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SISTEMA TRIBUTARIO EXISTENTE EN NICARAGUA

Managua, 12 de Junio de 2011

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CONTENIDO

1- Introducción

2- Características e Indicadores Principales

3- Marco jurídico

4- Otras Características del Sistema Tributario

5- Estructura de ingresos tributarios

6- Análisis comparativos de la eficiencia tributaria del gobierno de Bolaños y Ortega6.1- Costos de Recaudación6.2- Evolución de ingresos vs PIB6.3- Impulso Fiscal6.4- Matriz Comparativa del Sistema Tributario de Bolaños vs ortega

7- Impuestos Municipales

8- Conclusiones

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SISTEMA TRIBUTARIO DE NICARAGUA

1. Introducción

En los últimos dos años se ha presentado una disminución en el ritmo de crecimiento de los ingresos tributarios conjuntamente con el decremento del financiamiento del grupo de apoyo presupuestario y la la negativa del gobierno de incluir la cooperación venezolana en el presupuesto, son los principales factores que indujeron al gobierno a presentar una propuesta tributaria cuyo objetivo central es recaudatorio.

2. Características e Indicadores Principales

Una de las características de nuestro sistema tributario es que la presión tributaria es baja (ingresos fiscales/PIB) de forma general en las economías desarrolladas, la presión tributaria se ubica entre el 30% y 40% y en nuestro país estamos con promedio del 17%, esta cifra es cercana al promedio latinoamericano pero solo es mayor que el promedio de Haiti.

La presión tributaria era del 13.5 en el 2002 y se incremento a 18.1 en el 2007, esto indica que la base de recaudaciones ha incrementado pero no al ritmo de las necesidades de nuestro país.

Una baja puntuación en este indicador refleja poca efectividad de las recaudaciones, evasión fiscal, exceso de exoneraciones y una base reducida de contribuyentes, en cambio una puntuación del 30% al 40%, puede reflejar un sistema de recaudación más eficiente, mayor inversión privada y pública, etc.

A continuación se muestra la evolución de la presión tributaria del año 2002 al año 2009, se debe considerar que en esta grafica se mide el periodo de Bolaños y a partir del 2006 comienza el periodo de Ortega.

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Otra característica del sistema tributario en Nicaragua es que la constitución de la república establece en su artículo 114, que corresponde exclusivamente a la Asamblea Nacional la potestad para crear, aprobar, modificar o suprimir tributos.

La estructura tributaria nicaragüense está conformada principalmente por las siguientes:

- Impuesto sobre la renta (IR)- Impuesto al valor agregado (IVA)- Impuesto selectivo de consumo (ISC)- Derecho arancelario a la importación (DAI)- Impuesto de tímbrales fiscales

Una pieza fundamental del sistema tributario es el código tributario que entre otros elementos menciona que las fuentes del derecho tributario son las siguientes:

- La constitución política de Nicaragua- Leyes tributarias del código tributario, CAUCA y RECAUCA- Los tratados, convenios y acuerdos internacionales vigentes- Los reglamentos y disposiciones que dicte el poder ejecutivo en el ámbito de su competencia- La jurisprudencia de la corte suprema de justicia.

El sistema tributario nacional está conformado por un conjunto de impuestos, tasas y contribuciones especiales, los cuales están distribuidos a nivel nacional, regional y municipal, teniendo además en cuenta el ámbito interno y externo, los tributos se clasifican de la siguiente forma:

- Impuestos: Pago de una prestación a favor del estado.- Tasa: Prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el usuario.- Contribuciones especiales: Beneficios derivados de la realización de determinadas obras

publicas.- Otros ingresos: Tasas o contribuciones especiales.- Exoneración tributaria: Es una dispensa del pago de un tributo a una persona natural o juricida

establecida por una ley.- Exoneración: Es el beneficio o privilegio establecido por la ley y por el cual un hecho económico,

no está afecto al impuesto.

3. Marco jurídico

El marco jurídico tributario se ha modificado en varias ocasiones con el propósito de elevar las recaudaciones y mejorar el sistema tributario nicaragüense, las reformas mas importantes han sido las siguientes:

1- La ley 257 de junio de 1997, llamada ley de justicia tributaria y comercial. (Gobierno de Aleman)

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2- La ley 439 de septiembre de 2002 llamada ley de ampliación de la base tributaria (Gobierno de Bolaños)

3- Ley 453 de mayo de 2003 llamada ley de equidad fiscal que restableció el marco legal tributario, agregando en su contenido toda la legislación tributaria vigente a esa fecha.

4- En junio del 2005 se reformo la ley de equidad fiscal, introduciendo cambios en función de ampliar la base tributaria principalmente en el sector financiero y también se afectaron las exoneraciones (Gobierno de Bolaños)

5- En el año 2009 se elaboro y aprobó la ley 712, la cual reformo diez artículos de la ley 453 y uno de la ley 528, también se reformo algunos artículos del reglamento de la ley 453. Estas reformas estuvo enfocada en ampliar la base gravable del IR y reducir algunas exoneraciones y tratamientos especiales.

4- Otras Características del Sistema Tributario

Nuestro sistema tributario se caracteriza por ser regresivo y concentrado en pocos impuestos, al igual que la mayoría de los países en desarrollo, la recaudación recae principalmente en cuatro tributos , de los cuales los impuestos indirectos que gravan el consumo y las transacciones de bienes y servicios aporta el mayor porcentaje del total de los impuestos recaudados, correspondiendo una menor ponderación a la tributación directa que grava la riqueza.

El sistema impositivo nacional no cumple con los objetivos de equidad y con las características de un régimen tributario ideal como son los principios de generalidad, neutralidad, eficiencia y capacidad contributiva.

A veces se califica de impuesto progresivo o regresivo a un impuesto cuyos efectos puedan ser mas favorables o desfavorables sobre las personas de rentas menores, pero este uso informal del término no admite una admisión clara de regresividad o progresividad.

El gobierno anterior aplico medidas completamente regresivas en términos tributarios, de igual manera el gobierno actual es calificado como un sistema regresivo.

La discusión sobre progresividad o regresividad de un impuesto está vinculada al principio tributario de equidad que a su vez remite al principio de capacidad tributaria o contributiva, de esto también se deriva el concepto de equidad vertical y horizontal del impuesto. La equidad horizontal indica que a

Impuesto Regresivo: cuando mayor es la ganancia o renta, menor es el porcentaje de impuestos que debe pagarse sobre el total de la base imponible

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igual renta, consumo o patrimonio, se debe aportar al fisco en igual medida y la equidad vertical indica que a mayor renta, consumo o patrimonio, debe aportarse en mayor medida, es decir a tasas mas altas para conseguir la igualdad de esfuerzos, basado en este último concepto es que se ha generalizado el uso del término “regresividad” para calificar a los impuestos que exigen un mayor esfuerzo contributivo a quienes menos capacidad tributaria tienen, es el caso del IVA que siendo un impuesto plano en su alícuota, al gravar productos de primera necesidad impone un esfuerzo tributario mayor en las clases bajas.

De manera que nuestro sistema tributario se caracteriza por ser regresivo con equidad vertical

Es importante mencionar que el sistema tributario nacional contiene numerosas concesiones tributarias que afectan la equidad y eficiencia del mismo.

Además el régimen impositivo nicaragüense se caracteriza por su alto grado de concentración, dado que la recaudación depende de un número limitado de tributos que abarca el comercio exterior, las transacciones internas y la renta.

5-Estructura de ingresos tributarios

A continuación presentamos la evolución de los ingresos tributarios del año 2004 al año 2009:

Esta tabla refleja tres años del periodo del Bolaños (2004-2006) y tres años del periodo de Ortega (2007-2009)

En la tabla se observa un incremento significativo en los impuestos directos en el año 2009, esto debido a que entro en vigencia las reformas fiscales que efecto principalmente al IR, por otra parte el IVA ha mantenido un comportamiento plano.

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Impuestos del sistema Tributario Nicaragüense

a) Impuesto sobre la renta: se basa en el principio de territorialidad o de fuente, el que consiste en gravar todas las rentas generadas en su territorio.

b) Impuesto al valor agregado: asi como otros impuestos indirectos, influye en el comportamiento de los agentes económicos dado que modifica e incide en los precios de los bienes y servicios.

c) Impuesto selectivo de consumo: es un impuesto especifico que grava la venta en el pais o la importación de determinados bienes, este tributo es de realización inmediata, pero se determina mensualmente, las tasas oscilan entre 5% y 43%.

d) Derecho arancelario a la importación: El articulo 138 plantea que el DAI se regirá de conformidad con convenios derivados de los tratados y acuerdos comerciales internacionales y de integración regional.

6- Análisis comparativos de la eficiencia tributaria del gobierno de Bolaños y Ortega

6.1 Costos de Recaudación

Este grafico nos muestra una tendencia favorable en los costos de recaudación, para el año 2001 se gastaban 4 córdobas por cada 100 recaudados, luego en el periodo de Bolaños entre el 2002 y el 2006 se bajo a 2.2 y el gobierno actual el mismo nivel de gasto desde el 2007.

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6.2 Evolución de ingresos vs PIB

La evolución de ingresos muestra un crecimiento bastante amplio desde el 2001, durante el gobierno de Bolaños tuvo una variación positiva de 7645 millones de córdobas en el 2001 a 17513 millones de córdobas en el 2007 y respecto al PIB paso del 13.9% en el 2002 al 19.6% en el 2007, aunque disminuyeron al 19% y 19,4% respectivamente en el 2008 y 2009.

El incremento de los ingresos tributarios se puede traducir en una ampliación de la base tributaria, mayor inversión, mayor crecimiento en el PIB y por ende una mejora en la economía respecto a años anteriores, en este sentido el gobierno de Bolaños logro variaciones positivas año con año, en el gobierno actual se experimentado un ligero estancamiento en este rubro.

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6.3 Impulso Fiscal

El impulso fiscal no es más que el consumo y la inversión pública en su conjunto y mide la contribución de la política fiscal a la demanda agregada, en el 2002 fue sumamente contractiva debido a la necesidad de bajar el déficit fiscal y luego neutral en 2003, 2005 y 2007, expansiva en 2004, 2008 y 2009 y contractiva en 2006.

Se considera contractiva cuando el gasto e inversión publica son menor a 0, nuutral en cero y expansiva cuando es positiva.

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6.4 Matriz Comparativa del Sistema Tributario de Bolaños vs ortega

Esta matriz nos indica que el gobierno del presidente Ortega, ha tenido mejores resultados que el de Bolaños, entre los aspectos más importantes está, la ampliación de la base tributaria, incremento en los ingresos tributarios y el porcentaje de recaudación vs PIB.

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7- Impuestos Municipales

Esta establecido por la ley que los municipios pueden tener tener su patrimonio propio y ser sujetos de derechos y obligaciones.

La ley divide los bienes municipales en bienes públicos y bienes de dominio particular. Son bienes públicos los destinados a uso y servicio de toda la población y en bienes de dominio particular, aquellos cuyo uso esta limitado por las normativas de las autoridades municipales.

7.1 Marco Jurídico Tributario Municipal

El ordenamiento jurídico que regula la tributación local esta definido en las siguientes normas:

- La constitución polituca- La ley de municipios- El plan de arbitrios- El decreto creador del impuesto de bienes inmuebles- El decreto creador del impuesto de rodamiento- La ley de justicia tributaria y comercial

La Ley de Municipios vigente tipifíca en su Artículo 46 los ingresos de los municipios de la siguiente manera: " Los Ingresos de los Municipios pueden ser tributarios, particulares, financieros, transferidos por el Gobierno Central y cualquiera otros que determinen leyes decretos y resoluciones.

Los Planes de Arbitrios facilitan la recaudación de los recursos financieros necesarios para garantizar la prestación de los servicios municipales y asumir las facultades delegadas a las municipalidades. Toman en cuenta las necesidades de los pobladores. Ejercen una función de gobierno. Algunos impuestos y tasas se cobran para garantizar un orden en diferentes actividades económicas; las matrículas son un ejemplo claro de ésta función.

También regulan algunas actividades que son molestas o perjudiciales para la ciudadanía, por ejemplo el funcionamiento de bares y cantinas hasta altas horas de la noche, evitar la contaminación que pueden provocar algunas empresas, etc.

Los impuestos municipales creados en virtud del plan de arbitrio son:

- Impuesto de matrícula - Impuesto sobre ingresos - Impuesto por servicios bancarios - Impuesto sobre edificaciones y mejoras - Impuesto sobre espectáculos públicos - Impuesto sobre entradas a cines - Impuesto sobre rifas y sorteos

- Impuesto municipal sobre capital social de nuevas sociedades mercantiles o civiles.

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8- Conclusiones

Pese a que las reformas tributarias han contribuido a mejorar algunos indicadores macroeconómicos, ningún gobierno ha sido capaz de de llegar al principio de suficiencia, por un lado el gobierno anterior se enfoco en incrementar la base tributaria, obteniendo resultados muy pobres, por otra parte el gobierno actual dirige su esfuerzo a que los contribuyentes que ya pagan, pagen muchísimo mas y por el contrario, Nicaragua aun tiene mucho potencial tributario que debe expandirse para fortalecer las recaudaciones y hacer que los que nunca han pagado comiencen a pagar.

Se deben eliminar los paraísos fiscales internos de las sociedades, las cooperativas, organismos no gubernamentales, se deben establecer tasas diferencias de IR para los contribuyentes y para los no registrados.

Debe, asimismo, darse mayor estabilidad para las Normas Tributarias. Porqué hacer reformas cada cinco años cuando ello no facilita ni promueve las inversiones de largo plazo, Se debe realizar propuestas de impuestos con una base amplia de contribuyentes, al igual que de la base imponible, con tasas bajas acordes a los países centroamericanos. Cualquier medida debe tomar en consideración un componente de reducción del gasto corriente del Estado.

También se debe tomar en cuenta que las necesidades básicas de la población van creciendo de forma acelerada y que nuestra tasa de crecimiento anual es del 2.4%, por lo que la población va creciendo a este ritmo.