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S ISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO

SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO - … · 4 2 DECLARACIÓN DE LA PERSONA O ENTIDAD LICITADORA O CONCURRENTE En la fase de la presentación de las propuestas resulta aconsejable

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SISTEMAS DE

VERIFICACIÓN Y

SEGUIMIENTO

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1 INTRODUCCIÓN

Una vez incorporadas las cláusulas relativas a la igualdad de mujeres y hombres en los pliegos de contratación o en las bases reguladoras de las subvenciones públicas, las personas o entidades licitadoras o concurrentes deben asumir las obligaciones en materia de género que se hayan establecido, así como manifestar los compromisos adquiridos voluntariamente para optar a los criterios de adjudicación o concesión.

En consecuencia, una vez que comienza la prestación del contrato público o el proyecto subvencionado correspondiente, el órgano contratante o concedente inicia tal vez la función más importante en materia de cláusulas sociales: comprobar y asegurarse que las personas o entidades adjudicatarias o beneficiarias ejecutan debidamente las obligaciones y compromisos adquiridos en materia de género.

Si los órganos contratantes o concedentes no prestan atención a esta fase del procedimiento, las cláusulas de igualdad quedarán probablemente en papel mojado, y debemos insistir en que al igual que en un contrato de suministro de diez ordenadores la persona responsable del contrato deberá asegurarse que son efectivamente diez y cuentan con las características técnicas requeridas, del mismo modo resulta imprescindible verificar que se han cumplido correctamente las cuestiones integradas en los pliegos o en la convocatoria sobre igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.

Más aún, en las experiencias y buenas prácticas de implantación de cláusulas sociales siempre nos encontramos con Administraciones Públicas que realizan una adecuada verificación de cumplimiento y una correcta evaluación de resultados, ya que no sólo se valida su aplicación convirtiendo a las mismas en herramientas eficaces, sino que además se retroalimenta el proceso, ya que tanto para los cargos públicos como para los técnicos resulta gratificante el poder constatar que en un determinado período y gracias a las cláusulas de género se ha logrado -por ejemplo- que diez empresas apliquen medidas de conciliación, ocho entidades Planes de Igualdad, que se contrate a doce mujeres víctimas de violencia de género, etcétera.

En consecuencia, a lo largo de este apartado vamos a proponer sistemas de verificación y de seguimiento de las cláusulas para la igualdad de mujeres y hombres, o dicho de otro modo: indicadores de aplicación y medidores de resultados.

Recordemos primero que las condiciones de ejecución en materia de género incorporadas a los pliegos de contratación, en la práctica se configuran como auténticas obligaciones que todas las personas o entidades licitadoras aceptan por el simple hecho de presentar su propuesta, y que deberán cumplir preceptivamente al prestar el contrato. Una propuesta que no aceptara las condiciones de ejecución sería inadmitida, y si incumpliera las condiciones sociales de ejecución adquiridas podría incurrir en una falta grave, sanción o rescisión contractual.

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Es recomendable que tanto las condiciones de ejecución como los compromisos que el licitador o licitadora hubiera asumido para optar a los criterios de adjudicación se configuren como obligaciones contractuales de carácter esencial, pudiendo optar el órgano de contratación en caso de incumplimiento de las misma por resolver el contrato por incumplimiento culpable según el artículo 223.f) del TRLCSP; o continuar la ejecución del contrato, con la imposición de una penalidad que el órgano de contratación deberá estimar en función de su gravedad y consecuencias entre el 3% y el 10% del presupuesto del contrato, conforme al artículo 212.1. del TRLCSP.

Respecto a las subvenciones públicas sucede lo propio, y una vez que las bases reguladoras o la convocatoria hayan establecido obligaciones o criterios de evaluación en materia de igualdad, todas las personas o entidades que concurren a la convocatoria asumen y aceptan las obligaciones establecidas (o se comprometen voluntariamente en el caso de los criterios de concesión), y por lo tanto deberán cumplirlas preceptivamente en la prestación de la actividad subvencionada.

La legislación estatal, autonómica y foral reitera que las entidades o personas beneficiarias deberán “cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones”, por lo que será imprescindible que en las base reguladoras y en el posterior convenio de colaboración se establezcan las obligaciones concretas y específicas en materia de género. Su cumplimento posteriormente deberá verificarse, y las entidades beneficiarias deberán acreditarlo, pues en caso contrario incurrirían en una infracción leve o grave, cuyas consecuencias serían la imposición de sanciones y/o el reintegro de las cuantías percibidas.

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2 DECLARACIÓN DE LA PERSONA O ENTIDAD LICITADORA O

CONCURRENTE

En la fase de la presentación de las propuestas resulta aconsejable solicitar una declaración responsable a través de la cual se concreten y asuman los compromisos establecidos en materia de igualdad de mujeres y hombres. De este modo se ahorra papeleo y trabajo, tanto para las entidades licitadoras o concurrentes como para el órgano adjudicador o concedente. Vemos un buen ejemplo en este pliego del concurso convocado por el Ente Vasco de la Energía para el contrato de implantación del módulo económico-financiero del ERP SAGE X3:

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Y este sería un ejemplo que sirve tanto para condiciones de ejecución (obligaciones), como para criterios de adjudicación, que ha sido extraído de la “Instrucción para la inclusión de criterios sociales en la contratación pública del Ayuntamiento de Castellón”, aprobada por la Junta de Gobierno Local, en fecha 18 de mayo de 2012.

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3 INDICADORES DE APLICACIÓN

Una vez que las entidades o personas licitadoras o concurrentes han asumido sus obligaciones y compromisos en materia de género y tras resultar adjudicatarias o beneficiarias, la Administración Pública licitadora o concedente debe verificar el efectivo cumplimiento de las cláusulas de igualdad en la fase de ejecución de las prestaciones (o al terminar las mismas).

El V Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres dispone de un cuestionario de evaluación relativo a las cláusulas de igualdad a través de 11 ítems, que reproducimos por su interés:

L.1 Número total de contratos (no incluir los menores) realizados en el año de evaluación por el Departamento, Diputación Foral, Ayuntamiento, Mancomunidad, OOAA, o institución

L.2 Número total de contratos realizados en el año de evaluación que incluyen criterios de igualdad de mujeres y hombres. Contratos totales con criterios de igualdad

L.3 Número de contratos que incluyen criterios de igualdad según ámbito en el que se introduzcan los criterios:

En el objeto del contrato En las especificaciones técnicas En la definición de la solvencia técnica y profesional En los criterios de adjudicación En la definición de las condiciones especiales de ejecución de la actividad contratada Otros

L.4 Número total de convenios realizados en el año de evaluación por el Departamento, Diputación Foral, Ayuntamiento, Mancomunidad, OOAA, o institución

L.5 Número total de convenios realizados en el año de evaluación que incluyen criterios de igualdad de mujeres y hombres.

L.6 Número de convenios que incluyen criterios de igualdad según ámbito en el que se introduzcan los criterios:

En el objeto del convenio En la definición de las condiciones especiales de ejecución de la actividad conveniada Otros

L.7 Número total de subvenciones y ayudas otorgadas en el año de evaluación por el Departamento, Diputación Foral, Ayuntamiento, Mancomunidad, OOAA, o institución

L.8 Número total de subvenciones y ayudas otorgadas en el año de evaluación que incorporan criterios de igualdad de mujeres y hombres.

L.9 Número de subvenciones y ayudas que incluyen criterios de igualdad según ámbito en el que se introduzcan los criterios:

En el objeto de la subvención o ayuda En los procesos de valoración y/o adjudicación En los requisitos para el acceso a las subvenciones En los criterios de valoración del proyecto o actividad subvencionada En los criterios de valoración de las personas o entidades solicitantes En la definición de las condiciones de ejecución de la actividad subvencionada Otros

L.10 Número total de becas otorgadas en el año de evaluación por el Departamento, Diputación Foral, Ayuntamiento, Mancomunidad, OOAA, o institución

L.11 Número total de becas otorgadas en el año de evaluación que incorporan criterios de igualdad de mujeres y hombres.

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De forma coherente y complementaria, se proponen los siguientes indicadores de cumplimiento:

PRIMER INDICADOR: INCORPORACIÓN O NO DE CLÁUSULAS DE IGUALDAD.

La primera cuestión y más obvia implica señalar si se han incorporado o no cláusulas de igualdad en cada contrato o subvención, para lo cual la entidad pública deberá realizar el seguimiento correspondiente -preferiblemente en cómputo anual, con el fin de hacerlo coincidir con el periodo de evaluación del Plan de Igualdad vigente en la CAE- pudiendo limitarse a notar casos afirmativos y negativos, o ir más allá y analizar en qué tipo de contratos, sistemas de adjudicación, e incluso importes o precios de adjudicación.

También es aconsejable desglosar por área o departamento adjudicador para comparar los datos y comprobar cuáles están incluyendo cláusulas de igualdad y cuáles no.

CONTRATOS CON

CLÁUSULAS DE

IGUALDAD

CONTRATOS SIN

CLÁUSULAS DE

IGUALDAD

TOTAL

CONTRATOS

OBRAS 3 4 7

SERVICIOS 6 2 8

SUMINISTROS 1 5 6

GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS 2 0 2

CONCESIÓN DE OBRAS PÚBLICAS 1 1 2

TOTAL 13 12 25

En el caso de las subvenciones -debido a su diversidad- resulta más complejo categorizar la actividad, pero siempre resulta posible en cuanto a los importes subvencionados y el departamento, área o concejalía concedente.

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SEGUNDO INDICADOR: TIPOLOGÍA DE CLÁUSULA SEGÚN LA FASE DEL PROCEDIMIENTO.

Se computa si la cláusula incorporada lo ha sido como prohibición, como solvencia, criterio de adjudicación, obligación, etc. Téngase en cuenta que en el mismo pliego o base reguladoras pueden incorporarse cláusulas de género en una o en varias de las fases del procedimiento.

CLÁUSULAS DE IGUALDAD EN LOS CONTRATOS PÚBLICOS

SEGÚN LA FASE DEL PROCEDIMIENTO

EN EL OBJETO DEL CONTRATO 3

COMO PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR 5

EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 2

EN LA DEFINICIÓN DE LA SOLVENCIA TÉCNICA 1

EN LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 6

COMO CRITERIO DE PREFERENCIA 2

EN LAS CONDICIONES DE EJECUCIÓN U OBLIGACIONES 7

SOBRE LA COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO INSTRUCTOR O EVALUADOR 2

OTROS

TOTAL 28

CLÁUSULAS DE IGUALDAD EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS

SEGÚN LA FASE DEL PROCEDIMIENTO

EN EL OBJETO DE LA SUBVENCIÓN O AYUDA 3

COMO PROHIBICIÓN PARA CONCURRIR 5

EN LOS REQUISITOS PARA EL ACCESO A LAS SUBVENCIONES 1

EN LOS PROCESOS DE VALORACIÓN Y/O ADJUDICACIÓN 6

EN LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD SUBVENCIONADA

3

EN LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS PERSONAS O ENTIDADES SOLICITANTES

2

EN LA DEFINICIÓN DE LAS OBLIGACIONES O CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA

7

SOBRE LA COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO INSTRUCTOR O EVALUADOR 2

OTROS

TOTAL 29

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TERCER INDICADOR: COMPROMISOS VOLUNTARIOS DE LICITADORES/AS Y CONCURRENTES.

Un indicador interesante para comprobar como las empresas se comprometen con la igualdad, consiste en evaluar cuántas entidades licitadoras o concurrentes asumen en sus propuestas criterios de concesión o adjudicación en materia de género.

Obviamente las obligaciones o condiciones de ejecución deben ser asumidas por todos y todas las licitadoras y concurrentes, por lo que nos referimos solo a criterios de adjudicación o concesión (de carácter voluntario), así evaluaremos en qué porcentaje son asumidos los criterios de género, si suponen o no una carga excesiva, en qué medida los licitadores se comprometen con la igualdad sin existir obligaciones y la evolución de los compromisos.

LICITADORES/AS CONCURRENTES QUE ASUMEN CLÁUSULAS DE IGUALDAD COMO

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN O CONCESIÓN

NÚMERO PORCENTAJE

SÍ ASUMEN COMPROMISOS EN MATERIA DE IGUALDAD 12 75%

NO ASUMEN COMPROMISOS EN MATERIA DE IGUALDAD 4 25%

CUARTO INDICADOR: TEMÁTICA DE CLÁUSULA INCORPORADA.

A continuación, procederá evaluar la temática de cláusula incorporada, es decir, si se promueve la contratación de mujeres, el diseño de Planes de Igualdad, la aplicación de medidas de conciliación, el uso de un lenguaje no sexista, etc.

TEMÁTICA DE LAS CLÁUSULAS DE IGUALDAD INCORPORADAS

(Se han incorporado a los pliegos o bases reguladoras las siguientes cláusulas)

Contratación de mujeres para la prestación o ejecución del contrato o proyecto. 8

Contratación de mujeres en puestos cualificados, directivos, de gerencia o de responsabilidad.

1

Contratación de mujeres desfavorecidas del mercado laboral, o en situación o riesgo de exclusión social.

7

Número y porcentaje de mujeres beneficiarias o usuarias del contrato o de la subvención.

5

Medidas de acción positiva en la selección de las personas beneficiarias de la prestación contractual o el proyecto.

0

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Medidas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar para la plantilla que ejecute la prestación o para las personas beneficiarias de la actividad.

9

Políticas laborales de igualdad de mujeres y hombres en lo que se refiere a: formación, selección, clasificación o categorías profesionales, promoción, remuneración, estabilidad o permanencia, representación, seguridad y salud laboral, duración y ordenación de la jornada laboral, o conciliación entre la vida personal, laboral y familiar.

0

Diseño y aplicación de un Plan para la Igualdad en la prestación contractual o en el proyecto o actividad subvencionada.

11

Diseño, gestión y evaluación con perspectiva de género. 4

Informe de impacto de género con indicadores y datos desglosados por sexo de las personas beneficiarias, evaluando la eficacia de las medidas de igualdad aplicadas.

6

Experiencia y trayectoria acreditada en materia de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y capacitación del equipo técnico en materia de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

3

Uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género.

12

Prohibición de participar por vulneración del principio o la legislación en materia de

igualdad de mujeres y hombres.

6

Composición equilibrada de hombres y mujeres en el órgano instructor y/o en la comisión evaluadora.

4

Adopción de medidas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.

5

Otros (señalar). 2

TOTAL 83

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QUINTO INDICADOR: RESULTADOS.

En la siguiente tabla se proponen indicadores de rendimiento que permitirán evaluar los resultados de las cláusulas de género (por ejemplo cuántas mujeres han sido contratadas, cuántos Planes de Igualdad se han aplicado o cuántas empresas aplican protocolos para prevenir el acoso sexual en el trabajo).

Estamos ya analizando la eficacia de las cláusulas de género incorporadas a los pliegos o las bases reguladoras, y a través de estos indicadores dispondremos de datos objetivos y cuantificados para evaluar su impacto en un cómputo periódico determinado y nos permitirá detectar áreas de mejora, comunicar los resultados y retroalimentar el proceso.

Aunque estamos planteando los indicadores en tablas diferenciadas por una cuestión sistemática, cabe entender la relación directa de varios de los indicadores, así por ejemplo convendría anotar en un mismo cuadro redactado para la ocasión el indicador previsto anteriormente (que analizaba la temática de igualdad aplicada) y el indicador que ahora abordamos, que evalúa el impacto de cada temática, de forma que se aprecian los resultados de forma gráfica y clarificadora.

CLÁUSULA INDICADOR Nº.

Contratación de mujeres para la prestación o ejecución del contrato o proyecto.

Número de mujeres contratadas para la ejecución del contrato o la actividad subvencionada.

Contratación de mujeres en puestos cualificados, directivos, de gerencia o de responsabilidad.

Número de mujeres contratadas en puestos cualificados, directivos, de gerencia o de responsabilidad.

Contratación de mujeres desfavorecidas del mercado laboral, o en situación o riesgo de exclusión social.

Número de mujeres desfavorecidas del mercado laboral contratadas. (Cabe desglosarlo más, por ejemplo: número de mujeres víctimas de violencia de género contratadas).

Mujeres beneficiarias o usuarias del contrato o de la subvención.

Número de mujeres beneficiarias o usuarias del contrato o subvención y porcentaje sobre el total.

Medidas de acción positiva en la selección de las personas beneficiarias de la prestación contractual o el proyecto.

-Número y descripción de medidas de selección positiva aplicadas. -Número de empresas o entidades contratistas o beneficiarias que han aplicado medidas de selección positiva.

Medidas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar para la plantilla que ejecute la prestación o para las personas beneficiarias de la actividad.

-Número y descripción de medidas de conciliación aplicadas. - Número de empresas o entidades contratistas o beneficiarias que han aplicado medidas de conciliación. - Número de personas beneficiarias de las medidas de conciliación.

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Políticas laborales de igualdad de mujeres y hombres en lo que se refiere a: formación, selección, clasificación o categorías profesionales, promoción, remuneración estabilidad o permanencia, representación, seguridad y salud laboral, duración y ordenación de la jornada laboral, o conciliación entre la vida personal, laboral y familiar.

- Número y descripción de medidas de políticas laborales de igualdad aplicadas. - Número de empresas o entidades contratistas o beneficiarias que han aplicado políticas laborales de igualdad. - Número de personas beneficiarias de las políticas laborales de igualdad.

Diseño y aplicación de un Plan para la Igualdad en la prestación contractual o en el proyecto o actividad subvencionada.

- Número de empresas o entidades contratistas o beneficiarias que han aplicado Planes de Igualdad. - Número de personas beneficiarias de los Planes de Igualdad.

Diseño y gestión del proyecto o contrato con perspectiva de género.

Número de empresas o entidades que han diseñado y gestionado el proyecto o contrato con perspectiva de género.

Informe de impacto de género con indicadores y datos desglosados por sexo de las personas beneficiarias, evaluando la eficacia de las medidas de igualdad aplicadas.

Número de empresas o entidades que han evaluado el proyecto o contrato con indicadores de género y han presentado datos desglosados por sexo.

Uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria, estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género.

Número de empresas o entidades que han utilizado un uso no sexista del lenguaje y han fomentado valores de igualdad en todos sus materiales y documentos.

Adopción de medidas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo

Número de empresas o entidades que han aplicado medidas o diseñado protocolos para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.

Otros (especificar).

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4 VERIFICADORES DE CUMPLIMIENTO

Por último, llegamos a la cuestión clave del proceso: la verificación. De nada nos servirá incorporar cláusulas de género si el órgano de contratación o de concesión de las subvenciones no comprueba de forma efectiva que las entidades adjudicatarias o beneficiarias han cumplido de forma efectiva las obligaciones y compromisos asumidos en materia de igualdad de mujeres y hombres.

En este sentido, advertimos:

• Los pliegos o las bases reguladoras deberán señalar cuáles son los sistemas de verificación de las obligaciones o compromisos en materia de igualdad, es decir qué documentación deberán presentar las entidades adjudicatarias y beneficiarias para acreditar su efectivo cumplimiento.

• Los pliegos o bases reguladoras también deberán señalar en qué momento debe presentarse dicha documentación: antes de iniciarse la ejecución del proyecto o contrato, durante o al finalizar el mismo.

• Igualmente es aconsejable que el órgano de contratación o de concesión de la subvención designe a una persona concreta responsable de dicha verificación, y además la identifique ante las empresas o entidades para facilitar una relación directa.

• En todos los casos, la verificación deberá realizarse cotejando y comprobando con los datos manifestados en las propuestas técnicas correspondientes por cada persona, empresa o entidad licitadora o concurrente.

INDICADOR VERIFICADOR

Número de mujeres contratadas para la ejecución del contrato o la actividad subvencionada.

Declaración jurada del número y/o porcentaje de mujeres sobre el total de la plantilla, y comparativa con el compromiso manifestado en la propuesta técnica. TC1 y TC2 de la empresa. Contratos de Trabajo.

Número de mujeres contratadas en puestos cualificados, directivos, de gerencia o de responsabilidad.

Declaración jurada del número y/o porcentaje de mujeres con cargos directivos o de responsabilidad (indicando categoría profesional y cargos concretos) sobre el total, y comparativa con el compromiso manifestado en la propuesta técnica. TC1 y TC2 de la empresa. Contratos de Trabajo.

Número de mujeres desfavorecidas del mercado laboral contratadas. (Cabe desglosarlo más, por ejemplo: número de mujeres víctimas de violencia de género contratadas).

Declaración jurada del número y/o porcentaje de mujeres desfavorecidas del mercado laboral sobre el total de la plantilla. Certificación de servicios públicos, acreditativa de la situación de desventaja laboral, o cualquier otra documentación pertinente que acredite la situación de dificultad de inserción de las personas contratadas. TC1 y TC2 de la empresa. Contratos de Trabajo.

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Número de mujeres beneficiarias o usuarias del contrato o subvención y porcentaje sobre el total.

Listado de firmas de las personas beneficiarias y usuarias del contrato o subvención, con resumen porcentual de mujeres y de hombres.

Número y descripción de medidas de selección positiva aplicadas.

Memoria técnica comprensiva de las medidas de selección positiva aplicadas y de sus efectos. Cotejo con los compromisos manifestados en la propuesta técnica.

Número y descripción de medidas de conciliación aplicadas. Número de personas beneficiarias de las medidas de conciliación.

Memoria técnica comprensiva de las concretas medidas de conciliación aplicadas, del número de personas beneficiarias y de sus efectos. Certificación o declaración del Comité de Empresa o del órgano de representación de los trabajadores y las trabajadoras.

Número y descripción de medidas de políticas laborales de igualdad aplicadas. Número de personas beneficiarias de las políticas laborales de igualdad..

Memoria técnica comprensiva de las concretas medidas sobre políticas laborales de igualdad aplicadas, del número de personas beneficiarias y de sus efectos. Certificación o declaración del Comité de Empresa o del órgano de representación de los trabajadores y las trabajadoras.

Número de empresas o entidades contratistas o beneficiarias que han aplicado Planes de Igualdad. Número de personas beneficiarias de los Planes de Igualdad.

Copia del Plan de Igualdad y memoria técnica comprensiva de sus efectos y el número de personas beneficiaras. Certificación o declaración del Comité de Empresa o del órgano de representación de los trabajadores y las trabajadoras.

Número de empresas o entidades que han diseñado y gestionado el proyecto o contrato con perspectiva de género.

Informe de impacto de género.

Número de empresas o entidades que han evaluado el proyecto o contrato con indicadores de género y han presentado datos desglosados por sexo.

Informe de impacto de género con datos desglosados por sexo.

Número de empresas o entidades que han utilizado un uso no sexista del lenguaje y han fomentado valores de igualdad en todos sus materiales y documentos.

Aportación de documentación, publicidad, cartelería y cuantos materiales escritos o gráficos haya utilizado la empresa adjudicataria o beneficiaria.

Número de empresas o entidades que han aplicado medidas o diseñado protocolos para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.

Número de empresas o entidades que han aplicado medidas o diseñado protocolos para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.