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Excmo. Ayuntamiento de Soria
MAAG/mrm
Sesión ordinaria número 40
En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes,
siendo las diez horas del día trece de noviembre de dos mil quince,
se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:
ASISTENTES:
Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez.
Primer Tte. Alcalde:__________ D. Luis A. Rey de las Heras. Segundo Tte. Alcalde: ________ Dª. Marta Cáceres Piñuel.
Concejal: __________________ D. Javier Antón Cacho. Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez.
Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez. Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo.
Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor.
Interventor: ___ D. José Luis López Navarro.
Secretario General ___________D. Mariano A. Aranda Gracia.
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 6 DE
NOVIEMBRE DE 2015.
Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 6 de noviembre de 2015. Al no formularse observaciones por parte de los
presentes, el Acta es aprobada por unanimidad.
2.- DISPOSICIONES Y COMUNICADOS.
2.1. Se da cuenta de la Declaración Responsable para ejecución de obras de los siguientes contribuyentes relacionadas a continuación:
INTERESADO SITUACIÓN OBRA OBRAS A REALIZAR
COLOMBIA ALEXANDRA CRIOLLO MERINEROS, 26-1º C ALICATADO DE COCINA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante
queda legitimado para realizar dicho
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acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la
adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
RAUL MERINA ANTON PUERTAS DE PRO, 3-BAJO
PICAR Y LUCIR PARTE DE UNA CORNISA Y RETEJAR UN TEJADO.
Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios
municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado. La utilización de medios auxiliares será objeto de solicitud
de licencia.
AMADO ALVAREZ CORCHON PASAJE SIERRA DEL MADERO, 4-1º
SANEAMIENTO DE TUBERIAS INTERIORES. Visto el informe emitido por la Oficina
Jurídica Municipal, el declarante
queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
ELENA GONZALEZ BENITO AVDA. VALLADOLID, 37-4º C
CAMBIO DE DOS VENTANAS CON CAJÓN DE PERSIANA.
Se mantendrán los criterios de
uniformidad de la Comunidad de Vecinos. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas
en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo
declarado.
ALFREDO LLORENTE ROMERA SANTA LUISA DE
MARILLAC, 3-5º E
REFORMA DE VIVIENDA.
Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas
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en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo
declarado.
CDAD. PROP. AVDA. MARIANO VICEN, 37
AVDA. MARIANO VICEN, 37
REPARACIÓN DE ESCALERA DE ENTRADA AL PORTAL E INSTALACIÓN DE BARANDILLA. Visto el informe emitido por la Oficina
Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas
en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o
inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
JUAN EDUARDO NAVAS SERRANO NAVAS DE TOLOSA,
23 ESC. E 3º
ALICATADO DE COCINA,
COLOCACIÓN DE PUERTAS, PINTAR Y RECTIFICAR CALEFACCIÓN. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas
en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo
declarado.
JUAN GARCÍA SAENZ DE CASAS PASAJE SIERRA DEL MADERO, 2-2º IZDA
CAMBIO DE VENTANAS Y AISLAMIENTO DE PAREDES. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante
queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
FILOMENA ANGULO JUGO PLAZA DEL PORTILLO, 2-1º A
CAMBIO DE BAÑERA POR PLATO DE DUCHA. Visto el informe emitido por la Oficina
Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas
en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios
municipales, de comprobación o
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inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
YOLANDA LLORENTE CARAVILLA AVDA. GAYA NUÑOZ,
19-4º O
CAMBIO DE VENTANAS.
Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios
municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la
adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
MARINA GARCIA ESPUELAS JORGE MANRIQUE, 9-
1º A
CAMBIO DE VENTANAS.
Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto,
por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
CDAD. PROP. SAN HIPOLITO, 6 Y 8
SAN HIPOLITO, 6-8 DEMOLICIÓN Y REPARACIÓN DE FACHADAS. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento
urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo
declarado.
PASCUAL BORQUE CONSTRUCCIÓN, SL
CORTES C/V A BEATO JULIAN DE SAN AGUSTIN
REPASO GENERAL DE CUBIERTA Y LIMPIEZA DE CANALONES. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la
adecuación de lo ejecutado a lo declarado. La utilización de medios
auxiliares será objeto de solicitud de licencia.
PASCUAL BORQUE CONSTRUCCIÓN, SL
PATIOS DE DON VELA, 23
REPASO GENERAL DE CUBIERTA Y LIMPIEZA DE CANALONES.
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Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios
municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado. La utilización de medios
auxiliares será objeto de solicitud de licencia.
CDAD. PROP. COLLADO, 22 EL COLLADO, 22 ACONDICONAMIENTO DEL PASAJE: SUSTITUCIÓN DE TECHO, SUSTITUCIÓN DE ALUMBRADO. COLOCACIÓN DE
PASAMANOS EN ESCALERA. HACER DOS RAMPAS EN DOS DE LOS ESCALONES DEL PASAJE. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas
en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o
inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la
adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
LA ZARAGOZANA EL COLLADO, 58 LUCIR CARTEL, CAMBIAR LUMINARIA, PINTAR Y ROTULAR CARTELES EXTERIORES. Visto el informe emitido por la Oficina
Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios
municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
YOLANDA VARGAS MORALES CAMPO, 18-BAJO CAMBIAR ROTULO.
Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios
municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
SARA SANZ URUEÑA PINTOR MAXIMINO CERRAMIENTO DE FACHADA.
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PEÑA, 1-BAJO Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios
municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
LUIS A. MIGUEL MOLINA SEPULTURA Nº 3381.CUADRO ESPINO. PATIO DE
LA SOLEDAD DE SORIA
ENDEREZAR LAPIDA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante
queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto,
por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
PURIFICACIÓN ROMERO DÍAZ SAN MARTÍN DE FINOJOSA, 7
COLOCACIÓN DE BANDEROLA Y ROTULACIÓN EN VENTANAS. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas
en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo
declarado.
CDAD. PROP. REAL, 35 REPRESENTADA POR PEDRO JAVIER GIMENO GARCIA
REAL, 35-BAJO CERRAMIENTO DE LA ENTRADA AL PORTAL. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante
queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
BERTA SANZ ALDEA JUAN LÓPEZ DE SALCEDO, 7
PARA PORCHE PICAR CEMENTO Y QUITAR TIERRA PARA NIVELAR. HACER SOLERA DE HORMIGÓN.
Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto,
por parte de los servicios
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municipales, de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
ROBERTO VALTUEÑA MARTÍNEZ ABEL ANTÓN, 24 RECERCADO DE 4 VENTANAS CON PIEDRA APLACADA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento
urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o
inspección de los requisitos habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
ISIDRA ANDRÉS MARTÍNEZ SANTA MARÍA, 8-1º C
EJECUCIÓN DE COCINA: ALICATADO E INSTALACIONES. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la
adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
JOSÉ ANTONIO BELTRÁN CORREDOR
FRENTES, 1 BLOQUE B 1º A
CAMBIO DE VENTANAS. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante queda legitimado para realizar dicho
acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la
adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
ANSELMO JOSÉ PÉREZ AZNAR EL COLLADO, 52 REHABILITACIÓN DE CUBIERTA. Visto el informe emitido por la Oficina Jurídica Municipal, el declarante
queda legitimado para realizar dicho acto en las condiciones establecidas en la legislación y en el planeamiento urbanístico, y que podrá ser objeto, por parte de los servicios municipales, de comprobación o inspección de los requisitos
habilitantes para su ejercicio y de la adecuación de lo ejecutado a lo declarado.
2.3.- Se da cuenta de la declaración responsable/comunicación previa del siguiente establecimiento:
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INTERESADO SITUACIÓN DE LA
ACTIVIDAD
ACTIVIDAD
ALEKSIEV BISER CLEMENTE SAENZ,
6
Ejecución de obras y ejercer la
actividad de COMERCIO DE
ALIMENTACIÓN
POLIVALENTE, indicando que el
régimen de funcionamiento será
siempre conforme a normativa,
sin perjuicio de posteriores
inspecciones y de las
autorizaciones que procedan por
parte de otros organismos y/o
entidades.
3.-APROBACIÓN DE CERTIFICACION FINAL LIQUIDACION CORRESPONDIENTE A LA OBRA “RESTAURACION DE LA
MURALLA DE SORIA, TRAMO PLAZA DEL VERGEL / CALLE PUERTAS DE PRO” A FAVOR DE LA EMPRESA RAFAEL GOMEZ
GALDON S.L.
Examinada la certificación final liquidación, correspondiente a la
obra de “Restauración de la Muralla de Soria, Tramo Plaza del Vergel
/ Calle Puertas de Pro” y habida cuenta de la existencia de la necesaria consignación presupuestaria, y de conformidad con la
propuesta del Sr. Interventor Municipal, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones
efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar la certificación final liquidación, a favor de la empresa
adjudicataria RAFAEL GOMEZ GALDON SL, por un importe de
diecisiete mil setecientos cincuenta y un euros con un céntimos (17.751,01), IVA incluido.
4.-APROBACIÓN DE PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN, CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y AUTORIZACIÓN DEL
INICIO DE LAS MISMAS PARA INSTALACIÓN DE ASCENSOR EN C/ GARCÍA DE LOAIZA, 1 DE SORIA, PROMOVIDO POR JESÚS
ESTEBAN ZAVAS, EN REPRESENTACIÓN DE ZARDOYA OTIS S.A.
Visto el proyecto básico y de ejecución para instalación de
ascensor en C/ García de Loaiza, 1 de Soria, promovido por Jesús Esteban Zavas, en representación de Zardoya Otis S.A. y suscrito por
la técnico Dª Valentina Liso Nuñez.
El expediente ha sido informado favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales en fecha 5 de noviembre de 2.015, así
como por la Técnico de Administración General en fecha 9 de
9
noviembre del actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto básico y de ejecución, conceder la licencia
de obras para instalación de ascensor en C/ García de Loaiza, 1 de Soria, promovido por Jesús Esteban Zavas, en representación de
Zardoya Otis S.A. y suscrito por la técnico Dª Valentina Liso Nuñez y autorizar el inicio de las mismas debiendo cumplir con las siguientes
prescripciones además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:
De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,
deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes
reglas: En el cartel informativo debe indicarse el objeto,
número y fecha de la licencia, así como la
identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de
ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y
sin riesgo para la seguridad vial o para terceros
Los plazos para la ejecución de las obras contempladas en proyecto contados desde la notificación del otorgamiento de licencia
serán:
Plazo de inicio: seis meses. Plazo de finalización: dos años
Plazo de interrupción máxima: seis meses.
Todo ello sin perjuicio de la concesión de las prórrogas que
sean solicitadas de conformidad con lo previsto en el art. 303 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/04 de 29 de
enero).
5.-APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN Y
AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS OBRAS PARA REFORMA Y SEGREGACIÓN DE UNA VIVIENDA EN DOS SITA EN C/
ESTUDIOS, 6-1º D DE SORIA, PROMOVIDO POR PROBLAZEN S.L.U.Y SUSCRITO POR EL TÉCNICO D. ROMÁN PEÑA
RODRIGO.
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Visto el proyecto de ejecución de reforma y segregación de una vivienda en dos sita en C/ Estudios, 6-1º D de Soria, promovido por
Problazen S.L.U. y suscrito por el Técnico D. Román Peña Rodrigo.
El expediente ha sido informado favorablemente por los
Servicios Técnicos Municipales, así como por la Técnico de Administración General en fecha en fecha 11 de noviembre del actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto de ejecución y autorizar el inicio de las
obras para la reforma y segregación de una vivienda en dos sita en C/ Estudios, 6-1º D de Soria, promovido por Problazen S.L.U. y
suscrito por el Técnico D. Román Peña Rodrigo, debiendo cumplir con las siguientes prescripciones, además de las especificadas en los
informes emitidos al efecto:
Para la licencia de 1ª ocupación deberá presentar:
o Estudio Acústico por Entidad de Evaluación Acústica según Anexo V.2 de la Ley 5/09 del Ruido de Castilla y
León. (Art. 28) o Eficiencia Energética. Según R.D. 235/2013 y D.
55/2011 del “Procedimiento para la certificación energética de edificios de nueva construcción en la
Comunidad de Castilla y León” Deberá depositarse una fianza de gestión de residuos por
importe de 430,26 € De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,
deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes
reglas:
En el cartel informativo debe indicarse el objeto, número y fecha de la licencia, así como la
identidad del titular de la licencia, proyectista, del constructor y de los directores de obra y de
ejecución. Es responsabilidad del promotor que la información sea veraz y esté actualizada.
El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a las obras, en lugar visible desde la vía pública, y
sin riesgo para la seguridad vial o para terceros
6.-RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA ÚNICA DE LAS SUBVENCIONES DE MEJORA DE LA IMAGEN, LA
ACCESIBILIDAD, LA SOSTENIBILIDAD Y EL AHORRO ENERGÉTICO.
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Con fecha 8 de junio de 2015 se publicó en el B.O.P. de Soria nº 66, las Bases Reguladoras y la Convocatoria pública única para la
concesión de subvenciones que dirigidas a la mejora de imagen, la
accesibilidad, la sostenibilidad y el ahorro energético de microempresas del término municipal de Soria durante el año 2015.
Tal y como establece el art. 7 de las Bases Reguladoras de las
citadas subvenciones la cuantía máxima por empresa es de 1.500 € y la cuantía global de las ayudas asciende a la cantidad de 20.000 €.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el día 8 de
agosto de 2015, revisadas las solicitudes, cumplido el trámite de subsanación de deficiencias y valorados cada una de los expedientes,
vistos los informes emitidos por el Departamento de Urbanismo y la Junta Arbitral de Consumo de este Ayuntamiento, y visto el
expediente por la Comisión Informativa del Área de Desarrollo Económico y Empleo celebrada el pasado 9 de noviembre la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación
de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.-Conceder las siguientes subvenciones y por los
importes relacionados a continuación:
SUBVENIONES CONCEDIDAS Nº
ORDEN EXPDTE LINEA TITULAR VALORACIÓN
CUANTÍA
CONCEDIDA
1 19/2015 Sostenibilidad y ahorro
energético De Miguel Lafuente Soto y Asociados SL
13 ptos 1.500 €
2
04/2015 Sostenibilidad y ahorro
energético Comprovent Veterinaria Integral SLP 10,67 ptos 1.500 €
3 15/2015 Mejora imagen Maria García de Vinuesa González 7,74 ptos 1.500 €
4
08/2015 Mejora imagen, accesibilidad,
sostenibilidad y ahorro energético
Ayllón Asociados Estudio de Diseño, SL 6,94 ptos 1.500 €
5 07/2015 Mejora imagen Huertos de Soria, SL 6,06 ptos 1.079,92 €
6
33/2015 Imagen y sostenibilidad y
ahorro energético Spacios Decoración y enmarcación SL 4,16 ptos 1.500 €
7
36/2015 Mejora imagen, accesibilidad,
sostenibilidad y ahorro energético
Patricia Arribas Calonge 3,85 ptos 1.500 €
8 18/2015 Sostenibilidad y ahorro
energético Soria Viajera SLL 3,49 ptos 497,67 €
9 10/2015 Sostenibilidad y ahorro
energético Javier Llorente Marín 3,36 ptos 1.500 €
10 23/2015 Mejora imagen Aranzazu Sayes Alonso 2,87 ptos 1.500 €
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35/2015 Mejora imagen, accesibilidad,
sostenibilidad y ahorro energético
Jose Emilio Antón Gómez 2,87 ptos 1.500 €
12 05/2015 Mejora imagen Sheila María Hernández Soriano 2,47 ptos 1.491,32 €
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16/2015 Sostenibilidad y ahorro
energético Manuela Ascensión Felipe Sanz 1,81 ptos
816,75 €
14
13/2015 Mejora imagen, sostenibilidad y
ahorro energético Monte y Canela SC 1,57 ptos 595,02 €
15 02/2015 Accesibilidad Raquel Hernando Hernández 1,37 ptos 379,59 € 16 24/2015 Mejora imagen Jesus Angel Fernández Palomar 1,33 ptos 338,20 €
17 14/2015 Mejora imagen Jose Antonio Tosar Ruiz 1,33 ptos 338,80 € 18 34/2015 Mejora imagen, sostenibilidad y Rosa Elena Hernández Centeno 1,20 ptos 203,65 €
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ahorro energético
SEGUNDO.- Denegar las siguientes subvenciones y por los motivos
que a continuación se relacionan:
EXCLUSIONES
EXPDTE LINEA TITULAR CAUSA DE EXCLUSIÓN 01/2015 Mejora imagen, sostenibilidad y
ahorro energético Hortelano Automóviles, SL
Presenta documentación requerida fuera de plazo
03/2015 Mejora imagen,accesibilidad, sostenibilidad y ahorro energético
Ana de la Dedicación del Hoyo No reúne requisito art. 2.2 de las Bases Reguladoras
06/2015 Mejora imagen,accesibilidad, sostenibilidad y ahorro energético
Natalia Mª García Reoyo No reúne requisito art. 2.2 de las Bases Reguladoras
09/2015 Mejora imagen,accesibilidad, sostenibilidad y ahorro energético Vanesa Gascón Aban
No subsana documentación requerida,no reúne requisito art. 2.2 de las Bases Reguladoras
11/2015 Mejora imagen,sostenibilidad y ahorro energético
Sofía Parra Nafría No reúne requisito art. 2.2 de las Bases Reguladoras
17/2015 Mejora imagen,sostenibilidad y
ahorro energético Mª Angeles Izquierdo Asensio
No reúne requisito art. 15 de las
Bases Reguladoras ni art. 4 de la convocatoria
20/2015 Mejora imagen Gisturismo Viajes, SL No subsana documentación requerida 21/2015 Mejora imagen Verde y Costalago CB No subsana documentación requerida 22/2015 Mejora imagen Igor Sanz Burgos No subsana documentación requerida 25/2015 Sostenibilidad y ahorro energético Zapata García Asesores No reúne requisito art. 2.2 de las
Bases Reguladoras 26/2015 Mejora imagen, accesibilidad Silvia Mateo Larubia No reúne requisito art. 2.2 de las
Bases Reguladoras 27/2015 Mejora imagen Casa Zapata SL No reúne requisito art. 2.2 de las
Bases Reguladoras 28/2015 Sostenibilidad y ahorro energético Silvia Pilar Ruiz Modrego No reúne requisito art. 2.2 de las
Bases Reguladoras 29/2015 Mejora imagen, accesibilidad Raquel Sanz Ruiz No reúne requisito art. 2.2 de las
Bases Reguladoras 30/2015 Mejora imagen Henar Lafuente de Dios No reúne requisito art. 2.2 de las
Bases Reguladoras 31/2015 Mejora imagen Celia Carrascosa Martínez No reúne requisito art. 2.4 de las
Bases Reguladoras 32/2015 Mejora imagen, sostenibilidad y
ahorro energético Bar restaurante Patata Soria, SL No subsana documentación requerida
En el caso de los expedientes que no han presentado la documentación requerida o que han subsanado fuera de plazo se
solicitó la subsanación de deficiencias conforme a lo establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se declara desistidos del procedimiento a:
- Hortelano Automóviles, SL - Vanesa Gascón Aban
- Gisturismo Viajes, SL - Verde y Costalago, CB
- Igor Sanz Burgos - Bar Restaurante Patata Soria, S.L.
Así mismo, en el caso de Dª Maria Teresa Nafría Pancorbo se
presentó renuncia a la subvención solicitada.
Visto lo anterior, la cuantía total de las ayudas concedidas
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asciende a 19.240,92 €.
La concesión definitiva de la subvención y el pago de la misma
quedará supeditado a la comprobación de que el interesado se
encuentre al corriente de pago con este Ayuntamiento y a la correspondiente justificación de la misma.
7.-MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LA IMAGEN, LA ACCESIBILIDAD, LA SOSTENIBILIDAD Y EL
AHORRO ENERGÉTICO DE MICROEMPRESAS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE SORIA DURANTE EL AÑO 2015
Con fecha 8 de junio de 2015 en el BOP de Soria nº 66 se
publicaron las Bases Reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la imagen, la
accesibilidad, la sostenibilidad y el ahorro energético de microempresas del término municipal de Soria durante el año 2015.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 13 de noviembre de 2015 se resuelve la concesión de las referidas ayudas,
por lo que dados los plazos establecidos en la convocatoria para la ejecución y la justificación se ha considerado muy conveniente
realizar una modificación de los mismos para ampliarlos en aras de facilitar a los interesados los trámites oportunos una vez notificadas
las cuantías concedidas a cada uno de ellos.
Por todo ello, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.
Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Modificar el contenido de los artículos 4 y 7 de la convocatoria
única para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la
imagen, la accesibilidad, la sostenibilidad y el ahorro energético de microempresas del término municipal de Soria durante el año 2015
(BOP nº 66 de 8 de junio de 2015) que quedan redactados en los siguientes términos:
Art. 4. Requisitos para solicitar las subvenciones
1. Podrán solicitar subvenciones los beneficiarios previstos en las Bases Reguladoras, y exclusivamente aquellos proyectos o
inversiones que se hayan llevado a cabo entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015.
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2. A estos efectos la fecha de ejecución será aquella que figure en la
factura, justificante de pago o certificado emitido por técnico competente.
Art. 7. Plazo para la justificación
El plazo para la presentación de la justificación de la subvención
concedida es hasta el 31 de enero de 2016.
Disposición final única
La presente modificación entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
8.-APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LAS
INVERSIONES EN MEJORAS DE LAS INSTALACIONES UBICADAS EN ESPACIOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON EL
SECTOR DE TURISMO Y HOSTELERÍA DURANTE EL AÑO 2015
Vista las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
dirigidas a las inversiones en mejoras de las instalaciones ubicadas en espacios públicos relacionados con el sector de turismo y hostelería
durante el año 2015, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el
Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: La aprobación de las referidas bases, cuyo
contenido es el siguiente: Preliminar. Justificación
Se crean las presentes ayudas económicas atendiendo a las circunstancias
propias de la climatología de la ciudad con el objeto de contribuir al fomento de las
inversiones en terrazas de veladores con cerramientos estables que supongan una
mejora en el servicio y sobre todo que estéticamente logren su integración en el
entorno en el que se ubiquen, y en definitiva, con el objeto de promover mejoras
que ayuden a las pequeñas empresas del sector de hostelería a incrementar su
productividad y competitividad logrando una mejora en la calidad del servicio y por
ende en la oferta comercial y turística de la zona.
Art. 1. Objeto, ámbito de aplicación y vigencia
El objeto de las presentes Bases Reguladoras es regular las condiciones y
procedimientos para la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de
Soria, destinadas a financiar las inversiones en terrazas de veladores con
cerramientos estables para microempresas del sector de la hostelería que
desarrollen su actividad empresarial en el Término Municipal.
La vigencia de las bases será hasta que se resuelva la convocatoria del
presente año.
Art. 2. Requisitos a cumplir por los beneficiarios de las subvenciones
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1. Será requisito imprescindible tener un inmueble afecto a la actividad.
Dicho inmueble o local donde se realice la actividad debe estar ubicado
en el término municipal de Soria y tendrá entidad independiente, no
pudiendo ser parte de otra empresa.
2. Las empresas beneficiarias deberán llevar desarrollando su actividad
principal de atención al público de manera continuada durante al menos
un año en la fecha de presentación de la solicitud en el sector de la
hostelería. A estos efectos la fecha que se tendrá en cuenta es la de la
presentación en el registro administrativo de solicitud de la licencia de
actividad en el registro municipal, así como los epígrafes de alta censal
de la Agencia Tributaria.
3. Se considera microempresa, a efectos de estas bases aquellas con
menos de 10 trabajadores en la misma actividad para la que se realiza la
solicitud.
4. Se deberá mantener la misma actividad durante un periodo mínimo de
10 años desde el momento de la ejecución de la inversión
subvencionada. Para ello, junto con la solicitud se autorizará a este
Ayuntamiento a realizar las comprobaciones pertinentes.
5. Se deberá estar en posesión de todas las licencias y permisos necesarias
para desarrollar la actividad así como para la instalación del cerramiento
estable.
Art. 3. Convocatoria
1. La convocatoria será anual y única e indicará la disponibilidad
presupuestaria, la partida consignada a este objeto, el plazo de presentación
de solicitudes, el modelo de solicitud y los plazos de resolución, ejecución y
justificación.
2. La convocatoria será aprobada por la Junta de Gobierno y publicada en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Art. 4. Plazos
Serán los establecidos en la convocatoria que se apruebe en las condiciones
descritas en el apartado anterior.
Art. 5. Solicitudes y documentación
Las solicitudes se presentarán dentro del plazo delimitado en la convocatoria
a través del Registro General del Ayuntamiento de Soria en modelo normalizado
acompañando la siguiente documentación, en original o en fotocopia compulsada:
a) Facturas de la inversión realizada.
b) DNI del titular de la empresa o CIF y escritura social, si la empresa
tiene forma jurídica.
c) Breve memoria descriptiva de la empresa (productos o servicios,
ámbito de actividad, ubicación, etc)
d) Proyecto técnico del cerramiento estable, así como una breve
memoria de los objetivos y mejoras
e) Copia de la licencia de actividad o del cambio de titularidad, según
corresponda.
f) Justificación de la inscripción en el registro de empresas turísticas de
la Junta de Castilla y León
g) Justificación de la inscripción en el registro de autorización sanitaria
de la Junta de Castilla y León
h) Certificado de epígrafes de alta censal de la Agencia Tributaria
i) Copia de la licencia de obra
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j) Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias de la
Seguridad Social y de la Agencia Tributaria.
k) Declaración jurada que haga mención expresa de no haber solicitado
a otra administración pública ayuda para el mismo concepto.
Art. 6. Conceptos subvencionables
1. Se subvencionará la instalación y la estructura de los cerramientos estables
que reúnan los siguientes requisitos, teniendo en cuenta que no se podrá
sobrepasar el límite máximo por empresa:
a. Que se trate de un cerramiento estable conforme a lo establecido en
el art. 2.3 de la Ordenanza Reguladora de la instalación de terrazas
de veladores (BOP de Soria nº 27 de 4 de marzo de 2011).
b. Que el cerramiento estable se realice e instale conforme a lo
establecido en el art. 20 de la referida ordenanza reguladora así
como en lo establecido en el Acuerdo de Pleno de 12 de marzo de
2015 relativo al citado art. 20 que regula las condiciones específicas
para la instalación de terrazas de veladores con cerramientos
estables (BOP de Soria nº 39 de 1 de abril de 2015)
c. Que los elementos de mobiliario y demás elementos auxiliares
cumplan con las características que se exigen en el Acuerdo de Pleno
de 12 de marzo de 2015, regulador de las condiciones específicas
para la instalación de terrazas de veladores con cerramientos
estables (BOP de Soria nº 39 de 1 de abril de 2015)
Para justificar el cumplimiento de los anteriores requisitos de este apartado
será necesario informe técnico favorable de cumplimiento de los requisitos
establecidos en la citada normativa municipal.
2. La inversión en el cerramiento estable deberá suponer una mejora en la
estética, calidad en el servicio y deberá integrarse en el entorno atendiendo
a las indicaciones de los técnicos municipales.
3. No será subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido que deba
satisfacerse por los beneficiarios como consecuencia de la realización de la
inversión.
4. No será subvencionable el mobiliario ni otros elementos análogos del interior
del cerramiento estable.
Art. 7. Cuantía
1. La cuantía de la subvención es de un 10% del total de la inversión aprobada por
esta Administración. De la inversión presentada por los beneficiarios se
determinará una inversión aprobada, cuya cuantía se calculará detrayendo los
gastos que se consideren no subvencionables.
2. El límite máximo de la subvención por empresa será de 4.500 €, límite que
afecta a todas las instalaciones o establecimientos que pudieran disponer para
la actividad. Si fueran varias las empresas que con diferentes cuantías de la
inversión aprobada obtengan este límite máximo, se realizará una valoración de
dichos expedientes concediendo el importe máximo a aquel proyecto de entre
los presentados que suponga la mayor cuantía de inversión, aminorando el
importe de la subvención al resto de manera proporcional.
3. Se determina el límite máximo de crédito presupuestario anual de 10.000 € y
éste resultará determinante. En el caso de que calculadas en primera instancia
las subvenciones, y de superarse el crédito, si así se considerará, se podrá
realizar un reparto proporcional entre todas las solicitudes que reúnan los
requisitos aminorando la cuantía máxima de la subvención para atender a todas
ellas sin superar el crédito presupuestario asignado.
4.
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Aplicación
Presupuestaria Concepto Importe
15 01 4312 48902 Comercio. Ayudas de promoción 10.000 €.
Art. 8. Valoración
Para la resolución de las ayudas se procederá a la valoración de todas las
solicitudes recibidas por parte del personal técnico de la Concejalía de Comercio,
que emitirá un informe propuesta que será presentado ante la Comisión
Informativa del área de Empleo y Desarrollo Económico y posterior acuerdo de la
Junta de Gobierno.
Art. 9. Propuesta de Resolución
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen
de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en el art. 22
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. La Concejalía de Industria, Comercio y Turismo elaborará una propuesta de
resolución de concesión de subvenciones, tras la realización de la gestión
administrativa de recepción, análisis de documentación y revisión de
expedientes, con las propuestas de exclusiones y cálculo objetivo de
cuantías. Dicha propuesta se presentará a la Comisión Informativa de
Empleo y Desarrollo Económico.
3. Visto el expediente por la referida comisión se formulará la propuesta de
resolución, que contendrá al menos los siguientes datos:
a) Datos del beneficiario/a
b) Datos del objeto financiado
c) Datos de económicos de la ayuda concedida o cuantía de la
subvención
d) Sobre los desestimados: Datos del solicitante y motivos de exclusión
o de la desestimación
Art. 10. Resolución y notificación
1. La Junta de Gobierno Local resolverá el procedimiento emitiendo la
resolución definitiva de la convocatoria.
2. La resolución se notificará a los interesados de acuerdo a lo previsto en los
artículos 58 y 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de
seis meses desde el inicio de la instrucción de la convocatoria. El
vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución, legitimará a los
interesados para entender desestimada por silencio administrativo la
solicitud de concesión de la subvención.
4. De conformidad con la normativa vigente se podrá interponer
potestativamente Recurso de Reposición ente el mismo Órgano que la dicta,
en el plazo de un mes (arts. 116 y 117 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común),
o en vía jurisdiccional, Recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses, ambos plazos se contarán a partir del día siguiente al de
notificación de la resolución.
5. El Ayuntamiento de Soria publicará las subvenciones concedidas en su
página web con expresión de la convocatoria, el crédito presupuestario a
que se imputen, beneficiario, cuantía concedida y finalidad.
Art. 11. Pago
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1. La subvención se abonará de forma íntegra una vez resuelta la convocatoria
y previa justificación de la misma.
2. Para poder realizarse el pago será necesario que el beneficiario, ya sea
persona física o jurídica, y en éste último caso todos los socios, se halle al
corriente de deudas con la Hacienda Municipal, así como al corriente con las
obligaciones tributarias y de derecho público con este Ayuntamiento.
Art. 12. Justificación
1. La justificación se realizará dentro del plazo previsto en la convocatoria.
2. Será necesario presentar, original o copia compulsada, de la factura/s de la
inversión aprobada, justificante/s de pago de las mismas junto con una
memoria justificativa que incluya planos y fotografías del cerramiento
estable, así como los resultados obtenidos.
3. Si se produjera baja en la actividad o traslado a otro inmueble en propiedad
se perderá el derecho a la subvención, debiendo proceder a su reintegro
total.
4. Si se diera alguna de las circunstancias recogidas en el apartado anterior
durante el periodo de instrucción o justificación se perderá el derecho a la
subvención y al pago de la misma.
Art. 13. Reintegro de la subvención
1. Cuando se den las circunstancias señaladas así como la inexactitud o
falseamiento de datos o documentos suministrados que hayan servido de
base para la concesión de la subvención dará lugar al reintegro de las
cantidades correspondientes a este Ayuntamiento.
2. Serán responsables solidarios del reintegro de la subvención el/los
beneficiarios de la misma, y en su caso los miembros del Consejo de
Administración de la Sociedad.
Art. 14. Compatibilidad
Estas subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones públicas o privadas
para el mismo concepto.
Art. 15. Efectos
Estas bases producirán efectos a partir del día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia.
9.-APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LAS INVERSIONES EN MEJORAS DE LAS INSTALACIONES
UBICADAS EN ESPACIOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON EL SECTOR DE TURISMO Y HOSTELERÍA DURANTE EL AÑO 2015.
Vista la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a las inversiones en mejoras de las instalaciones ubicadas en
espacios públicos relacionados con el sector de turismo y hostelería durante el año 2015, la Junta de Gobierno Local, órgano competente
de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por
unanimidad, acuerda: La aprobación de la referida convocatoria cuyo
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contenido es el siguiente:
Art. 1. Objeto de la convocatoria
El objeto de la presente es aprobar la convocatoria pública única del año 2015 para
la concesión de Subvenciones dirigidas a las inversiones en mejoras de las
instalaciones ubicadas en espacios públicos relacionados con el sector de turismo y
hostelería, de acuerdo con lo establecido en el acuerdo de la Junta de Gobierno
Local de fecha 13 de noviembre de 2015 por el que se establecen las Bases
Reguladoras para la concesión de estas subvenciones.
Art. 2. Finalidad de las subvenciones
La finalidad de las subvenciones es atender a las circunstancias propias de la
climatología de la ciudad con el objeto de contribuir al fomento de las inversiones
en terrazas de veladores con cerramientos estables que supongan una mejora en el
servicio y sobre todo que estéticamente logren su integración en el entorno en el
que se ubiquen, y en definitiva, la de promover mejoras que ayuden a las pequeñas
empresas del sector de hostelería a incrementar su productividad y competitividad
logrando una mejora en la calidad del servicio y por ende en la oferta comercial y
turística de la zona.
Art. 3. Presupuesto para la financiación de las subvenciones
Las subvenciones a conceder en base a esta convocatoria se financiaran con cargo
a la partida presupuestaria 15 01 4312 48902 del Presupuesto Municipal Vigente,
con un importe total de 10.000 euros.
Art. 4. Requisitos para solicitar las subvenciones
1. Podrán solicitar subvenciones los beneficiarios previstos en las Bases
Reguladoras, y exclusivamente aquellos proyectos o inversiones que se hayan llevado a cabo entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015.
2. A estos efectos la fecha de ejecución será aquella que figure en la factura,
justificante de pago o certificado emitido por técnico competente.
Art. 5. Forma de las solicitudes
Las solicitudes se realizarán por medio de la presentación de la correspondiente
solicitud según modelo normalizado en el Anexo I, adjuntando a la misma la
documentación relacionada en el art. 5 de las Bases Reguladoras en el Registro
General del Excmo. Ayuntamiento o bien en cualquiera de las formas autorizadas
por el artículo 38 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Art. 6. Plazo para la presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes será hasta el 31 de enero de 2016
desde la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria.
Art. 7. Plazo para la justificación
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El plazo para la presentación de la justificación de la subvención concedida será de
10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención
Art. 8. Criterios de selección de las solicitudes, instrucción y resolución
1. Las solicitudes se someterán al régimen de Concurrencia competitiva y les serán
de aplicación los criterios de selección que se establecen en las Bases Reguladoras.
2. El órgano de instrucción del procedimiento es la Concejalía de Industria,
Comercio y Turismo que la efectuara con arreglo a lo establecido en las Bases
Reguladoras
3. Una vez finalizada la instrucción, a través de acuerdo de la Junta de Gobierno
Local se resolverá la concesión de las subvenciones solicitadas o su denegación. El
acuerdo será notificado a los interesados y contra él podrán los interesados
interponer los recursos procedentes.
5. La Resolución de la concesión de subvenciones será en todo caso publicada en la
página web del Ayuntamiento de Soria.
10.-APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CLAÚSULAS
ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ EL CONTRATO PARA LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL
PUESTO Nº 16 EN EL MERCADO PROVISIONAL DE ABASTOS A UBICAR EN PLAZA CONCEPCIONES.
Examinado el expediente de contratación incoado para
adjudicar la concesión administrativa del puesto nº 16 en el mercado provisional de abastos a ubicar en la Plaza de Concepciones.
Visto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares al que habrá de ajustarse la ejecución del presente contrato.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación
de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
1º.- Prestar su aprobación al Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares al que habrá de el presente contrato.
2º.- El canon que sirve de base a la licitación se fija en
1.390,44 €, IVA incluido.
Mensualmente el adjudicatario del puesto citado en la cláusula
primera deberá abonar la cantidad que se determine en la ordenanza, reglamento o normas de aplicación en calidad de mensualidad por la
utilización del citado puesto, esta cuantía será ingresada por mes adelantado en la Tesorería Municipal.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas que realicen los
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licitadores comprenden no sólo el precio, sino también cualquier clase
de gastos o impuestos que correspondan al mismo.
Corre a cargo del adjudicatario el gasto que se genere por
cambio de rótulo del cartel de los puestos indicados, respetando los
criterio, imagen, color, tipografía, etc. existentes en el mercado.
3º.- El contrato se adjudicará mediante procedimiento
negociado sin publicidad.
4º.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato.
11.-SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS FORMULADA POR Dª. GEMA CORONEL DEL RIO.
Vista la petición formulada en fecha 6 de noviembre de 2.015 por la trabajadora laboral, con contrato de duración determinada y a
tiempo completo, Dª. GEMA CORONEL DEL RIO, con la categoría de Docente-Coordinador del Programa Mixto de Formación y Empleo
“Duques de Soria XII”, modalidad de Jardinería, perteneciente al Grupo “II”, relativa a la prestación y reconocimiento de servicios
previos prestados en este Ayuntamiento, como coordinadora docente en el Programa Dual de Formación “Duques de Soria XI” del 1/3/2015
al 31/8/2015, teniendo en cuenta lo anteriormente reconocido.
Examinados los archivos municipales, se comprueba que ha
prestado servicios durante dicho periodo en el citado Grupo II (A2 de funcionarios) durante 6 meses y que la Junta de Gobierno Local, en
sesión ordinaria de 24 de abril de 2.015, informó favorablemente la solicitud de reconocimiento de servicios previos formulada por la
misma, por un total de 9 años, 5 meses y 24 días, suponiendo el reconocimiento de un trienio del Grupo C2 y dos trienios del Grupo A2
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 25 de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios
previos en la Administración Pública y en el art. 1.1 del R.D. 1461/1982, de 25 de Junio, sobre normas de aplicación de la citada
Ley 70/1978, que establece “a efectos de perfeccionamiento de trienios, se computarán todos los servicios prestados por los
funcionarios de carrera en cualquiera de las Administraciones Públicas
citadas en el art. 1º de la Ley 70/1978, sea el que fuere el régimen jurídico en que los hubieran prestado, excepto aquellos que tuvieran
el carácter de prestaciones personales obligatorias”.
A la vista de cuanto antecede y de que la citada trabajadora suscribió el contrato vigente el día 1 de noviembre de 2.015, y
emitido informe favorable de la Jefe de la Sección de Organización y
22
Modernización Administrativa a la solicitud de reconocimiento de
servicios previos formulada por Dª. GEMA CORONEL DEL RIO, por un total de 9 años, 11 meses y 24 días, lo supone el reconocimiento
de un trienio del Grupo C2 y dos trienios del Grupo A2, ambos de
funcionarios y que incrementado a los servicios ya prestados supone el reconocimiento de antigüedad, conforme a lo establecido en el art.
2 del citado R.D. 1461/1982, de 25 de Junio, a partir del día 7 de noviembre de 2.005 la Junta de Gobierno Local, órgano competente
de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por
unanimidad, acuerda:
La aprobación del citado reconocimiento que producirá efectos retributivos desde el mes siguiente a la fecha de presentación de la
solicitud, conforme a lo establecido en la normativa sobre devengo de retribuciones de los funcionarios de carrera, es decir, desde el mes de
diciembre de 2.015.
FUERA DEL ORDEN DEL DÍA
La Junta de Gobierno Local, previa declaración de urgencia
adoptada con el quórum previsto en el art. 47.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y
fundamentada en la perentoriedad de los plazos y necesidades técnico-administrativas concurrentes, examinó también los siguientes
asuntos:
1.- MODIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL RELATIVO A LA CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS Y
AUTORIZACIÓN DEL INICIO DE LAS MISMAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA 2ª Y 3ª FASE DEL CONJUNTO DE TRES
EDIFICIOS EN LA UNIDAD DE ACTUACIÓN U.A.-A SECTOR 20.1, “ALTOS DE SAN FRANCISCO I”: 14 VIVIENDAS VVP, 1
LOCAL, 25 APARCAMIENTOS Y 14 TRASTEROS EN C/ FRENTES
C/V C/ SEGOVIA DE SORIA, PROMOVIDO POR RUIZ INGENIERÍA Y OBRAS, S.L.
Resuelto por Junta de Gobierno local en fecha 13 de febrero de
2.015, el siguiente acuerdo: (punto 6 del correspondiente Orden del Día)
“Aprobar el proyecto básico, conceder la licencia de obras para
la construcción de la 2ª y 3ª fase del conjunto de tres edificios en la Unidad de Actuación U.A.-A Sector 20.1, “Altos de San Francisco I”:
14 viviendas VVP, 1 local, 25 aparcamientos y 14 trasteros en C/ Frentes c/v C/ Segovia de Soria, promovido por Ruiz Ingeniería y
Obras, S.L y suscrito por el Técnico E. Francisco Ceña Jodra y aprobar el proyecto de ejecución parcial de ambas fases para
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movimiento de tierras, cimentación y saneamiento autorizando el
inicio de estas obras, debiendo cumplir con las siguientes prescripciones, además de las especificadas en los informes emitidos
al efecto….”
Advertido error en su texto, y de conformidad con el art. 105 de
la Ley 30/92 de R.J.A.P. y P.A.C., la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones
efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda: proceder a su rectificación en el
siguiente sentido:
“Aprobar el proyecto básico, conceder la licencia de obras para la construcción de la 2ª (14 viviendas libres, 1 local comercial, 26
aparcamientos y 14 trasteros) y 3ª fase (14 viviendas libres, 1 local comercial, 17 aparcamientos y 14 trasteros), del conjunto de tres
edificios en la Unidad de Actuación U.A.-A Sector 20.1, “Altos de San Francisco I”: 14 viviendas VVP, 1 local, 25 aparcamientos y 14
trasteros en C/ Frentes c/v C/ Segovia de Soria, promovido por Ruiz
Ingeniería y Obras, S.L y suscrito por el Técnico E. Francisco Ceña Jodra y aprobar el proyecto de ejecución parcial de ambas fases para
movimiento de tierras, cimentación y saneamiento autorizando el inicio de estas obras, debiendo cumplir con las siguientes
prescripciones, además de las especificadas en los informes emitidos al efecto….”.
2.- APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN Y AUTORIZAR
(RESTO DE OBRAS) DE LA 3ª FASE DEL CONJUNTO DE TRES EDIFICIOS EN LA UNIDAD DE ACTUACIÓN U.A.-A SECTOR
20.01, “ALTOS DE SAN FRANCISCO I”: 14 VIVIENDAS LIBRES, 1 LOCAL COMERCIAL, 17 APARCAMIENTOS Y 14 TRASTEROS
EN C/ FRENTES C/V C/SEGOVIA DE SORIA, PROMOVIDO POR RUIZ INGENIERÍA Y OBRAS, S.L.
Visto el proyecto de ejecución (resto de obras) de la 3ª Fase del conjunto de tres edificios en la Unidad de Actuación U.A.-A Sector
20.01, “Altos de San Francisco I”: 14 viviendas libres, 1 local comercial, 17 aparcamientos y 14 trasteros en C/ Frentes c/v
C/Segovia de Soria, promovido por Ruiz Ingeniería y Obras, S.L. y suscrito por el Técnico D. Francisco Ceña Jodra.
El expediente ha sido informado favorablemente por los
Servicios Técnicos Municipales en fecha 11 de noviembre de 2.015, así como por la Técnico de Administración General en fecha 12 de
noviembre del actual.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
24
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Aprobar el proyecto de ejecución (resto de obras) de la 3ª Fase
del conjunto de tres edificios en la Unidad de Actuación U.A.-A Sector
20.01, “Altos de San Francisco I”: 14 viviendas libres, 1 local comercial, 17 aparcamientos y 14 trasteros en C/ Frentes c/v
C/Segovia de Soria, promovido por Ruiz Ingeniería y Obras, S.L. y suscrito por el Técnico D. Francisco Ceña Jodra y autorizar el inicio de
las mismas, debiendo cumplir con las siguientes prescripciones, además de las especificadas en los informes emitidos al efecto:
Deberá de presenta Estudio Acústico por Entidad Evaluación
Acústica según Anexo V.2 de la Ley 5/09 del Ruido de Castilla y León. (Art. 28).
Telecomunicaciones. Cumplimiento del R.D. 346/2011 de 11 de marzo, de “Infraestructuras comunes para acceso a
servicios de Telecomunicación en el interior de las edificaciones”
De conformidad con lo establecido en el art. 300 del RUCyL,
deberá instalarse y mantenerse durante el tiempo que duren las obras, un cartel informativo conforme a las siguientes
reglas: En el cartel informativo debe indicarse el objeto,
número y fecha de la licencia, así como la identidad del titular de la licencia, proyectista,
del constructor y de los directores de obra y de ejecución. Es responsabilidad del promotor que
la información sea veraz y esté actualizada. El cartel informativo debe ubicarse en el acceso a
las obras, en lugar visible desde la vía pública, y sin riesgo para la seguridad vial o para terceros
3.- APROBACIÓN DE LAS TARIFAS DE AUTO TAXIS DE LA
CIUDAD DE SORIA PARA EL AÑO 2016.
Vista la propuesta de revisión de la tarifa del servicio de auto taxis de la Ciudad de Soria para el año 2016, presentada por el Sr
Presidente de la Asociación Provincial de Auto taxis y Auto turismos
de Soria para la aprobación por la Comisión de Precios de Castilla y León, oído el departamento municipal correspondiente, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de
julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
1º).- ACCEDER a lo solicitado y autorizar la siguiente tarifa del servicio municipal de auto taxis de Soria que entrará en vigor, tras su
aprobación por la Comisión de Precios de Castilla y León, desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
25
Tarifa 1
Se aplicará esta tarifa todos los días del año en horario de 7:00 a 23:00 horas, excepto cuando sea de aplicación la Tarifa 2
Bajada bandera (TB1) 2,15 €
Percepción mínima
(TP1) Kms (1.117,02 metros ó 195,85
segundos) 3,20 €
Kilómetro recorrido
(TK1) 0,94 €
Hora de Parada (TH1) 19,30 €
Tarifa 2 Se aplicará en horario nocturno de 23:00 a 7:00 horas, domingos y festivos de 7:00 a 23:00; Fiesta del Lavalenguas (que comenzará a computarse desde las 07,00 hasta las 16,00 horas del día 11 de julio de 2016), Fiestas de San Juan 2016 (que comenzará a computarse desde las 16,00 horas del día 29 de Junio hasta las 07,00 horas del día 5 de Julio de 2016); Fiestas de San Saturio 2016 (que comenzará a computarse desde las 16,00 horas del día 01 de Octubre hasta las 07,00 horas del día 6 de Octubre de 2016); así como los sábados de 16,00 horas a 23,00 horas..
Bajada bandera (TB2) 3,25 €
Percepción mínima
(TP2) (1.030,53 metros ó 172,34
segundos) 4,60 €
Kilómetro recorrido
(TK2) 1,31 €
Hora de Parada (TH2) 28,20 €
SUPLEMENTOS
Bulto o maleta (TM) 0,55 €
2º).- Proponer a la Comisión de Precios de Castilla y León su
aprobación expresa en la primera sesión de la Comisión que se celebre o implícita, en su caso, al amparo de lo dispuesto por el
artículo 10.1 del Decreto 29/2007, de 22 de marzo.
4.- SOLICITUD FORMULADA POR Dª. SILVIA LARREA GARCIA, DE REALIZAR EL PRÁCTICUM DE INTERVENCIÓN DEL TERCER
CURSO DEL GRADO DE EDUCACIÓN SOCIAL.
Visto el escrito remitido en fecha 30 de octubre de 2.015, por
Dª. SILVIA LARREA GARCIA, solicitando poder realizar el Prácticum de Intervención del tercer curso del Grado de Educación Social que
cursa en la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), en la Concejalía de Acción Social, Cooperación e Igualdad del
Ayuntamiento de Soria.
26
Visto así mismo el informe emitido por la Jefa de la Sección de
Organización y Modernización Administrativa de fecha 12 de noviembre del actual, del siguiente tenor literal:
“En la actualidad, las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios se encuentran reguladas por el Real Decreto 592/2014, de 11 de
Julio, estableciendo en su art. 7.1 que “Para la realización de las prácticas externas,
las universidades o, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas
vinculadas, suscribirán Convenios de Cooperación Educativa con las entidades
colaboradoras previstas en el artículo 2.2. del presente Real Decreto (empresas,
instituciones y entidades públicas y privadas)” y en el apartado 2 de dicho artículo
7 se señala que “Los convenios establecerán el marco regulador de las relaciones
entre el estudiante, la entidad colaboradora, la universidad y, en su caso, la entidad
gestora de prácticas vinculada a esta última. En sus estipulaciones básicas o en los
anexos que las desarrollen deberán integrar…”, enumerando a continuación el
contenido mínimo que han de recoger.
Este Ayuntamiento de Soria ya aprobó a través de acuerdo de la Junta de
Gobierno Local, adoptado en sesión del día 5 de Julio de 2.013, la suscripción del
correspondiente Convenio con la UNED para la realización de prácticas en el
Ayuntamiento de Soria por parte de alumnos de dicha Universidad, si bien el mismo
no recoge los contenidos mínimos que la citada norma posterior exige, por lo que
en el presente caso y para la realización de las prácticas por la solicitante, de
considerarlo esa Corporación conveniente, sería aconsejable suscribir un nuevo
Convenio adaptado a la normativa vigente, o bien la inclusión de los citados
contenidos mínimos y demás regulación en los anexos que desarrollen el Convenio.
Formulada consulta al respecto al Centro de Soria de la citada Universidad,
facilitan copia del nuevo modelo de Convenio de Cooperación Educativa adaptado a
la normativa vigente, el cual reúne el contenido exigible, así como copia de los
seguros de accidentes y responsabilidad civil suscritos por la UNED para la
cobertura de las prácticas tuteladas realizadas por cualquier estudiante de dicha
Universidad, tanto de las curriculares como de las extracurriculares.
Vista la solicitud formulada por Dª. SILVIA LARREA GARCIA, con DNI nº
72.890.180-Y, de realizar el Prácticum de Intervención del tercer curso del Grado
de Educación Social que cursa en la Universidad Nacional de Educación a Distancia
(UNED), en la Concejalía de Acción Social, Cooperación e Igualdad del
Ayuntamiento de Soria y considerando lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de Julio, que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios”
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
1º.- Mostrar su conformidad con la realización de las prácticas solicitadas por Dª. SILVIA LARREA GARCIA del Prácticum de
Intervención del 3º curso de Educación Social, en el Departamento de
Acción Social Cooperación e Igualdad de este Ayuntamiento.
2º.- Suscribir, previamente al inicio de las mismas, el correspondiente Convenio con la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED), facultando al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente para su
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firma.
3º.- Cumplimentar el correspondiente Anexo al Convenio en el
que se recogerá el proyecto formativo objeto de las prácticas,
consensuado por ambas entidades firmantes, así como el ámbito en el que las realizará, las funciones que se le encomiendan, la
asignación de tutor, horario, días de realización y demás cuestiones relativas a las mencionadas prácticas.
A las diez horas y treinta minutos finaliza la sesión, doy fe, el Secretario General.
Vº Bº EL ALCALDE,