SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentación

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    1/30

    ASEPEYO

    Area de Seguridad en Instalaciones y Equipos

    Direccin de Seguridad e Higiene, junio de 2005

    Reglamentacin sobre seguridad

    industrial.Reglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    2/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Reglamentacin sobreascensores

    R.A.E. 1952

    1/4/67

    30/7/74

    10/8/76 31/3/81

    O. 31/3/1981. Establece Criterios tcnicos (Aparatos anteriores al RAE 66) y relativos

    a las inspecciones peridicas para anteriores y posteriores al RAE 66.

    O. 23/5/1977. RAE para obras. Utilizados nicamente para materiales y personal de la obra

    23/8/77

    R.A.E. 1966

    O. 30/7/1974.RAE. Hidrulicos

    O. 20/7/1976. Puertas

    R.D.2291/85. R.A.E.

    8/11/85

    31/3/88

    26/9/91

    O. 23/9/87. MIE AEM 1. Ascensores

    R.D. 1314/97 Dir 95/16/CE. Ascensores. Deroga el RAE

    excepto los artculos 10,11,12,13,14,15,19 y 23

    26/3/92

    26/9/91

    O. 12/9/91. Amplia la MIE AEM 1 para ascensores hidrulicos

    y establece nuevos plazos de aplicacin para la ITC

    Aplic.

    Volunt.

    30/6/99

    Se deroga excepto los artculos: 10,11,12,13,14,15,19 y 23

    Resolucin. 3/4/97. Permite la instalacin de Ascensores

    sin cuarto de mquinas

    R.D.474/88. Dir. 84/528/CEE sobre aparatos elevadores y de manejo

    mecnico.

    Derogada excepto en lorelativo a los artculos envigor del RAE

    Recuadro de color blanco indica que la

    disposicin est derogada

    Est derogado, pero los aparatos sometidos a este Reglamento debern

    seguir cumplindolo.

    Estableca la obligatoriedad de instalar puertas en lo nuevos ascensores

    y de colocar un letrero de advertencia en los existentes sin puertas.

    Estableca las modificaciones del REA 66 para hacerlo extensivo a

    los ascensores hidrulicos.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    3/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 30 de junio de 1966

    Campo de aplicacin:

    -Ordenacin de la construccin, instalacin y mantenimiento de aparatos

    elevadores movidos por energa elctrica con las excepciones que se fijan en el

    siguiente punto.

    Exclusiones:

    -Montacargas instalados temporalmente como medios auxiliares de obras.

    -Aparatos elevadores de funcionamiento temporal utilizados para el servicio de

    escenarios, estudios cinematogrficos y anlogos.

    -Aparatos elevadores que por razn de su destino exijan especiales condiciones

    de instalacin y mantenimiento, tales como los instalados en las minas.

    -Montacargas cuyo grupo motor tenga como mximo una potencia de 1 CV. El

    camarn de un montacargas tendr unas dimensiones y constitucin impiden

    materialmente el acceso de las personas.

    Orden de 30 de junio de 1966por la que se aprueba el del Reglamento de AparatosElevadores.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    4/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 30 de junio de 1966

    Autorizacin de funcionamiento:

    Autorizacin de instalacin:

    -Necesita de la autorizacin de Industria.

    -El propietario o arrendatario del local donde va a ser instalado presentar:

    -Solicitud.

    -Proyecto tcnico:-Si el informe del proyecto emitido por Industria es favorable, se

    otorgar la autorizacin.

    -Autorizacin de puesta en marcha:

    -Una vez instalado, antes de ponerlo en servicio, se solicitar a

    Industria la inspeccin correspondiente.

    -Se emitir un acta.

    -La casa instaladora proporcionar un libro de instrucciones.

    Orden de 30 de junio de 1966por la que se aprueba el del Reglamento de AparatosElevadores.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    5/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 30 de junio de 1966

    Orden de 30 de junio de 1966por la que se aprueba el del Reglamento de AparatosElevadores.

    Conservacin e inspeccin:

    -Obligaciones de los propietarios o arrendatarios:

    -Contratar el mantenimiento y las revisiones generales.-Tener cuidado el servicio de las instalaciones, para ello tendr, como

    mnimo, de una persona encargada del cuidado del mismo.-Mantener fuera de servicio el ascensor cuando sea necesario, debido aaccidentes o a indicaciones del personal de servicio.

    -Las empresas encargadas del mantenimiento debern:

    -Registrar y anotar las fechas de visita, el resultado de las inspecciones, loselementos sustituidos y las incidencias que se consideren dignas demencin en el Libro de Revisiones, que deber obrar en poder delencargado del aparato elevador designado por el propietario o arrendatario.-Ejecutar peridicamente una revisin general (Se seguir periodicidad quemarca la ITC MIE AEM 1)

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    6/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 30 de junio de 1966

    Orden de 30 de junio de 1966por la que se aprueba el del Reglamento de AparatosElevadores.

    Personal encargado del servicio ordinario:

    -Comprobarn diariamente los enclavamientos elctricos y mecnicos.-Impedirn el uso del aparato cuando no funcionen correctamente losenclavamientos, cortando la alimentacin y sealizndolo en cada puerta.-Notificarn las averas a la empresa conservadora.-Denunciarn ante Industria cualquier deficiencia o abandono en relacin con la

    conservacin.-Conservar el Libro de Revisiones.

    Aplicacin:

    -Se aplicar a todos los aparatos elevadores cuyo proyecto se presente en lasDelegaciones con posterioridad al 1 de abril de 1967.

    -Para los aparatos existentes con anterioridad, en curso de instalacin o yacontratados, seguir siendo de aplicacin el Reglamento de 1952, hasta que no seordene su adaptacin.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    7/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 30 de julio de 1974,20 de julio de 1976 y 31 marzo de 1981

    Orden de 30 de julio de 1974

    -Se adapta el Reglamento de 1966 para hacerlo extensivo a los elevadores depropulsin hidrulica.

    -No afecta a los aspectos generales comentados anteriormente.

    Orden de 20 de julio de 1976

    -Se modifican aspectos tcnicos a tener en cuenta en el proyecto y en lasautorizaciones de puesta en marcha.

    -No afectan a los aspectos generales comentados anteriormente.-En los ascensores sin puerta de camarn deber instalarse una placa en la que seadvierta que no se acerquen a la entrada y que se impida que los nios viajen solos.

    Orden de 31 de marzo de 1981

    -Se establecen las normas tcnicas para las revisiones peridicas.-Los ascensores cuya puesta en marcha se haya efectuado de acuerdo con elReglamento de 1966 debern seguir cumplindolo.-Los ascensores cuya instalacin se hubiera efectuado con anterioridad a la vigenciadel Reglamento de 1966, debern cumplir unas exigencias tcnicas que se

    especifican en dicha Orden.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    8/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 23 de mayo de 1977

    Campo de aplicacin:

    -Aparatos instalados en edificios o estructuras en construccin,

    reparacin o demolicin con carcter temporal, dentro o fuera del

    edificio o estructura y que no formen parte de ste. Sern utilizadossolamente por el personal de la obra y para los materiales de la misma.

    Exclusiones:

    -Montacargas para subir o bajar materiales que no han sido previstos

    para transportar personas.

    -Aparatos elevadores que formen parte del edificio.

    Orden de 23 de mayo de 1977 por la que se aprueba el reglamento de aparatos

    elevadores para obras.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    9/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 23 de mayo de 1977

    Orden de 23 de mayo de 1977 por la que se aprueba el reglamento de aparatos

    elevadores para obras.

    Rotulaciones e instrucciones de maniobra:

    -En la cabina se especificar la carga nominal til, as como el nmero mximo

    de pasajeros admisible.-En los accesos a los cercados de mquinas o de poleas figurarn los siguientes

    rtulos: Cercado de maquinaria del aparato elevador para obra. Peligro. Se

    prohibe la entrada a toda persona ajena al servicio.

    -En el interior del cercado figurarn instrucciones en caso de paro fortuito.

    -

    En aparatos reservados a usuarios autorizados figurar una placa con lasiguiente inscripcin: Aparato elevador. Prohibido a las personas no

    autorizadas.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    10/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 23 de mayo de 1977

    Orden de 23 de mayo de 1977 por la que se aprueba el reglamento de aparatos

    elevadores para obras.

    Autorizacin de funcionamiento:

    -Deber obtener la autorizacin de funcionamiento previa presentacin de unasolicitud acompaada de un proyecto tcnico y de una certificado de adecuacincumplimentado por la empresa instaladora una vez realizado el montaje.-La casa instaladora una vez entregado el aparato proporcionar al propietario

    las instrucciones de uso.

    Montaje:

    -Dispondrn del libro de registro de montaje y mantenimiento legalizado por elOrganismo competente.

    -La empresa encargada del montaje y desmontaje anotar en el libro de registro

    de montaje y mantenimiento lo siguiente:-Que se ha montado de acuerdo al proyecto e instrucciones.-La fecha del desmontaje.-Su nmero de empresa autorizada.

    -Nmero de carnet de la empresa de mantenimiento.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    11/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Orden de 23 de mayo de 1977

    Orden de 23 de mayo de 1977 por la que se aprueba el reglamento de aparatos

    elevadores para obras.

    Conservacin:

    -Se contratar el mantenimiento con una empresa autorizada.-La empresa de mantenimiento del aparato comprobar las instalaciones cada 30das, registrndose en el libro de registro de montaje y mantenimiento.-Se designar el personal encargado del servicio ordinario el cual:

    -Ser instruido por la empresa conservadora.

    -Comprobar diariamente los enclavamientos.

    -Impedir el uso cuando no est en buen estado.-Notificar las averas.-Conservar el libro de registro de montaje y mantenimiento.-Se Encargar en exclusiva de la manipulacin desde la cabina.

    Inspecciones:

    -La empresa conservadora efectuar una revisin general:

    -Inmediatamente despus del montaje.-

    Cada seis meses.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    12/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Real Decreto 2291/1985

    Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre,por el que se aprueba el reglamento

    de aparatos de elevacin y manutencin.

    Campo de aplicacin:

    -Todos los aparatos elevadores y de manutencin, cualquiera que sea su formade accionamiento. Podrn ser, entre otros, los siguientes:

    -Ascensores y montacargas.-Escaleras mecnicas.

    -Andenes mviles.-Montamateriales para la construccin y gras.-Aparatos de elevacin y transporte continuos.-Transelevadores.-Plataformas elevadoras.-Carretillas elevadoras y otros aparatos similares.

    -Ser de aplicacin cuando entre en vigor la correspondiente ITC:

    -ITC MIE AEM 1 sobre ascensores-ITC MIE AEM 2 sobre gras torre-ITC MIE AEM 3 sobre carretillas elevadoras-ITC MIE AEM 4 sobre gras mviles autopropulsadas

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    13/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Real Decreto 2291/1985

    Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre,por el que se aprueba el reglamento

    de aparatos de elevacin y manutencin.

    Exclusiones:

    -Los empleados en las minas.-Los concebidos para fines militares o experimentales.

    -Los que se instalen en barcos y plataformas flotantes de exploracin o

    perforacin.

    -Los utilizados en la manipulacin de materiales radiactivos.

    -Elevadores de uso en escenarios de teatro o espectculos similares noinstalados de forma permanente.

    Obligaciones de los conservadores:

    -Revisar, mantener y comprobar la instalacin segan las ITC.

    -Conservar la documentacin justificativa de las fechas de visita, resultado de lasrevisiones de conservacin, elementos sustituidos e incidencias que se

    consideren dignas de mencin, entregndose una copia de la misma al propietario

    -Comunicar al propietario la fecha en que le corresponde solicitar la inspeccin

    peridica.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    14/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Real Decreto 2291/1985

    Obligaciones del propietario o arrendatario:

    -Cuidar que se mantengan en perfecto estado de conservacin.-Contratar el mantenimiento y revisiones de la instalacin.

    -Solicitar las inspecciones peridicas que se establezcan en las ITC.

    -Disponer de una persona encargada del servicio si as lo establece la ITC

    correspondiente. Esta persona/s encargada/s deber/n:

    -Estar correctamente instruida/s en el manejo del aparato. Esta instruccin

    se la proporcionar el fabricante, instalador o conservador.

    -Cuidar el funcionamiento general del aparato: impedir su uso si no se

    considera seguro, comunicar las averas al conservador, etc.

    Revisiones de conservacin e inspecciones peridicas:

    -Se sometern a las revisiones e inspecciones y revisiones de conservacin que

    se establezcan en las ITC.

    -Las inspecciones peridicas las llevar a cabo el Organismo competente, o si se

    establece, a travs de una Entidad Colaboradora.

    Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre,por el que se aprueba el reglamento de

    aparatos de elevacin y manutencin.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    15/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Real Decreto 2291/1985

    Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre,por el que se aprueba el reglamento

    de aparatos de elevacin y manutencin.

    Instalacin:

    -Se requerir la presentacin de un proyecto, por duplicado, ante el

    Organismo competente.

    Puesta en servicio:

    -Requerir la presentacin de un certificado de la empresa instaladora,

    visado por un Tcnico titulado designado por la misma.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    16/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    ITC AEM 1

    Instruccin Tcnica Complementaria sobre ascensores movidos elctrica, hidrulica u

    oleoelctricamente.

    Objeto y campo de aplicacin:

    -Se aplicar a los ascensores movidos elctrica, hidrulica u oleoelctricamente,instalados de forma permanente, que pongan en comunicacin niveles definidos

    con una cabina destinada al transporte de personas o de personas y objetos,

    suspendida por cables o cadenas o por uno o ms pistones, y que se desplace, al

    menos parcialmente, a lo largo de vas verticales o con una inclinacin sobre la

    vertical inferior a 15.

    Exclusiones:

    -Ascensores concebidos para: fines militares experimentales, equipar los barcos,

    instalaciones de prospeccin y a la explotacin en alta mar, minas o manipulacin

    de materias radiactivas.

    -Ascensores destinados exclusivamente al transporte de objetos.

    -Paternoster, elevadores de cremallera, elevadores de tornillo, elevadores para

    mquinas de teatro, aparatos de enganche, "strips", ascensores y montacargas

    de astilleros, de construccin de edificios o de obras pblicas, aparatos de

    montaje y de entretenimiento y los ascensores para el transporte de minusvlidos.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    17/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    ITC AEM 1

    Instruccin Tcnica Complementaria sobre ascensores movidos elctrica, hidrulica u

    oleoelctricamente.

    Aplicacin:

    -A partir de la entrada en vigor con carcter obligatorio de esta ITC (da 26 de

    septiembre de 1991) quedar derogado, en lo que se refiere exclusivamente a

    ascensores electromecnicos, el Reglamento de Aparatos Elevadores de 1966.

    -Los aparatos instalados antes del 26 de septiembre de 1991 cumplirn lo

    siguiente:

    -Los instalados antes de la entrada en vigor del Reglamento de 1966, 1 de

    abril de 1967, cumplirn las exigencias tcnicas establecidas en la Orden de

    31/3/1981 en su apartado 1.

    -Los sujetos al Reglamento de 1966 seguirn cumplindolo.

    -Los que se acogieron voluntariamente a lo que estableca la anterior ITC(Orden de 19/12/1985) pueden seguir cumplindolas.

    -Los que voluntariamente se hayan acogido a los preceptos antes del 26 de

    septiembre de 1991, debern de seguir cumplindolos.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    18/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    ITC AEM 1

    Instruccin Tcnica Complementaria sobre ascensores movidos elctrica, hidrulica u

    oleoelctricamente.

    -Queda derogada la Orden de 30 de julio de 1974 por la que sedeterminan las condiciones que deben cumplir los aparatos elevadores

    de propulsin hidrulica. No obstante los aparatos instalados antes de la

    entrada en vigor obligatoria (26/3/1992), debern cumplir las exigencias

    tcnicas que en ella se determinan.

    Instalacin de equipos:

    -Se presentar, ante el rgano territorial competente de la Administracin

    Pblica, un proyecto de instalacin.-La autorizacin de puesta en marcha se entender otorgada con la

    presentacin de un certificado de la empresa instaladora y de una copia

    del contrato de conservacin firmado por el propietario.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    19/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    ITC AEM 1

    Instruccin Tcnica Complementaria sobre ascensores movidos elctrica, hidrulica u

    oleoelctricamente.

    Revisiones e inspecciones:-Las inspecciones y pruebas se efectuarn con la siguiente periodicidad:

    -Edificios industriales y lugares de pblica concurrencia: 2 aos.

    -Ascensores instalados en edificios de ms de veinte viviendas oms de cuatro plantas servidas: 4 aos

    -Ascensores instalados en edificios no incluidos en los apartados

    anteriores: 6 aos.

    -Todos los ascensores incluidos en la ITC debern ser revisados por laEmpresa conservadora que haya contratado su mantenimiento una vez

    al mes, como mnimo.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    20/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    ITC AEM 2

    Instruccin Tcnica Complementaria sobre sobre gras torre desmontables

    para obras.

    Objeto y campo de aplicacin:

    -Establece las condiciones de seguridad exigibles en la construccin,montaje y utilizacin de las gras torre desmontables para obras,movidas mecnicamente, destinadas a la elevacin y distribucin de

    materiales, tanto en obras como en otras aplicaciones similares.

    Instalacin:

    -Para su instalacin requerir de la presentacin de un proyecto ante elorganismo competente.-No se exigir otro proyecto cuando la gra se desplace por la obra y nose modifiquen las condiciones de montaje.-Los montadores sern de probada capacidad y dependern de untcnico titulado que emitir certificados de montaje.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    21/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    ITC AEM 2

    Instruccin Tcnica Complementaria sobre sobre gras torre desmontables

    para obras.

    Puesta en servicio:

    -El instalador presentar ante el Organismo competente un documento firmado en

    el que se acredita el correcto funcionamiento de los dispositivos de la gra.

    Conduccin:

    -Habr en todo momento una persona designada para la conduccin de dicho

    aparato.

    Mantenimiento y conservacin:

    -Se dispondr del conjunto de instrucciones que afectan a todas las personas

    relacionadas con la seguridad de la gra.

    -Sern revisadas cada seis meses.

    -Ser revisadas despus de una parada superior a tres meses, antes de su nueva

    puesta en servicio y cada vez que hayan sido desmontadas. Las gras

    autodesplegables estarn dispensadas bajo la condicin de ser revisadas cada

    seis meses, como mnimo.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    22/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    ITC AEM 2

    Instruccin Tcnica Complementaria sobre sobre gras torre desmontables

    para obras.

    Inspecciones peridicas oficiales:

    -La primera inspeccin se har a los cuatro aos.

    -Posteriormente cada tres.

    -Anualmente cuando sobrepasen los siguientes lmites:

    -Grupo I: nueve aos.

    -Grupo II: diez aos.

    -Grupo III: catorce aos.

    -Estar disponible en el lugar de emplazamiento un libro registro.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    23/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Real Decreto 1314/1997

    Real Decreto 1314/1997 por el que se dicatan las disposiciones de

    aplicacin de la directiva 95/16/CE sobre ascensores.

    mbito de aplicacin, comercializacin y libre circulacinSe aplica el R.D. 1314/1997 a los ascensores en funcionamientopermanente en edificios ya construidos o en construccin.

    Ascensor es todo aparato utilizado en niveles definidos con ayuda de

    una cabina que se desplace a lo largo de guas rgidas, cuya inclinacinsobre la horizontal sea superior a 15 grados, destinado al transporte: depersonas, de personas y objetos, de objetos nicamente, si la cabina esaccesible, es decir, si una persona puede entrar en ella sin dificultad yest equipada de elementos de mando situados dentro de la cabina o al

    alcance de una persona que se encuentre en el interior de la misma.

    Tambin se consideran ascensores los que se desplacen siguiendo unrecorrido totalmente fijo en el espacio, aun si no est determinado porguas rgidas, tales como ascensores de tijera.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    24/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Real Decreto 1314/1997

    Real Decreto 1314/1997 por el que se dicatan las disposiciones de

    aplicacin de la directiva 95/16/CE sobre ascensores.

    mbito de aplicacin, comercializacin y libre circulacinTambin se aplica el R.D. 1314/1997 a los componentes de seguridadutilizados en dichos ascensores tales como:

    Dispositivo de bloqueo de las puertas de los rellanos.

    Dispositivos para prevenir la cada, que impiden la cada de lacabina o de los movimientos ascendentes incontrolados.

    Dispositivos de limitacin del exceso de velocidad.Amortiguadores de acumulacin de energa.Amortiguadores de disipacin de energa.

    Componentes de seguridad sobre gatos de los circuitos hidrulicosde potencia, cuando se utilizan como dispositivos para prevenir lacada.

    Dispositivos elctricos de seguridad en forma de interruptores deseguridad que contengan componentes electrnicos.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    25/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Real Decreto 1314/1997

    Real Decreto 1314/1997 por el que se dicatan las disposiciones de

    aplicacin de la directiva 95/16/CE sobre ascensores.

    mbito de aplicacin, comercializacin y libre circulacin

    Quedan excluidas de este R.D.:

    Las instalaciones de cables, incluidos los funiculares, para el

    transporte pblico y no pblico de personas.Los ascensores especialmente, diseados y fabricados para finesmilitares o de mantenimiento del orden.

    Los ascensores de los pozos de las minas.Los elevadores de tramoya teatral.Los ascensores vinculados a una mquina y destinadosexclusivamente al acceso al puesto de trabajo.

    Los trenes de cremallera.Los ascensores instalados en medios de transporte.Los ascensores de obras de construccin.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    26/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Real Decreto 1314/1997

    Real Decreto 1314/1997 por el que se dicatan las disposiciones de

    aplicacin de la directiva 95/16/CE sobre ascensores.

    mbito de aplicacin, comercializacin y libre circulacin

    En casos especiales, tales como ferias, exposiciones y demostraciones, se

    permitir que se presenten ascensores o componentes de seguridad que no

    cumplan las disposiciones siempre que se indique tal circunstancia mediante un

    cartel bien visible

    Los ascensores y componentes de seguridad debern cumplir los requisitos

    esenciales de seguridad y salud que figuran en el anexo I.

    Se consideran conformes con el conjunto de las disposiciones del R.D.1314/1997, los ascensores y componentes de seguridad que estn provistos del

    marcado "CE" y que dispongan de la declaracin "CE" de conformidad.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    27/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Resumen de aplicacin

    Real Decreto 1314/1997 por el que se dicatan las disposiciones de

    aplicacin de la directiva 95/16/CE sobre ascensores.

    Puesta en servicio

    Se presentar ante el rgano competente de la Comunidad Autnoma el expedientetcnico, la declaracin de conformidad, las actas de los ensayos relacionados con elcontrol final y la copia de un contrato de conservacin.Un vez presentados los documentos se le otorgar un nmero de identificacin yregistro al aparato.

    DerogacionesQueda derogado para ascensores el Reglamento de Aparatos Elevadores (R.D.2291/1985) excepto los artculos siguientes:

    Articulo 10 Sobre empresas conservadoras.

    Articulo 11 Obligaciones de los conservadores.Articulo 12 Solicitud de certificado como conservador.Articulo 13 Propietarios.Articulo 14 Personal encargado del aparato.Articulo 15 Reclamaciones de los afectados.Articulo 19 Revisiones de conservacin e inspecciones peridicasArticulo 23 Datos registrales y estadsticos.

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    28/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Resumen de aplicacin de lalegislacin sobre ascensores

    Normativa aplicable

    Orden de 30 de junio de 1966 que aprueba el texto revisado del

    Reglamento de Aparatos Elevadores y modificaciones posteriores.Orden de 31-03-81 por las que se fijan las condiciones tcnicas

    mnimas exigibles a los ascensores y se dan normas para efectuar

    las revisiones generales peridicas de los mismos.

    Reglamento de Aparatos de Elevacin y Manutencin de lasmismas (R.D 2291/1985 de 8 de Noviembre).

    ITC MIE-AEM-1 (Orden de 23/09/87) modificada por orden 11 de

    Octubre de 1988 y posteriores aplicaciones.

    Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las

    disposiciones de aplicacin de la Directiva del Parlamento Europeoy del consejo 95/16/CE, sobre ascensores ("B.O.E." 30-9-97)

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    29/30

    ASEPEYO

    Direccin de Seguridad e HigieneReglamento de aparatos elevadores

    PrevencinPresentaciones

    Resumen de aplicacin de lalegislacin sobre ascensores

    Ascensores instalados a partir de 30-6-99

    Cumplirn los preceptos del Real Decreto 1314/1997 ("B.O.E." 30-9-1997).Ascensores instalados desde el 30-06-66 hasta 26-03-92.

    Ser de aplicacin el Reglamento de Aparatos de Elevacin (Orden de 30

    de Junio de 1966), y posteriores modificaciones y ampliaciones.

    Ascensores instalados desde el 26 de marzo de 92 hasta 30-6-99Cumplirn los preceptos del Reglamento de Aparatos de Elevacin y

    Manutencin de los mismos (R.D. 2291/85 de 8 de noviembre) y sus ITC

    MIE- AEM-1 .

    Ascensores instalados con anterioridad al 30-06-66.Estos aparatos debern cumplir, en cualquier caso, las exigencias tcnicas

    de la orden de 31-03-81 (B.O.E. 20.04.81).

  • 7/23/2019 SIE0506029 Reglamento de Aparatos Elevadores Presentacin

    30/30

    PrevencinPresentaciones

    Area de Seguridad en Instalaciones y Equipos

    Direccin de Seguridad e Higiene

    www.asepeyo.es

    www.formacionsh.asepeyo.es