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1 Excmo. Ayuntamiento de Soria MAAG/mrm Sesión ordinaria nº 23 En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las diez horas del día nueve de junio de dos mil diecisiete, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros: ASISTENTES: Primer Tte. Alcalde:__________ D. Luis A. Rey de las Heras. Concejal:__________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito. Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez. Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo. Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor. Interventora Accidental: ______Dª Belén Gallardo Sáenz. Secretario General: ________ D. Mariano A. Aranda Gracia. Excusan su asistencia D. Carlos Martínez Mínguez y Dª Marta Cáceres Piñuel. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 2 DE JUNIO DE 2017. Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 2 de junio de 2017. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad. 2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS: 2.1.-Se da cuenta del Auto nº 42 /17 de fecha diecinueve de mayo de dos mil diecisiete, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Soria, dictado en el Procedimiento Abreviado 37/2017, interpuesto por …, cuya parte dispositiva es la siguiente: Declarar terminado el presente procedimiento por reconocimiento total en vía administrativa de las pretensiones de la parte recurrente.

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Excmo. Ayuntamiento de Soria

MAAG/mrm

Sesión ordinaria nº 23

En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las diez horas del día nueve de junio de dos mil diecisiete, se

reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:

ASISTENTES:

Primer Tte. Alcalde:__________ D. Luis A. Rey de las Heras. Concejal:__________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito.

Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez.

Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo. Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor.

Interventora Accidental: ______Dª Belén Gallardo Sáenz. Secretario General: ________ D. Mariano A. Aranda Gracia.

Excusan su asistencia D. Carlos Martínez Mínguez y Dª Marta Cáceres Piñuel.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 2 DE

JUNIO DE 2017.

Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 2 de junio de

2017. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el

Acta es aprobada por unanimidad.

2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS:

2.1.-Se da cuenta del Auto nº 42 /17 de fecha diecinueve de mayo

de dos mil diecisiete, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº

1 de Soria, dictado en el Procedimiento Abreviado 37/2017,

interpuesto por …, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“Declarar terminado el presente procedimiento por

reconocimiento total en vía administrativa de las pretensiones de la

parte recurrente.

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Se imponen las costas a la Administración demanda.”

La Junta de Gobierno Local queda enterada, y propone a la

Alcaldía la interposición de recurso de reposición designando como

Letrado en defensa de los intereses municipales a D. José Luis López

Navarro.

2.2.- Se da cuenta del Decreto del Juzgado de lo Contencioso

Administrativo nº 1 de Soria, de fecha treinta y uno de mayo de dos

mil diecisiete, dictado en el procedimiento abreviado nº 80/2017, por

el que se acuerda admitir a trámite el recurso contencioso-

administrativo interpuesto por la representación procesal de…, contra

la denegación por el Excmo. Ayuntamiento de Soria, por silencio

administrativo del Recurso de reposición interpuesto contra las

liquidaciones del impuesto sobre el incremento del valor de los

terrenos de naturaleza urbana números 91 y 92, ambas del ejercicio

2017.

El Juzgado acuerda admitir la demanda interpuesta y dar

traslado al Ayuntamiento del escrito de demanda y documentos

presentados por la parte recurrente, para que conteste en el plazo de

veinte días requiriéndole para la remisión del expediente

administrativo.

La Junta de Gobierno Local propone a la Alcaldía la remisión del

expediente, el emplazamiento a los interesados, la personación en el recurso, y la contestación de la demanda en el plazo indicado,

designando como Letrado en defensa de los intereses municipales a D. José Luis López Navarro.

2.3.-Se da cuenta de la Declaración Responsable para ejecución de

las obras relacionadas a continuación:

INTERESADO SITUACIÓN OBRA OBRAS A REALIZAR

DOS DE MAYO, 61 Y 63 CERRAMIENTO DEFINITIVO DE PARCELA CON MURETE DE HORMIGÓN ARMADO Y CERRAMIENTO DE VERJA METÁLICA.

CDAD. PROP. VENERABLE CARABANTES, 12

VENERABLE CARABANTES, 12

PINTURA DE PORTAL Y ESCALERAS.

PASEO DE LA FLORIDA, 18-ESC. IZ 3º D

ARREGLO DE COCINA Y BAÑOS. REFORMA DE VIVIENDA.

MEDIOS Y SOPORTES PUBLICITARIOS, SLU

POLÍGONO 23. PARCELA 60021 SENDA MUERTA DE SORIA

INSTALACIONES VALLA PUBLICITARIA.

PASCUAL BORQUE CONSTRUCCIÓN, SL CORTES DE SORIA, 8-4º B SUSTITUCIÓN DE ALICATADO EN COCINA Y CARPINTERÍA EXTERIOR.

CDAD. PROP. PASEO LA FLORIDA, 3 PASEO DE LA FLORIDA, 3 PINTAR PATIOS INTERIORES. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud de licencia.

SAN AGUSTÍN, 18. BAR RIO

REFORMA DE LA INSTALACIÓN DE FONTANERÍA Y CALEFACCIÓN.

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3.-APROBACIÓN DE PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL

INICIO DE LAS MISMAS PARA LA CONSOLIDACIÓN Y

REFUERZO DE FORJADO EN EDIFICIO DE VIVIENDAS SITO EN LA C/ FUERTEVENTURA, Nº 2 Y 4 DE SORIA.

Visto el proyecto básico y de ejecución para la consolidación y

refuerzo de forjado en edificio de viviendas sito en C/ Fuerteventura, nº 2 y 4 de Soria promovido por D. Eduardo Ransanz Las Heras, en

representación de la C.P. de C/ Fuerteventura, nº 2 y 4 y suscrito por el técnico D. Ignacio S. Cabrerizo Martínez de Baroja.

El expediente ha sido informado favorablemente por los

Servicios Técnicos Municipales, así como por la Técnico de Administración General en fecha 7 de junio del actual.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad

con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde

en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar el proyecto básico y de ejecución, conceder la licencia de obras para la consolidación y refuerzo de forjado en edificio de

viviendas sito en C/ Fuerteventura, nº 2 y 4 de Soria promovido por D. Eduardo Ransanz Las Heras, en representación de la C.P. de C/

Fuerteventura, nº 2 y 4 y suscrito por el técnico D. Ignacio S. Cabrerizo Martínez de Baroja y autorizar el inicio de las mismas

debiendo cumplir con las siguientes prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:

Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos por

importe de 357,50 €. Antes del inicio de las obras se aportará Dirección Facultativa

a nivel de Aparejador o Arquitecto Técnico.

La utilización de medios auxiliares será objeto de licencia independiente.

De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren

las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:

En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la

identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de

ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.

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El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a

las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para tercero

Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia

serán:

Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: tres años

Plazo de interrupción máxima: doce meses.

Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del

Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de enero).

4.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN Y

AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS OBRAS PARA LA REFORMA

Y REHABILITACIÓN DE EDIFICIO PARA 12 VIVIENDAS, 1 OFICINA, 3 LOCALES Y 10 TRASTEROS (CADA UNO DE LOS

CUALES ESTARÁ ASOCIADO A UNA VIVIENDA CONCRETA) EN LA C/ AGUIRRE, Nº 2 DE SORIA PROMOVIDO POR

VICTORIANO MARTÍNEZ E HIJOS, S.L., Y SUSCRITO POR EL TÉCNICO D. IGNACIO CABRERIZO DE MARCO.

Visto el proyecto de ejecución para la reforma y rehabilitación

de edificio para 12 viviendas, 1 oficina, 3 locales y 10 trasteros (cada uno de los cuales estará asociado a una vivienda concreta) en C/

Aguirre, nº 2 de Soria promovido por Victoriano Martínez e Hijos, S.L y suscrito por el técnico D. Ignacio Cabrerizo de Marco.

El expediente ha sido informado favorablemente por los

Servicios Técnicos Municipales, así como por la Técnico de

Administración General en fecha 7 de junio del actual.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde

en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar el proyecto de ejecución para la reforma y rehabilitación de edificio para 12 viviendas, 1 oficina, 3 locales y 10

trasteros (cada uno de los cuales estará asociado a una vivienda concreta) en C/ Aguirre, nº 2 de Soria promovido por Victoriano

Martínez e Hijos, S.L y suscrito por el técnico D. Ignacio Cabrerizo de Marco y autorizar el inicio de las obras debiendo cumplir con las

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siguientes prescripciones además de las especificadas en los informes

emitidos al efecto:

Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos por

importe de 10.683,36 €. Se deberá realizar durante la ejecución:

Ocupación de vía pública. Solicitar en Documento independiente. Fijar dimensiones y fianza para la

correcta reposición de pavimento por deterioro, en su caso. Valorar por Aparejador/Arquitecto

Técnico de obras. Tendederos. Incorporar a viviendas 3 de plantas

2ª y 3ª De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,

deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes

reglas: En el cartel informativo debe indicarse el objeto,

número y fecha de la licencia, así como la

identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de

ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.

El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y

sin riesgo para la seguridad vial o para tercero

5.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS

MISMAS PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN EDIFICIO SITO EN LA C/ SANTO ÁNGEL DE LA GUARDA, Nº 23 DE SORIA.

Visto el proyecto de ejecución para la instalación de ascensor

en edificio sito en C/ Santo Ángel de la Guarda, nº 23 de Soria promovido por … y suscrito por los técnicos D. Miguel de Lózar de la

Viña y D. Alfonso Sánchez de Toca Redondo.

El expediente ha sido informado favorablemente por los

Servicios Técnicos Municipales en fecha 6 de junio, así como por la Técnico de Administración General en fecha 7 de junio del actual.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad

con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar el proyecto de ejecución, conceder la licencia de obras

para la instalación de ascensor en edificio sito en C/ Santo Ángel de la

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Guarda, nº 23 de Soria promovido por … y suscrito por los técnicos D.

Miguel de Lózar de la Viña y D. Alfonso Sánchez de Toca Redondo y autorizar el inicio de las mismas debiendo cumplir con las siguientes

prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos

al efecto:

De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren

las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:

En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la

identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de

ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.

El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y

sin riesgo para la seguridad vial o para tercero

Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en

proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia serán:

Plazo de inicio: seis meses.

Plazo de finalización: tres años Plazo de interrupción máxima: doce meses.

Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que

sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de

enero).

6.-APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE

COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN DE AMIGOS DE LA

SACA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.

Vista y estudiada la modificación del Convenio de Colaboración

formalizado entre la Asociación de “Amigos de la Saca” y el Excmo.

Ayuntamiento de Soria, que modifica el protocolo de colaboración y

anexo suscritos en los años 2002 y 2005 respectivamente; visto así

mismo el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa

Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha 2 de

junio del actual, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de

conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.

Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,

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acuerda:Prestar su conformidad a la referida modificación, habilitando

a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN “AMIGOS DE LA SACA” Y EL

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA

Por una parte la Ilmo. Sr. D Carlos Martínez Mínguez, Alcalde Presidente del

Excmo. Ayuntamiento de Soria,

Por otra parte D. Raúl González Hernández, con D.N.I 72.881.871- T,

Presidente de la Asociación “Amigos de La Saca” con CIF Nº.- G- 42168161, y

domicilio en C/ Montes Claros nº 3 - 2º A.

A C U E R D A N

1.- La Asociación “Amigos de La Saca” es una Asociación sin ánimo de lucro, que

pretende aglutinar a los diferentes colectivos (caballistas, personas a pie, etc.) que

participan en los festejos tradicionales de las Fiestas de San Juan, con el fin de

organizar y desarrollar los citados festejos procurando darles el máximo esplendor

y fomentar la participación y responsabilidad ciudadana a los denominados “usos y

costumbres” de nuestras fiestas; por ello, la Asociación “Amigos de La Saca” ofrece

al Excmo. Ayuntamiento de Soria toda su colaboración para poder conseguir los

fines expuestos, así como para cualquier otra actividad relacionada con el mundo

del toro o del caballo.

2.- La Asociación se compromete a asistir y colaborar en el desarrollo de los

festejos taurinos tradicionales y populares de las Fiestas de San Juan de la Ciudad

de Soria, así como a aportar suficiente ganado de manseo para la realización de los

festejos antes citados conforme a lo dispuesto en el Decreto 14/1999 de la

Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León.

3.- La Asociación “Amigos de La Saca” se compromete a organizar y desarrollar el

“encierro” matinal del día del “Lavalenguas”, teniendo el ganado de manseo

dispuesto para cualquier requerimiento de los mismos por parte del Excmo.

Ayuntamiento de Soria durante todo el día.

Asimismo, los miembros de la Asociación colaborarán en el “apartado”,

faenado de los novillos, dejándolos en el corral más idóneo para su “suelta” por la

tarde.

4.- La Asociación “Amigos de La Saca” se compromete a organizar y desarrollar el

“encierro” matinal del día de “La Compra”, teniendo el ganado de manseo dispuesto

para cualquier requerimiento de los mismos por parte del Excmo. Ayuntamiento de

Soria durante todo el día.

Asimismo, los miembros de la Asociación colaborarán en el “apartado”,

faenado de los novillos, dejándolos en el corral más idóneo para su “suelta” por la

tarde.

5.- La Asociación “Amigos de La Saca” se obliga a encerrar los novillos en los

corrales de la Cañada Honda del Monte de Valonsadero el día “Miércoles el Pregón”

para posibilitar su suelta el “Jueves La Saca”.

6.- La Asociación “Amigos de La Saca” se compromete a colaborar con el Excmo.

Ayuntamiento de Soria en la organización y desarrollo del festejo tradicional de “La

Saca” tanto con personal “a pie” como con caballistas.

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7.- La Asociación se compromete a recoger el ganado bravo y de manseo que se

utilizan en los festejos de “La Saca”, “Lavalenguas” y “La Compra”, en caso de que

se “escapen”, de acuerdo a las indicaciones de la Comisión de Participación

Ciudadana con el apoyo y colaboración de los medios humanos y materiales que

determine el propio Ayuntamiento de Soria, sobre todo en temas de seguridad.

8.- La Asociación “Amigos de La Saca” se ofrece al Ayuntamiento de Soria para que

puede designar de entre sus socios y a propuesta de la Junta Directiva de la

Asociación, las diferentes personas que desempeñen los cargos exigidos en el

Decreto 14/1999 de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León

(Director de Campo, Mayoral………etc.) y lo dispuesto por el Excmo. Ayuntamiento

de Soria.

9.- La Asociación “Amigos de La Saca” realizará todas sus actividades con respeto a

los festejos tradicionales de San Juan de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto

14/1999 de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, que regule

los festejos taurinos y la Ordenanza Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Soria.

10.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria cederá el uso del terreno y el

aprovechamiento de los pastos como hábitat del ganado manso compuesto por un

número máximo de treinta bovinos y cinco equinos, así como las instalaciones,

infraestructuras y equipamiento existentes en los terrenos que se definirán, para

facilitar la práctica ganadera. La referencia SIGPAC de las parcelas objeto de cesión

son las siguientes:

42-900-0-0-1-20001-1

42-900-0-0-1-20001-4 (parcial)

42-900-0-0-1-20001-14 (parcial)

42-900-0-0-1-20001-23

42-900-0-0-1-20001-32

42-900-0-0-1-20001-35

Asimismo, una vez finalizado el plazo de adjudicación de pastos de las

parcelas Nº.- 2, del Polígono Nº.- 28 (Recintos: 1-3 y 29), y las del Polígono Nº.-

1, parcelas Nº.- 30001 (Recintos 1 – 2 y 9), Nº.- 50001 (Recinto 1) y Nº.- 70001

(Recinto 1), serán integradas en la cesión anterior citada, así como se permitirá el

paso en las zonas recreativas que marca el camino habitual de los festejos y

actividades que se puedan programar.

El citado ganado podrá ser cedido a la Asociación por cualquier ganadero

particular perteneciente a la citada entidad, debiendo comunicar, con la debida

antelación y en todo caso, anualmente, antes de que el ganado sea introducido en

el monte, al Excmo. Ayuntamiento de Soria y al Servicio Territorial de Agricultura y

Ganadería y Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León la

siguiente información: el propietario de las reses y la identificación de las mismas.

Igualmente, cualquier sustitución de alguna res, deberá ser autorizada por el Exmo.

Ayuntamiento de Soria y comunicada a ambos Servicios Territoriales de la Junta de

Castilla y León.

No se podrá introducir el ganado en la superficie afectada sin contar con la

autorización previa del Servicio Territorial de Medio Ambiente, quien podrá

modificar el periodo de estancia o reducir la carga máxima de ganado si se

observaran daños importantes en el terreno, en el pastizal o en otras formaciones

vegetales.

El referido ganadero quedará autorizado para el uso y aprovechamiento de

los terrenos anteriormente definidos.

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11.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria se compromete a mantener las instalaciones

anteriormente citadas en perfecto estado en medidas de seguridad (vallado, muros,

alambradas…….) e higiene.

12.- La Asociación “Amigos de la Saca” adquiere los siguientes compromisos:

- Mantenimiento y manutención del ganado descrito anteriormente.

- Control sanitario del ganado según normativa de la Junta de Castilla y

León, con cargo a su Tesorería.

- Desparasitación y posibles enfermedades.

- Control y vigilancia diaria durante todo el año.

- Mantenimiento del estado de Cañada Honda y aledaños para una

perfecta habitabilidad del ganado.

- Mantenimiento de las traseras de la Casa del Guarda, incluida la zona del

picadero para la habitabilidad del ganado.

- Proponer al Excmo. Ayuntamiento cuantas ideas surjan para una posible

mejora en la celebración de los festejos.

- Realizar los vallados provisionales necesarios para el mejor desarrollo del

festejo de “La Saca”.

- La Asociación “Amigos de La Saca” suscribirá una póliza aseguradora de

responsabilidad civil y de daños a terceros; independientemente de los

contratados por el Excmo. Ayuntamiento de Soria para las Fiestas de San

Juan

13.- La Asociación “Amigos de La Saca” pondrá a disposición del Excmo.

Ayuntamiento de Soria el ganado manso para cualquier evento que se puede

organizar con motivos de los festejos sanjuaneros o/ en cualquier otra fecha.

14.- La Asociación “Amigos de La Saca”, previa inscripción en el Registro Municipal

de Asociaciones; podrá acogerse a las líneas de subvención de los distintos

departamentos del Excmo. Ayuntamiento de Soria.

15.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria estudiará y valorará todas aquellas

propuestas que pueda presentar la Asociación “Amigos de La Saca”, tanto para

temas relacionados con los festejos tradicionales de la Ciudad de Soria, así como

cualquier otra actividad que pudieran fomentar, organizar o instar.

16.- El presente protocolo tendrá una duración de un año, prorrogable anualmente,

si no se denuncia por ninguna de las partes con anterioridad al 31 de diciembre de

cada año.

17.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria concederá una ayuda económica anual de

3.000 €, en contraprestación a los referidos compromisos adquiridos por la

“Asociación Amigos de la Saca”.

18.- Este expediente, dado que se trata de un Monte de Utilidad Pública, queda

sujeto a la autorización de uso especial que debe conceder el Servicio Territorial de

Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, de acuerdo a lo establecido en los

artº 61 a 69 de la Ley 3/2009, de Montes de Castilla y León..

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7.-CONCESIÓN DE AYUDA ECONÓMICA A LAS PEÑAS SANJUANERAS PARA LAS FIESTAS DE SAN JUAN 2017.

Visto el dictamen favorable emitido por la Comisión

Informativa Permanente de Participación y Desarrollo Ciudadano de fecha 2 de junio del actual, la Junta de Gobierno Local, órgano

competente de conformidad con la delegación de atribuciones

efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: la concesión de las ayudas

económicas que a continuación se relacionan, a las Peñas Sanjuaneras para las Fiesta de San Juan 2017:

ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “EL BULLICIO” ................................ 3.200 €

ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “POCA PENA” .................................. 3.200 €

ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “EL CUADRO” .................................. 3.200 €

ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “DESBARAJUSTE” .......................... 3.200 €

ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “ILUSIÓN” ...................................... 3.200 €

ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA “ LOS QUE FALTABAN”..…………………….. 3.200 €

8.-APROBACIÓN DE CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL

CAMPEONATO DE ESPAÑA PROFESIONALES, ELITE Y SUB23.

Visto el Convenio de Colaboración a suscribir con la Real

Federación Española de Ciclismo para la celebración del Campeonato

de España de Profesionales, Elite y Sub23, la Junta de Gobierno

Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio

de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: Prestar su conformidad

al mismo, habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el

siguiente:

Convenio de Colaboración Campeonato de España Profesionales, Elite y Sub23

En la ciudad de Soria, a ____ de _______________ 2017

REUNIDOS De una parte, Don José Luis López Cerrón, mayor de edad, con domicilio a los efectos en Ferraz 16, 5ª Madrid, provisto de D.N.I. número 12230816Z. Interviene en nombre y representación de la Real Federación Española de Ciclismo domiciliada en la C/ Ferraz, 16 - 5º de Madrid y con CIF número Q2878012J, en calidad de Presidente de la misma, cargo que asegura vigente.

En adelante, RFEC.

De otra parte, Don Luis Alfonso Rey De Las Heras, mayor de edad. Interviene en nombre y representación de Excma. Diputación Provincial de Soria, domiciliada en C/Caballeros, 16 de Soria y con CIF P4200000J, en calidad de Presidente, cargo que asegura vigente.

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En adelante, la Diputación. De otra parte, Don Carlos Martínez Mínguez, mayor de edad. Interviene en nombre y representación de Excmo. Ayuntamiento de Soria, domiciliado en la Plaza Mayor, 9 de Soria y con CIF, en calidad de P427700D, cargo que asegura vigente. En adelante, el Ayuntamiento.

Las partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para suscribir este convenio de colaboración (en adelante “el convenio”), asegurando cada parte que los poderes con que respectivamente actúan no han sido revocados ni limitados, y que son bastantes para obligar a sus representados en este acto, y en su virtud

EXPONEN

I.- Que la Real Federación Española de Ciclismo es la titular y propietaria exclusiva, conforme a lo establecido en sus Estatutos por aplicación de la Ley 10/1990, de 15 de octubre y normas que la desarrollan, de los CAMPEONATOS DE ESPAÑA CICLISMO EN CARRETERA DE PROFESIONALES, ELITES Y SUB 23. II. Que el Ayuntamiento y la Diputación desean colaborar en la realización de los fines de la

RFEC, mediante la participación en la organización del Campeonato de España citado de acuerdo con el siguiente convenio de colaboración. III. Que las partes convienen otorgar el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN

EMPRESARIAL EN ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL, de los previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, de acuerdo con las siguientes:

ESTIPULACIONES

PRIMERA: Objeto del convenio. Por medio del presente convenio, la Diputación Provincial de Soria y el Ayuntamiento de

Soria colaborarán en la organización de las actividades, eventos y actos conmemorativos que se organizan con motivo del CAMPEONATO DE ESPAÑA CICLISMO EN CARRETERA DE PROFESIONALES, ELITES Y SUB 23 a celebrar del 22 al 25 de junio 2017, a desarrollar en Soria capital y provincia, con el alcance y condiciones establecidos en el presente documento. A fin de alcanzar dicho objeto, el Ayuntamiento y la Diputación asumen el compromiso de

efectuar las aportaciones (económicas/ en especie/logísticas) que se indican en el presente documento, y en el Anexo I que se adjunta como parte inseparable del mismo.

Por su parte, la RFEC se compromete a difundir la participación del Ayuntamiento y la Diputación en sus actividades en los términos que quedan indicados en el presente convenio.

SEGUNDA: Naturaleza.

Ambas partes declaran que el presente convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal en las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y que en ningún caso debe considerarse que persigue los fines de los contratos de patrocinio publicitario recogidos en el artículo 24 de la Ley 34/1988, de 11 de

noviembre, General de Publicidad. A todos los efectos, la difusión de la participación de la Diputación y el Ayuntamiento en la actividad de la RFEC no constituirá una prestación de servicios

TERCERA: Aportaciones.

El Ayuntamiento y la Diputación, con las finalidades expresadas en las cláusulas anteriores y manteniéndose las condiciones bajo las que suscribe el presente convenio, aportarán la

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infraestructura y servicios establecidos en el Anexo I que se adjunta al presente convenio,

necesarios para la organización del evento deportivo, siendo de cuenta de la RFEC el resto de prestaciones necesarias para dicha organización. CUARTA: Difusión de la colaboración. En tanto dure el presente convenio de colaboración, la difusión de la participación del Ayuntamiento y la Diputación en las actividades del Campeonato que desarrolle la RFEC se

llevará a cabo de las siguientes maneras:

La RFEC se compromete a difundir la participación y colaboración del Ayuntamiento y la Diputación mediante la inserción del logo del Ayuntamiento y la Diputación en cuantos rótulos, impresos, catálogos, sellos, propaganda y en cualquier otra información que se publique o edite en relación con la actividad.

La RFEC se compromete a que sea mencionada la colaboración del Ayuntamiento y la Diputación en todos los actos de difusión referidos a la actividad. El Ayuntamiento y la Diputación podrán hacer pública su participación en las actividades de la RFEC, bajo la denominación de CAMPEONATOS DE ESPAÑA CICLISMO EN CARRETERA DE PROFESIONALES, ELITES Y SUB 23.

La RFEC deberá aportar al Ayuntamiento y la Diputación en cualquier momento información referente al desarrollo de las actuaciones llevadas a cabo con las aportaciones del Ayuntamiento y la Diputación.

En todo caso, la difusión de la participación del Ayuntamiento y la Diputación en las actividades de la RFEC durante el Campeonato se limitará al uso de sus logotipos o signos

distintivos, quedando expresamente excluida de este convenio la publicidad, o la difusión de cualquier producto o servicio que pueda prestar el Ayuntamiento y la Diputación.

QUINTA: Propiedad intelectual. Las cláusulas del presente convenio no suponen en ningún caso la cesión o transmisión de

cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial titularidad del Ayuntamiento y la Diputación o de la RFEC. El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado en el presente convenio por parte de la RFEC o del Ayuntamiento y la Diputación de cualquier signo distintivo protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial o intelectual de la RFEC o del Ayuntamiento y la Diputación, facultará a cualquiera de ellos para instar la resolución del presente convenio,

en cuyo caso, la entidad incumplidora se compromete a restituir a la otra parte del convenio el importe de las aportaciones realizadas, sin perjuicio de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.

SEXTA: Resolución. En el supuesto de que el objeto del convenio no pudiese llevarse a cabo por incumplimiento

de los compromisos de la RFEC o de las personas o entidades que ésta hubiere designado para la realización de las actividades, el Ayuntamiento y la Diputación quedarán relevados del compromiso de abonar cualquier cantidad a partir del momento de dicho incumplimiento, si es el caso, quedando obligada la RFEC, conforme a lo dispuesto en el artículo 647 del Código Civil, a restituir al Ayuntamiento y la Diputación las cantidades percibidas, incrementadas en el interés legal del dinero.

Si la imposibilidad de cumplir el objeto del convenio se debiese a cualquier otra causa ajena a la voluntad de la RFEC, se aplicará idéntica previsión en lo referido a las cantidades pendientes de abono, si bien, por lo que se refiere a las ya percibidas, no deberán ser restituidas.

SÉPTIMA. Tributos.

En la ejecución del contenido del presente convenio, cada parte soportará los tributos que se

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puedan devengar y sean de su cargo según la Ley.

OCTAVA. Jurisdicción y competencia. Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten a los juzgados y tribunales de Madrid para la resolución de cualesquiera divergencias que pudieran surgir con motivo de la interpretación o ejecución del presente convenio.

Y en prueba de conformidad con lo que antecede, las partes firman por triplicado ejemplar en lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I POR PARTE DE LA RFEC

La Real Federación Española de Ciclismo facilitará los siguientes servicios, incluido costes y

responsabilidades:

- Elementos de señalización de salida y llegada, es especial vallas altas y bajas, podio,

control de firmas, reloj de meta, pancartas y bandeloras, señalización de carrera y rampa de salida para las contrarrelojes, así como el personal necesario para la gestión de este trabajo (incluyendo transporte, alojamiento y manutención), y los vehículos necesarios para el correcto desarrollo.

- Control de carrera: Diseño, organización y gestión de los comisarios para todas las pruebas y categorías, incluidas tasas, gastos de alojamiento y manutención, así como los permisos necesarios para la celebración de los campeonatos.

- Locución y Megafonía para todas las pruebas. - Vehículos en carrera y servicios médicos en carrera, ambulancias y UVI móvil, coches,

motos, conductores…, para el correcto desarrollo de los campeonatos. - Medallas y Maillots: La RFEC proporcionará los maillots para los campeones y las medallas

de oro, plata y bronce a los tres primeros clasificados.

- Gabinete de Prensa y PR: Servicios de comunicación y fotógrafo oficial durante los días los campeonatos. Asimismo, y de cara a la promoción de los Campeonatos, la RFEC editará el Cartel y el Libro de Ruta oficial con la información más relevante.

- Gestión de Resultados: La RFEC proporcionará los servicios de foto-finish, informática para las inscripciones y resultados, distribución de acreditaciones, distribución de resultados y

comunicados. - Radio Vuelta: Personal especializado, receptores y emisores para el funcionamiento de

radio vuelta en todas las pruebas. - Acreditaciones, dorsales y placas: La RFEC confeccionará las acreditaciones personales y

distintivos de vehículos, así como dorsales, placas de bicicletas… - Señalización de carrera e informativa y marcaje: La RFEC elaborará la señalización

referida a carrera y a elementos auxiliares.

- Personal administrativo para el mantenimiento de la Oficina Permanente. - Viajes, estancia y alojamiento del personal RFEC. - Seguros: Pólizas de seguros de responsabilidad civil y accidentes en la carrera, en su

preparación, montaje, disputa y desmontaje, sin que las mencionadas pólizas puedan ser objeto de contraprestación publicitaria.

- Resumen Televisivo de las pruebas.

- Elaboración de una memoria justificativa y de Impacto Económico del Campeonato.

POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO

- Realizar la aportación económica a la RFEC de 50.000 € que deberá de realizar el siguiente nº de cuenta 0075 0349 43 0606 159596

- 30% al 12 de Junio de 2017 - Resto del pago una vez aprobada la memoria justificativa y de Impacto Económico del Campeonato y tras la presentación de la siguiente documentación.

Justificación de la ayuda. Será necesaria la presentación de la siguiente documentación

para la correcta justificación del Convenio, a más tardar el 30 de octubre de 2017:

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- Dossier informativo de la actividad de promoción deportiva realizada, con el impacto

económico del campeonato - Justificación económica de los gastos realizados: facturas o copias de las mismas

debidamente compulsadas que alcancen la cuantía de la ayuda otorgada, acompañadas del pertinente justificante o comprobante bancario acreditativo del pago de las mismas.

- Certificado del Secretario (o representante legal de la Entidad beneficiaria), en el que haga constar que se ha realizado en su totalidad la actividad subvencionada, habiendo

sido destinada la subvención recibida a los fines para los que fue concedida y expresando que el importe de la misma no supera el coste realmente soportado por la Entidad, considerando otras subvenciones que pudieran habérsele concedido con la misma finalidad.

- Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y al frente de la Seguridad Social.

- Balance final de ingresos y gastos derivados de la actividad, con indicación

pormenorizada de cada uno de los conceptos incluidos en dicho balance, con especial atención a los ingresos obtenidos por las distintas ayudas públicas, así como los gastos derivados de la organización íntegra de la actividad.

A estos efectos, serán subvencionables en el presente convenio, los gastos derivados

de la actividad objeto de subvención desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de

justificación del convenio.

- Zona de salida y meta: Se requieren las tomas de electricidad necesarias para alimentar todos los elementos allí ubicados, como camión podio, torre de cronometraje, megafonía… Se compromete a despejar de vehículos los espacios requeridos por la Organización para la

instalación de todas las infraestructuras necesarias, desde las 08,00 horas del día de la prueba, la línea de Meta, deberá estar cerrada al tráfico para el montaje de todas las

infraestructuras necesarias, la Policía Local facilitará los efectivos necesarios para la protección y vigilancia de dichos trabajos. También se dispondrá de un servicio de voluntariado en los puntos conflictivos y en la zona de salida y meta, y que podrá ser garantizado por los clubes locales o por otro tipo de

personal.

- Control antidopaje: El Ayuntamiento en el que se celebren competiciones pondrá a disposición de la AEPSAD, Agencia Antidopaje Española, que tiene la competencia en materia de realización de los controles del campeonato, una sala y el material necesario para la realización de los mismos.

- Oficina permanente: Se deberá poner a disposición de la organización un local idóneo para acoger los servicios que se exponen a continuación y a la que sólo tendrá acceso las personas relacionadas con el campeonato. La oficina se habilitará preferiblemente en la

localidad que acoja la prueba reina, desde donde se centralizarán los servicios de acreditaciones, inscripciones, control de licencias y gestión de clasificaciones, así como zona delimitada para comisarios y control de pagos. Dicha oficina estará en servicio la víspera del

campeonato y dos horas después de terminar cada prueba o hasta que el jurado técnico haya terminado su trabajo y entregado las calificaciones. Además, se dispondrá de un salón de actos o sala de reuniones, con capacidad para 50 personas para la celebración de reuniones de directores, entre otros. También, una zona para la prensa próxima a la línea de llegada con una sala y capacidad para 30 personas.

- Entrega de premios: el Ayuntamiento y la Diputación aportará el servicio necesario para el

protocolo de entrega de premios y 10 ramos de flores para los vencedores de cada una de las categorías disputadas en los campeonatos.

Libro de Ruta: el Ayuntamiento y la Diputación suministrará a la RFEC saluda de los

máximos responsables institucionales (Presidente Comunidad Autónoma, Alcalde de la localidad, etc., así como información turística de la localidad y de la Comunidad Autónoma para la promoción de la misma en el Libro de Ruta que se entregará a los ciclistas y que se publicará en Internet).

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POR PARTE DE LA DIPUTACIÓN

- Realizar la aportación económica a la RFEC de 30.000 € que deberá de realizar el siguiente nº de cuenta 0075 0349 43 0606 159596

- 30% al 12 de Junio de 2017 - Resto del pago 30 días después del campeonato y tras la presentación de la siguiente documentación:

Justificación de la ayuda. Será necesaria la presentación de la siguiente documentación

para la correcta justificación del Convenio, a más tardar el 30 de octubre de 2017:

- Dossier informativo de la actividad de promoción deportiva realizada, con el impacto económico del campeonato

- Justificación económica de los gastos realizados: facturas o copias de las mismas debidamente compulsadas que alcancen la cuantía de la ayuda otorgada,

acompañadas del pertinente justificante o comprobante bancario acreditativo del pago de las mismas.

- Certificado del Secretario (o representante legal de la Entidad beneficiaria), en el que haga constar que se ha realizado en su totalidad la actividad subvencionada, habiendo sido destinada la subvención recibida a los fines para los que fue concedida y expresando que el importe de la misma no supera el coste realmente soportado por la

Entidad, considerando otras subvenciones que pudieran habérsele concedido con la misma finalidad.

- Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y al frente de la Seguridad Social.

- Balance final de ingresos y gastos derivados de la actividad, con indicación pormenorizada de cada uno de los conceptos incluidos en dicho balance, con especial atención a los ingresos obtenidos por las distintas ayudas públicas, así como los

gastos derivados de la organización íntegra de la actividad.

A estos efectos, serán subvencionables en el presente convenio, los gastos derivados

de la actividad objeto de subvención desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de

justificación del convenio.

- Zona de salida y meta: Se requieren las tomas de electricidad necesarias para alimentar todos los elementos allí ubicados, como camión podio, torre de cronometraje, megafonía… Se compromete a despejar de vehículos los espacios requeridos por la Organización para la instalación de todas las infraestructuras necesarias, desde las 08,00 horas del día de la prueba, la línea de Meta, deberá estar cerrada al tráfico para el montaje de todas las infraestructuras necesarias, la Policía Local facilitará los efectivos necesarios para la

protección y vigilancia de dichos trabajos.

También se dispondrá de un servicio de voluntariado en los puntos conflictivos y en la zona de salida y meta, y que podrá ser garantizado por los clubes locales o por otro tipo de personal.

- Control antidopaje: El Ayuntamiento en el que se celebren competiciones pondrá a

disposición de la AEPSAD, Agencia Antidopaje Española, que tiene la competencia en materia de realización de los controles del campeonato, una sala y el material necesario para la realización de los mismos.

- Oficina permanente: Se deberá poner a disposición de la organización un local idóneo para acoger los servicios que se exponen a continuación y a la que sólo tendrá acceso las

personas relacionadas con el campeonato. La oficina se habilitará preferiblemente en la localidad que acoja la prueba reina, desde donde se centralizarán los servicios de acreditaciones, inscripciones, control de licencias y gestión de clasificaciones, así como zona

delimitada para comisarios y control de pagos. Dicha oficina estará en servicio la víspera del campeonato y dos horas después de terminar cada prueba o hasta que el jurado técnico haya terminado su trabajo y entregado las calificaciones. Además se dispondrá de un salón

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de actos o sala de reuniones, con capacidad para 50 personas para la celebración de

reuniones de directores, entre otros. También, una zona para la prensa próxima a la línea de llegada con una sala y capacidad para 30 personas.

- Entrega de premios: el Ayuntamiento y la Diputación aportará el servicio necesario para el protocolo de entrega de premios y 10 ramos de flores para los vencedores de cada una de las categorías disputadas en los campeonatos.

Libro de Ruta: el Ayuntamiento y la Diputación suministrará a la RFEC saluda de los máximos responsables institucionales (Presidente Comunidad Autónoma, Alcalde de la

localidad, etc., así como información turística de la localidad y de la Comunidad Autónoma para la promoción de la misma en el Libro de Ruta que se entregará a los ciclistas y que se publicará en Internet).

9.-ADJUDICACIÓN DE CONTRATO DEL SERVICIO DE

MANTENIMIENTO, DINAMIZACIÓN Y GESTIÓN DEL ESPACIO

JOVEN LA CLAVE, DE LA CONCEJALIA DE JUVENTUD DEL

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA.

Visto el expediente de referencia, visto así mismo el dictamen

emitido por la Mesa de Contratación de fecha 7 de junio del actual y

de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo

3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de

Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación

de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Excluir la plica presentada por D. Ignacio Benito Ciria, en representación de la empresa SISTEMAS DE PREVENCIÓN

DUERO, S.L. (SEPRIL), porque su propuesta no se ajusta al Pliego de prescripciones técnicas en cuanto al personal que va a ejecutar el

contrato y el currículum del mismo que debía presentarse.

SEGUNDO.- Adjudicar el contrato de prestación del servicio de

mantenimiento, dinamización y gestión del Espacio Joven “La Clave”,

a favor de la empresa NOVIEMBRE III JOVEN, S.L., representada por

D. Roberto Jiménez Sánchez, en el precio de 101.120,00€/año más

IVA, por ser el licitador que ha realizado la oferta más ventajosa.

TERCERO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

CUARTO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la firma

del contrato administrativo.

10.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL SUMINISTRO DE

ENERGÍA ELÉCTRICA PARA EL AYUNTAMIENTO DE SORIA.

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Visto el expediente de referencia, así como el dictamen emitido

por la Mesa de Contratación de fecha 7 de junio del actual, y de

conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011,

de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la

Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de Gobierno Local,

órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones

efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil

quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Adjudicar el contrato de suministro de energía

eléctrica para el Ayuntamiento de Soria, a favor de la empresa IBERDROLA CLIENTES, S.A.U., representada por D. José Esteban

Plaza, en el siguiente precio:

P1 P2 P3

3,0 A 11,1219 8,7755 5,8661

2,1DHA 15,9468 ----------------- 7,3001

2,1A 15,0114 ----------------- -----------------

2,0DHA 14,6377 ----------------- 6,1337

2,0A 12,1054 ----------------- -----------------

Dando traslado a los licitadores de la siguiente puntuación

obtenida:

1º.- IBERDROLA CLIENTES…………… 99,78 PUNTOS.

2º.- A-DOS ENERGIA………………………… 98,74 PUNTOS.

3º.- ALDRO ENERGIA………………………… 98,35 PUNTOS.

4º.- NEXUS ENERGIA………………………… 97,57 PUNTOS.

5º.- GAS NATURAL SERVICIOS…… 97,37 PUNTOS.

6º.- WATIUM……………………………………… 96,73 PUNTOS.

7º.- AURA ENERGIA…………………………… 95,85 PUNTOS.

8º.- ENDESA ENERGIA……………………… 91,39 PUNTOS.

SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la

firma del contrato administrativo.

11.-ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE ORQUESTAS Y

DISCOTECAS MÓVILES A CELEBRAR EN LAS FERIAS Y FIESTAS

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DE LA CIUDAD DE SORIA Y SUS BARRIOS DURANTE EL AÑO

2017.

Visto el expediente de referencia, visto así mismo el dictamen

emitido por la Mesa de Contratación de fecha 7 de junio del actual y

de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo

3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de

Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación

de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Adjudicar el contrato de verbenas a celebrar en las

Ferias y Fiestas de la Ciudad de Soria y sus Barrios durante el año

2017, a favor de D. Julián García Molinero (nombre comercial

ANIMATIK PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS), en el precio de

31.999,00 euros IVA incluido, por ser el licitador que ha realizado la

oferta más ventajosa, dando traslado a los licitadores de la siguiente

puntuación obtenida:

nº 1: ANIMATIK PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS, con una

puntuación total de 72,75 puntos. nº 2: ESPECTACULOS LA RIBERA, con una puntuación total de

60,90 puntos.

SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de los diez días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la

firma del contrato administrativo.

12.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN Y

AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS OBRAS PARA TIENDA DE

BRICOLAJE EN C/ A C/V C/ D, PARCELA 9 DEL POLÍGONO

INDUSTRIAL “LAS CASAS” DE ESTA CIUDAD.

Visto el proyecto de ejecución para tienda de bricolaje en C/ A

c/v C/ D, parcela 9 del Polígono Industrial “Las Casas” de esta ciudad,

según proyecto promovido por Euro Activ Promociones Integrales de

Proyecto Comerciales, S.L y suscrito por el técnico D. Luis Biarge

Ruiz.

El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales, así como por la Técnico de

Administración General en fecha 8 de junio del actual.

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La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde

en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar el proyecto de ejecución para la construcción de

edificación destinada a tienda de bricolaje a ubicar en C/ A c/v C/ D,

parcela 9 del Polígono Industrial “Las Casas” de esta ciudad según

proyecto promovido por Euro Activ Promociones Integrales de

Proyecto Comerciales, S.L y suscrito por el técnico D. Luis Biarge Ruiz

y autorizar el inicio de las obras debiendo cumplir con las siguientes

prescripciones, además de las indicadas en los informes emitidos al

respecto:

Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos,

además de la indicada con la aprobación del proyecto básico, por importe de 13.257,73 €.

Con carácter previo al inicio de la actividad deberá comunicar su puesta en marcha en el Ayuntamiento de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención

Ambiental de Castilla y León, sin perjuicio de las competencias de otros organismos en la materia

De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL, deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren

las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes reglas:

En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la

identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de

ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.

El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y

sin riesgo para la seguridad vial o para tercero.

FUERA DEL ORDEN DÍA

Discutidos los asuntos incluidos en el Orden del Día, la Junta de

Gobierno Local previa declaración de urgencia, en base a la perentoriedad de los plazos y necesidades técnico-administrativas

concurrentes; de conformidad con lo dispuesto en el Art. 83 del

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Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de

las Entidades Locales y aprobada con el quórum previsto en el Art. 47.3, de la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local; delibera sobre los asuntos que se indicarán y adopta

los siguientes acuerdos:

1.- APROBACIÓN DE LOS SERVICIOS EXTRAORDINARIOS EN

FIESTAS DE SAN JUAN PARA LOS AÑOS 2017 Y 2018.

Visto el acuerdo firmado por los sindicatos SPPME, CCOO. Y CSIF y de conformidad con el dictamen favorable emitido por la

Comisión Municipal Informativa de Organización y Modernización

Administrativa de fecha 8 de junio del actual, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Aprobar el acuerdo de servicios extraordinarios en Fiestas de

San Juan para los años 2017 y 2018 en los términos siguientes:

PRIMERO.- Los trabajos extraordinarios absolutamente necesarios e imprescindibles para la organización y el perfecto

desarrollo de las Fiestas de San Juan, serán abonados al personal interviniente por el Excmo. Ayuntamiento de Soria.

SEGUNDO.- El personal municipal que presta sus servicios en

el Almacén Municipal, Bomberos (excepto aquellos a quienes por su

turno de trabajo les corresponda prestar servicio), Parques y Jardines y otros servicios que puedan verse afectados (con excepción de la

Policía Local), percibirán por los trabajos realizados los días del “Catapán”, “Desencajonamiento”, “Lavalenguas”, “La Compra”,

“Miércoles El Pregón” (fuera de la jornada ordinaria de trabajo), “Jueves La Saca”, “Viernes de Toros”, “Sábado Agés”, “Domingo de

Calderas” y “Lunes de Bailas”, las siguientes gratificaciones:

- Año 2.017: 36 € por cada hora de servicios prestados. - Año 2.018: 38 € por cada hora de servicios prestados.

Estas cantidades no se incrementarán con la subida de la Ley

de Presupuestos Generales del Estado, a no ser que dichos incrementos sean superiores a lo anteriormente pactado.

TERCERO.- Los trabajos, que serán los que habitualmente vienen requiriendo la organización de los festejos, serán certificados

por el correspondiente Jefe de Servicio y conformados con el Concejal Delegado de cada área.

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CUARTO.- La distribución de los servicios y tareas entre el

personal afectado se realizará de forma no discriminatoria y con una adecuada rotación, a cuyos efectos el personal que desee prestar

servicio con carácter voluntario los citados días, deberá apuntarse en

la lista que al efecto se creará antes del 15 de abril elaborándose los correspondientes cuadrantes que reflejen los servicios para todos los

festejos de San Juan. Dicho cuadrante estará elaborado antes del 20 de mayo, para que se tenga conocimiento por parte del personal.

En la Policía Local corresponderá a la Jefatura del Cuerpo la distribución del personal.

QUINTO.- Respecto a los funcionarios de la Policía Local, tales

trabajos extraordinarios serán retribuidos de la siguiente forma:

5.1) El personal a quien corresponda prestar servicio, dentro de su turno ordinario, cualquiera de los días

citados en el apartado segundo anterior, percibirá una gratificación de 110,- € por cada día de trabajo, además

de la cantidad por trabajo en festivos establecida en el

Capítulo V.5.3 del vigente Acuerdo sobre condiciones de trabajo y retribuciones del personal funcionario, que le

pudiera corresponder, no percibiendo cantidad alguna con motivo de posibles prolongaciones de jornada.

5.2) Los funcionarios de la Policía Local que, de

conformidad con los vigentes cuadrantes de trabajo, se encuentren libres de servicio y se incorporen al mismo,

percibirán las cantidades que se indican a continuación por festejo completo

“Catapán” (turno de tarde y noche): 177,- €

“Desencajonamiento” (turnos de mañana, tarde y noche): 177,- €

“Lavalenguas” (turnos de mañana, tarde y noche

del sábado al domingo): 177,- € “La Compra” (turnos de mañana, tarde y noche

del sábado al domingo): 177,- €. “Miércoles el Pregón” (turno de tarde): 177,- €.

“Miércoles el Pregón” (turno de noche del miércoles al jueves): 243,- €.

“Jueves la Saca” (turnos de mañana, tarde y noche del jueves al viernes): 243,- €; si hay

prolongación de jornada superior a 4 horas: 375 €.

“Viernes de Toros” (turnos de mañana, tarde y noche del viernes al sábado): 243,- €; si hay

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prolongación de jornada superior a 4 horas: 375

€. “Sábado Agés” (turnos de mañana y tarde):177,-€

“Sábado Agés” (turno de noche del sábado al

domingo): 243,- €. “Domingo de Calderas” (turnos de mañana, tarde

y noche del domingo al lunes): 177,- €. “Lunes de Bailas” (turno de mañana): 177,- €.

“Lunes de Bailas” (turno de tarde y turno de noche del lunes al martes): 243,- €.

Estas cantidades se incrementarán cada año

conforme a la Ley de Presupuesto Generales del Estado.

5.3) Aquellos funcionarios de la Policía Local que, por su

cuadrante de trabajo, les corresponda prestar servicio en la semana de Fiestas, podrán realizar servicio, con

carácter voluntario, cualquiera de los restantes días de

Fiestas, percibiendo como contraprestación las cantidades que se indican en el apartado 5.2) anterior.

5.4) Los funcionarios de la Policía Local que deseen

prestar servicio con carácter voluntario los citados días, deberán comunicarlo a Jefatura antes del día 15 de Abril

de cada año, elaborándose a fecha 20 de Mayo los correspondientes cuadrantes que reflejen los servicios

para las Fiestas de San Juan.

5.5) El funcionario de la Policía Local que ejerza funciones de Delegado Gubernativo, en los términos establecidos en

el Reglamento de Espectáculos Taurinos Tradicionales, percibirá una compensación económica de 150 €.

5.6) Los Agentes con destino en segunda actividad, podrán realizar servicio de manera voluntaria en San

Juan, con los siguientes condicionantes:

- Por parte de la Jefatura de Policía, se elaborará un catálogo de puestos susceptibles de ser ocupados por

personal de segunda actividad. - Los Agentes en Segunda Actividad que se presenten

voluntarios a trabajar en Fiestas, prestarán servicio de manera preferente en los puestos del catálogo

mencionado. - El resto de puestos sólo podrán ser prestados por

personal que no están en Segunda actividad. En caso

Page 23: Sesión ordinaria nº 23 - soria.es · En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, ... reconocimiento total en vía administrativa de las pretensiones de la parte

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de haber puestos vacantes podrán ser ocupados por el

personal de Segunda Actividad, siempre mediando informe de la Jefatura.

SEXTO.- La posible dispensa del servicio con motivo de las Fiestas de San Juan, excluirá a un funcionario del Registro General el

“Viernes de Toros” y el “Lunes de Bailas” y a un Ordenanza, en horario de 9’00 a 14’00 horas, que se retribuirán con arreglo a la

gratificación establecida en el apartado segundo del presente acuerdo.

SEPTIMO.- Excepto en el supuesto previsto en el apartado

5.1) de este acuerdo, la percepción de las gratificaciones por prestación de servicios extraordinarios citadas, no podrá

compatibilizarse con ningún otro tipo de beneficio de los establecidos en los vigentes Acuerdo y Convenio Colectivo del personal al servicio

del Excmo. Ayuntamiento de Soria, tales como percepción, acumulación o compensación de horas, festivos, etc.

OCTAVO.- El presente acuerdo tendrá vigencia durante las Fiestas de San Juan de al menos los años 2.017 y 2.018,

prorrogándose para años sucesivos, si no media denuncia expresa por cualquiera de las partes, con anterioridad al 1º de Febrero del

correspondiente año; en el supuesto de prórroga, las cantidades indicadas en el presente acuerdo se incrementarán en el porcentaje

que para cada año señale la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

A las diez horas y treinta y cinco minutos finaliza la sesión, doy

fe, el Secretario General.

Vº Bº EL ALCALDE ACCIDENTAL,

Fdo. Luis A. Rey de las Heras.