ejemplo, en la categoría Fisioterapeuta habría 21 aspirantes más que plazas
ofertadas.
b. Si se diera el improbable caso de que se agoten los aspirantes, las bases tienen
regulado el procedimiento a seguir en su punto 8.6, expuesto anteriormente.
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6. Solicitud
Por todo lo expuesto anteriormente, concluimos que no se han respetado las bases de las
convocatorias de turno libre en lo que se refiere al número de aprobados en la fase de oposición en
la mayoría de las categorías convocadas en la OPE 2015 del SERMAS y solicitamos al Director
General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud que subsane este error en todas las
categorías afectadas.
Instamos al Director General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud a que
publique los listados corregidos en los que aparezcan sólo los aspirantes que pueden superar la fase
de oposición en cumplimiento de lo estipulado en el punto 7.2.f) de las bases de las convocatorias y
que sean únicamente estos candidatos los que participen en la fase de concurso, acumulándose las
plazas vacantes de los turnos de promoción interna y discapacidad en el momento de elección de
destino por parte de los aprobados, como establece el punto 1.2. de las bases.
Adjuntamos una relación (15) con los listados corregidos de todas las categorías hasta ahora
resueltas, tal y como deberían publicarse conforme a las bases (1)(2)(3).
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7. Anexos (1) Bases de la categoría Fisioterapeuta en el turno libre.
(2) Bases de la categoría Fisioterapeuta en el turno de promoción interna.
(3) Bases de la categoría Fisioterapeuta en el turno de discapacidad.
(4) REAL DECRETO-LEY 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y
provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
(5) Bases de la OPE 2012.
(6) Tabla de datos de las convocatorias actualmente publicadas.
(7) Acuerdo por el que se publican las calificaciones de los aspirantes que han superado el
ejercicio de la fase de oposición, con indicación de las preguntas anuladas.
(8) Consulta y respuesta original a la Real Academia Española (RAE) sobre el significado de la
locución “en su caso”.
(9) Consulta y respuesta original al Instituto Cervantes sobre sobre el significado de la locución
“en su caso”.
(10) Consulta y respuesta original a la Fundación para el Español Urgente (Fundéu BBVA) sobre
el significado de la locución “en su caso”.
(11) Recurso de alzada.
(12) Respuesta al recurso de alzada.
(13) Corrección de errores de la plantilla correctora provisional del ejercicio de respuestas
alternativas en la categoría de Fisioterapeuta
(14) Respuestas del equipo del Equipo de Cristina Cifuentes.
(15) Listados corregidos conforme a las bases, de todas las categorías profesionales hasta ahora
resueltas.
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