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Sintesis | Ley de turismo para Jalisco

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Para optimizar la calidad de los servicios turísticos dentro del estado bajo los criterios de competitividad es importante la creación de una Ley de Turismo para Jalisco. Te invito a sumarte a través de tus propuestas.

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Page 1: Sintesis | Ley de turismo para Jalisco

LEY GENERAL DE TURISMO DEL ESTADO DE JALISCO. ASPECTOS DESTACADOS

El 17 de Junio de 2009 se publicó en el DOF la Ley General de Turismo que

proporciona un nuevo marco jurídico para la promoción turística en el país.

Destaca las facultades que otorga a los Estados de la Federación y a los

municipios. Esta situación exige la elaboración de la respectiva ley estatal en la

materia. Jalisco es el primer Estado que está planteando su adecuación al nuevo

marco legal.

El proyecto de Iniciativa de ley está integrado por 6 títulos, 29 capítulos y 99

artículos en donde destacan los siguientes puntos:

1. Consejos consultivos turísticos (Del Estado, de las rutas y de los

municipios).

Órganos de consulta, asesoría y apoyo técnico donde convergen el sector

público, social y privado con el objetivo de integrar estrategias y mecanismos

que impulsen el desarrollo del turismo en el Estado.

2. Desarrollo turístico por zonas y rutas Turísticas.

Una mejor organización y estructura da como resultado un desarrollo óptimo

del turismo, por ello, la creación de zonas que por sus características

naturales, culturales, sociales o económicas, constituyen un atractivo turístico y

rutas que son la unión secuencial de atractivos turísticos naturales y/o

culturales interconectados por un eje vial.

3. Estructuración de la ruta turística.

Para su funcionamiento la Ruta tendrá una organización incluyente en tres

niveles: una Asociación Intermunicipal, un fideicomiso y una Asociación Civil

que estará integrada por los prestadores de servicios turísticos.

4. Plan de mercadotecnia turística de Jalisco.

La competitividad turística es la capacidad para crear, ofrecer y sostener

productos y servicios con valor añadido que permitan generar desarrollo

económico y social del Estado, en un marco de competencia nacional e

internacional.

Page 2: Sintesis | Ley de turismo para Jalisco

5. Índice de Competitividad Turística del Estado de Jalisco (ICTEJ).

La competitividad es entendida como la capacidad y habilidad para crear,

ofrecer y sostener productos y servicios turísticos con valor añadido,

generando desarrollo económico y social que permita ser cuantificado

mediante el ICTEJ,

6. Innovación y desarrollo de productos turísticos-

El diseño de los productos turísticos deberá desarrollarse en función de los

lineamientos del Plan de Mercadotecnia turístico así como de los estudios de

potencialidad turística municipal, con la finalidad de observar la potencialidad

del mercado que exista para dicho producto.

7. Coordinación gubernamental.

Una dinámica de coordinación y cooperación entre la federación, el Estado y

los municipios, de manera eficiente y con un adecuado plan de trabajo,

creando políticas públicas para fomentar el desarrollo de inversión en el Estado

y por consiguiente el desarrollo económico y social.

8. Sistema de Información Turística Estatal (SITE).

Deberá estar integrado entre otros aspectos necesarios para su desarrollo, por

los siguientes puntos:

1. Afluencia turística.

2. Derrama económica.

3. Estadía promedio.

4. Perfil socioeconómico de visitantes.

5. Gasto promedio.

6. Tendencias del sector.

9. Atlas Turístico del Estado de Jalisco.

Una herramienta de promoción de la actividad turística, de vanguardia,

moderna y acorde a las que manejan países líderes en materia de turismo.

10. Evaluaciones.

Se propone un sistema de verificaciones y sanciones que evite la duplicidad

en el seguimiento y búsqueda de la excelencia y competitividad en la

prestación de servicios turísticos.

DIP. RAMÓN DEMETRIO GUERRERO MARTÍNEZ

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE TURISMO

H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO