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SISTEMAS DE CONTRATACIÓN EN CONSTRUCCIÓN.
Una de las labores más determinantes que realiza la Interventoría en la fase de
proyectos es evaluar la mejor conveniencia para el contratante en cuanto al
sistema de contratación que deberá llevarse a cabo para adelantar cada
edificación en particular.
La selección del sistema de contratación tiene implicaciones fundamentales en el
desarrollo y terminación de los proyectos.
A continuación se hace una descripción general sobre los mismos.
La adecuada selección del sistema y la modalidad de contrato según las
circunstancias del caso, es un factor sustantivo para el desarrollo de los proyectos
de construcción.
En la actividad edificadora se utilizan corrientemente tres grandes sistemas de
contratación: por precios unitarios, por administración delegada y por precio
global o alzado , que a su vez permiten diversas modalidades y variantes.
Cada uno de los mencionados sistemas tiene características específicas, y por lo
tanto la modalidad más apropiada puede ser cualquiera según las particulares
condiciones del caso.
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1. CONTRATO POR PRECIOS UNITARIOS.
1.1. Generalidades.
El pago por precios unitarios es un sistema de contratación mediante el
cual el constructor, por cuenta y riesgos propios, ejecuta una obra para el
propietario de acuerdo con las especificaciones técnicas y los precios
pactados para cada uno de los ítems de la misma.
En este sistema el valor total del contrato resulta de sumar los subtotales
correspondientes a los diversos capítulos de la obra y éstos a su vez de la
suma de los respectivos valores parciales de los ítems que los componen.
Los valores parciales de los ítems se determinan con base en los cómputos
de las obras por ejecutar, liquidados a los correspondientes precios
unitarios según la cantidad real ejecutada en cada ítem.
1.2. Condiciones específicas.
Las características propias de este sistema de contratación pueden
resumirse así:
1.2.1. Remuneración del contratista.
Se determina aplicando un porcentaje al costo directo de cada ítem,
en el cual suelen incluirse los gastos generales y los imprevistos.
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La remuneración del contratista incluye los conceptos de honorarios
por dirección técnica y utilidades.
1.2.2. Forma de pago.
Inicialmente el constructor recibe un primer abono en calidad de
anticipo para comenzar los trabajos, el cual se determina de
ordinario por un porcentaje convenido del costo total de la obra que
el contratista debe ir amortizando mediante deducciones hechas a
favor del contratante.
Durante el desarrollo del contrato, con una frecuencia acordada en
términos de tiempo y/o de las sumas invertidas, el interventor de la
obra, cuantifica, liquida y aprueba el pago de los trabajos ejecutados
durante el período inmediatamente anterior, de lo cual se deja
constancia en las correspondientes actas parciales elaboradas con
cada medición.
Del valor total del acta parcial se descuenta una suma para
amortizar el anticipo entregado al contratista.
Normalmente el monto del anticipo para el sistema de precios
unitarios es mayor que el correspondiente a la administración
delegada y menor que por el sistema de precio fijo global, situación
esta que debe tener en cuenta el contratante en función del costofinanciero del dinero.
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1.2.3. Dirección técnica
Es responsabilidad propia y exclusiva del constructor la dirección
técnica de los trabajos de la obra, incluyendo la coordinación de los
subcontratistas que realicen algunos capítulos de la misma.
En nuestro país no existen contratistas que puedan adelantar
directamente todas las actividades específicas de un proyecto
complejo, y es necesario por lo tanto que éste subcontrate la
ejecución de dichos trabajos con firmas independientes bajo sudirección y coordinación.
Se mencionan entre otras las instalaciones mecánicas de todo tipo:
eléctricas, hidrosanitarias, de aire acondicionado y ventilación,
ascensores y demás equipos de transporte vertical, ventanería,
cielos, pisos y enchapes etc.
En estos casos el contratante no tiene injerencia en la determinación
de las características de los subcontratistas, ni en los valores de
contratación, limitándose tan sólo a verificar que se cumplan las
condiciones y especificaciones del contrato general.
1.2.4. Dirección administrativa.
Como contratista independiente, el constructor tiene la libertad de
disponer a su arbitrio de los medios para dar cumplimiento al
contrato por lo cual actúa con suficiente autonomía para la selección
y contratación del personal, la adquisición y suministro de
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materiales, elementos, herramientas y equipos de obra, en tanto que
su aceptación por el contratante está sujeta al cumplimiento de las
estipulaciones generales y especificaciones técnicas del convenio
suscrito.
La independencia administrativa del contratista, implica que el
propietario del proyecto no tiene la posibilidad de suministrar ningún
tipo de materiales, herramientas o equipos ya que éstos son
adquiridos directamente por el constructor con condiciones
comerciales de descuento y forma de pago que no son de injerenciadel contratante.
Es frecuente que el contratista calcule sus precios unitarios para
efectos de las liquidaciones con base en los precios de lista de
todos sus insumos, vale decir mano de obra, materiales,
herramientas y equipos, dejando para sí la utilidad marginal entre el
precio cotizado y el conseguido en el mercado; por lo tanto no haylugar a que el contratante pueda obtener ventajas comerciales
haciendo adquisición de alguno de los componentes del precio del
constructor.
1.2.5. Costos y riesgos.
El principal peligro económico que corre un contratista en estamodalidad radica en el hecho de comprometerse a mantener fijos los
precios unitarios de ítems cuyos insumos pueden sufrir alzas, riesgo
que en la práctica debe compensarse y eliminarse, según la cláusula
de reajustes que eventualmente se pacte,.
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Cuando no hay cláusula de reajuste de precios el riesgo del
constructor es en principio inversamente proporcional, a igualdad de
las otras variables, al valor porcentual del anticipo y directamente al
tiempo de ejecución total de la obra.
Las condiciones aleatorias del contrato pueden significar para un
contratista la disminución de las utilidades previstas y aún la
ocurrencia de pérdidas, todo ello por efecto de pactar precios
unitarios fijos sin posibilidad de revisión posterior, circunstancia éstaque en principio constituye un factor de potencial incumplimiento en
muchos casos; por ello, en la práctica se presenta cierta tendencia
de las compañías aseguradoras a dificultar o aún negar de plano la
emisión de pólizas de cumplimiento, cuando no existe cláusula de
reajuste de precios en el respectivo contrato.
1.2.6. Reajustes.
Cuando las partes convienen la revisión periódica de los precios
pactados, ésta suele instrumentarse mediante fórmulas con las
cuales se establecen fácilmente las cuantías en que las variaciones
de los costos comerciales de los insumos afectan los precios
unitarios del contrato.
Las fórmulas que se aplican a los precios originales para determinar
los valores unitarios reajustados, suelen integrarse con base en
factores y coeficientes asumidos previamente o derivados del
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análisis de las incidencias específicas, propias de cada obra y
contrato.
1.2.7. Modificaciones.
Las variaciones cuantitativas, es decir, con relación a los cómputos
inicialmente previstos, no tienen en principio y dentro de límites
normales implicaciones especiales.
En tales casos el aumento en las cantidades de los ítems produceobras adicionales que de ordinario se liquidan según los
correspondientes precios unitarios.
No obstante cuando las obras adicionales motiven incrementos
sustantivos en el volumen de los trabajos por ejecutar, es obvio que
cabría plantear por lo menos, una reconsideración consecuente con
el plazo de entrega.
Si las variaciones son de índole cualitativa, es decir cuando implican
trabajos con especificaciones diferentes a los de los ítems originales
del contrato, dan lugar entonces a las obras extras cuyos precios
unitarios deben establecerse un mecanismo para tales efectos.
Es necesario resaltar que una obra contratada por precios unitariosdebe estar suficientemente planificada en cuanto a diseños y
especificaciones y por lo tanto los cambios que por éstos aspectos
se presenten sean de poca importancia, a pesar de lo cual pueden
darse otras causales de grandes modificaciones, como por ejemplo
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problemas financieros que motiven la disminución del flujo de caja
previsto u obliguen a la suspensión de la obra.
Justamente cuando un proyecto no haya sido totalmente
desarrollado y/o su financiación resulte incierta y fueren por tanto
previsibles modificaciones importantes durante el proceso de
construcción, el sistema de contrato recomendable será más bien el
de administración delegada, por cuanto los cambios en los planos,
las especificaciones o las cantidades de obra originales, no implican
modificaciones contractuales y en consecuencia tanto lasreducciones como aumentos en los trabajos, la ejecución de ítems
no presupuestados ó no previstos e incluso la eventual suspensión
de la obra, no alteran la esencia del contrato ni constituyen fuente
de diferencias con el constructor.
1.3. Control del contrato
La interventoría en este sistema es eminentemente técnica, en razón de la
autonomía de que goza el contratista en los aspectos económicos y
administrativos; además de las funciones corrientes de supervisión y
control técnico, el interventor tiene a su cargo la labor de realizar las
mediciones y cómputos de las obras ejecutadas.
Cuando por no haber cumplido con las especificaciones se rechacenalgunos trabajos, los mismos deberán ser corregidos o demolidos y
reconstruidos por el contratista, quien en tales casos debe asumir los
respectivos costos extras.
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Sin desconocer la autonomía administrativa del contratista, a la liquidación
final del contrato se le debe exigir la comprobación del cumplimiento de
aquellas normas laborales o fiscales, por cuya omisión el propietario
resulte responsable, por ejemplo: pago de salarios, de prestaciones
sociales, descuento y pago de retenciones u otros gravámenes especiales.
1.4. Conclusiones.
Se presenta como una modalidad de contrato ampliamente utilizada. Sin
embargo este contrato requiere algunas condiciones que pueden restringirsu aplicación como la necesidad de preparar previamente y con la debida
precisión los planos, detalles, especificaciones, cómputos de obra, y
minutas de tipo jurídico y legal, lo cual no siempre es posible o no resulta
práctico.
En virtud de que el elemento básico de esta modalidad de contrato es el
precio unitario de cada ítem, las especificaciones de construcción tienenque ser completas y precisas pues de lo contrario, pueden dar lugar a
interpretaciones divergentes respecto a los materiales o trabajos que un
ítem comprende así como también con referencia al sistema de medición
de las obras.
Por lo tanto en el pliego de especificaciones se deben precisar para cada
ítem, de manera amplia y suficiente, los materiales de construcción, launidad de medida, los procedimientos de ejecución, medición y protección
que fueren del caso, fijando además las pautas relativas a cambios en las
especificaciones y al cálculo de los precios unitarios de las obras extras.
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2. CONTRATO A PRECIO GLOBAL.
2.1. Generalidades.
Es el sistema de contrato de construcción por el cual un constructor se
compromete por su cuenta y riesgo a ejecutar una obra a todo costo, o sea
por un precio total único y fijo.
En términos jurídicos es un contrato de compraventa aplicado a una obra,
el cual supone la completa determinación de ésta, no admitiendo por
principio modificaciones en el proyecto y/o en las cantidades de trabajos,
ya que ello implicaría replantear las condiciones básicas del mismo.
La invariabilidad del precio global convenido cuya revisión no pueden
efectuar unilateralmente el contratante ni el contratista, es la característica
principal de este sistema.
2.2. Condiciones específicas.
En cuanto a los mismos aspectos analizados para los demás sistemas
contractuales, las condiciones propias del contrato a precio alzado son las
siguientes.
2.2.1. Remuneración del contratista.
Como honorarios y/o utilidades, la retribución indiscriminada del
contratista consiste al final en el saldo que quede a su favor al restar
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del valor total de los abonos recibidos del contratante, los gastos
realizados por el primero para la completa ejecución de la obra.
2.2.2. Forma de pago.
Varía ampliamente en razón del tipo, el valor, el plazo de entrega de
la obra y demás factores o circunstancias propias del caso.
En obras de tipo complejo cuya duración es considerable se utilizan
fórmulas basadas en el pago de un anticipo, de abonos parcialessegún el avance de la misma en términos de tiempo y/o de la
inversión realizada y el saldo final al liquidar el contrato.
2.2.3. Dirección técnica.
Corresponde al contratista exclusivamente, quien debe realizarla
ciñéndose a las normas y especificaciones del contrato.
2.2.4. Dirección administrativa.
El constructor tiene plena libertad para organizar la obra y
administrar el contrato, por lo cual es autónomo en la selección,
nombramiento, remuneración del personal, así como en la compra
de suministros y demás aspectos de índole administrativa yeconómica.
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No cabe tampoco en este caso la posibilidad de que el contratante
pueda suministrar elementos que haya adquirido aprovechando sus
propias capacidades de contratación o canje.
El contratante puede exigir la observancia por parte del contratista
de las disposiciones legales, particularmente cuando su
incumplimiento pueda dar lugar al traslado de responsabilidades al
propietario, por ejemplo: pago de salarios y prestaciones sociales.
2.2.5. Costos y riesgos.
El contratista asume la plena responsabilidad por el precio pactado
que debe mantener fijo corriendo por tanto con los riesgos propios
de tal estipulación y asumiendo a sus expensas los eventuales
incrementos de los costos que se presenten durante el desarrollo del
contrato.
2.2.6. Reajustes.
Este sistema excluye por principio los reajustes de precios pues
resultan contrarios a su esencia misma, ya que sus característica
más relevante es precisamente la de establecer un precio global
único y fijo para la obra por ejecutar.
2.2.7. Modificaciones.
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No admite por su misma índole cambios en los planos o las
especificaciones, salvo el los casos de sustituciones que de común
acuerdo se acepten como equivalentes.
El mismo carácter de este sistema tan inelástico en estos aspectos
se contrapone por su naturaleza a cualquier modificación por parte
del propietario como del constructor pues de lo contrario implicaría
replantear los términos del contrato.
2.3. Control del contrato:
El interventor ejerce en esencia una función de control técnico que en éste
específico sistema de contrato, adquiere una connotación particular por su
nivel de intensidad.
A diferencia del sistema por administración delegada en que el constructor
no corre riesgo económico o del contrato a precios unitarios en que se leremunera según lo que ejecuta, en las modalidades corrientes del precio
global fijo el interventor debe tener presente que, cualquier reducción en la
cantidad o calidad de los trabajos queda a favor del contratista, mientras
que los incrementos en los precios de los insumos básicos, los
desperdicios y en general de los factores de costo debe asumirlos a su
costa.
Por tanto mientras que la supervisión de orden administrativo tiene una
importancia mínima, el control técnico exige un alto nivel de intensidad.
2.4. Conclusiones.
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En razón de la inestabilidad y constantes alzas en los precios del mercado
de los insumos que origina la inflación, el contrato de construcción a precio
global fijo suele resultar particularmente riesgoso.
En los casos de construcción general de edificaciones mediante contratos
de esta misma especie el riesgo para el contratista radica en que la
estipulación de un valor total fijo le puede obligar, llegado el caso, a asumir
con cargo a sus utilidades las alzas en los precios comerciales que se
presenten durante su ejecución.
Por tales razones de ordinario el contrato a precio global fijo en general
suele limitarse a destajos, vale decir a trabajos simples o a contratos de
obra que no suponen la ejecución de muchos ítems diferentes, no
necesitan de mayores detalles y además se pueden realizar en períodos
relativamente cortos.
3. CONTRATO POR ADMINISTRACIÓN DELEGADA.
3.1. Generalidades.
En un contrato por administración delegada el constructor, por mandato del
propietario y por cuenta y riesgo de éste, se compromete a la dirección
técnica y administrativa de la obra, suscribiendo en su nombre los
contratos de trabajo, así como los de suministro de materiales y elementospara la misma.
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El contratista o mandatario además se encarga del manejo de los fondos
que el propietario o mandante le entregue para cubrir los gastos de la
construcción.
3.2. Condiciones específicas.
Las características propias de este sistema de contratación son las
siguientes:
3.2.1. Remuneración del Contratista.
La retribución que por su trabajo recibe el constructor suele
establecerse por honorarios liquidados con base en porcentajes
sobre el costo de la obra, a lo cual se agregan los reintegros que
eventualmente deban reconocerse al administrador delegado por
concepto de los gastos reembolsables que ocasione la construcción
de la misma.
La modalidad anterior constituye la forma usual de estipular la
remuneración del constructor según las pautas establecidas en los
reglamentos y tarifas de las asociaciones gremiales profesionales.
En contratos civiles, no sujetos a las condiciones de obligatoriedad
de las obras públicas, pueden pactarse otras formas deremuneración también basadas en el costo de las obras y pueden
resumirse así:
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- Honorario global fijo liquidado con base en las tarifas aplicadas al
presupuesto original de construcción de la obra.
- Honorario básico fijo igual al punto anterior, pero reconociendo al
contratista sobre las sumas que superen el valor del presupuesto
original, honorarios adicionales liquidados con un porcentaje menor,
que puede ser fijo o decreciente.
- Honorario básico fijo liquidado como en el primer punto, pero
reconociendo bonificaciones sobre la reducción del tiempo deentrega de la obra y/o el costo total de la misma, con referencia a los
estipulados inicialmente.
- Honorario global fijo sobre un máximo valor y término de entrega
de la obra sin reconocer al contratista, salvo los gastos
reembolsables de la misma, ninguna suma adicional sobre los
excedentes de tiempo y/o costo con relación al presupuesto y plazotopes convenidos para efecto de su remuneración.
- Determinación de una suma fija de honorarios con base en el
presupuesto original repartida para su pago en sumas fijas
mensuales iguales sin reajuste por mayor valor de la obra o mayor
tiempo de ejecución.
En general opciones como las enunciadas u otras fórmulas
equitativas que pueden pactarse como retribución al contratista,
buscan resolver cierta incongruencia subyacente en la modalidad
del mecanismo de liquidación de honorarios cuando se hace en
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directa y exclusiva relación con el monto final de la obra, modalidad
que no estimula ciertamente al constructor a esforzarse para reducir
los costos o acelerar los trabajos.
La fórmula de liquidación automática sobre el costo final sin ninguna
otra condición da lugar a que el aumento de los costos por
deficiencia del contratista en el manejo de recursos y organización
de la obra, conduzca a mayores ingresos; y si por el contrario, logra
obtener economías por una correcta administración, a la larga se
perjudica, pues al reducir los gastos disminuye sus honorarios.
Las opciones expuestas anteriormente ofrecen fórmulas de
remuneración más ecuánimes a saber: para el contratante, en
cuanto a pesar de que desconoce el costo final de la obra, por lo
menos establece el rango de lo honorarios del contratista, quien no
corre ningún riesgo económico y para éste, en cuanto que su mejor
desempeño no se sanciona con la disminución de sus honorarios yaque por el contrario el reducir los costos y/o el tiempo de entrega
puede significarle una retribución adicional.
3.2.2. Forma de pago.
En general los honorarios del administrador delegado se liquidan
aplicando los porcentajes convenidos sobre el valor total de cadarelación periódica de gastos que presenta el contratista y aprueba el
interventor, para reconstituir el fondo rotatorio de la obra el cual se
inicia con un primer abono que entrega el propietario al
administrador delegado; este fondo se maneja por medio de una
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cuenta bancaria especial de la cual el contratista, con la aprobación
del interventor gira los cheques para los gastos de la obra.
Periódica y regularmente en términos del tiempo transcurrido, por
ejemplo mensualmente, el constructor delegado solicita al
interventor la aprobación del extracto respectivo de cuentas para
que el propietario reintegre su valor y así sucesivamente.
En términos comparativos con los demás sistemas de contratación,
la administración delegada requiere del menor volumen de anticiposen cuantía y tiempo ya que sólo se mantienen las cifras necesarias
para la evolución de la obra en términos cortos de tiempo ( semanal,
quincenal o mensual ).
3.2.3. Dirección técnica.
Corresponde al constructor con plena responsabilidad de su parte,puesto que el propietario para adjudicarle el contrato ha tenido en
cuenta su idoneidad, organización y experiencia.
3.2.4. Dirección administrativa.
El constructor por administración delegada actúa por mandato del
propietario, en su nombre y representación, por lo cual no tieneresponsabilidad legal ante terceros, ya que en los contratos que
suscribe obra como su agente y por tanto comprometen al mandante
exclusivamente.
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Pese a lo anterior, la responsabilidad del administrador delegado es
plena en cuanto a los dineros que el mandante le entregue para lo
cual suele establecerse una escala de valores límites de las órdenes
de pago que requieren, por su cuantía, determinada tramitación así:
• límite máximo del gasto que el contratista puede ordenar y
cancelar directamente, vale decir: valor tope de los cheques que
por un mismo concepto puede girar el administrador delegado sin
ningún requisito previo.
• límite máximo a partir del valor inmediatamente superior al
anterior, de los gastos que el contratista puede ordenar y
cancelar con visto bueno del interventor, previo trámite de
cotización.
• límite máximo a partir del valor inmediatamente superior al
anterior, de los gastos que el contratista puede ordenar ycancelar y que además del visto bueno del interventor requiere el
del gerente, junta directiva de la entidad contratante etc., según
el caso.
Así mismo además de las limitaciones de cuantía pueden señalarse
al constructor otras pautas de administración relativas a la cantidad
de cotizaciones requeridas, al procedimiento de ofertas paraadjudicar los contratos de suministro y al tipo de licitación que ha de
llevarse a cabo para adjudicar los contratos de mayor costo.
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3.2.5. Costos y riesgos.
Salvo el cumplimiento de las obligaciones relativas a la
administración de los fondos que le han sido confiados, el contratista
no asume responsabilidad directa por las cantidades efectivas, así
como por los costos de las obras ejecutadas.
En esta modalidad de contrato por tanto no existe como tal, el riesgo
económico para el constructor, puesto que el dueño de la obra los
asume totalmente.
En cambio y a diferencia de las otras modalidades del contrato de
construcción, el propietario tiene plena libertad para modificar los
planos, las especificaciones y en general para introducir cambios en
cualquier aspecto técnico y económico del contrato, respetando
solamente la remuneración y la forma de pago pactada con el
administrador delegado.
Es así, como el contratante podrá adquirir cualquier clase de
elementos para que sean incorporados al proyecto e intervenir en la
toma de decisiones en cuanto a las adjudicaciones de toda clase de
contratos de suministro y ejecución de actividades parciales del
proyecto.
Adicionalmente, en el sistema por administración delegada, el
proyecto podrá agilizarse o ser disminuido en su velocidad de
ejecución dependiendo de las necesidades del propietario o su
disponibilidad de caja en un momento determinado.
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Es de uso común, que el contrato general con el contratista se pacte
por el sistema de administración delegada, y que otros subcontratos
específicos (instalaciones, acabados, mano de obra en general etc.)
puedan realizarse por el sistema de precios unitarios o precio fijo
global.
3.2.6. Reajustes.
Al no existir por parte del constructor responsabilidad económicadirecta en cuanto a los precios de los ítems de la obra, no se
considera en modo alguno una situación que permita considerar la
revisión de los mismos.
3.2.7. Modificaciones.
Las modificaciones a los planos y/o las especificaciones no implicanalteración contractual ya que la razón de ser de este sistema es
justamente la de ofrecer la necesaria elasticidad que permita al
propietario hacer cambios al proyecto, las especificaciones, el
presupuesto o el programa, así como realizar obras no previstas o
suprimir otras que inicialmente se proponía ejecutar, sin que para
tales casos, deba efectuar previos convenios con el constructor.
La administración delegada por lo tanto es el sistema de contrato
más apropiado en la construcción de edificios complejos y/o cuyos
proyectos no se hayan podido desarrollar totalmente, y cuando se
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hace necesario introducir continuas modificaciones de diversa
índole.
3.2.8. Daños y perjuicios.
Como agente que es del mandante, la responsabilidad por los actos
del administrador delegado frente a terceros recae en el primero, es
decir en el dueño de la obra.
En la práctica el constructor para proteger al propietario de losriesgos de la obra toma en su nombre una póliza de responsabilidad
civil extracontractual para cubrir el valor de los eventuales daños
que se causaren a terceros.
No obstante debe tenerse en cuenta que el administrador delegado
frente al propietario no está exento de responsabilidad por tales
daños cuando sea evidente que no se deban a efectos de fuerzamayor o a la naturaleza misma de los trabajos y por lo tanto sean
imputables a acciones indebidas a falta de razonable previsión de su
parte.
En estas circunstancias los efectos económicos consecuentes en
rigor deberá asumirlos el contratista, o por lo menos una vez
establecido su error u omisión, tales sobrecostos no se computaránen forma que causen honorarios a su favor.
3.3. Control del contrato.
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Además de la función corriente de inspección y control técnico, competen
al interventor las labores de supervisión y control administrativo y contable
teniendo en cuenta que para este efecto deberá contar con la colaboración
de personal experto.
En razón de que el constructor no está corriendo un riego económico
propio, el control de costos y presupuestos en la modalidad de
administración delegada debe ser particularmente riguroso.
Por otra parte en estos contratos es necesario realizar revisionesperiódicas de la contabilidad, del kárdex y demás documentos
administrativos de la obra.
3.4. Conclusiones.
El contrato por administración delegada es ampliamente recomendable en
los casos de remodelación o restauración, así como en los de construcciónde nuevos edificios, cuya magnitud o complejidad no hagan factible o
práctico definir y concluir totalmente los planos, los detalles, las
especificaciones y/o los cómputos de las obras.
Por estas mismas razones, también es el sistema más apropiado para
contratar trabajos cuando por los múltiples cambios e imprevistos que se
asumen o por las complicaciones que presentan, impliquen grandesriesgos a los constructores, ya que en tales casos es natural que éstos se
muestren renuentes a realizarlos por otros sistemas distintos o solamente
los harían estipulando precios anormalmente altos para resguardarse de
tales contingencias.
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En esta forma se encarecerían innecesariamente las obras sin eliminar por
ello el riesgo de incumplimiento de los constructores, situación que bien
puede obviarse contratándolas por administración delegada mediante
alguna modalidad de remuneración que contemple un mecanismo
equitativo para las partes.
Como puede comprenderse la Interventoría no puede atender de manera
especializada los proyectos de cierta magnitud y complejidad.
Pero es su obligación asesorar al propietario del proyecto en la adecuada
selección del grupo de profesionales que realizarán los diseños,
especificaciones y detalles con el fin de que se pueda realizar
posteriormente un proceso de licitación claro y preciso que garantice al
propietario el cabal resultado de la obra con base en sus expectativas.
Cordialmente
HORACIO LONDOÑO & CIA. LTDA.
Interventoría.
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M d llí C l bi
Luis Germán Londoño V.
Coordinador.