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SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS

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SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS

1. INTRODUCCIÓN.

La Organización Mundial de Aduanas (OMA) (WCOde sus siglas en inglés World Customs Organization) es un organismo internacional dedicado a ayudar a los países miembro (normalmente representado por las respectivas aduanas) a cooperar y estar comunicados entre ellos en materia aduanera.

Fue fundada en 1952 como el Consejo de Cooperación Aduanera nombre que utilizó hasta 1994, año en que se cambio por el vigente.

Su sede está en Bruselas, Bélgica, y su labor contribuye a desarrollar reglas consensuadas en procedimientos aduaneros, así como a prestar asistencia y aconsejar a los servicios de aduanas.

La OMA ha establecido una clasificación estándar a nivel internacional de productos llamado Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías o Sistema Armonizado.

Cuenta con 174 países miembros, y su actual Secretario General es Kunio Mikuriya (2009- ).

La OMA no interviene en disputas comerciales o relativas a las tarifas, de esto se encarga la Organización Mundial del Comercio.

En junio de 2005, se adoptó el programa SAFE, un convenio internacional que contiene 17 estándares para aumentar la seguridad, facilidades comerciales, la lucha contra la corrupción y la recolección de impuestos.

El Sistema Armonizado de designación y codificación de Mercancías (SA, en inglés Harmonized Commodity Description and Coding System) fue desarrollado por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) como modelo para la nomenclatura de productos, cuya finalidad es la creación de un estándar multi-propósito para la clasificación de los bienes que se comercian a nivel mundial. Dicho sistema incluya a todos los bienes:

Inventados o no; Terrestres o no; Siempre que sean tangibles;

Identificándolos a nivel mundial con el mismo código numérico de 6 dígitos.

Este sistema de clasificación internacional del comercio de mercancías entró en vigor en 1988 en los países miembros de la OMA. El Sistema Armonizado es regulado

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por el Convenio Internacional del sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. Además, la OMA Se encarga, a través del comité del Sistema armonizado, de su mantenimiento y actualización mediante enmiendas y transposiciones, de modo que refleje los desarrollos tecnológicos y cambios en el comercio.

El mantenimiento de la SA es una de las prioridades de la OMA. Esta actividad incluye medidas para garantizar la interpretación uniforme de las SA y su actualización periódica a la luz de la evolución de la tecnología y los cambios en los patrones de comercio. La OMA administra este proceso a través del Comité del Sistema Armonizado (en representación de las Partes Contratantes del Convenio del SA), encargada de la política, toma las decisiones sobre cuestiones de clasificación, resuelve los litigios y se prepara enmiendas a las notas explicativas. El Comité del SA también prepara modificaciones para actualizar la SA cada 5-6 años.

Las decisiones relativas a la interpretación y aplicación del Sistema Armonizado, como las decisiones de clasificación y las enmiendas a las notas explicativas o de la recopilación de criterios de clasificación, entrará en vigor dos meses después de la aprobación por el Comité del SA. Estos problemas se reflejan en los suplementos que se modifica de la correspondiente Publicaciones de la OMA.

2. ¿QUÉ ES UN SISTEMA ARMONIZADO (SA)?

El Sistema Armonizado llamado S.A., es la nomenclatura que comprende las partidas, subpartidas y los códigos numéricos correspondientes, las notas de las Secciones, de los Capítulos y de las Subpartidas, así como las Reglas Generales para la Interpretación del S.A.

Un Sistema Armonizado es una lista o un catálogo de bines agrupados en forma sistemática, de acuerdo a criterios tales como:

Origen ya sea animal, vegetal, mineral; Grado de Elaboración; Usos; Aplicaciones.

Según su importancia comercial mundial.

Más del 98% de la mercancía en el comercio internacional se clasifica en términos de la SA.

La SA contribuye a la armonización de procedimientos aduaneros y comerciales, y la no-documental intercambio de datos comerciales en relación con los procedimientos, reduciendo así los costos relacionados con el comercio internacional.

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3. OBJETIVOS DEL SISTEMA ARMONIZADO (SA).

Entre los objetivos principales del Sistema Armonizado están:

Clasificar sistemáticamente todas las mercaderías susceptibles de comercio internacional.

Clasificar de manera uniforme y racional las mercaderías en los aranceles de todos los países que adopten esta nomenclatura.

Adoptar un lenguaje común, internacionalmente aceptado.

Facilitar la negociación de Acuerdos Bilaterales o Multilaterales.

Permitir la recopilación de datos estadísticos sobre el comercio mundial.

Facilitar el comercio internacional, y reducir los costos a nivel de los intercambios internacionales, para:

1. Racionalización, armonización de las especificaciones que figuran en los documentos relativos al comercio exterior;

2. Utilización para un máximo de intereses en el comercio internacional (aduaneros, estadísticos, transportista);

Facilitar la recolección y la comparación de las estadísticas:1. El Sistema Armonizado debe contener los elementos constitutivos de una

clasificación combinada de las mercancías, tanto para el intercambio comercial como de la producción;

2. Elaboración de las estadísticas del comercio exterior a partir del sistema armonizado

4. OTROS FINES DEL SA.

Actualmente este sistema está en uso por más de 200 países y uniones aduaneras y económicas como base de sus tarifas de aduanas y lograr una clasificación uniforme, incluyendo la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE) de México, y para la compilación de sus estadísticas de comercio internacional.

El Sistema Armonizado es un verdadero “lenguaje del comercio internacional”. Es polivalente porque puede utilizarse para otros fines además de clasificar los bienes que se comercian a nivel mundial. Entre los fines que se le puede dar al sistema están los siguientes:

Para registro estadístico;

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Identificar bienes sujetos a pagos de cuotas compensatorias; Identificar productos sujetos al cumplimiento de normas de calidad; Arancelarios; Nomenclatura Aduanera; Para propósitos de política comercial; Control de cupos; Transporte; Seguros; y Diseño de reglas de origen.

5. EL SA LO UTILIZAN LOS GOBIERNOS PARA:

Intercambio de datos comerciales; Fijación de derechos y demás impuestos; Control de sustancias reglamentadas; Control de precios; Investigación y análisis económico.

El Sistema Armonizado es un instrumento indispensable para el comercio que utilizan entidades gubernamentales, organismos internacionales y empresas privadas, como forma única de identificar y codificar mercancía para facilitar el comercio internacional y la aplicación de la legislación aduanera.

Los principales esquemas de integración política y económica de América Latina, como la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), la Comunidad Andina (CAN) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) se valen del Sistema Armonizado. Su uso es fundamental para las negociaciones comerciales.

6. ESTRUCTURA DE UN SISTEMA ARMONIZADO.

Las mercancías objeto de comercio sean agrupado en 98 Capítulos que corresponden a las actividades económicas más relevantes.

Cada Capítulo se subdivide en grupos especialidades (partidas; subpartidas).

El SA asume la forma de un código numérico de seis dígitos.

Cabe destacar, que las subpartidas se dividen en “subpartidas de 1er. Y 2do.Nivel”, es decir, subpartidas de un guión y subpartidas de dos guiones, respectivamente.

Y a su vez las subpartidas de 1er.Nivel o de un guión pueden estar desglosadas o no.

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Son de primer nivel, aquellas en las que el sexto número es cero (0) o que no tienen código; lo cual significa que han sido subdivididas en subpartidas de 2do. Nivel.

Son de segundo nivel, aquellas en las que el sexto número es distinto de cero (0).Sin embargo existen partidas que no se subdividen y la subpartidas se identifica con un código numérico de doble cero (00).

Además, hay subpartidas residuales de primer y segundo nivel, las cuales contienen un dígito 9:

XXXX.9Y XXXX.Y9 ó XXXX.99

No olvidar que se trata de una subpartida residual.

A partir del código del SA (de 6 dígitos) cada país establece el nivel nacional de desglose conforme a sus necesidades de identificación, añadiendo los dígitos, letras o cualquier otro carácter necesarios para formar sus propias subdivisiones arancelarias o estadísticas, obteniendo así un código numérico de 8 o más dígitos con el cual se identifica la mercancía sujeta a comercialización o movilización de un territorio a otro.

En resumen el SA comprende:

21 Secciones 98 Capítulos Subcapítulos: En números romanos Partidas (desdoblamiento de un capítulo) más de 1224 4 dígitos Subpartidas (desdoblamiento de una partida) más de 5225 6 a 10 dígitos

1º dígito 2º dígito 3º dígito 4º dígito 5º dígito 6º dígito

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CAPÍTULO

PARTIDA

SUBPARTIDAS

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SECCIONES:

Sección I (capítulos 1 a 5, animales vivos y productos del reino animal);

Sección II (capítulos 6 a 14, productos del reino vegetal);

Sección III (capítulo 15, grasas y aceites animales o vegetales);

Sección IV (capítulos 16 a 24, productos de las industrias alimentarias, bebidas y

líquidos alcohólicos, tabaco);

Sección V (capítulos 25 a 27, productos minerales);

Sección VI (capítulos 28 a 38, productos de las industrias químicas);

Sección VII (capítulos 39 y 40, plástico y caucho);

Sección VIII (capítulos 41 a 43, cueros y artículos de viaje);

Sección IX (capítulos 44 a 46, madera, carbón vegetal, corcho);

Sección X (capítulos 47 a 49, pasta de madera, papel y cartón);

Sección XI (capítulos 50 a 63, materias textiles y sus manufacturas);

Sección XII (capítulos 64 a 67, calzado, paraguas, flores artificiales);

Sección XIII (capítulos 68 a 70, piedra, cemento, productos cerámicos, vidrio);

Sección XIV (capítulo 71, perlas finas, metales preciosos);

Sección XV (capítulos 72 a 83, metales comunes);

Sección XVI (capítulos 84 y 85, máquinas eléctricas);

Sección XVII (capítulos 86 a 89, material de transporte);

Sección XVIII (capítulos 90 a 92, instrumentos de óptica, aparatos de relojería,

instrumentos musicales);

Sección XIX (capítulo 93, armas y municiones);

Sección XX (capítulos 94 a 96, muebles, juguetes, manufacturas diversas);

Sección XXI (capítulo 97, objetos de arte, antigüedades).

PARTIDAS:

Desdoblamientos de un Capítulo Cuatro dígitos

Ejemplo:

Capítulo 01 - Animales Vivos

Partida 01.01: Caballos, asnos, mulos, vivos.

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SUBPARTIDA:

Desdoblamientos de una Partida Seis dígitos

Ejemplo:

01.01 CABALLOS, ASNOS, MULOS, VIVOS

01.01.11 - - Reproductores de raza pura

01.01.19 - - Los demás

01.01.20 - Asnos, mulos

ADEMAS EL SA SE COMPONE DE ALGUNAS NORMAS PARA EL USO DE LA NOMENCLATURA:

Reglas generales Nomenclatura Notas legales Notas explicativas Criterios de clasificación Índice alfabético de productos

7. REGLAS GENERALES

Define procesos a seguir para clasificar las mercancías cuando su identificación no resulte clara según texto de partidas y notas legales.

Contienen la metodología del sistema armonizado. Establecen los principios de clasificación. Dirigen la interpretación de la nomenclatura.

REGLA GENERAL # 1

La clasificación está determinada por: Textos de las partidas. Notas legales. Las otras reglas, siempre que no sean contrarias a los textos de las partidas.

REGLA GENERAL # 2

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Regla para la clasificación de artículos incompletos o sin terminar, desmontados o desensamblados, y de artículos mezclados o constituidos por dos o más materias:

Como si fueran artículos completos, o estuviesen montados, incluso los esbozos, excepto cuando haya una partida(esbozos de tapones de corcho: 45.02, no 45.03).

Como la materia que predomine en la mezcla.

REGLA GENERAL # 3

Regla para la clasificación de artículos que podrían clasificarse en dos o más partidas, debido a sus características:

3 Posibilidades de Clasificación: En la partida más específica. En la que se describe el carácter esencial del bien, es decir que en los productos

mezclados o compuestos prima la materia que le da al producto el carácter esencial.

El último lugar de entre los posibles, es decir una partida por orden de numeración.

REGLA GENERAL #4

Regla para la clasificación de artículos que no pueden ser clasificados usando las reglas anteriores

Clasificación con los bienes con los que guarden mayor analogía.

REGLA GENERAL #5

Regla para la clasificación de envases, embalajes y contenedores: Envases y contenedores diseñados para recibir un artículo o un surtido, para su

venta. Embalajes normalmente utilizados para transportar o almacenar las mercancías.

Condiciones: Susceptibles de uso prolongado. Que se presenten junto al artículo.

Ejemplos: estuche de joyería, jabón de lujo, gafas, instrumentos. No aplica a: cajas de té, de plata, con té, copas de porcelana con dulces, recipientes criogénicos.

REGLA GENERAL #6

Regla para la clasificación de artículos en las subpartidas (6 dígitos) una vez determinada la partida aplicable:

Se utilizan las reglas anteriores (1 a 4, por exclusión), entre las subpartidas posibles.

No deben compararse subpartidas de diferente nivel.

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8. NOMENCLATURA:

Nómina, conjunto, catálogo de voces técnicas y propias de una actividad.

Designa la enumeración descriptiva, ordenada y metódica de mercancías según reglas y criterios técnico-jurídicos.

NOMENCLATURAS PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL.

1. Estadísticas 2. De transporte3. Arancelaria

Nomenclatura estadística

Tiene como finalidad recopilación de información relativa al tráfico comercial internacional, con fines de carácter estadístico

Ejemplos:

Clasificación Uniforme de Comercio Internacional CUCI Clasificación Industrial Internacional Uniforme CIIU

Nomenclatura de los transportes

Utilizado por empresas de transporte para la clasificación de la carga.

Ejemplo:

Clasificación Mundial de Mercancías para Carga Aérea (WACCC), de la Unión Internacional de Transporte Aéreo (IATA)

Nomenclatura Arancelaria

Enumeración descriptiva, ordenada y metódica de mercancías que son objeto de comercio internacional

Mediante un código numérico y una descripción del producto

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La nomenclatura comprende además un conjunto de reglas y principios que ayudan a ubicar un producto dentro de ella.

Tiene como finalidad principal: identificar las mercancías de importación de la forma más exacta posible, a fin de establecer el gravamen o impuesto de importación.

Ejemplos de nomenclaturas:

Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías Nomenclatura Arancelaria de la Comunidad Andina - NANDINA Nomenclatura Arancelaria de Colombia

NOTAS LEGALES.

Su objetivo:

Pueden referirse a las Secciones, Capítulos o Subpartidas de la Nomenclatura. Precisan su contenido y alcance.

Ejemplo de Nota de Sección.

Sección XVI. Nota 4.

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados para realizar conjuntamente una función netamente definida, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”.

TIPOS DE NOTAS LEGALES

Definitorias.- Que sirve para definir o diferenciar Excluyentes.- Que excluye, deja fuera o rechaza. Incluyentes.- Que pone algo dentro de otra cosa o dentro de sus límites. Clasificatorias.- Que clasifica o sirve para clasificar. Paliatorias.- Capaz de cubrir, disimular o cohonestar algo. Taxativas.- Que limita, circunscribe y reduce una cosa a determinadas

circunstancias. Mixtas.- Formado por varios elementos que se mezclan para componer otro.

ESTRUCTURA GENERAL DEL SISTEMA ARMONIZADO

REGLAS GENERALES 6NOTAS DE SECCIÓN 38NOTAS DE CAPÍTULO 240NOTAS DE SUBPARTIDA 35SECCIONES XXICAPÍTULOS 97PARTIDAS 1241

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NO SUBDIVIDIDAS 310TOTAL DE SUBPARTIDAS 5210

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LISTA DE 207 PAÍSES, TERRITORIOS O UNIONES ADUANERAS O ECONÓMICAS QUE APLICAN EL SISTEMA ARMONIZADO.

141 Partes Contratantes (140 países y la Unión Europea)

1. Afghanistan x

2. Albania x

3. Algeria +

4. Andorra +

5. Angola +

6. Antigua & Barbuda x

7. Argentina +

8. Armenia +

9. Australia +

10. Austria +

11. Azerbaijan +

12. Bahamas +

13. Bahrain +

14. Bangladesh +

15. Barbados x

16. Belarus +

17. Belgium +

18. Belize x

19. Benin +

20. Bermuda x

21. Bhutan +

22. Bolivia +

23. Bosnia and Herzegovina x

24. Botswana +

25. Brazil +

26. Brunei Darussalam x

27. Bulgaria +

28. Burkina Faso +

29. Burundi x

30. Cambodia +

31. Cameroon +

32. Canada +

33. Cape Verde +

34. Central African Republic +

35. Chad +

36. Chile +

37. China +

38. Colombia +

39. Comoros x

40. Congo (Dem. Rep.) +

41. Congo (Rep.) +

42. Cook Islands x

43. Costa Rica x

44. Côte d’Ivoire +

45. Croatia +

46. Cuba +

47. Cyprus +

48. Czech Republic +

49. Denmark +

50. Djibouti x

51. Dominica x

52. Dominican Republic +

53. Ecuador +

54. Egypt +

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55. El Salvador x

56. Equatorial Guinea x

57. Eritrea +

58. Estonia +

59. Ethiopia +

60. Fiji +

61. Finland +

62. France +

63. Gabon +

64. Gambia x

65. Georgia +

66. Germany +

67. Ghana +

68. Greece +

69. Grenada x

70. Guatemala x

71. Guinea +

72. Guinea Bissau x

73. Guyana x

74. Haiti +

75. Honduras x

76. Hong Kong, China x

77. Hungary +

78. Iceland +

79. India +

80. Indonesia +

81. Iran +

82. Ireland +

83. Israel +

84. Italy +

85. Jamaica x

86. Japan +

87. Jordan +

88. Kazakhstan +

89. Kenya +

90. Kiribati x

91. Korea (Rep.) +

92. Kuwait +

93. Kyrgyzstan +

94. Laos x

95. Latvia +

96. Lebanon +

97. Lesotho +

98. Liberia +

99. Libyan Arab Jamahiriya +

100. Liechtenstein x

101. Lithuania +

102. Luxembourg +

103. Macau, China x

104. Madagascar +

105. Malawi +

106. Malaysia +

107. Maldives +

108. Mali +

109. Malta +

110. Marshall Islands x

111. Mauritius +

112. Mauritania +

113. Mexico +

114. Micronesia x

115. Moldova +

116. Mongolia +

117. Montenegro +

118. Morocco +

119. Mozambique x

120. Namibia +

121. Nepal +

122. Netherlands +

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123. New Caledonia (French

Terr.) x

124. New Zealand +

125. Nicaragua x

126. Niger +

127. Nigeria +

128. Niue x

129. Norway +

130. Oman x

131. Pakistan +

132. Palau x

133. Panama +

134. Papua New Guinea x

135. Paraguay +

136. Peru +

137. Philippines +

138. Poland +

139. Polynesia (French Terr.) x

140. Portugal +

141. Qatar +

142. Romania +

143. Russia +

144. Rwanda +

145. Saint Kitts and Nevis x

146. Saint Lucia x

147. Saint Pierre and Miquelon

148. (French Terr.) x

149. Saint Vincent and the

Grenadines x

150. Samoa x

151. São Tomé and Príncipe x

152. Saudi Arabia +

153. Senegal +

154. Serbia +

155. Seychelles x

156. Sierra Leone x

157. Singapore +

158. Slovakia +

159. Slovenia +

160. Solomon Islands x

161. South Africa +

162. Spain +

163. Sri Lanka +

164. Sudan +

165. Suriname x

166. Swaziland +

167. Sweden +

168. Switzerland +

169. Syrian Arab Republic +

170. Tajikistan +

171. Tanzania +

172. Thailand +

173. The Former Yugoslav

Republic of Macedonia +

174. Timor-Leste x

175. Togo +

176. Tonga x

177. Trinidad and Tobago x

178. Tunisia +

179. Turkey +

180. Turkmenistan x

181. Tuvalu x

182. Uganda +

183. Ukraine +

184. Union of Myanmar (Republic of the) +

185. United Arab Emirates +

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186. United Kingdom +

187. United States +

188. Uruguay +

189. Uzbekistan +

190. Vanuatu x

191. Venezuela +

192. Viet Nam +

193. Wallis and Futuna (French Terr.) x

194. Yemen +

195. Zambia +

196. Zimbabwe +

197. European Union (EU) +

198. Andean Community (CAN) +x

199. Caribbean Community (CARICOM) +x

200. Common Market for Eastern and Southern Africa (COMESA) +x

201. Commonwealth of the Independent States (CIS) +x

202. Economic and Monetary Community of Central Africa (CEMAC) +x

203. Economic Community of Western African States (ECOWAS) +x

204. Gulf Co-operation Council (GCC) +x

205. Latin American Integration Association (LAIA) +x

206. Southern Cone Common Market (MERCOSUR) +x

207. West African Economic and Monetary Union (UEMOA) +x

NOTAS:

+ La aceptación (es decir, las Partes Contratantes del Convenio del Sistema Armonizado).

X Indica única.

+x Algunos miembros son partes contratantes en el Convenio del Sistema Armonizado.

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