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8/14/2015 Documento 3e/2c/ca513f5f4229270646a4cc56e8e330d3b241 http://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=3e/2c/ca513f5f4229270646a4cc56e8e330d3b241 1/43 Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones Cardones" Resolución Exenta Nº 1044/2015 Santiago, 13 de Agosto de 2015 REPÚBLICA DE CHILE SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN EJECUTIVA VISTOS : 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), presentada con fecha 23 de septiembre de 2014, su Adenda de fecha 12 de febrero de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de junio de 2015, del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones Cardones”. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV MejillonesCardones”. 3°. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV MejillonesCardones” de 31 de julio de 2015. 4°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 0504, de 2012, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, del proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones Cardones”, que se modifica a través de la presente Resolución. 5°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones Cardones”. 6°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO : 1°. Que, Transmisora Eléctrica del Norte S.A. (en adelante, el "Titular"), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, el "SEIA") la DIA del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV MejillonesCardones” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

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Califica Ambientalmente el proyecto "Modificaciónal Trazado Sistema de Transmisión de 500 kVMejillones ­ Cardones"

Resolución Exenta Nº 1044/2015

Santiago, 13 de Agosto de 2015

REPÚBLICA DE CHILESERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), presentada con fecha 23 de septiembre de 2014,su Adenda de fecha 12 de febrero de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de junio de2015, del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones­Cardones”.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la Administración del Estado que,sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, yque se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA delproyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones­Cardones”.

3°. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kVMejillones­Cardones” de 31 de julio de 2015.

4°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 0504, de 2012, de la Dirección Ejecutiva delServicio de Evaluación Ambiental, del proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones­Cardones”, que se modifica a través de la presente Resolución.

5°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de laDIA del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones­Cardones”.

6°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de ImpactoAmbiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los ProcedimientosAdministrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; laResolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Transmisora Eléctrica del Norte S.A. (en adelante, el "Titular"), ha sometido al Sistemade Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, el "SEIA") la DIA del proyecto “Modificaciónal Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones­Cardones” (en adelante, el Proyecto). Losantecedentes del Titular son los siguientes:

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Nombre o razón social Transmisora Eléctrica del Norte S.A.Rut 76.787.690‑4Domicilio Avda. Apoquindo 3721, piso 8, Las Condes, Santiago de

Chile.Teléfono 22900400Nombre representante legal Juan Alejandro Lorenzini LorenziniRut representante legal 7.117.521‑9Domicilio representante legal Avda. Apoquindo 3721 piso 8, Las Condes, Santiago de

Chile.Teléfono representante legal 22900400Correo electrónico Titular orepresentante legal

alejandro.lorenzini@e‑cl.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE, de fecha 31 de julio de 2015, la Dirección Ejecutiva harecomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa ambiental aplicable vigente;no genera ni presenta los efectos, características y circunstancias incluidas en el artículo 11 de laLey N°19.300; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en losrespectivos Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, el Director Ejecutivo del SEA resolvió aprobar íntegramente el contenido del ICE de 31 dejulio de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a loindicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presenteResolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que acontinuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El Proyecto tiene como objetivo transmitir la energía proveniente de una S/Eelevadora ubicada en la zona de Mejillones hasta las regiones de Atacama yCoquimbo, para ello se requiere la modificación del Proyecto “Sistema deTransmisión de 500 kV, Mejillones­ Cardones”, con RCA Nº 0504/2012,mediante 15 variantes surgidas de un avance de la ingeniería del proyectoaprobado.

Asimismo, el Proyecto considera un aumento de dos a cuatro conductores,utilizando el haz cuadripolo, aumentando la potencia de 1000 MVA a 1500MVA, incrementando la capacidad, la eficiencia y la seguridad de la línea detransmisión.

Por otro lado, el área de trabajo de las líneas (500 kV y 220 kV) tendrá 60 m,es decir 30 m a cada lado de la línea.

Tipologíaprincipal, asícomo lasaplicables a suspartes, obras o

Tipología Principal: b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica dealto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensiónmayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

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acciones

Vida útil La vida útil del Proyecto se estima en 50 años. Sin embargo, no se descartaque se extienda la utilización del sistema de transmisión en función de que afuturo exista la demanda suficiente de energía eléctrica que justifique unaampliación de la vida útil.

Monto deinversión

Se estima un monto de inversión de US$8.000.000, por concepto demodificación de proyecto.

Gestión, acto ofaena mínimaque da cuentadel inicio de laejecución

El hito de inicio del Proyecto corresponde al emplazamiento y construcción dela Instalación de Faenas 03, y que, a juicio de esta Dirección Ejecutiva,constituye el inicio del Proyecto de manera ininterrumpida, permanente ysistemática.

Proyecto sedesarrolla poretapas

Si No

X

Proyectomodifica otra(s)RCA

Si No El Proyecto modifica las obras y acciones que complementanel proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV MejillonesCardones”, aprobado mediante la Resolución de CalificaciónAmbiental N° 0504, de 2012, de la Dirección Ejecutiva delServicio de Evaluación Ambiental.

Las modificaciones respecto del proyecto aprobado son:

Variante DescripciónVariante 1 Redefinición del trazado de la línea de 220 kV,

entre los vértices VI y VI­5 en la comuna deMejillones. Considera un aumento del trazado de0,72 km, la reubicación de 4 estructuras y laincorporación de 3 estructuras respecto alproyecto aprobado.

Variante 2 Redefinición del trazado de la línea de 500 kV,entre los vértices V9 y V9­1 en la comuna deMejillones. Considera una disminución deltrazado de 0,069 km, y la reubicación de 2estructuras respecto al proyecto aprobado.

Variante 3 Redefinición del trazado de la línea de 500 kV,entre los vértices V10 y V12 en la comuna deMejillones. Considera un aumento del trazado de0.018 km, y la reubicación de 1 estructura respecto al proyecto aprobado.

Variante 4 Redefinición del trazado de la línea de 500 kV,entre los vértices V13 y V14 en la comuna deMejillones. Considera un aumento del trazado de0,077 km, la reubicación de 2 estructuras y laincorporación de 1 estructura respecto alproyecto aprobado.

Variante 5 Redefinición del trazado de la línea en 500 kV,entre la estructura 102 y el vértice V21 en lacomuna de Mejillones. Considera un aumentodel trazado de 0,065 km, la reubicación de 6estructuras y la incorporación de 1 estructura

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respecto al proyecto aprobado.Variante 6 Redefinición del trazado de la línea en 500 kV,

entre los vértices V28­1y V28­6 en la comuna deAntofagasta. Considera un aumento del trazadode 1,14 km, la reubicación de 14 estructuras y laincorporación de 4 estructuras respecto delproyecto aprobado.

Variante 7 Redefinición del trazado de la línea en 500 kV,entre los vértices V46­1 y V46­3 en la comuna deAntofagasta. Considera un aumento del trazadode 0,049 km, la reubicación de 2 estructuras y laincorporación de 1 estructura respecto delproyecto aprobado.

Variante 8 Redefinición del trazado de la línea de 500 kV,entre los vértices V67 y V74 en las comunas deTaltal y Diego de Almagro. Considera unaumento del trazado de 12,3 km, la reubicaciónde 107 estructuras y la incorporación de 25estructuras respecto del proyecto aprobado.

Variante 9 Desplazamiento, reubicación y ampliación de lade Subestación de Compensación II y laInstalación de Faenas 03, en la comuna de Diegode Almagro. Considera un desplazamiento de19,2 km al sur de la posición original sobre el ejelongitudinal de la línea entre los vértices V74 yV75, aumenta su superficie en 5,5 ha y noconsidera el Campamento N°2 del proyectoaprobado.

Variante 10 Redefinición del trazado de la línea de 500 kV,entre los vértices V84 y V90 en la comuna deDiego de Almagro. Considera una disminucióndel trazado de 3,24 km, la disminución de 5estructuras y la reubicación de 47 estructuras respecto del proyecto aprobado.

Variante 11 Redefinición del trazado de la línea en 500 kV,entre los vértices V113 y V114 en la comuna deCopiapó. Considera una disminución del trazadode 0,22 km y la reubicación de 1 estructurarespecto del proyecto aprobado.

Variante 12 Redefinición del trazado de la línea en 500 kV,entre los vértices V136 y V137 en la comuna deCopiapó. Considera un aumento del trazado de0,081 km y la reubicación de 2 estructurasrespecto del proyecto aprobado.

Variante 13 Redefinición del trazado de la línea en 500 kV,entre los vértices V143­1 y V146 en la comunade Copiapó. Considera una disminución de 0,065km y describe el mismo trazado de la Variante20.

Variante 14 Redefinición del trazado de la línea en 500 kV,entre los vértices V150­1 y V155 en la comunade Copiapó. Mantiene la longitud, considera lareubicación de 12 estructuras y la incorporaciónde 2 estructuras respecto del trazado aprobado.

Variante 15 Amplía la Subestación Reductora, emplazada enel punto final del trazado de 500 kV (sector

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Cardones) en la comuna de Copiapó. Aumenta lasuperficie en 3,6 ha respecto del proyectoaprobado.

Variante 17 Nuevo trazado de la línea en 220 kV, entre la S/EReductora y la S/E Cardones existente en lacomuna de Copiapó. Contempla la incorporaciónde 5 estructuras.

Variante 20 Modificación de las estructuras de la línea de 500kV, entre las estructura A1 y la A22 en lacomuna de Copiapó. Contempla el reemplazo deestructuras auto soportantes presentes en elproyecto aprobado por estructuras tipo portalcon altura igual o menor a 30 m. Parte de estamodificación coincide con el trazado de laVariante 13 y considera la reubicación de 9estructuras y un aumento de 6 estructurasrespecto del proyecto aprobado.

Asimismo, el Proyecto considera un aumento de dos a cuatroconductores, utilizando el haz cuadripolo, aumentando lapotencia de 1000 MVA a 1500 MVA, incrementando lacapacidad, la eficiencia y la seguridad de la línea detransmisión. Por otro lado, el área de trabajo de las líneas(500 kV y 220 kV) tendrá 60 m, es decir 30 m a cada lado dela línea.

Se hace presente que el Titular en el punto 3.2 de la AdendaComplementaria informó a la autoridad que se eliminaron delProyecto las Variantes 15 y 17, las cuales corresponden a laampliación de la S/E Reductora y las estructuras que unen aésta con la S/E Cardones respectivamente.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político­administrativa

Variante Comuna Provincia Región1

Mejillones

Antofagasta Antofagasta

2345

Antofagasta67

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8 Taltal9

Diego de Almagro Chañaral

Atacama

101112

Copiapó Copiapó131420

Descripción de lalocalización

Las variantes del Proyecto se localizan en las comunas deMejillones, Antofagasta, Taltal en la Región de Antofagasta, ylas comunas de Diego de Almagro y Copiapó en la Región deAtacama.

Superficie La superficie total del Proyecto corresponde a 688,5 ha, la quecorresponde a la modificación de trazado de 500 kV y 200 kV ytraslado y ampliación de la S/E Compensación e Instalación deFaena 03.

Coordenadas UTM en DatumWGS84

Las coordenadas de las variantes se presentan en el punto 2.3.1del Capítulo 2 de la DIA, en huso 19.

Caminos de acceso El acceso a las estructuras será principalmente mediantecaminos o huellas existentes. Asimismo se requeriráacondicionar algunos de estos caminos existentes y tambiénconstruir algunos principalmente en las variantes 8 y 10.Mayores antecedentes en el punto 2.3.2 y 2.7.4 del Capítulo 2 dela DIA.

Referencia al expediente deevaluación de los mapas,georreferenciación einformación complementariasobre la localización de suspartes, obras y acciones

La representación cartográfica de las variantes se encuentradisponible en el Anexo C2­1 del Capítulo 2 de la DIA.La representación cartográfica de los accesos a cada una de lasvariantes se presenta en el Anexo C2­2 de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de Faenas El Proyecto requiere la reubicación de la Instalación de Faenas03 ubicada en la S/E Compensadora II, la cual también seráreubicada. La Instalación de Faenas 03 considera oficinas,bodega y pañol de maquinarias y herramientas. Será de caráctertemporal, ya que queda dentro de la superficie de la S/E, una vezque vayan avanzando las obras irá siendo desinstalada.

Cabe señalar, que el Proyecto no considera la construcción ni usodel Campamento Nº2 incluido en la Instalación de Faenas 03 delproyecto aprobado.

Las coordenadas de ubicación de la Instalación de Faenas 03 se

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presentan en la Tabla C2­23del Capítulo 2 de la DIA.Frentes de Trabajo Los frentes de trabajo serán los mismos que los informados en el

proyecto aprobado. No se requieren frentes de trabajo extras parael Proyecto. Los materiales y equipos de trabajo menores serántrasladados diariamente desde las respectivas bodegas de lasinstalaciones de faenas hasta los puntos de trabajo. Cabe señalar,que todas las labores se realizarán dentro del área de trabajo delProyecto. El frente de trabajo correspondiente a la S/ECompensación II se adaptará a la nueva localización, indicada enel Anexo C2­2 de la DIA.

Habilitación de acceso a lasestructuras

El acceso a las estructuras, será principalmente mediantecaminos o huellas existentes. Sin embargo, se requerirá de lamantención de las huellas durante la fase de construcción ymantención de las LAT y subestaciones. Los accesos a utilizarse clasifican en:

­ Accesos existentes que poseen al menos 4 m de ancho y seráutilizados sin efectuar ningún tipo de mejoramiento.

­ Accesos existentes que poseen menos de 4 m de ancho, loscuales serán utilizados previo ensanchamiento (hasta los 4 m) ymejoramiento.

­ Accesos a construir, en el sector de las Variante 8 y 10, loscuales se realizarán dentro de la faja de servidumbre.

Mayores antecedentes de los accesos en el Anexo C22­de laDIA.

Despeje de la franja de laLínea de Transmisión ymovimiento de tierras.

Los posibles ejemplares aislados de flora en la franja de la líneade transmisión sólo serán eliminados en los sectores deinstalación de obras y estructuras y en lugares de ampliación deaccesos. Mayores Antecedentes en el Capítulo 4 de la DIA.

Para la construcción de las fundaciones es necesario realizarexcavaciones y extraer material. Se privilegiará la excavaciónpor medios mecánicos, sin embargo en casos que no sea posiblese hará uso de explosivos, para lo cual se presentará a laautoridad competente los antecedentes de las áreas, obras ocircunstancias en que se requerirá emplear estos elementos, parala obtención de los permisos respectivos. Mayores antecedentesen el punto 2.7.4.3 del Capítulo 2 de la DIA.

Para cada una de las estructuras se considera, en promedio, 58m3 de tierra excavada. En el tramo de la Variante 20, elmovimiento de tierras para una estructura tipo portal, es delorden de 930 m3, ya que las fundaciones son de mayorenvergadura.

En ambos casos, un 45% será reutilizado en relleno compactadoy el resto del material será esparcido sobre el suelo aledaño acada torre dejando el terreno, en lo posible, de similarescaracterísticas a como estaba antes de ser intervenido o en sudefecto trasladado a punto de acopio autorizado. Asimismo, el

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Titular se comprometió en el punto 4.9 de la Adenda a que en lossectores con flora y vegetación a intervenir por el Proyecto,principalmente en los con presencia de especies en categoría deconservación, los excesos de la actividad de movimiento de tierraserán dispuestos en rellenos o botaderos con la respectivaautorización, para no afectar nuevas superficies.

Construcción fundacionespara estructuras.

Las fundaciones para las estructuras serán de hormigón armado, con perfil angular de anclaje embebido y anclado en elhormigón.

La construcción se realiza considerando los siguientes pasos:

a) Instalación barra de fundación: En su instalación se emplearánpiezas de madera, piezas metálicas y otros materiales menoresque serán recuperados y reutilizados una vez que se dé término alas obras civiles.

b) Enfierradura y moldaje: Las barras de acero de la enfierradurallegarán previamente cortadas y dobladas a terreno, de modo queno se generarán residuos de acero en los puntos de trabajo. Losmoldajes serán de placa de madera preferentemente,dimensionados en el taller más cercano y en terreno solo seránmontados y fijados.

c) Proceso de hormigonado: considera el uso de 7 camionesmixer como máximo para la fundación de una torre promedio.

d) Verificación de la correcta fijación de las barras de fundación:Se verificará la correcta fijación por la topografía. Una vezaprobada la actividad, se entregará el terreno a las cuadrillas demontaje.

El Titular en el punto 1.7 de la Adenda Complementaria aclaraque no se utilizará plataforma de relleno para las estructurascercanas al lecho del río Copiapó, sino que se utilizará el mismotipo de fundación que el indicado en la DIA para el resto de lasfundaciones del Proyecto.

Montaje de estructuras,aisladores, tendido deconductores y cable deguardia.

Las estructuras a montar en esta etapa serán descargadas,clasificadas, empaquetadas y prearmadas en el patio deestructuras que se ubicará en la instalación de faena. La cargaserá realizada por camiones equipados con pluma hidráulica loscuales deberán transitar por las huellas debidamente habilitadas.

Una vez descargadas las estructuras en el punto de trabajo, secomenzará a prearmar los cuerpos que luego serán montadossecuencialmente hasta completar la estructura. En este procesose utilizarán equipos como huinche y freno, camiones, tractores ycamionetas, los cuales deberán circular por vías y huellasautorizadas, y realizar maniobras dentro del área de trabajo.Mayores antecedentes sobre el montaje de estructuras,aisladores, tendido y cable de guardia en el punto 2.7.4.4 delCapítulo 2 de la DIA.

Subestación La construcción de esta S/E de Compensación II se hará según lo

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establecido en proyecto aprobado.Emisiones y efluentes En la fase de construcción, existirán emisiones de material

particulado y gases generados por movimiento de vehículos,maquinarias, actividades de remoción de tierra, excavaciones,construcción de fundaciones, etc. También se prevén emisionesproducto del tránsito por los caminos que se utilizarán y debidode la combustión interna de maquinarias y equipos electrógenos.El Proyecto contempla 43 nuevas estructuras y un aumento en lasuperficie de la S/E de Compensación II, por lo cual se estimaque durante esta fase las emisiones atmosféricas aumentaránrespecto al proyecto aprobado. Mayores antecedentes sobre elcálculo de emisiones en el Anexo C3­1de la DIA.

Para el manejo de los efluentes líquidos, se implementará unaplanta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) para eltratamiento de las aguas servidas. La capacidad de las plantas detratamiento de aguas servidas en la fase de construcciónasociada a la Instalación de Faenas 03 de la S/E CompensaciónII será la necesaria para tratar 55,2 m3/día, debido a que seespera que 460 trabajadores hagan uso de este servicio en algúnmomento de la jornada laboral, independiente de que parte deésta jornada se realice en los distintos frentes de trabajo. Elpersonal en los frentes de trabajo contara con baños químicos.

La principal fuente de emisión de ruido corresponde al uso demaquinaria o equipos de construcción, sin embargo no hayvariación respecto al proyecto aprobado.

En la Tabla C3­4 del Capítulo 3 de la DIA se presenta el detallede equipos y máquinas, el nivel de presión sonora (NPS)individual y conjunto para cada actividad del proyecto. Elmáximo NPS que emitirá el Proyecto corresponde a la actividadmovimiento de tierra con 103,2 dB(A) a un metro de distancia dela fuente. El Proyecto cumple con la normativa vigente.

Residuos, productos químicosy otras sustancias que puedanafectar el medio ambiente.

En la fase de construcción se generarán residuos sólidos tanto detipo domiciliario como industriales (peligrosos y no peligrosos) encada frente de trabajo. El almacenamiento será temporal, en unpatio de almacenamiento dentro de la Instalación de Faenas 03,contará con la debida autorización sanitaria, y estará conforme ala normativa vigente. Su traslado y disposición final serárealizado por empresas autorizadas.

Los residuos domiciliarios no variarán respecto del proyectoaprobado, ya que no se proveerá de mayor dotación detrabajadores ni aumentará el número de instalaciones de faena.Se prevé que habrá un aumento marginal en los residuosindustriales respecto a lo señalado en el proyecto aprobado y sumanejo será de acuerdo al proyecto aprobado.

El Titular amplía en el punto 1.11 de la Adenda y 1.2 de laAdenda Complementaria que el material removido de lasfundaciones de las estructuras, será manejado como residuoindustrial no peligroso. Se dispondrá en el patio de

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almacenamiento temporal de residuos autorizado, paraposteriormente ser retirados por una empresa autorizada a undestinatario autorizado.

Referencia al ICE paramayores detalles sobre estafase.

Mayores antecedentes en el punto 4.2 y 4.6 del Capítulo IV delICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Programa de Mantenimiento Para la LAT, el programa de mantención considerará lasacciones de tipo preventivo, correctivo programado y correctivocontra fallas, las que no sufrirán modificaciones en relación alproyecto aprobado. Mayores antecedentes en el punto 2.8.2 delCapítulo 2 de la DIA.

Para la S/E de Compensación II, se considera la realización derecorridos pedestres para la inspección visual de conductores,conjuntos y equipos de patio de la S/E, en la cual se debeidentificar si se requiere de lavado o si existen daños que debenser catastrados en el caso de existir y ser programada sumantención y/o reparación de acuerdo a su gravedad y magnitud.Mayores antecedentes respecto de los mantenimientos en elpunto 2.8.3 del Capítulo 2 de la DIA.

Reparaciones de Emergencia En la LAT estas reparaciones se realizarán la mayor parte deltiempo en estructuras que hayan sufrido daños mayores y en elcaso de las S/E comprenden reparaciones no programadas, enambos casos pueden surgir por la intervención de terceros o pordaños provocados por la naturaleza. Mayores antecedentes de lasacciones para reparar en el punto 2.8.4 del Capítulo 2 de la DIA.

Emisiones y efluentes En la fase de operación la emisión de MP 10 y gases, será lamisma del proyecto aprobado y ocurrirán solamente durante lasactividades de mantenimiento preventivo, ocasionadas por eltránsito de camiones y otros vehículos.

Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán 1,2m3/día, asociada a una dotación de personal de 10 trabajadoresen la S/E Compensación II.

El efluente tratado, será almacenado en estanques deacumulación y utilizado para riego de áreas de faenas, caminos yotros usos industriales que lo requieran, en cumplimiento con loindicado en el proyecto aprobado.

Los lodos resultantes del tratamiento, serán retiradosperiódicamente por un camión limpia fosa, de propiedad de unaempresa autorizada para transferir, transportar y disponer en unlugar autorizado. El retiro de lodos será de forma periódica deacuerdo con la frecuencia recomendada por el fabricante.Mayores antecedentes en el Anexo PAS­138 de la AdendaComplementaria.

En la fase de operación los NPS son generados por el efectocorona. Para la línea de transmisión de 220 kV será alrededor de40 dB y para la de 500 kV alrededor de 50 dB en el sector

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inmediatamente debajo de línea. Respecto a las subestacionespueden llegar a alcanzar intensidades ente 37 y 48 dB. Mayoresantecedentes en el Anexo C3­2 de la DIA y actualizado en elAnexo RU­1 de la Adenda Complementaria.

En la fase de operación los campos electromagnéticos de laslíneas de transmisión de 220 kV y 500 kV cumplen los límitesrecomendados por la “International Commission on NonIonizingRadiation Protection” (Comisión Internacional para la Protecciónde Radiación no Ionizante). Mayores antecedentes sobre loscampos electromagnéticos en el Anexo C3­2 de la DIA.

Residuos, productos químicosy otras sustancias que puedanafectar el medio ambiente.

En la fase de operación los residuos sólidos generados serán losmismos del proyecto aprobado. Estos corresponden a losderivados de las actividades de mantención los cuales sedispondrán en los recintos de almacenamiento que seestablecerán en las S/E para posteriormente ser enviadas adestinatarios autorizados. En el caso de los residuos peligrososdicho almacenamiento contará con la autorización sanitariacorrespondiente y será de acuerdo a la normativa vigente.

Mayores antecedentes en el punto 3.1.3 y 3.2.3 del Capítulo 3 dela DIA y en el punto 1.13 de la Adenda.

Referencia al ICE paramayores detalles sobre estafase.

Mayores antecedentes en el punto 4.3 y 4.6 del Capítulo IV delICE.

4.3.3. FASE DE CIERRELa Fase de cierre no modifica el proyecto aprobado mediante RCA N°0504/2012Emisiones y efluentes La Fase de cierre no modifica el proyecto aprobado mediante

RCA N°0504/2012Residuos, productos químicosy otras sustancias que puedanafectar el medio ambiente.

La Fase de cierre no modifica el proyecto aprobado medianteRCA N°0504/2012

Referencia al ICE paramayores detalles sobre estafase.

Mayores antecedentes en el punto 4.4 y 4.6 del Capítulo IV delICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada deinicio

Agosto 2015

Parte, obra o acción queestablece el inicio

Instalación de faenas

Fecha estimada detérmino

Abril 2017

Parte, obra o acción queestablece el término

Puesta en Servicio

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4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada deinicio

Julio 2017

Parte, obra o acción queestablece el inicio

Puesta en Servicio

Fecha estimada detérmino

Julio de 2066

Parte, obra o acción queestablece el término

Bajada de Servicio

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada deinicio

Julio de 2066

Parte, obra o acción queestablece el inicio

Bajada de Servicio

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican lainexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDADDE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Emisiones a la atmósfera

El Proyecto no considera la superación de las concentraciones establecidas en las normasprimarias de calidad ambiental vigentes, ni aumento o disminución significativos de laconcentración por sobre los límites establecidos por éstas.

En la fase de construcción se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases decombustión a la atmósfera, debido principalmente a las actividades relacionadas al tránsito porcaminos no pavimentados, excavación, movimiento de material y combustión interna demaquinaria. Estas emisiones serán de baja magnitud, acotadas en el tiempo y en la mayoría de lasvariantes alejadas de centros poblados. En la fase de operación del Proyecto, las emisiones dematerial particulado y gases ocurrirán solamente en las actividades de mantenimiento preventivo yserán ocasionadas por el tránsito de camiones y otros vehículos, las cuales se generarán encantidades reducidas. Mayores antecedentes en el Anexo C3­1 de la DIA correspondiente alcálculo de emisiones a la atmósfera.Efluentes líquidos

Los efluentes líquidos generados tanto en la fase de construcción como en la de operación,corresponden al resultado del manejo y generación de aguas servidas, las que se producirán en lainstalación de faena, bodegas y frentes de trabajo en los baños químicos y planta de tratamiento deaguas servidas, las que serán almacenadas en estanques de acumulación por un máximo de 48horas, evitando así que constituya un foco de insalubridad y peligro para los trabajadores. Loslodos serán extraídos por una empresa debidamente autorizada para transferir y hacer ladisposición en lugares autorizado por la autoridad sanitaria. Mayores antecedentes se presentan enel Anexo PAS­138 de la Adenda Complementaria.

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Residuos

Tanto en la fase de construcción como en la de operación los residuos domiciliarios no presentanvariación respecto del proyecto aprobado, dado que no se contempla un aumento en la dotación detrabajadores. En la fase de construcción se prevé un aumento marginal de los residuos industrialesrespecto del proyecto aprobado. El almacenamiento será temporal, en un patio de almacenamientodentro de la Instalación de Faenas 03, conforme a la normativa vigente y su manejo de acuerdo alo establecido en el proyecto aprobado y según dispone la legislación sanitaria vigente.Emisiones de campo eléctrico y magnético

En la fase de operación se generarán emisiones de campo eléctrico y magnético los cualescumplen los límites recomendados por la Comisión Internacional para la Protección de Radiaciónno Ionizante. Mayores antecedentes al respecto en el Anexo C3­2 de la DIA.Ruido

De acuerdo a los resultados de la proyección de ruido emitido a los receptores en la etapa deoperación y construcción, considerando la atenuación lograda por las medidas de control de ruido aimplementar, el Proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 en horariodiurno y nocturno tanto para la etapa de construcción y operación, considerando las peorescondiciones de emisión sonora del Proyecto, es decir, todas las fuentes emisoras funcionando almismo tiempo.

En la fase de construcción las obras se realizarán exclusivamente en horario diurno. Para los 5receptores del sector de Copiapó se implementarán barreras acústicas modulares y móviles queacompañarán al frente de trabajo, interponiéndose entre la maquinaria emisora de ruido y lospotenciales receptores, cumpliendo con la normativa correspondiente.

En la fase de operación el Proyecto cumple con los límites máximos permitidos por la normativacorrespondiente tanto en horario diurno como nocturno.

El tipo de actividades asociadas a la fase de cierre serán asimilables a la fase de construcción,cumpliendo con los niveles máximos permitidos y en el caso que corresponda utilizando lasmismas medidas de la fase señalada. Asimismo, el Titular deberá presentar a la AutoridadAmbiental un Plan de Cierre y Abandono.

Mayores detalles de la proyección de ruido realizada se presentan en el Anexo RU­1 de laAdenda Complementaria.Referencia al ICE para mayoresdetalles sobre este impacto específico

Punto 6.1 del Capítulo 6 del ICE.

De acuerdo a lo señalado, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no genera ni presentariesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones oresiduos, por lo que no le resulta aplicable lo dispuesto en el literal a) del artículo 11 de la Ley Nº19.300.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOSRECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Pérdida de sueloEl Proyecto se emplaza en suelos clase VII y VIII. Al respecto, se debe mencionar que el áreade trabajo del trazado de la línea de transmisión incluye una superficie marginal de suelosarables (IIIs, IIIw y IVs) asociados a la Variante 13. Estos suelos no se verán afectados ya que

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no se considera el emplazamiento de estructuras ni la construcción de accesos en ellos. Respectode la erodabilidad, si bien una superficie menor del total de la superficie de suelos del Proyectopresenta una erodabilidad alta a moderada el grado de erosividad es muy bajo, lo que hace pocoprobable que se desencadenen procesos erosivos.La intervención será de carácter puntual por lo que no se esperan efectos sobre este recurso,especialmente en su capacidad para sustentar la biodiversidad. Asimismo, el Proyecto reduce lasuperficie de intervención en relación con el proyecto aprobado en el Sitio Prioritario DesiertoFlorido en 15,8 ha. Del mismo modo no se esperan efectos producto de compactación, erosión ocontaminación.En relación a la pérdida de suelo es necesario mencionar que el presente Proyecto mantendrá lasmedidas comprometidas por el proyecto aprobado entre las que se encuentran: remoción,extracción y acopio de los primeros 20 cm de suelo superficial en el sector del Desierto Floridopara extraer material genético; accesos con pendientes mayores a 15% tendrán medidas paraevitar la activación de procesos erosivos y su correspondiente seguimiento; el corte y manejo detaludes seguirán la topografía dominante; el material removido se dispondrá de manera uniformesobre la superficie del terreno evitando la modificación de geoformas; en los lugares deemplazamiento de instalación de faenas, una vez finalizada la fase de construcción se procederáa reacondicionar el terreno en condiciones similares a las previas al desarrollo del Proyecto.Mayores antecedentes en el Capítulo 4 de la DIA y en el punto 1.16 de la Adenda.

Emisiones a la atmósferaEl Proyecto generará emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión a laatmósfera, las que serán de baja magnitud y acotadas en el tiempo en la fase de construcción yen cantidades reducidas en la fase de operación. Mayores antecedentes en el Anexo C3­1 de laDIA correspondiente al cálculo de emisiones a la atmósfera.

Alteración a la flora y vegetaciónDadas las características propias de la vegetación (vegetación desértica, escasa humedad,radiación solar y tipo de suelos) se estima que la intervención no originará una modificación enlas condiciones naturales de estos ecosistemas. Por las características antes señaladas sedescarta algún efecto borde producto de las actividades del Proyecto. Del mismo modo, entérminos absolutos, la intervención de cactáceas para esta variante es inferior al 10%, siendo laespecie más intervenida Copiapoa megarhiza (262 ejemplares) pero a la vez la más abundante enlas inmediaciones del Proyecto (2.454 ejemplares). Además, se intervendrá 1 ejemplar de laespecie Eulychnia acida.Para lo anterior, el Titular al igual que en el proyecto aprobado presenta un “Protocolo de rescatey relocalización de cactáceas”. En este se describen las actividades de rescate, áreas derelocalización, porcentajes mínimos de éxito y plan de seguimiento entre otros. Mayoresantecedentes en el Anexo P­5 de la Adenda Complementaria.Respecto del ejemplar de Eulychnia acida que se encuentra próxima a una de las patas de laestructura V150­4 de la Variante 14. El Titular en el punto 4.1 de la Adenda Complementaria secompromete a maximizar todos sus esfuerzos para no afectarlo. El ejemplar será cercadomediante una malla temporal con un buffer de 3 m alrededor de este. En caso contrario seaplicará el “Protocolo de rescate y relocalización de cactáceas” antes mencionado.Por otra parte, el Proyecto intervendrá especies leñosas las cuales corresponden a: Atriplexclivicola, Atriplex desertícola, Encelia canescens, Heliotropium chenopodiaceum, Nolanaalbescens y Tetragonia angustifolia. Para ello se implementará para las especies que correspondael “Protocolo para leñosas bajas” del proyecto aprobado el cual contempla el rescate, manejo derevegetación, diseño experimental de riego, porcentajes mínimos de éxito y un plan deseguimiento, todos los cuales se presentan en detalle en el Anexo P­6 de la AdendaComplementaria.Asimismo, el Titular presenta un “Protocolo de Rescate y Relocalización de Bulbosas” para

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especies de este grupo que sean detectadas en las áreas de afectación directa de las obras y/oactividades del Proyecto al interior del Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido.Este protocolo considera un rescate y relocalización de especies bulbosas en caso de serobservados ejemplares de manera posterior al Fenómeno del Desierto Florido (según secomprometió en Capítulo 4 de la DIA) o bien cuando estos sean detectados una vez removido losprimeros 50 cm de suelos de las áreas de intervención. Mayores antecedentes respecto de lasactividades, áreas de relocalización, porcentajes mínimos de éxito y plan de seguimiento sepresentan en el Anexo P­4 de la Adenda Complementaria.Según lo señalado por la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal, medianteOficio ORD. N°29EA/2015 del 8 de julio de 2015, el Titular deberá informar el número deejemplares a rescatar de bulbosas a la SMA, con copia a CONAF.En relación a los sitios propuestos para la relocalización de cactáceas, leñosas bajas y bulbosasse presentan en Anexo P­7 de la Adenda Complementaria.Según lo señalado por la Subsecretaría de Medio Ambiente, mediante Oficio ORD. N°152746,del 9 de julio de 2015, el Titular deberá cumplir lo siguiente para los planes de rescate decactáceas, leñosas y bulbosas:1. Los profesionales que desarrollarán los protocolos, de acuerdo a lo indicado en la AdendaComplementaria, deberán contar con la experiencia para conducir, monitorear y evaluar lasdiferentes etapas de los protocolos (ejecución, seguimiento y medidas correctivas), así como paracoordinar a los actores involucrados.2. La colecta de material vegetal deberá desarrollarse de manera previa a la construcción delProyecto, de acuerdo a lo indicado en la Adenda Complementaria. El programa de colecta deberáincluir un procedimiento que permita hacer el seguimiento de la actividad de colecta presentada,como un sistema de trazabilidad del material, donde puedan diferenciarse las distintas especiesque se colectarán, las épocas en que fueron recogidas, la procedencia de las poblaciones, y todoslos factores involucrados en el proceso que puedan ser controlados, para velar por el éxito de lamedida.3. Los viveros donde se encargará la producción de plantas requerida, de acuerdo a lo indicadoen la Adenda Complementaria, deberán tener las condiciones apropiadas para realizar estaproducción, en términos de infraestructura, funcionamiento, capacidad, y conocimiento depropagación y de manejo de este tipo de especies. Lo anterior con el objetivo de que las medidasresulten exitosas, dado que las acciones que presenta el Titular son de un alto nivel decomplejidad.Adicionalmente, el Titular realizará una etapa de diseño experimental para cactáceas, el quepermitirá determinar las condiciones óptimas que aseguren el establecimiento de las plantas enterreno, en pos de realizar posteriormente las acciones de reintroducción que resulten exitosas, loanterior dado el escaso conocimiento disponible relativo a este tipo de acciones, y al alto nivel decomplejidad de su puesta en marcha.

Alteración a la FaunaEn relación a la fauna se registraron tres clases de vertebrados: La Clase Reptilia estuvorepresentada por cinco (5) especies, la Clase Aves por diez (10) especies y la Clase Mammaliapor cinco (5) especies. Al respecto, se implementarán las mismas medidas establecidas en elproyecto aprobado, que corresponden a: charlas educativassobre la Ley de Caza; señalética con su respectivo registro fotográfico; Plan de Ahuyentamientopara reptiles y micromamíferos; restricción del movimiento del personal ymaquinarias exclusivamente por caminos de acceso definidos; confección de cartillas confotografías e información relevante para los trabajadores del Proyecto, entre otros. Mayoresantecedentes en el Capítulo 4 de la DIA.Para la fauna de alta y baja movilidad no se detectaron sectores donde se concentren especies ose encuentren asociadas a hábitats de relevancia para su reproducción y/o alimentación, no

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obstante se mantendrán las mismas medidas comprometidas en el proyecto aprobado quecorresponden a: charlas educativas sobre la Ley de Caza; señalética con su respectivo registrofotográfico; Plan de Ahuyentamiento para reptiles y micromamíferos; restricción del movimientodel personal y maquinarias exclusivamente por caminos de acceso definidos; confección decartillas con fotografías pe información relevante para los trabajadores del Proyecto, entre otros.Mayores antecedentes en el Capítulo 4 de la DIA.Para la fauna de baja movilidad identificada, el Proyecto considera las mismas medidaspropuestas en el proyecto aprobado y que corresponde a un Plan de Ahuyentamiento. Laaplicación del Plan se realizará de acuerdo al cronograma de avance del Proyecto. Mayoresantecedentes se presentan en el punto 4.2 de la Adenda y en Anexo C4­1de la DIA.El Titular en el punto 4.12 de la Adenda se compromete adicionalmente a implementar la medidade no alterar los nidos de aves que puedan encontrarse al momento de hacer las mantenciones delas torres en la fase de operación del Proyecto, permitiendo que las aves finalicen su procesoreproductivo hasta que abandonen los nidos.El Titular en el punto 4.13 de la Adenda se compromete a comprobar los resultados de losprocesos de perturbación, ahuyentamiento y posible recolonización de reptiles y mamíferos alfinal de la etapa de construcción del Proyecto, de acuerdo a lo establecido en el proyectoaprobado. Para lo anterior, al final de dicha etapa, se enviará un informe con los resultados a laSMA, complementado con un catastro fotográfico y georreferenciado de los resultados.

Intervención de CaucesEl Proyecto intervendrá 21 cauces por 40 estructuras, sin perjuicio de ello no afectará la cantidadni la calidad de las aguas, dado que son cauces intermitentes y a que contempla elalmacenamiento de los insumos fuera del cauce y que para cada evento de precipitaciones en quelos cauces intervenidos presenten escurrimientos superficial la realización de un monitoreo in situen un punto aguas arriba y un segundo punto aguas debajo de las obras. Los resultados estarándisponibles para revisión de la autoridad en las oficinas de la instalación de faenas.

Referencia al ICE para mayoresdetalles sobre este impactoespecífico

Punto 6.2 del Capítulo 6 del ICE.

De acuerdo a lo señalado, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no genera efectosadversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidosel suelo, agua y aire, a que se refiere el literal b) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DELOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanosDe acuerdo a la información del Anexo C4­1 de la DIA y en el punto 4.25 de la Adenda, seconcluye que en el área de influencia del Proyecto no existen grupos humanos. Asimismo, en elcitado anexo se menciona que debido a que el Proyecto elimina el Campamento II, 470trabajadores que originalmente pernoctarían en dicho campamento, lo harán en las localidadesmás cercanas como es el caso de Diego de Almagro, por lo que el incremento de la población dedicha localidad no será significativo y no se afectarán los sistemas de vida y costumbres de losgrupos humanos allí presentes.Por otra parte, se descarta que el Proyecto genere obstrucción o restricción a la libre circulación,conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento ni que el proyectogenerará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura

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básica. Además, no se genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación detradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o lacohesión social del grupo Respecto de los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas yen base a los antecedentes presentados en el Anexo C4­1 de la DIA, se descarta su afectación.

Referencia al ICE para mayoresdetalles sobre este impactoespecífico

Punto 6.3 del Capítulo 6 del ICE.

De acuerdo a lo señalado, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no genera ni presentalos efectos, características o circunstancias indicados en el literal c) del artículo 11 de la Ley19.300.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS,SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES,SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO ENQUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Alteración a Recursos Naturales Protegidos

El Proyecto no se localiza en o próximo a áreas protegidas, poblaciones protegidas, humedalesprotegidos y glaciares. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo C4­1 de la DIA.

El Proyecto se localiza en territorio con valor ambiental correspondiente al Sitio PrioritarioDesierto Florido, e interviene recursos naturales protegidos, en el mismo sitio. No obstante, entérminos de superficie real a intervenir, el Proyecto en términos reales reduce la intervención adicho sitio en 15,8 ha respecto del proyecto aprobado. Respecto a las medidas se mantienen lasdel proyecto aprobado. Mayores antecedentes en el Capítulo 4 de la DIA.

Cabe señalar, que en los sectores sensibles correspondientes a las variantes 13, 14 y 20 delProyecto que se encuentran dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido, se realizará unademarcación de los ejemplares en categoría de conservación presentes, además de la instalaciónde portales antes y después de los sectores a proteger, a fin de evitar el daño de estas especiescon el paso del conductor por tierra entre las estructuras. Mayores antecedentes de esta medidaen el punto 4.24 de la Adenda.Referencia al ICE para mayoresdetalles sobre este impactoespecífico

Punto 6.4 del Capítulo 6 del ICE.

De acuerdo a lo señalado, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no genera ni presentalos efectos, características o circunstancias indicados en el literal d) del artículo 11 de la Ley N°19.300.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALORPAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Alteración Valor Paisajístico

El Proyecto no obstruirá en forma significativa la visibilidad a una zona con valor paisajístico, deacuerdo al análisis realizado para el componente Paisaje, por lo que se concluye que, en general,

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la mayoría de las Unidades de Paisaje presentan una calidad baja, pues no se observa lapresencia de atributos singulares o destacados. La intervención espacial y paisajística queimplica el Proyecto es baja, puesto que sus obras son poco invasivas y en muchos casos,paralelas a tendidos eléctricos ya existentes.

Por otra parte, el Titular durante el proceso de evaluación registró el efecto que tendría en elpaisaje las obras asociadas al Proyecto mediante montajes fotográficos.

Mayores detalles de estos se presentan en el Anexo FM­1 de la Adenda y Anexo FM­1 de laAdenda Complementaria.

De manera de prevenir o reducir impactos estéticos sobre paisaje se preferirá el uso demateriales y colores propios del paisaje local así como también se mimetizarán de los volúmenes,a través del uso de colores existentes en el paisaje. Mayores antecedentes en el punto 5.4 delAnexo FM­1de la Adenda Complementaria.Alteración Valor Turístico

El Proyecto no generará alteración significativa del valor turístico de una zona, dado que no seidentificaron sectores con vocación turística consolidada, las cuales se concentran principalmenteen las zonas urbanas alejadas del Proyecto.

Mayores antecedentes en el Capítulo 4 y Anexo C4­1de la DIA, Anexo FM­1 de la Adenda, yAnexo FM­1 de la Adenda Complementaria.Referencia al ICE para mayoresdetalles sobre este impactoespecífico

Punto 6.5 del Capítulo 6 del ICE.

De acuerdo a lo señalado, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no genera ni presentalos efectos, características o circunstancias indicados en el literal e) del artículo 11 de la Ley N°19.300.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIOCULTURAL

Alteración al patrimonio arqueológicoEl Proyecto previa prospección arqueológica detectó la presencia de 60 hallazgos en 6 variantes,para las cuales se presentan una serie de medidas tales como señaléticas, áreas de exclusión,cercado perimetral, entre otros, para efectos de evitar la alteración de dichos hallazgos.Asimismo, durante el procedimiento de instalación del tendido de los conductores entre lasestructuras, se implementará la misma medida indicada en el proyecto aprobado que tienerelación con la instalación de portales antes y después de los sectores que requieren protección.Respecto al sitio OP_11 correspondiente a un campo de eventos de talla lítica en la Variante 8,se realizó una caracterización subsuperficial del sitio, a través de la implementación de una redde pozos de sondeo para delimitar en terreno los sectores de emplazamiento definitivo de lasestructuras y sus respectivos acceso, y descartar la presencia superficial de elementosarqueológicos. Dicha actividad fue autorizada por el Consejo de Monumentos Nacionales y enésta se concluyó que las áreas donde se proyecta emplazar las estructuras y caminos de accesono presentaron depósitos culturales y elementos arqueológicos superficiales, por tanto seconsidera suficiente la medida de delimitación en terreno. Mayores antecedentes al respecto enlos Anexos ARQ­1 y ARQ­2 de la Adenda.

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El Proyecto no deteriorará ni intervendrá construcciones, lugares o sitios que por suscaracterísticas constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, característicasconstructivas, antigüedad, valor científico, contexto histórico o singularidad pertenezcan alpatrimonio cultural.Por otra parte, no se identificaron manifestaciones de cultura o folclore que puedan ser afectadaspor las actividades del Proyecto.Mayores antecedentes en el Capítulo 4 y en el Anexo C4­1 de la DIA.

Referencia al ICE para mayoresdetalles sobre este impactoespecífico

Punto 6.6 del Capítulo 6 del ICE.

De acuerdo a lo señalado, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no genera ni presentalos efectos, características o circunstancias indicados en el literal f) del artículo 11 de la Ley N°19.300.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados alas correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obrapública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguasservidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a lacual corresponde

Construcción y operación.

Parte, obra o acción ala que aplica

Instalación de Faenas 03 asociada a la subestación Compensación II

Condiciones oexigencias específicaspara su otorgamiento

a. El proyecto no podrá almacenar el efluente tratado en 5 estanques de100 m3 c/u, toda vez que esto implicaría el almacenamiento de aguasservidas tratadas por un tiempo prolongado, generándose ladescomposición de estas aguas, con el consiguiente aumento de lamateria orgánica y agentes patógenos presentes en el efluente de todosistema de tratamiento de aguas servidas, constituyendo un foco deinsalubridad y una condición de peligro para los trabajadores de estafaena.b. El sistema de reutilización deberá considerar almacenar por unmáximo de 48 horas el efluente tratado, debiendo implementar unsistema que permita dar continuidad al sistema de tratamiento.Para esto se deberá tener presente lo declarado en el apartado III de laadenda complementaria, esto es, que el sistema de tratamiento de aguasservidas de la fase de construcción (instalación de faenas 3), tendrácapacidad para tratar las aguas generadas por el máximo detrabajadores de esta fase (460 personas), obteniendo bajo estacondición de operación, aproximadamente 69 m3/día de efluentetratado, y que se ha estimado que el consumo de agua para lahumectación de caminos será de 48 m3.c. El remante del efluente tratado que no sea requerido en lahumectación de caminos, podrá ser utilizado por el titular en los usos

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industriales propuestos (preparación de hormigón, refrigeración deequipos), siempre y cuando, no se exponga en ningún momento a lostrabajadores, ya sea debido a contacto directo o en forma de aerosol,con estas aguas tratadas. En el caso de la reutilización en refrigeración,deberá efectuarse siempre en circuitos cerrados.d. El titular no podrá considerar reutilizar el efluente tratado para “suuso en contra de posibles incendios”, por las razones expuestas en laletra a.Sin perjuicio de lo señalado en los párrafos precedentes, cabe precisarque durante la tramitación de la aprobación de proyecto y posteriorautorización de obra del sistema de tratamiento, la Autoridad SanitariaRegional validará las estimaciones del efluente tratado y la capacidadde reutilización del mismo por parte del proyecto, en base a losantecedentes sanitarios que el titular debe acreditar para el sistema detratamiento”.

Pronunciamiento delórgano competente

El Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud medianteOficio ORD. NºB32/2009 del 15 de julio del 2015, se pronuncióconforme, condicionado a lo señalado precedentemente.

Referencia al ICEpara mayores detalles

Capítulo IX.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta detratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugardestinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basurasy desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a lacual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción ala que aplica

Instalación de Faenas 03.

Pronunciamiento delórgano competente

El Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud medianteOficio ORD. Nº B32/478, de 27 de febrero de 2015 indicó que: “Conlos antecedentes acreditados a la fecha, el titular ha dado respuesta alos contenidos técnicos y formales del PAS 140 (…).”.Asimismo, mediante Oficio ORD. NºB32/2009, de 15 de julio del 2015,reitera: “Respecto del Permiso contenido en el art. 140, requerido parael almacenamiento de residuos no peligrosos del proyecto, el titular haacreditado durante la evaluación los contenidos técnicos y formalesestablecidos, por lo que la Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme yotorga este permiso.”.

Referencia al ICEpara mayores detalles

Capítulo IX.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo142 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a lacual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción ala que aplica

Instalación de Faenas 03.

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Pronunciamiento delórgano competente

El Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud medianteOficio ORD. NºB32/2009, de 15 de julio del 2015, señaló: “En cuantoal Permiso contenido en el art. 142, requerido por los sitios dealmacenamiento de residuos peligrosos, el titular ha acreditado durantela evaluación del proyecto, los contenidos técnicos y formalesestablecidos, por lo que la Autoridad Sanitaria Regional se pronunciaconforme y otorga este permiso.”.

Referencia al ICEpara mayores detalles

Capítulo IX.

6.1.4. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a lacual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción ala que aplica

Habilitación de accesos a las estructuras

Condiciones oexigencias específicaspara su otorgamiento

En caso de que el Titular, maximizando sus esfuerzos, no intervenga elindividuo de la especie Eulychnia acida cercano a la estructura V1504,deberá asegurar no afectar su desarrollo y hábitat, de lo contrario, eltitular deberá ejecutar las actividades señaladas en el Anexo P4(Protocolo de Rescate y Relocalización de Cactáceas).

Pronunciamiento delórgano competente

La Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal, medianteOficio ORD. N°29EA/ 2015 del 8 de julio de 2015 se pronuncióconforme otorgando el PAS 151 condicionado a lo señaladoprecedentemente.

Referencia al ICEpara mayores detalles

Capítulo IX.

6.1.5. Permiso para efectuar modificaciones de cauces, del artículo 156 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a lacual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción ala que aplica

Construcción fundaciones para estructuras.

Pronunciamiento delórgano competente

La Dirección General de Aguas mediante Oficio ORD. N°70 del 8 dejulio de 2015 se pronunció conforme en virtud de las componentesambientales relacionadas al PAS 156, sin perjuicio de la revisiónsectorial asociada a los artículos 41 y 171 del Código de Aguas.

Referencia al ICEpara mayores detalles

Capítulo IX.

6.1.6. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de loslímites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a lacual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción ala que aplica

Instalación de Faenas 03

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Pronunciamiento delórgano competente

La SEREMI del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Región deAtacama, mediante Oficio ORD. N°0199 del 4 de marzo del 2015, sepronunció conforme.Asimismo, la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganaderomediante Oficio ORD. N°3405 del 6 de julio de 2015, se pronuncióconforme.Por último, la SEREMI de Agricultura de la Región de Atacama,mediante Oficio ORD. N°093 del 4 de marzo de 2015, se pronuncióconforme.

Referencia al ICEpara mayores detalles

Capítulo IX.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma decumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Recursos Naturales

Norma Ley N°20.283, Sobre Recuperación del Bosque Nativo yFomento Forestal y D.S. N°93 de 2008, del Ministerio deAgricultura, Reglamento General de Ley Sobre Recuperacióndel Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento El Titular presentó los contenidos técnicos y formales del PermisoAmbiental Sectorial (PAS) 151.

Indicador que acredita sucumplimiento

Obtención del PAS 151

Norma Resolución N°133, de 2005, modificada por la Resolución N°2.859, de 2007 y N° 7.008 de 2013, del Ministerio deAgricultura, que Establece Regulaciones cuarentenarias parael ingreso de embalajes de madera

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Respecto de los embalajes de madera provenientes del exterior,se verificará que éstos cumplan con las disposicionesestablecidas en la Resolución Nº 133/2005 y su modificación, enlo que dice relación con el tratamiento de la madera y las marcasde certificación de los tratamientos fitosanitarios.

Indicador que acredita sucumplimiento

Marca que certifique el tratamiento fitosanitario o acta deinspección del SAG, según corresponda.

Norma Ley N°19.473, de 1996, sustituye texto de la Ley N°4.601,sobre Caza y artículo 609 del Código Civil.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se dará

Construcción, operación y cierre

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cumplimiento

Forma de cumplimiento Se prohibirá toda forma de caza y/o captura de fauna silvestre. Eneste contexto, se mantendrán los compromisos adquiridos por elproyecto aprobado como es el Plan de Ahuyentamiento de Fauna.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de charlas sobre prevención y cuidados para proteger afauna silvestre, dando a conocer puntualmente aquella quepresenta problemas de conservación.Registro de las campañas de ahuyentamiento de fauna en losfrentes de trabajo, las cuales disponibles para revisión de laautoridad en lasoficinas de la instalación de faenas.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural

Norma Ley N°17.288, de 1970, sobre Monumentos Nacionales.D.S. N°484, de 1990, Reglamento Ley N°17.288, sobreMonumentos Nacionales.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Durante la ejecución de las obras se dará aviso al Consejo deMonumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado, en cuyocaso se actuará de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26° de laLey N°17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23° delReglamento de Excavaciones y /o Prospecciones Arqueológicas,Antropológicas y Paleontológicas.Asimismo y con el objeto de asegurar la preservación de loselementos patrimoniales identificados, se implementarán distintasmedidas de acuerdo a la naturaleza de los sitios (ver Capítulo 10compromisos voluntarios), manteniendo además los compromisosasociados al proyecto aprobado.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de comunicación a las autoridades respectivas dandocuenta de hallazgos en los frentes de trabajo, en el casocorrespondiente.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica

Norma D.S. N°43, de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento yReconstrucción, que Establece norma de emisión para laregulación de contaminación lumínica, Elaborada a Partir dela Revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio deEconomía, Fomento yReconstrucción.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se dará

Construcción, operación y cierre

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cumplimiento

Forma de cumplimiento Para el caso de las luminarias, se pondrá especial atención alcumplimiento de lo indicado en el Título Segundo Límitesmáximos de emisión y condiciones de cumplimiento y en el TítuloTercero Control y fiscalización; instalándose sólo luminarias quetécnicamente satisfagan las exigencias.

Indicador que acredita sucumplimiento

Informe que se emitirá para cada una de las fases del Proyecto alas Superintendencia del Medio Ambiente y que dará cuenta de laforma en que se está cumpliendo con la normativa en esta materiay la verificación de la correcta instalación de todas las fuentesemisoras.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Agua Potable y Aguas Servidas

Norma Decreto con fuerza de Ley N°725, de 1967 del Ministerio deSalud, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Los sistemas de abastecimiento de agua potable, en todas lasfases del Proyecto, contarán con la aprobación de su proyectorespectivo y con la autorización de funcionamiento, otorgadas porla autoridad sanitaria.

Indicador que acredita sucumplimiento

Certificado de potabilidad de agua al proveedor del servicio, lascuales disponibles para revisión de la autoridad en las oficinas dela instalación de faenas.

Norma D.S. N°735, de 1969, del Ministerio de Salud, Reglamento delos servicios de agua destinado al consumo humano.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Los sistemas de abastecimiento de agua potable, en todas lasfases del Proyecto, contarán con la aprobación de su proyectorespectivo y con la autorización de funcionamiento, otorgadas porla autoridad sanitaria.

Indicador que acredita sucumplimiento

Certificado de potabilidad de agua al proveedor del servicio, lascuales disponibles para revisión de la autoridad en las oficinas dela instalación de faenas.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma Decreto con fuerza de Ley N°725, de 1967, del Ministerio deSalud, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se dará

Construcción, operación y cierre

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cumplimiento

Forma de cumplimiento Se aplicará riego a los caminos sin pavimentar y aglomeranteabatidor de material particulado en las áreas de instalaciones defaenas y accesos indicadas en el numeral 1.29 de la Adenda Nº 1del proyecto aprobado, que pertenecen a parte de las áreas de laVariante 13 y 20.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de la humectación de caminos, de la aplicación elaglomerante abatidor de material particulado en las áreas deinstalaciones de faenas y accesos e inspección visual in situ decertificados de revisión técnica y mantenciones periódicas, lascuales disponibles para revisión de la autoridad en las oficinas dela instalación de faenas.

Norma D.S. N°144, de 1961, del Ministerio de Salud, que Establecenormas para evitar emanaciones o contaminantesatmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Se aplicará riego a los caminos sin pavimentar y aglomeranteabatidor de material particulado en las áreas de instalaciones defaenas y accesos indicadas en el numeral 1.29 de la Adenda Nº 1del proyecto aprobado, que pertenecen a parte de las áreas de laVariante 13 y 20.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de la humectación de caminos, de la aplicación elaglomerante abatidor de material particulado en las áreas deinstalaciones de faenas y accesos e inspección visual in situ decertificados de revisión técnica y mantenciones periódicas, loscuales estarán disponibles para revisión de la autoridad en lasoficinas de la instalación de faenas.

Norma D.S. N°47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y urbanismo,que Fija nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismoy Construcciones (OGUC).

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Se aplicará riego a los caminos sin pavimentar y aglomeranteabatidor de material particulado en las áreas de instalaciones defaenas y accesos indicadas en el numeral 1.29 de la Adenda Nº 1del proyecto aprobado, que pertenecen a parte de las áreas de laVariante 13 y 20.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de la humectación de caminos, de la aplicación elaglomerante abatidor de material particulado en las áreas deinstalaciones de faenas y accesos e inspección visual in situ decertificados de revisión técnica y mantenciones periódicas, loscuales estarán disponibles para revisión de la autoridad en lasoficinas de la instalación de faenas.

Norma D.S. N°4, de 1994, del Ministerio de Transportes yTelecomunicaciones, que Establece Normas de emisión

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contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija losprocedimientos para su control.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto, se contempla un programade mantención periódica a los vehículos que garantice que losmotores operarán de manera óptima. A su vez, se mantendrá uncontrol de las revisiones técnicas de cada vehículo.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de certificados de revisión técnica y mantencionesperiódicas, los cuales disponibles para revisión de la autoridad enlas oficinas de la instalación de faenas.

Norma D.S. N°211, de 1991, del Ministerio de Transporte yTelecomunicaciones, que Establece Normas sobre emisionesaplicables a vehículos motorizados livianos.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto, se contempla un programade mantención periódica a los vehículos que garantice que losmotores operarán de manera óptima. A su vez, se mantendrá uncontrol de las revisiones técnicas de cada vehículo.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de certificados de revisión técnica y mantencionesperiódicas, los cuales disponibles para revisión de la autoridad enlas oficinas de la instalación de faenas.

Referencia al ICE paramayores detalles

Capítulos VIII y XII

Norma D.S. N°54, de 1994, del Ministerio de Transporte yTelecomunicaciones, que Establece Normas sobre emisionesaplicables a vehículos motorizados medianos.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto, se contempla un programade mantención periódica a los vehículos que garantice que losmotores operarán de manera óptima. A su vez, se mantendrá uncontrol de las revisiones técnicas de cada vehículo.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de certificados de revisión técnica y mantencionesperiódicas, los cuales disponibles para revisión de la autoridad enlas oficinas de la instalación de faenas.

Norma D.S. N°55, de 1994, del Ministerio de Transporte yTelecomunicaciones, que Establece Normas sobre emisionesaplicables a vehículos motorizados pesados.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se dará

Construcción, operación y cierre

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cumplimiento

Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto, se contempla un programade mantención periódica a los vehículos que garantice que losmotores operarán de manera óptima. A su vez, se mantendrá uncontrol de las revisiones técnicas de cada vehículo.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de certificados de revisión técnica y mantencionesperiódicas, los cuales disponibles para revisión de la autoridad enlas oficinas de la instalación de faenas.

Norma D.S. N°279, de 1983, del Ministerio de Salud, que ApruebaReglamento para el control de la emisión de vehículosmotorizados a combustión interna.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto, se contempla un programade mantención periódica a los vehículos que garantice que losmotores operarán de manera óptima. A su vez, se mantendrá uncontrol de las revisiones técnicas de cada vehículo.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro de certificados de revisión técnica y mantencionesperiódicas, los cuales disponibles para revisión de la autoridad enlas oficinas de la instalación de faenas.

Norma D.S. N°75, de 1987, del Ministerio de Transporte yTelecomunicaciones, que Establece condiciones de carga queindica.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Se exigirá que los camiones con carga que se desplacen fuera delos frentes de trabajo estén cubiertos con lonas o carpas paraevitar desprendimiento de material, tanto en zonas pobladasurbanas como rurales.

Indicador que acredita sucumplimiento

Inspección visual in situ de camiones con carga y su registro.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma D.S. N°38, de 2011, del Ministerio de Medio Ambiente, queEstablece Norma de emisión de ruidos molestos generadospor fuentes fijas.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Durante todas sus fases el Proyecto cumplirá con los límitesestablecidos en esta norma de emisión, medida en el lugar en que

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se ubique el receptor más cercano.

Indicador que acredita sucumplimiento

Informe de monitoreo de ruido en el que se establece elcumplimiento de la normativa para cada fase del Proyecto.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos

Norma D.S. N°594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamentosobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en loslugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Los residuos se almacenarán y dispondrán en lugares autorizadospara tales efectos y se cumplirán todas las disposiciones aludidas.A su vez, el transporte de dichos residuos se realizará porterceros autorizados que cuenten con la correspondienteautorización sanitaria.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro sobre la cantidad de residuos dispuestos en los sitios dedisposición final.Obtención del PAS 140.

Norma Decreto con Fuerza de Ley N°725, de 1967, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Los residuos se almacenarán y dispondrán en lugares autorizadospara tales efectos y se cumplirán todas las disposiciones aludidas.A su vez, el transporte de dichos residuos se realizará porterceros autorizados que cuenten con la correspondienteautorización sanitaria.

Indicador que acredita sucumplimiento

Registro sobre la cantidad de residuos dispuestos en los sitios dedisposición final.Obtención del PAS 140.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos

Norma D.S. N°148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamentosanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos serán almacenados y trasladadosconforme al proyecto aprobado. La disposición final y transportese realizará por empresas especializadas que cuenten con lasautorizaciones respectivas.

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Indicador que acredita sucumplimiento

Obtención del PAS 142

Norma Resolución N°610, de 1982, del Ministerio de Economía,Fomento y Reconstrucción, Prohíbe el Uso de BifeniosPolicrorinados (PCB) en Equipos Eléctricos, o aquella que lareemplace o modifique.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento El Proyecto se ajustará fielmente a las disposiciones contenidasen esta resolución, y no utilizará las sustancias prohibidas en ella.

Indicador que acredita sucumplimiento

Verificación in situ y registro de adquisición de productos paraequipos eléctricos donde conste que no se utiliza PCB.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Combustible

Norma D.S. N°160, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento yReconstrucción, Reglamento de seguridad para lasinstalaciones y operaciones de producción y refinación,transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento decombustibles líquidos.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento El Proyecto se ajustará a las disposiciones contenidas en esteReglamento, en lo que respecta al almacenamiento y transportede combustibles para abastecer faenas de construcción. Elalmacenamiento de combustible no superará los 1.000 litros yserá dispuesto en tambores metálicos, rotulados de acuerdo a lanormativa vigente, e instalados sobre piso de concreto y dematerial incombustible.

Indicador que acredita sucumplimiento

Certificados correspondientes que se exigirán a los proveedores.Certificados de declaración de instalación de combustibleslíquidos de la SEC.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Manejo de Explosivos

Norma D.S. N°400, de 1978, del Ministerio de Defensa Nacional, queFija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°17.798 sobre control de armas.

Fase del Proyecto a la queaplica o en la que se darácumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento La adquisición, transporte, almacenamiento y manipulación deexplosivos, para la fase de construcción, contarán con laautorización de la Dirección General de Movilización Nacional.

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Indicador que acredita sucumplimiento

Certificado de autorización por parte de la Dirección General deMovilización Nacional.

Referencia al ICE paramayores detalles

Capítulos VIII y XII

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, enconcordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Exigencia sobre los accesos

Fase del Proyecto a laque aplica

Construcción, operación y cierre

De acuerdo a los criterios técnicos señalados por la SEREMI MOP de la Región deAntofagasta, mediante Oficio ORD. N°162 del 2 de marzo de 2015, el Titular deberá cumplir losiguiente:Todo acceso a camino público que requiera utilizar la empresa para el desarrollo de suproyecto, debe ser regulado conforme la normativa vigente, para mantener la seguridad vial dela ruta a la que accede, independiente si el referido acceso es existente o no. Para el caso de noencontrarse habilitado el acceso, el Titular deberá solicitar autorización para la construcción deacceso a camino público a la Dirección de Vialidad. En su defecto, el Titular podrá utilizaraccesos que estén regularizados por terceros, presentando las respectivas autorizaciones a laDirección de Vialidad, las cuales serán revisadas en sus diseños debido al aumento del flujovehicular que implique el nuevo proyecto, lo que puede generar modificaciones al accesooriginal. En cualquier caso, se debe contar con el permiso de la Dirección de Vialidad en formaprevia a la ejecución de las obras viales.

8.2. Exigencias sobre procedimientos que intervengan flora y vegetación

Fase del Proyecto a laque aplica

Construcción y operación

De acuerdo al criterio técnico señalado por la Dirección Ejecutiva de la Corporación NacionalForestal, mediante Oficio ORD. N°29EA/2015 del 8 de julio de 2015, el Titular deberá cumplirlo siguiente:­ Respecto a los caminos señalados en la Variante 10, en caso de mejoras, el Titular no podráintervenir flora y vegetación adicional a la señalada en la presente evaluación.­ El Titular deberá informar el número de ejemplares a rescatar de bulbosas a la SMA, concopia a CONAF. De acuerdo a los criterios técnicos señalados por la Subsecretaría de Medio Ambiente,mediante Oficio ORD. N°152746, del 9 de julio de 2015, el Titular deberá cumplir lo siguientepara los planes de rescate de cactáceas, leñosas y bulbosas:­ Los profesionales que desarrollarán los protocolos, de acuerdo a lo indicado en la AdendaComplementaria, deberán contar con la experiencia para conducir, monitorear y evaluar lasdiferentes etapas de los protocolos (ejecución, seguimiento y medidas correctivas), así comopara coordinar a los actores involucrados.­ La colecta de material vegetal deberá desarrollarse de manera previa a la construcción del

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proyecto, de acuerdo a lo indicado en la Adenda Complementaria. El programa de colectadeberá incluir un procedimiento que permita hacer el seguimiento de la actividad de colectapresentada, como un sistema de trazabilidad del material, donde puedan diferenciarse lasdistintas especies que se colectarán, las épocas en que fueron recogidas, la procedencia de laspoblaciones, y todos los factores involucrados en el proceso que puedan ser controlados, paravelar por el éxito de la medida.­ Los viveros donde se encargará la producción de plantas requerida, de acuerdo a lo indicadoen la Adenda Complementaria, deberán tener las condiciones apropiadas para realizar estaproducción, en términos de infraestructura, funcionamiento, capacidad, y conocimiento depropagación y de manejo de este tipo de especies. Lo anterior, con el objetivo de que lasmedidas resulten exitosas, dado que las acciones que presenta el Titular son de un alto nivel decomplejidad.Adicionalmente, el Titular realizará una etapa de diseño experimental para cactáceas, el quepermitirá determinar las condiciones óptimas que aseguren el establecimiento de las plantas enterreno, en pos de realizar posteriormente las acciones de reintroducción que resulten exitosas,lo anterior dado el escaso conocimiento disponible relativo a este tipo de acciones, y al altonivel de complejidad de su puesta en marcha.

9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso lossiguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromisos RCA N° 0504, de 2012

Fase del Proyecto a laque aplica

Construcción, operación y cierre

Objetivo, descripción yjustificación

El Titular en el Punto 2.2 del Capítulo 2 de la DIA señala que elProyecto mantiene todas las medidas y compromisos asumidos en elproyecto aprobado.

9.2. Fauna

Fase del Proyecto a laque aplica

Construcción y operación

El Titular en el Capítulo 4 de la DIA, compromete una serie de medidas respecto al componentefauna, las que corresponden a: charlas educativas sobre la Ley de Caza; señalética con surespectivo registro fotográfico; Plan de Ahuyentamiento para reptiles y micromamíferos;restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de accesodefinidos; confección de cartillas con fotografías e información relevante para los trabajadoresdel Proyecto, entre otros. Mayores antecedentes en el Capítulo 4 de la DIA.El Titular en el punto 4.12 de la Adenda se compromete adicionalmente a implementar lamedida de no alterar los nidos de aves que puedan encontrarse al momento de hacer lasmantenciones de las torres en la fase de operación del Proyecto, permitiendo que las avesfinalicen su proceso reproductivo hasta que abandonen los nidos.El Titular en el punto 4.13 de la Adenda se compromete a comprobar los resultados de losprocesos de perturbación, ahuyentamiento y posible recolonización de reptiles y mamíferos alfinal de la etapa de construcción del Proyecto, de acuerdo a lo establecido en el proyectoaprobado. Para lo anterior, al final de dicha etapa, se enviará un informe con los resultados a laSMA, complementado con un catastro fotográfico y georreferenciado de los resultados.

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9.3. Flora y Vegetación

Fase del Proyecto a laque aplica

Construcción y operación

El Titular en el Capítulo 4 de la DIA compromete al igual que en el proyecto aprobado una seriede medidas respecto al componente flora y vegetación, entre las que se encuentran: “Protocolode rescate y relocalización de cactáceas, leñosas bajas y bulbosas”; “Viverización deindividuos de Copiapoa megarhiza”, mediante ensayos de germinación, sobrevivencia yrepoblación, a partir de la recolección de semillas desde el fruto; “Restricción del movimientodel personal y maquinarias” exclusivamente por caminos de acceso definidos y áreas aintervenir, con el objetivo de evitar intervenciones en áreas no planificadas; “Capacitación delpersonal” involucrado directa o indirectamente con el medio biótico, comprometiendo laconservación de la flora del área del Proyecto, entre otros.El Titular en el punto 4.8 de la Adenda se compromete a utilizar los siguientes porcentajesmínimos de éxito, de acuerdo a los grados de amenaza y singularidades que presenten lasespecies: a) Especies En Peligro Crítico, En Peligro, Rara, Vulnerables e Insuficientementeconocida (100%): se establece el valor más alto por cuanto es obvio que la eliminación deindividuos de especies amenazadas reduce en definitiva el capital natural preexistente. b) CasiAmenazadas (90% de éxito): este valor tiene que ver con la incertidumbre de que la eliminaciónde individuos haga pasar a la siguiente categoría a la especie aunque se reconoce que el gradode amenaza es menor. c) Especies Preocupación Menor (80% éxito): si bien pueden ser, porahora, de preocupación menor, está a sólo un nivel de que la especie pase a ser CasiAmenazada. d) Especies Fuera de Peligro (75% éxito): hay especies Fuera de Peligro que noobstante se puede tratar de especies estructurantes del ecosistema o que cumplen funcionesrelevantes (especies dominantes que participan en el cubrimiento de suelos, especies paraguas,carismáticas o especies claves). e) Especies endémicas regionales (75%).El Titular en el punto 4.9 de la Adenda se compromete a que en los sectores con flora yvegetación a intervenir por el Proyecto, principalmente en los con presencia de especies encategoría de conservación, los excesos de la actividad de movimiento de tierra sean dispuestosen rellenos sanitarios botaderos autorizados para no afectar nuevas superficies, ya que el Titularseñala que una parte de este material será esparcido sobre el suelo aledaño.El Titular en el punto 4.4 de la Adenda Complementaria se compromete a establecer para lostres protocolos (cactáceas, leñosas bajas y bulbosas) el período de seguimiento de 5 años paralas especies bulbosas, cactáceas y arbustivas bajo el siguiente esquema: un monitoreo mensuallos primeros 3 meses, luego de la relocalización, en forma trimestralmente; el segundo añosemestral, y anual entre el 3° y 5° año. Al término de cada monitoreo y en un plazo máximo deun mes, se deberá informar a la SMA con copia a CONAF de los resultados obtenidos.El Titular en el punto 4.4 de la Adenda Complementaria, se compromete a que en la instanciapost RCA, y dado a que no es factible en esta etapa indicar el número exacto de semillas,entregar a la SMA, un informe que dé cuenta del inicio de las actividades de recolecta (tantopara las cactáceas como leñosas bajas) indicando las especies, el número de semillas (oexplantes), la viabilidad, manejo y todas aquellas variables que permitan cumplir con laproducción de plantas necesarias para el objetivo de las medidas. En el caso de las leñosasbajas que son estructurantes y partes de la medida específica se estima que se deberán produciral menos 2.000 ejemplares de cada una de las especies involucradas.

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9.4. Arqueología

Fase del Proyecto a laque aplica

Construcción

El Titular en el Capítulo 10 de la DIA, se compromete a incorporar respecto del proyectoaprobado compromisos relacionados con la componente ambiental Patrimonio Cultural yArqueológico, los cuales tienen relación con acciones frente a los hallazgos, rasgos,concentraciones, y sitios identificados y que corresponden al registro detallado (para el caso delos rasgos), área de exclusión con cercado perimetral y señalética de carácter transitorio segúncorresponda,) durante el tiempo que duren las faenas de construcción para luego ser retiradoscon supervisión arqueológica. Asimismo, se compromete a realizar una inducción sobre elPatrimonio Arqueológico y Cultural a los trabajadores que participan del Proyecto.Asimismo, en el punto 4.18 de la Adenda el Titular señala que para el sitio OP­11, como medida deprecaución, se implementará la misma acción indicada para el Proyecto aprobado, es decir, seinstalarán portales antes y después de los sectores que requieren protección, a fin de evitar el daño deestos elementos con el paso del conductor por tierra entre torres.

9.5. Paisaje

Fase del Proyecto a laque aplica

Construcción y operación

Objetivo, descripción yjustificación

El Titular en el punto 5.4 del Anexo FM­1 de la AdendaComplementaria se compromete para la Subestación decompensación II y la Instalación de Faena 03, acondicionar el paisajedonde se concentran las partes y obras del proyecto, en especial entorno a la subestación considerando la incorporación de materiales detextura lisa que disminuyan los reflejos en las zonas de mayorvisibilidad. Además, se “mimetizarán” los volúmenes, a través deluso de colores similares al paisaje adyacente.Para el diseño de las torres, mantendrán tonalidades claras paraadaptarse a las características del paisaje donde se emplazará elproyecto. Asimismo, se considerarán las indicaciones de laautoridad, en especial las referentes a seguridad vial y aeronáuticade la zona.

9.6. Suelo

Fase del Proyecto a laque aplica

Construcción y operación

Objetivo, descripción yjustificación

El Titular en el punto 1.16 de la Adenda se compromete a utilizarclavos o estacas de erosión para detectar los procesos erosivos.

10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan deEmergencias, son las siguientes:

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10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

Fase del Proyecto ala que aplica

Construcción, operación y cierre

Acciones o medidasa implementar

Sismos

­ Las estructuras de anclaje y suspensión de la línea se diseñaron y seconstruirán para resistir movimientos sísmicos.

Incendio o explosión en áreas de faenas

­ Los contratistas y subcontratistas deberán regirse por las obligacionesimpuestas por el Titular, para minimizar el riesgo de incendio las cualesserán incluidas en las cláusulas contractuales.

­ Se mantendrán en faenas profesionales en prevención de riesgoscapacitados, para mantener informado de las medidas de riesgo ycontrol de incendio a los trabajadores que participen de la construccióndel Proyecto.

­ Se dispondrá, en los diferentes puntos de las faenas y frentes detrabajo, de extintores para combatir el fuego, aumentando su cantidad enlas áreas de mayor riesgo (mayor vegetación o materialescombustibles).

­ Estará prohibido fumar o aportar fuego. Se instalará señalética queestablezca la prohibición de fumar, encender fogatas, portar fósforos uotros elementos que produzcan chispas.

Accidentes en caminos

­ El personal a contratar para manejar los camiones y maquinariasnecesarias en un área específica, será personal calificado, con licenciade conducir al día y con cinco años de experiencia mínima.

­ Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área detrabajo contarán con las señalizaciones exigidas por la legislaciónvigente.

­ Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción.

Derrame de sustancias peligrosas

­ Los frentes de trabajo se encuentran lejanos a cualquier curso de aguasuperficial.

­ El transporte de combustible desde las gasolineras se hará a través deuna empresa especialista en el tema, autorizada para dichos efectos, yen contenedores apropiados, según la legislación vigente en Chile.

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­ El Proyecto contempla sólo almacenamiento provisorio de residuospeligrosos, lo cual se llevará a cabo de acuerdo a la normativa vigente.El transporte y disposición final lo realizará una empresa autorizadapara dichos efectos, la cual retirará los residuos directamente desde losfrentes de trabajo.

­ Se dispondrá de elementos que permitan la contención de derramespequeños y medianos (sacos con arena o aserrín), tanto en los vehículosalimentadores de combustible como en los propios frentes de trabajo.

­ La carga de combustible a maquinarias y equipos se hará en un áreapreviamente definida y exclusiva para tal efecto.

­ El Proyecto contará en todas sus instalaciones de faena coninstructivos de los planes de contingencia frente a un incidente dederrame, además de los materiales necesarios para su contención. Estopermitirá actuar de la forma más rápida y eficaz posible.

­ Se llevará un registro en la instalación de faenas, que permitacuantificar los volúmenes almacenados y las cantidades que serántransportadas. Asimismo, el transportista llevará un registro de lascantidades que transporta, de modo de adecuar las medidas de seguridada la cantidad de productos almacenados y transportados.

­ El transporte de los residuos peligrosos será realizado según lasexigencias del D.S. N° 148/2004 de MINSAL.

­ Para los residuos peligrosos, se tendrá especial cuidado en no mezclaraquellos residuos que sean peligrosos, con los que no poseancaracterísticas de peligrosidad, y de no mezclar residuos peligrosos decaracterísticas distintas.

­ Todo el personal que trabaje en el Proyecto será instruido respecto a laprevención de incendios y derrames, y tendrá a conocimiento los planesde contingencia.

­ Se generará señalética en torno a los contendores transitorios y/ofinales de fácil lectura para los trabajadores

Desprendimiento de terrenos

­ Se adecuará la pendiente de los cortes a las características deestabilidad del suelo.

­ Se minimizará la remoción de vegetación en sectores de cortes deladeras a fin de evitar la aparición de procesos de erosión (arrastre demateriales).

­ Se evitará la construcción de accesos provisorios en sectores quepresenten terraplenes abruptos e inestables.

­ Se evitará la disposición de materiales en superficies de laderas con

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pendientes fuertes y con signos evidentes de inestabilidad (huellas dedeslizamiento, caídas de piedras, derrumbes y/o erosión) a fin de evitarun aumento de la erosión.

­ Se realizarán inspecciones a los cortes de taludes y terraplenes de talmanera de detectar deficiencia en el manejo de taludes, que puedan darorigen a situaciones de riesgo.

Interferencia de sitios con valor cultural.

­ Se implementará un programa de capacitación para todo el personalque intervenga en terreno durante la fase de construcción del Proyecto,en forma previa al inicio de sus actividades en terreno de manera que eltrabajador capacitado ayude a cuidar y proteger los sitios arqueológicosdel área de emplazamiento.

­ Para los hallazgos, rasgos, concentraciones, y sitio identificados, seconsiderará un área de exclusión con cercado perimetral y señalética decarácter transitorio según corresponda, durante el tiempo que duren lasfaenas de construcción para luego ser retirados con supervisiónarqueológica.

Prevención de activación de procesos erosivos

­ En caso de requerir construir caminos se maximizará la utilización delos ya existentes.

­ Se controlará el kilometraje de los caminos, es decir, se construirá omejorará solo lo estrictamente necesario reduciendo la superficieafectada.

­ Se diseñará caminos en una sola vía de manera de que el tránsito seasólo en un sentido regulando el paso de camiones y vehículos en caso deser necesario durante la etapa de construcción.

­ Se estabilizará los caminos mediante el compactado del suelo.

­ En casos donde se presenten quebradas que evidencien cursos de aguahistóricos o producto de eventos esporádicos, se construirá obrassubterráneas como tuberías, sumideros y disipadores de energía demanera que en caso de presentarse un evento de lluvias éstas noproduzcan desplazamiento del suelo.

Programa de capacitación

Se contempla un programa de capacitación para los trabajadores yoperarios, en cual se les interiorice de la importancia de la preservacióny protección del recurso patrimonial. Mayores antecedentes sobre elcontenido del programa de capacitación en el punto 3.2 del Anexo PC­1de la Adenda Complementaria.

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Asimismo, para los residuos peligrosos se contempla la realización decharlas de inducción de forma previa a la construcción, y al cierre quedé a conocer los sitios de disposición de los distintos tipos de residuos einstruya respecto de la forma de disposición de los residuos, tanto porcontrol sanitario como de orden e higiene de los frentes de trabajo y delas faenas.

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

Fase del Proyecto ala que aplica

Construcción, operación y cierre.

Acciones aimplementar

Sismos

­ En caso de terremoto, las personas deben dirigirse a los puntos deencuentro definidos por la empresa. Un supervisor con la lista de lostrabajadores o el libro de asistencia controlará el personal y seasegurará de que no falte nadie de su cuadrilla.

­ Una vez terminado el terremoto, los trabajadores deben esperar lasórdenes de la empresa para volver al lugar de trabajo y ayudar a laclasificación de los hechos según gravedad, así como realizar unchequeo de peligros y riesgos que se hayan producido por causa delterremoto, para asegurar que se cuente con un lugar seguro al retomarlas actividades.

Incendio o explosión en áreas de faenas

­ El personal que se encuentre más cerca del incendio deberá dar avisode inmediato al capataz de las faenas o supervisor a cargo,proporcionando los antecedentes que sean necesarios, tales como tipode combustible que se está quemando, cantidad de combustibles yrecursos amenazados, disponibilidad de agua, vías de acceso y relievedel lugar, estimación de la superficie afectada hasta ese momento,condiciones meteorológicas locales imperantes (dirección y fuerza delviento) y si se requiere más personal para el combate del fuego.

­ El personal que se encuentre disponible más cerca del lugar delincendio deberá comenzar a combatir de inmediato el fuego,construyendo las líneas de control que se requieran. Cabe recordar, quelos posibles sectores con huellas de acceso ya construida pueden serutilizados como cortafuegos.

­ El capataz deberá comunicar de inmediato a su jefatura y alespecialista de manejo del fuego del proyecto de la ocurrencia delincendio y demás antecedentes cualquiera sea la superficie y magnitudde éste, con el objeto que dicha institución tenga conocimiento delhecho desde el primer momento y realice las evaluaciones necesarias;por otra parte también se dará aviso a Carabineros de Chile y aBomberos, dependiendo de la magnitud del siniestro.

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­ El capataz deberá dar primera prioridad al incendio y dispondrá eltraslado del personal al lugar del siniestro si fuese necesario o loalertará para que se mantenga atento a instrucciones.

Explosión

­ No se intentará apagar el fuego; dado que sigue latente el peligro deuna nueva explosión.

­ Mantener la calma y dejar que el personal especializado controle lasituación y colaborar con la brigada de emergencia para que realice sutrabajo.

Accidentes en caminos

­ Entregar información oportuna a los encargados de comunicaciones.

­ Registrar el accidente en formulario previamente definido.

­ Analizar el accidente a fin de evitar que se vuelva a producir.

Derrames de sustancias peligrosas

­ El supervisor correspondiente deberá coordinar el traslado al lugar delaccidente, de todos los equipos y maquinarias que permitan limpiar elderrame, en forma rápida y segura para los trabajadores y el medioambiente, una vez que Carabineros y/o las autoridades respectivas loautorice.

­ Se informará inmediatamente a la SMA y los demás organismos quecorrespondan, a los que se les indicará:

­ La descripción del accidente (se indicará el lugar específico, quesustancias se vertieron y los procedimientos que se utilizarán paracontrolar la emergencia).

­ Se indicarán las medidas que se utilizarán en el corto y mediano plazopara controlar el derrame (estarán en el instructivo en las instalacionesde faenas y frentes de trabajo).

­ Dependiendo del tipo de derrame se evaluarán los posibles efectossobre los recursos hídricos. Como no es posible determinar a priori queelementos pudiesen ser afectados por un probable derrame, losparámetros a monitorear se determinaran in situ y serán ejecutados deacuerdo a las normativas vigentes respecto de los métodos de medición.

­ El equipamiento para atender emergencias consistirá principalmenteen una camioneta dotada de arena, aserrín u otro elemento controlador

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del derrame de petróleo, aceites y/o lubricantes (aglomerante).

­ Posteriormente se realizará una evaluación de las medidas llevadas acabo.

­ Los residuos derivados de las actividades de control del derrame seránalmacenados en tambores y transportados directamente al lugar de sudisposición final, por una empresa externa contratada por el proyecto yautorizada para dichos efectos.

­ También se llamará a bomberos y otras instituciones previamentedefinidas, si fuese necesario, quienes podrán ayudar a enfrentar lacontingencia.

­ Si el derrame se produce en la cuba bajo el transformador o de loscondensadores, el supervisor debe coordinar con una empresacertificada el retiro del líquido a un lugar definitivo.

­ Toda vez que una emergencia involucre sustancias peligrosas, se daráaviso a la Autoridad Sanitaria respectiva, y se adoptarán las medidas deremediación necesaria, así como también se proveerá de agua potable ala población que pudiera verse afectada. La SEREMI de Saludrespectiva definirá los contenidos de monitoreos o muestreos que seanrequeridos. Mayores antecedentes en el punto 1.17 de la Adenda.

Interferencia de sitios con valor cultural.

Ante la eventualidad de que se realice un hallazgo arqueológico noprevisto, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/oprospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ademásse informará de inmediato y por escrito al Consejo de MonumentosNacionales para que este organismo determine los procedimientos aseguir.

Plan de Contingencia Animales Silvestres

Se informará a los organismos competentes en el caso que se produzcanatropellos y se coordinarán las acciones para atender al o los ejemplaresde fauna, trasladarlos, recuperarlos y reinsertarlos en su medio natural.Esta actividad será responsabilidad del Titular, quién asumirá los costosque involucren las acciones adoptadas y actividades posteriores alrescate de acuerdo a lo indicado en el punto 1.3 de la AdendaComplementaria. Mayores antecedentes en el punto 1.15 y en el AnexoFA­1 de la Adenda.

Activación de procesos erosivos

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Se deberá compactar y estabilizar considerando una capa de bischofitao similar y en el caso de taludes expuestos se pondrán anclajes conmallas o algún otro sistema de contención. Mayores antecedentes en elpunto 1.16 de la Adenda.

Para la fase de operación, los riesgos identificados corresponden a losmismos de la fase de construcción y se suman el corte de conductores oderrumbes de torres y el riesgo de que los aisladores se vuelvanconductores por falta de limpieza. Para ello, se contará en terreno conun prevencionista de riesgos durante las actividades de mantención de laLAT, quien realizará una actividad coordinada y periódica de lamantención y lavado de aisladores.

Para la fase de cierre no se identifican contingencias adicionales a lasidentificadas en la fase de construcción.

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la informaciónrespecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones,reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y engeneral cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según lasobligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las ResolucionesExentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objetode conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el RegistroPúblico de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetossometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y formatoda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través delas Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de lagestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere elConsiderando 4° de la presente Resolución.

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberáinformar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, elinicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14. Que, para que el proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kVMejillones­Cardones” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le seanaplicables.

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA y a laSuperintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en laDIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la DirecciónEjecutiva del SEA la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correoelectrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambosdel Reglamento del SEIA.

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya uncambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del

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SEIA, deberá someterse al SEIA.

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presenteResolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a travésde un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación alTrazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones­Cardones”, de Transmisora Eléctrica delNorte S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kVMejillones­Cardones” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kVMejillones­Cardones” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisosambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 151, 156 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de ImpactoAmbiental.

4°. Certificar que el proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kVMejillones­Cardones” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de laLey N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de suejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presenteacto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdoa lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio deEvaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde lanotificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Jorge Troncoso ContrerasDirector Ejecutivo

Servicio de Evaluación Ambiental

EAB/JCMF/AGO/MPG/MEPB/CSA

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Distribución:Juan Alejandro Lorenzini LorenziniCONAF, Región de AntofagastaDGA, Región de AntofagastaDirección de Vialidad, Región de AntofagastaDOH, Región de AntofagastaGobierno Regional, Región de AntofagastaIlustre Municipalidad de MejillonesIlustre Municipalidad de TaltalOficina Regional CONADI, Región de AntofagastaSAG, Región de AntofagastaSEC, Región de AntofagastaSEREMI de Agricultura, Región de AntofagastaSEREMI de Bienes Nacionales, Región de AntofagastaSEREMI de Energía, Región de AntofagastaSEREMI de Salud, Región de AntofagastaSEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de AntofagastaSEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de AntofagastaSEREMI Medio Ambiente, Región de AntofagastaSEREMI MOP, Región de AntofagastaSERNAGEOMIN, Región de AntofagastaServicio Nacional de Pesca, Región de AntofagastaServicio Nacional Turismo, Región de AntofagastaCONADI, Región de AtacamaCONAF, Región de AtacamaDGA, Región de AtacamaDirección de Vialidad, Región de AtacamaDOH, Región de AtacamaGobierno Regional, Región de AtacamaIlustre Municipalidad de CopiapóIlustre Municipalidad de Diego de AlmagroSAG, Región de AtacamaSEC, Región de AtacamaSEREMI de Agricultura, Región de AtacamaSEREMI de Bienes Nacionales, Región de AtacamaSEREMI de Energía, Región de AtacamaSEREMI de Salud, Región de AtacamaSEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de AtacamaSEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de AtacamaSEREMI Medio Ambiente, Región de AtacamaSEREMI MOP, Región de AtacamaSERNAGEOMIN, Región de AtacamaServicio Nacional de Pesca, Región de AtacamaServicio Nacional Turismo, Región de AtacamaIlustre Municipalidad de AntofagastaConsejo de Monumentos NacionalesCorporación Nacional de Desarrollo IndígenaCorporación Nacional Forestal, Dirección EjecutivaDepartamento de Salud Ambiental, Ministerio de SaludDirección de Obras Hidráulicas

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Dirección General de AguasDirección Nacional de VialidadDivisión de Normas, Ministerio de Transporte y TelecomunicacionesMinisterio de Bienes NacionalesMinisterio de Vivienda y UrbanismoServicio Agrícola y Ganadero, Dirección NacionalServicio Nacional de Geología y MineríaServicio Nacional de Pesca, Dirección NacionalServicio Nacional Turismo, Dirección NacionalSubsecretaría de EnergíaSubsecretaría del Medio AmbienteSubsecretaría de Pesca y AcuiculturaSubsecretaría de Transportes, Ministerio de Transportes y TelecomunicacionesSuperintendencia de Electricidad y CombustiblesSuperintendencia de Servicios Sanitarios

C/c:Expediente del Proyecto "Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones ­Cardones"Archivo Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva

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