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DEPARTAMENTO DEL CAQUETÁ SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA MUNICIPAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA JORGE ELIECER GAITÁN FLORENCIA CAQUETÁ Sistema Institucional de Evaluación del Aprendizaje y Promoción de los Estudiantes (SIEDES) Página 1 de 23 RESOLUCIÓN No. ____ MAYO 30 de 2012. Por la cual se Modifica y/o Reglamenta parcialmente el Sistema Institucional de Evaluación del Aprendizaje y Promoción de los Estudiantes (SIEDES) en los niveles de Educación Básica, Media Técnica y Académica. El Consejo Directivo de la Institución EDUCATIVA JORGE ELIÉCER GAITÁN del municipio de Florencia Caquetá, en uso de las facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto 1290 de 2009, y teniendo en cuenta que: 1º. Que de acuerdo a las inquietudes, observaciones y propuestas hechas por estudiantes, padres de familia y docentes en el proceso de evaluación del SIEDES, al finalizar el año 2010 y 2011, se requiere Modificar y/o Reglamentar ciertos artículos del Sistema de Evaluación Institucional (SIEDES). 2º. Que para tal fin, fue necesario establecer y definir el equipo de trabajo, la logística y el plan operativo que facilito la estructuración de la propuesta de Modificación y/o Reglamentación de algunos artículos del SIEDES. 3º. Que el proceso de Modificación y/o Reglamentación del SIEDES, se inició teniendo en cuenta las dificultades señaladas por los docentes en la evaluación final de 2010, 2011 y las identificadas en la reunión de Rectores y Coordinadores a nivel municipal. 4º. Que en el proceso de Modificación y/o Reglamentación del SIEDES, se identificó y modificó los parágrafos del artículo 12, así los artículos 13, 5, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 25 y 29, y C O N S I D E R A N D O: 1. Que el artículo 1º de la Constitución Nacional consagra que Colombia es un estado social de derecho, de carácter democrático que propicia la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que les afecten. 2. Que el artículo 80 de la Ley General de la Educación, establece que en Colombia se creará el sistema nacional de evaluación de la educación en coordinación con el servicio nacional de pruebas, con el fin de velar por la calidad, por el cumplimiento de los fines, objetivos y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos. 3. Que los artículos 76º y 77º de la Ley 115/94 conciben el Currículo como un trabajo colectivo en permanente construcción en virtud de la autonomía otorgada a las instituciones educativas del cual hace parte la evaluación del aprendizaje.

SIEDES 2012 30 May Actualizado

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    RESOLUCIN No. ____ MAYO 30 de 2012.

    Por la cual se Modifica y/o Reglamenta parcialmente el Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes (SIEDES) en los niveles de Educacin Bsica, Media Tcnica y Acadmica. El Consejo Directivo de la Institucin EDUCATIVA JORGE ELICER GAITN del municipio de Florencia Caquet, en uso de las facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto 1290 de 2009, y teniendo en cuenta que: 1. Que de acuerdo a las inquietudes, observaciones y propuestas hechas por estudiantes, padres de familia y docentes en el proceso de evaluacin del SIEDES, al finalizar el ao 2010 y 2011, se requiere Modificar y/o Reglamentar ciertos artculos del Sistema de Evaluacin Institucional (SIEDES). 2. Que para tal fin, fue necesario establecer y definir el equipo de trabajo, la logstica y el plan operativo que facilito la estructuracin de la propuesta de Modificacin y/o Reglamentacin de algunos artculos del SIEDES. 3. Que el proceso de Modificacin y/o Reglamentacin del SIEDES, se inici teniendo en cuenta las dificultades sealadas por los docentes en la evaluacin final de 2010, 2011 y las identificadas en la reunin de Rectores y Coordinadores a nivel municipal. 4. Que en el proceso de Modificacin y/o Reglamentacin del SIEDES, se identific y modific los pargrafos del artculo 12, as los artculos 13, 5, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 25 y 29, y

    C O N S I D E R A N D O: 1. Que el artculo 1 de la Constitucin Nacional consagra que Colombia es un estado social de derecho, de carcter democrtico que propicia la participacin de todos los ciudadanos en las decisiones que les afecten. 2. Que el artculo 80 de la Ley General de la Educacin, establece que en Colombia se crear el sistema nacional de evaluacin de la educacin en coordinacin con el servicio nacional de pruebas, con el fin de velar por la calidad, por el cumplimiento de los fines, objetivos y por la mejor formacin moral, intelectual y fsica de los educandos. 3. Que los artculos 76 y 77 de la Ley 115/94 conciben el Currculo como un trabajo colectivo en permanente construccin en virtud de la autonoma otorgada a las instituciones educativas del cual hace parte la evaluacin del aprendizaje.

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    4. Que el artculo 138 de la Ley 115/94 determina que las instituciones educativas deben ofrecer un Proyecto Educativo en concordancia con el artculo 14 y el Decreto 1860/94, en el que se incluya el currculo con sus planes, programas y proyectos de estudio, as mismo, establece un procedimiento para la formulacin y modificacin del mismo. 5. Que una de las etapas del Proceso Curricular es la evaluacin del aprendizaje, la que requiere de unas pautas construidas por todos los estamentos de la institucin educativa. 6. Que el Decreto 3011 de diciembre 19 de 1997, establece las normas para el ofrecimiento de la Educacin de Adultos en las instituciones educativas como parte integrante del servicio pblico educativo. 7. Que el artculo 2 del Decreto 1290 de 2009, concede autonoma a las instituciones educativas para crear su propio Sistema de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin, en desarrollo del artculo 77 de la Ley 115/94. 8. Que el artculo 19 del Decreto 1290 de 2009 consagra que todo establecimiento educativo tendr que construir, aprobar, adoptar y difundir el sistema de evaluacin de los aprendizajes. 9. Que el Consejo Acadmico tiene como funcin la de participar en el estudio, modificacin y ajustes al currculo, as como la de organizar el Plan de Estudios, tal como lo consagra el artculo 145 de la Ley 115/94 y su decreto reglamentario 1860 del mismo ao. 10. Que corresponde al Consejo Directivo adoptar y aprobar el Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes (SIEDES) en los niveles de Educacin Bsica, Media Tcnica y Acadmica de acuerdo a la estructura y requerimientos sealados en los artculos 4 y 8 del Decreto 1290 de 2009, y Decreto 3011 de diciembre 19 de 1997. 10. Que despus de su elaboracin y ajustes con la participacin activa de todos los integrantes de la comunidad educativa como consta en las evidencias, este consejo adopta y divulga el Sistema de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes (SIEDES) en los niveles de Educacin Bsica, Media Tcnica y acadmica en Educacin de Adultos, y en consecuencia,

    RESUELVE ARTCULO 1. Objeto de la resolucin. Definir, adoptar y divulgar el Sistema de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes (SIEDES) matriculados en la Institucin Educativa.

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    ARTCULO 2. mbito de la evaluacin de los aprendizajes. El Sistema de Evaluacin del Aprendizaje y promocin se aplica a los estudiantes de Educacin Bsica, Media Tcnica y acadmica en Educacin de Adultos. Se evala el desempeo de los estudiantes en todos los ambientes previstos para el aprendizaje. ARTCULO 3: El grado de preescolar se evala y promueve de conformidad con el artculo 10 del Decreto 2247 de 1997. ARTCULO 4: La Institucin Educativa define el Sistema de Evaluacin: como un conjunto articulado, secuencial y sistemtico de elementos que se interrelacionan entre s, directa o indirectamente para producir transformaciones en el educando; y concibe la evaluacin como un proceso formativo, integral y comprehensivo, sistmico, flexible, permanente, participativo y cooperativo, incluyente, equitativo, interpretativo, cualitativo y cientfico, mediante el cual, se observa, se recoge, describe, procesa y analiza los niveles de desempeo de los educandos y a la vez permite identificar, reflexionar, emitir juicios de valor y tomar decisiones oportunas y pertinentes que orienten el aprendizaje y la gestin educativa en: a. Formativo: Permite el auto reconocimiento y valoracin personal para identificar dificultades y/o bajos desempeos en el desarrollo de las competencias, analizando las causas, para reorientar los procesos y metodologas educativas, buscando que lo aprendido, se evidencie en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en todos los contextos. b. Integral y comprehensivo: Comprende todas las variables del proceso de evaluacin, utiliza tcnicas e instrumentos para la recoleccin de informacin pertinente en coherencia con lo planeado. c. Sistemtico: Se realiza teniendo en cuenta los principios pedaggicos y didcticos de manera que guarden relacin con: los fines y objetivos de la educacin, la visin y la misin de la institucin, los Lineamientos Curriculares de las reas, las competencias, contenidos, mtodos y otros factores asociados al proceso de formacin integral de los estudiantes. d. Continuo: Se efecta en forma permanente y secuencial, realizando seguimiento al estudiante para observar sus progresos y apoyarlo en las dificultades presentes en su proceso de aprendizaje y formacin: al comienzo, durante y al final del mismo. e. Participativo y cooperativo: Involucra al estudiante, docente, padre de familia y otras instancias para que contribuyan en el diseo de metodologas y estrategias didcticas que faciliten a los educandos aprendizajes significativos; la formacin y desarrollo de competencias, como: analizar, interpretar, argumentar y proponer, entre otras, con la

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    orientacin del educador; y cooperativa, porque aporta sus conocimientos y valores personales en una actividad con los dems. f. Flexible: Tiene en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus distintos aspectos: fsicos, cognitivos, sicoafectivos y sociales, dando un manejo diferencial y especial segn las problemticas identificadas. g. Interpretativo: Permite que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor y sus compaeros, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedaggicos y didcticos que le faciliten avanzar en su desarrollo personal. h. Incluyente: Promueve espacios, estrategias, procederes pedaggicos y didcticos para que el estudiante se sienta incluido y apropiado de las acciones y herramientas con las cuales reconocerse y visibilizarse en sus potencialidades, sus alcances y desafos. i. Equitativo: Tiene en cuenta la diferencia, y da razn de las tendencias cognitivas y actitudinales del estudiante, manteniendo presente el papel de la educacin en cuanto a su tarea de formar personas multidimensionales y competentes, en los diferentes campos del conocimiento que requiere el mundo contemporneo. j. n: Se expresa a travs de juicios valorativos que describen el desempeo del educando en lo personal, social y acadmico, y se representa mediante una escala numrica que oscila entre los rangos 1.0 a 5.0 k. Cientfico: Selecciona, disea y aplica instrumentos, con una metodologa definida; para la recoleccin, procesamiento y anlisis de la informacin, interpretacin de los resultados y la toma de decisiones. (Proceso investigativo). ARTCULO 5. Propsitos de la evaluacin institucional de los aprendizajes de los estudiantes: 1. Propiciar la formacin integral del estudiante en todas sus dimensiones. 2. Identificar las caractersticas personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus progresos. 3. Determinar los avances en el proceso de aprendizaje en funcin de las competencias desarrolladas por los estudiantes. 4. Definir la aprobacin o reprobacin de cada rea o asignatura del Plan de estudio. 5. Determinar la promocin o reprobacin de los estudiantes. 6. Proporcionar informacin bsica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 7. Proveer informacin que permita interpretar estrategias pedaggicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeos superiores en su proceso formativo.

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    8. Facilitar informacin que contribuya a la autoevaluacin de la gestin acadmica y a la actualizacin permanente de su plan de estudios. 9. Aportar informacin para el ajuste e implementacin del Plan de Mejoramiento Institucional. 10. Fortalecer el autoreconocimiento y valoracin de s mismo y del otro.

    DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIN ARTCULO 6. Criterios de Evaluacin. Son los referentes establecidos previamente en funcin de lo que razonablemente se puede esperar del estudiante; es decir, todo aquello que interviene en su formacin integral. En concordancia con el PEI, se definen los siguientes criterios de evaluacin. Criterios referidos al ser y al convivir: Asistencia y puntualidad, presentacin personal, relaciones interpersonales, actitud y aptitud, responsabilidad, valoracin del conocimiento, pertenencia y pertinencia, respeto mutuo, y el compromiso con el otro. Criterios referidos al saber: Habilidades de pensamiento (Observar, Identificar, Comprender, Definir, Clasificar, Comparar, Redactar, Describir, Analizar, Sintetizar, Razonar, Retener, Interpretar, Argumentar, Conceptuar, Proponer, Decidir, Sustentar, Complementar, Modelar e Indagar); Apropiacin, construccin y aplicacin de conocimientos; Competencias comunicativas; Pensamiento lgico crtico. Criterios referidos al saber-hacer: Participacin activa y propositiva, trabajo autnomo y colaborativo, apropiacin y aplicacin de conocimientos. Criterio referido al emprender: Emprendimiento (Liderazgo, creatividad, innovacin, iniciativa, investigacin).

    DE LOS PRINCIPIOS TICOS DE LA EVALUACIN ARTCULO 7. Principios ticos de la evaluacin. Los principios ticos que rigen el proceso de evaluacin en la Institucin, estn fundamentados en la responsabilidad, justicia, equidad e imparcialidad, y se hacen evidentes cuando: 1. Se conoce: qu se evala. 2. Por qu y para qu se evala. 3. Cmo y con cules instrumentos se evala. 4. Con qu criterios se evala. 5. Cundo se evala. 6. De cunto tiempo se dispone. 7. Es concreto en cuanto al tiempo para la retroalimentacin. 8. Se comprende las razones de la valoracin emitida.

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    9. Se reflexiona sobre las fortalezas y dificultades. 10. Se reflexiona permanentemente sobre todo el proceso. 11. Se desarrolla con responsabilidad y honestidad.

    DE LOS MOMENTOS DE LA EVALUACIN ARTCULO 8. Momentos de la evaluacin: La evaluacin por competencias se lleva a cabo en tres momentos: al inicio, durante el proceso formativo y al final de ste. Inicialmente se realiza un diagnstico de cmo estn los estudiantes en la formacin y desarrollo de sus competencias, con el propsito de implementar estrategias didcticas y metodolgicas pertinentes para tal fin. Durante el proceso, la evaluacin busca la retroalimentacin a partir del reconocimiento de dificultades y fortalezas de aprendizaje en los estudiantes, con la mediacin del docente, para aclarar, reforzar, nivelar y profundizar. Finalmente, la evaluacin tiene como propsito los aspectos contemplados en el artculo 5 de la presente resolucin. Las pautas de la evaluacin estn contenidas en los Acuerdos Pedaggicos establecidos al iniciar cada periodo acadmico, los cuales precisan claramente el cmo (tipos de instrumentos y formas a utilizar), cundo y qu se va a evaluar, as como el porcentaje de participacin en el aspecto personal, social y acadmico; en dicho acuerdo, se especifican las competencias a alcanzar por los estudiantes en cada asignatura.

    DE LOS GRADOS Y CICLOS ARTCULO 9. Grados: Es aquel que se estructura como un conjunto de procesos y acciones curriculares organizados de modo tal que integren reas del conocimiento y proyectos pedaggicos, que permitan alcanzar los fines y objetivos de la educacin bsica y media. ARTCULO 10. Ciclo lectivo: Es aquel que se estructura como un conjunto de procesos y acciones curriculares organizados de modo tal que integren reas del conocimiento y proyectos pedaggicos, de duracin menor a la dispuesta para los grados regulares del servicio pblico educativo que permitan alcanzar los fines y objetivos de la educacin bsica y media de acuerdo con las particulares condiciones de la poblacin adulta.

    DE LAS REAS Y ASIGNATURAS ARTCULO 11. reas: Son cada uno de los espacios de formacin constituidos por el conjunto de conocimientos y competencias organizados en forma coherente, secuencial, integrada con su objeto de estudio y caractersticas propias, delimitadas y correlacionadas para alcanzar los fines, propsitos y objetivos de la educacin. ARTCULO 12. Asignaturas: Son espacios de formacin derivados de algunas reas con una estructura curricular autnoma, con contenidos, competencias y desarrollos especficos.

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    PARGRAFO 1. En la institucin educativa, el plan de estudio ser evaluado por reas, a excepcin de: Humanidades, que se desagrega en las asignaturas de espaol e ingls; Ciencias Naturales y Educacin Ambiental se desagrega en las asignaturas de Qumica y Fsica[1], y el rea tcnica, especialidad de Gestin Contable y Financiera (J.M.), se desagrega en las asignaturas de Contabilidad y Etapa productiva I y II; y en la especialidad de Gestin Empresarial (J.T), se desagrega en las asignaturas de Operaciones Comerciales, Contabilidad Y Etapa Productiva I y II. PARGRAFO 2. El estudiante que obtenga desempeo bajo en la Etapa productiva I, y como mnimo desempeo bsico en las reas y asignaturas fundamentales, tendr que desarrollar procesos de superacin en el mismo ao escolar para alcanzar la promocin, como requisito para la siguiente etapa productiva. El estudiante con desempeo bajo en la Etapa productiva II debe nuevamente cursarla al ao siguiente, como requisito para el grado, de acuerdo al manual interno de cada modalidad. PARGRAFO 3: La valoracin de la Etapa productiva II que realizan los educandos del grado once, se da al finalizar el ao escolar, de acuerdo al cumplimiento de la intensidad horaria exigida por el programa de integracin. EL ASESOR DE PASANTA elabora un informe general del proceso y lo entrega al titular del curso en cada periodo para ser socializado a los padres de familia.

    DE LA ESCALA DE VALORACIN INSTITUCIONAL ARTCULO 13. Valoracin de los aprendizajes de los estudiantes. El ao o ciclo escolar se divide en 4 periodos. El concepto final de cada periodo es el resultado de mnimo cinco notas valorativas, de las cuales, una es sobre el aspecto personal, otra sobre lo social, las dems sobre lo acadmico, a partir de la orientacin que hace el docente, de los procesos de heteroevaluacin, autoevaluacin y coevaluacin. La valoracin de los aprendizajes por asignatura se expresa en una escala de uno punto cero (1.0) a cinco punto cero (5.0). La valoracin aprobatoria es a partir de tres punto cero (3.0). La equivalencia numrica con relacin a la Escala de Valoracin Nacional (artculo 5 del decreto 1290), es la siguiente: 4.6 a 5.00: Superior (DS) 4.0 a 4.59: Alto (DA) 3.0 a 3.99: Bsico (DB) 1.0 a 2.90: Bajo (DBj)

    DE LA DEFINICIN DE LOS TRMINOS DE LA ESCALA DE VALORACIN NACIONAL

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    ARTCULO 14: Concepto de los trminos de la escala de valoracin nacional. En la aplicacin de la valoracin de los aprendizajes, se debe tener en cuenta los siguientes conceptos. DESEMPEO SUPERIOR (DS): Corresponde al estudiante que desarrolla todas las competencias, ayuda a sus compaeros de clase para aprender los conceptos y aplicaciones, y su desempeo personal y social influye al mejoramiento de la convivencia del grupo (4.6 a 5.00). DESEMPEO ALTO (DA): Corresponde al estudiante que alcanza en un 90% el desarrollo de las competencias, colabora con sus compaeros en el mejoramiento de sus aprendizajes y su comportamiento personal y social genera un ambiente positivo de trabajo (4.0 a 4.59). DESEMPEO BSICO (DB): Se aplica al estudiante que alcanza las competencias mnimas propuestas, y su comportamiento medianamente se adapta al grupo. (3.0 a 3.99). DESEMPEO BAJO (DBj): Corresponde al estudiante que se le dificulta por diversos motivos, aprender y no alcanza las competencias mnimas propuestas, y por lo general su comportamiento, afecta a sus compaeros (1.0 a 2.99).

    DE LAS ACTIVIDADES DE SUPERACIN Y NIVELACIN Las actividades de Superacin y Nivelacin, son procesos de estudio bajo la orientacin del docente (en los niveles de Educacin Bsica y Media Tcnica se incluye la participacin activa del padre de familia), donde se desarrolla y aclara las dificultades de aprendizaje persistentes, identificadas en las unidades de competencia de cada asignatura vistas durante cada periodo del ao o ciclo escolar. ARTCULO 15: Las actividades de superacin se basan en situaciones significativas para el educando, cuyo propsito es lograr mejorar los niveles de desempeo de las competencias no alcanzadas con un tiempo definido y unas estrategias efectivas. La Institucin educativa establece las actividades de superacin a estudiantes con desempeo bajo, al finalizar cada semestre (julio y noviembre); el docente es autnomo para adelantar estas actividades en el trascurso o finalizacin de cada periodo; sin embargo debe brindar la oportunidad al final del respectivo semestre a los educandos que persistan en las insuficiencias y reportarlo en el formato (Acta) a la Coordinacin Acadmica, despus de ingresar los resultados al sistema por periodos. (El sistema se habilitar por una semana para realizar los respetivos cambios por periodos) ARTCULO 16: Los estudiantes tienen derecho a recibir la asesora y el acompaamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje. De igual manera cumplir

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    con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superacin de sus dificultades (Decreto 1290, art. 12 y 13). Si al finalizar cada semestre, el educando persiste en Desempeo Bajo (DBj) (en un periodo o en ambos), en las reas o asignaturas contempladas en el plan de estudio de cada grado, atiende el siguiente proceso:

    a) El estudiante recibe del docente en medio fsico o magntico las actividades de superacin, firmando el recibido como constancia en el acta establecida por la institucin.

    b) Realiza dichas actividades en el tiempo estipulado por el docente. c) Entrega y sustenta al docente las actividades de superacin en las respectivas horas

    de clase del (las) rea(s) o asignatura(s) en las que obtuvo desempeo bajo (DBj). Cuando el docente considere necesario realizar un llamado al padre de familia y/o acudiente del educando, para informarle del Desempeo Bajo (DBj), que hasta el momento ste viene presentando en su rea y/o asignatura, lo puede realizar en el espacio destinado dentro de su labor acadmica: Atencin a Padres de Familia; en cada citacin, el educador registra en el acta institucional la evidencia del proceso. ARTCULO 17. Los estudiantes que ingresan nuevos a la institucin deben estar a paz y salvo en lo acadmico y comportamental; en el caso que tengan asignaturas reprobadas deben cumplir con el proceso de nivelacin explicitado en la presente resolucin.

    DE LA PROMOCIN Y REPROBACIN DE UN GRADO O CICLO ESCOLAR CUALQUIERA ARTCULO 18: Reprobacin de un estudiante. No ser promovido: El Estudiante que finalizado el ao escolar o ciclo, y realizado el proceso contemplado en los artculos 15, 16 y 17, persista en: a) Niveles de Desempeo Bajo (DBj) en dos o ms reas y/o asignaturas. b) Educando que haya dejado de asistir injustificadamente, de manera continua o

    discontinua hasta el 15% de las actividades acadmicas durante el ao o ciclo escolar. c) Cuando el estudiante haya faltado en dicho porcentaje en una asignatura la valoracin

    reprobatoria ser de uno punto cero (1.0). ARTCULO 19. Designacin de un segundo evaluador. Si por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminacin racial, religiosa, poltica, familiar, venganza u otra, un docente da como reprobado a un estudiante, la comisin de

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    Evaluacin y Promocin podr designar otro docente de la misma asignatura, para realizar el proceso de evaluacin; la valoracin dada por el segundo evaluador queda como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a OBSERVACIONES, ya que en la casilla de la asignatura reprobada, se escribir el registro dado por el docente titular. ARTCULO 20: CASO ESPECIAL DE PROMOCIN: a) Educando que al finalizar el tercer periodo, y por situaciones de enfermedad con

    incapacidad y justificacin mdica o retencin forzada, no pueda concluir el cuarto periodo, y su desempeo en las reas y/o asignaturas del plan de estudios del grado que cursa sea de Desempeo bsico (como mnimo), se faculta a la Comisin de Evaluacin y Promocin para que defina la promocin respectiva.

    b) En la educacin bsica primaria, en particular en los cuatro primeros grados, el respectivo docente identifica los casos de promocin y los reporta a la Comisin de Evaluacin de la sede, para que defina la respectiva promocin. Posteriormente se legaliza el proceso en las dems instancias.

    c) En la educacin bsica secundaria y durante la primera semana del segundo periodo del ao escolar o ciclo, el Consejo Acadmico, previo consentimiento de los padres de familia o coordinador (para el caso del nivel acadmico en Educacin de Adultos), recomienda al Consejo Directivo la promocin anticipada al grado o ciclo siguiente del estudiante que demuestre desempeo SUPERIOR en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias bsicas del grado o ciclo que cursa. La decisin es consignada en acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el libro de registro escolar.

    d) En la Educacin Media Tcnica, no se aplica la promocin anticipada, en razn a la especialidad que exige desarrollar determinado nmero de competencias con el programa de articulacin.

    Las solicitudes de promocin anticipada sern recepcionadas en coordinacin acadmica durante los tres das hbiles despus de la entrega de boletines del primer periodo. ARTCULO 21: PROMOCIN EXTRAORDINARIA ANTICIPADA DEL GRADO O CICLO. El educando que obtuvo Desempeo Bajo (DBj) en dos o tres reas y/o asignaturas el ao o ciclo inmediatamente anterior, y por ende, no alcanz la promocin al grado o ciclo siguiente, puede solicitar durante la primera semana del segundo periodo del ao escolar o ciclo la promocin anticipada de grado o ciclo, previa demostracin de haber alcanzado

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    un desempeo alto o superior en la(s) asignatura(s) que reprob, y registrar por lo menos desempeo bsico en las dems reas y/o asignaturas.

    DE LA APROBACIN DEL GRADO ONCE Y CICLO VI, Y GRADUACIN ARTCULO 22: Aprobacin del grado once y ciclo VI: Slo se gradan los estudiantes que cumplen los requisitos establecidos por la institucin y la ley. ARTCULO 23. Graduacin. En la Institucin Educativa se realiza ceremonia de grado a los estudiantes de grado once y ciclo VI, que hayan cumplido con los requisitos establecidos por la institucin y la ley.

    DE LOS CERTIFICADOS Y EXPEDICIN DEL INFORME DE DESEMPEOS ARTCULO 24. Certificado de Educacin bsica. Los estudiantes que culminen su grado 9 o ciclo IV, y hayan aprobado todas las asignaturas, reciben un certificado en el que conste la culminacin de ste Nivel o ciclo de Educacin Bsica, en el acto de clausura. ARTCULO 25. Expedicin del informe de desempeos del estudiante. El informe de desempeo de cada periodo se expide en dos columnas, una numrica y otra de acuerdo con la escala nacional, adems de una breve descripcin explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre las competencias, fortalezas y dificultades presentadas por los estudiantes en su desempeo, con recomendaciones y estrategias para su mejoramiento. El informe final contendr la escala Institucional y la Nacional. PARGRAFO 1: El informe final se da teniendo en cuenta la valoracin del proceso de formacin y aprendizaje del estudiante en cada rea y/o asignatura durante el ao escolar o ciclo, observando que al finalizar el grado o ciclo, se hayan alcanzado las competencias propuestas en el Plan de Estudios. DE LA ESTRATEGIAS DE VALORACIN INTEGRAL ARTCULO 26. Estrategias de valoracin integral de los desempeos de los estudiantes. El Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes reconoce la importancia de implementar diversas estrategias, mtodos y tcnicas; por tanto, la evaluacin en la formacin para adquisicin, desarrollo y valoracin de competencias, requiere tres procesos interdependientes: Autoevaluacin, Coevaluacin y Heteroevaluacin. LA AUTOEVALUACIN: En la prctica la autoevaluacin consiste, en una transferencia de poder del evaluador al evaluado con el propsito de fortalecer la autonoma del educando; de manera que la propia persona valore el desarrollo de sus competencias con

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    referencia a los propsitos de formacin, los criterios de desempeo, los saberes esenciales, y las evidencias requeridas. Es por tanto un proceso de autocrtica que permite la reflexin y el anlisis sobre la propia realidad. Su prctica forma hbitos de: autoreconocimiento, autorespeto, autoestima, sentido de pertenencia, transforma al ser humano hacindolo pluralista, tolerante, abierto a mltiples concepciones. La autoevaluacin es un derecho acadmico y de contribucin de quienes interactan en un grupo social. Observarse a uno mismo intelectualmente es una habilidad aprendida y aprender a hacerlo bien requiere hacer un buen monitoreo mental; para ello la autoevaluacin tiene dos componentes centrales o dos vas: el Autoconocimiento o metacognicin y la Autorregulacin o auto cuestionamiento. El primero es un dilogo reflexivo consigo mismo (aprendizaje autnomo) y el segundo es la planeacin deliberada que hace el educando, con el fin de orientar la construccin de sus competencias. ESTRATEGIAS DE AUTOEVALUACIN Conocimiento de la estrategia: Elaborar criterios e instrucciones claras, precisas y

    puntuales. Conocimiento detallado de cmo ejecutarla. Construccin y comprensin de los criterios por parte de los estudiantes. Conocimiento sobre su funcionabilidad y aplicabilidad. Crear un clima de confianza y aceptacin para que se exprese libre y

    espontneamente en torno a su formacin. Crear el hbito de comparar las competencias obtenidas con los objetivos propuestos

    para mejorar desempeos y comportamientos. Autocorregirse e introducir los cambios necesarios para mejorar sus desempeos. Aprender cmo autoregularse paso a paso, asumiendo una actitud responsable y

    sincera a la hora de autoevaluarse. Realizar auto-observaciones y auto reflexiones para retroalimentarse. Disear y elaborar sus propios instrumentos de autoevaluacin con criterios claros y

    valoraciones razonables. COEVALUACIN, Es definida como evaluacin entre pares. Permite respetar y valorar al otro. Confronta el uno con el otro como seres humanos nicos e irrepetibles con mucho que dar y recibir. Hace crecer en comunidad y comprender el sentido de la convivencia ESTRATEGIAS PARA COEVALUAR Conocimiento de la estrategia. Conocimiento detallado de cmo ejecutarla. Construccin y comprensin de los criterios por parte de los estudiantes. Desarrollar conciencia de grupo sobre la importancia de los comentarios que los

    compaeros hacen para mejorar el desempeo individual y social.

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    Propiciar en el grupo un clima de confianza y aceptacin que permita la libre expresin.

    Aceptar y reconocer los aspectos que requieren mejoramiento, evitando la crtica no constructiva y la sancin sin argumentos.

    LA HETEROEVALUACIN: Es la que hace el docente a los estudiantes, implica un alto grado de responsabilidad por parte de quien planea, disea y aplica la evaluacin. En el mbito educativo el estudiante debe ser evaluado desde ejercicios que permitan su observacin en la clase, en el descanso, en las actividades de rutina, en las interacciones sociales. Es importante tambin revisar sus cuadernos, carpetas para ver la claridad de sus apuntes, la profundidad de sus consultas, sus aportes, su estructura organizativa, su esttica. Adems realizar y valorar pruebas escritas con diferentes formas de interrogacin como preguntas de seleccin mltiple con nica respuesta, de seleccin mltiple con mltiple respuesta, preguntas de completar, de argumentacin, deduccin, desarrollo, de inferencia, de aplicacin y proposicin, diseo o creacin. Es importante cambiar permanentemente la dinmica de la evaluacin utilizando talleres, paralelos grficos, mapas conceptuales, cuadros sinpticos, mesas redondas, debates, redes de problemas, escritos expositivos, descriptivos, sustentacin de ideas, proyecciones mediante el uso de diapositivas, videos. Se puede utilizar adems el medio que nos rodea. ESTRATEGIAS DE HETEROEVALUACIN. Preparacin de los estudiantes para que estn dispuestos a presentarse a la valoracin

    de sus competencias por parte del docente. Valorar el desempeo de las competencias en el contexto. Tener en cuenta los resultados de la Autoevaluacin y Coevaluacin. Brindar suficientes oportunidades a los estudiantes para desarrollar las

    competencias previstas de acuerdo a sus potencialidades. Revisar peridicamente las tcnicas e instrumentos de valoracin con el fin de mejorar

    la calidad del proceso. Implementar el portafolio de evidencias. Aplicacin de pruebas escritas con preguntas abiertas o cerradas. Aplicacin de pruebas escritas con metodologa pruebas Icfes, Saber. Elaboracin de ensayos. Sustentacin de trabajos escritos. La consulta y anlisis de textos. Los dilogos y entrevistas. Los juegos de roles. La observacin directa.

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    La resolucin de problemas a partir de situaciones significativas. Las producciones escritas. Los experimentos y aplicaciones prcticas. Presentacin de informes. PARGRAFO 1: Al finalizar cada periodo el docente de la asignatura, aplica una prueba a sus estudiantes con metodologa Icfes, Saber; el diseo de dicha prueba, se entrega una semana antes de su aplicacin al coordinador acadmico (con copia a la Comisin de Evaluacin y Promocin), en medio magntico y fsico, para su respectiva revisin y anlisis de la asignatura, y alimentacin del Banco de Pruebas. Las pruebas tipo Saber e Icfes que se desarrollan cada periodo permiten sensibilizar a la comunidad educativa Gaitanista acerca de la importancia de este tipo de pruebas. PARGRAFO 2: La evaluacin por competencias se entiende como el proceso por medio del cual se reconoce y valora el desarrollo de competencias con referencia a los propsitos de formacin, los criterios de desempeo, los saberes esenciales y las evidencias requeridas. LA PARA EVALUACIN: Es todo proceso que va ms all de la simple comprobacin. Revisar que se est evaluando, cmo, por qu, para qu y con qu estndares de contenido y de oportunidades son ejercicios de para evaluacin. LA META EVALUACIN: se refiere al establecimiento de criterios, cdigos, referentes o variables con los que se pueda evaluar los mecanismos de evaluacin para valorar y analizar el proceso, determinar la coherencia entre lo aprendido y lo evaluado, para comprender el proceso y mejorarlo. La meta evaluacin permite mejorar la planeacin, el diseo y aplicacin de pruebas y est ligada a la para evaluacin.

    DE LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO ARTCULO 27. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeos de los estudiantes durante el ao escolar. Tomando la educacin como proceso continuo, los docentes realizan con los estudiantes al finalizar cada clase, tema, unidad o periodo, actividades como pruebas escritas, ensayos, conversaciones, dilogos personales o grupales, exposiciones, tareas, prcticas de campo o taller, de laboratorio, ejercicios de afianzamiento y profundizacin, tareas formativas de aplicacin prctica para desarrollar en casa, contacto con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos. Las acciones a seguir son: 1. Identificar las limitaciones y destrezas de los estudiantes a travs del diagnstico al

    inicio del ao escolar, cuyos resultados se registran en la agenda diaria del docente y en el libro de seguimiento de los procesos acadmicos. En primaria el seguimiento se

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    lleva en el observador del estudiante, con el fin de adecuar el diseo curricular a la realidad institucional.

    2. Socializar las dificultades y fortalezas con docentes de las diferentes asignaturas para definir estrategias de mejoramiento.

    3. Reunin con el padre de familia y el estudiante, para socializar dificultades, y suscribir compromisos por escrito de mejoramiento.

    4. Reunin de las Comisiones de Evaluacin y Promocin, o Comit de Casos Especiales, para identificar, analizar y registrar los procedimientos aplicados en el seguimiento al estudiante, y sugerir o tomar determinaciones pertinentes de acuerdo con el caso.

    5. Reunin del Consejo Acadmico y/o Directivo (en ltima instancia), para analizar los procedimientos y tomar las determinaciones pertinentes.

    6. Analizar los resultados de la heteroevaluacin, autoevaluacin y coevaluacin para proponer acciones de mejoramiento.

    PARGRAFO 1: En cada situacin de seguimiento, se deben dejar registros o evidencias en actas o formatos establecidos.

    DEL PROCESO DE AUTOEVALUACIN ARTCULO 28. Proceso de autoevaluacin de los estudiantes. Adems de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes en forma permanente, har ejercicios y prcticas de reflexin, anlisis e interpretacin, que permitan al educando hacer autorreflexin y evaluacin de carcter conceptual y formativo, cuyos resultados sern parte de la valoracin final del periodo o ao lectivo.

    DE LAS ESTRATEGIAS DE APOYO ARTCULO 29. Estrategias de apoyo para resolver situaciones pedaggicas pendientes de los estudiantes: 1. Diseo de planes de mejoramiento y nivelacin por reas y por grado (Actividades de

    superacin). 2. Fomento de la motivacin de crecimiento personal y de liderazgo a travs de videos,

    talleres y conferencias. 3. Implementacin de acciones o actividades para la construccin del proyecto de vida

    de los estudiantes. 4. Implementacin de talleres sobre tcnicas de estudio. 5. Reunin con padres de familia, de orientacin y sensibilizacin frente a los procesos de

    aprendizaje (recursos que debe utilizar dentro y fuera del saln de clase), y respecto a la utilizacin del tiempo libre.

    6. Diseo por parte de los docentes de estrategias metodolgicas y didcticas alternativas en el proceso de enseanza- aprendizaje.

    7. Implementacin de los monitores de grupo como apoyo, en el trabajo del aprendizaje colaborativo.

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    DEL CUMPLIMIENTO

    ARTCULO 30. Acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes de la Institucin Educativa cumplan con los procesos evaluativos estipulados en sta Resolucin. 1. Divulgacin y apropiacin por la comunidad educativa del Sistema Institucional de

    Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes, despus de su aprobacin por el Consejo Directivo.

    2. Inclusin en el PEI del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes.

    3. Inclusin del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes en la agenda de los docentes y directivos docentes.

    4. Cualificacin del docente en procesos de evaluacin por competencias. 5. Diligenciamiento de la agenda del docente como instrumento de registro y apoyo. 6. Presentacin de los planes de estudio para evaluar el Sistema Institucional de

    Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes. 7. Diligenciamiento de la planilla de seguimiento al Plan de Estudios. 8. Reglamentacin de las reuniones de rea, y el diseo de instrumentos que faciliten su

    seguimiento. 9. Constitucin y reglamentacin de las Comisiones de Evaluacin y Promocin, y el

    diseo de instrumentos que posibiliten su seguimiento a los procesos evaluativos. 10. Atencin a los requerimientos de los Padres de Familia y de los estudiantes en relacin

    con la evaluacin y/o promocin, para tomar decisiones. 11. Definicin, divulgacin y seguimiento del horario de atencin a Padres de Familia. 12. Elaboracin y entrega oportuna de los Informes de Desempeo de los estudiantes a

    sus padres o acudientes. 13. Implementar un Comisin de Seguimiento y Evaluacin al SIEDES, conformado

    preferiblemente por Docentes (jefes de cada rea), representante o representantes de los Padres de Familia y Estudiantes (Personera(o) y delegada(o) a consejo Directivo).

    14. La para evaluacin y meta evaluacin del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes, se desarrollar a mitad y final de ao para hacer los ajustes pertinentes.

    DE LAS COMISIONES DE EVALUACIN Y PROMOCIN

    ARTCULO 31. Comisiones de Evaluacin y Promocin: En la semana Institucional antes de iniciar las clases, el Consejo Acadmico conforma las Comisiones de Evaluacin y Promocin para cada grado o ciclo, integrada por un nmero hasta de 3 docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente del plantel (excepto el nivel acadmico en Educacin de Adultos), un estudiante, el Rector, o su delegado; quienes se

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    le asigna la responsabilidad de velar por el cumplimiento de los procesos de evaluacin en estudiantes que persisten en desempeos bajos, adems de hacer las recomendaciones sobre las actividades de superacin, y definir la promocin y reprobacin de los educandos al finalizar el ao o ciclo escolar. PARGRAFO 1. A la Comisin de Evaluacin y Promocin son remitidos aquellos estudiantes que finalizado el periodo persisten en Desempeos Bajos (DBj) en cualquiera de las asignaturas. Para facilitar la operatividad, cada sede de la Institucin Educativa Jorge Elicer Gaitn tendr sus propias Comisiones de Evaluacin y Promocin integradas de manera similar a la sede central; los reclamos presentados por procesos de evaluacin en las sedes, sern resueltos por la respectiva comisin del grado, con la presencia del rector o delegado. Son funciones de las Comisiones de Evaluacin y Promocin, las siguientes: 1. Convocar a reuniones generales de docentes por asignaturas, para analizar y proponer

    polticas mtodos y tendencias actuales en los procesos de evaluacin del aprendizaje. 2. Orientar a los profesores para revisar las prcticas pedaggicas y didcticas y

    evaluativas, que permitan superar las dificultades de los estudiantes en la obtencin de las competencias.

    3. Analizar situaciones relevantes de desempeos bajos, en asignaturas o grados donde persista la reprobacin, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios de superacin.

    4. Analizar y recomendar sobre situaciones de promocin anticipada, a estudiantes con desempeo superior.

    5. Servir de instancia para decidir sobre peticiones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o profesores en las que se considere se haya violado algn derecho en el proceso de evaluacin, y recomendar la designacin de un segundo evaluador.

    6. Verificar y controlar que los directivos docentes cumplan lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes de la presente resolucin.

    7. Otras que determine el PEI de la institucin. 8. Aplicar su reglamento. PARGRAFO 2. Reuniones de las comisiones de evaluacin y promocin: Cada Comisin de Evaluacin y Promocin se rene de manera ordinaria al culminar el periodo, en los cinco (05) das hbiles siguientes, salvo extraordinariamente cuando sea necesario por convocatoria del rector o su delegado. Las decisiones de las comisiones de evaluacin y promocin, son susceptibles de los recursos de reposicin, en primera instancia, ante la misma comisin y en segunda, ante el Consejo Acadmico, y el de apelacin, ante el Consejo Directivo. Las decisiones se toman teniendo en cuenta la mayora simple. Son vlidas las decisiones con presencia de tres comisionados, garantizando siempre la presencia del padre de familia y el estudiante.

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    Las decisiones de las comisiones de evaluacin y promocin se registran en actas oficiales debidamente numeradas y calendadas. Ninguno de los comisionados se podr negar a firmar las actas. Si tiene reparos u objeciones dejara constancia en la respectiva acta. Cada vez que se rena una comisin al culminar un periodo acadmico debe registrar en el acta las recomendaciones de actividades de refuerzo y superacin y citar a los padres de familia para acordar el compromiso entre los involucrados, a travs de cualquier medio idneo e incluso por intermedio del estudiante que presenta las dificultades acadmicas, quien firma la copia que reposar en la carpeta de la respectiva comisin.

    DE LA ENTREGA DEL INFORME DE DESEMPEOS ARTICULO 32. Periodicidad de la entrega del informe de desempeos de los educandos a los padres de familia o acudientes. El informe de desempeos del educando se entrega al padre de familia o acudiente en horas que no afecten su jornada laboral, al finalizar cada periodo. La inasistencia de los padres de familia o acudientes a estas reuniones no puede acarrear perjuicios acadmicos a los estudiantes. Los directivos y docentes atendern cualquier solicitud de los padres de familia para tratar temas relacionados con la educacin de sus hijos y podr citarlos por escrito cuando estos no se presenten en los informes por periodos.

    DE LA ESTRUCTURA DEL INFORME DE DESEMPEOS ARTCULO 33. Estructura del informe de desempeos. Este consta de los datos de identificacin personal, el informe de valoracin cualitativo-cuantitativo de cada periodo que haya cursado en la institucin y el estado del proceso de evaluacin, que incluyen las novedades acadmicas que surjan. La valoracin de los aprendizajes se expresa en la escala de uno punto cero (1.0) a cinco punto cero (5.0). Este informe ser escrito, objetivo, descriptivo, explicativo y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numrica y otra de acuerdo con la escala nacional. Al finalizar cada uno de los cuatro periodos del ao escolar los padres de familia o acudientes reciben un informe escrito sobre el desempeo de sus hijos que da cuenta del estado del proceso formativo y desarrollo de las competencias en cada una de las asignaturas; e incluye, fortalezas, dificultades presentadas, y las recomendaciones y estrategias para mejorar. ARTCULO 34: Definicin de los procesos formativos. 1. Competencias: Son los mbitos prcticos del aprendizaje, a travs de ellos los estudiantes demuestran lo que son capaces de hacer en determinado contexto, bien sea real o formal, utilizando los conocimientos, y procedimientos estudiados.

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    En sntesis en ellas se integran los saberes, las actitudes y valores (el ser y el convivir), las habilidades (hacer) y el emprender (Emprendimiento). Se debe tener en cuenta las propias de cada asignatura, y otras de carcter general como las laborales y ciudadanas que deben estar articuladas en los programas de estudio o proyectos de asignatura. 2. Dificultades de aprendizaje: Se refiere a obstculos significativos en la adquisicin y uso de saberes. 3. Recomendacin: Serie de competencias actividades que facilitan la superacin de las no alcanzadas.

    DE LOS PROCEDIMIENTOS SOBRE LOS RECLAMOS ARTCULO 35: Instancias, procedimientos y mecanismos de atencin y resolucin de reclamos sobre la Evaluacin y Promocin. Como instancias a nivel institucional para solucionar reclamos y problemas sobre la metodologa, proceso y resultados de la evaluacin, son: 1. El docente titular del rea o asignatura. 2. El titular de grupo. 3. La Comisin de Evaluacin y Promocin. 4. El Consejo Acadmico. 5. El Consejo Directivo. 6. Las dems de orden superior. Los procedimientos y mecanismos de atencin y resolucin a los reclamos de evaluacin y promocin son: a) Dialogo y solicitud por escrito con el profesor del rea o asignatura en los espacios

    establecidos para la atencin al padre de familia, dejando evidencias como constancia de solicitud.

    b) Solicitud de apoyo al titular del curso en caso de no haber sido solucionado el problema en la primera instancia.

    c) Solicitud escrita a la comisin de Evaluacin y Promocin explicando el problema si an no ha sido resuelto.

    d) Acudir al Consejo Acadmico si el problema contina. e) Apelar al Consejo Directivo como mxima autoridad institucional para encontrar una

    solucin. f) De no ser escuchado por las instancias relacionadas se puede acudir a la Secretaria de

    Educacin y otras autoridades existentes en el municipio. En la comunicacin del afectado con cualquiera de las instancias mencionadas, adems del dialogo formal entre las partes, la solicitud escrita con derecho de peticin, de igualdad, concertacin, sern procedimientos que se aplican en la resolucin de problemas sobre la evaluacin y promocin.

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    DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

    ARTICULO 36. Derechos de los estudiantes en el desarrollo del proceso formativo. 1. A participar en la planeacin y diseo de los procesos de evaluacin. 2. Ser evaluado de manera integral en todos los desempeos acadmicos, personales y

    sociales. 3. Conocer y apropiarse del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y

    Promocin de los Estudiantes a partir de los criterios, procedimientos e instrumentos de evaluacin y promocin desde el inicio del ao escolar.

    4. Conocer sobre qu, cmo y con qu instrumentos, se lo va a evaluar. 5. Saber con qu parmetros y cundo se lo ha de evaluar. 6. Saber de cunto tiempo dispondr para realizar su trabajo de evaluacin. 7. Conocer de manera oportuna los resultados de los procesos de evaluacin y recibir las

    respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas. 8. Comprender las razones de la valoracin obtenida. 9. Recibir la asesora y acompaamiento de los docentes para superar sus dificultades en

    el aprendizaje. 10. Conocer desde el inicio del ao escolar, las competencias a alcanzar, programadas en

    cada una de las reas o asignaturas del plan de estudios del grado para cada periodo y para el ao.

    11. Ser evaluado y promovido conforme al Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes.

    12. Presentar derechos de peticin e interponer los recursos de reposicin ante las instancias requeridas.

    13. Autoevaluarse y autovalorarse de manera que visibilice sus competencias, fortalezas y dificultades.

    14. A que lo reconozcan y valore al otro. 15. A analizar si los procesos de evaluacin y valoracin son lo suficientemente efectivos.

    DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTCULO 37. Son deberes de los estudiantes: 1. Cumplir con los compromisos acadmicos y de convivencia definidos por la institucin

    educativa. 2. Cumplir las recomendaciones y compromisos adquiridos en la superacin de sus

    dificultades. 3. Informar al padre de familia o acudiente sobre las citaciones solicitadas por la

    autoridad acadmica competente. 4. Legalizar oportunamente por escrito toda inasistencia a la institucin. 5. Realizar las actividades de superacin o nivelacin de las reas o asignaturas valoradas

    con desempeo bajo en el tiempo establecido. 6. Reflexionar sobre sus errores, dificultades y demostrar cambios de actitud.

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    7. Reflexionar sobre todo el proceso de evaluacin y presentar por escrito sus opiniones.

    DE LOS DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTCULO 38. Son derechos de los padres de familia en el proceso formativo de sus hijos: 1. Conocer el Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los

    Estudiantes desde el inicio del ao. 2. A participar en la planeacin, diseo, anlisis y discusin de los procesos de evaluacin 3. Acompaar el proceso evaluativo de los estudiantes. 4. Recibir el informe de desempeos de sus hijos o acudidos. 5. Recibir de manera oportuna respuestas a las solicitudes presentadas sobre el proceso

    de evaluacin de sus hijos, en los trminos del artculo 25 del cdigo contencioso administrativo.

    6. Presentar derechos de peticin e interponer los recursos de reposicin ante cualquier instancia de la institucin.

    7. Hacer seguimiento en casa a su hijo sobre el avance segn las valoraciones presentadas por cada rea o asignatura.

    DE LOS DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

    ARTCULO 39. Son deberes de los padres de familia: 1) Asistir puntualmente a las citaciones de la institucin, y participar a travs de las

    instancias de gobierno escolar, en la definicin de criterios y procedimientos de la evaluacin del aprendizaje de los estudiantes y la promocin escolar.

    2) Realizar seguimiento continuo al proceso evaluativo de sus hijos. 3) Analizar los informes de desempeo de sus hijos y tomar los correctivos necesarios en

    comn acuerdo con el estudiante y el docente. 4) Acompaar el proceso evaluativo de los estudiantes.

    DE LOS DEBERES DE LOS DOCENTES ARTCULO 40. Son deberes de los docentes: 1) Utilizar y potenciar el aprendizaje autnomo y cooperativo. Trabajar en equipo. 2) Planificar su trabajo curricular y desarrollarlo de acuerdo a lo planeado. 3) Generar ambientes de aprendizaje significativos donde el estudiante desarrolle

    habilidades de pensamiento. 4) Evaluar a partir del desempeo del estudiante y de acuerdo a la presente resolucin. 5) Identificar las dificultades que presentan los estudiantes, para desde all elaborar

    planes de refuerzo y superacin. 6) Usar instrumentos y procedimientos apropiados a la actividad que se est

    desarrollando. 7) Aplicacin e implementacin de los procesos de evaluacin.

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    8) Registrar el seguimiento de sus estudiantes para soportar informes a los Padres de Familia.

    9) Propiciar espacios para la autoevaluacin y coevaluacin, y tener en cuenta los resultados de los procesos.

    DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIN

    ARTCULO 41. Mecanismos de participacin de la comunidad educativa en la construccin del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes. La Institucin Educativa inicia el proceso de construccin del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes, en el mes de enero del ao 2009; a partir de este momento se involucran todos los estamentos de la comunidad educativa: Docentes: Mediante el desarrollo de jornadas pedaggicas y reuniones por rea: Induccin (re-induccin) general sobre el decreto 1290 de 2009. Anlisis del Decreto 1290. Contextualizacin del concepto de evaluacin desde lo Personal, Social y Acadmico. Estructuracin de propuestas por reas. Conformacin de un equipo interdisciplinar de trabajo encargado de la compilacin y

    sistematizacin del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes.

    Anlisis de propuestas presentadas por los diferentes estamentos. Constitucin de una comisin de redaccin. Revisin, anlisis y aprobacin del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje

    y Promocin de los Estudiantes por parte del consejo acadmico. Padres de Familia: Convocatoria a reuniones de Consejo de Padres y por Cursos. Induccin (re-induccin) general sobre el decreto 1290 de 2009. Reflexin sobre el concepto de evaluacin como parte del proceso de la Cultura del

    Mejoramiento y la formacin integral. Exposicin de las propuestas presentadas por el cuerpo docente. Recepcin de los aportes de los padres de familia para consolidar la estructura del

    Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes. Estudiantes: Convocatoria a reuniones de Consejo de Estudiantes y reuniones por cursos. Induccin (re-induccin) general sobre el decreto 1290 de 2009. Reflexin sobre el concepto de evaluacin como parte del proceso de la Cultura del

    Mejoramiento y la formacin integral. Exposicin de las propuestas presentadas por el cuerpo docente y Padres de Familia.

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    Recepcin de los aportes de los estudiantes para consolidar la estructura del Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes.

    DE LA INCLUSIN DEL SIEDES EN EL PEI

    ARTCULO 42. Incluir el Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes (SIEDES), en el Proyecto Educativo Institucional y su articulacin a las necesidades de los estudiantes, el Plan de Estudios y el Currculo.

    DE LA DIVULGACIN ARTCULO 43. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluacin del Aprendizaje y Promocin de los Estudiantes (SIEDES) a la Comunidad Educativa y su informacin a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen a la institucin educativa.

    DE LA VIGENCIA ARTCULO 44. El presente SIEDES amparado en el decreto 1290 de 2009, rige a partir de la fecha de su aprobacin, y deroga la Resolucin No. 003 del 05 de marzo de 2010, y los decretos 0230 y 3055 de 2002 y las dems disposiciones que le sean contrarias a partir de esta fecha.